El documento establece los criterios para determinar el orden de mérito de postulantes a cargos directivos en instituciones educativas. Se ordenarán primero por puntaje final y, en caso de empate, por puntaje en pruebas de solución de casos y comprensión de textos, formación académica, experiencia y méritos profesionales. Se presenta un cuadro con los resultados de los postulantes de una UGEL, ordenados según estos criterios.