El documento propone un proyecto de acuerdo para ofrecer incentivos tributarios a los contribuyentes morosos en el pago de impuestos prediales e industriales en el municipio de Betania, Antioquia. El acuerdo otorgaría descuentos del 100%, 80% y 60% en intereses moratorios para aquellos que paguen sus deudas en septiembre, octubre y noviembre de 2012, respectivamente. El objetivo es aumentar los ingresos municipales y aliviar la situación económica de los ciudadanos con bajos
1. POR LA EQUIDAD
ALCALDIA MUNICIPAL BETANIA
Y EL BIENESTAR SOCIAL Nit 890980802-3
DEPARTAMENTO DE ANTIOCIUIA
REPUBLICA DE COLOMBIA
Betania, AGOSTO 14 de 2012
SEÑOR
WILLIAM GIRALDO RUIZ
Presidente
Honorable Concejo
Honorables Concejales
Municipio de Betania
ASUNTO: PROYECTO DE ACUERDO BENEFICIO E INCENTIVOS TRIBUTARIOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
a. Que compete a los Concejos Municipales, conforme al artículo 313 ordinal 4° de la
Constitución Política, "votar de conformidad con la Constitución y la Ley, los tributos
y los gastos locales", competencia que debe ejercer en forma armónica con lo
previsto en los artículos 338 y 363 ibídem
1. Que en desarrollo de Las normas tributarias municipales en cuanto al régimen
procedimental se deben armonizar conforme a lo dispuesto por el artículo 66 de la
ley 383 de 1997, el artículo 59 de la ley 788 de 2002, y Ley 1066 de 2006. el
Concejo Municipal adoptó en el Municipio de Betania Antioquia el Impuesto Predial
Unificado e industria y comercio.
b. Que en el Municipio de Betania Antioquia, como el resto del país, su población está
atravesando por una difícil situación económica y se hace necesario emplear
alternativas y/o políticas económicas de pago de las obligaciones tributarias y de
impuestos, para mejorar los ingresos del ente territorial y aliviar las finanzas de la
comunidad
c. Que el mayor porcentaje de habitantes del Municipio, son personas de escasos
ingresos económicos, teniendo en cuenta que en su mayoría sus ingresos
provienen de actividades agrícolas, trabajadores ocasionales, pensionados, madres
cabeza de familia y las fuentes de empleo son escasas entre otros.
d. Que debido a las actividades que ejerce la mayoría de la población, los ingresos
que perciben estos ciudadanos, no les alcanza para cumplir con los compromisos y
se han ido convirtiendo en deudores morosos del Fisco Municipal.
e. Que el Municipio requiere incrementar sus ingresos, para solucionar los problemas
sociales de sus ciudadanos, estimulando a los contribuyentes morosos a ponerse al
día con los impuestos de Predial Unificado e Industria y Comercio.
f. Que la Administración Municipal ha dirigido su accionar en continuar aplicando
políticas de inversión a través de incentivos que a su vez permitan beneficiar a las
partes comprometidas en este proceso, es decir que con ellos se fortalezcan las
arcas Municipales.
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Concédase un alivio tributario a todos los contribuyentes morosos
de los impuestos Predial Unificado e Industria y Comercio y su complementario de Avisos y
Tableros, en el Municipio de Betania Antioquia.
Parque principal Calle 19 N. 19-67
Conmutador 843-51-80 Fax. 8435268
www.betania-antioquia.gov.co
ISO 0001 Betania-Antioquia-Colombia Suramériea
2. POR LA EQUIDAD
ALCALDIA MUNICIPAL BETANIA
Y EL BIENESTAR SOCIAL Nit 890980802-3
DEPARTAMENTO DE ANTIOOCIA
REPUBLICA DE COLOMBIA
ARTICULO SEGUNDO: El alivio tributario de que trata, el artículo primero del presente
Acuerdo, consiste en:
1. Una rebaja del CIEN POR CIENTO (100%), de los intereses moratorios
causados, a la fecha de pago, a todos los contribuyentes que cancelen la
totalidad del tributo durante el periodo comprendido entre el primero de
septiembre y el 30 de septiembre del año 2012.
2. Una rebaja del OCHENTA POR CIENTO (80%), de los intereses moratorios
causados, a la fecha de pago, a todos los contribuyentes que cancelen la
totalidad del tributo durante el periodo comprendido entre el primero de
OCTUBRE y el 31 de OCTUBRE del año 2012.
3. Una rebaja del SESENTA POR CIENTO (60%), de los intereses moratorios
causados, a la fecha de pago, a todos los contribuyentes que cancelen la
totalidad del tributo durante el periodo comprendido entre el primero de
NOVIEMBRE y el 17 de DICIEMBRE del año 2012.
PARAGRAFO 1: Los deudores morosos que cancelen mediante acuerdos de pago o
convenio, no recibirán ninguno de los incentivos establecidos en el presente acuerdo.
ARTICULO TERCERO: Autorizar al Alcalde Municipal, para que ordene la liquidación de
los impuestos de Predial Unificado e Industria y Comercio y su complementario de Avisos y
Tableros de acuerdo con lo establecido en el artículo segundo del presente acuerdo
ARTICULO CUARTO: El señor Alcalde Municipal divulgará ampliamente por los medios de
comunicación locales y regionales el contenido del presente Acuerdo
ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga todas aquellas disposiciones municipales que le sean contrarias.
Presentado al Honorable Concejo Municipal de Betania, en sesiones ordinarias del mes de
AGOSTO de 2012, por el Alcalde Municipal.
JUAN CARLOS MONTOYA ALZATE
Alcalde Municipal
Parque principal Calle 19 N. 19-67
Conmutador 843-51-80 Fax. 8435268
www.betania-andoquia.gov.co
ISO 9901 Betania-Antioquía-Colombia Suramérica