1) El documento analiza el proceso de privatización de la educación pública en Colombia a través de varios decretos y leyes que han ido descentralizando y municipalizando el sistema educativo.
2) Un eslabón clave ha sido el decreto 1290 de 2009 que, bajo el pretexto de evaluación y promoción, en realidad desarrolla la "plantelización" para entregar la educación a manos privadas.
3) El objetivo final es implementar un sistema de "bonos" para que los padres elijan la educación que puedan
18-01-2013 El Gobernador Guillermo Padrés en entrevista manifestó que elimina...Guillermo Padrés Elías
Hermosillo, Sonora.- Dar marcha atrás a la Contribución al Fortalecimiento Municipal (COMUN), no solamente significaría dejar de ingresar 780 millones de pesos al Estado, sino que sus efectos se traducirían en miles de millones de pesos que tampoco podrán captarse para crear desarrollo, crecimiento y bienestar para todos los sonorenses, explicó el Gobernador Guillermo Padrés.
18-01-2013 El Gobernador Guillermo Padrés en entrevista manifestó que elimina...Guillermo Padrés Elías
Hermosillo, Sonora.- Dar marcha atrás a la Contribución al Fortalecimiento Municipal (COMUN), no solamente significaría dejar de ingresar 780 millones de pesos al Estado, sino que sus efectos se traducirían en miles de millones de pesos que tampoco podrán captarse para crear desarrollo, crecimiento y bienestar para todos los sonorenses, explicó el Gobernador Guillermo Padrés.
Una muestra de como van los avances en el conflicto por una educacion de calidad y que el gobierno asuma su responsabilidad en el financiamiento de la educacion,
las respuestas del gobierno que el ministro no ha sabido capitalizar, agravando el conflicto
Tanto las peticiones de los jovenes como las respuestas del gobierno tienen poca claridad, lo que dificulta el entendimiento y el conflicto se hace un dialogo de sordos, ahi un resumen de las respuestas que el gobierno ha dado a los estudiantes,, lo que ha significado un gran avance a una buena solucion
La Constitución de 1991 trajo una ambigua definición sobre el reconocimiento de derechos fundamentales y los principios neoliberales, que ha llevado a que los gobierno siempre afecten el gasto social para mantener el crecimiento económico, en favor de las multinacionales, los acuerdos con la banca mundial y el capital privado.
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Van 400 expedientes contra presidentes y regidores de Oaxaca. Multan a canadiense por construir sobre tierras en litigio.
Modernización Municipal y Sistema de Evaluación de su GestiónNelson Leiva®
Proponer una mayor modernización de los municipios en Chile es un lugar común. El mayor desafío no es impulsar esta idea sino que contar con los “enfoques y métodos técnicamente adecuados” y que, a la vez, sean “políticamente factibles” para ese objetivo. Para lo anterior, el país debe avanzar hacia un conocimiento que sea sensible al “modelo de agregación de valor” y los “modos de organización operativa” propios de sus municipios.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Algunos estudiantes secundarios agrupados en la COMES (Coordinadora metropolitana de estudiantes secundarios) y CONES (Coordinadora nacional de estudiante secundarios) sostuvieron una reunión el dìa 16 de setiembre en la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) con representantes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para exponerles nuestra realidad educacional y las razones por las cuales nos hemos mantenidos movilizados exigiendo EDUCACIÓN ESTATAL GRATUITA, LAICA, DE CALIDAD Y ÚNICA ; y sostener un dialogo técnico con ellos para recibir orientación al respecto.
BLOG: http://nocreasquesabestodo.blogspot.com
COMES: http://www.facebook.com/profile.php?id=100002757721954
CONES: http://www.facebook.com/coneschile
CEPAL: http://www.eclac.cl/cgi-bin/getProd.asp?xml=/prensa/noticias/comunicados/6/44566/P44566.xml&xsl=/prensa/tpl/p6f.xsl&base=/prensa/tpl/top-bottom.xsl
A CONTINUACIÓN EXPONDREMOS EN ESTA PAGINA LOS POWER POINT QUE COMPARTIMOS CON ELLOS. En el siguiente orden:
Introducción:
1.- Transformación educativa desde Dictadura.
Desarrollo:
2.- Municipalización (Sostenedores, financiamiento, funcionamiento).
3.- Privatización (Sostenedores, financiamiento, funcionamiento).
4.- Funcionamiento establecimiento educacionales Técnico Profesional.
5.- Diferencias en la malla curricular.
Respaldos:
6.- Educación como derecho
Tesis:
“La educación debe ser pública en Chile” (¿Bajo qué parámetros? : Laica, gratuita, de excelencia, única)
Nuestra propuesta:
¿Cómo queremos que se empiece a construir la nueva educación pública? : Petitorio Nacional (CONES)
Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
Una muestra de como van los avances en el conflicto por una educacion de calidad y que el gobierno asuma su responsabilidad en el financiamiento de la educacion,
las respuestas del gobierno que el ministro no ha sabido capitalizar, agravando el conflicto
Tanto las peticiones de los jovenes como las respuestas del gobierno tienen poca claridad, lo que dificulta el entendimiento y el conflicto se hace un dialogo de sordos, ahi un resumen de las respuestas que el gobierno ha dado a los estudiantes,, lo que ha significado un gran avance a una buena solucion
La Constitución de 1991 trajo una ambigua definición sobre el reconocimiento de derechos fundamentales y los principios neoliberales, que ha llevado a que los gobierno siempre afecten el gasto social para mantener el crecimiento económico, en favor de las multinacionales, los acuerdos con la banca mundial y el capital privado.
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Proponer una mayor modernización de los municipios en Chile es un lugar común. El mayor desafío no es impulsar esta idea sino que contar con los “enfoques y métodos técnicamente adecuados” y que, a la vez, sean “políticamente factibles” para ese objetivo. Para lo anterior, el país debe avanzar hacia un conocimiento que sea sensible al “modelo de agregación de valor” y los “modos de organización operativa” propios de sus municipios.
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CONES: http://www.facebook.com/coneschile
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Introducción:
1.- Transformación educativa desde Dictadura.
Desarrollo:
2.- Municipalización (Sostenedores, financiamiento, funcionamiento).
3.- Privatización (Sostenedores, financiamiento, funcionamiento).
4.- Funcionamiento establecimiento educacionales Técnico Profesional.
5.- Diferencias en la malla curricular.
Respaldos:
6.- Educación como derecho
Tesis:
“La educación debe ser pública en Chile” (¿Bajo qué parámetros? : Laica, gratuita, de excelencia, única)
Nuestra propuesta:
¿Cómo queremos que se empiece a construir la nueva educación pública? : Petitorio Nacional (CONES)
Presentación de la conferencia sobre la basílica de San Pedro en el Vaticano realizada en el Ateneo Cultural y Mercantil de Onda el jueves 2 de mayo de 2024.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Evaluación de Lengua Española de cuarto grado de primaria
Privatización de educación pública
1.
2. La máxima amenaza que se cierne sobre la
profesión docente, la estabilidad laboral de los
docentes y su cualificación, no es ya el
decreto 1278. Éste es, ahora, sólo un eslabón
clave del proceso de privatización que tiene
ya estructura que le permite al régimen
acelerar y precipitar el arrasamiento de la
educación pública y (para ello) la de la
profesión docente: tal es el estrecho lazo
entre los decretos 1290 y 2355, con la ley 1324
de 2009.
3. El decreto 1290 NO es, tal como ha sido
presentado, un decreto que organiza y
direcciona la evaluación y la
promoción. Ni es “pedagógico”, ni es
“inocente”
ES UN DECRETO QUE DESARROLLA Y
DESPLIEGA LA Plantelización
4. La plantelización es la fase siguiente del
proceso de privatización de la
educación pública.
La etapa subsiguiente a la plantelización,
será entregar “bonos” de “subsidios” a
cada cliente, de acuerdo con las
propuestas neoliberales (de Friedman a
Hayeck)
5. “…sufragar el coste de la instrucción con
cargo a los ingresos públicos sin
mantener escuelas estatales, con sólo
facilitar a los padres de familia bonos
que, cubriendo el importe de los gastos
que implicara la educación de cada
adolescente, pudieran ser entregados a
los establecimientos educativos de su
elección”
Los fundamentos de la libertad
F. A. Hayeck
6. Terminado el ciclo, se disminuye
paulatinamente (y de acuerdo a
estratos) el monto de cada bono…
hasta dejar la financiación
completamente en manos de los padres
de familia que comprarán la educación
que puedan pagar (incluida la que
puedan comprar al crédito)
7. La etapa anterior fue la municipalización.
El mecanismo maestro de la
municipalización y de la plantelización
es la acreditación.
8. Es un mecanismo que pretende
legitimar y encontrar o ampliar el
respaldo ciudadano a las instituciones
estatales, en tanto estas imponen
una política pública que se orienta a
la privatización.
¿Cómo lo hicieron?
11. Ley 12 de 1.986, inicia la descentralización
política (Elección Popular de Alcaldes y se
desarrollan los fiscos Municipales con recursos
provenientes de impuestos regresivos como el
IVA)
Decreto Ley 077 de 1987, Estatuto de
Descentralización. La construcción, dotación y
mantenimiento de los Planteles educativos,
instalaciones deportivas, pasan a cargo de los
Municipios.
12. Ley 11 de 1986 y decreto 78 de 1987
Establecen las “competencias”: Determinación
de las rutas de los servicios públicos de
transporte, Manejo de los acueductos,
Construcción de aulas escolares, Prestación
de los servicios públicos básicos, Poner en
marcha planes de desarrollo municipal,
Cobrar y actualizar impuestos.
13. Ley 29 de 1989, denominada ley de
municipalización
delega la administración de la educación a los municipios.
La C.N. De 1991, planteo la descentralización
Ley 28 de 1988, reestructura el MEN.
1. Como instrumento de “modernización del Estado”, es
decir adecuación al nuevo ciclo de acumulación
(desmonte del llamado “Estado Keynesiano”.
2. 2. Como mecanismo de racionalización, eficiencia y
eficacia de la gestión estatal (vale decir la aplicación de
los principios “neo”liberales).
14. Decreto 2127 de 1.992, reestructura el MEN,
se fortalece la planificación en nombre del
“desarrollo pedagógico” (entable del
individualismo metodológico, entre las
pedagogías basadas en el conductismo y las
exigencias del constructivismo, por ejemplo la
formulación del “saber hacer en contexto”) al
tiempo que descentraliza funciones de
administración y manejo de personal (mayor
control y plena responsabilidad económica).
15. Ley 10/90, en artículo 37 establece la
certificación en salud de las entidades
territoriales.
Ley 60 de 1993. Ley de distribución de
recursos (transferencias) y competencias
(responsabilidades): El artículo 14 ratifica
el concepto certificación de la salud.
16. El Artículo 7 de la Ley 60/93 delega,
desconcentra o descentraliza las
competencias de la Nación y el
Departamento.
El Artículo 16 de la Ley 60/93: Establece
la certificación en educación de los
municipios con población igual o mayor
de 100.000 habitantes.
17. Ley 115 de 1994, Ley General de
Educación, promueve la “descentralización
pedagógica, curricular,” enuncia el desarrollo
de la “autonomía escolar” y la relación del
municipio y la comunidad.
18. La ley 715 de 2001 Artículo 20: impone la
certificación a los departamentos y
distritos y establece un plazo hasta el
2002 para que la Nación certifique a los
municipios cuya población sea igual o
mayor 100.000 habitantes. Y los menores
de 100.000 hacerlo posteriormente
19. Porcentaje de los ICN por años
55
50
45
40
35
30
25
1990 2000 2002 2004 2008
21. AÑO 2009 AÑO 2015
SIN REFORMA 24 BILLONES 46.5
BILLONES
CON REFORMA 20 BILLONES 29.5
BILLONES
22.
23. Argumentos del régimen
las transferencias a los departamentos y
municipios son demasiadas y llevan a un
debilitamiento del Estado central que impide el
desarrollo del país.
los recursos transferidos no se invierten en lo
debido y que se violan los topes definido por la
ley 60/93.
Este modelo de transferir recursos desde el
Estado central a los municipios pequeños es
inadecuado, siendo este gasto improductivo.
24. Las mayores transferencias de recursos
nacionales han coincidido con menor
esfuerzo fiscal en la gran mayoría de los
municipios del país.
La presencia de una transferencia
automática ha conducido a una situación de
pereza fiscal e indolencia en el gasto.
Es más fácil recurrir al gobierno Nal en
busca de fondos que enfrentar a los
votantes locales con impuestos.
25. El desbordamiento en el gasto público
central, el incremento del déficit se debe
a que el Estado central siguió
manteniendo la misma burocracia que no
fue eliminada. Ahora el desbordamiento
del gasto se debe al pago de la deuda
externa 46% del PIB y el presupuesto
exagerado para la guerra y la Seguridad
democrática.
Los gastos del Estado central han venido
creciendo.
26. Esquema del contenido esencial de la reforma constitucional de 2001
1991
Destinación especifica
Crecimiento
Satisfacción de
necesidades
“Cacao” (el ente
regional puede
solicitar al Estado
central que venga en
su auxilio)
2001
Sistema General
de Participación
Capitación
“Recursos
Propios”
27. Con la municipalización se ha avanzado
en Colombia y en otros países
latinoamericanos en la “globalización”,
apertura a los mercados externos,
privatización… nuevo papel de los Estados
Nacionales,
La descentralización (la municipalización,
ahora la plantelización) fue forzada por la
crisis del capitalismo y, como política,
opera como contra tendencia y depende,
para imponerse, de la correlación de
fuerzas.
28. Nuevas responsabilidades económicas de los entes territoriales
“certificados”, en relación con el cubrimiento del “servicio” de la
FALTANTE
NOMINA FUNCIONAMIENTO
EDUCACION
58.5%
CALIDAD
EDUCATIVA
INFRAESTRUCTURAA
TRANSPORTE
ESCOLAR
CONTRATACION
SERVICIO
EDUCATIVO
GASTOS DE
PERSONAL
PROVISION
CANASTA
EDUCATIVA
educación (Fuente: Gonzalo Hoyos)
29. Demostrar:
Capacidad técnica.
Capacidad administrativa.
Capacidad financiera.
Tener
1) Plan de desarrollo municipal armónico con
las políticas nacionales. 2) Establecimientos
educativos organizados para ofrecer el ciclo
de educación básica completa. 3) Planta de
personal definida de acuerdo con los
parámetros nacionales. 4) capacidad
institucional, para asumir los procesos y el
sistema de información del sector educativo
30. Mínimos requeridos en materia de
implantación de procesos y sistemas:
•Gestión de Programas y Proyectos
•Gestión de Cobertura
•Gestión de Calidad
•Atención al Ciudadano
•Recursos Humanos Integrado
•Recursos Financieros Integrados
31. Prestar el servicio educativo en condiciones de
equidad, eficiencia y calidad.
Participar con recursos propios en la
financiación de la educación.
Efectuar nombramientos del personal sin
superar los recursos de la bolsa.
Pago de personal docente y administrativo
de las instituciones educativas públicas, las
contribuciones inherentes a la nómina y sus
prestaciones sociales.
32. Contratación del servicio educativo.
Construcción de la infraestructura, mantenimiento y
funcionamiento de los establecimientos educativos.
Destinar recursos a mantener y promover la calidad
educativa.
Contratación de las actividades administrativas en los
planteles con agentes estatales o no estatales.
En ningún caso el personal vinculado con recursos
propios podrá ser financiado con cargo al Sistema
General de Participaciones Territoriales.
Las entidades territoriales darán prioridad a la inversión
que beneficie a los estratos más pobres.
33. Fase A: Municipalización (acreditación)
› 1ª etapa ( 100.000 o mas habitantes)
› 2ª etapa todos ( inviables)
Fase B: Plantelización (acreditación-ISO-MECI)
Fase C: “Bonos”
Fase final: Deterioro de los bonos
34. A partir del año 2000, se produjo en Colombia
un ajuste del régimen político y una
variación en el Sistema de Gobierno. Luego
de una enmienda constitucional que
recortó el monto de los dineros del Estado
destinados a cubrir la salud, el agua
potable, el saneamiento ambiental y la
educación, los agentes de las clases
dominantes expidieron la ley 715 que
impuso un esquema de restricciones al
presupuesto nacional
35. Producto de ese ordenamiento legal se
originó el decreto 0230 de 2002 que, en
suma, desarrolló esa enmienda
profundizando el proceso de privatización
de la educación pública estatal. Este
decreto aparece, IGUALMENTE, como una
reglamentación de la evaluación, pero fue
realmente un instrumento de la
privatización (sentó las bases del proceso
subsiguiente).
36. Hizo de la evaluación externa un
mecanismo para liquidar la autonomía
curricular implementando un currículo
único, dogmático y obligatorio.
Dejó como referente esencial de los
procesos institucionales la acreditación y el
manejo gerencial de acuerdo con pautas
estandarizadas (normas ISO 9001 – 2001) en
el camino de la plantelización y de la
imposición de las pautas del mercado al
conjunto de la academia y la educación
37. Acosó laboralmente y generó inestabilidad
de los docentes, especialmente los
vinculados a través del decreto 1278,
sometidos ahora a “auditorías” internas y
externas, en el intento de convertirlos en
dóciles operarios de un currículo único,
puesto al servicio de los empresarios, de la
“globalización” (imperialista) y de la
“incertidumbre laboral”; liquidando de
paso las conquistas del magisterio
colombiano.
38. Su lógica economicista impuso la
promoción (independientemente del
proceso de enseñanza-aprendizaje) de
un 95% de los estudiantes de cada
Institución Escolar. Introdujo en la
práctica, sobre todo en las instituciones
escolares donde el pueblo se educa, un
muy democrático “derecho a la
ignorancia”.
39. Introdujo las competencias como el eje
central del currículo de acreditación y
del proceso de formación, en función
de la generación mano de obra (sumisa
y barata) para la globalización
Dio paso a la “autonomía fiscal”
Pero… NO fue un decreto que
actuó “solito”
40. Decreto 1850/02: Calendario académico, jornada
laboral y escolar (más clientes del “servicio” con
menos maestros)
Decreto 3020/02: organización de la planta de
personal docente y administrativo (legaliza el
hacinamiento)
Decreto 1278/02: Nuevo sistema e contratación y
escalafón docente (desprofesionalización y
“flexibilidad” de nuestra fuerza de trabajo)
Decreto 3222/03: Traslados (“Flexibilización” del
“recurso docente”)
Decreto 2700/04: Certificación de municipios
(primera oleada y esquema de privatización)
41. Garantizaban (y aseguraban) que todo el
currículo estuviese sometido a la
“pedagogía de las competencias”, a los
reguladores del currículo subordinados de
manera absoluta a los estándares y a las
necesidades de fuerza laboral establecidas
por el mercado y por los intereses de los
empresarios.
42. Pretendían imponer la evaluación de
desempeño como alternativa; y, al
conductismo, asociado
estratégicamente al constructivismo,
como fundamento ontológico de una
pedagogía única unida a un
proyecto de reproducción (y
mantenimiento) de la sociedad
actual.
43. Reiteraban que “la evaluación es el proceso
permanente y objetivo mediante el cual es valorado el
nivel de desempeño de los estudiantes en relación con
las competencias básicas””
Definían, una vez más, pero ya desde la norma
obligatoria, que la competencia es “el saber
hacer en situaciones concretas que requieren la
aplicación creativa, flexible y responsable de
conocimientos, habilidades, valores y actitudes”.
44. Asumían un modelo de escuela enfocado
en el aprendizaje de competencias para
saber hacer en momentos concretos,
abandonando la posibilidad de la
formación crítica del estudiante.
Aspiraban a imponer un tipo de Institución
Educativa que pierde autonomía y
capacidad de asumir la orientación de su
concepción pedagógica,
45. Dejaban en aparente libertad a las
instituciones para definir cuáles y cuántos
estudiantes podían o debían ser promovidos (y
quienes no)… pero insistían en que el riesgo
que se corre al hacer la exigencia
académica, y al denegar la promoción a
quienes no estén preparados para ella…
radica en que la “institución escolar” (el
colegio individualmente considerado) pudiera
ser calificado -a su vez- como “deficiente”,
como “escaso de calidad”
46. Los estándares de calidad definirían, desde
estos borradores, la no-repitencia y la
promoción del 100%, como síntoma de
(buena) “calidad”.
Expulsaron la evaluación del proceso
didáctico (enseñanza-aprendizaje)
“Valoraron” al estudiante reducido al
“desempeño” .
Impusieron una evaluación-sanción para el
docente y generalizaron la de desempeño,
47. Dada su subordinación a las “pruebas
externas” basadas en estándares, NO
consideraron realmente:
› la existencia de diferentes ritmos y estilos
de aprendizaje,
› las condiciones materiales de la práctica
escolar,
Sometieron todo a la “medida” dada por
evaluaciones censales que garantizan la
competencia entre instituciones, en el
proceso que se abre con la plantelización.
48. Introducían una supuesta y falaz “autoevaluación
institucional” y la evaluación externa orientadas
hacia los “planes de mejoramiento”, en el camino
de encontrar “instituciones inviables” que deben
ser cerradas (para entregarlas a los particulares).
Reducían la evaluación a un asunto meramente
“técnico”; y persistieron en cerrar aún más el
esquema del currículo único, que obedece al
pensamiento también único impuesto por la
postmodernidad
49. Asumieron como evaluación a los
síntomas, considerados en sí
mismos, y dejaron en el vacío el
verdadero diagnóstico que
determine las causalidades del
“buen” o “mal” rendimiento
escolar.
50. Ignoraron el sentido que puedan tener:
a) el método, las metódicas o la
metodologías asumidas en el proceso de
enseñanza-aprendizaje,
b) Las condiciones materiales de la practica
escolar (la legislación, alimentación de los
estudiantes, distribución del tiempo escolar,
ausencia o presencia de bibliotecas,
canchas, laboratorios).
51. Asumieron como referente un estudiante
“ideal” que no existe, y por tanto
homogenizaban ritmos, estilos y modos de
aprendizaje,
Asumieron que todos los maestros deben ser
idénticos al modelo de maestro operario de un
currículo único, y que las falencias de uno y
otro se pueden delatar en las pruebas
censales ó estandarizadas que medirían, al
mismo tiempo, la calidad de las instituciones y
la idoneidad de cada docente.
52. Desconocieron la existencia de estudiantes
con necesidades educativas especiales
(sobre todo aquellos que presentan
discapacidad cognitiva, los cuales en su
mayoría no se encuentran en los
requerimientos conceptuales que las
pruebas exigen),
Responsabilizaron por entero al docente
(individualmente considerado) del trabajo
con esta población, sin dar cuenta de los
recursos necesarios para atender sus
procesos.
53. Sentaban y daban continuidad al
preconcepto según el cual es
docente es el responsable único de
las falencias escolares… y debe ser
penalizado por ello
54. En todo este proceso no se ha tenido
en cuenta la voz del magisterio, ni sus
pronunciamientos, ni sus elaboraciones
teóricas.
Como consecuencia de todo esto:
La nueva norma obedece sólo a las políticas
de privatización de la educación y de
adecuación del currículo a las necesidades
del actual ciclo de acumulación, tal como
lo dictaminan los llamados organismos
internacionales del crédito (BID, FMI, BM).
55. Se articula, como el 0230, en (y con) la
reglamentación de la Ley 715 que busca una
educación más “eficiente”, menos costosa y más
rentable:
- Decreto 1850/02: Calendario académico, jornada
laboral y escolar
- Decreto 3020/02: organización de la planta de
personal docente y administrativo
- Decreto 1278/02: Nuevo sistema e contratación y
escalafón docente
- Decreto 3222/03: Traslados
- Decreto 2700/04:Certificación de municipios
56. EL DECRETO 1290 se fundamenta,
igualmente, en la misma legislación y en
los mismos presupuestos del Decreto
230/02… Por eso estaba ya previsto en
documentos tales como
Visión Colombia II Centenario, 2019
Plan sectorial 2000-2010
Revolución Educativa
57. Es tuerca y tornillo, causa y efecto,
instrumento y resultado de las
apuestas “neo”liberales.
58. Antes de establecer los objetivos, define cómo
la evaluación de los aprendizajes de los
estudiantes se realizarán en ámbitos:
Internacional: participación de los estudiantes
del país en pruebas que dan cuenta de la
calidad de la educación frente a estándares
internacionales
Nacional: El MEN y el ICFES realizarán pruebas
censales “con el fin de monitorear la calidad
de la educación de los establecimientos
educativos con fundamento en los estándares
básicos”.
59. Finalmente se incluye la evaluación
Institucional del aprendizaje de los
estudiantes realizada en los
establecimientos “para valorar el
nivel de desempeño de los
estudiantes”.
60. Luego de establecer una aparente autonomía, se
establece una Escala de valoración nacional, como:
Desempeño Superior… Desempeño Alto… Desempeño
Básico… Desempeño Bajo… donde el “desempeño
básico” se entiende como “la superación de los
desempeños necesarios en relación con las áreas
obligatorias y fundamentales, teniendo como referente
los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos
expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo
establecido en el proyecto educativo institucional”. El
desempeño bajo se entiende como “la no superación
de los mismos”.
61. Decreto 2355 Por el cual se reglamenta la
contratación del servicio público educativo
por parte de las entidades territoriales
certificadas
[que…]
podrán celebrar los contratos a que se
refiere el presente decreto, cuando se
demuestre la insuficiencia para prestar el
servicio educativo en los establecimientos
educativos estatales de su jurisdicción.
62. ….con las personas de derecho público o
privado que señala la ley y de reconocida
trayectoria e idoneidad en la prestación o
promoción del servicio de educación formal.
[Bajo las figuras de…]
a) Concesión del servicio educativo.
b) Contratación de la prestación del servicio
educativo.
c) Administración del servicio educativo con las
iglesias y confesiones religiosas.
63. En ningún caso, la entidad territorial
contratante contraerá obligación
laboral con las personas que el
contratista vincule para la ejecución de
los contratos
En consecuencia, el personal …. que
vincule si contratista para la ejecución
de los contratos ….cuyo costo sea
cancelado con los recursos asignados
en el contrato, en ningún caso formará
parte de la planta oficial de la entidad
territorial contratante
64. El MEN, desde las pruebas externas
nacionales e internacionales y evalúa los
SIEE. (Art. 9)
Las Entidades Territoriales certificadas hace
seguimiento a los SIEE en relación a los
resultados de las pruebas externas
(adicionalmente, resuelven las
reclamaciones que se presenten en las IE).
(Art.10)
65. En realidad el Estado impone, controla y
define los “Sistemas de evaluación
escolar”, pero la responsabilidad recae
principalmente (o exclusivamente) sobre
los docentes y directivos docentes
Tras la aparente “anarquía” hay un plan
coherente que apunta a penalizar el
“desempeño” docente y a declarar
“inviables” las instituciones… y ambas
cosas tendrán consecuencias…
66. El magisterio colombiano tiene que apelar a
su saber. En largos años hemos construido
un punto de vista sobre la pedagogía, la
educación y la didáctica. Tenemos mucho
que decir y hacer sobre la evaluación,
recuperándola como un mediador
esencial entre la enseñanza y el
aprendizaje. No podemos olvidar que la
pedagogía es la política por otros medios.
67. De cómo organicemos la resistencia en
este terreno, con los estudiantes y
padres de familia de los sectores
populares, dependerá el futuro de la
profesión docente en Colombia…
pero también el futuro de la
educación pública financiada por
Estado y asumida como un derecho
del pueblo.