2. INTRODUCCIÓN
Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger
para su tratamiento cuando sean adecuados,
pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y
las finalidades determinadas, explícitas y legítimas
para las que se hayan obtenido y no podrán usarse para
finalidades incompatibles con aquellas para las que los
datos hubieran sido recogidos.
3. Secretaría General Técnica
La Secretaría General Técnica, en el desempeño de las
funciones de coordinación de la actividad de la
Consejería en materia de declaración de ficheros que
contengan datos personales, realiza una labor de
asesoramiento, de elaboración y tramitación de las
órdenes por las que se crean, modifican y suprimen los
ficheros, y su comunicación a la Agencia Española de
Protección de Datos, para su inscripción en el Registro
General de Protección de Datos.
4. Declaración de los ficheros de los centros
docentes públicos – Aplicación DAPD
Para facilitar a los centros educativos el procedimiento
de declaración de ficheros de datos de carácter
personal, se ha implantado la aplicación informática
denominada “Declaración de ficheros de datos de
carácter personal para centros públicos, DAPD“, en la
que se han incorporado los “ficheros tipo”
debidamente cumplimentados que se detallan:
5. Fichero Alumnos
Deberán declarar este fichero aquellos centros
que tengan datos del alumnado en aplicaciones
anteriores al sistema informático SICE y en ficheros
manuales y no se acogieran a alguna de las
declaraciones masivas promovidas por la Secretaría
General Técnica.
6. Fichero Personal
Deberán declarar este fichero aquellos centros que
tengan datos del personal en aplicaciones anteriores a
SICE y en ficheros manuales y no se acogieran a alguna
de las declaraciones masivas promovidas.
7. Fichero Videovigilancia
Deberán declarar este fichero los centros que tengan o
vayan a instalar cámaras de videovigilancia. El centro
deberá elaborar el “Informe de necesidad y
oportunidad”, según se indica en el procedimiento de
declaración de este fichero.
8. Fichero Bolsa de trabajo
Deberán declarar el fichero los centros que impartan
ciclos formativos de Formación Profesional y recojan
este tipo de información.
9. Fichero Control horario
Deberán declararlo aquellos centros que tengan
instalado algún sistema para el control horario del
personal. Cuando el fichaje se realice mediante un
sistema de huella digital, el responsable deberá
rellenar el “Informe de necesidad y oportunidad”
según se indica en el procedimiento de declaración de
este fichero.
10. Fichero: Página Web
Deberán declarar este fichero todos los centros que
tengan página web que contenga datos de carácter
personal, salvo los Institutos de Educación Secundaria
que ya tienen declarado el suyo por Orden 5755/2011,
de 18 de noviembre.
11. ………………….
Según recomendación de la extinguida Agencia de
Protección de Datos de la Comunidad de Madrid,
cuando en la página web se realice recogida de datos de
carácter personal, deberá incluirse en ella el
documento “Política de Privacidad” incorporado en
esta página web.
12. LEGISLACIÓN
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal. (BOE núm.
298, 14 diciembre 1999)
REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
protección de datos de carácter personal. (BOE
núm. 17, 19 enero 2008)
13. Responsable del fichero
El artículo 5.1 determina que los interesados, en su
condición de titulares de los datos personales
solicitados, esto es, las personas físicas implicadas en
este proceso (padres, profesores, personal de
administración, alumnos, particularmente estos
últimos) han de ser previamente informados de modo
expreso, preciso e inequívoco.
14. El artículo 5.4
Recoge que cuando los datos de carácter personal no
hayan sido recabados del interesado, éste deberá
ser informado de forma expresa, precisa e inequívoca,
por el responsable del fichero o su representante,
dentro de los tres meses siguientes al momento del
registro de los datos, salvo que ya hubiera sido
informado con anterioridad, del contenido del
tratamiento, de la procedencia de los datos.
15. Art.9. Seguridad de los datos
Establece que el responsable del fichero y, en su caso,
el encargado del tratamiento deberán adoptar las
medidas de índole técnica y organizativas que
garanticen la seguridad de los datos de carácter
personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o
acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la
tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y
los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la
acción humana o del medio físico o natural.
16. Art 10. Deber de secreto
Dispone que el responsable del fichero y quienes
intervengan en cualquier fase del tratamiento de los
datos de carácter personal están obligados al secreto
profesional respecto de los mismos y al deber de
guardarlos, que subsistirán aún después de finalizar
sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso,
con el responsable del mismo.
17. POLÍTICA DE PRIVACIDAD -
Página web.
Los datos personales como nombre, DNI, dirección,
correo web, fotografías, etc. recabados y procesados a
través de este sitio web, serán tratados de conformidad
con la normativa reguladora de protección de datos de
carácter personal.
18. ………………………………..
Los datos personales serán incorporados al fichero
“página web” dependiente del Centro, con la única
finalidad de prestar los servicios establecidos por la
normativa vigente en materia de educación, así como
para la prestación de los servicios contratados con el
centro educativo
19. ……………………………………..
Igualmente, podremos utilizar los datos personales
que facilite en este sitio Web para organizar las salidas
y las actividades a celebrar fuera de las instalaciones
del propio centro que lo requieran, así como para
enviarle a su domicilio información acerca de los
servicios prestados por el propio centro.
20. Cláusula informativa
Todos los formularios, modelos de impreso o
solicitudes, que recogen datos de carácter personal,
que pueden descargarse desde este sitio web,
contienen la correspondiente cláusula informativa a la
que se refiere el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal.