2. ¿Cuál es el objeto de estudio del
Derecho Informático?
El objeto de estudio del Derecho Informático es
propio,
aunque
por
el
momento
no
necesariamente exclusivo. Esto se debe a que
muchos de los aspectos abarcados por el Derecho
Informático son abordados hoy en día por el
derecho Penal, Civil y Comercial, debido a la falta
de legislación específica que ataque las diversas
problemáticas resultantes y que contemple las
particularidades que la Sociedad de la Información
implica.
3. ¿Cuál es la importancia de la
Informática para el Derecho?
Teniendo en cuenta que la informática es la ciencia que se encarga de
estudiar y aplicar el tratamiento automático de la información, utilizando
sistemas computacionales, considero que ésta es una herramienta de gran
ayuda e importancia para el desarrollo de las actividades de un abogado.
El uso e implementación de la informática para un profesional del derecho,
facilita y permite que se pueda tener una mayor organización u ordenación
del trabajo realizado, pues el material a utilizarse como normas legales,
doctrina, jurisprudencia que son utilizados por todas las ramas del derecho,
se puede sistematizar para mayor agilidad en el momento de la búsqueda de
la información.
4. ¿Cuál es el concepto de Cibernética y cuál
es su relación con la Teoría General del
Control?
Cibernética: es una disciplina íntimamente vinculada con la teoría general de
sistemas, al grado en que muchos la consideran inseparable de esta, y se
ocupa del estudio de: el mando, el control, las regulaciones y el gobierno de
los sistemas. El propósito de la cibernética es desarrollar un lenguaje y
técnicas que nos permitan atacar los problemas de control y comunicación en
general.
Relación con la Teoría General del Control: La Idea del sistema implica el
hecho de ordenación y estructuración. Aunque algunos autores conciben la
estructura como la anteposición del propio sistema.
5. ¿Qué dice la Constitución Política sobre la
protección de la información personal?
La Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales. La Ley tiene por objeto
garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales
previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a
través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás
derechos fundamentales que en ella se reconocen.
6. ¿Cuál es la relación de la Cibernética con la
Teoría General de Sistemas? De un
ejemplo.
Relación con la Teoría General de Sistema: Podemos entender como sistema el
complejo formado por diversos elementos que mantienen entre ellos
relaciones de diversas índoles en aras a la conservación del todo sistemática.
Ejemplo Podemos Observar que la Jerarquía de una Empresa se convierte en
un Sistema el cual va Teniendo subsistemas, y en estos subsistemas podemos
encontrar otros subsistemas a su vez. Y gracias a la Teoría General de
Sistemas esto es Posible pero la Cibernética no queda de lado, como
anteriormente se a dicho, la Cibernética se Encarga de la COMUNICACIÓN en
las PERSONAS y en las MAQUINAS.