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ORÍGENES Asentamientos en las siete colinas y la  confluencia del río Tíber, cerca del mar Tirreno en el siglo VIII a.C.: ,[object Object]
Sabinos
Latinos
Samnitas
Umbros
Itálicos ,[object Object]
La Monarquía (753 a.C. A 509 a.C.) Elegido por  El Rey  El Senado (Senatus)
Derecho Romano (753 a.C. al VI d.C.) Regía en Roma y regiones del Imperio. ius es la que se utiliza para señalar al derecho. Fas  es la que se designa a la voluntad divina. Derecho griego ático Derecho Pontificial (beneficioso para los patricios) Unificado luego del  451 a.C. - ley de las XII tablas- Compilado en el  Renacimiento (Justiniano I) y conocido  como Corpus Iuris Civilis.  Fuentes de conocimiento: Constituciones Imperiales, preceptos y doctrinas, jurisconsultos romanos, constituciones promulgadas por Justiniano después de publicar la compilación.
Fin de la república Cambios producidos por la expansión política y económica El conflicto entre patricios y plebeyos (quienes reclamaban equiparación política y social) Crisis institucional y guerra civil.  Una guerra interna por el poder supremo (Pompeyo, Mario, Silla, Julio Cesar).
Julio Cesar vence a Pompeyo en “Farsalo”; obtiene un título vitalicio y actúa  como rey sin corona.Viola el “Pomerio”Conspiración para matarlo (44 a.C.)
Triunvirato (Lépido – Marco Antonio – Octaviano) División del mundo romano y derrota de Marco Antonio (Actium) Octaviano recibe el título de Emperador
Expansión del Imperio
Emperadores desctacos  El Senado en el Imperio Como Augusto no tuvo hijos varones, designó como sucesor a Tiberio. Los emperadores que le siguieron hasta Nerón eran de familias Julia y se sucedían por herencia, pero tras la muerte de éste comienza la etapa en que los emperadores eran elegidos por el Senado o incluso por las legiones. Los más destacados fueron: Calígula, Claudio (el manco), Nerón; de la dinastía Flavia: Vespaciano, Nerva, Domiciano, Trajano.  Marcos Aurelio, Septiomio Severo, Tito, Adriano, Constantino y hasta el último emperador de occidente Rómulo Augustulo.  Ya que casi todas las provincias con ejército pasaron al control directo del emperador, las magistraturas se convirtieron en cargos honoríficos, y los candidatos a ellas necesitaban del visto bueno del emperador. Los Edictos (forma de pronunciamiento de los magistrados)  imperiales se superpusieron a los Senadoconsultos (opinión no vinculante). El Emperador legislaba a través de los Edictos y Constituciones imperiales. Los gobernadores provinciales poseían poderes jurisdiccionales y podían emitir leyes propias para sus provincias, pero que podían ser recurridas ante el Senado y/o el Emperador.
Caída del Imperio(476 d.C.) y Edad Media Constantino divide el Imperio (Occidente – Milán; Oriente- Constantinopla) Anarquía militar interna Declinación económica Caída de valores tradicionales Presión de los barbaros en la fronteras La creciente difusión del Cristianismo  Muere Rómulo Augutulo Invasión de los Godos y Visigodos
Edad Media Ocupación de los lombardos (568 al 774) Surge el Feudalismo (hasta la alta Edad Media); Intentos por recuperar parte o el total de la península por el Imperio de Bizancio; en el 800 d.C. Carlomagno se hace coronar por el Papa; conflictos entre familias aristocráticas por el papado. Primer Renacimiento (siglo XI); aristócratas italianos participan en las Cruzadas. Siglo XIV Cola Di Rienzo lidera una revolución. Carlomagno divide su imperio; Italia une su destino al de Francia y Alemania. Es objeto de disputas entre la autoridad imperial y pontificial salvo: Sicilia, Piamonte y Venecia.
Renacimiento y decadencia política Revaloración de obras de la antigüedad; Leonardo da Vinci y Miguel Ángel  y sus arquetipos del  “hombre universal” y de Rafael  la encarnación de la suprema belleza; obras de arte a cielo abierto, entre ellas: Venecia, Nápoles, Florencia, Roma, Milán,  Mantua. Nicoló Maquiavelo: Las despiadadas leyes de la política; intelectuales de toda Europa viajan para aprender las reglas de la pintura, escultura o arquitectura; surge el Humanismo; Cristoforo Colombo; el florentino Américo Vespucci Sebastiano Gaboto.  Toma de Constantinopla por los turcos (1453). Italia se encuentra irremediablemente dividida; Antes, durante y después la historia italiana está fuertemente  muy ligada a la iglesia católica; Francia y España, se disputan el domino italiano; Piamonte y Venecia resisten. Tropas alemanas, suizas y españolas ocupan Roma en 1527. Jordano Bruno y el fraile napolitano Tommaso Campanella son quemados en la hoguera. Las teorías de Galileo Galilei son oficialmente condenadas.    Los siglos XVII y XVIII son épocas de dominación ajena; la Lombardia se quedará un siglo y medio bajo la ocupación austriaca
Revolución Francesa (1789), El despertar de Italia Predominio Austriaco Ideas revolucionarias Napoleón derrota a los austriacos; proclama de sendas republicanas con él como presidente. Italia controlada por Francia Ideales patrióticos (1815) Surge sociedades secretas: la Carbonería y la Joven Italia (Mazzini) Independencia pero: ¿Unificación o Federalismo? Levantamientos en Nápoles (1829) y Piamonte (1830)
MONARQUÍACONSTITUCIONAL
ESTATUTOALBERTINO
EL ESTADOFASCISTA
Advenimiento de la República
VS
VS
Principios fundamentales Derechos y Deberes de los Ciudadanos Ordenamiento de la República Disposiciones Transitorias y Finales
SISTEMA  JURÍDICO  UNIFICACION POLÍTICA -- REINO DE ITALIA --  17 de marzo de 1861                                                              BURGUESÍA PIAMONTESA Y TOSCANA
1869- CONCEJO DE ESTADO  			COMPETENCIA JUDICIAL    1946- FIN GUERRA MUNDIAL – REPÚBLICA   1 DE ENERO 1948  - CONSTITUCION - REPÚBLICA DEMOCRÁTICA                                                                                     REGIMEN PARLAMENTARIO  
PARLAMENTO (ROL  PREPONDRANTE)         SUFRAGIO UNIVERSAL REPRESENTACION CORPORAL   Constitución rígida – Contenidos pétreos: forma republicana, sistema parlamentario, justicia constitucional. La Constitución sienta las bases de la política exterior y de la relación con la unión europea
Fuentes de derecho privado italiano  Primarias: leyes, decretos ley, estatutos de regiones “códigos”. Secundarias con fuerza de ley: reglamentos, disposiciones de naturaleza general libres Secundarias sin fuerza de ley: reglamentos, normas administrativas de entes públicos El uso y la costumbre equidad Principios generales del ordenamiento jurídico  jurisprudencia
1957 - TRATADO DE ROMA. COMUNIDAD  EUROPEA     1980 - TRIBUNAL EUROPEO DE JUSTICIA SUPREMACÍA SOBRE TRIBUNALES                                                           NACIONALES
El ParlamentoOrígenes y Composición.   ,[object Object]
Algunas veces en Italia se da el nombre de Parlamento a la sola cámara de Diputados y al Senado cuando, en los casos previstos por la constitución, los miembros de ambos cuerpos se  reúnen en sesión conjunta y forman un único órgano deliberante.
El Parlamento es el òrgano mediante el cual el pueblo ejerce el poder legislativo, pues no pudiendo hacerlo directamente, elige en su representaciòn un nùmero limitado de personas que constituyen el Parlamento.,[object Object]
Sistemas Electorales. El derecho de elegir a los miembros del Parlamento se llama electorado activo o también llamado de voto o de sufragio. Art. 48 de la Constitución, “son electores todos los ciudadanos hombres y mujeres que han alcanzado la mayoría de edad. El voto es personal, igual, libre y secreto. Su ejercicio es deber cívico. El derecho de voto no puede ser limitado sino por incapacidad civil o por efecto de sentencia penal irrevocable o en los casos de indignidad moral indicados por la Ley”.
Formación de la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados es elegida a sufragio universal y directo en razón de un diputado por ochenta mil habitantes o por fracción superior a cuarenta y un mil. Los diputados (590)son elegidos en 31 circunscripciones en las cuales el número de aquellos varía en proporción a la población. El procedimiento es complejo, puesto que el elector votando por una lista determina el número de los diputados que pertenecen a la misma; pero el elector tiene el derecho a manifestar sus candidatos preferidos dentro de la lista.
Formación del Senado. Art. 57 de la Constitución :”El Senado de la República es elegido sobre una base regional. A cada región es atribuido un senador por cada doscientos mil habitantes o fracción superior a cien mil. Ninguna región puede tener un número de senadores inferior a seis. El Valle de Aosta tiene un solo senador”. A más de estos senadores electivos (237) la Constitución prevé un pequeño número de senadores vitalicios.
Duración del mandato Parlamentario. “La Cámara de Diputados es elegida por cinco años, el Senado de la República por seis. La duración de cada cámara no puede ser prorrogada sino por Ley y solamente en caso de guerra”. “Las elecciones de las cámaras nuevas se efectúan dentro de 70 dìas del tèrmino de las precedentes..”.
Exclusión del Mandato Parlamentario. Según el art. 67 de la Constitución Italiana “cada miembro del parlamento representa a la Nación y ejerce sus funciones sin vinculación de mandato”.
Juramento. En Italia, no se requiere ningún juramento para los diputados y senadores, así ellos mismos entran directamente en función por efecto de la proclamación o de la comunicación al Senado en el caso de los senadores de derecho o vitalicios.
Formación de las Leyes Ordinarias. La Constituciòn establece en el art 62: “Las Cámaras se reúnen de derecho el primer día no feriado de febrero y de octubre. Cada cámara puede ser convocada en via extraordinaria por iniciativa de su Presidente o del Presidente de la República o de un tercio de sus componentes. Cuando se reúna  una Cámara es convocada de derecho también la otra”.
La Iniciativa de las Leyes. El art. 70 de la Constitución dispone: “La función legislativa es ejercida colectivamente por las dos Cámaras”. El art. 71 agrega: “La iniciativa de las leyes pertenece al Gobierno, a cada uno de los miembros de las cámaras y a los órganos y entidades a los cuales sea conferida por las leyes constitucionales. El pueblo ejerce la iniciativa de las leyes mediante la propuesta.
Iniciativa de las Leyes. Gobierno. Miembros de las Cámaras. Consejo Nacional de la Economía y del Trabajo. Los Consejos Regionales. Y al Pueblo.
La Promulgación. Las Leyes son promulgadas por el Presidente de la República, pero éste tiene un mes de tiempo, si las Cámaras cada una con mayoría absoluta no declara la urgencia de ellas. Las leyes son publicadas y entran en vigor el decimoquinto  día sucesivo a su publicación. El Presidente está obligado a promulgar la Ley, pero puede ejercer un veto muy limitado.
Formación de las Leyes Constitucionales. Las Cámaras deben deliberar y aprobar la Ley. Después de un intervalo de tiempo no inferior a tres meses, Las Cámaras deben deliberar sobre la misma Ley y aprobarla con la mayoría absoluta de los componentes de cada Cámara. La Ley se considera aprobada definitivamente. Si la Ley es aprobada con la sola mayoría absoluta, ella no es promulgada por el Jefe de Estado y se publica en la “Gaceta Oficial” como una Ley que espera un acto de aprobación.
La Forma Republicana de Gobierno. El art. 139 de la Constitución Italiana dispone: “La forma republicana no puede ser objeto de revisión constitucional”. Este artículo prohíbe toda vuelta legal a la monarquía .
Otros Actos del Parlamento. Reglamentos Internos: La Constitución Italiana expresa en su art 64 que “cada Cámara adopta su propio reglamento por mayoría absoluta de sus componentes”. Contralor sobre el Gobierno: otros actos importantes del Parlamento además de las leyes son: La interrogación, la interpelación, la moción u orden del día y la investigación.
Formación de otros órganos constitucionales. Las Cámaras Italianas: Eligen el Presidente de la República. Determinan la designación del Consejo de Ministros. Nombran un tercio de los miembros del Consejo Superior de la Magistratura. Nombran un tercio de los miembros de la Corte Constitucional.
El Presidente de la República Italiana. Es el Jefe de Estado y cuyos poderes son aproximadamente análogos a los del Rey de Inglaterra.
Presidente de la República. Requisitos:  (art. 84) Presidente Italiano puede ser todo ciudadano, sin distinción entre ciudadanía originaria o adquirida, que haya cumplido 50 años de edad y goce de los derechos civiles y políticos. Incompatibilidad: no puede ocupar otro cargo privado y hasta el ejercicio profesional de actividades económicas.
Elección. El Presidente es elegido por el Parlamento en sesión conjunta de las dos Cámaras. En la elección también participan tres delegados de cada Región.
Duración y Conclusión del Cargo. El Presidente de la República es elegido por siete años y es siempre reelegible, porque nada lo prohíbe.
Funciones. La unidad del Estado, como en las relaciones con el exterior o en ciertos momentos de la vida nacional. Representa y personifica la unidad y la continuidad nacional.  Es el gran consejero, el magistrado de persuasión y de influencia, el coordinador de actividades, el jefe espiritual de la República.
Relaciones con el parlamento y la función legislativa. El Jefe del Estado convoca las Cámaras a elecciones y fija sus primeras reuniones. Puede enviar a las Cámara mensajes de carácter político general o específico para determinadas materias. Puede disolver las Cámaras y también una de ellas. Puede designar a 5 senadores vitalicios.
Recibe a los Presidentes de ambas Cámaras en ocasión de las fiestas. Autoriza la presentación a las Cámaras de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental. Promulga las leyes y los decretos con valor de Ley. Convoca al referéndum popular en los casos previstos en la constitución.
Relaciones con el Gobierno y la función gubernamental. El Presidente nombra al Presidente del Consejo de Ministros y a los Ministros. Nombra a los subsecretarios de Estado, a los altos comisarios y a los funcionarios que la Ley indique. Declara el estado de guerra deliberado por las Cámaras, preside el Consejo Supremo de Defensa y tiene el Comando de las fuerzas armadas.
Relaciones con los órganos y la función jurisdiccional. El Presidente Preside el Consejo superior de la Magistratura. Nombra a 5 jueces de la Corte Constitucional. Puede conceder gracias, conmutar penas y, previa delegación del parlamento, dictar decretos de amnistía e indulto.
La Secretaría general de la Presidencia de la República. Comprende todas las oficinas y servicios necesarios para que el presidente pueda ejercer sus funciones y para la administración de la dotación asignada al mismo. El Secretario General ejerce la superintendencia de todas las oficinas y servicios de la Presidencia de la República. La secretaría General es una administración pública autónoma  y dicha autonomía es  administrativa y financiera.
El Gobierno. El art. 92 dispone: “El Gobierno de la República está compuesto por el Presidente del Consejo y los Ministros que constituyen juntos el Consejo de Ministros”. Cada Ministro secretario de Estado tiene a su cargo un Ministerio.
Funciones.  Funciones Colegiadas: El Presidente del Consejo y de los Ministros toman decisiones en Consejo, es decir colegiadas. El consejo es convocado por el Presidente, que lo preside, dirige las discusiones y suscribe las actas juntamente con el subsecretario.
Funciones Individuales. El Presidente del Consejo dirige la política General del Gobierno y es responsable de ella. El Presidente mantiene la unidad de dirección política y administrativa, promoviendo y coordinando la actividad de los ministros. El Presidente del Consejo debe refrendar los actos del Presidente de la República que tengan valor legislativo. Los ministros dirigen la actividad general de su propio departamento , refrendan los decretos del Presidente de la República que dan sanción a proposiciones de los respectivos Ministerios, preparan proyectos de Ley.
MAGISTRATURA
Jueces conciliadores Pretores = juez de paz letrado (arg) Tribunales = juzgados de 1ra instancia (arg) Cortes de apelación = cámaras de apelación (arg)  Corte de Casación Cortes de “Assise”
Consejo Superior de la Magistratura    Garantizar la independencia y autonomía de la magistratura respecto de los otros poderes del Estado.
Corte Constitucional Esta constituida por 15 jueces que duran 12 años  en el cargo. Juzga sobre la constitucionalidad de las leyes. Juzga en casos de conflicto de atribuciones entre el Estado y las Regiones o entre Regiones. Juzga en los casos de acusación contra el Presidente y los ministros. Las normas declaradas inconstitucionales no pueden aplicarse a partir de la publicación de la decisión y tienen efecto para todos.
División Política Italia es, desde 1947, un Estado unitario con simple autonomía regional. Está dividida en 20 Regiones. Las Regiones son entes con amplia autonomía administrativa. 5 Regiones tienen formas y condiciones especiales de autonomía.
Órganos de la Región: Consejo Regional Miembros elegidos por ciudadanos residentes en la Región. Dicta el Estatuto de la Región. Dicta leyes sobre temas de interés técnico y local. Designa miembros para la elección del Presidente de la Republica. El Estatuto debe ser aprobado por Ley de la Republica. Las leyes regionales debe ser visada por el Comisario  del gobierno central residente en la Región.
Junta regional ,[object Object]
Miembros elegidos por el Consejo Regional.Presidente de la Junta ,[object Object]
Es elegido por el Consejo Regional.,[object Object]
Las normas regionales son ejecutadas por las Provincias y las Comunas. Hay 109 Provincias y 8101 Comunas. Las Provincias y Comunas pueden, a su pedido, separarse de una Región y agregarse a otra.

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  • 13.
  • 14. La Monarquía (753 a.C. A 509 a.C.) Elegido por El Rey El Senado (Senatus)
  • 15. Derecho Romano (753 a.C. al VI d.C.) Regía en Roma y regiones del Imperio. ius es la que se utiliza para señalar al derecho. Fas es la que se designa a la voluntad divina. Derecho griego ático Derecho Pontificial (beneficioso para los patricios) Unificado luego del 451 a.C. - ley de las XII tablas- Compilado en el Renacimiento (Justiniano I) y conocido como Corpus Iuris Civilis. Fuentes de conocimiento: Constituciones Imperiales, preceptos y doctrinas, jurisconsultos romanos, constituciones promulgadas por Justiniano después de publicar la compilación.
  • 16.
  • 17. Fin de la república Cambios producidos por la expansión política y económica El conflicto entre patricios y plebeyos (quienes reclamaban equiparación política y social) Crisis institucional y guerra civil. Una guerra interna por el poder supremo (Pompeyo, Mario, Silla, Julio Cesar).
  • 18. Julio Cesar vence a Pompeyo en “Farsalo”; obtiene un título vitalicio y actúa como rey sin corona.Viola el “Pomerio”Conspiración para matarlo (44 a.C.)
  • 19. Triunvirato (Lépido – Marco Antonio – Octaviano) División del mundo romano y derrota de Marco Antonio (Actium) Octaviano recibe el título de Emperador
  • 21. Emperadores desctacos El Senado en el Imperio Como Augusto no tuvo hijos varones, designó como sucesor a Tiberio. Los emperadores que le siguieron hasta Nerón eran de familias Julia y se sucedían por herencia, pero tras la muerte de éste comienza la etapa en que los emperadores eran elegidos por el Senado o incluso por las legiones. Los más destacados fueron: Calígula, Claudio (el manco), Nerón; de la dinastía Flavia: Vespaciano, Nerva, Domiciano, Trajano. Marcos Aurelio, Septiomio Severo, Tito, Adriano, Constantino y hasta el último emperador de occidente Rómulo Augustulo. Ya que casi todas las provincias con ejército pasaron al control directo del emperador, las magistraturas se convirtieron en cargos honoríficos, y los candidatos a ellas necesitaban del visto bueno del emperador. Los Edictos (forma de pronunciamiento de los magistrados) imperiales se superpusieron a los Senadoconsultos (opinión no vinculante). El Emperador legislaba a través de los Edictos y Constituciones imperiales. Los gobernadores provinciales poseían poderes jurisdiccionales y podían emitir leyes propias para sus provincias, pero que podían ser recurridas ante el Senado y/o el Emperador.
  • 22. Caída del Imperio(476 d.C.) y Edad Media Constantino divide el Imperio (Occidente – Milán; Oriente- Constantinopla) Anarquía militar interna Declinación económica Caída de valores tradicionales Presión de los barbaros en la fronteras La creciente difusión del Cristianismo Muere Rómulo Augutulo Invasión de los Godos y Visigodos
  • 23. Edad Media Ocupación de los lombardos (568 al 774) Surge el Feudalismo (hasta la alta Edad Media); Intentos por recuperar parte o el total de la península por el Imperio de Bizancio; en el 800 d.C. Carlomagno se hace coronar por el Papa; conflictos entre familias aristocráticas por el papado. Primer Renacimiento (siglo XI); aristócratas italianos participan en las Cruzadas. Siglo XIV Cola Di Rienzo lidera una revolución. Carlomagno divide su imperio; Italia une su destino al de Francia y Alemania. Es objeto de disputas entre la autoridad imperial y pontificial salvo: Sicilia, Piamonte y Venecia.
  • 24. Renacimiento y decadencia política Revaloración de obras de la antigüedad; Leonardo da Vinci y Miguel Ángel y sus arquetipos del “hombre universal” y de Rafael la encarnación de la suprema belleza; obras de arte a cielo abierto, entre ellas: Venecia, Nápoles, Florencia, Roma, Milán, Mantua. Nicoló Maquiavelo: Las despiadadas leyes de la política; intelectuales de toda Europa viajan para aprender las reglas de la pintura, escultura o arquitectura; surge el Humanismo; Cristoforo Colombo; el florentino Américo Vespucci Sebastiano Gaboto. Toma de Constantinopla por los turcos (1453). Italia se encuentra irremediablemente dividida; Antes, durante y después la historia italiana está fuertemente muy ligada a la iglesia católica; Francia y España, se disputan el domino italiano; Piamonte y Venecia resisten. Tropas alemanas, suizas y españolas ocupan Roma en 1527. Jordano Bruno y el fraile napolitano Tommaso Campanella son quemados en la hoguera. Las teorías de Galileo Galilei son oficialmente condenadas. Los siglos XVII y XVIII son épocas de dominación ajena; la Lombardia se quedará un siglo y medio bajo la ocupación austriaca
  • 25. Revolución Francesa (1789), El despertar de Italia Predominio Austriaco Ideas revolucionarias Napoleón derrota a los austriacos; proclama de sendas republicanas con él como presidente. Italia controlada por Francia Ideales patrióticos (1815) Surge sociedades secretas: la Carbonería y la Joven Italia (Mazzini) Independencia pero: ¿Unificación o Federalismo? Levantamientos en Nápoles (1829) y Piamonte (1830)
  • 28.
  • 29.
  • 31.
  • 32. Advenimiento de la República
  • 33. VS
  • 34. VS
  • 35. Principios fundamentales Derechos y Deberes de los Ciudadanos Ordenamiento de la República Disposiciones Transitorias y Finales
  • 36. SISTEMA JURÍDICO UNIFICACION POLÍTICA -- REINO DE ITALIA -- 17 de marzo de 1861 BURGUESÍA PIAMONTESA Y TOSCANA
  • 37. 1869- CONCEJO DE ESTADO COMPETENCIA JUDICIAL    1946- FIN GUERRA MUNDIAL – REPÚBLICA   1 DE ENERO 1948 - CONSTITUCION - REPÚBLICA DEMOCRÁTICA REGIMEN PARLAMENTARIO  
  • 38. PARLAMENTO (ROL PREPONDRANTE)   SUFRAGIO UNIVERSAL REPRESENTACION CORPORAL   Constitución rígida – Contenidos pétreos: forma republicana, sistema parlamentario, justicia constitucional. La Constitución sienta las bases de la política exterior y de la relación con la unión europea
  • 39.
  • 40. Fuentes de derecho privado italiano Primarias: leyes, decretos ley, estatutos de regiones “códigos”. Secundarias con fuerza de ley: reglamentos, disposiciones de naturaleza general libres Secundarias sin fuerza de ley: reglamentos, normas administrativas de entes públicos El uso y la costumbre equidad Principios generales del ordenamiento jurídico jurisprudencia
  • 41. 1957 - TRATADO DE ROMA. COMUNIDAD EUROPEA  1980 - TRIBUNAL EUROPEO DE JUSTICIA SUPREMACÍA SOBRE TRIBUNALES NACIONALES
  • 42.
  • 43. Algunas veces en Italia se da el nombre de Parlamento a la sola cámara de Diputados y al Senado cuando, en los casos previstos por la constitución, los miembros de ambos cuerpos se reúnen en sesión conjunta y forman un único órgano deliberante.
  • 44.
  • 45. Sistemas Electorales. El derecho de elegir a los miembros del Parlamento se llama electorado activo o también llamado de voto o de sufragio. Art. 48 de la Constitución, “son electores todos los ciudadanos hombres y mujeres que han alcanzado la mayoría de edad. El voto es personal, igual, libre y secreto. Su ejercicio es deber cívico. El derecho de voto no puede ser limitado sino por incapacidad civil o por efecto de sentencia penal irrevocable o en los casos de indignidad moral indicados por la Ley”.
  • 46. Formación de la Cámara de Diputados. La Cámara de Diputados es elegida a sufragio universal y directo en razón de un diputado por ochenta mil habitantes o por fracción superior a cuarenta y un mil. Los diputados (590)son elegidos en 31 circunscripciones en las cuales el número de aquellos varía en proporción a la población. El procedimiento es complejo, puesto que el elector votando por una lista determina el número de los diputados que pertenecen a la misma; pero el elector tiene el derecho a manifestar sus candidatos preferidos dentro de la lista.
  • 47. Formación del Senado. Art. 57 de la Constitución :”El Senado de la República es elegido sobre una base regional. A cada región es atribuido un senador por cada doscientos mil habitantes o fracción superior a cien mil. Ninguna región puede tener un número de senadores inferior a seis. El Valle de Aosta tiene un solo senador”. A más de estos senadores electivos (237) la Constitución prevé un pequeño número de senadores vitalicios.
  • 48. Duración del mandato Parlamentario. “La Cámara de Diputados es elegida por cinco años, el Senado de la República por seis. La duración de cada cámara no puede ser prorrogada sino por Ley y solamente en caso de guerra”. “Las elecciones de las cámaras nuevas se efectúan dentro de 70 dìas del tèrmino de las precedentes..”.
  • 49. Exclusión del Mandato Parlamentario. Según el art. 67 de la Constitución Italiana “cada miembro del parlamento representa a la Nación y ejerce sus funciones sin vinculación de mandato”.
  • 50. Juramento. En Italia, no se requiere ningún juramento para los diputados y senadores, así ellos mismos entran directamente en función por efecto de la proclamación o de la comunicación al Senado en el caso de los senadores de derecho o vitalicios.
  • 51. Formación de las Leyes Ordinarias. La Constituciòn establece en el art 62: “Las Cámaras se reúnen de derecho el primer día no feriado de febrero y de octubre. Cada cámara puede ser convocada en via extraordinaria por iniciativa de su Presidente o del Presidente de la República o de un tercio de sus componentes. Cuando se reúna una Cámara es convocada de derecho también la otra”.
  • 52. La Iniciativa de las Leyes. El art. 70 de la Constitución dispone: “La función legislativa es ejercida colectivamente por las dos Cámaras”. El art. 71 agrega: “La iniciativa de las leyes pertenece al Gobierno, a cada uno de los miembros de las cámaras y a los órganos y entidades a los cuales sea conferida por las leyes constitucionales. El pueblo ejerce la iniciativa de las leyes mediante la propuesta.
  • 53. Iniciativa de las Leyes. Gobierno. Miembros de las Cámaras. Consejo Nacional de la Economía y del Trabajo. Los Consejos Regionales. Y al Pueblo.
  • 54. La Promulgación. Las Leyes son promulgadas por el Presidente de la República, pero éste tiene un mes de tiempo, si las Cámaras cada una con mayoría absoluta no declara la urgencia de ellas. Las leyes son publicadas y entran en vigor el decimoquinto día sucesivo a su publicación. El Presidente está obligado a promulgar la Ley, pero puede ejercer un veto muy limitado.
  • 55. Formación de las Leyes Constitucionales. Las Cámaras deben deliberar y aprobar la Ley. Después de un intervalo de tiempo no inferior a tres meses, Las Cámaras deben deliberar sobre la misma Ley y aprobarla con la mayoría absoluta de los componentes de cada Cámara. La Ley se considera aprobada definitivamente. Si la Ley es aprobada con la sola mayoría absoluta, ella no es promulgada por el Jefe de Estado y se publica en la “Gaceta Oficial” como una Ley que espera un acto de aprobación.
  • 56. La Forma Republicana de Gobierno. El art. 139 de la Constitución Italiana dispone: “La forma republicana no puede ser objeto de revisión constitucional”. Este artículo prohíbe toda vuelta legal a la monarquía .
  • 57. Otros Actos del Parlamento. Reglamentos Internos: La Constitución Italiana expresa en su art 64 que “cada Cámara adopta su propio reglamento por mayoría absoluta de sus componentes”. Contralor sobre el Gobierno: otros actos importantes del Parlamento además de las leyes son: La interrogación, la interpelación, la moción u orden del día y la investigación.
  • 58. Formación de otros órganos constitucionales. Las Cámaras Italianas: Eligen el Presidente de la República. Determinan la designación del Consejo de Ministros. Nombran un tercio de los miembros del Consejo Superior de la Magistratura. Nombran un tercio de los miembros de la Corte Constitucional.
  • 59. El Presidente de la República Italiana. Es el Jefe de Estado y cuyos poderes son aproximadamente análogos a los del Rey de Inglaterra.
  • 60. Presidente de la República. Requisitos: (art. 84) Presidente Italiano puede ser todo ciudadano, sin distinción entre ciudadanía originaria o adquirida, que haya cumplido 50 años de edad y goce de los derechos civiles y políticos. Incompatibilidad: no puede ocupar otro cargo privado y hasta el ejercicio profesional de actividades económicas.
  • 61. Elección. El Presidente es elegido por el Parlamento en sesión conjunta de las dos Cámaras. En la elección también participan tres delegados de cada Región.
  • 62. Duración y Conclusión del Cargo. El Presidente de la República es elegido por siete años y es siempre reelegible, porque nada lo prohíbe.
  • 63. Funciones. La unidad del Estado, como en las relaciones con el exterior o en ciertos momentos de la vida nacional. Representa y personifica la unidad y la continuidad nacional. Es el gran consejero, el magistrado de persuasión y de influencia, el coordinador de actividades, el jefe espiritual de la República.
  • 64. Relaciones con el parlamento y la función legislativa. El Jefe del Estado convoca las Cámaras a elecciones y fija sus primeras reuniones. Puede enviar a las Cámara mensajes de carácter político general o específico para determinadas materias. Puede disolver las Cámaras y también una de ellas. Puede designar a 5 senadores vitalicios.
  • 65. Recibe a los Presidentes de ambas Cámaras en ocasión de las fiestas. Autoriza la presentación a las Cámaras de los proyectos de Ley de iniciativa gubernamental. Promulga las leyes y los decretos con valor de Ley. Convoca al referéndum popular en los casos previstos en la constitución.
  • 66. Relaciones con el Gobierno y la función gubernamental. El Presidente nombra al Presidente del Consejo de Ministros y a los Ministros. Nombra a los subsecretarios de Estado, a los altos comisarios y a los funcionarios que la Ley indique. Declara el estado de guerra deliberado por las Cámaras, preside el Consejo Supremo de Defensa y tiene el Comando de las fuerzas armadas.
  • 67. Relaciones con los órganos y la función jurisdiccional. El Presidente Preside el Consejo superior de la Magistratura. Nombra a 5 jueces de la Corte Constitucional. Puede conceder gracias, conmutar penas y, previa delegación del parlamento, dictar decretos de amnistía e indulto.
  • 68. La Secretaría general de la Presidencia de la República. Comprende todas las oficinas y servicios necesarios para que el presidente pueda ejercer sus funciones y para la administración de la dotación asignada al mismo. El Secretario General ejerce la superintendencia de todas las oficinas y servicios de la Presidencia de la República. La secretaría General es una administración pública autónoma y dicha autonomía es administrativa y financiera.
  • 69. El Gobierno. El art. 92 dispone: “El Gobierno de la República está compuesto por el Presidente del Consejo y los Ministros que constituyen juntos el Consejo de Ministros”. Cada Ministro secretario de Estado tiene a su cargo un Ministerio.
  • 70. Funciones. Funciones Colegiadas: El Presidente del Consejo y de los Ministros toman decisiones en Consejo, es decir colegiadas. El consejo es convocado por el Presidente, que lo preside, dirige las discusiones y suscribe las actas juntamente con el subsecretario.
  • 71. Funciones Individuales. El Presidente del Consejo dirige la política General del Gobierno y es responsable de ella. El Presidente mantiene la unidad de dirección política y administrativa, promoviendo y coordinando la actividad de los ministros. El Presidente del Consejo debe refrendar los actos del Presidente de la República que tengan valor legislativo. Los ministros dirigen la actividad general de su propio departamento , refrendan los decretos del Presidente de la República que dan sanción a proposiciones de los respectivos Ministerios, preparan proyectos de Ley.
  • 73. Jueces conciliadores Pretores = juez de paz letrado (arg) Tribunales = juzgados de 1ra instancia (arg) Cortes de apelación = cámaras de apelación (arg) Corte de Casación Cortes de “Assise”
  • 74. Consejo Superior de la Magistratura Garantizar la independencia y autonomía de la magistratura respecto de los otros poderes del Estado.
  • 75. Corte Constitucional Esta constituida por 15 jueces que duran 12 años en el cargo. Juzga sobre la constitucionalidad de las leyes. Juzga en casos de conflicto de atribuciones entre el Estado y las Regiones o entre Regiones. Juzga en los casos de acusación contra el Presidente y los ministros. Las normas declaradas inconstitucionales no pueden aplicarse a partir de la publicación de la decisión y tienen efecto para todos.
  • 76.
  • 77. División Política Italia es, desde 1947, un Estado unitario con simple autonomía regional. Está dividida en 20 Regiones. Las Regiones son entes con amplia autonomía administrativa. 5 Regiones tienen formas y condiciones especiales de autonomía.
  • 78. Órganos de la Región: Consejo Regional Miembros elegidos por ciudadanos residentes en la Región. Dicta el Estatuto de la Región. Dicta leyes sobre temas de interés técnico y local. Designa miembros para la elección del Presidente de la Republica. El Estatuto debe ser aprobado por Ley de la Republica. Las leyes regionales debe ser visada por el Comisario del gobierno central residente en la Región.
  • 79.
  • 80.
  • 81.
  • 82. Las normas regionales son ejecutadas por las Provincias y las Comunas. Hay 109 Provincias y 8101 Comunas. Las Provincias y Comunas pueden, a su pedido, separarse de una Región y agregarse a otra.
  • 83. El Estado y la Iglesia 1860: El Estado Italiano ocupa y anexa provincias del Estado Pontificio. 1870: El Estado Italiano ocupa Roma. Cuestión Romana: El clero asume una posición de hostilidad hacia el Estado. 1923: Mussolini declara a la religión Católica como religión del Estado. 1929: Se firman los Pactos de Letrán Regula las relaciones entre el Estado y la Santa Sede y constituye a la Ciudad del Vaticano como un Estado con sus propios ciudadanos, territorio y soberanía.
  • 85.
  • 86.
  • 87. Optimización de los servicios del agua Ley Galli: Coloca los recursos del agua dentro del patrimonio público. Noviembre de 2009: El Poder Ejecutivo propone privatizar el servicio de distribución del agua. Marzo de 2010: El pueblo italiano protesta en las calles contra la privatización. Enero de 2011: El Tribunal Constitucional se pronuncia a favor de la realización de un referéndum nacional. Junio de 2011: Realización de la consulta ciudadana.