SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 32
Descargar para leer sin conexión
Año de la
 Integración                                                                                                   fundado
 Nacional y el                                                                                              en 1825 por
 Reconocimiento                                                                                          el libertador
                                                                                                         simón bolívar
 de Nuestra Diversidad




                                            Lima, lunes 24 de diciembre de 2012




                    NORMAS LEGALES
Año XXIX - Nº 12304                            www.elperuano.com.pe                                             481999




                                                     sumario


               PODER LEGISLATIVO                                                          SALUD

                                                               R.M. N° 992-2012/MINSA.- Designan Supervisora II de la
          CONGRESO DE LA REPUBLICA                             Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva
                                                               de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima
Ley N° 29973.-      Ley General de la Persona con              Sur                                             482017
Discapacidad                              482000              R.M. N° 993-2012/MINSA.- Designan Jefa de la Oficina
                                                               de Asesoría Jurídica del Hospital de Emergencias
                                                               Pediátricas de la Dirección de Salud V Lima Ciudad
                PODER EJECUTIVO                                                                                482018
                                                               R.M. N° 994-2012/MINSA.- Designan Jefe de la Unidad
           PRESIDENCIA DEL CONSEJO                             de Apoyo a la Docencia e Investigación del Hospital San
                                                               Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este
                   DE MINISTROS                                                                                482018
                                                               R.M. N° 995-2012/MINSA.- Designan Jefe de Equipo
R.S. N° 413-2012-PCM.-      Autorizan al Ministro de           de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la
Vivienda, Construcción y Saneamiento a ausentarse del          Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas
país y encargan su Despacho al Ministro de Energía y
                                                                                                               482019
Minas                                        482014

                   AGRICULTURA
                                                                                   GOBIERNOS LOCALES

R.D. N° 0052-2012-AG-SENASA-DSV.-             Establecen                          MUNICIPALIDAD DE LINCE
requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento
en la importación de semillas de pimiento de origen y          Ordenanza N° 322-MDL.- Aprueban Ordenanza que
procedencia Japón                               482014        fija el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por
R.D. N° 0053-2012-AG-SENASA-DSV.-              Prorrogan       Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio
vigencia de requisitos fitosanitarios de necesario             2013                                            482019
cumplimiento en la importación de estacas enraizadas y
sin enraizar de vid cuyo origen o lugar de producción es
Sunridge Nurseries Inc., ee.uu.                 482015                   MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
R.D. N° 0054-2012-AG-SENASA-DSV.- Disponen el
inicio de acciones de cuarentena interna en el control         Ordenanza N° 396/MM.- Modifican la Ordenanza
de la plaga “Moscas de la Fruta” para protección de            N° 347/MM que aprueba el Reglamento de Organización
áreas comprendidas en las regiones de Arequipa e Ica,          y Funciones - ROF de la Municipalidad      482020
y en zonas de producción de Cañete (Lima), Olmos
(Lambayeque) y Ayacucho                         482016                                 PROYECTO

              ECONOMIA Y FINANZAS                                 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION

R.M. N° 700-2012-EF/10.- Prorrogan la vigencia de los                   PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
“Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo
Gerencial al Sector Público” para el Año Fiscal 2013           Res. N° 193-2012-CD/OSIPTEL.- Proyecto de Reglamento
                                               482017         de Fiscalización, Infracciones y Sanciones  482021
El Peruano
482000                                        NORMAS LEGALES                                         Lima, lunes 24 de diciembre de 2012

                                                                        h)	 El respeto a la evolución de las facultades
             PODER LEGISLATIVO                                              del niño y la niña con discapacidad y de su
                                                                            derecho a preservar su identidad.
                                                                        i)	 La razonabilidad.
                                                                        j)	 La interculturalidad.
 CONGRESO DE LA REPUBLICA
                                                                  4.2 	 Los distintos sectores y niveles de gobierno
                      LEY Nº 29973                                      incluyen la perspectiva de discapacidad en
                                                                        todas sus políticas y programas, de manera
   EL PRESIDENTE DEL CONGRESO                                           transversal.
   DE LA REPÚBLICA
                                                                   Artículo 5. Rol de la familia
   POR CUANTO:                                                     El Estado reconoce el rol de la familia en la inclusión
                                                               y participación efectiva en la vida social de la persona
   EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;                                con discapacidad. Le presta orientación y capacitación
                                                               integral sobre la materia, y facilita su acceso a servicios y
   Ha dado la Ley siguiente:                                   programas de asistencia social.

                                                                  Artículo 6. Recursos del Estado
           LEY GENERAL DE LA PERSONA
                                                                  6.1 	 El Estado asigna progresivamente los recursos
                CON DISCAPACIDAD                                        presupuestales necesarios para la promoción,
                                                                        protección y realización de los derechos de
                       CAPÍTULO I                                       la persona con discapacidad, y promueve la
                                                                        cooperación internacional en esta materia. Los
             DISPOSICIONES GENERALES                                    gobiernos regionales y las municipalidades
                                                                        promueven la participación de las organizaciones
    Artículo 1. Finalidad de la Ley                                     de personas con discapacidad en el proceso de
    La presente Ley tiene la finalidad de establecer el                 programación participativa del presupuesto y les
marco legal para la promoción, protección y realización,                presta asesoría y capacitación.
en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona         6.2 	 Los recursos humanos de los distintos sectores y
con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión                 niveles de gobierno encargados de la formulación,
plena y efectiva en la vida política, económica, social,                planeamiento, ejecución y evaluación de
cultural y tecnológica.                                                 políticas y programas sobre cuestiones relativas
                                                                        a la discapacidad deben contar con certificada
    Artículo 2. Definición de persona con discapacidad                  capacidad y experiencia en la materia. La Autoridad
    La persona con discapacidad es aquella que tiene                    Nacional del Servicio Civil (Servir), en coordinación
una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o                 con el Consejo Nacional para la Integración de la
intelectuales de carácter permanente que, al interactuar                Persona con Discapacidad (Conadis), promueve
con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza            un programa de capacitación de recursos humanos
o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y                en la atención de la persona con discapacidad.
su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad
de condiciones que las demás.                                                          CAPÍTULO II
   Artículo 3. Derechos de la persona con discapacidad                   DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
   3.1	 La persona con discapacidad tiene los mismos              Artículo 7. Derecho a la vida y a la integridad
        derechos que el resto de la población, sin perjuicio   personal
        de las medidas específicas establecidas en las            La persona con discapacidad tiene derecho a la vida
        normas nacionales e internacionales para que           y al respeto de su integridad moral, física y mental en
        alcance la igualdad de hecho. El Estado garantiza      igualdad de condiciones que las demás. Su participación
        un entorno propicio, accesible y equitativo para       en investigaciones médicas o científicas requiere de su
        su pleno disfrute sin discriminación.                  consentimiento libre e informado.
   3.2	 Los derechos de la persona con discapacidad son
        interpretados de conformidad con los principios y         Artículo 8. Derecho a la igualdad y no discriminación
        derechos contenidos en la Declaración Universal
        de los Derechos Humanos, la Convención sobre              8.1 	 La persona con discapacidad tiene derecho a la
        los Derechos de las Personas con Discapacidad                   igualdad ante la ley y a no ser discriminada por
        y con los demás instrumentos internacionales                    motivos de discapacidad.
        sobre derechos humanos ratificados por el Perú.           8.2 	 Es nulo todo acto discriminatorio por motivos
                                                                        de discapacidad que afecte los derechos de las
   Artículo 4. Principios rectores de las políticas y                   personas. Se considera como tal toda distinción,
programas del Estado                                                    exclusión o restricción por motivos de discapacidad
   4.1 	 Las políticas y programas de los distintos sectores            que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o
         y niveles de gobierno se sujetan a los siguientes              dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en
         principios:                                                    igualdad de condiciones, de uno o varios derechos,
                                                                        incluida la denegación de ajustes razonables. No se
         a)	 El respeto de la dignidad inherente; la                    consideran discriminatorias las medidas positivas
             autonomía individual, incluida la libertad                 encaminadas a alcanzar la igualdad de hecho de la
             de tomar las propias decisiones; y                         persona con discapacidad.
             la independencia de la persona con
             discapacidad.                                        Artículo 9. Igual reconocimiento como persona
         b)	 La no discriminación de la persona con            ante la ley
             discapacidad.
         c)	 La participación y la inclusión plenas y             9.1 La persona con discapacidad tiene capacidad
             efectivas en la sociedad de la persona con                 jurídica en todos los aspectos de la vida, en
             discapacidad.                                              igualdad de condiciones que las demás. El
         d)	 El respeto por la diferencia y la aceptación de            Código Civil regula los sistemas de apoyo y los
             la persona con discapacidad como parte de                  ajustes razonables que requieran para la toma
             la diversidad y la condición humanas.                      de decisiones.
         e)	 La igualdad de oportunidades para la persona         9.2 	 El Estado garantiza el derecho de la persona
             con discapacidad.                                          con discapacidad a la propiedad, a la herencia, a
         f)	 La accesibilidad.                                          contratar libremente y a acceder en igualdad de
         g)	 La igualdad entre el hombre y la mujer con                 condiciones que las demás a seguros, préstamos
             discapacidad.                                              bancarios, hipotecas y otras modalidades de
El Peruano
Lima, lunes 24 de diciembre de 2012                NORMAS LEGALES                                                    482001
             crédito financiero. Asimismo, garantiza su derecho              en el entorno urbano y las edificaciones de su
             a contraer matrimonio y a decidir libremente sobre              jurisdicción. El funcionario o servidor público
             el ejercicio de su sexualidad y su fertilidad.                  de la municipalidad correspondiente encargado
                                                                             de la evaluación de los expedientes técnicos
    Artículo 10. Derecho a la libertad y seguridad                           que contengan solicitudes de licencia para las
personal                                                                     edificaciones públicas o privadas deberá verificar
    La persona con discapacidad tiene derecho a la                           que dichas solicitudes contemplen lo establecido
libertad y seguridad personal, en igualdad de condiciones                    en las normas técnicas de accesibilidad para
que las demás. Nadie puede ser privado de su libertad en                     personas con discapacidad, bajo responsabilidad.
razón de discapacidad.                                                 16.2 	El Consejo Nacional para la Integración de la
                                                                             Persona con Discapacidad (Conadis) ejerce
    Artículo 11. Derecho a vivir de forma independiente                      potestad sancionadora ante el incumplimiento de
y a ser incluida en la comunidad                                             las normas de accesibilidad para personas con
                                                                             discapacidad cuando el infractor sea una entidad
     11.1	 La persona con discapacidad tiene derecho a                       pública. Asimismo, cuando exista incumplimiento
           vivir de forma independiente en la comunidad,                     respecto de las edificaciones privadas ubicadas en
           en igualdad de condiciones que las demás. El                      las jurisdicciones de las municipalidades donde se
           Estado, a través de los distintos sectores y niveles              haya tipificado como infracción el incumplimiento
           de gobierno, promueve su acceso a servicios de                    de tales normas y las de adecuación urbanística y
           asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios            arquitectónica para personas con discapacidad, el
           de apoyo en la comunidad para facilitar su inclusión              Conadis es el órgano encargado de fiscalizar las
           social y evitar su aislamiento y abandono.                        normas establecidas y de informar oportunamente a
     11.2	 Los establecimientos que prestan atención a las                   la municipalidad correspondiente sobre la comisión
           personas con discapacidad promueven y facilitan                   de la infracción dentro de su jurisdicción.
           su inclusión familiar y social.
                                                                       Artículo 17. Condiciones de las edificaciones
   Artículo 12. Derecho a la participación en la vida               públicas y privadas
política y pública
                                                                       17.1 	Las edificaciones públicas y privadas que brinden
     12.1 	La persona con discapacidad tiene derecho a                       u ofrezcan servicios al público deben contar con
           participar en la vida política y pública en igualdad              ambientes y rutas accesibles para permitir el
           de condiciones que las demás, directamente o                      libre desplazamiento y atención de la persona
           a través de representantes libremente elegidos,                   con discapacidad en igualdad de condiciones
           incluyendo el derecho a elegir y ser elegido, a                   que las demás, de conformidad con las normas
           ejercer cargos públicos y a desempeñar cualquier                  técnicas de accesibilidad para personas con
           función pública, sin discriminación.                              discapacidad.
     12.2 	No se puede restringir el derecho al voto por               17.2 	Los propietarios, administradores, promotores
           motivos de discapacidad. El sistema electoral                     u organizadores que realizan actividades y
           adopta las medidas necesarias para garantizar                     espectáculos públicos habilitan y acondicionan
           este derecho, asegurando que los procedimientos,                  ingresos, áreas, ambientes y servicios higiénicos
           instalaciones y materiales sean adecuados,                        para el uso de la persona con discapacidad, así
           accesibles y fáciles de entender y utilizar.                      como la señalización correspondiente.
    Artículo 13. Promoción del desarrollo asociativo                    Artículo 18. Viviendas para la persona con
    El Estado promueve la conformación de organizaciones            discapacidad
y asociaciones de personas con discapacidad. Les presta                 El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
asesoría y capacitación, facilita su acceso a fuentes de            promueve y regula el acceso preferente de la persona con
cooperación internacional y promueve su participación en            discapacidad a los programas públicos de vivienda a su
todos los espacios de concertación de asuntos públicos              cargo, otorgándole una bonificación. Estos programas
que no provengan de elección popular, tales como el                 contemplan la construcción de viviendas accesibles para
Consejo Nacional de Derechos Humanos, la Mesa de                    la persona con discapacidad.
Concertación de Lucha contra la Pobreza, el Consejo
Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, los consejos                Artículo 19. Estacionamiento accesible
de coordinación regional y local, entre otros.                          Los estacionamientos públicos y privados, incluyendo
                                                                    las zonas de estacionamiento de los establecimientos
    Artículo 14. Derecho a la consulta                              públicos y privados, disponen la reserva de espacios para
    Las autoridades de los distintos sectores y niveles             vehículos conducidos por personas con discapacidad o
de gobierno tienen la obligación de realizar consultas              que las transporten. La Policía Nacional del Perú y las
con las organizaciones que representan a las personas               municipalidades supervisan y fiscalizan el cumplimiento
con discapacidad, previamente a la adopción de normas               de esta obligación y de las condiciones de accesibilidad
legislativas y administrativas, políticas y programas sobre         de los estacionamientos, de conformidad con la Ley
cuestiones relativas a la discapacidad. Los procesos de             28084, Ley que regula el parqueo especial para vehículos
consulta se desarrollan sobre la base de los principios de          ocupados por personas con discapacidad.
accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia.
                                                                        Artículo 20. Accesibilidad en el transporte público
                                 CAPÍTULO III                       terrestre
                              ACCESIBILIDAD                            20.1 	Las empresas de transporte público terrestre
     Artículo 15. Derecho a la accesibilidad                                 de pasajeros cuentan con unidades accesibles
     La persona con discapacidad tiene derecho a acceder,                    para personas con discapacidad y personas
en igualdad de condiciones que las demás, al entorno                         adultas mayores. El Ministerio de Transportes
físico, los medios de transporte, los servicios, la información              y Comunicaciones reglamenta la introducción
y las comunicaciones, de la manera más autónoma y                            progresiva de estos vehículos.
segura posible. El Estado, a través de los distintos niveles           20.2 	Los vehículos que prestan servicios de
de gobierno, establece las condiciones necesarias para                       transporte terrestre de pasajeros reservan
garantizar este derecho sobre la base del principio de                       asientos y espacios preferentes de fácil acceso,
diseño universal. Asimismo tiene derecho a gozar de                          debidamente señalizados, para el uso de
ambientes sin ruidos y de entornos adecuados.                                personas con discapacidad. Las municipalidades
                                                                             y la Policía Nacional del Perú supervisan y
   Artículo 16. Accesibilidad del entorno urbano y las                       fiscalizan el cumplimiento de esta obligación.
edificaciones                                                          20.3 	Los vehículos que prestan servicios de transporte
                                                                             terrestre de pasajeros usarán determinado
     16.1 	Las municipalidades promueven, supervisan                         volumen de sonido dentro del vehículo, que
           y fiscalizan el cumplimiento de las normas de                     no altere a las personas con discapacidad,
           accesibilidad para la persona con discapacidad                    protegiendo a los pasajeros de ruidos molestos.
El Peruano
482002                                           NORMAS LEGALES                                        Lima, lunes 24 de diciembre de 2012

   Artículo 21. Accesibilidad en la comunicación                   El Estado le garantiza el acceso a prestaciones de salud
                                                                   integrales de calidad e implementados con infraestructura,
   21.1 	El Estado garantiza a la persona con discapacidad         equipamiento y recursos humanos capacitados, incluidas
         el acceso y la libertad de elección respecto a            la rehabilitación y la salud sexual y reproductiva.
         los distintos formatos y medios utilizables para
         su comunicación. Estos incluyen la lengua de                 Artículo 27. Aseguramiento
         señas, el sistema braille, la comunicación táctil,
         los macrotipos, la visualización de textos, los              27.1 	El Ministerio de Salud garantiza y promueve
         dispositivos multimedia, el lenguaje escrito,                      el ingreso de la persona con discapacidad a
         los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los                  un sistema de aseguramiento universal que
         medios de voz digitalizada y otros modos y medios                  garantice prestaciones de salud, de rehabilitación
         aumentativos o alternativos de la comunicación.                    y de apoyo de calidad. Las condiciones de
   21.2 	La persona con discapacidad tiene derecho a                        discapacidad poco frecuentes y de alto costo
         utilizar la lengua de señas, el sistema braille y otros            serán atendidas de acuerdo a lo que dispone el
         formatos o medios aumentativos o alternativos                      artículo 10 de la Ley 29761.
         de comunicación en los procesos judiciales y en              27.2 	El Seguro Social de Salud (EsSalud) garantiza
         los procedimientos administrativos que siga ante                   y promueve el acceso de la persona con
         la administración pública y los proveedores de                     discapacidad a regímenes de aportación y
         servicios públicos. Para tal fin, dichas entidades                 afiliación regular y potestativa asequibles
         proveen a la persona con discapacidad, de                          que garanticen prestaciones de salud, de
         manera gratuita y en forma progresiva, el servicio                 rehabilitación y de apoyo, incluidas la atención
         de intérprete cuando esta lo requiera.                             domiciliaria, la asistencia personal, los centros de
   21.3 	Las entidades públicas, los prestadores de                         atención intermedia y los centros residenciales,
         servicios públicos, las administradoras de fondos de               según las necesidades del asegurado.
         pensiones y las entidades bancarias y financieras y
         de seguros remiten información, recibos y estados            Artículo 28. Seguros de salud y de vida privados
         de cuenta en medios y formatos accesibles al
         usuario con discapacidad que lo solicite.                    28.1 	El Estado garantiza y promueve el acceso de
                                                                            la persona con discapacidad a los productos
  Artículo 22. Accesibilidad en los medios de                               y servicios ofertados por las aseguradoras de
comunicación                                                                salud y de vida privadas, sin discriminación. Las
                                                                            aseguradoras están prohibidas de negarse a
   22.1 	El Ministerio de Transportes y Comunicaciones                      prestar cobertura de seguros de salud y de vida
         promueve y regula las condiciones de accesibilidad                 por motivos de discapacidad.
         para la persona con discapacidad, que deben                  28.2 	La Superintendencia de Banca, Seguros y
         garantizar los medios de comunicación, públicos                    Administradoras Privadas de Fondos de
         y privados, así como los prestadores de servicios                  Pensiones garantiza el acceso de la persona
         de telecomunicación.                                               con discapacidad a los productos y servicios
   22.2 	Los programas informativos, educativos y                           ofertados por las aseguradoras y supervisa que
         culturales transmitidos mediante radiodifusión                     las primas de los seguros se fijen de manera justa
         por televisión cuentan con intérpretes de lengua                   y razonable, sobre la base de cálculos actuariales
         de señas o subtítulos.                                             y estadísticos, y valoradas individualmente.

    Artículo 23. Accesibilidad en las tecnologías de la                Artículo 29. Atención en la comunidad
información y la comunicación                                          La persona con discapacidad tiene derecho a que la
                                                                   atención respecto de su salud y su rehabilitación integral
   23.1 	El Ministerio de Transportes y Comunicaciones,            se preste dentro de la comunidad en la que vive, bajo un
         en coordinación con el Consejo Nacional para              enfoque intercultural, a través de los servicios y programas
         la Integración de la Persona con Discapacidad             de salud generales, sin perjuicio de la obligación del Estado
         (Conadis), promueve el acceso de la persona con           de contar con servicios especializados y realizar acciones
         discapacidad a las tecnologías de la información          de prevención de acuerdo a los tipos de discapacidad
         y la comunicación, incluida la Internet.                  existentes.
   23.2 	Las entidades públicas y privadas, las instituciones
         de educación superior y las personas naturales                Artículo 30. Servicios de intervención temprana
         o jurídicas que prestan servicios de información              El niño o la niña con discapacidad, o con riesgo de
         al consumidor y otros servicios a través de               adquirirla, tiene derecho a acceder a programas de
         páginas web o portales de Internet cuentan con            intervención temprana. Los ministerios de Educación,
         sistemas de acceso que facilitan el uso de los            de Salud, de Desarrollo e Inclusión Social y de la Mujer
         servicios especializados para los distintos tipos         y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los
         de discapacidad.                                          gobiernos regionales y las municipalidades, aseguran la
                                                                   implementación de programas de intervención temprana,
    Artículo 24. Accesibilidad en la contratación de               con énfasis en el área rural.
bienes, servicios u obras
    Las bases de los procesos de selección para la                    Artículo 31.       Servicios     de      habilitación             y
contratación de bienes, servicios u obras por parte de             rehabilitación
las entidades públicas deben sujetarse a la normativa
vigente en materia de accesibilidad para personas con                 31.1 	La persona con discapacidad tiene derecho a
discapacidad, según corresponda.                                            acceder a servicios de habilitación y rehabilitación
                                                                            en materia de salud, empleo y educación, así
    Artículo 25. Formación y capacitación en accesibilidad                  como a servicios sociales. El Ministerio de Salud
    Las universidades, institutos y escuelas superiores,                    y los gobiernos regionales, en coordinación
públicos y privados, incluyen asignaturas sobre                             con el Seguro Social de Salud (EsSalud) y los
accesibilidad y el principio de diseño universal en los                     establecimientos de salud de los ministerios
currículos de sus facultades y programas para la formación                  de Defensa y del Interior, formulan, planifican y
de técnicos y profesionales en los campos del diseño                        ejecutan estrategias de rehabilitación basadas en
y la construcción, las edificaciones, el transporte, las                    la comunidad con la participación de la persona
telecomunicaciones y las tecnologías de la información.                     con discapacidad, su familia y su comunidad,
                                                                            en coordinación con los servicios educativos,
                       CAPÍTULO IV                                          laborales y sociales correspondientes.
                                                                      31.2 	Los ministerios de Salud, de Defensa y del
              SALUD Y REHABILITACIÓN                                        Interior, así como el Seguro Social de Salud
                                                                            (EsSalud), cuentan con servicios de habilitación y
    Artículo 26. Derecho a la salud                                         rehabilitación relacionados con la salud en todos
    La persona con discapacidad tiene derecho a gozar                       sus hospitales, incluyendo centros de producción
del más alto nivel posible de salud, sin discriminación.                    y bancos de ayudas compensatorias.
El Peruano
Lima, lunes 24 de diciembre de 2012              NORMAS LEGALES                                                       482003
    Artículo 32. Medidas de prevención                                     docente y administrativo en cuestiones relativas a
    Los ministerios de Salud, de Educación, de la Mujer y                  la discapacidad y los derechos de la persona con
Poblaciones Vulnerables y los gobiernos regionales formulan,               discapacidad. Para tal fin, asignan los recursos
planifican y ejecutan, en coordinación con el Seguro Social                necesarios para el adecuado funcionamiento de
de Salud (EsSalud) y los establecimientos de salud de los                  los centros de educación básica especial.
ministerios de Defensa y del Interior, acciones dirigidas
a prevenir y reducir a su mínima expresión la aparición              Artículo 38. Educación superior
de nuevas deficiencias físicas, mentales, sensoriales
e intelectuales y el agravamiento de las ya existentes               38.1 	Las universidades, institutos y escuelas superiores,
entre las personas con discapacidad, incluidos los niños                   públicos y privados, realizan ajustes razonables
y las personas adultas mayores. Asimismo, promueven                        para garantizar el acceso y permanencia de la
investigaciones, estudios científicos y tecnológicos dirigidos             persona con discapacidad, incluida la adecuación
a prevenir y reducir las discapacidades.                                   de sus procesos de admisión. Estas instituciones
                                                                           reservan el 5% de las vacantes ofrecidas en sus
   Artículo 33. Medicamentos, tecnologías de apoyo,                        procesos de admisión por especialidad profesional
dispositivos y ayuda compensatoria                                         para la postulación de personas con discapacidad,
                                                                           quienes acceden a estos centros de estudio previa
     33.1 	El Ministerio de Salud y los gobiernos regionales               aprobación de la evaluación de ingreso.
           garantizan la disponibilidad y el acceso de la            38.2 	La persona que se vea forzada a interrumpir
           persona con discapacidad a medicamentos                         sus estudios superiores por la adquisición de
           de calidad, tecnologías de apoyo, dispositivos                  una discapacidad mantiene su matrícula vigente
           y la ayuda compensatoria necesaria para su                      por un período de hasta cinco años para su
           atención, habilitación y rehabilitación, tomando                reincorporación, incluidos los miembros de las
           en cuenta su condición socioeconómica.                          Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del
     33.2 	Los servicios de medicina, habilitación y                       Perú que cursan estudios superiores.
           rehabilitación del Seguro Social de Salud (EsSalud)
           y los hospitales de los ministerios de Defensa y           Artículo 39. Formación superior en discapacidad
           del Interior los proporcionan directamente.                Las universidades, institutos y escuelas superiores,
                                                                  públicos y privados, incluyen asignaturas sobre
    Artículo 34. Apoyo a la investigación                         discapacidad en los currículos y programas para la
    El Ministerio de Salud promueve y ejecuta                     formación de técnicos y profesionales en los campos
investigaciones científicas en el ámbito de la discapacidad,      de la educación, el derecho, la medicina, la sicología, la
con prioridad en el desarrollo de ayudas, dispositivos y          administración, la arquitectura, la ingeniería, la economía,
tecnologías de apoyo. Se pondrá un énfasis especial en            la contabilidad y el trabajo social.
las investigaciones dirigidas a la prevención, diagnóstico,
rehabilitación y monitoreo de las discapacidades poco                 Artículo 40. Bibliotecas accesibles
comunes de acuerdo a la Ley 29698.                                    Las bibliotecas cuentan con instalaciones y materiales
                                                                  accesibles para la persona con discapacidad física, mental
                                 CAPÍTULO V                       e intelectual, incluido el sistema braille y el libro hablado,
                                                                  así como con elementos técnicos que permitan el acceso
                       EDUCACIÓN Y DEPORTE                        de estas personas a la información general.
                                                                     Artículo 41. Promoción del deporte
     Artículo 35. Derecho a la educación
                                                                     41.1 	El Instituto Peruano del Deporte (IPD) promueve
     35.1 	La persona con discapacidad tiene derecho a recibir             y coordina la participación de la persona con
           una educación de calidad, con enfoque inclusivo,                discapacidad en las actividades deportivas
           que responda a sus necesidades y potencialidades,               generales y específicas, y la formación y
           en el marco de una efectiva igualdad de                         capacitación de técnicos, dirigentes y profesionales
           oportunidades. El Ministerio de Educación regula,               deportivos en cuestiones relativas a la práctica del
           promueve, supervisa, controla y garantiza su                    deporte de la persona con discapacidad.
           matrícula en las instituciones educativas públicas        41.2 	Las federaciones deportivas nacionales y
           y privadas de las diferentes etapas, modalidades y              el Comité Olímpico Peruano promueven la
           niveles del sistema educativo nacional.                         participación de la persona con discapacidad en
     35.2 	Ninguna institución educativa pública o privada                 las distintas disciplinas deportivas a su cargo.
           puede negar el acceso o permanencia de una
           persona por motivos de discapacidad.                      Artículo 42. Federaciones deportivas de personas
                                                                  con discapacidad
   Artículo 36. Accesibilidad a las instituciones
educativas                                                           42.1 	Las federaciones deportivas de personas con
                                                                           discapacidad desarrollan, promueven, organizan
     36.1 	El Ministerio de Educación y los gobiernos                      y dirigen la práctica deportiva de la persona
           regionales garantizan la adecuación de la                       con discapacidad en sus diferentes disciplinas
           infraestructura física, mobiliario y equipos de las             y modalidades específicas, y promueven su
           instituciones educativas para la atención de la                 participación en competencias internacionales.
           persona con discapacidad, así como la distribución              El Consejo Nacional para la Integración de la
           de material educativo adaptado y accesible.                     Persona con Discapacidad (Conadis) y el Instituto
     36.2 	El Ministerio de Educación y los gobiernos                      Peruano del Deporte (IPD) promueven la creación
           locales y regionales promueven y garantizan                     de las correspondientes federaciones deportivas
           el aprendizaje del sistema braille, la lengua de                de personas con discapacidad que demanden
           señas y otros modos, medios y formatos de                       las diferentes discapacidades, a fin de que el
           comunicación en las instituciones educativas.                   Perú pueda integrarse al Comité Paralímpico
                                                                           Internacional (CPI) y otros entes o instituciones
     Artículo 37. Calidad del servicio educativo                           del deporte para la persona con discapacidad.
                                                                     42.2 	El Instituto Peruano del Deporte (IPD) asegura la
     37.1 	Las instituciones educativas de las diferentes                  disponibilidad de infraestructura, equipamiento y
           etapas, modalidades y niveles del sistema educativo             recursos necesarios para el desarrollo de la actividad
           nacional están obligadas a realizar las adaptaciones            deportiva de la persona con discapacidad.
           metodológicas y curriculares, así como los ajustes
           razonables necesarios para garantizar el acceso y          Artículo 43. Reconocimientos deportivos
           permanencia del estudiante con discapacidad.               El deportista con discapacidad que obtenga triunfos
     37.2 	El Ministerio de Educación y los gobiernos             olímpicos y mundiales es reconocido con los Laureles
           regionales garantizan la prestación de servicios       Deportivos del Perú y los demás premios, estímulos y
           de apoyo y acompañamiento para la inclusión del        distinciones que otorga el Instituto Peruano del Deporte
           estudiante con discapacidad, así como la formación     (IPD) y el Comité Olímpico Peruano, en igualdad de
           y capacitación permanente del personal directivo,      condiciones que los demás deportistas.
El Peruano
482004                                           NORMAS LEGALES                                        Lima, lunes 24 de diciembre de 2012

   Artículo 44. Descuento en el ingreso a actividades                      un puntaje aprobatorio obtiene una bonificación
deportivas, culturales y recreativas                                       del 15% sobre el puntaje final obtenido en la etapa
                                                                           de evaluación, que incluye la entrevista final. Las
   44.1 	La persona con discapacidad debidamente acreditada                bases de los concursos consignan la aplicación de
         tiene un descuento del 50% sobre el valor de la                   este beneficio bajo sanción de nulidad.
         entrada a los espectáculos culturales, deportivos y         48.2 	Las entidades públicas realizan ajustes en los
         recreativos organizados por las entidades del Estado.             procedimientos de selección y evaluación para
         Este descuento es aplicable hasta un máximo del                   garantizar la participación de la persona con
         25% del número total de entradas.                                 discapacidad en igualdad de condiciones que las
   44.2 	Tratándose de espectáculos culturales, deportivos                 demás personas.
         y recreativos organizados por empresas e
         instituciones privadas, el descuento es del 20%             Artículo 49. Cuota de empleo
         y hasta un máximo del 10% del número total de
         entradas.                                                   49.1 	Las entidades públicas están obligadas a contratar
                                                                           personas con discapacidad en una proporción
                       CAPÍTULO VI                                         no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y
                                                                           los empleadores privados con más de cincuenta
                  TRABAJO Y EMPLEO                                         trabajadores en una proporción no inferior al 3%.
                                                                     49.2 	Previamente a toda convocatoria, las entidades
   Artículo 45. Derecho al trabajo                                         públicas verifican el cumplimiento de la cuota
                                                                           del 5%, con independencia del régimen laboral
   45.1 	La persona con discapacidad tiene derecho a                       al que pertenecen. La entidad pública que no
         trabajar, en igualdad de condiciones que las demás,               cumpla con la cuota de empleo se sujeta al
         en un trabajo libremente elegido o aceptado, con                  procedimiento establecido en el reglamento de la
         igualdad de oportunidades y de remuneración por                   presente Ley.
         trabajo de igual valor, y con condiciones de trabajo        49.3 	Las multas por el incumplimiento de la cuota
         justas, seguras y saludables.                                     de empleo de personas con discapacidad en el
   45.2 	El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,                  Sector Público se destinan a financiar programas
         el Consejo Nacional para la Integración de                        de formación laboral y actualización, así como
         la Persona con Discapacidad (Conadis) y los                       programas de colocación y de empleo para
         gobiernos regionales promueven y garantizan el                    personas con discapacidad. Corresponde al
         respeto y el ejercicio de los derechos laborales                  Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la
         de la persona con discapacidad, así como el                       fiscalización en el ámbito privado y a la Autoridad
         desarrollo de sus capacidades y habilidades, a                    Nacional del Servicio Civil, en coordinación con el
         través de las distintas unidades orgánicas que                    Consejo Nacional para la Integración de la Persona
         tengan esas funciones.                                            con Discapacidad (Conadis), en el Sector Público.
                                                                     49.4 	La vacante producida por la renuncia, el despido
   Artículo 46. Servicios de empleo                                        justificado, la jubilación o el fallecimiento de un
                                                                           trabajador con discapacidad en una entidad
   46.1 	El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,                  pública es cubierta por otra persona con
         los gobiernos regionales y las municipalidades                    discapacidad, previo concurso.
         incorporan a la persona con discapacidad en sus
         programas de formación laboral y actualización,             Artículo 50. Ajustes razonables para personas con
         así como en sus programas de colocación y de             discapacidad
         empleo.
   46.2 	Los servicios de empleo del Ministerio de Trabajo           50.1 	La persona con discapacidad tiene derecho a ajustes
         y Promoción del Empleo garantizan a la persona                    razonables en el lugar de trabajo. Estas medidas
         con discapacidad orientación técnica y vocacional,                comprenden la adaptación de las herramientas de
         e información sobre oportunidades de formación                    trabajo, las maquinarias y el entorno de trabajo, así
         laboral y de empleo. Para tal fin, el Ministerio de               como la introducción de ajustes en la organización del
         Trabajo y Promoción del Empleo cuenta con una                     trabajo y los horarios, en función de las necesidades
         estructura orgánica especializada para la promoción               del trabajador con discapacidad.
         laboral de las personas con discapacidad.                   50.2 	El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
   46.3 	El Estado reserva el 10% del presupuesto                          y los gobiernos regionales prestan asesoramiento
         destinado a los programas de fomento al empleo                    y orientación a los empleadores para la
         temporal para la formulación de proyectos                         realización de ajustes razonables para personas
         que promuevan el empleo de la persona con                         con discapacidad en el lugar de trabajo. Los
         discapacidad.                                                     empleadores públicos y privados generadores de
                                                                           rentas de tercera categoría tienen una deducción
   Artículo 47. Medidas de fomento del empleo                              adicional en el pago del impuesto a la renta sobre
                                                                           los gastos por ajustes razonables para personas
   47.1 	El Estado, a través de sus tres niveles de                        con discapacidad, en un porcentaje que es fijado
         gobierno, promueve la adopción por parte                          por decreto supremo del Ministerio de Economía
         de los empleadores públicos y privados de                         y Finanzas.
         buenas prácticas de empleo de la persona con                50.3 	Los empleadores realizan los ajustes razonables,
         discapacidad y de estrategias de gestión de las                   salvo cuando demuestren que suponen una
         discapacidades en el lugar de trabajo, como parte                 carga económica excesiva, de conformidad con
         integrante de una política nacional encaminada a                  los criterios fijados por el Ministerio de Trabajo y
         promover las oportunidades de empleo para la                      Promoción del Empleo.
         persona con discapacidad.
   47.2 	Los empleadores públicos y privados generadores             Artículo    51.    Readaptación         y     rehabilitación
         de rentas de tercera categoría que emplean a             profesional
         personas con discapacidad tienen una deducción
         adicional en el pago del impuesto a la renta sobre las      51.1 	El Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud
         remuneraciones que se paguen a estas personas,                    (EsSalud) cuentan con servicios de readaptación
         en un porcentaje que es fijado por decreto supremo                y rehabilitación profesional para personas con
         del Ministerio de Economía y Finanzas.                            discapacidad dirigidos a la obtención, el progreso
                                                                           y la conservación del empleo.
   Artículo 48. Bonificación en los concursos públicos               51.2 	El Consejo Nacional para la Integración de la
de méritos                                                                 Persona con Discapacidad (Conadis) promueve
                                                                           y supervisa la aplicación de la normatividad de
   48.1 	En los concursos públicos de méritos convocados                   los programas de prevención de accidentes
         por las entidades públicas, independientemente del                laborales y de contaminación ambiental que
         régimen laboral, la persona con discapacidad que                  ocasionen enfermedades profesionales y
         cumpla con los requisitos para el cargo y alcance                 generen discapacidad.
El Peruano
Lima, lunes 24 de diciembre de 2012                NORMAS LEGALES                                                      482005
     Artículo 52. Conservación del empleo                           beneficiaria de una pensión de orfandad bajo un régimen
                                                                    previsional, no es afectada en el cobro de su pensión
     52.1 	Los programas de readaptación y rehabilitación           cuando perciba una remuneración o ingreso asegurable
           profesional del Seguro Social de Salud (EsSalud) y       no mayor a dos remuneraciones mínimas vitales del lugar
           del Ministerio de Salud promueven y garantizan la        de su trabajo habitual, sin considerar la prohibición de la
           reintegración al trabajo de la persona que adquiere      doble percepción de ingresos establecida en el artículo 3
           una discapacidad por accidente o enfermedad.             de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público.
     52.2 	El personal que adquiere una discapacidad durante la
           relación laboral tiene derecho a conservar su puesto         Artículo 59. Pensiones no contributivas por
           de trabajo cuando, realizados los ajustes razonables     discapacidad severa
           correspondientes, esta no es determinante para el            La persona con discapacidad severa que se encuentre
           desempeño de sus tareas. Caso contrario, dicho           en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema
           personal es transferido a un puesto que sea compatible   de Focalización de Hogares (Sisfoh) y que no tenga un
           con sus capacidades y aptitudes, en la medida que        ingreso o pensión que provenga del ámbito público o
           exista vacante, y que no implique riesgos para su        privado recibe una pensión no contributiva a cargo del
           seguridad y su salud o las de otras personas.            Estado. Corresponde a las direcciones de Salud expedir
                                                                    los certificados de discapacidad severa y a Conadis
  Artículo 53. Promoción de la producción y                         registrarlos. El reglamento fija las condiciones y requisitos
comercialización de bienes y servicios                              para el progresivo acceso a este beneficio.
     53.1 	Los ministerios de Comercio Exterior y Turismo
           y de la Producción promueven la producción                   Artículo 60. Jubilación adelantada o anticipada
           y comercialización de bienes y servicios de              para personas con discapacidad
           la persona con discapacidad, apoyando su                     El Poder Ejecutivo regula mecanismos de incorporación
           capacitación, de acuerdo a sus competencias.             a los sistemas de pensiones para el acceso a una pensión
     53.2 	Los gobiernos regionales y las municipalidades           de jubilación adelantada o anticipada, equiparable al
           provincialesydistritales,promuevenlacomercialización     régimen de jubilación previsto en el segundo párrafo del
           de los productos manufacturados por la persona con       artículo 38 del Decreto Ley 19990. Esta disposición solo
           discapacidad, fomentando la participación directa de     será aplicable para las personas con discapacidad que
           dichas personas en ferias populares, mercados y          cumplan con las condiciones y requisitos que establezca
           centros comerciales dentro de su jurisdicción.           el reglamento y en el marco de las prestaciones de los
     53.3 	La persona con discapacidad tiene preferencia            regímenes previsionales existentes.
           en la instalación de módulos de venta en los
           locales de las entidades públicas.                           Artículo 61. Acceso a programas sociales
                                                                        Las personas con discapacidad son beneficiarias de los
                                CAPÍTULO VII                        programas sociales, salud, alimentación, vestido y vivienda
                                                                    adecuados, y acceso a servicios públicos que brinda el
               EMPRESAS PROMOCIONALES DE                            Estado, sin que para ello se aplique el requisito de límite de
               PERSONAS CON DISCAPACIDAD                            edad. Los programas sociales brindan atención preferente a
                                                                    la persona con discapacidad, especialmente a las mujeres,
    Artículo 54. Definición de empresa promocional de               niños, niñas y a quienes vivan en situación de pobreza para
personas con discapacidad                                           sufragar gastos relacionados con su discapacidad.
    La empresa promocional de personas con discapacidad
es aquella constituida como persona natural o jurídica, bajo           Artículo 62. Importación de vehículos y tecnologías
cualquier forma de organización o gestión empresarial,              de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria
que cuenta por lo menos con un 30% de personal con
discapacidad. El 80% de este personal desarrolla actividades           62.1 	La importación de vehículos especiales y tecnologías
directamente vinculadas con el objeto social de la empresa.                  de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria para
                                                                             el uso exclusivo de la persona con discapacidad
    Artículo 55. Acreditación de empresa promocional                         se encuentra inafecta al pago de los derechos
de personas con discapacidad                                                 arancelarios, conforme a lo previsto en el Decreto
    El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo                          Legislativo 1053, Ley General de Aduanas.
acredita a la empresa promocional de personas con                      62.2 	El impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto
discapacidad y fiscaliza el cumplimiento efectivo de la                      selectivo al consumo (ISC) que gravan la
proporción de su personal con discapacidad.                                  importación de vehículos especiales y tecnologías
                                                                             de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria
    Artículo 56. Preferencia de bienes, servicios u obras                    para el uso exclusivo de la persona con
    En los procesos de contratación de bienes, servicios                     discapacidad podrán ser cancelados mediante
u obras convocados por entidades públicas, la empresa                        “Documentos Cancelatorios - Tesoro Público”.
promocional de personas con discapacidad tiene preferencia                   Mediante decreto supremo se establecen los
en el caso de empate entre dos o más propuestas, bajo                        requisitos y el procedimiento correspondientes.
sanción de nulidad, según lo señalado sobre la materia en              62.3 	El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio
el Decreto Supremo 184-2008-EF, Reglamento del Decreto                       de Economía y Finanzas, dicta las medidas
Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado.                          reglamentarias necesarias para la implementación
                                                                             de este beneficio, incluyendo la determinación de
     Artículo 57. Acceso a fuentes de financiamiento                         las partidas arancelarias beneficiarias, el valor
     57.1 	El Estado promueve el acceso de la empresa                        máximo autorizado y las características de los
           promocional a créditos y otras fuentes de                         vehículos especiales y tecnologías de apoyo,
           financiamiento, prestando asistencia financiera                   dispositivos y ayuda compensatoria para el uso
           orientada a reducir la información asimétrica                     exclusivo de la persona con discapacidad.
           y los costos de intermediación. Con este fin, el            62.4	Los “Documentos Cancelatorios - Tesoro
           Ministerio de la Producción administra un banco                   Público”, emitidos al amparo de la presente Ley,
           de proyectos y capacita a la empresa promocional                  serán financiados con cargo al presupuesto del
           en el desarrollo de proyectos de inversión.                       Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
     57.2 	No menos del 5% de los recursos asignados                         (Mimpv).
           por el Estado para el financiamiento de micro
           y pequeñas empresas se destina a empresas                                       CAPÍTULO IX
           promocionales de personas con discapacidad.
                                                                      CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN
                                CAPÍTULO VIII                        DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)

                     NIVEL DE VIDA ADECUADO                             Artículo 63. Consejo Nacional para la Integración
                      Y PROTECCIÓN SOCIAL                           de la Persona con Discapacidad (Conadis)
                                                                        El Consejo Nacional para la Integración de la Persona
     Artículo 58. Pensiones de orfandad                             con Discapacidad (Conadis) es el órgano especializado
     La persona con discapacidad mayor de edad, que es              en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido
El Peruano
482006                                         NORMAS LEGALES                                        Lima, lunes 24 de diciembre de 2012

como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio               e)	 El ministro de Economía y Finanzas o su
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía                         representante.
técnica, administrativa, de administración, económica y                 f)	 El ministro de Educación o su representante.
financiera. Constituye pliego presupuestario.                           g)	 El ministro de Salud o su representante.
                                                                        h)	 El ministro de Trabajo y Promoción del
   Artículo 64. Funciones del Consejo Nacional                               Empleo o su representante.
para la Integración de la Persona con Discapacidad                      i)	 El ministro de Transportes y Comunicaciones
(Conadis)                                                                    o su representante.
   El Consejo Nacional para la Integración de la Persona                j)	 El ministro de Vivienda, Construcción y
con Discapacidad (Conadis) tiene las siguientes funciones:                   Saneamiento o su representante.
                                                                        k)	 El ministro de Producción o su representante.
   a)	 Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar,              1) 	 El ministro de Defensa o su representante.
       supervisar y evaluar las políticas nacionales y                  m)	 El ministro del Interior o su representante.
       sectoriales en materia de discapacidad.                          n)	 El ministro de Relaciones Exteriores o su
   b)	 Dictar normas y lineamientos técnicos para                            representante.
       la adecuada ejecución y supervisión de las                       o)	 El presidente ejecutivo del Seguro Social de
       políticas nacionales y sectoriales en materia de                      Salud (EsSalud) o su representante.
       discapacidad.
   c)	 Promover y proponer que, en la formulación, el              65.2 	El Consejo Nacional para la Integración de la
       planeamiento y la ejecución de las políticas y                    Persona con Discapacidad (Conadis) cuenta con
       los programas de todos los sectores y niveles                     un consejo consultivo integrado por los siguientes
       de gobierno, se tomen en cuenta, de manera                        miembros:
       expresa, las necesidades e intereses de la
       persona con discapacidad.                                        a)	Un representante elegido por las organizaciones
   d)	 Promover que, en la formulación y aprobación                         de personas con discapacidad asociada a una
       de los presupuestos sectoriales, se destinen                         deficiencia física.
       los recursos necesarios para la implementación                   b)	Un representante elegido por las organizaciones
       de políticas y programas transversales y                             de personas con discapacidad asociada a una
       multisectoriales sobre cuestiones relativas a la                     deficiencia auditiva.
       discapacidad.                                                    c)	Un representante elegido por las organizaciones
   e)	 Proponer, formular, planificar, coordinar y supervisar               de personas con discapacidad asociada a una
       la ejecución del Plan de Igualdad de Oportunidades                   deficiencia visual.
       para las Personas con Discapacidad.                              d)	Un representante elegido por las organizaciones
   f)	 Promover y organizar los procesos de consulta a                      de personas con discapacidad asociada a
       las organizaciones de personas con discapacidad,                     sordoceguera.
       en coordinación con los sectores y niveles de                    e)	Un representante elegido por las organizaciones
       gobierno correspondientes.                                           de personas con discapacidad asociada a una
   g)	 Promover y ejecutar campañas para la toma                            deficiencia mental.
       de conciencia respecto de la persona con                         f) 	Un representante elegido por las organizaciones
       discapacidad, el respeto de sus derechos y de                        de personas con discapacidad asociada a una
       su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la                    deficiencia intelectual.
       sociedad para con ella.                                          g)	Un representante elegido por las organizaciones
   h)	 Promover, coordinar y ejecutar investigaciones                       de personas con discapacidad de las Fuerzas
       sobre cuestiones relativas a la discapacidad                         Armadas y la Policía Nacional del Perú.
       y al desarrollo de bienes, servicios, equipos e                  h)	Un representante elegido por las federaciones
       instalaciones de diseño universal.                                   deportivas de personas con discapacidad.
   i)	 Difundir     información        sobre      cuestiones
       relacionadas a la discapacidad, incluida                    Artículo 66. Presidencia del Consejo Nacional
       información actualizada acerca de los programas          para la Integración de la Persona con Discapacidad
       y servicios disponibles para la persona con              (Conadis)
       discapacidad y su familia, y de las organizaciones
       de personas con discapacidad.                               66.1 	El presidente del Consejo Nacional para la
   j)	 Prestar apoyo técnico sobre cuestiones relativas                  Integración de la Persona con Discapacidad
       a la discapacidad a las entidades u organismos                    (Conadis) es designado por el Presidente de
       de todos los sectores y niveles de gobierno.                      la República de una terna propuesta por la
   k)	 Requerir información sobre cuestiones relacionadas                Presidencia del Consejo de Ministros. La selección
       a la discapacidad a las entidades u organismos de                 de la terna se realiza respetando el derecho de
       todos los sectores y niveles de gobierno.                         consulta establecido en el artículo 14.
   l)	 Interponer demandas de cumplimiento.                        66.2 	Para asumir la presidencia del Consejo Nacional
   m)	 Fiscalizar, imponer y administrar multas.                         para la Integración de la Persona con Discapacidad
   n)	 Exigir coactivamente el pago de multas.                           (Conadis) se requiere poseer experiencia en gestión
   o)	 Dirigir el Registro Nacional de la Persona con                    y una trayectoria mínima de cinco años en el
       Discapacidad.                                                     reconocimiento de los derechos de las personas con
   p)	 Aprobar su plan operativo anual y su presupuesto.                 discapacidad. El presidente del Conadis es titular del
   q)	 Elaborar su reglamento de organización y funciones.               pliego presupuestal y ejerce la representación legal
   r)	 Las demás que le asigne la ley y su reglamento.                   de la institución. Asiste a las sesiones del Consejo
                                                                         de Ministros con voz pero sin voto.
   Artículo 65. Conformación del Consejo Nacional
para la Integración de la Persona con Discapacidad                  Artículo 67. Secretaría General del Consejo
(Conadis)                                                       Nacional para la Integración de la Persona con
                                                                Discapacidad (Conadis)
   65.1 	El Consejo Nacional para la Integración de                 La Secretaría General del Consejo Nacional para la
         la Persona con Discapacidad (Conadis) está             Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)
         constituido por los siguientes miembros:               es la máxima autoridad administrativa de este órgano. Es
                                                                designada por el Pleno del Consejo y depende jerárquica y
         a)	 El presidente del Consejo Nacional para la         funcionalmente del presidente del Consejo Nacional para
             Integración de la Persona con Discapacidad         la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
             (Conadis), quien es designado por el
             Presidente de la República.                           Artículo 68. Recursos del Consejo Nacional
         b)	 El presidente del Consejo de Ministros o su        para la Integración de la Persona con Discapacidad
             representante.                                     (Conadis)
         c)	 El ministro de la Mujer y Poblaciones
             Vulnerables o su representante.                       68.1 	Son recursos del Consejo Nacional para la
         d)	 El ministro de Desarrollo e Inclusión Social o              Integración de la Persona con Discapacidad
             su representante.                                           (Conadis) los siguientes:
El Peruano
Lima, lunes 24 de diciembre de 2012                   NORMAS LEGALES                                                        482007
             a)	 Los recursos asignados por el Estado                     Artículo 70. Oficina Municipal de Atención a las
                 debidamente determinados en las partidas              Personas con Discapacidad (Omaped)
                 del Presupuesto del Sector Público.
             b)	 El 50% del porcentaje de los recursos                    70.1 	Las municipalidades, provinciales y distritales,
                 obtenidos mediante juegos de lotería y                         contemplan en su estructura orgánica una
                 similares, realizados por las sociedades                       Oficina Municipal de Atención a las Personas
                 de beneficencia pública, conforme lo                           con Discapacidad (Omaped) y contemplan en su
                 establece la quinta disposición transitoria                    presupuesto anual los recursos necesarios para su
                 y complementaria de la Ley 26918 o                             adecuado funcionamiento y la implementación de
                 directamente manejados por los gremios de                      políticas y programas sobre cuestiones relativas a
                 las personas con discapacidad.                                 la discapacidad.
             c)	 Los recursos directamente recaudados.                    70.2 	La Oficina Municipal de Atención a las Personas
             d)	 Los recursos provenientes de la cooperación                    con Discapacidad (Omaped) tiene las siguientes
                 internacional.                                                 funciones:
             e)	 Las donaciones y legados.
             f)	 Los recursos provenientes de las colectas                      a)	 Promover y proponer que, en la formulación,
                 que organice oficialmente.                                         el planeamiento y la ejecución de las políticas
             g)	 Los recursos provenientes del cobro de las                         y los programas locales, se tomen en cuenta,
                 multas.                                                            de manera expresa, las necesidades e
                                                                                    intereses de la persona con discapacidad.
     68.2 	El Consejo Nacional para la Integración de                           b)	 Coordinar, supervisar y evaluar las políticas y
           la Persona con Discapacidad (Conadis) goza                               programas locales sobre cuestiones relativas
           de similares prerrogativas y exoneraciones a                             a la discapacidad.
           las que tienen derecho las demás entidades u                         c)	 Participar de la formulación y aprobación
           organismos del Estado.                                                   del presupuesto local para asegurar que
                                                                                    se destinen los recursos necesarios para
                                 CAPÍTULO X                                         la implementación de políticas y programas
                                                                                    sobre cuestiones relativas a la discapacidad.
                    OFICINAS EN LOS ÁMBITOS                                     d)	 Coordinar y supervisar la ejecución de los
                       REGIONAL Y LOCAL                                             planes y programas nacionales en materia
                                                                                    de discapacidad.
   Artículo 69. Oficina Regional de Atención a las                              e)	 Promover y organizar los procesos de
Personas con Discapacidad (Oredis)                                                  consulta de carácter local.
                                                                                f)	 Promover y ejecutar campañas para la toma
     69.1 	Los gobiernos regionales y la Municipalidad                              de conciencia respecto de la persona con
           Metropolitana de Lima contemplan en su estructura                        discapacidad, el respeto de sus derechos
           orgánica una Oficina Regional de Atención                                y de su dignidad, y la responsabilidad del
           a las Personas con Discapacidad (Oredis) y                               Estado y la sociedad para con ella.
           contemplan en su presupuesto anual los recursos                      g)	 Difundir información sobre cuestiones
           necesarios para su adecuado funcionamiento y la                          relacionadas a la discapacidad, incluida
           implementación de políticas y programas sobre                            información actualizada acerca de los
           cuestiones relativas a la discapacidad.                                  programas y servicios disponibles para la
     69.2 	La Oficina Regional de Atención a las Personas                           persona con discapacidad y su familia.
           con Discapacidad (Oredis) tiene las siguientes                       h)	 Administrar el Registro Municipal de la
           funciones:                                                               Persona con Discapacidad en el ámbito de su
                                                                                    jurisdicción, considerando los lineamientos
             a)	 Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar,                emitidos por el Registro Nacional de la
                 supervisar y evaluar las políticas y programas                     Persona con Discapacidad.
                 regionales en materia de discapacidad.                         i)	 Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto
             b)	 Promover y proponer que, en la formulación,                        en la presente Ley en el ámbito de su
                 el planeamiento y la ejecución de las                              competencia y denunciar su incumplimiento
                 políticas y los programas regionales, se                           ante el órgano administrativo competente.
                 tomen en cuenta, de manera expresa, las
                 necesidades e intereses de las personas con               Artículo 71. Coordinación con el Consejo Nacional
                 discapacidad.                                         para la Integración de la Persona con Discapacidad
             c)	 Promover que, en la formulación y aprobación          (Conadis)
                 del presupuesto regional, se destinen los                 El Consejo Nacional para la Integración de la Persona
                 recursos necesarios para la implementación            con Discapacidad (Conadis) coordina con los gobiernos
                 de políticas y programas transversales y              regionales y las municipalidades la efectiva implementación
                 multisectoriales sobre cuestiones relativas a         de la presente Ley en sus jurisdicciones. Les presta asesoría
                 la discapacidad.                                      técnica y capacitación para el ejercicio de sus funciones,
             d)	 Coordinar y supervisar la ejecución de los            centraliza la información referida a la persona con discapacidad
                 planes y programas nacionales en materia              y promueve la participación activa de las organizaciones de
                 de discapacidad.                                      personas con discapacidad en dichos ámbitos.
             e)	 Promover y organizar los procesos de
                 consulta de carácter regional.                                                CAPÍTULO XI
             f)	 Promover y ejecutar campañas para la toma
                 de conciencia respecto de la persona con                          SISTEMA NACIONAL PARA LA
                 discapacidad, el respeto de sus derechos                       INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON
                 y de su dignidad, y la responsabilidad del                         DISCAPACIDAD (SINAPEDIS)
                 Estado y la sociedad para con ella.
             g)	 Difundir información sobre cuestiones                     Artículo 72. Sistema Nacional para la Integración
                 relacionadas a la discapacidad, incluida              de la Persona con Discapacidad (Sinapedis)
                 información actualizada acerca de los                     Créase el Sistema Nacional para la Integración de
                 programas y servicios disponibles para la             la Persona con Discapacidad (Sinapedis) como sistema
                 persona con discapacidad y su familia.                funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las
             h)	 Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto            políticas públicas que orientan la intervención del Estado
                 en la presente Ley en el ámbito de su                 en materia de discapacidad.
                 competencia y denunciar su incumplimiento
                 ante el órgano administrativo competente.                 Artículo 73. Ente rector del Sistema Nacional
             i)	 Administrar el Registro Regional de la                para la Integración de la Persona con Discapacidad
                 Persona con Discapacidad en el ámbito de su           (Sinapedis)
                 jurisdicción, considerando los lineamientos
                 emitidos por el Registro Nacional de la                  73.1 	El Consejo Nacional para la Integración de la
                 Persona con Discapacidad.                                      Persona con Discapacidad (Conadis) es el ente
El Peruano
482008                                              NORMAS LEGALES                                     Lima, lunes 24 de diciembre de 2012

         rector del Sistema Nacional para la Integración                   la Persona con Discapacidad (Conadis), compila,
         de la Persona con Discapacidad (Sinapedis) y                      procesa y organiza la información referida a la
         tiene a su cargo la elaboración, programación,                    persona con discapacidad y sus organizaciones,
         coordinación, gestión, supervisión, monitoreo y                   proporcionada por las entidades públicas de
         evaluación de las políticas públicas del Estado                   los distintos niveles de gobierno. Contiene los
         en materia de discapacidad.                                       siguientes registros especiales:
   73.2 	El Consejo Nacional para la Integración de la
         Persona con Discapacidad (Conadis), como ente                     a)	 Registro de personas con discapacidad.
         rector, tiene las siguientes atribuciones:                        b)	 Registro de organizaciones que representan
                                                                               a las personas con discapacidad.
         a)	 Ejercer la autoridad técnico-normativa a nivel                c)	 Registro de organizaciones conformadas por
             nacional.                                                         personas con discapacidad.
         b)	 Dictar las normas y establecer los                            d)	 Registro de personas naturales o jurídicas u
             procedimientos para el accionar del Sistema                       organizaciones que brindan atención, servicios
             Nacional para la Integración de la Persona                        y programas a personas con discapacidad.
             con Discapacidad (Sinapedis).                                 e)	 Registro de personas naturales o jurídicas
         c)	 Coordinar la operación técnica y asumir la                        importadoras o comercializadoras de bienes
             responsabilidad del correcto funcionamiento                       o servicios especiales y compensatorios para
             del Sistema Nacional para la Integración de                       personas con discapacidad.
             la Persona con Discapacidad (Sinapedis).                      f)	 Registro de sanciones por el incumplimiento
         d)	 Las demás atribuciones que se asignen por                         de la presente Ley.
             reglamento.                                                   g)	 Otros que acuerde el Conadis.

    Artículo 74. Objetivos del Sistema Nacional                       78.2 	La inscripción en el Registro Nacional de la Persona
para la Integración de la Persona con Discapacidad                          con Discapacidad es gratuita. El reglamento
(Sinapedis)                                                                 del Consejo Nacional para la Integración de la
    El Sistema Nacional para la Integración de la Persona                   Persona con Discapacidad (Conadis) establece
con Discapacidad (Sinapedis) tiene los siguientes                           los requisitos y procedimientos para la inscripción
objetivos:                                                                  en los registros especiales.

   a)	   Asegurar el cumplimiento de políticas públicas               Artículo 79. Información estadística
         que requieren la participación de las entidades
         del Estado, a nivel intergubernamental, en                   79.1 	El Instituto Nacional de Estadística e Informática
         materia de discapacidad.                                           (INEI), los órganos que integran el Sistema
   b)	   Articular y armonizar la gestión de las políticas, planes,         Estadístico Nacional y las entidades u organismos
         estrategias, programas y proyectos en materia de                   de los diferentes sectores y niveles de gobierno
         discapacidad, a nivel intergubernamental.                          incorporan en sus censos, encuestas y registros
   c)	   Promover la participación de las organizaciones                    estadísticos un rubro sobre la situación de la
         de personas con discapacidad, de la sociedad civil                 persona con discapacidad, siendo responsables de
         y del sector privado, a nivel intergubernamental,                  su recopilación y procesamiento. Esta información
         en el desarrollo de acciones en materia de                         es remitida al Consejo Nacional para la Integración
         discapacidad.                                                      de la Persona con Discapacidad (Conadis) para
   d)	   Disponer de la información necesaria para la                       su difusión y debe ser obligatoriamente utilizada
         formulación de planes, programas y proyectos.                      por todos los sectores y niveles de gobierno en la
                                                                            formulación, el planeamiento y la ejecución de sus
    Artículo 75. Composición del Sistema Nacional                           políticas y programas.
para la Integración de la Persona con Discapacidad                    79.2 	El Instituto Nacional de Estadística e Informática
(Sinapedis)                                                                 (INEI) y el Registro Nacional de Identificación y
    El Sistema Nacional para la Integración de la Persona                   Estado Civil (Reniec) participan en la actualización
con Discapacidad (Sinapedis) está compuesto por:                            del Registro Nacional de la Persona con
                                                                            Discapacidad, en coordinación con el Consejo
   a)	   El Consejo Nacional para la Integración de la                      Nacional para la Integración de la Persona con
         Persona con Discapacidad (Conadis).                                Discapacidad (Conadis), las oficinas regionales
   b)	   Los gobiernos regionales, sus programas y                          de atención a las personas con discapacidad
         proyectos.                                                         (Oredis) y las oficinas municipales de atención a
   c)	   Las municipalidades provinciales y distritales,                    las personas con discapacidad (Omaped).
         sus organismos, programas y proyectos.
                                                                                        CAPÍTULO XIII
    El reglamento establece la organización y define
el rol de las entidades públicas conformantes del                                        SANCIONES
Sistema Nacional para la Integración de la Persona con
Discapacidad (Sinapedis).                                             Artículo 80. Entidad competente

                CAPÍTULO XII                                          80.1 	La entidad competente para conocer y aplicar las
    CERTIFICACIÓN, REGISTRO Y ESTADÍSTICA                                   infracciones y sanciones por el incumplimiento
                                                                            de la presente Ley es el Consejo Nacional para
    Artículo 76. Certificación de la discapacidad                           la Integración de la Persona con Discapacidad
    El certificado de discapacidad acredita la condición                    (Conadis), sin perjuicio de las competencias
de persona con discapacidad. Es otorgado por todos                          específicas que correspondan a los distintos
los hospitales de los ministerios de Salud, de Defensa                      sectores y niveles de gobierno.
y del Interior y el Seguro Social de Salud (EsSalud). La              80.2 	El Consejo Nacional para la Integración de la
evaluación, calificación y la certificación son gratuitas.                  Persona con Discapacidad (Conadis) ejerce
                                                                            la potestad sancionadora en el marco de lo
    Artículo 77. Falsificación de certificados                              dispuesto por la Ley 27444, Ley del Procedimiento
    El personal que otorgue certificados falsos respecto                    Administrativo General.
del grado o la existencia de una discapacidad incurre en
el delito de falsificación regulado en el artículo 431 del            Artículo 81. Infracciones
Código Penal, sin perjuicio de las responsabilidades
administrativas a las que haya lugar.                                 81.1 	Las infracciones de lo dispuesto en la presente
                                                                            Ley se clasifican en leves, graves y muy graves.
   Artículo 78. Registro Nacional de la Persona con                   81.2 	Se consideran infracciones leves:
Discapacidad
                                                                           a)	 La inaplicación del descuento sobre el valor
   78.1 	El Registro Nacional de la Persona con Discapacidad,                  de la entrada a los espectáculos culturales,
         a cargo del Consejo Nacional para la Integración de                   deportivos o recreativos organizados por las
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano
Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909
Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909
Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909EX ARTHUR MEXICO
 
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019CSTSPB
 
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacion
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacionDictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacion
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacionEl Nido de la Seguridad Social
 
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021El Nido de la Seguridad Social
 
Estatuto Org. Aprobado CSTSPB
Estatuto Org. Aprobado CSTSPBEstatuto Org. Aprobado CSTSPB
Estatuto Org. Aprobado CSTSPBCSTSPB
 
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacion
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacionPropuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacion
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacionEl Nido de la Seguridad Social
 
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 55 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5EX ARTHUR MEXICO
 
Decreto Supremo N° 020-2019-TR
Decreto Supremo N° 020-2019-TRDecreto Supremo N° 020-2019-TR
Decreto Supremo N° 020-2019-TRAIRUTEC
 
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...TERMOCHILLERS
 
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.Herwer Castillo
 
2017 febrero g.o_41.102
2017 febrero g.o_41.1022017 febrero g.o_41.102
2017 febrero g.o_41.102Diana Padrón
 
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678b
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678bF5978c652dca6fdef912da8eb70e678b
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678bEX ARTHUR MEXICO
 
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia Nacional
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia NacionalEl Trabajo remoto en el marco de la Emergencia Nacional
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia NacionalManuel Avila Mendoza
 
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...gerbermiguelmendozat
 

La actualidad más candente (20)

Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909
Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909
Cf790a8ca0e8a0dad3070c6c5667c909
 
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019
CSTSPB Estatuto Orgánico y sus Reglamentos actualizado a Abril/2019
 
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacion
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacionDictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacion
Dictamen actualizado 13042021 en materia de reforma de subcontratacion
 
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021
Minuta final reforma de subcontratacion 2021 aprobada senado 20042021
 
Estatuto Org. Aprobado CSTSPB
Estatuto Org. Aprobado CSTSPBEstatuto Org. Aprobado CSTSPB
Estatuto Org. Aprobado CSTSPB
 
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacion
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacionPropuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacion
Propuesta de dictamen senado 16042021 reforma subcontratacion
 
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...
Ley no. 30152, ley sobre los herederos informados en los servicios financiero...
 
DNU ART
DNU ARTDNU ART
DNU ART
 
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 55 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5
5 0ca1a45613a56f972346b674d3bd52f5 5
 
Decreto Supremo N° 020-2019-TR
Decreto Supremo N° 020-2019-TRDecreto Supremo N° 020-2019-TR
Decreto Supremo N° 020-2019-TR
 
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...
Decreto supremo-que-modifica-el-reglamento-de-la-ley-n-2978-decreto-supremo-n...
 
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.
Codigo trabajo cenadoj-mas reciente.
 
2017 febrero g.o_41.102
2017 febrero g.o_41.1022017 febrero g.o_41.102
2017 febrero g.o_41.102
 
Codigo laboral
Codigo laboralCodigo laboral
Codigo laboral
 
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...
Aprueban documento-tecnico-lineamientos-para-la-vigilanci-resolucion-minister...
 
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678b
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678bF5978c652dca6fdef912da8eb70e678b
F5978c652dca6fdef912da8eb70e678b
 
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia Nacional
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia NacionalEl Trabajo remoto en el marco de la Emergencia Nacional
El Trabajo remoto en el marco de la Emergencia Nacional
 
Ley de empleo 2003
Ley de empleo 2003Ley de empleo 2003
Ley de empleo 2003
 
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...
Decreto supremo-que-establece-normas-complementarias-para-la-decreto-supremo-...
 
1874483 1
1874483 11874483 1
1874483 1
 

Similar a Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
LEY DE REFORMA MAGISTERIALLEY DE REFORMA MAGISTERIAL
LEY DE REFORMA MAGISTERIALSute VI Sector
 
Ley 29873 modifican lce
Ley 29873 modifican lceLey 29873 modifican lce
Ley 29873 modifican lcegenrry
 
Carrera publica magisterial 30 nov2012
Carrera publica magisterial 30 nov2012Carrera publica magisterial 30 nov2012
Carrera publica magisterial 30 nov2012tinfotectimo
 
Ley 29944 ley de reforma magisterial
Ley 29944 ley de reforma magisterialLey 29944 ley de reforma magisterial
Ley 29944 ley de reforma magisterialyuli ri
 
Ley de-reforma-magisterial
Ley de-reforma-magisterialLey de-reforma-magisterial
Ley de-reforma-magisterialespeza15
 
Ley 29944 reforma magisterial
Ley 29944 reforma magisterialLey 29944 reforma magisterial
Ley 29944 reforma magisterialmartinianosunidos
 
Ley nº 29944 ley de reforma magisterial 29944
Ley nº 29944   ley de reforma magisterial 29944Ley nº 29944   ley de reforma magisterial 29944
Ley nº 29944 ley de reforma magisterial 29944Julius Cairo Blanco
 
Ley 2944 de reforma magisterial
Ley 2944 de reforma magisterialLey 2944 de reforma magisterial
Ley 2944 de reforma magisterialVICTOR SANCHEZ
 
Ley 29944-reforma-magisterial-2012
Ley 29944-reforma-magisterial-2012Ley 29944-reforma-magisterial-2012
Ley 29944-reforma-magisterial-2012Wilberth Ordoñez
 
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIO
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIODECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIO
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIOgruiz239
 

Similar a Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano (20)

LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
LEY DE REFORMA MAGISTERIALLEY DE REFORMA MAGISTERIAL
LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
 
Nl20121114
Nl20121114Nl20121114
Nl20121114
 
Ley 29873 modifican lce
Ley 29873 modifican lceLey 29873 modifican lce
Ley 29873 modifican lce
 
Personas con discapacidad
Personas con discapacidadPersonas con discapacidad
Personas con discapacidad
 
Carrera publica magisterial 30 nov2012
Carrera publica magisterial 30 nov2012Carrera publica magisterial 30 nov2012
Carrera publica magisterial 30 nov2012
 
Ley 29944 ley de reforma magisterial
Ley 29944 ley de reforma magisterialLey 29944 ley de reforma magisterial
Ley 29944 ley de reforma magisterial
 
Ley de-reforma-magisterial
Ley de-reforma-magisterialLey de-reforma-magisterial
Ley de-reforma-magisterial
 
29944
2994429944
29944
 
Ley 29944 reforma magisterial
Ley 29944 reforma magisterialLey 29944 reforma magisterial
Ley 29944 reforma magisterial
 
ley de Reforma Magisterial
ley de Reforma Magisterialley de Reforma Magisterial
ley de Reforma Magisterial
 
Ley nº 29944 ley de reforma magisterial 29944
Ley nº 29944   ley de reforma magisterial 29944Ley nº 29944   ley de reforma magisterial 29944
Ley nº 29944 ley de reforma magisterial 29944
 
4966 201212101158
4966 2012121011584966 201212101158
4966 201212101158
 
Ley 29944
Ley 29944Ley 29944
Ley 29944
 
Ley 2944 de reforma magisterial
Ley 2944 de reforma magisterialLey 2944 de reforma magisterial
Ley 2944 de reforma magisterial
 
Ley de la Reforma Magisterial
Ley de la Reforma MagisterialLey de la Reforma Magisterial
Ley de la Reforma Magisterial
 
Ley 29944-reforma-magisterial-2012
Ley 29944-reforma-magisterial-2012Ley 29944-reforma-magisterial-2012
Ley 29944-reforma-magisterial-2012
 
03 05-2012
03 05-201203 05-2012
03 05-2012
 
03 05-2012
03 05-201203 05-2012
03 05-2012
 
03 05-2012
03 05-201203 05-2012
03 05-2012
 
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIO
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIODECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIO
DECRETO SUPREMO - FERIADO 27 DE JULIO
 

Último

Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Nueva Canarias-BC
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Erbol Digital
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaLauraCardenas882684
 
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfredaccionxalapa
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfLorenzo Lemes
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfredaccionxalapa
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...Eduardo Nelson German
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaEduardo Nelson German
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfmerca6
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Eduardo Nelson German
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfAndySalgado7
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"Ilfattoquotidianoit
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEduardo Nelson German
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...20minutos
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaEduardo Nelson German
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosEduardo Nelson German
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaEduardo Nelson German
 

Último (18)

Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
 
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
 
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
 

Ley General de la Persona con Discapacidad publicada en El Peruano

  • 1. Año de la Integración fundado Nacional y el en 1825 por Reconocimiento el libertador simón bolívar de Nuestra Diversidad Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES Año XXIX - Nº 12304 www.elperuano.com.pe 481999 sumario PODER LEGISLATIVO SALUD R.M. N° 992-2012/MINSA.- Designan Supervisora II de la CONGRESO DE LA REPUBLICA Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Ley N° 29973.- Ley General de la Persona con Sur 482017 Discapacidad 482000 R.M. N° 993-2012/MINSA.- Designan Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital de Emergencias Pediátricas de la Dirección de Salud V Lima Ciudad PODER EJECUTIVO 482018 R.M. N° 994-2012/MINSA.- Designan Jefe de la Unidad PRESIDENCIA DEL CONSEJO de Apoyo a la Docencia e Investigación del Hospital San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este DE MINISTROS 482018 R.M. N° 995-2012/MINSA.- Designan Jefe de Equipo R.S. N° 413-2012-PCM.- Autorizan al Ministro de de la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la Vivienda, Construcción y Saneamiento a ausentarse del Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas país y encargan su Despacho al Ministro de Energía y 482019 Minas 482014 AGRICULTURA GOBIERNOS LOCALES R.D. N° 0052-2012-AG-SENASA-DSV.- Establecen MUNICIPALIDAD DE LINCE requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de pimiento de origen y Ordenanza N° 322-MDL.- Aprueban Ordenanza que procedencia Japón 482014 fija el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por R.D. N° 0053-2012-AG-SENASA-DSV.- Prorrogan Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio vigencia de requisitos fitosanitarios de necesario 2013 482019 cumplimiento en la importación de estacas enraizadas y sin enraizar de vid cuyo origen o lugar de producción es Sunridge Nurseries Inc., ee.uu. 482015 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES R.D. N° 0054-2012-AG-SENASA-DSV.- Disponen el inicio de acciones de cuarentena interna en el control Ordenanza N° 396/MM.- Modifican la Ordenanza de la plaga “Moscas de la Fruta” para protección de N° 347/MM que aprueba el Reglamento de Organización áreas comprendidas en las regiones de Arequipa e Ica, y Funciones - ROF de la Municipalidad 482020 y en zonas de producción de Cañete (Lima), Olmos (Lambayeque) y Ayacucho 482016 PROYECTO ECONOMIA Y FINANZAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION R.M. N° 700-2012-EF/10.- Prorrogan la vigencia de los PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” para el Año Fiscal 2013 Res. N° 193-2012-CD/OSIPTEL.- Proyecto de Reglamento 482017 de Fiscalización, Infracciones y Sanciones 482021
  • 2. El Peruano 482000 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 h) El respeto a la evolución de las facultades PODER LEGISLATIVO del niño y la niña con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad. i) La razonabilidad. j) La interculturalidad. CONGRESO DE LA REPUBLICA 4.2 Los distintos sectores y niveles de gobierno LEY Nº 29973 incluyen la perspectiva de discapacidad en todas sus políticas y programas, de manera EL PRESIDENTE DEL CONGRESO transversal. DE LA REPÚBLICA Artículo 5. Rol de la familia POR CUANTO: El Estado reconoce el rol de la familia en la inclusión y participación efectiva en la vida social de la persona EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; con discapacidad. Le presta orientación y capacitación integral sobre la materia, y facilita su acceso a servicios y Ha dado la Ley siguiente: programas de asistencia social. Artículo 6. Recursos del Estado LEY GENERAL DE LA PERSONA 6.1 El Estado asigna progresivamente los recursos CON DISCAPACIDAD presupuestales necesarios para la promoción, protección y realización de los derechos de CAPÍTULO I la persona con discapacidad, y promueve la cooperación internacional en esta materia. Los DISPOSICIONES GENERALES gobiernos regionales y las municipalidades promueven la participación de las organizaciones Artículo 1. Finalidad de la Ley de personas con discapacidad en el proceso de La presente Ley tiene la finalidad de establecer el programación participativa del presupuesto y les marco legal para la promoción, protección y realización, presta asesoría y capacitación. en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona 6.2 Los recursos humanos de los distintos sectores y con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión niveles de gobierno encargados de la formulación, plena y efectiva en la vida política, económica, social, planeamiento, ejecución y evaluación de cultural y tecnológica. políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad deben contar con certificada Artículo 2. Definición de persona con discapacidad capacidad y experiencia en la materia. La Autoridad La persona con discapacidad es aquella que tiene Nacional del Servicio Civil (Servir), en coordinación una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o con el Consejo Nacional para la Integración de la intelectuales de carácter permanente que, al interactuar Persona con Discapacidad (Conadis), promueve con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza un programa de capacitación de recursos humanos o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y en la atención de la persona con discapacidad. su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás. CAPÍTULO II Artículo 3. Derechos de la persona con discapacidad DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 3.1 La persona con discapacidad tiene los mismos Artículo 7. Derecho a la vida y a la integridad derechos que el resto de la población, sin perjuicio personal de las medidas específicas establecidas en las La persona con discapacidad tiene derecho a la vida normas nacionales e internacionales para que y al respeto de su integridad moral, física y mental en alcance la igualdad de hecho. El Estado garantiza igualdad de condiciones que las demás. Su participación un entorno propicio, accesible y equitativo para en investigaciones médicas o científicas requiere de su su pleno disfrute sin discriminación. consentimiento libre e informado. 3.2 Los derechos de la persona con discapacidad son interpretados de conformidad con los principios y Artículo 8. Derecho a la igualdad y no discriminación derechos contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre 8.1 La persona con discapacidad tiene derecho a la los Derechos de las Personas con Discapacidad igualdad ante la ley y a no ser discriminada por y con los demás instrumentos internacionales motivos de discapacidad. sobre derechos humanos ratificados por el Perú. 8.2 Es nulo todo acto discriminatorio por motivos de discapacidad que afecte los derechos de las Artículo 4. Principios rectores de las políticas y personas. Se considera como tal toda distinción, programas del Estado exclusión o restricción por motivos de discapacidad 4.1 Las políticas y programas de los distintos sectores que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o y niveles de gobierno se sujetan a los siguientes dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en principios: igualdad de condiciones, de uno o varios derechos, incluida la denegación de ajustes razonables. No se a) El respeto de la dignidad inherente; la consideran discriminatorias las medidas positivas autonomía individual, incluida la libertad encaminadas a alcanzar la igualdad de hecho de la de tomar las propias decisiones; y persona con discapacidad. la independencia de la persona con discapacidad. Artículo 9. Igual reconocimiento como persona b) La no discriminación de la persona con ante la ley discapacidad. c) La participación y la inclusión plenas y 9.1 La persona con discapacidad tiene capacidad efectivas en la sociedad de la persona con jurídica en todos los aspectos de la vida, en discapacidad. igualdad de condiciones que las demás. El d) El respeto por la diferencia y la aceptación de Código Civil regula los sistemas de apoyo y los la persona con discapacidad como parte de ajustes razonables que requieran para la toma la diversidad y la condición humanas. de decisiones. e) La igualdad de oportunidades para la persona 9.2 El Estado garantiza el derecho de la persona con discapacidad. con discapacidad a la propiedad, a la herencia, a f) La accesibilidad. contratar libremente y a acceder en igualdad de g) La igualdad entre el hombre y la mujer con condiciones que las demás a seguros, préstamos discapacidad. bancarios, hipotecas y otras modalidades de
  • 3. El Peruano Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 482001 crédito financiero. Asimismo, garantiza su derecho en el entorno urbano y las edificaciones de su a contraer matrimonio y a decidir libremente sobre jurisdicción. El funcionario o servidor público el ejercicio de su sexualidad y su fertilidad. de la municipalidad correspondiente encargado de la evaluación de los expedientes técnicos Artículo 10. Derecho a la libertad y seguridad que contengan solicitudes de licencia para las personal edificaciones públicas o privadas deberá verificar La persona con discapacidad tiene derecho a la que dichas solicitudes contemplen lo establecido libertad y seguridad personal, en igualdad de condiciones en las normas técnicas de accesibilidad para que las demás. Nadie puede ser privado de su libertad en personas con discapacidad, bajo responsabilidad. razón de discapacidad. 16.2 El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) ejerce Artículo 11. Derecho a vivir de forma independiente potestad sancionadora ante el incumplimiento de y a ser incluida en la comunidad las normas de accesibilidad para personas con discapacidad cuando el infractor sea una entidad 11.1 La persona con discapacidad tiene derecho a pública. Asimismo, cuando exista incumplimiento vivir de forma independiente en la comunidad, respecto de las edificaciones privadas ubicadas en en igualdad de condiciones que las demás. El las jurisdicciones de las municipalidades donde se Estado, a través de los distintos sectores y niveles haya tipificado como infracción el incumplimiento de gobierno, promueve su acceso a servicios de de tales normas y las de adecuación urbanística y asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios arquitectónica para personas con discapacidad, el de apoyo en la comunidad para facilitar su inclusión Conadis es el órgano encargado de fiscalizar las social y evitar su aislamiento y abandono. normas establecidas y de informar oportunamente a 11.2 Los establecimientos que prestan atención a las la municipalidad correspondiente sobre la comisión personas con discapacidad promueven y facilitan de la infracción dentro de su jurisdicción. su inclusión familiar y social. Artículo 17. Condiciones de las edificaciones Artículo 12. Derecho a la participación en la vida públicas y privadas política y pública 17.1 Las edificaciones públicas y privadas que brinden 12.1 La persona con discapacidad tiene derecho a u ofrezcan servicios al público deben contar con participar en la vida política y pública en igualdad ambientes y rutas accesibles para permitir el de condiciones que las demás, directamente o libre desplazamiento y atención de la persona a través de representantes libremente elegidos, con discapacidad en igualdad de condiciones incluyendo el derecho a elegir y ser elegido, a que las demás, de conformidad con las normas ejercer cargos públicos y a desempeñar cualquier técnicas de accesibilidad para personas con función pública, sin discriminación. discapacidad. 12.2 No se puede restringir el derecho al voto por 17.2 Los propietarios, administradores, promotores motivos de discapacidad. El sistema electoral u organizadores que realizan actividades y adopta las medidas necesarias para garantizar espectáculos públicos habilitan y acondicionan este derecho, asegurando que los procedimientos, ingresos, áreas, ambientes y servicios higiénicos instalaciones y materiales sean adecuados, para el uso de la persona con discapacidad, así accesibles y fáciles de entender y utilizar. como la señalización correspondiente. Artículo 13. Promoción del desarrollo asociativo Artículo 18. Viviendas para la persona con El Estado promueve la conformación de organizaciones discapacidad y asociaciones de personas con discapacidad. Les presta El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento asesoría y capacitación, facilita su acceso a fuentes de promueve y regula el acceso preferente de la persona con cooperación internacional y promueve su participación en discapacidad a los programas públicos de vivienda a su todos los espacios de concertación de asuntos públicos cargo, otorgándole una bonificación. Estos programas que no provengan de elección popular, tales como el contemplan la construcción de viviendas accesibles para Consejo Nacional de Derechos Humanos, la Mesa de la persona con discapacidad. Concertación de Lucha contra la Pobreza, el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, los consejos Artículo 19. Estacionamiento accesible de coordinación regional y local, entre otros. Los estacionamientos públicos y privados, incluyendo las zonas de estacionamiento de los establecimientos Artículo 14. Derecho a la consulta públicos y privados, disponen la reserva de espacios para Las autoridades de los distintos sectores y niveles vehículos conducidos por personas con discapacidad o de gobierno tienen la obligación de realizar consultas que las transporten. La Policía Nacional del Perú y las con las organizaciones que representan a las personas municipalidades supervisan y fiscalizan el cumplimiento con discapacidad, previamente a la adopción de normas de esta obligación y de las condiciones de accesibilidad legislativas y administrativas, políticas y programas sobre de los estacionamientos, de conformidad con la Ley cuestiones relativas a la discapacidad. Los procesos de 28084, Ley que regula el parqueo especial para vehículos consulta se desarrollan sobre la base de los principios de ocupados por personas con discapacidad. accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia. Artículo 20. Accesibilidad en el transporte público CAPÍTULO III terrestre ACCESIBILIDAD 20.1 Las empresas de transporte público terrestre Artículo 15. Derecho a la accesibilidad de pasajeros cuentan con unidades accesibles La persona con discapacidad tiene derecho a acceder, para personas con discapacidad y personas en igualdad de condiciones que las demás, al entorno adultas mayores. El Ministerio de Transportes físico, los medios de transporte, los servicios, la información y Comunicaciones reglamenta la introducción y las comunicaciones, de la manera más autónoma y progresiva de estos vehículos. segura posible. El Estado, a través de los distintos niveles 20.2 Los vehículos que prestan servicios de de gobierno, establece las condiciones necesarias para transporte terrestre de pasajeros reservan garantizar este derecho sobre la base del principio de asientos y espacios preferentes de fácil acceso, diseño universal. Asimismo tiene derecho a gozar de debidamente señalizados, para el uso de ambientes sin ruidos y de entornos adecuados. personas con discapacidad. Las municipalidades y la Policía Nacional del Perú supervisan y Artículo 16. Accesibilidad del entorno urbano y las fiscalizan el cumplimiento de esta obligación. edificaciones 20.3 Los vehículos que prestan servicios de transporte terrestre de pasajeros usarán determinado 16.1 Las municipalidades promueven, supervisan volumen de sonido dentro del vehículo, que y fiscalizan el cumplimiento de las normas de no altere a las personas con discapacidad, accesibilidad para la persona con discapacidad protegiendo a los pasajeros de ruidos molestos.
  • 4. El Peruano 482002 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 Artículo 21. Accesibilidad en la comunicación El Estado le garantiza el acceso a prestaciones de salud integrales de calidad e implementados con infraestructura, 21.1 El Estado garantiza a la persona con discapacidad equipamiento y recursos humanos capacitados, incluidas el acceso y la libertad de elección respecto a la rehabilitación y la salud sexual y reproductiva. los distintos formatos y medios utilizables para su comunicación. Estos incluyen la lengua de Artículo 27. Aseguramiento señas, el sistema braille, la comunicación táctil, los macrotipos, la visualización de textos, los 27.1 El Ministerio de Salud garantiza y promueve dispositivos multimedia, el lenguaje escrito, el ingreso de la persona con discapacidad a los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los un sistema de aseguramiento universal que medios de voz digitalizada y otros modos y medios garantice prestaciones de salud, de rehabilitación aumentativos o alternativos de la comunicación. y de apoyo de calidad. Las condiciones de 21.2 La persona con discapacidad tiene derecho a discapacidad poco frecuentes y de alto costo utilizar la lengua de señas, el sistema braille y otros serán atendidas de acuerdo a lo que dispone el formatos o medios aumentativos o alternativos artículo 10 de la Ley 29761. de comunicación en los procesos judiciales y en 27.2 El Seguro Social de Salud (EsSalud) garantiza los procedimientos administrativos que siga ante y promueve el acceso de la persona con la administración pública y los proveedores de discapacidad a regímenes de aportación y servicios públicos. Para tal fin, dichas entidades afiliación regular y potestativa asequibles proveen a la persona con discapacidad, de que garanticen prestaciones de salud, de manera gratuita y en forma progresiva, el servicio rehabilitación y de apoyo, incluidas la atención de intérprete cuando esta lo requiera. domiciliaria, la asistencia personal, los centros de 21.3 Las entidades públicas, los prestadores de atención intermedia y los centros residenciales, servicios públicos, las administradoras de fondos de según las necesidades del asegurado. pensiones y las entidades bancarias y financieras y de seguros remiten información, recibos y estados Artículo 28. Seguros de salud y de vida privados de cuenta en medios y formatos accesibles al usuario con discapacidad que lo solicite. 28.1 El Estado garantiza y promueve el acceso de la persona con discapacidad a los productos Artículo 22. Accesibilidad en los medios de y servicios ofertados por las aseguradoras de comunicación salud y de vida privadas, sin discriminación. Las aseguradoras están prohibidas de negarse a 22.1 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones prestar cobertura de seguros de salud y de vida promueve y regula las condiciones de accesibilidad por motivos de discapacidad. para la persona con discapacidad, que deben 28.2 La Superintendencia de Banca, Seguros y garantizar los medios de comunicación, públicos Administradoras Privadas de Fondos de y privados, así como los prestadores de servicios Pensiones garantiza el acceso de la persona de telecomunicación. con discapacidad a los productos y servicios 22.2 Los programas informativos, educativos y ofertados por las aseguradoras y supervisa que culturales transmitidos mediante radiodifusión las primas de los seguros se fijen de manera justa por televisión cuentan con intérpretes de lengua y razonable, sobre la base de cálculos actuariales de señas o subtítulos. y estadísticos, y valoradas individualmente. Artículo 23. Accesibilidad en las tecnologías de la Artículo 29. Atención en la comunidad información y la comunicación La persona con discapacidad tiene derecho a que la atención respecto de su salud y su rehabilitación integral 23.1 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se preste dentro de la comunidad en la que vive, bajo un en coordinación con el Consejo Nacional para enfoque intercultural, a través de los servicios y programas la Integración de la Persona con Discapacidad de salud generales, sin perjuicio de la obligación del Estado (Conadis), promueve el acceso de la persona con de contar con servicios especializados y realizar acciones discapacidad a las tecnologías de la información de prevención de acuerdo a los tipos de discapacidad y la comunicación, incluida la Internet. existentes. 23.2 Las entidades públicas y privadas, las instituciones de educación superior y las personas naturales Artículo 30. Servicios de intervención temprana o jurídicas que prestan servicios de información El niño o la niña con discapacidad, o con riesgo de al consumidor y otros servicios a través de adquirirla, tiene derecho a acceder a programas de páginas web o portales de Internet cuentan con intervención temprana. Los ministerios de Educación, sistemas de acceso que facilitan el uso de los de Salud, de Desarrollo e Inclusión Social y de la Mujer servicios especializados para los distintos tipos y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los de discapacidad. gobiernos regionales y las municipalidades, aseguran la implementación de programas de intervención temprana, Artículo 24. Accesibilidad en la contratación de con énfasis en el área rural. bienes, servicios u obras Las bases de los procesos de selección para la Artículo 31. Servicios de habilitación y contratación de bienes, servicios u obras por parte de rehabilitación las entidades públicas deben sujetarse a la normativa vigente en materia de accesibilidad para personas con 31.1 La persona con discapacidad tiene derecho a discapacidad, según corresponda. acceder a servicios de habilitación y rehabilitación en materia de salud, empleo y educación, así Artículo 25. Formación y capacitación en accesibilidad como a servicios sociales. El Ministerio de Salud Las universidades, institutos y escuelas superiores, y los gobiernos regionales, en coordinación públicos y privados, incluyen asignaturas sobre con el Seguro Social de Salud (EsSalud) y los accesibilidad y el principio de diseño universal en los establecimientos de salud de los ministerios currículos de sus facultades y programas para la formación de Defensa y del Interior, formulan, planifican y de técnicos y profesionales en los campos del diseño ejecutan estrategias de rehabilitación basadas en y la construcción, las edificaciones, el transporte, las la comunidad con la participación de la persona telecomunicaciones y las tecnologías de la información. con discapacidad, su familia y su comunidad, en coordinación con los servicios educativos, CAPÍTULO IV laborales y sociales correspondientes. 31.2 Los ministerios de Salud, de Defensa y del SALUD Y REHABILITACIÓN Interior, así como el Seguro Social de Salud (EsSalud), cuentan con servicios de habilitación y Artículo 26. Derecho a la salud rehabilitación relacionados con la salud en todos La persona con discapacidad tiene derecho a gozar sus hospitales, incluyendo centros de producción del más alto nivel posible de salud, sin discriminación. y bancos de ayudas compensatorias.
  • 5. El Peruano Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 482003 Artículo 32. Medidas de prevención docente y administrativo en cuestiones relativas a Los ministerios de Salud, de Educación, de la Mujer y la discapacidad y los derechos de la persona con Poblaciones Vulnerables y los gobiernos regionales formulan, discapacidad. Para tal fin, asignan los recursos planifican y ejecutan, en coordinación con el Seguro Social necesarios para el adecuado funcionamiento de de Salud (EsSalud) y los establecimientos de salud de los los centros de educación básica especial. ministerios de Defensa y del Interior, acciones dirigidas a prevenir y reducir a su mínima expresión la aparición Artículo 38. Educación superior de nuevas deficiencias físicas, mentales, sensoriales e intelectuales y el agravamiento de las ya existentes 38.1 Las universidades, institutos y escuelas superiores, entre las personas con discapacidad, incluidos los niños públicos y privados, realizan ajustes razonables y las personas adultas mayores. Asimismo, promueven para garantizar el acceso y permanencia de la investigaciones, estudios científicos y tecnológicos dirigidos persona con discapacidad, incluida la adecuación a prevenir y reducir las discapacidades. de sus procesos de admisión. Estas instituciones reservan el 5% de las vacantes ofrecidas en sus Artículo 33. Medicamentos, tecnologías de apoyo, procesos de admisión por especialidad profesional dispositivos y ayuda compensatoria para la postulación de personas con discapacidad, quienes acceden a estos centros de estudio previa 33.1 El Ministerio de Salud y los gobiernos regionales aprobación de la evaluación de ingreso. garantizan la disponibilidad y el acceso de la 38.2 La persona que se vea forzada a interrumpir persona con discapacidad a medicamentos sus estudios superiores por la adquisición de de calidad, tecnologías de apoyo, dispositivos una discapacidad mantiene su matrícula vigente y la ayuda compensatoria necesaria para su por un período de hasta cinco años para su atención, habilitación y rehabilitación, tomando reincorporación, incluidos los miembros de las en cuenta su condición socioeconómica. Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del 33.2 Los servicios de medicina, habilitación y Perú que cursan estudios superiores. rehabilitación del Seguro Social de Salud (EsSalud) y los hospitales de los ministerios de Defensa y Artículo 39. Formación superior en discapacidad del Interior los proporcionan directamente. Las universidades, institutos y escuelas superiores, públicos y privados, incluyen asignaturas sobre Artículo 34. Apoyo a la investigación discapacidad en los currículos y programas para la El Ministerio de Salud promueve y ejecuta formación de técnicos y profesionales en los campos investigaciones científicas en el ámbito de la discapacidad, de la educación, el derecho, la medicina, la sicología, la con prioridad en el desarrollo de ayudas, dispositivos y administración, la arquitectura, la ingeniería, la economía, tecnologías de apoyo. Se pondrá un énfasis especial en la contabilidad y el trabajo social. las investigaciones dirigidas a la prevención, diagnóstico, rehabilitación y monitoreo de las discapacidades poco Artículo 40. Bibliotecas accesibles comunes de acuerdo a la Ley 29698. Las bibliotecas cuentan con instalaciones y materiales accesibles para la persona con discapacidad física, mental CAPÍTULO V e intelectual, incluido el sistema braille y el libro hablado, así como con elementos técnicos que permitan el acceso EDUCACIÓN Y DEPORTE de estas personas a la información general. Artículo 41. Promoción del deporte Artículo 35. Derecho a la educación 41.1 El Instituto Peruano del Deporte (IPD) promueve 35.1 La persona con discapacidad tiene derecho a recibir y coordina la participación de la persona con una educación de calidad, con enfoque inclusivo, discapacidad en las actividades deportivas que responda a sus necesidades y potencialidades, generales y específicas, y la formación y en el marco de una efectiva igualdad de capacitación de técnicos, dirigentes y profesionales oportunidades. El Ministerio de Educación regula, deportivos en cuestiones relativas a la práctica del promueve, supervisa, controla y garantiza su deporte de la persona con discapacidad. matrícula en las instituciones educativas públicas 41.2 Las federaciones deportivas nacionales y y privadas de las diferentes etapas, modalidades y el Comité Olímpico Peruano promueven la niveles del sistema educativo nacional. participación de la persona con discapacidad en 35.2 Ninguna institución educativa pública o privada las distintas disciplinas deportivas a su cargo. puede negar el acceso o permanencia de una persona por motivos de discapacidad. Artículo 42. Federaciones deportivas de personas con discapacidad Artículo 36. Accesibilidad a las instituciones educativas 42.1 Las federaciones deportivas de personas con discapacidad desarrollan, promueven, organizan 36.1 El Ministerio de Educación y los gobiernos y dirigen la práctica deportiva de la persona regionales garantizan la adecuación de la con discapacidad en sus diferentes disciplinas infraestructura física, mobiliario y equipos de las y modalidades específicas, y promueven su instituciones educativas para la atención de la participación en competencias internacionales. persona con discapacidad, así como la distribución El Consejo Nacional para la Integración de la de material educativo adaptado y accesible. Persona con Discapacidad (Conadis) y el Instituto 36.2 El Ministerio de Educación y los gobiernos Peruano del Deporte (IPD) promueven la creación locales y regionales promueven y garantizan de las correspondientes federaciones deportivas el aprendizaje del sistema braille, la lengua de de personas con discapacidad que demanden señas y otros modos, medios y formatos de las diferentes discapacidades, a fin de que el comunicación en las instituciones educativas. Perú pueda integrarse al Comité Paralímpico Internacional (CPI) y otros entes o instituciones Artículo 37. Calidad del servicio educativo del deporte para la persona con discapacidad. 42.2 El Instituto Peruano del Deporte (IPD) asegura la 37.1 Las instituciones educativas de las diferentes disponibilidad de infraestructura, equipamiento y etapas, modalidades y niveles del sistema educativo recursos necesarios para el desarrollo de la actividad nacional están obligadas a realizar las adaptaciones deportiva de la persona con discapacidad. metodológicas y curriculares, así como los ajustes razonables necesarios para garantizar el acceso y Artículo 43. Reconocimientos deportivos permanencia del estudiante con discapacidad. El deportista con discapacidad que obtenga triunfos 37.2 El Ministerio de Educación y los gobiernos olímpicos y mundiales es reconocido con los Laureles regionales garantizan la prestación de servicios Deportivos del Perú y los demás premios, estímulos y de apoyo y acompañamiento para la inclusión del distinciones que otorga el Instituto Peruano del Deporte estudiante con discapacidad, así como la formación (IPD) y el Comité Olímpico Peruano, en igualdad de y capacitación permanente del personal directivo, condiciones que los demás deportistas.
  • 6. El Peruano 482004 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 Artículo 44. Descuento en el ingreso a actividades un puntaje aprobatorio obtiene una bonificación deportivas, culturales y recreativas del 15% sobre el puntaje final obtenido en la etapa de evaluación, que incluye la entrevista final. Las 44.1 La persona con discapacidad debidamente acreditada bases de los concursos consignan la aplicación de tiene un descuento del 50% sobre el valor de la este beneficio bajo sanción de nulidad. entrada a los espectáculos culturales, deportivos y 48.2 Las entidades públicas realizan ajustes en los recreativos organizados por las entidades del Estado. procedimientos de selección y evaluación para Este descuento es aplicable hasta un máximo del garantizar la participación de la persona con 25% del número total de entradas. discapacidad en igualdad de condiciones que las 44.2 Tratándose de espectáculos culturales, deportivos demás personas. y recreativos organizados por empresas e instituciones privadas, el descuento es del 20% Artículo 49. Cuota de empleo y hasta un máximo del 10% del número total de entradas. 49.1 Las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción CAPÍTULO VI no inferior al 5% de la totalidad de su personal, y los empleadores privados con más de cincuenta TRABAJO Y EMPLEO trabajadores en una proporción no inferior al 3%. 49.2 Previamente a toda convocatoria, las entidades Artículo 45. Derecho al trabajo públicas verifican el cumplimiento de la cuota del 5%, con independencia del régimen laboral 45.1 La persona con discapacidad tiene derecho a al que pertenecen. La entidad pública que no trabajar, en igualdad de condiciones que las demás, cumpla con la cuota de empleo se sujeta al en un trabajo libremente elegido o aceptado, con procedimiento establecido en el reglamento de la igualdad de oportunidades y de remuneración por presente Ley. trabajo de igual valor, y con condiciones de trabajo 49.3 Las multas por el incumplimiento de la cuota justas, seguras y saludables. de empleo de personas con discapacidad en el 45.2 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Sector Público se destinan a financiar programas el Consejo Nacional para la Integración de de formación laboral y actualización, así como la Persona con Discapacidad (Conadis) y los programas de colocación y de empleo para gobiernos regionales promueven y garantizan el personas con discapacidad. Corresponde al respeto y el ejercicio de los derechos laborales Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la de la persona con discapacidad, así como el fiscalización en el ámbito privado y a la Autoridad desarrollo de sus capacidades y habilidades, a Nacional del Servicio Civil, en coordinación con el través de las distintas unidades orgánicas que Consejo Nacional para la Integración de la Persona tengan esas funciones. con Discapacidad (Conadis), en el Sector Público. 49.4 La vacante producida por la renuncia, el despido Artículo 46. Servicios de empleo justificado, la jubilación o el fallecimiento de un trabajador con discapacidad en una entidad 46.1 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, pública es cubierta por otra persona con los gobiernos regionales y las municipalidades discapacidad, previo concurso. incorporan a la persona con discapacidad en sus programas de formación laboral y actualización, Artículo 50. Ajustes razonables para personas con así como en sus programas de colocación y de discapacidad empleo. 46.2 Los servicios de empleo del Ministerio de Trabajo 50.1 La persona con discapacidad tiene derecho a ajustes y Promoción del Empleo garantizan a la persona razonables en el lugar de trabajo. Estas medidas con discapacidad orientación técnica y vocacional, comprenden la adaptación de las herramientas de e información sobre oportunidades de formación trabajo, las maquinarias y el entorno de trabajo, así laboral y de empleo. Para tal fin, el Ministerio de como la introducción de ajustes en la organización del Trabajo y Promoción del Empleo cuenta con una trabajo y los horarios, en función de las necesidades estructura orgánica especializada para la promoción del trabajador con discapacidad. laboral de las personas con discapacidad. 50.2 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 46.3 El Estado reserva el 10% del presupuesto y los gobiernos regionales prestan asesoramiento destinado a los programas de fomento al empleo y orientación a los empleadores para la temporal para la formulación de proyectos realización de ajustes razonables para personas que promuevan el empleo de la persona con con discapacidad en el lugar de trabajo. Los discapacidad. empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría tienen una deducción Artículo 47. Medidas de fomento del empleo adicional en el pago del impuesto a la renta sobre los gastos por ajustes razonables para personas 47.1 El Estado, a través de sus tres niveles de con discapacidad, en un porcentaje que es fijado gobierno, promueve la adopción por parte por decreto supremo del Ministerio de Economía de los empleadores públicos y privados de y Finanzas. buenas prácticas de empleo de la persona con 50.3 Los empleadores realizan los ajustes razonables, discapacidad y de estrategias de gestión de las salvo cuando demuestren que suponen una discapacidades en el lugar de trabajo, como parte carga económica excesiva, de conformidad con integrante de una política nacional encaminada a los criterios fijados por el Ministerio de Trabajo y promover las oportunidades de empleo para la Promoción del Empleo. persona con discapacidad. 47.2 Los empleadores públicos y privados generadores Artículo 51. Readaptación y rehabilitación de rentas de tercera categoría que emplean a profesional personas con discapacidad tienen una deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre las 51.1 El Ministerio de Salud y el Seguro Social de Salud remuneraciones que se paguen a estas personas, (EsSalud) cuentan con servicios de readaptación en un porcentaje que es fijado por decreto supremo y rehabilitación profesional para personas con del Ministerio de Economía y Finanzas. discapacidad dirigidos a la obtención, el progreso y la conservación del empleo. Artículo 48. Bonificación en los concursos públicos 51.2 El Consejo Nacional para la Integración de la de méritos Persona con Discapacidad (Conadis) promueve y supervisa la aplicación de la normatividad de 48.1 En los concursos públicos de méritos convocados los programas de prevención de accidentes por las entidades públicas, independientemente del laborales y de contaminación ambiental que régimen laboral, la persona con discapacidad que ocasionen enfermedades profesionales y cumpla con los requisitos para el cargo y alcance generen discapacidad.
  • 7. El Peruano Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 482005 Artículo 52. Conservación del empleo beneficiaria de una pensión de orfandad bajo un régimen previsional, no es afectada en el cobro de su pensión 52.1 Los programas de readaptación y rehabilitación cuando perciba una remuneración o ingreso asegurable profesional del Seguro Social de Salud (EsSalud) y no mayor a dos remuneraciones mínimas vitales del lugar del Ministerio de Salud promueven y garantizan la de su trabajo habitual, sin considerar la prohibición de la reintegración al trabajo de la persona que adquiere doble percepción de ingresos establecida en el artículo 3 una discapacidad por accidente o enfermedad. de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público. 52.2 El personal que adquiere una discapacidad durante la relación laboral tiene derecho a conservar su puesto Artículo 59. Pensiones no contributivas por de trabajo cuando, realizados los ajustes razonables discapacidad severa correspondientes, esta no es determinante para el La persona con discapacidad severa que se encuentre desempeño de sus tareas. Caso contrario, dicho en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema personal es transferido a un puesto que sea compatible de Focalización de Hogares (Sisfoh) y que no tenga un con sus capacidades y aptitudes, en la medida que ingreso o pensión que provenga del ámbito público o exista vacante, y que no implique riesgos para su privado recibe una pensión no contributiva a cargo del seguridad y su salud o las de otras personas. Estado. Corresponde a las direcciones de Salud expedir los certificados de discapacidad severa y a Conadis Artículo 53. Promoción de la producción y registrarlos. El reglamento fija las condiciones y requisitos comercialización de bienes y servicios para el progresivo acceso a este beneficio. 53.1 Los ministerios de Comercio Exterior y Turismo y de la Producción promueven la producción Artículo 60. Jubilación adelantada o anticipada y comercialización de bienes y servicios de para personas con discapacidad la persona con discapacidad, apoyando su El Poder Ejecutivo regula mecanismos de incorporación capacitación, de acuerdo a sus competencias. a los sistemas de pensiones para el acceso a una pensión 53.2 Los gobiernos regionales y las municipalidades de jubilación adelantada o anticipada, equiparable al provincialesydistritales,promuevenlacomercialización régimen de jubilación previsto en el segundo párrafo del de los productos manufacturados por la persona con artículo 38 del Decreto Ley 19990. Esta disposición solo discapacidad, fomentando la participación directa de será aplicable para las personas con discapacidad que dichas personas en ferias populares, mercados y cumplan con las condiciones y requisitos que establezca centros comerciales dentro de su jurisdicción. el reglamento y en el marco de las prestaciones de los 53.3 La persona con discapacidad tiene preferencia regímenes previsionales existentes. en la instalación de módulos de venta en los locales de las entidades públicas. Artículo 61. Acceso a programas sociales Las personas con discapacidad son beneficiarias de los CAPÍTULO VII programas sociales, salud, alimentación, vestido y vivienda adecuados, y acceso a servicios públicos que brinda el EMPRESAS PROMOCIONALES DE Estado, sin que para ello se aplique el requisito de límite de PERSONAS CON DISCAPACIDAD edad. Los programas sociales brindan atención preferente a la persona con discapacidad, especialmente a las mujeres, Artículo 54. Definición de empresa promocional de niños, niñas y a quienes vivan en situación de pobreza para personas con discapacidad sufragar gastos relacionados con su discapacidad. La empresa promocional de personas con discapacidad es aquella constituida como persona natural o jurídica, bajo Artículo 62. Importación de vehículos y tecnologías cualquier forma de organización o gestión empresarial, de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria que cuenta por lo menos con un 30% de personal con discapacidad. El 80% de este personal desarrolla actividades 62.1 La importación de vehículos especiales y tecnologías directamente vinculadas con el objeto social de la empresa. de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria para el uso exclusivo de la persona con discapacidad Artículo 55. Acreditación de empresa promocional se encuentra inafecta al pago de los derechos de personas con discapacidad arancelarios, conforme a lo previsto en el Decreto El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Legislativo 1053, Ley General de Aduanas. acredita a la empresa promocional de personas con 62.2 El impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto discapacidad y fiscaliza el cumplimiento efectivo de la selectivo al consumo (ISC) que gravan la proporción de su personal con discapacidad. importación de vehículos especiales y tecnologías de apoyo, dispositivos y ayuda compensatoria Artículo 56. Preferencia de bienes, servicios u obras para el uso exclusivo de la persona con En los procesos de contratación de bienes, servicios discapacidad podrán ser cancelados mediante u obras convocados por entidades públicas, la empresa “Documentos Cancelatorios - Tesoro Público”. promocional de personas con discapacidad tiene preferencia Mediante decreto supremo se establecen los en el caso de empate entre dos o más propuestas, bajo requisitos y el procedimiento correspondientes. sanción de nulidad, según lo señalado sobre la materia en 62.3 El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio el Decreto Supremo 184-2008-EF, Reglamento del Decreto de Economía y Finanzas, dicta las medidas Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado. reglamentarias necesarias para la implementación de este beneficio, incluyendo la determinación de Artículo 57. Acceso a fuentes de financiamiento las partidas arancelarias beneficiarias, el valor 57.1 El Estado promueve el acceso de la empresa máximo autorizado y las características de los promocional a créditos y otras fuentes de vehículos especiales y tecnologías de apoyo, financiamiento, prestando asistencia financiera dispositivos y ayuda compensatoria para el uso orientada a reducir la información asimétrica exclusivo de la persona con discapacidad. y los costos de intermediación. Con este fin, el 62.4 Los “Documentos Cancelatorios - Tesoro Ministerio de la Producción administra un banco Público”, emitidos al amparo de la presente Ley, de proyectos y capacita a la empresa promocional serán financiados con cargo al presupuesto del en el desarrollo de proyectos de inversión. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 57.2 No menos del 5% de los recursos asignados (Mimpv). por el Estado para el financiamiento de micro y pequeñas empresas se destina a empresas CAPÍTULO IX promocionales de personas con discapacidad. CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN CAPÍTULO VIII DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS) NIVEL DE VIDA ADECUADO Artículo 63. Consejo Nacional para la Integración Y PROTECCIÓN SOCIAL de la Persona con Discapacidad (Conadis) El Consejo Nacional para la Integración de la Persona Artículo 58. Pensiones de orfandad con Discapacidad (Conadis) es el órgano especializado La persona con discapacidad mayor de edad, que es en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido
  • 8. El Peruano 482006 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio e) El ministro de Economía y Finanzas o su de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía representante. técnica, administrativa, de administración, económica y f) El ministro de Educación o su representante. financiera. Constituye pliego presupuestario. g) El ministro de Salud o su representante. h) El ministro de Trabajo y Promoción del Artículo 64. Funciones del Consejo Nacional Empleo o su representante. para la Integración de la Persona con Discapacidad i) El ministro de Transportes y Comunicaciones (Conadis) o su representante. El Consejo Nacional para la Integración de la Persona j) El ministro de Vivienda, Construcción y con Discapacidad (Conadis) tiene las siguientes funciones: Saneamiento o su representante. k) El ministro de Producción o su representante. a) Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, 1) El ministro de Defensa o su representante. supervisar y evaluar las políticas nacionales y m) El ministro del Interior o su representante. sectoriales en materia de discapacidad. n) El ministro de Relaciones Exteriores o su b) Dictar normas y lineamientos técnicos para representante. la adecuada ejecución y supervisión de las o) El presidente ejecutivo del Seguro Social de políticas nacionales y sectoriales en materia de Salud (EsSalud) o su representante. discapacidad. c) Promover y proponer que, en la formulación, el 65.2 El Consejo Nacional para la Integración de la planeamiento y la ejecución de las políticas y Persona con Discapacidad (Conadis) cuenta con los programas de todos los sectores y niveles un consejo consultivo integrado por los siguientes de gobierno, se tomen en cuenta, de manera miembros: expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. a) Un representante elegido por las organizaciones d) Promover que, en la formulación y aprobación de personas con discapacidad asociada a una de los presupuestos sectoriales, se destinen deficiencia física. los recursos necesarios para la implementación b) Un representante elegido por las organizaciones de políticas y programas transversales y de personas con discapacidad asociada a una multisectoriales sobre cuestiones relativas a la deficiencia auditiva. discapacidad. c) Un representante elegido por las organizaciones e) Proponer, formular, planificar, coordinar y supervisar de personas con discapacidad asociada a una la ejecución del Plan de Igualdad de Oportunidades deficiencia visual. para las Personas con Discapacidad. d) Un representante elegido por las organizaciones f) Promover y organizar los procesos de consulta a de personas con discapacidad asociada a las organizaciones de personas con discapacidad, sordoceguera. en coordinación con los sectores y niveles de e) Un representante elegido por las organizaciones gobierno correspondientes. de personas con discapacidad asociada a una g) Promover y ejecutar campañas para la toma deficiencia mental. de conciencia respecto de la persona con f) Un representante elegido por las organizaciones discapacidad, el respeto de sus derechos y de de personas con discapacidad asociada a una su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la deficiencia intelectual. sociedad para con ella. g) Un representante elegido por las organizaciones h) Promover, coordinar y ejecutar investigaciones de personas con discapacidad de las Fuerzas sobre cuestiones relativas a la discapacidad Armadas y la Policía Nacional del Perú. y al desarrollo de bienes, servicios, equipos e h) Un representante elegido por las federaciones instalaciones de diseño universal. deportivas de personas con discapacidad. i) Difundir información sobre cuestiones relacionadas a la discapacidad, incluida Artículo 66. Presidencia del Consejo Nacional información actualizada acerca de los programas para la Integración de la Persona con Discapacidad y servicios disponibles para la persona con (Conadis) discapacidad y su familia, y de las organizaciones de personas con discapacidad. 66.1 El presidente del Consejo Nacional para la j) Prestar apoyo técnico sobre cuestiones relativas Integración de la Persona con Discapacidad a la discapacidad a las entidades u organismos (Conadis) es designado por el Presidente de de todos los sectores y niveles de gobierno. la República de una terna propuesta por la k) Requerir información sobre cuestiones relacionadas Presidencia del Consejo de Ministros. La selección a la discapacidad a las entidades u organismos de de la terna se realiza respetando el derecho de todos los sectores y niveles de gobierno. consulta establecido en el artículo 14. l) Interponer demandas de cumplimiento. 66.2 Para asumir la presidencia del Consejo Nacional m) Fiscalizar, imponer y administrar multas. para la Integración de la Persona con Discapacidad n) Exigir coactivamente el pago de multas. (Conadis) se requiere poseer experiencia en gestión o) Dirigir el Registro Nacional de la Persona con y una trayectoria mínima de cinco años en el Discapacidad. reconocimiento de los derechos de las personas con p) Aprobar su plan operativo anual y su presupuesto. discapacidad. El presidente del Conadis es titular del q) Elaborar su reglamento de organización y funciones. pliego presupuestal y ejerce la representación legal r) Las demás que le asigne la ley y su reglamento. de la institución. Asiste a las sesiones del Consejo de Ministros con voz pero sin voto. Artículo 65. Conformación del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad Artículo 67. Secretaría General del Consejo (Conadis) Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) 65.1 El Consejo Nacional para la Integración de La Secretaría General del Consejo Nacional para la la Persona con Discapacidad (Conadis) está Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) constituido por los siguientes miembros: es la máxima autoridad administrativa de este órgano. Es designada por el Pleno del Consejo y depende jerárquica y a) El presidente del Consejo Nacional para la funcionalmente del presidente del Consejo Nacional para Integración de la Persona con Discapacidad la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis). (Conadis), quien es designado por el Presidente de la República. Artículo 68. Recursos del Consejo Nacional b) El presidente del Consejo de Ministros o su para la Integración de la Persona con Discapacidad representante. (Conadis) c) El ministro de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante. 68.1 Son recursos del Consejo Nacional para la d) El ministro de Desarrollo e Inclusión Social o Integración de la Persona con Discapacidad su representante. (Conadis) los siguientes:
  • 9. El Peruano Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 482007 a) Los recursos asignados por el Estado Artículo 70. Oficina Municipal de Atención a las debidamente determinados en las partidas Personas con Discapacidad (Omaped) del Presupuesto del Sector Público. b) El 50% del porcentaje de los recursos 70.1 Las municipalidades, provinciales y distritales, obtenidos mediante juegos de lotería y contemplan en su estructura orgánica una similares, realizados por las sociedades Oficina Municipal de Atención a las Personas de beneficencia pública, conforme lo con Discapacidad (Omaped) y contemplan en su establece la quinta disposición transitoria presupuesto anual los recursos necesarios para su y complementaria de la Ley 26918 o adecuado funcionamiento y la implementación de directamente manejados por los gremios de políticas y programas sobre cuestiones relativas a las personas con discapacidad. la discapacidad. c) Los recursos directamente recaudados. 70.2 La Oficina Municipal de Atención a las Personas d) Los recursos provenientes de la cooperación con Discapacidad (Omaped) tiene las siguientes internacional. funciones: e) Las donaciones y legados. f) Los recursos provenientes de las colectas a) Promover y proponer que, en la formulación, que organice oficialmente. el planeamiento y la ejecución de las políticas g) Los recursos provenientes del cobro de las y los programas locales, se tomen en cuenta, multas. de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. 68.2 El Consejo Nacional para la Integración de b) Coordinar, supervisar y evaluar las políticas y la Persona con Discapacidad (Conadis) goza programas locales sobre cuestiones relativas de similares prerrogativas y exoneraciones a a la discapacidad. las que tienen derecho las demás entidades u c) Participar de la formulación y aprobación organismos del Estado. del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para CAPÍTULO X la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. OFICINAS EN LOS ÁMBITOS d) Coordinar y supervisar la ejecución de los REGIONAL Y LOCAL planes y programas nacionales en materia de discapacidad. Artículo 69. Oficina Regional de Atención a las e) Promover y organizar los procesos de Personas con Discapacidad (Oredis) consulta de carácter local. f) Promover y ejecutar campañas para la toma 69.1 Los gobiernos regionales y la Municipalidad de conciencia respecto de la persona con Metropolitana de Lima contemplan en su estructura discapacidad, el respeto de sus derechos orgánica una Oficina Regional de Atención y de su dignidad, y la responsabilidad del a las Personas con Discapacidad (Oredis) y Estado y la sociedad para con ella. contemplan en su presupuesto anual los recursos g) Difundir información sobre cuestiones necesarios para su adecuado funcionamiento y la relacionadas a la discapacidad, incluida implementación de políticas y programas sobre información actualizada acerca de los cuestiones relativas a la discapacidad. programas y servicios disponibles para la 69.2 La Oficina Regional de Atención a las Personas persona con discapacidad y su familia. con Discapacidad (Oredis) tiene las siguientes h) Administrar el Registro Municipal de la funciones: Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos a) Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, emitidos por el Registro Nacional de la supervisar y evaluar las políticas y programas Persona con Discapacidad. regionales en materia de discapacidad. i) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto b) Promover y proponer que, en la formulación, en la presente Ley en el ámbito de su el planeamiento y la ejecución de las competencia y denunciar su incumplimiento políticas y los programas regionales, se ante el órgano administrativo competente. tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de las personas con Artículo 71. Coordinación con el Consejo Nacional discapacidad. para la Integración de la Persona con Discapacidad c) Promover que, en la formulación y aprobación (Conadis) del presupuesto regional, se destinen los El Consejo Nacional para la Integración de la Persona recursos necesarios para la implementación con Discapacidad (Conadis) coordina con los gobiernos de políticas y programas transversales y regionales y las municipalidades la efectiva implementación multisectoriales sobre cuestiones relativas a de la presente Ley en sus jurisdicciones. Les presta asesoría la discapacidad. técnica y capacitación para el ejercicio de sus funciones, d) Coordinar y supervisar la ejecución de los centraliza la información referida a la persona con discapacidad planes y programas nacionales en materia y promueve la participación activa de las organizaciones de de discapacidad. personas con discapacidad en dichos ámbitos. e) Promover y organizar los procesos de consulta de carácter regional. CAPÍTULO XI f) Promover y ejecutar campañas para la toma de conciencia respecto de la persona con SISTEMA NACIONAL PARA LA discapacidad, el respeto de sus derechos INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON y de su dignidad, y la responsabilidad del DISCAPACIDAD (SINAPEDIS) Estado y la sociedad para con ella. g) Difundir información sobre cuestiones Artículo 72. Sistema Nacional para la Integración relacionadas a la discapacidad, incluida de la Persona con Discapacidad (Sinapedis) información actualizada acerca de los Créase el Sistema Nacional para la Integración de programas y servicios disponibles para la la Persona con Discapacidad (Sinapedis) como sistema persona con discapacidad y su familia. funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las h) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto políticas públicas que orientan la intervención del Estado en la presente Ley en el ámbito de su en materia de discapacidad. competencia y denunciar su incumplimiento ante el órgano administrativo competente. Artículo 73. Ente rector del Sistema Nacional i) Administrar el Registro Regional de la para la Integración de la Persona con Discapacidad Persona con Discapacidad en el ámbito de su (Sinapedis) jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la 73.1 El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. Persona con Discapacidad (Conadis) es el ente
  • 10. El Peruano 482008 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de diciembre de 2012 rector del Sistema Nacional para la Integración la Persona con Discapacidad (Conadis), compila, de la Persona con Discapacidad (Sinapedis) y procesa y organiza la información referida a la tiene a su cargo la elaboración, programación, persona con discapacidad y sus organizaciones, coordinación, gestión, supervisión, monitoreo y proporcionada por las entidades públicas de evaluación de las políticas públicas del Estado los distintos niveles de gobierno. Contiene los en materia de discapacidad. siguientes registros especiales: 73.2 El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), como ente a) Registro de personas con discapacidad. rector, tiene las siguientes atribuciones: b) Registro de organizaciones que representan a las personas con discapacidad. a) Ejercer la autoridad técnico-normativa a nivel c) Registro de organizaciones conformadas por nacional. personas con discapacidad. b) Dictar las normas y establecer los d) Registro de personas naturales o jurídicas u procedimientos para el accionar del Sistema organizaciones que brindan atención, servicios Nacional para la Integración de la Persona y programas a personas con discapacidad. con Discapacidad (Sinapedis). e) Registro de personas naturales o jurídicas c) Coordinar la operación técnica y asumir la importadoras o comercializadoras de bienes responsabilidad del correcto funcionamiento o servicios especiales y compensatorios para del Sistema Nacional para la Integración de personas con discapacidad. la Persona con Discapacidad (Sinapedis). f) Registro de sanciones por el incumplimiento d) Las demás atribuciones que se asignen por de la presente Ley. reglamento. g) Otros que acuerde el Conadis. Artículo 74. Objetivos del Sistema Nacional 78.2 La inscripción en el Registro Nacional de la Persona para la Integración de la Persona con Discapacidad con Discapacidad es gratuita. El reglamento (Sinapedis) del Consejo Nacional para la Integración de la El Sistema Nacional para la Integración de la Persona Persona con Discapacidad (Conadis) establece con Discapacidad (Sinapedis) tiene los siguientes los requisitos y procedimientos para la inscripción objetivos: en los registros especiales. a) Asegurar el cumplimiento de políticas públicas Artículo 79. Información estadística que requieren la participación de las entidades del Estado, a nivel intergubernamental, en 79.1 El Instituto Nacional de Estadística e Informática materia de discapacidad. (INEI), los órganos que integran el Sistema b) Articular y armonizar la gestión de las políticas, planes, Estadístico Nacional y las entidades u organismos estrategias, programas y proyectos en materia de de los diferentes sectores y niveles de gobierno discapacidad, a nivel intergubernamental. incorporan en sus censos, encuestas y registros c) Promover la participación de las organizaciones estadísticos un rubro sobre la situación de la de personas con discapacidad, de la sociedad civil persona con discapacidad, siendo responsables de y del sector privado, a nivel intergubernamental, su recopilación y procesamiento. Esta información en el desarrollo de acciones en materia de es remitida al Consejo Nacional para la Integración discapacidad. de la Persona con Discapacidad (Conadis) para d) Disponer de la información necesaria para la su difusión y debe ser obligatoriamente utilizada formulación de planes, programas y proyectos. por todos los sectores y niveles de gobierno en la formulación, el planeamiento y la ejecución de sus Artículo 75. Composición del Sistema Nacional políticas y programas. para la Integración de la Persona con Discapacidad 79.2 El Instituto Nacional de Estadística e Informática (Sinapedis) (INEI) y el Registro Nacional de Identificación y El Sistema Nacional para la Integración de la Persona Estado Civil (Reniec) participan en la actualización con Discapacidad (Sinapedis) está compuesto por: del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, en coordinación con el Consejo a) El Consejo Nacional para la Integración de la Nacional para la Integración de la Persona con Persona con Discapacidad (Conadis). Discapacidad (Conadis), las oficinas regionales b) Los gobiernos regionales, sus programas y de atención a las personas con discapacidad proyectos. (Oredis) y las oficinas municipales de atención a c) Las municipalidades provinciales y distritales, las personas con discapacidad (Omaped). sus organismos, programas y proyectos. CAPÍTULO XIII El reglamento establece la organización y define el rol de las entidades públicas conformantes del SANCIONES Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Sinapedis). Artículo 80. Entidad competente CAPÍTULO XII 80.1 La entidad competente para conocer y aplicar las CERTIFICACIÓN, REGISTRO Y ESTADÍSTICA infracciones y sanciones por el incumplimiento de la presente Ley es el Consejo Nacional para Artículo 76. Certificación de la discapacidad la Integración de la Persona con Discapacidad El certificado de discapacidad acredita la condición (Conadis), sin perjuicio de las competencias de persona con discapacidad. Es otorgado por todos específicas que correspondan a los distintos los hospitales de los ministerios de Salud, de Defensa sectores y niveles de gobierno. y del Interior y el Seguro Social de Salud (EsSalud). La 80.2 El Consejo Nacional para la Integración de la evaluación, calificación y la certificación son gratuitas. Persona con Discapacidad (Conadis) ejerce la potestad sancionadora en el marco de lo Artículo 77. Falsificación de certificados dispuesto por la Ley 27444, Ley del Procedimiento El personal que otorgue certificados falsos respecto Administrativo General. del grado o la existencia de una discapacidad incurre en el delito de falsificación regulado en el artículo 431 del Artículo 81. Infracciones Código Penal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas a las que haya lugar. 81.1 Las infracciones de lo dispuesto en la presente Ley se clasifican en leves, graves y muy graves. Artículo 78. Registro Nacional de la Persona con 81.2 Se consideran infracciones leves: Discapacidad a) La inaplicación del descuento sobre el valor 78.1 El Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, de la entrada a los espectáculos culturales, a cargo del Consejo Nacional para la Integración de deportivos o recreativos organizados por las