El documento resume dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La primera sentencia establece que un ciudadano de la UE que nunca ha ejercido su derecho a la libre circulación no puede invocar derechos derivados de la ciudadanía para un familiar de un tercer país. La segunda sentencia determina que el derecho de residencia de un progenitor puede prolongarse más allá de la mayoría de edad de un hijo si este continúa estudiando y necesita el apoyo del progenitor.
Este documento es una solicitud presentada ante un juzgado para suspender un procedimiento de ejecución hipotecaria. El solicitante alega que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica protegida por la nueva normativa, y adjunta documentación para acreditarlo. También argumenta que el procedimiento vulnera derechos fundamentales como la vivienda y la tutela judicial efectiva, e invoca la emergencia social creada por los desahucios. Solicita la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelvan sus alegaciones
Este documento resume el proceso legal de despido colectivo en España. Explica que un despido colectivo ocurre cuando al menos 10 trabajadores son despedidos por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Detalla los requisitos para el período de consultas con los representantes de los trabajadores, los motivos para impugnar un despido colectivo, y las consecuencias de que un juez determine que el despido fue nulo.
El documento resume las discusiones de un congreso internacional sobre nuevas formas de esclavitud y trabajo forzado. Se analizan casos de explotación laboral de trabajadores migrantes y cómo ciertas condiciones de trabajo violan la dignidad humana y pueden considerarse formas modernas de esclavitud. El congreso también examinó documentos de organizaciones internacionales y sentencias judiciales relacionadas con este tema.
Este documento resume las principales cuestiones jurídicas planteadas por los despidos colectivos tras las reformas laborales de 2012 y 2013 en España, según las interpretaciones de los tribunales. Aborda aspectos como la normativa aplicable, sentencias comentadas, cuestiones sobre el procedimiento de consultas, causas y impugnaciones de despidos, y debates en torno a conceptos como grupos de empresas y documentación requerida.
Este documento presenta una introducción a las reformas laborales en España entre 2012 y 2014. Resume las principales medidas de las leyes y decretos que modificaron la legislación laboral para dar más flexibilidad a las empresas e impulsar la creación de empleo, como la reducción de la protección frente a despidos y la posibilidad de modificar condiciones laborales de forma unilateral. También analiza críticas a estas reformas y sus posibles efectos ocultos en materia de equilibrio en las relaciones laborales y debilitamiento de la negociación colectiva.
El concepto de trabajador, y de trabajador habitualmente empleado, en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Estudio de algunos casos significativos.
El documento presenta una ponencia sobre los efectos de la doctrina reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el Derecho Laboral español. Se analizan varias sentencias del TJUE de 2014 y 2015 relacionadas con temas como la contratación temporal, los despidos colectivos, la igualdad y no discriminación. También se discute la obligación de los tribunales españoles de aplicar el Derecho de la UE de acuerdo a la jurisprudencia del TJUE y plantear cuestiones prejudiciales cuando sea necesario.
Este documento resume las principales reformas laborales en España entre 2012 y 2015. Incluye cambios en la flexibilidad interna de las empresas, modificaciones de condiciones de trabajo, suspensión de contratos y reducción de jornadas, negociación colectiva, y causas para el despido individual y colectivo. También discute los objetivos declarados de las reformas y sus posibles consecuencias ocultas.
Este documento es una solicitud presentada ante un juzgado para suspender un procedimiento de ejecución hipotecaria. El solicitante alega que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica protegida por la nueva normativa, y adjunta documentación para acreditarlo. También argumenta que el procedimiento vulnera derechos fundamentales como la vivienda y la tutela judicial efectiva, e invoca la emergencia social creada por los desahucios. Solicita la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelvan sus alegaciones
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Este documento resume las principales reformas laborales en España entre 2012 y 2015. Incluye cambios en la flexibilidad interna de las empresas, modificaciones de condiciones de trabajo, suspensión de contratos y reducción de jornadas, negociación colectiva, y causas para el despido individual y colectivo. También discute los objetivos declarados de las reformas y sus posibles consecuencias ocultas.
El documento resume dos recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relacionadas con los derechos laborales y de seguridad social de los ciudadanos de la UE y sus familias. La primera sentencia niega el derecho de residencia a familiares de un ciudadano de la UE que nunca ha ejercido su derecho a la libre circulación. La segunda sentencia establece que un progenitor puede mantener su derecho de residencia si su hijo mayor de edad aún depende de él para continuar sus estudios.
La unión europea opta por la inmigración selectivasociodialogos
La Unión Europea desea atraer inmigrantes altamente calificados mediante una "tarjeta azul europea" similar a la green card estadounidense. La tarjeta azul se otorgaría a inmigrantes con ofertas de empleo que requieran altas calificaciones y un salario mínimo de tres veces el salario mínimo local. La tarjeta duraría inicialmente dos años y otorgaría derechos igualitarios. Sin embargo, los estados miembros mantendrían el control sobre el número y tipo de inmigrantes admitidos.
Sentencia TJUE 10/09/2014 medidas para impedir la ejecución de la viviendaLawAndTweet
1) El documento presenta el marco jurídico relevante para evaluar la legalidad de las cláusulas de un contrato de crédito hipotecario eslovaco y las modalidades de ejecución de la garantía, incluyendo la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas.
2) La legislación eslovaca permite al acreedor ejecutar la garantía mediante subasta una vez notificado al deudor, pero exige cumplir ciertos requisitos como la publicación de anuncios.
3) El tribunal remitente debe determin
El documento trata sobre la política social de la Unión Europea, con especial atención a la libre circulación de trabajadores y la política de inmigración. Explica los tratados y legislación de la UE relacionados con la política social, incluyendo la libre circulación de trabajadores entre los estados miembros y las medidas para promover la igualdad y protección social. También cubre temas como la ciudadanía de la UE y los derechos de los trabajadores migrantes.
Resolución del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana sobre la grabació...unsegorbemejor
Este documento trata sobre una queja presentada ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana por un ciudadano que solicitaba que se permitiera grabar libremente los plenos del Ayuntamiento de Segorbe. El Síndic determina que el carácter público de los plenos establece el derecho de los ciudadanos a informarse y participar, por lo que cualquier limitación al ejercicio de este derecho debe realizarse de forma excepcional y proporcionada conforme a la ley.
Este documento presenta la Sentencia C-292/08 de la Corte Constitucional de Colombia en la que se declara la inexequibilidad del artículo 821 del Estatuto Tributario. El artículo permitía que las autoridades tributarias impidieran la salida del país de extranjeros que tuvieran deudas tributarias pendientes. La Corte determinó que esta disposición violaba los principios de dignidad humana, igualdad, libertad de circulación y prohibición de detención por deudas establecidos en la Constitución.
Este documento presenta una sentencia del Tribunal Supremo de España sobre un caso de conflicto colectivo entre la Junta de Castilla y León y el sindicato UGT. La Junta suspendió el artículo 77 del convenio colectivo sobre permisos laborales basándose en un real decreto ley estatal. El tribunal regional falló a favor del sindicato, pero la Junta apeló. El Tribunal Supremo analiza si la suspensión del artículo del convenio fue correcta a la luz de la normativa aplicable.
El documento es un informe del Parlamento Europeo sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del derecho comunitario. El informe expresa preocupación por los casos de desarrollo urbanístico no regulado que han violado los derechos de propiedad y ha causado daños ambientales. También señala deficiencias en el control de la urbanización y la lentitud de los procedimientos judiciales en España. El Parlamento Europeo continuará supervisando la situación y respetando la juris
Este documento solicita al Juez Decano que facilite a los jueces encargados de ejecuciones hipotecarias las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaran que el procedimiento hipotecario español viola el derecho a la tutela judicial efectiva, y que convoque una junta de jueces para discutir la suspensión de los procedimientos debido a las constantes violaciones del derecho europeo. También pide que se anulen los procedimientos ya iniciados.
Comercialización de lentes de contacto por internetLongitud de Onda
Este documento presenta un asunto jurídico sobre la comercialización de lentes de contacto por Internet según la legislación húngara. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea analiza si la prohibición húngara de vender lentes de contacto en línea infringe las normas de la UE sobre libre circulación de mercancías y servicios. El Abogado General debe determinar si la venta en línea de lentes de contacto constituye un servicio de la sociedad de la información y si la prohibición húngara constituye una medida de efect
El documento habla sobre tres temas principales: 1) La libre circulación de trabajadores no comunitarios y los residentes de larga duración. 2) Las directivas sobre el estatuto de los residentes de larga duración y sobre los trabajadores altamente cualificados. 3) La transposición de estas directivas a la normativa española de inmigración.
Las finanzas y la residencia primero, los derechos sociales sólo después. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la permanencia del Reino Unido en la Unión Europea. Notas a la sentencia de 14 de junio de 2016 (asunto C-308/14).
El documento discute la protección social de los trabajadores extranjeros en España. Examina las leyes y normas que rigen el acceso de los extranjeros al sistema de seguridad social español y a las prestaciones, dependiendo de si su situación administrativa es regular o irregular. También analiza jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo sobre este tema y plantea el debate entre enfoques jurídicos formales y la realidad laboral de los trabajadores extranjeros.
Este documento presenta la Ley 20084 de Chile, la cual establece un sistema de responsabilidad para adolescentes que infringen la ley penal. La ley regula la responsabilidad penal de adolescentes entre 14 y 18 años, el procedimiento para determinar dicha responsabilidad, las sanciones aplicables y su ejecución. Establece una escala general de sanciones como alternativa a las penas del código penal, incluyendo internación, libertad asistida, servicios a la comunidad, reparación de daños, multa y amonestación.
Este documento presenta una solicitud de nulidad de actuaciones en un procedimiento de ejecución hipotecaria. Se alegan tres motivos principales para la nulidad: 1) la normativa española sobre ejecuciones hipotecarias vulnera la normativa comunitaria y los derechos fundamentales; 2) existe cláusulas abusivas en el contrato que fundamenta la ejecución; 3) subsidiariamente, se solicita la suspensión del procedimiento hasta que se modifique la legislación. Se pide al juzgado que declare la nulidad de todo
La Corte decidió mantener su precedente en el sentido de que la Procuraduría General de la Nación es competente para sancionar y destituir a los funcionario de elección popular en Colombia. En la decisión no solo se estudió el artículo 45 de la Ley 734 sino que también, por unidad de materia, analizó el artículo 49 de la Ley 1952.
Este documento resume la Directiva 2011/98/UE sobre un permiso único de residencia y trabajo para nacionales de terceros países en la UE. Establece un procedimiento único de solicitud y un permiso único que autoriza la residencia y el trabajo. También reconoce una serie de derechos para los trabajadores extranjeros, aunque permite a los estados miembros limitar algunos derechos como la educación, formación profesional y asistencia social.
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Similar a Ponencia XXIII Encuentro de extranjería. LLeida. 13.6.2013.
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El documento trata sobre la política social de la Unión Europea, con especial atención a la libre circulación de trabajadores y la política de inmigración. Explica los tratados y legislación de la UE relacionados con la política social, incluyendo la libre circulación de trabajadores entre los estados miembros y las medidas para promover la igualdad y protección social. También cubre temas como la ciudadanía de la UE y los derechos de los trabajadores migrantes.
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Este documento presenta una sentencia del Tribunal Supremo de España sobre un caso de conflicto colectivo entre la Junta de Castilla y León y el sindicato UGT. La Junta suspendió el artículo 77 del convenio colectivo sobre permisos laborales basándose en un real decreto ley estatal. El tribunal regional falló a favor del sindicato, pero la Junta apeló. El Tribunal Supremo analiza si la suspensión del artículo del convenio fue correcta a la luz de la normativa aplicable.
El documento es un informe del Parlamento Europeo sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del derecho comunitario. El informe expresa preocupación por los casos de desarrollo urbanístico no regulado que han violado los derechos de propiedad y ha causado daños ambientales. También señala deficiencias en el control de la urbanización y la lentitud de los procedimientos judiciales en España. El Parlamento Europeo continuará supervisando la situación y respetando la juris
Este documento solicita al Juez Decano que facilite a los jueces encargados de ejecuciones hipotecarias las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaran que el procedimiento hipotecario español viola el derecho a la tutela judicial efectiva, y que convoque una junta de jueces para discutir la suspensión de los procedimientos debido a las constantes violaciones del derecho europeo. También pide que se anulen los procedimientos ya iniciados.
Comercialización de lentes de contacto por internetLongitud de Onda
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El documento habla sobre tres temas principales: 1) La libre circulación de trabajadores no comunitarios y los residentes de larga duración. 2) Las directivas sobre el estatuto de los residentes de larga duración y sobre los trabajadores altamente cualificados. 3) La transposición de estas directivas a la normativa española de inmigración.
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Similar a Ponencia XXIII Encuentro de extranjería. LLeida. 13.6.2013. (20)
2. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.2
1. Ciudadanía de la UE y derecho de residencia de los nacionales de
terceros Estados miembros de la familia de un ciudadano de la UE
que no ha ejercido su derecho a la libre circulación. Sentencia del
TJUE de 8 de mayo de 2013,Asunto C-87/12.
Cuestión prejudicial: “Si el artículo 20 TFUE debe interpretarse en
el sentido de que se opone a que un Estado miembro deniegue a
nacionales de un tercer país la residencia en su territorio, siendo así
que éstos desean residir con un miembro de su familia que es
ciudadano de la Unión residente en dicho Estado miembro del que
posee la nacionalidad y que nunca ha ejercido su derecho a la libre
circulación en su condición de ciudadano de la Unión”
3. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.3
TJUE: “Dado que el ciudadano de la Unión interesado nunca ha
ejercido su derecho de libre circulación y siempre ha residido
como ciudadano de la Unión en el Estado miembro cuya
nacionalidad posee, …
… procede declarar que no está comprendido en el concepto de
«beneficiario» en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la
Directiva 2004/38, por lo que ésta no es aplicable a dicho
ciudadano de la Unión ni a los miembros de su familia”.
4. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.4
Las disposiciones del Tratado relativas a la ciudadanía de la Unión
“no confieren ningún derecho autónomo a los nacionales de
terceros países”.
Los eventuales derechos de los ciudadanos de la UE “no son
derechos propios de esos nacionales, sino derechos derivados del
ejercicio de la libertad de circulación por parte de un ciudadano de
la Unión”.
5. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.5
TJUE: “El artículo 20 TFUE debe interpretarse en el sentido de que
no se opone a que un Estado miembro deniegue a un nacional de un
tercer país la residencia en su territorio, siendo así que ese nacional
pretende residir con un miembro de su familia que es ciudadano de
la Unión Europea residente en ese Estado miembro del que es
nacional y no ha ejercido nunca su derecho de libre circulación en
su condición de ciudadano de la Unión…
…. siempre que esa denegación no implique privar al ciudadano de
la Unión interesado del disfrute efectivo del contenido esencial de
los derechos conferidos por el estatuto de ciudadano de la Unión”.
6. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.6
2. Libre circulación de personas y aplicación de la Directiva
2004/38/CE. Derecho de residencia de un progenitor de un hijo
que ha alcanzado la mayoría de edad y que está estudiando en el
Estado miembro de acogida. Sentencia del TJUE de 8 de
mayo de 2013, asunto C-529/11.
Decisión prejudicial que busca la interpretación del artículo 12 del
Reglamento (CEE) nº 1612/68 del Consejo, de 15 de octubre de
1968, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la
Comunidad (versión modificada por la Directiva 2004/38/CE).
Versa sobre la denegación de una solicitud de residencia
permanente a la madre de un estudiante.
7. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.7
La cuestión que se plantea es la posibilidad de obtener el
reconocimiento del derecho de residencia “derivado del de un hijo
mayor de 21 años que ejerce su derecho de acceso a la educación de
conformidad con el artículo 12 del Reglamento.
TJUE: Tanto el derecho de acceso a la enseñanza previsto el art. 12
como el correlativo derecho de residencia del hijo perduran hasta
que este último haya concluido sus estudios, por lo que “la fecha en
que el hijo concluye sus estudios puede situarse después de su
mayoría de edad”.
8. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.8
TJUE: La denegación a los progenitores de la posibilidad de
permanecer en el Estado miembro de acogida durante la escolaridad
de sus hijos “podría llevar a privar a éstos de un derecho que les ha
reconocido el legislador de la Unión”.
Aún tratándose de un joven mayor de edad, “el TJUE ya ha
declarado que… el derecho del progenitor puede prolongarse hasta
más allá de esa edad cuando el hijo sigue necesitando la presencia y
las atenciones de ese progenitor con objeto de continuar y terminar
sus estudios.
Incumbe al órgano jurisdiccional remitente apreciar si sucede así en
el litigio principal”.
9. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.9
Para determinar esa necesidad el juez nacional “podrá tener en
cuenta circunstancias e indicios concretos del litigio principal que
pongan de manifiesto una necesidad real,…
… tales como, entre otros, la edad del hijo, la residencia en el
domicilio familiar o la necesidad de un apoyo parental desde el
punto de vista económico o afectivo para continuar y terminar sus
estudios”.
10. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.10
3. La reforma laboral española de 2012 y la incidencia de la
Directiva 98/59/CE. Aproximación de los Estados miembros en
materia de despidos colectivos. Sentencia del TJUE de 12 de
octubre 2004, asunto C-55/02.
Concepto de despido: “debe interpretarse en el sentido de que
engloba cualquier extinción del contrato de trabajo no pretendida
por el trabajador y, en consecuencia, sin su consentimiento. Tal
concepto no exige que las causas subyacentes correspondan a la
voluntad del empresario”.
Sería contrario a la finalidad de la Directiva reducir el ámbito de
aplicación de esta disposición mediante una interpretación restrictiva
del concepto de «despido»”.
11. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.11
4. Discriminación en el acceso al empleo por razón de la
orientación sexual del trabajador. Sentencia del TJUE de 25 de
abril de 2013, asunto C-81/12.
Petición de decisión prejudicial. Interpretación de los artículos 2,
apartado 2, letra a), 10, apartado 1, y 17 de la Directiva
2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al
establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el
empleo y la ocupación.
12. DS UE 2012-2013.12
Litigio entre una asociación y el Consejo Nacional de
Rumanía contra la discriminación.
Motivo: desestimación parcial de una denuncia presentada a raíz
de unas declaraciones públicas pronunciadas por quien se
presenta como el directivo de un club de fútbol profesional y así
lo percibe la opinión pública, en las que excluía la contratación
por dicho club de un futbolista al que se presentaba como
homosexual.
13. DS UE 2012-2013.13
Litigio principal.
El 3 de marzo de 2010, la organización no gubernamental … ,
(que promueve y protege los derechos de lesbianas, gays,
bisexuales y transexuales)…
presentó una denuncia contra el Sr. … y el SC Fotbal Club … ,
por violación del principio de igualdad de trato en materia de
contratación de personal.
14. DS UE 2012-2013.14
Texto de la declaración del Sr. …
“No cojo a un homosexual en el equipo ni aunque el [FC …]
tenga que cerrar. El rumor, rumor es, pero poner algo así por
escrito si no es cierto…, y encima que salga en la portada. A lo
mejor (el jugador de fútbol [...] X [...]) no es homosexual. Pero
¿y si lo es? …
Nada pinta un gay en mi familia y el [FC …] es mi familia.
Prefiero jugar con alguien de la cantera que con un gay. Para mí
esto no es discriminación. No pueden obligarme a que trabaje con
cualquiera. Yo también tengo derecho a trabajar con quien quiera,
igual que ellos tienen sus derechos.”
15. DS UE 2012-2013.15
Prefiero jugar con alguien de la cantera que tener un homosexual
en el terreno de juego. Para mí esto no es discriminación. No
pueden obligarme a que trabaje con cualquiera.
Yo también tengo derecho a trabajar con quien quiera, igual que
ellos tienen sus derechos. ¡No lo cogería ni aunque el mismísimo
Dios en sueños me garantizase al 100 % que X no es homosexual!
Se ha escrito demasiado en los periódicos que es homosexual.
¡No lo cogería ni aunque [el actual club del jugador X] me lo
ofreciera gratis! Ya puede ser el mayor pendenciero y el mayor
borracho…que como sea homosexual no quiero saber nada de
él”.
16. DS UE 2012-2013.16
Cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de
Apelación de Bucarest ante elTJUE.
“1) ¿Es aplicable el artículo 2, apartado 2, letra a), de la
[Directiva 2000/78] --- existencia de discriminación -- en el
supuesto de que un accionista de un club de fútbol que se
presenta a sí mismo y es percibido en los medios de
comunicación y en la sociedad como el principal directivo
(“patrón”) de ese club de fútbol declare lo siguiente en un medio
de comunicación… (vid núms. 6 y 7 )…”?
17. DS UE 2012-2013.17
“2) ¿En qué medida las declaraciones anteriores pueden
calificarse de “hechos que permiten presumir la existencia de
discriminación directa o indirecta” conforme al artículo 10,
apartado l, de la [Directiva 2000/78], por lo que respecta al
demandado [FC … ]?”
18. DS UE 2012-2013.18
Consideraciones preliminares
De la jurisprudencia del TJUE se desprende que la existencia una
discriminación directa… no presupone la identificación de un
denunciante que sostenga que ha sido víctima de tal
discriminación
La Directiva no se opone a que los Estados miembros reconozcan
el derecho de las asociaciones que tengan un interés legítimo en
lograr que se respete dicha Directiva a promover los
procedimientos judiciales o administrativos dirigidos a hacer
respetar las obligaciones derivadas de la citada Directiva, sin que
actúen en nombre de un denunciante determinado, o a falta de un
denunciante identificable
19. DS UE 2012-2013.19
Respuesta delTJUE.
El mero hecho de que declaraciones como las controvertidas en
el litigio principal no emanen directamente de un determinada
parte demandada no necesariamente impide acreditar, respecto
de esa parte, «hechos que permiten presumir la existencia de
discriminación», en el sentido del artículo 10, apartado 1, de
dicha Directiva.
20. DS UE 2012-2013.20
Un empresario demandado no puede refutar la existencia de
hechos que permiten presumir que practica una política de
contratación de personal discriminatoria simplemente
sosteniendo que…
las declaraciones que sugieren la existencia de una política de
contratación homófoba emanan de quien, aunque afirma y parece
desempeñar un papel importante en la gestión de dicho
empresario, carece, desde el punto de vista jurídico, de capacidad
necesaria para vincularlo en materia de contratación de personal.
21. DS UE 2012-2013.21
El hecho de que, en una situación como aquella de la que trae
causa el litigio principal, tal empresario no se distanciara
claramente de las declaraciones controvertidas constituye un
elemento que puede ser tenido en cuenta por el tribunal que
conoce del litigio, en una apreciación global de los hechos.
Procede recordar … que la percepción del público o de los
medios de que se trata pueden constituir indicios pertinentes
para la apreciación global de las declaraciones controvertidas en
el litigio principal. ..
22. DS UE 2012-2013.22
TJUE declara:
“Los artículos 2, apartado 2, y 10, apartado 1, de la Directiva
2000/78 deben interpretarse en el sentido de que hechos como
aquellos de los que trae causa el litigio principal pueden calificarse
de «hechos que permit[e]n presumir la existencia de
discriminación» respecto de un club de fútbol profesional…,
cuando las declaraciones de que se trate emanen de quien, sin
disponer necesariamente desde el punto de vista jurídico de la
capacidad necesaria para vincularlo o representarlo en materia de
contratación de personal, se presenta a sí mismo y es percibido en
los medios de comunicación y en la sociedad como el principal
directivo de dicho club”.
23. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.23
5. Sobre la ordenación del tiempo de trabajo, su control por las
autoridades laborales y la protección de datos. Sentencia del
TJUE de 30 de mayo de 2013, asunto C-342/12.
Cuestión prejudicial: si el registro del tiempo de trabajo de un
trabajador queda comprendido dentro del concepto de datos de
personales de la Directiva 95/46, la obligación del Estado de
prever medidas adecuadas para su protección y los límites o
restricciones que puede establecer la empresa para acceder a esos
datos.
24. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.24
El Tribunal responde afirmativamente a la consideración de
datos personales del trabajador del registro de sus tiempos de
trabajo… ,
… si bien ello no impedirá que la autoridad laboral competente
pueda acceder a los mismos en cuanto que tal medida
contribuya a una aplicación más eficaz de la normativa en
materia de condiciones de trabajo.
25. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.25
“Los artículos 6, apartado 1, letras b) y c), y 7, letras c) y e), de la
Directiva 95/46 deben interpretarse en el sentido de que no se
oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el
litigio principal, que impone al empleador la obligación de poner a
disposición de la autoridad nacional competente para la supervisión
de las condiciones de trabajo el registro del tiempo de trabajo, de
forma que se permita su consulta inmediata…,
…. siempre que esta obligación sea necesaria para el ejercicio por
esta autoridad de la misión de supervisión que le incumbe en
relación con la normativa sobre condiciones de trabajo y,
especialmente, de la relativa al tiempo de trabajo”.
26. XXIII Encuentro. Lleida, 13 a 15 de junio de 2013.26
Muchas gracias por su atención .
Eduardo RojoTorrecilla.
eduardo.rojo@uab.cat