Este documento modifica el Acuerdo No. 005 de 2011 sobre la exoneración del pago de impuestos a cooperativas solidarias en Santa Fe de Antioquia, Colombia. Se modifican los requisitos para obtener la exoneración, incluyendo la matrícula en la secretaría de hacienda municipal, la celebración de un convenio de apoyo con el municipio sobre el uso de excedentes, y la certificación del personal de la cooperativa al iniciar operaciones.
1. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
1
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 Fax 853 11 01/celular 3218123744
E-mail: concejo@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
ACUERDO No 035
(Abril 20 2013)
“POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No 005 DEL
24 DE AGOSTO DE 2011”
EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO DE SANTAFÉ DE ANTIOQUIA –
ANTIOQUIA, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial
las otorgadas por los artículos 67, 70, 71, 313 y 340 numeral 3 de la Constitución
Política de Colombia y el artículo 68 de la Ley 136 de 1994 y el artículo 87 de la
Ley 617 de 2000 y,
CONSIDERANDO:
A) Que el Concejo Municipal, el 24 de Agosto de 2011, aprobó mediante
Acuerdo No 005, la exoneración del pago de impuesto de industria y
comercio y complementario de avisos y tableros a las empresas
cooperativas de carácter solidario, que se establezcan en jurisdicción del
Municipio de Santa fe de Antioquia y que se dediquen a incentivar el
desarrollo de la producción y comercialización del sector agropecuario.
B) El Artículo Tercero del mencionado Acuerdo establece los requisitos para
que sea expedida la resolución de exoneración a las empresas
cooperativas con carácter solidario que se establezcan en la jurisdicción del
Municipio de Santa fe de Antioquia.
C) Que para cumplir con el total de dichos requisitos es necesario que la
empresa se encuentre desarrollando la actividad social para que sea
entregada la resolución de exoneración por parte del señor alcalde y del
secretario de hacienda municipal.
D) Que para darle aplicación a dicho acto administrativo aprobado en el año
2011, se debe realizar un ajuste.
Por lo anteriormente expuesto;
2. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
2
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 Fax 853 11 01/celular 3218123744
E-mail: concejo@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquense lo Numerales 4, 5 y 6, Artículo Tercero del
Acuerdo Municipal No 005 del 24 de Agosto de 2011, el cual quedará de la
siguiente forma:
4. Que La entidad se matricule en la secretaría de hacienda municipal según lo
establecido en el Artículo 177 del Acuerdo Municipal No 003 del 14 de abril de
2002 Código de Rentas; “Los sujetos pasivos bajo cuya dirección o
responsabilidad se ejerzan actividades gravables con el impuesto de industria y
comercio, están obligados a registrarse para obtener la matrícula en la Secretaria
de Hacienda y Tesorería Municipal, dentro de los treinta (30) días siguientes a la
iniciación de sus actividades, suministrando los datos que se le exijan en los
formularios…”
5. Que la empresa Cooperativa de carácter solidario y el Municipio celebren un
convenio de apoyo reciproco, en el cual la empresa Cooperativa de carácter
solidario, se vinculará con la Educación a través del porcentaje de excedentes
reglamentarios, según Decreto Nacional Nro. 2880 de septiembre de 2004, dicho
porcentaje para el Municipio de Santa fe de Antioquia, se determinará una vez la
cooperativa de carácter solidario presente su informe de gestión del año
inmediatamente anterior.
6. Certificación y relación del personal que labora en la entidad en el cupo exigido;
esta certificación se presentará con la matrícula de la entidad, treinta (30) días
siguientes a la iniciación de las actividades.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de
publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en el recinto del honorable concejo Municipal de Santa Fe de Antioquia, a
los veinte (20) días del mes de Abril de 2013.
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OSCAR ABAD SERNA MONTOYA ADRIANA PATRICIA RESTREPO M
Presidente secretaria