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REGLAMENTO INTERNO
ESCUELA BÁSICA ESTRELLA DEL SUR
2023-2024
(Revisión marzo 2023)
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PRESENTACIÓN.
1. INTRODUCCIÓN ……………………………………………………………………………………………….. 10
2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA …………………………………………………………..…….. 11
2.1. Antecedentes Generales
2.2. Historia
2.3. Nivel de Enseñanza
2.4 Asistencia Escolar
2.5 Apoyo y Formación
2.6 Actividades Extraescolares y Talleres
2.7 Infraestructura
2.8 Jornada Escolar
3. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL…………………………………………………………………….
3.1. Visión
3.2. Misión
3.3. Sellos
3.4. Valores
4. ORGANIZACIÓN...............................................................................................................................................14
4.1. Estructura
Flujograma
4.2. Actores Escolares
4.3. Participación de los actores escolares
4.4. Consejo de Curso
4.5. Centro de Estudiantes (Ce.Es.)
4.6. Centro General de Padres y Apoderados
4.7. Consejo de Profesores/as
4.8. Consejo escolar
4.9. Participación de estudiantes en manifestaciones púbicas o Toma del establecimiento
5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y DEFINICIONES ………………………… 19
5.1. Objetivos
5.2. Definiciones
6. FUNDAMENTACIÓN Y PROPÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR……………….... 20
6.1. Propósito del Manual de Convivencia
6.2. Plazos y responsables
6.3. Participación
TÍTULO I
7. DISPOSICIONES GENERALES ……………………………………………………………………. 22
7.1. Marco Legal
7.2. Marco Legal Conceptual
7.2.1. Definición de maltrato escolar
7.2.2. Ley N° 20.536 de Violencia Escolar
7.2.3. Identificación y caracterización del maltrato
I. Presencial (acoso escolar o bullying – Agresiones físicas – Agresiones verbales –
Intimidaciones, chantaje y amenazas –Acoso racial – Acoso sexual)
II.Virtual (Ciber acoso – Grooming – Sexting – Happy slapping)
7.2.4. Ley N° 20.000, Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas
7.2.5. Ley N° 17.798 Control y porte de armas
7.2.6. Ley N° 19.617 Delitos y abusos sexuales
7.2.7. Ley N° 20.609 Contra la discriminación
7.2.8. Obligación y denuncia de delitos
7.3. Difusión del Reglamento de Convivencia Escolar
7.4. Matrícula
7.5. Encargado de Convivencia Escolar
8. DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES ………………………………………………… 32
8.1. Estudiantes
8.2. Apoderados/as
8.3. Docentes
8.4. Directivos/as
3
8.5. Asistentes de la educación
8.6. Sostenedor
9. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ………………………………………………………………..
9.1. Estudiantes
9.2. Apoderados
9.3. Directivos
9.4. Docentes
9.5. Asistentes de la educación
9.6. Sostenedor
10. PROHIBICIONES DE LOS ACTORES ESCOLARES
TÍTULO II
11. NORMATIVA ……………………………………………………………………………………………………. 37
11.1. Conducto regular del establecimiento
Flujograma………………………………………………………………………………………………. 34
11.2. Sala de clases
11.3. Conductas
11.4. Conductas inadecuadas en la sala de clases
11.5. Conductas inadecuadas fuera de la sala de clases
12. TRABAJO EN AULA ……………………………………………………………………………………………. 39
12.1. Clases de religión
12.2. Clases de educación física
13. RECREOS, KIOSCO Y ESPACIOS COMUNES ...............................................................................................41
14. ATRASOS (HORARIOS, PUNTUALIDAD, INASISTENCIA) ……………………………………………….. 42
a) Atrasos
b) Inasistencias
15. RELACIONES AFECTIVAS…………………………………………..………………………….…….. 43
16. UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL
16.1. Uniforme Escolar
16.2. Higiene Personal
16.2.1. Corte de Pelo
16.2.2. Accesorios y otros
17. COLACIÓN Y USO DEL COMEDOR ……………………………………………………………….………….. 45
18. COMUNICACIÓN FAMILIA – ESCUELA
19. REUNIONES DE APODERADOS
20. CITA CON UN/UNA DOCENTE ........................................................................................................................46
21. RETIRO DE ESTUDIANTES
22. ACTOS CÍVICOS Y CEREMONIAS ……………………………………………………………………………. 47
23. ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS
24. SALIDAS PEDAGÓGICAS
25. VISITA AL ESTABLECIMIENTO ……………………………………………………………….……………… 48
26. TRANSPORTE ESCOLAR
27. INTEGRACIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ....................................................................................49
28. ATENCIÓN PERSONALIZADA DE ESPECIALISTAS
29. LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL
30. ACCIDENTE ESCOLAR....................................................................................................................................50
31. INTEGRACIÓN DE ESTUDIANTES INMIGRANTES
32. DAÑO A LA PROPIEDAD DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO................................................................51
33. DE LAS EVALUACIONES ................................................................................................................................51
Evaluación y Promoción
33.1. Régimen de Evaluación
33.2. Formas de Evaluación
33.3. Decretos de Evaluación y Promoción
34. DE LA MATRÍCULA..........................................................................................................................................52
34.1. Estudiantes nuevos
34.2. Estudiantes antiguos
35. DE LAS CONDUCTAS A DESTACAR …………………………………………………………………. 53
4
35.1. Premiación trimestral y anual
35.2. Ceremonia de Licenciatura de Octavos Básicos
TITULO III
36. FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO …………………………………………………………………..…. 55
1) Faltas leves
2) Faltas graves
3) Faltas gravísimas
1. FACTORES ATENUANTES
2. FACTORES AGRAVANTES
36.1. Abordaje disciplinario y debido proceso
36.2. Presunción de inocencia
36.3. Notificación a las/os involucrados/s
36.4. Notificación a Apoderadas/os
36.5. Establecimiento de plazos
36.6. Derecho de Defensa
36.7. Proporcionalidad de sanciones
36.8. Monitoreo
36.9. Derecho de Apelación
36.10. Derivación al Departamento de Convivencia Psicosocial
36.11. Denuncia de Delitos
37. MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES …………………………………………………………………….. 60
1) Diálogo Formativo
2) Acción de reparación
3) Trabajo académico
4) Servicio comunitario
5) Resolución pacífica de conflictos
37.1. Tipos de Sanciones
a) Anotación Negativa
b) Suspensión
c) Condicionalidad de matrícula
d) Cancelación de matrícula
e) Expulsión
f) Información a la Superintendencia de Educación (SuperEduc)
g) Resolución de Superintendencia de Educación
h) Ley Aula Segura
38. GRADUALIDAD
38.1. Tipificación de las Faltas ………………………………………………………………………… 65
38.2. Aplicación de Medida Formativa o Sanción
39. DESCRIPCIÓN DEL CARGO ………………………………………………………………………………… 70
39.1. Director/a
39.2. Inspector/a General
39.3. Jefe/a Unidad Técnico Pedagógica
39.4. Encargado/a de Convivencia Escolar
39.5. Coordinador/a Programa de Integración Escolar (PIE)
39.6. Docente
39.7. Profesionales Programa de Integración
39.7.1. Docente Diferencial
39.7.2. Kinesiólogo/a
39.7.3. Fonoaudiólogo/a
39.7.4. Psicopedagogo/a
39.7.5. Psicólogo/a
39.7.6. Terapeuta Ocupacional
39.8. Profesionales Departamento de Convivencia Escolar
39.8.1. Psicólogo/a
39.8.2. Trabajador/a Social
5
39.9. Apoyo Informático
39.10. Asistentes de la Educación
39.10.1. Secretaria/o
39.10.2. Asistentes de aula
39.10.3. Tutor/a
39.10.4. TENS
39.10.5. Inspectores de patio
39.10.6. Apoyo inspectoría
39.10.7. Portero/a
39.10.8. Personal de servicios
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN …………………………………………………………………………. 82
A. DE LA JORNADA ESCOLAR
MEDIDA EXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR
(Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio-adaptativas y académicas).
1. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA
DE ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR ………………………………………….………... 83
MEDIDAEXCEPCIONALDEEXPULSIÓNOCANCELACIONDEMATRICULA
(Estamedidapuedeseraplicadadirectamentecuandolasconductasatentendirectamentecontralaintegridad físicao
psicológicadealgunos delos miembrosde lacomunidadeducativa)
2. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA EXCEPCIONAL DE EXPULSIÓN O
CANCELACION DE MATRICULA ……………………………………………… 84
3. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A REALIZAR UNA
EVALUACIÓN EN ALGUNA ASIGNATURA ……………………………………………………………….. 86
4. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A PARTICIPAR EN
CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD ……………………………………………………….….… 87
5. PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS
Procedimientos para estudiantes EDUCACIÓN BÁSICA ……………………. …………………………… 88
SITUACIONES DE LA COTIDIANEIDAD
6. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR ……………………………….… 89
7. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL INICIO
DE LA JORNADA ESCOLAR ……………………………………………….………………………….……. 91
8. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ESTUDIANTES CON INASISTENCIA
A CLASES ………………………………………………………………………………………………………. 92
9. PROTOCOLO DE USO DEL COMEDOR ESCOLAR ……………………………………………………… 93
SALIDAS PEDAGÓGICAS /VIAJES DE ESTUDIO
10. PROTOCOLOS DE ACTUACION ANTE SALIDAS PEDAGOGICAS …………………………………… 94
11. PROTOCOLO ANTE PASEOS DE CURSO O GIRAS DE ESTUDIO …………….………….………..… 98
SITUACIONES DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR – RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
12. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y APOYO
PSICOSOCIAL ………………………………………………………………………………………….………. 100
13. PROTOCOLO PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ……………………………….. 101
I. ENTRE ESTUDIANTES, DENTRO DEL AULA
II. ENTRE ESTUDIANTES, FUERA DEL AULA
III. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, DENTRO DEL AULA
IV. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, FUERA DEL AULA
V. ENTRE UN ADULTO APODERADO Y UN PROFESOR.
B. DEL USO DE DROGAS / ALCOHOL (SOSPECHA CONSUMO, PORTE)
SITUACIÓN DE SOSPECHA, PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE DROGAS.
14. PROTOCOLO FRENTE A SOSPECHA DE CONSUMO DE DROGAS……………………………………. 104
Flujograma………………………………………………………………………………………………………… 107
15. PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL……………… 108
16. PROTOCOLO FRENTE A TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL INTERIOR
DEL ESTABLECIMIENTO …………………………………………………………………………………..…. 111
Flujograma………………………………………………………………………………………………………… 115
6
17. PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS …………..………..………….. 116
Flujograma ………………………………………………………………………………………………………… 117
C. DE FORMAS DE AUTOAGRESIÓN - AGRESIÓN A/POR TERCEROS
18. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CONDUCTAS AUTO -DESTRUCTIVAS Y
DE RIESGO ………………………………………………………………………………………………………... 119
Flujograma…………………………………………………………………………………………………………. 120
SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR / CIBERACOSO ESCOLAR
19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, ACOSO ESCOLAR O BULLYING...................121
20. PROTOCOLO CONTRA CIBERACOSO O CIBERBULLYING ........................................................................123
Flujograma ……………………………………………………………………………………………………… 126
SITUACIONESDEMALTRATO/VIOLENCIA/AGRESIÓNFÍSICA
21. PROTOCOLODE ACTUACIÓNEN CASODE MALTRATO,VIOLENCIAO AGRESIÓNENTREMIEMBROS
DELACOMUNIDADEDUCATIVA(estudiantea funcionario/ funcionarioa estudiante)....................................................127
Flujograma........................................................................................................................................................ 128
22. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS .............................129
(Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
funcionario del establecimiento)
Flujograma......................................................................................................................................................................... 130
23. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS .............................131
(Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario
del establecimiento)
Flujograma......................................................................................................................................................................... 132
SITUACIÓN DE VULNERACIÓN, MALTRATO FÍSICO Y/O ABUSO SEXUAL
24. ANTE SITUACIONES DE MALTRATO FÍSICO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL…………….. 133
24.1. Indicadores de negligencia
24.2. Indicadores de maltrato físico
24.3. Indicadores de abuso psicológico o emocional
24.3.1. Indicadores emocionales en el niño
24.3.2. Indicadores comportamentales en el adulto cuidador
24.4. Indicadores de maltrato psicológico
25. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
(Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual o maltrato físico
fuera del establecimiento: (Adulto a niño/a) .......................................................................................................144
26. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
(Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se
desempeña en el recinto educacional: (Adulto a niño/a)…………………………………………………….. 145
27. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
(Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
otro menor (menor de 14 años)……………………………………………………………………………………. 147
28. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
(Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
otro menor (mayor de 14 años)………………………………………………………………………………….. 148
FLUJOGRAMA……………………………………………………………………………………………………. 149
D. DE LA CONTINGENCIA
SITUACIÓN DE PORTE Y HALLAZGO ARMA BLANCA/ ARMAS
29. PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA
LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
(Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando
7
arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798)………………………………………………………… 150
30. PROTOCOLO POR HALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA
LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
(Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma blanca
y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798)...........................................................................................................151
SITUACIONES DE EMERGENCIA
31. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS
1. EMERGENCIA: SISMO ……………………………………………………………………………………….. 152
2. EMERGENCIA: INCENDIO……………………………………………………………………………….. 153
3. EMERGENCIA: EMANACIÓN DE GAS
4. EMERGENCIA: SITUACIONES CLIMATOLOGICAS ……………………………………….…………. 154
32. PROTOCOLO PARA CASOS DE AMENAZA DE BOMBA ………………………………………………..… 155
DE CONDICIÓN DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE
CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR
33. ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR
DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS ……………………………... 157
34. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD
Y PROGENITOR ………………………………………………………………………………….…. 160
(El siguiente protocolo de acción describe 5 fases de acompañamiento para el apoyo
integral de alumnas en condición de embarazo y maternidad o estudiantes en condición de
progenitores adolescentes)
35. PROTOCOLO DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDINTES TRANS GÉNERO………….….
34.1. Conceptos Generales
A. Definiciones
34.2. Principios orientadores de este protocolo
34.3. Derechos que asisten a las niñas, niños y estudiantes trans
35. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO DE
NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS ………………………………………………………………….. 163
I. DE LA FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD
SOLICITUD DE ENTREVISTA
II. DE LA ENTREVISTA
III. DE LA COMISIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO, DE
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TRANS
1. Acuerdos y coordinación
2. Consentimiento del niño, niña, adolescente trans
IV. DE LAS MEDIDAS DE APOYO PARA EL PROCESO DERECONOCIMIENTO DE
IDENTIDAD DE GÉNERO
1. Orientaciones a la comunidad educativa
2. Uso del nombre social en todos los espacios educativos
3. Uso del nombre legal en todos los documentos oficiales
4. Presentación personal
5. Utilización de servicios higiénicos
6. Resolución de diferencias
7. Cumplimiento de obligaciones
ANEXO TRANSITORIO EN CONTEXTO DE PANDEMIA 1………………………………………………… 168
1) Conducto regular del establecimiento
2) Sobre uso de mensajería instantánea
3) Uso de redes sociales y medios tecnológicos
PROTOCOLOS TRANSITORIOS
36. AUTORIZACIÓN EXTRAORDIANRIA PARA CREACIÓN Y USO CORREOS ELECTRÓNICOS PARA
ESTUDIANTES..................................................................................................................................................170
8
1) De la creación de las cuentas de correo electrónico
2) De la difusión y activación de correo electrónico
3) De los horarios y usos
37. PROTOCOLO PARA EDUCACION A DISTANCIA APOYOS PEDAGÓGICOS)................................................. 171
37.1. CÁPSULAS DE VIDEO INSTRUCCIONAL / EDUCATIVO (Orientaciones para
Docentes
37.2. Streaming (retransmisión en directo – Convivencia Digital para Docentes)
I. De las transmisiones en línea
37.3. Convivencia Digital – Conexión y participación de las sesiones en línea
I. Reglas básicas (orientaciones para estudiantes)
II. Conductas NO permitidas (sujetas a acciones formativas)
III. Sugerencias para padres y apoderados
38. PROTOCOLO DE VINCULACIÓN AL HOGAR (válido para llamadas telefónicas el hogar y
derivaciones) …………………………………………………………………………………………………….. 175
38.1. Del procedimiento
1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación
2) De la vinculación
3) De la evaluación del caso
4) Del seguimiento de casos
38.2. PAUTA SUGERIDA LLAMADA TELEFÓNICA AL HOGAR (EJEMPLO)…………… 176
39. PROTOCOLO DERIVACIÓN REMOTA DE CASOS…………………………………………………………. 178
1. Del procedimiento
1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación
2) De la vinculación
3) De la evaluación del caso
4) Del seguimiento de casos
39.1 Ficha del docente para derivación interna del Equipo Psicosocial (ejemplo)……… 179
40. PROTOCOLO DE CONTENCIÓN- ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL (aplicable a cualquier integrante
de la Comunidad educativa) ……………………………………………………………………………………… 180
40.1. Del procedimiento para estudiantes, apoderados y /o adultos responsables
a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento
b) De la Evaluación del Caso
c) De la notificación
d) Del acompañamiento
• Apoderados y/o adultos
• Estudiantes
e) Del seguimiento de casos
f) Del cierre de casos
40.2. Del procedimiento para funcionarios y funcionarias
a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento
b) De la notificación
c) Del acompañamiento y la evaluación
d) Del seguimiento del caso.
41. ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO Y/O CANASTAS DE ALIMENTOS (PAE)….................................................... 182
41.1. Elementos de protección personal (EEP)
41.2. DE LA ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO (incluido canastas de alimentos)
I. Relacionado a la zona de entrega/recepción
II. Relacionado a los funcionarios
III. Relacionado a los asistentes
42. PROTOCOLO PARA VISITAS DOMICILIARIAS CON ENFOQUE PSICOEDUCATIVO EN
EMERGENCIA SANITARIA .................................................................................................................................184
42.1. Elementos de protección personal
42.2. Del proceso de entrevista
42.3. Protocolo de actuación
42.4. Recomendaciones a los funcionarios
42.5. Relacionado a las familias
43. PROTOCOLO DE DETECCIÓN CASOS COVID-19 ...........................................................................................190
43.1. De los pasos a seguir en el caso de contagio de estudiantes, apoderados y/o adultos
responsables
43.2. De los pasos a seguir en caso de contagio de funcionarios de la comunidad educativa
9
44. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE ALGÚN FUNCIONARIO O FUNCIONARIA…… 191
44.1 De las acciones y pasos a seguir
45. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE UN O UNA ESTUDIANTE
45.1. De las acciones y pasos a seguir
ANEXO I FORMATOS DOCUMENTOS OFICIALES
• COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR………………………………….….. 193
• FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL………………………….… 194
• AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR……… 195
• FORMULARIO SOLICITUD AUTORIZACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS / GIRAS DE ESTUDIO…. 196
• PAUTA VISITA DOMICILIARIA ………………………………………………………………………………………. 197
• HOJA DE RUTA, VISITAS DOMICILIARIA EN SITUACIÓN EXTRAORDINARIA DE EMERGENCIA
SANITARIA………………………………………………………………………………………………………………. 198
• COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR (VIRTUALIDAD)……………..….. 199
ANEXO II DOCUMENTOS OFICIALES
PROTOCOLO CUESTIONARIO A MI ME SUCEDE QUE ……………………………………………………………..………. 201
PROTOCOLO DIAGNÓSTICO DE ESTUDIANTES EN RIESGO POR VIOLENCIA ESCOLAR ……………….…… 209
• REGLAMENTO EDUCACIÓN PARVULARIA …………………………………………………………………………… 215
• PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR ………………………………………………………………………. 290
• PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ……………………………………………………………
• PLAN HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE ………………………………………………………………………………….
• PLAN SEXUALIDAD, AFECTIVIDAD Y GÉNERO …………………………………………………………………….
• PLAN DE FORMACIÓN CIUDADANA ………………………………………………………………………………..
• PLAN DE APOYO A LA INCLUSIÓN ……………………………………………………………………………………..
10
1. INTRODUCCIÓN
El presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia tiene por finalidad promover y desarrollar
en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana
convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase
de violencia o agresión.
Asimismo, establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán
estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias
y/o formativas para los afectados.
Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades
socio–afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre
otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.
Dejamos explícito, normas, deberes y derechos de todos los integrantes de la comunidad, así mismo
las sanciones y los protocolos de actuación quedan escritos en presente Manual de Convivencia.
La persona encargada de Convivencia Escolar, será designada por la Dirección y ratificada por la
CORMUDESPA, para que guíe el proceso de fortalecimiento de acciones que fomentan climas
favorables para el aprendizaje y ejecución de remediales para las acciones violentas en el colegio.
Este manual es un instrumento de gran importancia pedagógica que establece normas y principios que
sustentan la convivencia y el trabajo escolar. Están incluidos los modos de interacción entre los distintos
actores escolares, cuya orientación es el trabajo colaborativo para alcanzar las metas comunes, bajo un
ambiente de diálogo y encuentro.
La elaboración de este documento es conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y
las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Ley N°20.536/2011, sobre Convivencia Escolar.
Este documento podrá ser revisado y actualizado cada año en función de los cambios a la legislación
vigente, siendo aprobadas sus modificaciones por el Consejo Escolar cuya decisión tendrá carácter
resolutivo, pero su actualización completa deberá ser fruto de un proceso participativo de todos los
miembros de la comunidad escolar al menos cada cuatro años.
De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, este “reglamento
interno y sus modificaciones deberán estar publicados en el sitio Web del establecimiento educacional
y/o estar disponible en dicho recinto para los estudiantes, padres, madres y apoderados. Además,
deberá ser informado y notificado a los padres, madres y apoderados, para lo cual se entregará una
copia del mismo al momento de la matrícula”
11
2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA
2.1 ANTECEDENTES GENERALES
Nuestro establecimiento está ubicado en la comuna de Pozo Almonte, es de dependencia municipal,
ubicada en el sur poniente de la localidad. Atiende a una población de 1050 estudiantes, repartidos en
30 cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de vulnerabilidad el cual
asciende aun 85,38%, atiende a 171 estudiantes que pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017
haexperimentado un repunte de 5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros.
Establecimiento Escuela Básica Estrella del Sur
RBD 12617-9
Dirección Estación # 551
Tipo de Enseñanza Educación Parvularia y Enseñanza Básica
Comuna Pozo Almonte
Dependencia Municipal
Teléfono +56 9 7135 5422
Correo Electrónico escuela.estrelladelsur@cormudespa.cl
2.2. HISTORIA
La Escuela “Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la Escuela Básica Pozo
Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación surge de la necesidad de dar respuesta al
crecimiento poblacional de ese sector, por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana.
2.3. NIVEL DE ENSEÑANZA
12
• Educación Parvularia (NT1 – NT2)
• Educación General Básica.
• Jornada Escolar Completa (JEC).
2.4 ASISTENCIA ESCOLAR
• Programa de Alimentación Escolar (PAE JUNAEB).
• Programa Salud Escolar.
• Becas de vestuario y útiles escolares.
• Programa mejoramiento para Subvención Escolar Preferencial (SEP).
• Textos escolares.
• Redes de apoyo externas.
2.5 APOYO Y FORMACIÓN
• Programa de Integración Escolar (PIE).
• Apoyo de diversos especialistas.
• Programas de estudio del MINEDUC.
.1. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y TALLERES
• Fútbol
• Atletismo
• Judo
• Gimnasia artística-rítmica
• Folklore
.2. INFRAESTRUCTURA
Las dependencias del establecimiento están construidas en su totalidad de material sólido contando
con:
• Oficinas de Dirección – Sub-Dirección - sala de reuniones y secretaría.
• Unidad Técnico Pedagógica
• Inspectoría General – Oficina PAE
• Sector educación Parvularia (salas y baños individualizados, patio de juegos)
• Comedor funcionarios
• Sala para tutoras
• Sector de descanso personal de servicios
• Sala de profesores; sala de reuniones y zona de trabajo en red.
• Biblioteca CRA
• Oficinas PIE
• Comedores estudiantes
• 02 Salas enlaces
13
• Laboratorio de ciencias
• Invernadero
• Depto. Convivencia Escolar
• 30 salas de clases
• SSHH funcionarios – SSHH estudiantes
• Sala Multiuso
• Patio central techado.
• Cancha multiuso
• Enfermería
2.8 JORNADA ESCOLAR
HORARIO DE CLASES
Entrada Salida
8.00 hrs
8.00 hrs
14.30hrs (Básica)
14.30hrs (Ed. Parvularia)
Recreos
1 De: 09.30hrs Hasta: 09.40.hrs.
2 De: 11.10hrs. Hasta: 11.20hrs
3 De: 12.50hrs. Hasta: 13.10hrs.
3. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
3.1. VISIÓN
La escuela básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educativo que basa
su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia, potenciando las habilidades
y competencias individuales, formando personas integrales en lo cultural, artístico, científico-
tecnológico y/o deportivo, que le permita enfrentar futuros desafíos.
3.2. MISIÓN
14
La escuela básica Estrella del Sur entrega educación integral de NT1 a octavo año básico,
a estudiantes de la provincia del Tamarugal, fomentando la sana convivencia en un
ambiente de actitud inclusiva potenciando el desarrollo de habilidades y adquisición de
conocimiento s para generar competencias en las áreas científica-tecnológica, deportiva,
artística y/o cultural, respetando la diversidad, formando personas que valoren su entorno,
con identidad cultural y desarrollando herramientas que contribuyan a la continuación de
sus estudios.
3.3. SELLOS
1. La diversidad para el aprendizaje integral de toda la comunidad educativa.
2. Desarrollo de habilidades por medio de la exploración que promuevan el área
artística, deportiva, cultural y científica-tecnológica.
3. La sana convivencia y el buen trato de la comunidad educativa.
4. La valoración del entorno natural y cultural.
3.4. VALORES
RESPETO – DIVERSIDAD – HONESTIDAD – EMPATÍA – DISCIPLINA
4. ORGANIZACIÓN
4.1. Estructura
La organización de nuestra Escuela, tanto en su ámbito de funcionamiento como de Convivencia, se
estructura en base a los siguientes organismos:
• Equipo Directivo
• Equipo de Gestión
• Equipo PIE
• Equipo de Convivencia Escolar.
• Consejo Escolar
• Consejo de Profesores
• Centro General de Padres y Apoderados (CGPA)
• Centro de Estudiantes (CeEs)
15
16
4.2. Actores Escolares.
• Estudiantes
• Apoderados
• Asistentes de la educación
• Docentes y Educadoras
• Directivos
• Sostenedor
4.3 Participación de los actores escolares
La comunidad educativa se compone de seis actores escolares: estudiantes, docentes, directivos/as,
apoderadas/os, asistentes de la educación y sostenedor. Junto a sus respectivos derechos y deberes
explicitados en los títulos III y IV de este documento, existen instancias formales de participación para
cada uno de ellos. Las instancias de participación son relevantes para desarrollar una comunidad escolar
que promueva la democracia y una ciudadanía activa.
Este Reglamento Interno reconoce y norma las instancias formales de participación en la escuela, pero
también da cabida y fomenta otras instancias de participación u organización autónoma de cada uno
de los actores escolares, las cuales podrán funcionar en el establecimiento, siempre y cuando no
violenten el desarrollo de los aprendizajes y el sentido de la normativa escolar.
4.4 Consejo de Curso.
De acuerdo al Decreto N° 524 del año 1990 y las modificaciones del Decreto N° 50 del año 2006, ambos
textos del MINEDUC, “el Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el
organismo base del Centro de Estudiantes. Lo integran todos los estudiantes del curso respectivo. Se
organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de Curso,
y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de
Estudiantes. Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de Curso
contemplada en el plan de estudios que aplica el establecimiento, con acuerdo del Profesor Jefe de
Curso, parte de este tiempo puede ser empleado para tratar materias relativas al Centro de Estudiantes.
El Consejo de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 30 días del año lectivo del
establecimiento”. La directiva de cada curso (desde 1° a 8º año) se elige de manera democrática por los
estudiantes. El/La presidente/a y secretario/a de cada curso serán miembros del Consejo de
Delegados.
4.5. Centro de Estudiantes (CeEs) o Consejo de Delegados/as. (Reglamento Inserto PEI)
Las y los estudiantes podrán optar voluntariamente entre una organización representativa como el centro
de estudiantes o federativa como un consejo de delegados/as. Siendo ambas posibilidades una opción
17
legítima y reconocida por toda la institucionalidad escolar. Su finalidad es servir a sus miembros como
medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de
formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.
No se podrá negar la constitución y funcionamiento del CeEs. Siguiendo al mismo decreto, en la
estructura del Centro de Estudiantes se debe considerar:
● Asamblea General de estudiantes.
● Directiva del centro de estudiantes.
● Consejo de delegados/as de curso.
● Consejo de curso.
● Junta electoral.
● Comisiones de trabajo.
El centro de estudiantes o consejo de delegados/as es la organización que vela por los intereses de las
y los estudiantes. Constituye una organización autónoma del estudiantado y su funcionamiento estará
en razón de sus intereses y necesidades.
El consejo de delegados/as estará compuesto por dos representantes de cada curso, quienes serán
elegidos/as democráticamente por sus respectivos compañeros y compañeras de curso. Constituyen
cargos rotativos cuyo objetivo es llevar la información y las propuestas emanadas desde el consejo de
curso hacia el consejo de delgados y viceversa. Además de participar en la toma de decisiones de
manera activa y dinámica, involucrando a la mayor cantidad de estudiantes posible.
Por su parte, el centro de estudiantes tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser
parte de un proceso eleccionario informado y participativo. Todas las elecciones de directivas, tanto de
cursos como de Centro General serán actos democráticos por votación secreta.
El Centro de Estudiantes se conformará los primeros 30 días de cada año lectivo con representantes de
estudiantes del 2º ciclo. El centro de estudiantes será dirigido por una directiva compuesta como mínimo
por los siguientes tres cargos:
a. Presidenta/e
b. Secretaria/o
c. Tesorera/o.
Ambas instancias contarán con la asesoría de un/a docente, quien colaborará en la planificación y
desarrollo de las actividades planteadas y en la comunicación con los demás miembros de la comunidad
escolar. En ningún caso el o la docente asesor/a actuará como tutor/a o sensor de las opiniones de las
y los estudiantes, ni mucho menos podrá incidir en las decisiones de la organización estudiantil.
Para ser parte activa del centro de estudiantes o consejo de delegados, no se requiere ninguna condición
académica o disciplinaria particular, sólo la confianza explícita de sus representados/as.
Cualquiera de estas instancias podrá convocar a una asamblea de estudiantes para abordar, proponer
y resolver situaciones puntuales o temáticas que requieran una participación amplia de estudiantes.
18
4.6. Centro de General de Padres y Apoderadas/os.
Las y los apoderadas/os podrán organizarse voluntariamente en un centro general de apoderadas/os.
Con esta organización las y los apoderadas/os podrán involucrarse y aportar significativamente en los
procesos de aprendizaje y el quehacer institucional de la unidad educativa.
El centro general de apoderadas/o tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser
parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de apoderadas/os será dirigido por
una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos:
a. Presidenta/e.
b. Secretaria/o.
c. Tesorera/o.
El centro general de apoderadas/os es una organización autónoma, que puede optar incluso a la
obtención de una personalidad jurídica, por lo que su funcionamiento no debe ser tutelado o
condicionado por el equipo directivo del establecimiento.
Constituye una instancia formal de participación y representación de un estamento escolar, por lo que
debe ser considerada, invitada y consultada frente a ámbitos como:
• Proyecto Educativo Institucional (PEI)
• Manual de Convivencia.
• Actividades extracurriculares.
• Planes de Mejoramiento Educativo (PME)
4.7. Consejo de Profesores/as. (Reglamento inserto en PEI)
El consejo de profesores/as es conformada por todas y todos los docentes del establecimiento, así como
por las y los asistentes de la educación de acuerdo a los requerimientos de los temas a tratar. Su
realización debe ser periódica, sistemática y planificada.
Los consejos de profesores/as serán dirigidos por un/a directivo/a y tendrán los siguientes objetivos:
• Evaluación académica trimestral, semestral y anual según corresponda.
• Evaluación disciplinaria ya sea para casos particulares o colectivos (curso).
• Diseño, planificación y coordinación de aspectos técnico pedagógico.
• Promover e incentivar el perfeccionamiento vinculado a innovaciones curriculares.
• Planificar, coordinar y evaluar el abordaje pedagógico de aspectos relacionados con la convivencia
escolar.
• Planificar y evaluar ceremonias y actos cívicos, actividades extracurriculares y paseos y salidas
pedagógicas del establecimiento.
Durante el desarrollo de los consejos de profesores/as la actitud de las y los participantes debe ser
atenta, participativa y profesional. El Consejo de Profesores podrá tener carácter resolutivo en materias
técnico pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del establecimiento.
19
Queda estrictamente prohibido utilizar dicha instancia para la venta de productos o servicios, la revisión
de pruebas o trabajos o cualquier actividad que no corresponda al sentido del consejo.
4.8. Consejo Escolar.
De acuerdo a la Ley 19.979, el consejo escolar es una instancia colegiada en la que participan
representantes de cada estamento de la comunidad escolar. Posee un carácter consultivo y debe ser
informado oportunamente sobre todos los ámbitos de funcionamiento del establecimiento educacional.
Los integrantes del consejo escolar son:
• Director/a
• Sostenedor/a o su representante.
• Un/a representante de las y los docentes.
• Coordinador/a de Convivencia Escolar
• Un/a representante de las y los estudiantes.
• Un/a representante de las y los apoderadas/os.
• Un/a representante de las y los asistentes de la educación
El consejo escolar debe sesionar al menos dos veces por semestre y su oportuna convocatoria será
responsabilidad de la dirección del establecimiento. Los aspectos mínimos que deben ser presentados
y trabajos por el consejo escolar son:
• Proyecto Educativo Institucional.
• Manual de Convivencia.
• Programación anual y actividades extracurriculares.
• Planes de mejoramiento.
• Cuenta anual.
• Metas de gestión
• Fiscalizaciones
4.9. Participación de Estudiantes en Manifestaciones Públicas o Toma del Establecimiento.
Frente a estas situaciones, la Escuela Básica Estrella del Sur se acogerá al procedimiento que determine
la Corporación Municipal de Pozo Almonte. Será de absoluta responsabilidad de el/la apoderado/a la
autorización de su pupilo en dichas actividades al exterior del establecimiento.
5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y DEFINICIONES
5.1. Objetivos
a) Promover en el estudiante una concepción de Escuela como un espacio de socialización y como
un lugar de vida, de solidaridad y aceptación recíproca para lograr que los procesos de
Enseñanza y Aprendizaje se desarrollen en un ambiente adecuado.
20
b) Promover nuevos procesos de aprendizaje de las normas y valores sociales que permitan a los
estudiantes vivir experiencias que les posibiliten ir constituyéndose como sujetos capaces de
autorregular su disciplina.
c) Desarrollar en el estudiante la capacidad para llevar a cabo una convivencia basada en el respeto
mutuo, en el saber escuchar y dialogar, en el trabajo participativo y cooperativo, en la
responsabilidad, en el control de las emociones y en la permanente búsqueda de soluciones a
los problemas y conflictos del diario vivir.
5.2. Definiciones
* Se encuentra detallado en “Protocolo Frente a Violencia Escolar (Bullying)”.
6. FUNDAMENTACIÓN Y PROPÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
De acuerdo al Artículo 16A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar. Se entenderá por buena
convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone
una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en
un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.
6.1. Propósito del manual de convivencia.
“La convivencia escolar se entiende, por tanto, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo,
que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad
educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese
establecimiento”. 1
La convivencia escolar es el conjunto de relaciones sociales que se desarrollan al
interior de la comunidad educativa, es decir, es la forma de tratarse que mantienen estudiantes,
docentes, directivos, apoderadas/os y asistentes de la educación.
La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades y
expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna,
metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo. El establecimiento debe
orientar su quehacer a la entrega de valores como el respeto, la participación, la tolerancia, la
colaboración, espíritu crítico y constructivo.
En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y democrática,
con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la identidad local y
respeto al medio ambiente.
El establecimiento educacional debe salvaguardar la gratuidad de la educación pública, así como la
igualdad de condiciones, deberes y derechos de las y los integrantes de la comunidad educativa.
1
Ministerio de Educación, “Política Nacional de Convivencia Escolar”, MINEDUC, Santiago, 2015, Pág. 25
21
6.2. Plazos y responsables.
Este manual de convivencia tendrá una vigencia de dos años a contar del período 2023. Las revisiones
y actualización se realizarán anualmente, con la aprobación del Consejo Escolar y serán de
responsabilidad del Equipo de Convivencia.
6.3. Participación.
Participarán en las actualizaciones el equipo de gestión, profesores, apoderados del CGP, un
representante de los asistentes de la Educación y representante de los estudiantes.
22
TITULO I
7. DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1. La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades
y expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna,
metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo.
Art. 2. El establecimiento debe orientar su quehacer a la entrega de un servicio de calidad y de
excelencia académica, desarrollando el conocimiento y apropiación de las ciencias y las artes.
Art. 3. En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y
democrática, con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la
identidad local y respeto al medio ambiente.
Art. 4. Este manual intenta promover un trato entre todos los actores escolares, basado en el respeto
mutuo, la participación democrática, la solidaridad, una ciudadanía activa y el desarrollo de aprendizajes
y tendrá validez al interior del establecimiento.
Art. 5. El establecimiento educacional debe salvaguardar la gratuidad de la educación pública, así como
la igualdad de condiciones, deberes y derechos de las y los integrantes de la comunidad educativa.
7.1. Marco legal
Art. 6. De acuerdo al Artículo 16A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar. Se entenderá por buena
convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone
una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en
un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Nuestro manual está elaborado de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes actualmente en la República de Chile:
1) Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas,1948.
2) Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989.
3) Constitución Política de la República de Chile. 1980.
4) Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009.
5) Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004.
6) Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con Discapacidad. Chile,
2010.
7) Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011.
8) Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Chile, 2011.
9) Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012.
10) Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015.
11) Ley N°20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes por Infracciones a Ley Penal.
Chile, 2005.
12) Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile,2005.
13) Ley N° 19.925 Bebidas Alcohólicas; Consumo de Alcohol. Chile, 2004.
14) Ley N° 19.253 Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas. Chile, 1993.
15) Ley N° 19.070 Estatuto de los Profesionales de la Educación. Chile, 1991.
23
16) Ley N° 20.105 Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Chile, 2013.
17) Ley N°20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la Posesión de Material
Pornográfico Infantil. Chile, 2005.
18) Ley N° 20.501 Calidad y Equidad de la Educación. Chile, 2011.
19) Ley N° 19.696 Código Procesal Penal. Chile, 2000.
20) D.F.L. N°2 Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Chile, 1998.
21) Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres. MINEDUC. Chile, 2004.
22) Decreto N°50 Norma Centro de estudiantes. MINEDUC, Chile, 1990.
23) Decreto N°24 Reglamento Consejos Escolares. MINEDUC, Chile, 2005.
24) Decreto N°565 Reglamento de Centro General de Padres, Madres y Apoderados. MINEDUC,
Chile, 1990.
25) Decreto N°924 Reglamenta Clases de Religión. MINEDUC, Chile, 1983.
26) Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009.
27) Decreto N°170 Sobre Necesidades Educativas Especiales. MINEDUC, Chile, 2010.
28) Decreto N° 313 Incluye a los y las Estudiantes en Seguro de Accidentes
29) Decreto N°256 Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para
enseñanza básica y media. MINEDUC, Chile, 2009.
30) Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares,
Superintendencia de Educación, Chile, 2014. 18
31) Circular N° 875/1994 del MINEDUC, Ingreso o Permanencia de Estudiantes con VIH y/o Epilepsia
32) Ley 19.284 Ley de integración social de las personas con discapacidad
33) Ley 21118 Aula Segura.
34) Ley de control y porte de armas, Ley Nº21.310. Chile 2021 (modifica 17.798)
35) Ley de delitos y abusos sexuales, Ley Nº19.617. Chile 1999.
36) Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente. Chile 2005.
37) Ley Nº 20.845 de Inclusión. Chile, 2015.
38) Normativas MINEDUC
39) Decreto 67/2018
Las actualizaciones y/o modificaciones de este manual se realizarán cada año en el periodo de
noviembre/diciembre, para lo cual la dirección del establecimiento debe velar por la implementación
de un procedimiento informado y colectivo, que asegure la participación de todas y todos los actores
escolares.
7.2. Marco Legal Conceptual
7.2.1. Definición de maltrato escolar:
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física
o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o
cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su
integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos
fundamentales.
• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
24
• Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño
académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico de él y de sus pares.
7.2.2 Ley N° 20.536 de Violencia Escolar
La ley lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por
estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de
superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor
fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser
cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del
establecimiento educacional.
• ARTÍCULO 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de
los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre
ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia
el desarrollo integral de los estudiantes.
• ARTÍCULO 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de
agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional
por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante,
valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante
afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse
expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro
medio, tomando en cuenta su edad y condición.
• ARTÍCULO 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y
asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los
establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena
convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar
• ARTÍCULO 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,
cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad
educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor,
asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la
comunidad educativa en contra de un estudiante.
Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como
los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar
las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un
estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello
conforme al reglamento interno del establecimiento.
Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o
disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de
conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal2
2
Ministerio de Educación. (2011). LEY 20536 Sobre Violencia Escolar. Santiago.
25
7.2.3. Identificación y caracterización del maltrato
El maltrato puede adoptar diversas formas y afectar a distintas víctimas. La UNICEF define como:
“víctimas de maltrato y abandono a aquellos niños, niñas y adolescentes de hasta 18 años que sufren
ocasional o habitualmente actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en las
instituciones sociales”. (Maltrato Infantil en Chile, UNICEF responde, nd). Dentro del grupo familiar se
distinguen los siguientes tipos de maltrato:
TIPO DE MALTRATO ACTIVO PASIVO
físico abuso físico abandono físico
emocional maltrato emocional abandono emocional
sexual abuso sexual
En términos generales, los tipos de maltratos se pueden definir de la siguiente manera:
• Maltrato físico: toda agresión que puede o no tener como resultado una lesión física, producto de
un castigo único o repetido, con magnitudes y características variables.
• Maltrato emocional: el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos,
ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño, niña o
adolescente. También se incluye el rechazo, el aislamiento, aterrorizar a los niños o niñas, ignorarlos
y corromperlos.
• Abandono y negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes
tienen el deber de hacerlo y las condiciones para ello. Existe negligencia cuando los responsables
de cubrir las necesidades básicas de los niños (alimentación, salud, higiene, vivienda, contención
emocional, educación, recreación, explotación comercial NNA, etc.)
• Abuso sexual: es toda forma de actividad sexual entre un adulto y un niño, niña o adolescente.
Incluye la explotación sexual.
El contexto escolar no está exento de maltratos o de violencia, ya que el maltrato se puede reflejar en
conductas de diversa índole, entre las que encontramos:
I. Presencial
• Acoso escolar o bullying: Es el maltrato físico y/o psicológico deliberado y continuado que
recibe un niño por parte de otro u otros, que se comportan con él cruelmente con el objetivo de
someterlo y asustarlo, con vistas a obtener algún resultado favorable para los acosadores o
simplemente a satisfacer la necesidad de agredir y destruir que éstos suelen presentar.
El bullying implica una repetición continuada de las burlas o las agresiones y puede provocar la
exclusión social de la víctima
• Agresiones físicas: dentro de estas se encuentran directas, peleas, golpes, palizas, empujones
o indirectas, pequeños hurtos, destrozo de pertenencias, provocaciones.
26
• Agresiones verbales: dentro de estas se encuentran directas, insultos a la víctima y/o su
familia, ofender poniendo en evidencia características distintivas de la víctima o indirectas,
hablar mal de alguien, sembrar rumores y mentiras, en la actualidad se está utilizando el teléfono
móvil y redes sociales informáticas como vía para este tipo de maltrato.
• Intimidaciones, chantaje y amenazas: para provocar miedo, obtener algún objeto o dinero, u
obligar a la víctima a hacer cosas que no quiera.
• Acoso racial: dirigido a colectivos de inmigrantes o minorías étnicas. Se recurre a motivos
raciales como color de la piel, creencias culturales o religiosas.
• Acoso sexual: alusiones o agresiones verbales obscenas, toques o agresiones físicas.
• Acoso homófobo: se refiere al acoso motivado por prejuicios homofóbicos. Abuso psicológico,
verbal o físico hacia alguien por motivo de su homosexualidad o percibida homosexualidad.
• Dating violence: referente a relación violenta o de abuso que se establece entre iguales en un
contexto educativo y que transcurre durante relaciones de pareja.
II. Virtuales
• Ciber acoso: es acoso o intimidación por medio de las tecnologías digitales. Puede ocurrir en
las redes sociales, las plataformas de mensajería, las plataformas de juegos y los teléfonos
móviles. Es un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras
personas.
• Online Grooming: Conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el
objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el
mismo, conel fin de disminuir las inhibiciones del infante y poder abusar sexualmente de él/ella.
• Sexting: Se refiere al envío de mensajes sexuales (eróticos o pornográficos), por medio de
teléfonos móviles. Inicialmente hacía referencia únicamente al envío de SMS de naturaleza
sexual, pero después comenzó a aludir también al envío de material pornográfico (fotos y videos)
a través de teléfonos celulares y computadoras.
• Happy slapping: consiste en la grabación de una agresión física, verbal o sexual y su difusión
online mediante las tecnologías digitales (páginas, blogs, chats, redes sociales, etc.). Lo más
común es que esta violencia se difunda por alguna red social y, en ocasiones, puede hacerse
viral.
• Cyber-defamation: Se puede entender como la “denigración cibernética”, consiste en crear o
utilizar sitios web, portales de Internet u otras plataformas tecnológicas o virtuales, con el
propósito deliberado y directo de insultar, denostar o atacar a una persona. Puede dirigirse en
contra de cualquier persona; estudiantes, funcionarios, apoderados, etc. buscando perjudicar,
dañar la imagen, desprestigiar a alguien o dar a conocer situaciones íntimas o indecorosas.
27
7.2.4. Ley N° 20.000, Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas
Este cuerpo legal tiene por objetivo atacar a los diferentes focos y dimensiones del área delictiva, desde
una falta por consumo hasta el gran traficante, pasando por el uso ilegal de insumos en la fabricación
de drogas (precursores químicos), el acopio, traslado, venta, entre otras figuras.
De acuerdo a la Ley Nº 20.000, el consumo de drogas es una falta (no un delito), por lo que no tiene
penas privativas de libertad.
28
No obstante, su artículo 50 establece sanciones al que
consume drogas en lugares públicos o abiertos al
público (calles, plazas, pubs, estadios, cines, teatros,
bares, establecimientos educacionales, entre otros) y a
quienes lo hagan en lugares privados, siempre que
exista acuerdo previo para hacerlo.
Está penado con multa y cárcel (presidio) el tráfico de drogas y todo lo que se haga para traficar droga:
plantar, sintetizar, transportar, esconder, guardar, vender, comprar, importar, exportar, procesar, tener
material de laboratorio e insumos para fabricarla y luego venderla.
• Tráfico de drogas: Se refiere a los que trafiquen, bajo cualquier título, con drogas o sustancias
estupefacientes o sicotrópicas o con las materias primas que sirvan para obtenerlas, y a quienes
induzcan, promuevan o faciliten el consumo o tales sustancias.
Se entenderá que trafican los que, sin contar con la competente autorización, importen, exporten,
transporten, adquieran, transfieran, sustraigan, posean, suministren, guarden o porten tales
sustancias o materias primas.3
7.2.5 Ley N° 17.798 Control y porte de armas
• ARTÍCULO 3. Ninguna persona podrá poseer o tener armas largas cuyos cañones hayan sido
recortados, armas cortas de cualquier calibre que funcionen en forma totalmente automática, armas
de fantasía, entendiéndose por tales aquéllas que se esconden bajo una apariencia inofensiva;
armas cuyos números de serie se encuentren adulterados o borrados; ametralladoras,
subametralladoras; metralletas o cualquiera otra arma automática y semiautomática de mayor poder
destructor o efectividad, sea por su potencia, por el calibre de sus proyectiles o por sus dispositivos
de puntería.
Asimismo, ninguna persona podrá poseer o tener artefactos fabricados sobre la base de gases
asfixiantes, paralizantes o venenosos, de sustancias corrosivas o de metales que por la expansión
de los gases producen esquirlas, ni los implementos destinados a su lanzamiento o activación, así
como tampoco bombas o artefactos incendiarios.
Además, ninguna persona podrá poseer o tener armas de fabricación artesanal ni armas
transformadas respecto de su condición original, sin autorización de la Dirección General de
Movilización Nacional.
• ARTÍCULO 3 A. Los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos similares, que se
importen fabriquen, transporten, almacenen o distribuyan en el país, deberán cumplir con los
requisitos y especificaciones técnicas que establezca el Reglamento.
Prohíbase la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier
título y uso de fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus
piezas o partes, comprendidos en los grupos números 1 y 2 del Reglamento Complementario de
esta ley, contenido en el Decreto Supremo N° 77, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional. De
3
LEY 20000 TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS (2015). Santiago.
29
la misma forma se contempla lo anterior para el porte y uso de arma blanca, y la fabricación
artesanal de esta.4
7.2.6. Ley N° 19.617 Delitos y abusos sexuales
Los delitos sexuales son todos aquellos actos que atentan contra la libertad sexual y la indemnidad
sexual de las personas, independientemente de su edad, estrato social, raza, etnia, sexo o nacionalidad.
Los delitos sexuales se encuentran todos descritos y sancionados en el Código Penal. Los de mayor
conocimiento y relevancia son:
• Violación (Art. 361 del CP): Comete violación el que accede carnalmente, por vía vaginal, anal o
bucal, a una persona mayor de catorce años.
• Violación impropia (Art. 362 del CP): El que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal,
a una persona menor de catorce años.
• Violación con homicidio (Art. 372 bis del CP) El que, con ocasión de violación, cometiere además
homicidio en la persona de la víctima.
• Estupro (Art. 363 del CP) El que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal persona
menor de edad, pero mayor de doce años
• Abuso sexual (Arts. 365 bis y 366 del CP) Se entiende como cualquier actividad sexual entre dos
o más personas sin consentimiento
• Abuso sexual infantil (Art. 366 bis del CP) Es la conducta en la que una niña o niño es utilizado
como objeto sexual por parte de una persona con la que mantiene una relación asimétrica, de
desigualdad, con respecto a la edad, la madurez o el poder.
• Abuso sexual infantil impropio (Art. 366 quáter del CP). Cualquier acción que incite al menor a
escuchar o presenciar contenido sexual impropio (observar al adulto desnudo o mientras mantiene
relaciones sexuales con otras personas, masturbación, lenguaje sexualizado, ver material
pornográfico o asistir a conversaciones de contenido sexual.5
7.2.7. Ley N° 20.609 contra la discriminación
• ARTÍCULO 2. Definición de discriminación arbitraria. Para los efectos de esta ley, se entiende por
discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación
razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o
4
(LEY 21.310, SOBRE EL CONTROL DE ARMAS, Y OTRAS: disposiciones, PARA SANCIONAR PENALMENTE LA FABRICACIÓN,
IMPORTACIÓN, COMERCIALIZACION, DISTRIBUCIÓN, VENTA, ENTREGA A CUALQUIER TÍTULO, Y EL USO DE FUEGOS
ARTIFICIALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA, 2021)
5
(LEY 19617 MODIFICA EL CODIGO PENAL, EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Y OTROS CUERPOS LEGALES EN MATERIAS
RELATIVAS AL DELITO DE VIOLACION, 1999)
30
amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución
Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por
Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o
etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la
religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas,
el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la
apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
Las categorías a que se refiere el inciso anterior no podrán invocarse, en ningún caso, para justificar,
validar o exculpar situaciones o conductas contrarias a las leyes o al orden público.6
7.2.8. Obligación de denuncia de delitos
El Artículo 1° del Código Penal chileno, establece que “es delito toda acción u omisión voluntaria penada
por la ley”. 7
Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta
contrario a lo establecido por la ley, poniendo en peligro algún bien jurídico protegible (la vida, la salud
y la integridad física de las personas, la libertad, la propiedad privada, entre otros).
En esencia, toda expresión de violencia es un comportamiento que vulnera la integridad de las personas
o de los bienes materiales, pero no todos estos casos son voluntarios ni penados por la ley; un delito es,
por tanto, aquello que aparece definido en la ley como tal.
Los establecimientos deben saber cómo actuar frente a situaciones de violencia escolar que revistan
características de delito, lo que debe estar explicitado en los protocolos de actuación. Lo importante es
tener presente que existen situaciones de violencia escolar que no pueden ser abordadas sólo en forma
interna por los establecimientos educacionales, ya que exceden su capacidad de respuesta y sus
facultades, pues si se trata de delitos, éstos deben ser denunciados a la autoridad competente. Entre
los delitos que contempla la ley, se encuentran:
• Lesiones
• Agresiones sexuales
• Amenazas (de muerte o, en general, de hacer un daño)
• Porte o tenencia ilegal de armas
• Robos
• Venta o tráfico de drogas, entre otros.
Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas
u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del
Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
6
(LEY 20609, ESTABLECE MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, 2012)
7
(CÓDIGO PENAL, 1874)
31
conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e), 176 y 177 del Código
Procesal Penal.
• ARTÍCULO 175 E. Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar: Los directores,
inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren
a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno
de los obligados en este artículo eximirá al resto. 8
A nivel interno, todos los funcionarios que
observen acciones que constituyan delitos como los enunciados en el punto precedente, deberán
informarlo a la Dirección de la Escuela o a alguno de sus estamentos colaboradores Inspectoría
General, Departamento de Convivencia Escolar, Unidad Técnica Pedagógica. En esta instancia
comunicativa se definirá el curso a seguir sobre el delito denunciado.
7.3. Difusión del reglamento de Convivencia Escolar
El reglamento interno deberá ser informado y notificado a los padres, madres y apoderados/as, para lo
cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula o de su renovación cuando éste haya
sufrido modificaciones, dejándose constancia escrita de ello, mediante la firma del padre, madre o
apoderado/a correspondiente.9
Art. 7. De la difusión y respuesta en libro de Sugerencias:
i. Cada apoderado deberá firmar la hoja de recepción de la entrega del Manual de Convivencia
Escolar y de Evaluación de la Escuela, el cual será socializado por cada profesor jefe con sus
apoderados en la primera reunión de curso realizada en el establecimiento a comienzos de cada
año escolar. Si éste no asistiera a reunión, será citado a través de Inspectoría General, la cual
hará entrega y dejará registro de la recepción por parte del apoderado.
ii. En Inspectoría General se encontrará disponible el libro de “Sugerencias, Felicitaciones y
Reclamos” donde cada apoderado pueda dejar constancia de reclamos y/u observaciones al
presente documento. Este libro será revisado diariamente por inspectoría general y se socializará
una vez al mes en Consejo de Profesores. Frente a un reclamo, existirá un plazo máximo de
cinco (05) días hábiles para dar respuesta formal, la cual será entregada por un/a funcionario/a
del Equipo de Gestión.
iii. Este reglamento interno será revisado por el Consejo de Profesores en jornada de Reflexión en
el mes de diciembre de cada año, existiendo participación de todos los funcionarios y
funcionarias, y será socializado en el primer Consejo Escolar. Dicha revisión involucra los
cambios que amerite realizar de acuerdo a nuestra realidad como establecimiento.
7.4. Matrícula.
8
(LEY 19696, ESTABLECE CODIGO PROCESAL PENAL, 2000)
9
Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares, Superintendencia de Educación,
Chile, 2014
32
Art. 8 La admisión escolar se realiza por el Sistema de Admisión Escolar (SAE). Sistema centralizado
de postulación que se realiza a través de una plataforma en internet en la que las familias encuentran
información de todos los colegios que les interesan: proyecto educativo, reglamento interno, actividades
extracurriculares, entre otros.
A través de SAE, se postula para los niveles de Educación Parvularia (NT1-NT2) y de 1° a 8° año básico
en nuestro establecimiento, dependiendo de la cantidad de vacantes disponibles para el ciclo y/o curso
que se aspira.
7.5. Encargado/a de Convivencia Escolar
Art.9 Nuestro establecimiento cuenta con un Coordinador/a de convivencia escolar, cuyo
nombramiento y definición de funciones deben constar por escrito. De acuerdo a la Ley Sobre Violencia
Escolar, se establece que sus principales funciones son:
➢ Participar activamente del equipo de gestión en la implementación del Proyecto Educativo
Institucional.
➢ Promover la creación y funcionalidad de un Equipo de Convivencia Escolar en el establecimiento.
➢ Promover, monitorear y evaluar la ejecución del Plan de Gestión de Convivencia Escolar,
aprobado por el Consejo Escolar, generando estadísticas e indicadores de logro, asociadas a las
acciones implementadas.
➢ Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración,
implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que
fomenten la buena Convivencia Escolar.
➢ Participar, coordinar y liderar un trabajo colaborativo entre el Consejo Escolar, Equipo de
Convivencia y su cargo en materias de gestión y educación de la convivencia escolar.
➢ Potenciar el trabajo en red con organismos e instituciones de la comuna y otros establecimientos
educacionales en materias de convivencia escolar.
33
8. DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES
ACTOR DERECHOS
8.1. Estudiantes
Derecho a recibir educación de calidad que le permita desarrollarse
íntegramente como persona.
Derecho a utilizar la infraestructura y recursos del establecimiento.
Derecho a no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico,
político, cultural, religioso, físico u otro.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la
escuela, así como también de sus pares.
Derecho a un procedimiento justo y racional en la evaluación académica y en
la aplicación de medidas disciplinarias.
Derecho a defensa, apelación y a ser escuchado/a por las autoridades en
todo procedimiento disciplinario.
Derecho a conocer las sanciones que se le apliquen y los registros en la hoja
de vida, en el mismo momento que se decida su aplicación.
Derecho a asociarse y organizarse autónomamente con sus compañeros y
compañeras.
Derecho a conocer los objetivos, metodología, formas de evaluación de cada
subsector de aprendizaje a inicios de cada semestre.
Derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones (pruebas,
interrogaciones y trabajos), en un plazo máximo de dos semanas.
Derecho a desarrollar actividades culturales, científicas, deportivas,
artísticas y/o recreativas extracurriculares de acuerdo a sus intereses e
inquietudes.
Derecho de las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales
(NEE) a ser evaluados diferenciadamente, en cada subsector de aprendizaje
de acuerdo a instrucción de profesional PIE.
Derecho de las estudiantes embarazadas y madres a continuar sus estudios
normalmente u optar a adecuaciones curriculares y horarias específicas.
Se hacen parte del presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia,
todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos
Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y Niña y la Constitución
Política de la República de Chile.
“Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca
oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención
adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales;
a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y
de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad
física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de
maltratos psicológicos. (Ley Nº 20.370, Art. 10)
Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de
conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme
al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a
ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de
acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de
cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa
del establecimiento, y a asociarse entre ellos”. (Ley Nº 20.370, Art. 10)
34
ACTOR DERECHOS
8.2.
Apoderados/as
Derecho a participar activamente en el proceso de aprendizaje de su pupilo/a.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a organizarse autónomamente con otros apoderados/as.
Derecho a conocer periódicamente los resultados académicos y los registros
disciplinarios de su pupilo/a
Derecho a ser recibido y atendido oportunamente por las autoridades del
establecimiento, según lo amerite el horario de atención y previa citación.
Derecho a recibir oportunamente la documentación de su pupilo/la para los fines
que estime conveniente.
“Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los
directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los
rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como del
funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del
Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento.
El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del
Centro de Padres y Apoderados”. Derechos de los Padres, Apoderados(as) o
Tutores (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
8.3. Docentes
Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales.
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el
ejercicio docente.
A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto
de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento.
Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del
establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna
Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
Derecho a capacitarse y reflexionar activamente con otros profesores y
profesoras.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laborar de las y los docentes.
8.4.
Directivos/as
Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales.
Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen.
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su
gestión directiva.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa su
establecimiento.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laboral de los directivos/as.
8.5. Asistentes
de la Educación
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su
labor.
A que se respete su integridad física y moral
proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del
establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
35
Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento.
Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional.
Derecho a organizarse autónomamente con otros/as.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Código del Trabajo y demás leyes vigentes.
8.6. Sostenedor
Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la
comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.
Derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley,
Derecho a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de
conformidad a la legislación vigente.
9. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES
ACTOR DEBERES
9.1.
Estudiantes
Participar activamente en su proceso de aprendizaje.
Asistir puntualmente a clases.
Desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase.
Entregar oportunamente los trabajos y demás evaluaciones de cada subsector.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Informar a su apoderado/a sobre sus resultados académicos y registros
disciplinarios.
No utilizar durante el desarrollo de las actividades escolares objetos que
distraigan su atención y/o la de sus compañeros, especialmente teléfonos
celulares, artefactos musicales o cualquier elemento que no tenga relación con
la clase.
Los estudiantes que mantengan una relación sentimental, deben evitar
manifestaciones afectivas, que llamen la atención de la comunidad escolar.
“Son deberes de los estudiantes brindar un trato digno, respetuoso y
no discriminatorio a todos los integrantes de la Comunidad Educativa; asistir a
clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus
capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la
infraestructura educacional y respetar el Proyecto Educativo y el Reglamento
Interno del establecimiento”. (Ley Nº 20.370 Art. 10).
9.2.
Apoderados
Los padres o apoderado que representan al estudiante, durante el año escolar,
contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento, de
responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el
Manual de Convivencia.
Ante la eventualidad de agresión física, verbal o amenaza por parte del
apoderado contra un funcionario del establecimiento, se tomará la medida de la
prohibición de ingreso a la escuela. Ante este evento, pasa a cumplir el rol el
apoderado el suplente u otra persona.
Acompañar el proceso educativo de su pupilo/a.
Conocer los resultados académicos y registros disciplinarios de su pupilo/a.
Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de apoderados/as y demás
citaciones que realicen las autoridades del establecimiento. El apoderado que
presente dos incumplimientos a reunión o citación quedará inhabilitado de
ejercer su rol de apoderado, pasando el apoderado suplente a asumir el rol de
titular, y deberá nombrar un nuevo apoderado suplente.
36
Responder económicamente por los daños que su pupilo/a ocasione en los
bienes o la infraestructura del establecimiento.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
“Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus
hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del
establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con
los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su
normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la
Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
9.3.
Directivos
Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento.
Monitorear y corregir constantemente el funcionamiento del establecimiento, en
sus ámbitos pedagógicos, administrativos y de convivencia escolar.
Convocar e incluir a todas y todos los miembros de la comunidad escolar en
diferentes instancias de reflexión y toma de decisiones del establecimiento.
Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros del
establecimiento.
Sistematizar los resultados académicos y elaborar participativamente programas
de mejora en el establecimiento.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Establecer vínculos y alianzas de cooperación con redes de apoyo institucional
y organizaciones sociales del entorno.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laboral de las y los directivos. También las orientaciones presentes
en el Marco para la Buena Dirección del MINEDUC.
9.4. Docentes
Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes.
Conocer e intentar comprender técnicamente las características sociales,
económicas y culturales de sus estudiantes.
Planificar sistemáticamente su actividad docente.
Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los
estudiantes.
Adecuar los contenidos y la metodología de clase a la realidad de las y los
estudiantes, considerando sus necesidades, intereses y experiencias de vida
como elementos fundamentales del proceso pedagógico.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Capacitarse constantemente, actualizando sus conocimientos y habilidades
pedagógicas.
Recibir y atender personalmente a las y los apoderados/as que lo soliciten.
Evaluar diferenciadamente en el aula a las y los estudiantes con Necesidades
Educativas Especiales (NEE).con el instrumento adecuado con el especialista
PIE.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código Laboral de acuerdo a la
relación laboral de las y los docentes. También las orientaciones presentes en
el Marco para la Buena Enseñanza del MINEDUC.
9.5.
Asistentes de
la Educación
Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un
criterio centrado en lo pedagógico.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
37
Se hacen parte de esta Reglamento Interno y Manual de Convivencia, los
deberes consagrados en el Código del Trabajo para los trabajadores y
trabajadoras.
9.6.
Sostenedor
Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del
establecimiento educacional que representan
Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar
Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando
reciban financiamiento estatal
Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus
establecimientos a la Superintendencia Esa información será pública
Obligatoriedad a entregar a los padres y apoderados la información que
determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de
aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.
10. PROHIBICIONES DE LOS ACTORES ESCOLARES
PROHIBICIONES
Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida autorización.
Suspender ilegalmente las labores e inducir a tales actividades.
Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada.
Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, de drogas o
estupefacientes.
Permitir a personas ajenas al local escolar, realizar trabajos voluntarios de tipo pedagógico,
administrativo, paradocente o de servicios menores u otros sin una autorización expresa del
director o empleador.
Realizar paseos o giras de estudio sin la autorización.
Utilizar la infraestructura del establecimiento en beneficio personal.
Usar celular durante el desarrollo de las clases.
Salir del establecimiento sin autorización (fugarse).
Ingresar sustancias ilícitas, drogas, alcohol, cigarrillos, etc.
Ingresar con armas de cualquier tipo.
38
TITULO II
11. NORMATIVA
11.1 Conducto Regular del Establecimiento
Art. 10 En caso de que el establecimiento requiera informar algún aspecto importante del o la estudiante,
o su madre, padre o apoderado/a necesite algún tipo de orientación, entrevista o conversación con
alguna persona del establecimiento, se realizará según el siguiente procedimiento:
1) Profesor/a jefe, profesor/a de asignatura, profesor/a PIE y/o profesionales no docentes
(Psicólogo/a, Asistente social, Terapeuta ocupacional, Fonoaudióloga/o, Kinesiólogo/a).
2) Inspector/a General o Unidad Técnico Pedagógica.
3) Coordinador/a de Convivencia escolar o Coordinador/a Programa de Integración
4) Dirección.
5) Corporación Municipal de Pozo Almonte
Art. 11 La solicitud se deberá hacer a través del profesor/a jefe mediante comunicación escrita
empleando libreta de comunicaciones y/u otro medio de forma física. Existen protocolos a seguir para
cada circunstancia que se presente, en la que se requiera un procedimiento determinado y establecido,
en base a las responsabilidades, roles y funciones de los cargos comprometidos para la resolución de
cada situación, conflictiva o no, dando curso a su gestión de la forma más idónea y expedita, sea esta
de naturaleza administrativa, curricular, disciplinaria u otra. (ver flujograma)
39
40
11.2. Sala de Clases
Art. 12. Las salas de clases son los espacios físicos e institucionales, destinados a la generación de
aprendizajes de las y los estudiantes de acuerdo a diferentes subsectores y niveles educativos. El
establecimiento velará por la correcta y adecuada implementación del mobiliario, luminarias, pizarra,
puertas y ventanas de cada sala de clases.
a) El aseo de las salas de clases es una de las funciones principales de las y los auxiliares de
servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención
y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.
b) En relación a la ornamentación de las salas de clases, éstas podrán ser decoradas y
acondicionadas por cada curso o por un/a docente responsable de un subsector, de acuerdo al
tipo de modalidad que se utilice en el colegio. Es importante en ambas modalidades incorporar
la creatividad y entusiasmo de las y los estudiantes.
11.3. Conductas inadecuadas en la sala de clases
• Gestos obscenos.
• Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en general.
• Fugarse de la sala de clases permaneciendo en el establecimiento.
• Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que
devalúe moral, psicológica o físicamente a otra personal.
• Grabar imagen y/o sonido total o parcial de clases, conversaciones públicas, privadas sin el
consentimiento respectivo, a excepción de situaciones pedagógicas que lo requieran
(retroalimentación, evaluación, investigación entre otros).
11.4. Conductas inadecuadas fuera de la sala de clases
• Conducta inadecuada en actos, ceremonias y cualquier actividad oficial del establecimiento.
• Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en general.
• Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que
devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona.
• Gestos obscenos.
• Exhibir, transmitir grabaciones, fotografías que afecten o menoscaben la integridad de
cualquier integrante de la comunidad escolar por el medio de difusión que sea.
• Realizar actos, omisiones o imprudencias temerarias que comprometan la seguridad, actividad
y salud de las personas y de sí mismos.
12.Trabajo en Aula
Art 13. El desarrollo de aprendizajes se basa en la relación estudiante-docente, cuya base es el respeto
mutuo y la confianza. En esta relación será responsabilidad de la o el docente establecer las
41
metodologías, desarrollar la planificación y diseñar las evaluaciones pertinentes, para el logro de los
objetivos de cada nivel de enseñanza y subsector.
La idea central del trabajo pedagógico no es “pasar la materia” o “cumplir con el programa” sino
desarrollar aprendizajes en las y los estudiantes, por lo que la o el docente debe adecuar sus
metodologías y dinámicas de clase a las características de sus estudiantes y la realidad del entorno
social, intentando satisfacer las expectativas e intereses de las y los estudiantes.
Las y los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas, con una disposición
favorable al desarrollo de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas, no entorpeciendo el clima de
clase o el trabajo escolar de sus compañeros.
La convivencia escolar al interior de la sala de clases es monitoreada en todo momento por la o el
docente que está a cargo del curso, quien debe velar por el cumplimiento del presente manual de
convivencia y por los principios y orientaciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Durante el desarrollo de las clases, tanto estudiantes como profesores/as no podrán ingerir alimentos o
bebidas, escuchar música, utilizar su teléfono móvil, dormir o dedicarse a otras labores que no
correspondan con el desarrollo del subsector respectivo.
Las y los estudiantes que deseen ir al baño o deban retirarse de la sala de clases por algún motivo
justificado, deben avisar dicha situación al docente o inspector/a que se encuentre en ese momento.
En caso que la o el profesor deba ausentarse momentáneamente de la sala de clases por motivos de
fuerza mayor o frente a su inasistencia, el curso estará a cargo de un docente reemplazante o
inspector/a, quién realizará actividades pedagógicas relacionadas con el subsector respectivo y
supervisadas por la Unidad Técnica Pedagógica (UTP).
El uso de instrumentos tecnológicos, tanto para estudiantes, profesores/as, directivos/as o asistentes de
la educación, sólo será permitido fuera del horario de clases, con la sola excepción de que sea necesario
para el desarrollo de alguna actividad pedagógica. El establecimiento no se hará responsable de la
pérdida o daño de instrumentos tecnológicos.
El tiempo de entrega de las calificaciones y evaluaciones, el o la docente dispondrá de dos semanas
para dar a conocer los resultados.
12.1. Clases de Religión
Art. 14. El sistema educacional en Chile, establece según el DS Nº 924/83, que las clases de religión
tienen un carácter optativo para el/la estudiante, por lo que este documento consagra el derecho de las
y los estudiantes de elegir el asistir o no a las clases de religión, impartidas en el establecimiento de
forma obligatoria debiendo impartir el credo religioso elegido por el/la estudiante y su familia. Para
ejercer este derecho sus apoderadas/os deberán registrar esta opción al momento de la matrícula si
desean o no la enseñanza de religión, señalando si optan por un credo determinado o si no desean que
su hijo o pupilo curse clases de religión. Las clases de religión que se realicen en el establecimiento, no
serán vinculantes ni exclusivas de ningún credo religioso en particular. Tendrán un carácter ecuménico
y humanista basado en el desarrollo valórico y espiritual de las y los estudiantes, más que en una doctrina
42
específica. Para las y los estudiantes que opten por no asistir a clases de religión, el establecimiento
debe generar las condiciones para que desarrollen actividades paralelas de carácter pedagógico. En
ningún caso, las y los estudiantes que opten por no asistir a clases de religión, permanecerán en la sala
durante la realización de este subsector
12.2. Clases de Educación Física
Art. 15. Todas y todos los estudiantes participarán del subsector de educación física. Sólo se realizarán
adecuaciones curriculares ante imposibilidad de las y los estudiantes de someterse a exigencias físicas.
Dicho impedimento será justificado debida y oportunamente a través de la certificación de un
especialista. El uniforme para las clases de educación física sugerido es:
UNIFORME DEPORTIVO
DAMAS VARONES
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional deportiva (cuello
redondo)
• Calzas azules deportivas/Short azul deportivo
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado y tomado con collet color
azul, gris, blanco o negro.
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional deportiva (cuello redondo)
• Short azul deportivo
• Zapatillas deportivas color blanco
* Se sugiere el no uso de piercing o accesorios no estipulados en el uniforme.
El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, puede ser
considerado una falta leve, pero acumulativa. Los y las estudiantes podrán participar en las
actividadesdel colegio sin su uniforme, previa autorización y diálogo reflexivo para la comprensión de la
norma escolar, y como caso excepcional, luego de un compromiso fechado en agenda y Hoja de Vida
con el apoderado para conocer el origen de la situación.
13.Recreos, Kiosco y Espacios Comunes
Art. 16. El recreo es el tiempo de descanso y esparcimiento para estudiantes y docentes, dentro de la
escuela, siendo función de las y los inspectores/as velar por la seguridad y buena convivencia de
estudiantes y la comunidad en general.
a) Los recreos deben ajustarse a los horarios designados al inicio del año escolar. El inicio del
recreo será avisado con un timbre o campana, tras lo cual se suspenden inmediatamente las
clases. Las y los docentes deben velar por el cumplimiento de esta disposición, no utilizando el
recreo para tareas lectivas.
b) Al finalizar el recreo, estudiantes y docentes deben ingresar a sus salas de clases, evitando
retrasos innecesarios (compras en el kiosco, idas al baño, formación, etc.).
43
c) En ningún caso, las y los estudiantes deben ser castigados con la pérdida del recreo como
sanción a alguna falta cometida en forma individual o colectiva, entendiendo que el recreo es un
aspecto relevante en la formación y aprendizajes de las y los estudiantes.
d) El o los kioscos del establecimiento deben permanecer cerrados durante el horario de clases.
Deben ofrecer productos coherentes a las Políticas Públicas Saludables y Promoción del
Ministerio de Salud, respetando la guía de elementos básicos para la adecuada licitación,
implementación y funcionamiento del kiosco escolar. Esta guía no estrega información sobre las
condiciones sanitarias y funcionamiento óptimo, características de su infraestructura según lo
instruido por el Reglamento Sanitario de Alimentos e información sobre los alimentos que se
pueden vender y promocionar al interior de los establecimientos educacionales, según la Ley
20.606.
14.Atrasos (Horario, puntualidad y asistencia)
a) Atrasos
Art.17. La puntualidad es un hábito que todo el estudiantado debe formar y adquirir para toda la vida
desde temprana edad. El hábito de la puntualidad es necesario para la formación de la eficacia, la
responsabilidad y el orden y es deber de los padres educar en este valor.
Nuestro establecimiento tiene un horario determinado para su funcionamiento y atención. Estos horarios
permiten tener un orden, además que ayudan a la coordinación de las clases y descansos de los
miembros de la comunidad educativa. Ningún estudiante atrasado/a puede ser devuelto a su hogar. Es
deber de los padres, apoderados y/o tutores de los estudiantes velar por el cumplimiento de la
puntualidad al ingreso de cada jornada escolar.
Se consideran faltas leves los siguientes atrasos:
• Atraso al inicio de la jornada escolar. (queda inválida esta sanción si procede incumplimiento o
irresponsabilidad del/la apoderado/a hasta 3° año básico)
• Atraso al inicio de cada clase.
• Atraso a la hora de colación.
b) Asistencia
Art. 18. La asistencia a clases es obligatoria, como también a todas las actividades lectivas o funciones
del establecimiento para las cuales fuesen citados:
i. El/la estudiante debe asistir un mínimo equivalente al 85% de clases regulares durante el año;
en caso contrario será causal de repitencia, salvo casos de enfermedad por licencia médica
presentada y registrada por el apoderado en Inspectoría.
ii. Si por algún motivo la asistencia anual del estudiante fuera menor al 85%, será obligación del
apoderado enviar una carta a Dirección, explicando los motivos de dichas ausencias adjuntando
evidencias que justifiquen las mismas (ej.: licencias médicas) y solicitar la promoción de su pupilo.
Quedan exentos los/las estudiantes que presenten enfermedades crónicas debidamente
justificadas.
44
c) Inasistencias
Art.19. Las inasistencias de los y las estudiantes a los establecimientos educacionales con o sin
justificación, afectan su aprendizaje:
i. Toda inasistencia sin justificación del apoderado es considerada una falta leve.
ii. Toda inasistencia a clases debe ser notificada previamente o justificada posteriormente en la
libreta de comunicaciones o cuaderno del estudiante por el apoderado, y cuando sea requerido
en forma personal (inasistencias reiteradas sin aviso).
iii. En caso de enfermedad, el apoderado debe presentar certificado médico, en un plazo no mayor
a 48 horas.
iv. Las inasistencias acumuladas por veinte o más días hábiles sin justificación o sin aviso del
apoderado en forma personal, pueden ser causales para dar de baja al/la estudiante. Antes de
esto, Inspectoría General deberá agotar todos los medios disponibles (llamado telefónico- visita
domiciliaria dejando constancia) para obtener información al respecto.
v. Lo anterior, no aplica para las estudiantes en condición de embarazo o de maternidad, puesto
que existe una normativa específica para estos casos. (Protocolo madres en condición de
embarazo, maternidad y progenitores).
15.Relaciones afectivas
Art. 20. Todas y todos los miembros de la comunidad educativa, independiente de su estamento, edad
o género podrán expresar afectivamente sus relaciones de amistad, compañerismo y “pololeo”. Estas
manifestaciones deben respetar los límites de aquello que puede ser realizado en un ámbito público.
Evitando situaciones como las caricias eróticas en el patio, besos efusivos durante una clase, entre otras.
16.Uniforme Escolar y Estética Personal
16.1. Uniforme Escolar
El Decreto Supremo Nº 215 del Ministerio de Educación del año 2009, establece que los directores
de los establecimientos educacionales que cuenten con reconocimiento oficial, podrán con acuerdo del
respectivo Centro de padres y Apoderados, Consejo de Profesores, y previa consulta al Centro de
Alumnos (as) y al Comité de Seguridad Escolar, establecer el uso obligatorio del uniforme escolar. Se
deberá procurar que éste sea económico y no ostentoso de manera que no sea un impedimento para
que los niños, niñas y jóvenes puedan asistir a sus instituciones educativas.
En caso que el uso del uniforme sea obligatorio, los directores de los establecimientos educacionales
por razones de excepción y debidamente justificada por los padres o apoderados, podrán eximir
a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o parcial del uniforme.
Art.21. En ningún caso, el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la
prohibición de ingresar o permanecer en el establecimiento educacional. Sin embargo, los estudiantes
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deben presentarse y retirarse diariamente con uniforme institucional del colegio completo y bien
presentado (limpio, ordenado, correspondiendo a la talla del estudiante).
Para el periodo escolar 2023-2024 se mantendrá el siguiente uniforme escolar:
UNIFORME OFICIAL
DAMAS VARONES
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional piqué (con cuello)
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado y tomado con collet color
azul, gris, blanco o negro.
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional piqué (con cuello)
• Zapatillas deportivas color blanco
*Cabello ordenado, se sugiere el no uso de aros excesivamente largos, piercings o accesorios no
estipulados en el uniforme
El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, puede ser
considerado una falta leve, pero acumulativa. Los y las estudiantes podrán participar en las actividades
del colegio sin su uniforme, previa autorización y diálogo reflexivo para la comprensión de la norma
escolar, y como caso excepcional, luego de un compromiso fechado en agenda y Hoja de Vida con el
apoderado para conocer el origen de la situación.
16.2. Higiene Personal
El cuidado e higiene personal es un área formativa y abordable en todos los y las estudiantes, y
es deber de las unidades de orientación junto con todos los agentes educativos velar por su
cumplimiento.
16.2.1. Corte de Pelo
• Independiente del género debe utilizar color de cabello natural. El largo del cabello no
debe obstaculizar la visión, estar ordenado, manteniendo el rostro despejado.
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16.2.2. Accesorios y Otros
• Uso de piercings y expansores no recomendado en el contexto escolar por su seguridad y/o
riesgo de accidentes.
• Uso de aros: aceptables aros pequeños.
• Uso de Tatuajes: prohibidos.
• Uso de coles y trabas: acorde a colores institucionales azules, grises o blanco
• Uso de maquillaje: no permitido.
17. Colación y Uso del Comedor
Art. 22. El horario de colación o almuerzo debe ser establecido a inicios de cada año escolar,
diferenciándolo para los distintos ciclos y niveles educacionales. Se debe considerar un tiempo mínimo
de treinta minutos para cada turno de colación y/o almuerzo.
La convivencia escolar en el comedor siempre estará monitoreada por un inspector/a o personal a cargo,
quién velará por el comportamiento de las y los estudiantes e informará a la dirección del establecimiento
sobre las características de las raciones alimenticias entregadas.
El aseo del casino del establecimiento es función del personal manipulador de alimentos del
establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es
responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.
18. Comunicación Familia-Escuela
Art.23. Todo estudiante debe contar con una apoderada/o titular y otro suplente, debidamente
oficializados al momento de la matrícula. El o la apoderada entregará al establecimiento datos de
contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico actualizados.
Inspectoría General será responsable de supervisar que la información se encuentre actualizada y
operativa para su oportuna utilización en los casos pertinentes.
La vía oficial de comunicación entre el establecimiento y la familia, es la libreta de comunicaciones o
agenda escolar, o la plataforma virtual que el establecimiento determine.
19.Reuniones de Apoderados
Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el
profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los aprendizajes de las y los estudiantes,
abarcando tanto lo académico como la convivencia escolar.
Art. 24. Cada curso realizará al menos dos reuniones de apoderadas/os cada semestre, las que se
deben desarrollar en un horario que potencie la participación activa de la mayoría de las y los
apoderados.
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Las reuniones de apoderadas/os deberán ser planificadas y calendarizadas al comienzo del año escolar,
siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la apoderada/o con una semana de anticipación a su
fecha de realización.
Semestralmente, las apoderadas/os recibirán un informe escrito, que detalle el rendimiento académico,
informe de personalidad y los registros disciplinarios de su pupila/o. Las apoderadas/os que no pudiesen
asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en horarios de atención de
apoderadas/os establecidos, en la semana siguiente a la fecha e
nque se efectuó la reunión.
No podrán ser sancionados las/os estudiantes cuyos apoderados/as no asistan a reunión, ya que no es
pertinente sancionar a un actor por el incumplimiento de un deber de otro.
20. Cita con un/a Docente
Para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia, el o la apoderada/, una/o
de sus profesoras/es u otra/o profesional del establecimiento, podrán solicitar una cita, en un horario
prefijado en la unidad educativa.
Art. 25. Cada Docente o profesional de apoyo del establecimiento, deberá tener un horario de atención
deapoderadas/os, el cual será debidamente informado a las familias de los/as estudiantes que atiende.
Será deber de las o los docentes y profesionales de apoyo del establecimiento que citen
apoderadas/os, atenderles personalmente y no podrán delegar esta función en otra persona o
funcionario de la unidad educativa, la solicitud de reunión con un Docenteo Directivo, por parte de este,
deberá ser informada al establecimiento con un mínimo de dos días de anticipación y explicitando
claramente su objetivo y tema a tratar.
21. Retiro de Estudiantes
Art. 26. Al finalizar la jornada escolar los y las estudiantes que cursen niveles inferiores a 4º año básico,
deberán ser retirados por su apoderada/o o un adulto/a responsable, previamente acreditado en ficha
de matrícula para esta función.
Si un estudiante no es retirado al finalizar la jornada sin aviso, se esperará por un periodo no superior a
45 minutos de lo contrario se contactará a la Unidad Familiar de Carabineros de la localidad.
Será deber de las y los apoderados, retirar puntualmente a sus estudiantes, al término de la jornada
escolar. Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá
ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento que justifique dicho retiro.
Los retiros durante la jornada de clase se realizarán por el apoderado(a) oficial o suplente durante la
mañana hasta las 13:00 horas.
Los estudiantes NO PODRÁN SER RETIRADOS por personas no inscritas en los registros
escolares.
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22.Actos Cívicos o Ceremonias
Art. 27. Se entenderá por acto cívico o ceremonia, la actividad cuyo objetivo es conmemorar o celebrar
alguna fecha, desarrollar una temática de interés para la comunidad o el reconocimiento de logros y
resultados de algún miembro de la comunidad educativa.
Los actos cívicos o ceremonias son expresión de los intereses y necesidades de todos los miembros de
la comunidad, por lo que deben evitar desarrollarse exclusivamente desde una mirada adulta. Deben
ser instancias de participación e inclusión de las distintas visiones culturales que coexisten en la
escuela.
23.Actividades Extraprogramáticas
Se entiende como actividad extraprogramática toda actividad no lectiva realizada en horario de clases
o fuera de él. Las actividades extraprogramáticas deben responder a los intereses y las necesidades
de las y los estudiantes.
Art. 28. La participación y asistencia a estas actividades tienen un carácter voluntario, y no incidirá en la
evaluación de ningún subsector de aprendizaje.
Toda actividad de este tipo debe tener un carácter pedagógico y debe ser planificada y supervisada por
un/a adulto/a, sea éste directivo/a, docente, asistente de la educación, apoderada/o u otro/a profesional
externo/a de apoyo.
Si la actividad extraprogramática se realiza fuera del establecimiento o en horarios distintos a los
lectivos, ésta deberá ser autorizada por escrito por el o la apoderada/o de cada estudiante participante.
El encargado de la actividad será el responsable de recolectar y entregar dichas autorizaciones a
Inspectoría General en los plazos respectivos.
24.Salidas Pedagógicas
Art. 29. Cada curso podrá organizar paseos y/o salidas pedagógicas del establecimiento, las que
consisten en:
• Salidas Pedagógicas: Actividades de aprendizaje organizadas y desarrolladas fuera del
establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de uno o varios de los
subsectores y complementarias al proceso de enseñanza. Se desarrollan en horario de clases y
deben contar siempre con la supervisión del docente a cargo. Por ejemplo, salidas a museos,
zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, etc.
Se requerirá solicitar la autorización a la Dirección del establecimiento al menos con 15 días hábiles
(dentro de a localidad) de anticipación, adjuntando la autorización escrita de todos/as las y los
apoderadas/os de las y los estudiantes participantes.
* Procedimiento detallado se encuentra en Protocolo para Salidas Pedagógicas
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25.Visita al Establecimiento
Art. 30. Se considerará visita a toda persona que, sin ser parte de la comunidad escolar (estudiante,
apoderada/o, docente, directivo/a o asistente de la educación), ingrese al establecimiento por algún fin
específico. En esta categoría se incluye a:
• Autoridades municipales o gubernamentales que visiten el establecimiento o supervisen algún
aspecto de su funcionamiento.
• Profesionales o técnicos de apoyo que desarrollen intervenciones o atenciones especializadas.
• Personas que desean conocer el establecimiento para evaluar una futura matrícula.
• Otras personas que visitan el establecimiento con razón justificada.
1) Cualquier persona que visite el establecimiento educacional, debe dirigirse en primera instancia
a Inspectoría, donde se dejará constancia de su ingreso y se le atenderá o derivará según
corresponda.
2) También se le entregará un distintivo que diga “visita” que debe portar visiblemente durante
toda su estadía en el establecimiento. En inspectoría se llevará un Registro de Visitas, donde se
detallará el nombre y la cédula de identidad del visitante, el objetivo de la visita, así como también,
la fecha y hora de la misma.
3) Las visitas serán acompañadas durante toda su estadía en el establecimiento por algún
funcionario de la escuela, sea este directivo/a, docente o asistente de la educación, según sea
el caso.
4) Toda visita al establecimiento deberá ser desarrollada durante el horario normal de clases, sin
interrumpir las actividades académicas de estudiantes y docentes.
26.Transporte Escolar
Art. 31. Se considerará transporte escolar al servicio de traslado de estudiantes entre sus hogares y el
establecimiento, que cumpla con la normativa vigente del Ministerio de Transporte y
Telecomunicaciones.
1) El establecimiento mantendrá un registro actualizado de las personas que desarrollan el servicio
de transporte escolar para las y los estudiantes Dicho registro considerará el nombre completo
del “tío” o “tía”” transportista, su cédula de identidad, teléfono móvil, fecha de vencimiento de la
licencia de conducir, patente del vehículo y fecha de vigencia de la revisión técnica respectiva.
2) La confección, actualización y vigencia del registro de transportistas será responsabilidad del
Inspector/a General del establecimiento, quién lo pondrá a disposición de las y los apoderadas/os
que lo soliciten.
3) El o la transportista se compromete a dejar y recibir a las y los estudiantes trasladados, única y
exclusivamente en la puerta de entrada o en alguna zona destinada para ello en el
establecimiento. Bajo ningún motivo se dejará a las y los estudiantes en lugares que impliquen
cruzar calles o caminar por los alrededores del establecimiento.
4) Frente a cualquier dificultad o accidente acontecidos durante el trayecto entre la casa del o la
estudiante y el establecimiento, el o la transportista deberá informar de lo acontecido en
Inspectoría General, a las o los apoderadas/os de las y los estudiantes trasladados/as y si fuese
necesario a carabineros u otro servicio de urgencia.
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5) El contrato de servicios entre el o la apoderada/o y el o la transportista constituye un acto
comercial privado, en el cual el establecimiento no se hace parte.
27.Integración de Personas con Discapacidad
Art. 32. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Integración de Personas con Discapacidad, el
establecimiento realizará las adecuaciones necesarias en cuanto a:
• Infraestructura (Ej.: Accesos, baños).
• Currículo (Ej.: Adecuaciones y/o cambios curriculares).
• Metodologías (Ej.: Evaluación diferenciada, adaptaciones didácticas).
El sentido de las adecuaciones es asegurar el ejercicio del Derecho a la Educación y una real integración
a la comunidad educativa de las personas con discapacidad.
La Escuela Básica Estrella del Sur, cuenta con la infraestructura y los profesionales idóneos para la
atención de los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, ya sean estas
permanentes y/o transitorias.
28.Atención Personalizada de Especialistas
Art. 33. El establecimiento cuenta con instancias de derivación para atención médica, psicológica, social
y/o de aprendizajes, para potenciar el pleno desarrollo de las habilidades de las y los estudiantes.
Estas derivaciones son de carácter voluntario y deben contar con el consentimiento de las y los
apoderadas/os. Las derivaciones a especialistas como orientador/a, psicólogo/a o psicopedagogo/a,
entre otros, no pueden ser producto de una medida disciplinaria y deben ser informadas directa y
oportunamente a la apoderada/o.
El procedimiento de derivación a las redes externas será responsabilidad del Coordinador/a de
Convivencia Escolar y Coordinador PIE del establecimiento, quien debe mantener un registro de casos
e informar previamente a los estudiantes y apoderadas/os respectivos.
29.Ley de Responsabilidad Penal Juvenil
Art. 34. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, el Establecimiento
realizará la denuncia respectiva de todos aquellos actos cometidos por estudiantes mayores de 14 años,
que constituyan delito.
El establecimiento recibirá a los y las estudiantes que sean derivados por un Tribunal de Justicia, velando
por cumplir las condiciones necesarias para el ejercicio del Derecho a la Educación y una adecuada
integración a la comunidad educativa.
Los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar del establecimiento, pueden tomar parte en
el proceso para su acompañamiento y/o seguimiento de ser requeridos.
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30.Accidente Escolar
Art. 35. Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley
16.744. que señala: “estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares
por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica
educacional”10
i. Se consideran accidentes escolares, los que ocurran con causa u ocasión de las actividades
escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida o
regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional.
También aquellos que afecten a las y los estudiantes que, con motivo de la realización de
actividades educativas, alojen fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de las
autoridades educacionales.
ii. En caso de accidente escolar, la denuncia debe realizarse ante el Servicio de Salud que
corresponda al domicilio del establecimiento, a través del formulario disponible para ello. La
denuncia del accidente escolar debe ser realizada por el o la directora/a del establecimiento en
un plazo de veinticuatro horas de ocurrido el accidente, de lo contrario esta denuncia puede ser
realizada por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos o un familiar del
afectado tal como lo establece la ley.
* Procedimiento detallado se encuentra en “Protocolo Accidentes Escolares”.
31. Integración de estudiantes inmigrantes
Art. 36. La Constitución Política de la República de Chile y la Convención de los Derechos del Niño,
suscrita y ratificada por el Estado de Chile con fecha 27 de septiembre de 1990, garantizan a todos los
niños, niñas y jóvenes el ejercicio del derecho a la educación. El Ordinario: Nº 07/1008(1531) año 200511
y su actualización del 2016 de Ministerio de Educación, señala que se debe:
• Facilitar la incorporación de los y las estudiantes inmigrantes a los establecimientos
educacionales del país, su permanencia y progreso en el sistema.
• Cautelar que las autoridades educacionales, el personal docente y el personal no docente de los
establecimientos no establezcan diferencias arbitrarias entre los y las estudiantes en razón de su
nacionalidad u origen.
• Difundir en las comunidades escolares que cualquier forma de discriminación en contra de las y
los estudiantes inmigrantes es contraria al principio de igualdad, debiendo promover siempre el
respeto por aquellos estudiantes que provienen de otros países.
• El profesor jefe, de los cursos que tienen estudiantes inmigrantes, debe abordar esta temática
previniendo situaciones que impliquen acoso, aislamiento, apodos u otra forma de discriminación.
Así mismo, debe encargarse de poner en conocimiento del resto de los estudiantes la normativa
existente al respecto y que consta en el Manual de Convivencia Escolar. También destacar los
10
(DECRETO 313, INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744, 1973)
11
(Ministerio de Educación, 2016)
52
aspectos positivos que puedan significarles un aporte por parte de la cultura de origen del
estudiante inmigrante.
Los y las estudiantes deberán ser aceptados y matriculados provisionalmente en los establecimientos.
Para estos efectos, será suficiente requisito que el postulante presente al colegio una autorización
otorgada por el respectivo Departamento Provincial de Educación y un documento que acredite su
identidad y edad. Mientras él o la estudiante se encuentren con “matrícula provisoria” se considerará
como alumno regular para todos los efectos académicos, curriculares y legales a que diere lugar, sin
perjuicio de la obligación del o la estudiante de obtener, en el más breve plazo, su permiso de residencia
en condición de Estudiante Titular.
Matriculado/a provisionalmente un/a estudiante inmigrante, el sostenedor del establecimiento
subvencionado tendrá derecho a la subvención correspondiente.)
32. Daño a la Propiedad del Establecimiento Educativo
Art. 37 Todos los integrantes de la comunidad educativa son responsables del buen uso de los recursos
que son parte del establecimiento escolar, así como de los bienes particulares de sus integrantes sin
excepción. Teniendo en consideración que gran parte de los recursos son herramientas para el
aprendizaje, su cuidado y mantención es exigible a toda la comunidad escolar.
• Destruir o dejar inoperable mobiliario, implementación tecnológica (laboratorios de ciencias y
tecnología)
• Destruir o dejar inoperables servicios higiénicos.
• Destruir o dejar inoperable infraestructura o cualquier material que preste un servicio educativo.
• Destruir o dejar inoperables elementos de seguridad (redes húmedas, etc.)
• Destruir o dejar inoperables cámaras de seguridad y/o vigilancia, timbre, entre otros.
• Destruir o dejar inoperables materiales didácticos o educativos facilitados a los alumnos/as como
instrumentos musicales, accesorios deportivos, etc.
• Daño a la propiedad de terceros.
• Destruir o dejar inoperables vehículos, computadores, materiales de trabajo o personales de
cualquier miembro de la comunidad educativa y comunidad en general.
33.De las Evaluaciones
Evaluación y Promoción
Art. 38. La evaluación es un medio de expresión cualitativo y cuantitativo del establecimiento, de avance
de las conductas, metas y objetivos y por lo tanto permite comprobar la efectividad del currículum
previamente establecido, determinando logros en los niveles de actuación de todos los agentes
involucrados en el proceso educativo.
33.1. Régimen de evaluación
SEMESTRAL
53
33.2. Formas de evaluación
Se utilizarán los siguientes procedimientos evaluativos:
• Pruebas de Diagnóstico
• Pruebas Formativas
• Pruebas Sumativas
• Trabajos Grupales
• Trabajos Prácticos Individuales
• Trabajos de Investigación
• Tablas de Cotejo
• Revisión de Cuadernos
• Interrogaciones Orales y/o Escritas
• Disertaciones
• Salidas a Terreno
• Mapas Conceptuales y otros.
Cada docente debe aplicar, en cada semestre, a lo menos tres procedimientos evaluativos de los
anteriormente nombrados.
Es un derecho y una obligación, que el estudiante este informado del criterio evaluativo que será utilizado
por el docente. A demás deberá quedar registrado en el libro de clases, en caso contrario no se podrá
aplicar.
33.3. Decretos de evaluación y promoción
1º a 8º Año Básico: Decreto Nº 67/ 18 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación,
calificación y promoción para estudiantes de educación regular, para sustentar este Reglamento.
Sera considerada falta, copiar en una evaluación de la forma y por el medio que sea, negarse a realizar
una evaluación oral o escrita. El uso indebido del instrumento de evaluación o formativo. Rayar,
romper, arrugar, escribir mensajes, fotografiar, suplantar identidad, plagiar y/o adulterar, así como
también, devolver la evaluación cuando corresponda.
*Detallado en Reglamento de Evaluación
34. De la matrícula
Art. 39. La matrícula es el acto de ingreso voluntario del estudiante a la Escuela Básica Estrella del Sur,
ejerciendo su derecho a la Educación, y que establece el compromiso junto al apoderado a acatar lo
dispuesto en este reglamento.
34.1. Estudiantes nuevos
Para solicitar matrícula los requisitos y documentos que necesitará presentar son:
1) Certificado de nacimiento del estudiante actualizado original
2) Certificado de Estudios correspondiente al año anterior
54
3) Comprobante admisión SAE
4) *Informe de Personalidad del año anterior
*Se podrá matricular sólo hasta el término del Primer Semestre de cada año, y en tal caso debe presentar
informe completo de notas más el informe de personalidad del primer semestre.
Postulantes que hayan sido estudiantes del establecimiento en años anteriores, y se hayan retirado,
ingresarán como estudiantes nuevos, debiendo presentar la documentación anteriormente indicada,
junto con ello deberán ser entrevistados por el Director y/o Inspector General, junto al apoderado. Los
traslados de estudiantes se matricularán hasta octubre siempre y cuando existan vacantes en el curso.
34.2. Estudiantes antiguos
Los y las estudiantes deberán matricularse en la fecha informada por el establecimiento, de no ser así,
el establecimiento podrá disponer del cupo para matricular a un estudiante nuevo.
Los estudiantes que se encuentren con la figura de condicionalidad, su matrícula para el año
siguiente estará sujeta a consulta al Consejo Escolar, Consejo de Profesores y/o Comité de
Convivencia Escolar, una vez recibido el informe entregado por estos, la dirección del establecimiento
procederá a informar al apoderado la resolución respecto de la matrícula (se renueva o se cancela) para
dicho estudiante, pero la decisión final recae en el/la directora/a.
35. De las conductas a destacar
Art. 40. El establecimiento potencia los mejores resultados de aprendizaje de sus estudiantes, así como
fomenta las mejoras en el quehacer de la escuela en cada uno de los miembros de la comunidad
educativa, a través de reconocimientos público internos y externos.
35.1. Premiación Semestral y Anual
Conducta Criterio Reconocimiento Periodicidad
Asistencia.
• Cursos que hayan
presentado el más alto
porcentaje de asistencia
cada cierto período.
• Diploma.
• Foto del curso con mejor
asistencia en RRSS
Mensual.
Rendimiento
• Distinción a los 03 mejores
rendimientos académicos de
cada curso.
• Diploma.
• Foto en cuadro de
honor.
Semestral /
*Anual
Esfuerzo
• Distinción a estudiantes que
logren aprendizajes • Diploma
Semestral /
*Anual
55
significativos a pesar de la
adversidad.
• Foto en cuadro de
honor.
Cuadro de Honor
• Reconocimiento a
estudiantes por rendimiento y
esfuerzo durante el semestre
o año escolar.
• Foto Semestral
Asistencia de
apoderados a
reunión de sub
centro.
• Cursos que hayan
presentado el más alto
porcentaje de asistencia
cada cierto período.
• Diploma.
• Foto grupal en RRSS
Mensual
Reconocimiento
frente a la
Comunidad
Escolar
• Según participación. Puede
ser individual o grupal,
después de cada
competencia
deportiva/artística en que
hayan participado y obtenido
trofeos o distinción
• Destacados en actos
cívicos semanales
posterior a la
participación u otros de
importancia.
• Foto en RRSS
Cuando lo
amerite.
35.2. Ceremonia de Licenciatura de Octavos Básicos:
La Escuela Básica Estrella del Sur ofrecerá a los y las estudiantes de octavos básicos la Licenciatura al
finalizar el año escolar. Esta ceremonia estará limitada al cumplimiento del Reglamento Interno y Manual
de Convivencia. De esta manera se podrá condicionar la asistencia de el/la estudiante a este evento
previa consulta al Consejo de Profesores e Inspectoría General según antecedentes de “Faltas
Gravísimas” registradas en Libro de Clases.
Conducta Criterio Reconocimiento Periodicidad
Asistencia.
• Distinción a estudiantes que
logren presentar el mayor
porcentaje de asistencia en el
periodo lectivo.
• Diploma. Anual
Puntualidad
• Distinción a estudiantes que
logren presentar el menor
porcentaje de atrasos en el
periodo lectivo.
• Diploma. Anual
Rendimiento
• Distinción a los 03 mejores
rendimientos académicos de
cada Promoción de Octavos
Años
• Diploma. Anual
Esfuerzo • Distinción a estudiantes que
logren aprendizajes
• Diploma Anual
56
significativos a pesar de la
adversidad.
Trayectoria
• Reconocimiento a los y las
estudiantes que hayan
cursado toda su educación
básica en EBES.
• Diploma Anual
Espíritu Estrella
del Sur
• Reconocimiento a el/la
estudiante que cumpla el
perfil y espíritu valórico de la
Escuela
• Diploma y/o medalla
conmemorativa
Anual
Reconocimiento
Artístico /
Deportivo
• Según participación. Puede
ser individual o grupal desde
el área artística o deportiva.
• Diploma Anual
TÍTULO III
36.FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO
Art. 41. En el presente documento se han establecido diversas normas y deberes relacionados con la
convivencia escolar, el no respeto a estos acuerdos constituye una falta.
a) Las y los estudiantes tienen derecho a un proceso justo y racional, atendiendo a los derechos
fundamentales, convenciones internacionales y la normativa vigente en educación.
b) Las sanciones deben tener una orientación formativa-pedagógica donde las y los estudiantes
tengan además derecho a instancias de revisión y apelación a las sanciones impuestas.
c) Las instancias de apelación deben existir para los casos en que se apliquen sanciones a las
faltas graves.
d) Todas aquellas transgresiones a los acuerdos del manual de convivencia, que no están
contenidas en este manual, serán revisadas de forma extraordinaria por una comisión
conformada por Director/a, Inspector/a General, Coord. Convivencia Escolar de manera de
concordar el criterio para su abordaje.
“No se debe olvidar que para los estudiantes el sentido de la norma es ayudarlos a crecer
progresivamente en autonomía, en la capacidad de actuar responsablemente y de convivir en armonía
con los otros/as. Para ello se requiere la supervisión, el acompañamiento y el apoyo pedagógico por
parte de los adultos”12
Se entenderá como falta el acto u omisión que constituya una transgresión a las normas y acuerdos
consensuados en este documento. El establecimiento considera la siguiente graduación de faltas:
12
Ministerio de Educación, “Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de Convivencia Escolar”,
Actualización según Ley de Inclusión, MINEDUC, Santiago, 2016, Pág.35.
57
1) Faltas Leves.
Acciones de responsabilidad individual que quebrantan normativas del establecimiento y que no
afectan a otros miembros de la comunidad educativa.
2) Faltas Graves
Acciones individuales o colectivas que quebrantan normativas internas del establecimiento, que
afecten a otros miembros de la comunidad educativa y/o deterioren intencionalmente la
infraestructura o materiales del establecimiento.
3) Faltas Gravísimas. Acciones individuales o colectivas que quebranten normativas internas del
establecimiento y afectan directamente la integridad de otros miembros de la comunidad escolar.
También aquellas acciones que constituyan delito.
Para la aplicación de una sanción, se tomarán en cuenta los siguientes factores:
1. FACTORES ATENUANTES
i. No haber transgredido las normas anteriormente.
i. El reconocimiento oportuno de la falta.
ii. Haber mostrado un cambio conductual.
iii. Reparación inmediata y/o espontáneamente del daño.
2. FACTORES AGRAVANTES
i. Reiteración de la falta.
ii. Uso de violencia, actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas.
iii. Actos de acoso escolar.
iv. No demostración de arrepentimiento de la falta cometida.
36.1. Abordaje de la Indisciplina y Debido Proceso.
Art. 42. El abordaje de situaciones que constituyan falta se desarrolla a través de las instancias formales
del establecimiento, dando cumplimiento al debido proceso, es decir, un procedimiento racional y
equitativo al momento de impartir justicia al interior de la comunidad educativa. Esto pues según el
Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda sentencia de un órgano que
ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá establecer
siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”. 13
En este sentido,
el debido proceso al interior del establecimiento educacional debe contemplar:
a) Prexistencia de la Norma:
Sólo se puede sancionar hechos y situaciones que estén explícitamente definidas como falta en
el presente manual de convivencia, en el N° 37. De acuerdo el Artículo 19°, N° 3, de la
Constitución Política de la República de Chile, “ninguna ley podrá establecer penas sin que la
conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”.
b) Detección.
13
(DECRETO 1150 TEXTO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE, 1980)
58
Todos/as las y los docentes, directivos y asistentes de la educación del establecimiento estarán
atentos/as a situaciones que constituyan falta por parte de las y los estudiantes, ya sea a través
de la observación directa o la recepción de denuncias. En el caso de personal administrativo o
de servicios menores, estos deberán derivar el caso inmediatamente a la o el docente o
inspector/a a cargo de las o los estudiantes involucrados/as o algún directivo del establecimiento.
El o la docente, inspector/a o directivo que observe la falta o reciba la denuncia deberá
categorizar la gravedad de la situación de acuerdo a lo que establece este manual. En este
momento del proceso se categorizan hechos y acciones no estableciéndose aún
responsabilidades individuales ni culpabilidades.
c) Imparcialidad
El procedimiento de abordaje de las faltas debe ser realizado por docentes, directivos y/o
asistentes de la educación, o cualquier otro profesional(es) que el establecimiento determine,
para estos fines, definidos previamente para los distintos tipos de situaciones de acuerdo a su
gravedad. Además, es fundamental que la persona que aborde una falta no esté involucrada
directamente en lo sucedido ya sea cómo víctima o agresor. Específicamente los distintos tipos
de faltas serán abordadas por:
• Las FALTAS LEVES: Serán abordadas por cualquier DOCENTE, DIRECTIVO,
INSPECTOR/A, asistente de la educación, que tenga conocimiento de lo sucedido
siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos.
• Las FALTAS GRAVES: Serán abordadas por DIRECTIVO, que tenga conocimiento de lo
sucedido siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos.
• Las FALTAS GRAVÍSIMAS: Serán abordadas cualquier DOCENTE, DIRECTIVO,
INSPECTOR/A, asistente de la educación, que tenga conocimiento de lo sucedido
siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos.
36.2. Presunción de Inocencia
Art.43. Ningún miembro de la comunidad educativa puede ser considerado/a culpable ni ser
sancionado hasta cumplir con todos los pasos del debido proceso, es decir, hasta desarrollar un
procedimiento racional y justo. No se podrá aplicar medidas formativas ni sanciones hasta desarrollar
los pasos aquí descritos.
36.3. Notificación a las/os involucradas/os
Art. 44. Todas las personas que están siendo consideradas en el abordaje de una situación específica
o en el proceso investigativo de una falta deben saberlo explícitamente, siendo responsabilidad de la
persona que guía en el procedimiento avisarles formalmente, dejando constancia escrita de esto. En
la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es
en el libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por estudiante, donde se registrarán todos
los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del
establecimiento en el año lectivo… Cabe destacar que este es el único registro válido para verificar la
aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. En la hoja
de vida de las y los estudiantes se debe registrar si están involucrados/as en alguna situación que
59
constituya falta y posteriormente al proceso indagatorio, la determinación de sus responsabilidades y
la aplicación de medidas formativas y/o sanciones.
36.4. Notificación a Apoderadas/os
Art. 45. En el caso de FALTAS GRAVES o FALTAS GRAVÍSIMAS se debe solicitar una reunión entre
Inspectoría General y el apoderada/o de las y los estudiantes involucradas/os para informarle sobre la
situación que se está investigando y en la que su pupilo/a se encuentra involucrado/a. El objetivo es
informar al apoderado/o de los hechos y elaborar conjuntamente una estrategia de abordaje de la
situación.
36.5. Establecimiento de Plazos
Art. 46. Al momento de iniciar los procesos de investigación de responsabilidades frente a la ocurrencia
de faltas, es necesario considerar la existencia de plazos máximos para el desarrollo de las
indagatorias. Estos plazos son:
a) En el caso de FALTAS LEVES, el plazo máximo será de DOS DÍAS hábiles.
b) En el caso de FALTAS GRAVES, el plazo máximo será de CINCO DÍAS hábiles.
c) En el caso de FALTAS GRAVÍSIMAS, el plazo máximo será de DIEZ DÍAS hábiles.
36.6. Derecho a Defensa
Art.47. De acuerdo al Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda
persona tiene derecho a defensa”, por lo que todas las personas involucradas o sindicadas en la
ocurrencia de una falta tendrán derecho a ser escuchados/as, presentar sus descargos, argumentos
y pruebas que permitan aclarar los hechos o su responsabilidad en las situaciones que se investigan.
Deberá quedar registro escrito de los pasos acontecidos durante la indagatoria del caso.
36.7. Proporcionalidad de Sanciones
Art.48. El presente documento establece distintas medidas formativas y sanciones aplicables a
distintos tipos de faltas. Esta diferenciación resguarda la proporcionalidad entre las acciones de
abordaje institucional y la gravedad de los hechos o conductas que se abordan. Se busca aplicar
medidas y sanciones que estén directamente vinculadas a las faltas cometidas. En el caso de faltas
gravísimas, el o la Inspector/a General debe avisar formalmente a la Dirección del establecimiento las
conclusiones del proceso indagatorio para acordar conjuntamente la aplicación de sanciones o la
realización de denuncias.
36.8. Monitoreo
Art.48 Cualquier aplicación de medidas formativas o sanciones en el establecimiento requiere
establecer explícitamente los plazos de su ejecución, definiendo además la persona que será
responsable de su supervisión. En el caso de las medidas formativas, se debe considerar plazos que
60
racionalmente permitan su realización y cumplimiento, así como también deberá quedar registrado en
la hoja de vida de cada estudiante involucrado/a (libro de clases) los resultados de su ejecución. En el
caso de las sanciones de suspensión, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y
expulsión, su aplicación debe ser posterior al plazo que este documento o la legislación vigente
establecen para que el o la estudiante y/o su apoderado/a puedan apelar a la sanción y se concluya
con todos los pasos del debido proceso.
36.9. Derecho de Apelación
Art.49. Toda aplicación de medidas formativas o sanciones puede ser apelada por el o la estudiante o
su apoderada/o en caso de considerarlas injustas, desproporcionadas o que a su juicio existan fallas
en los procedimientos desarrollados por el establecimiento. La instancia de apelación para todas las
medidas formativas y para las sanciones de anotación negativa, citación al apoderado/a y suspensión
de clases será realizada por la Coordinación de Convivencia Escolar. La apelación podrá realizarse
personalmente por el o la estudiante o su apoderada/o, así como también por escrito en caso que el
apoderado/a no pueda asistir oportunamente al establecimiento. El plazo para la apelación será de
un (01) día hábil.
Para hacer efectiva la apelación, el apoderado debe:
1) Firma la recepción de la medida disciplinaria.
2) Solicitar Carta de Apelación a secretaria de Dirección.
3) Entregar a la secretaria de Dirección la Carta de Aplicación, dentro de un plazo no mayor a tres
días desde el momento de haber sido notificado de la sanción.
4) Recibir respuesta del Encargado de Convivencia Escolar en un plazo máximo de 5 días hábiles.
(Si la situación en cuestión procede una investigación, el Encargado de convivencia escolar
contará con un plazo de 15 días hábiles para emitir un informe y resolución al respecto)
Si el apoderado no realiza la apelación en los plazos estipulados en los artículos anteriores, se hace
efectiva la medida disciplinaria.
En el caso de las sanciones “Cancelación de Matrícula” y “Expulsión”, la Ley N° 20.845 de Inclusión
Escolar, establece que el o la apoderada/o del o la estudiante sancionado/a podrá “pedir la
reconsideración de la medida dentro de diez días (hábiles) de su notificación, ante el o la Director/a,
quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito,
debiendo tener a la vista el o los informes técnicos o psicosociales pertinentes y que se encuentren
disponibles”.
36.10. Derivación al Departamento de Convivencia o Psicosocial
Art. 50. En el caso de FALTAS GRAVES y FALTAS GRAVÍSIMAS, además de la aplicación de medidas
formativas y/o sanciones, las y los estudiantes involucrados/as podrán ser derivados al Departamento
de Convivencia Escolar del establecimiento. Este equipo será liderado por el o la Coordinador/a o
Encargado de Convivencias Escolar, quien convocará al equipo y presentará el caso. Si la situación
lo amerita se podrá incluir al profesor/a jefe/a respectivo u otras personas de acuerdo a cada situación.
Entre las acciones que debe realizar este equipo figuran:
61
➢ Recolectan antecedentes y analizan el caso.
➢ Definen y ejecutan un plan de apoyo pedagógico y socio afectivo en un plazo definido.
➢ Evalúan el plan de apoyo.
36.11. Denuncia de Delitos
Art.51. En el caso de situaciones que constituyan posibles delitos, de acuerdo al Artículo 175° de la
Ley N° 19.696 o Código Procesal Penal letra e indica, “Los directores, inspectores y profesores de 51
establecimientos educacionales de todo nivel, estarán obligados a denunciar los delitos que afectaren
a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento”. 14
Esta ley establece en términos
jerárquicos la responsabilidad de realizar las denuncias respectivas, recayendo en el Director/a la
primera responsabilidad al respecto.
En caso de situaciones que constituyan delito, será el/la directora/a quien realice el procedimiento de
la siguiente manera:
1. Frente a la alerta de una situación constitutiva de delito, se buscarán los medios probatorios de
la falta.
2. Se dará aviso al apoderado para que concurra al establecimiento.
3. Se llamará a Carabineros o PDI, según el tipo de delito.
4. El procedimiento se realizará durante la jornada escolar del estudiante
37. Medidas Formativas y Sanciones
Art. 52. Una MEDIDA FORMATIVA es una acción institucional de abordaje de una falta, que busca la
reparación del daño y el aprendizaje de las y los afectados/as. Frente a la ocurrencia de alguna de las
situaciones consideradas como FALTAS descritas en este manual y tras haber cumplido el debido
proceso definido en el mismo documento, el establecimiento aplicará alguna de las medidas formativas
o sanciones descritas a continuación. En el establecimiento existen cinco tipos de medidas formativas:
1) Diálogo Formativo.
Conversación entre un o una asistente de la educación, docente, directivo o inspector/a y las o
los estudiantes que han cometido una acción considerada falta por este manual. Esta
conversación puede desarrollarse individualmente con cada estudiante o colectivamente con
todas/os las y los estudiantes involucrados en alguna falta. El objetivo de la conversación es
reflexionar sobre la falta cometida y sus consecuencias, así como también, elaborar acuerdos
explícitos de cambio de conducta por parte de las y los estudiantes involucrados/as. Puede
darse en el momento de ocurrencia de la falta o posterior si es en el interior del aula durante la
clase, teniendo especial cuidado de que se aplique no más allá del mismo día para lograr el
efecto deseado con la aplicación de esta medida.
2) Acción de Reparación.
14
(LEY 19696, CODIGO PROCESAL PENAL, 2000)
62
“Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un agresor puede tener con la
persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño”15
. Deben
estar directamente relacionadas con la falta cometida y no ser consideradas denigrantes por
las o los involucrados/as:
• Pedir disculpas privadas o públicas.
• Reponer artículos dañados o perdidos.
• Acompañar o facilitar alguna actividad de la persona agredida.
3) Trabajo Académico.
Acciones individuales o colectivas de investigación y reflexión sobre algún tema referido
directamente a la falta cometida. Estos trabajos deben tener un plazo especificado, pero no tener
incidencia en las notas de ninguna asignatura:
• Confección de afiches o diarios murales sobre algún tema.
• Presentaciones o disertaciones sobre algún tema en su curso o en otros cursos.
• Trabajos de investigación o expresión artísticos relacionados con la falta.
4) Servicio Comunitario.
Acciones individuales o colectivas que beneficien una parte o la totalidad de la comunidad
escolar. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida, desarrollarse por un
tiempo determinado y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as.
• Reposición o reparación de infraestructura o materiales del establecimiento.
• Cooperar con el orden y atención de la biblioteca o CRA.
• Cooperar con las actividades lectivas o no lectivas de algún/a docente.
• Dirigir durante los recreos actividades recreativas con otros/as estudiantes.
• Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos, poesías, teatros, debates) de acuerdo a
la falta.
5) Resolución pacífica de conflictos.
Instancia formal de diálogo entre quienes mantienen un conflicto con la intención de construir
acuerdos sobre la forma de relacionarse. Su aplicación es excluyente con la aplicación de
sanciones. Entre estas estrategias se puede señalar:
➢ Mediación. mediación de conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s) y
entre adultos, definir quién será el tercero imparcial(Psicóloga).
➢ Negociación. negociación de conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s)
y entre adultos, definir quién será la persona que facilitará la búsqueda de beneficios para
ambas partes. idealmente basarse en el modelo negociación colaborativa. (Psicóloga).
➢ Arbitraje. conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s) y entre adultos.
Considerar que en el arbitraje las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero
independiente, denominado árbitro, quién será el encargado de resolver el conflicto.
Por su parte, una sanción es la “pena que se impone a quien ha cometido un delito o falta.” 16
37.1. Tipos de sanciones
15
Ministerio de Educación, “Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de Convivencia Escolar”,
MINEDUC, Santiago, 2011, Pág. 13.
16
("Diccionario de la lengua española", 2021)
63
a) Anotación Negativa
Observación escrita de algún hecho o conducta realizado por un/una estudiante que se considere
como falta según este documento. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la
Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente en
la “hoja de vida por alumno, donde se registrarán todos los hechos relevantes que ocurran
respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo… Cabe
destacar que este es el único registro válido para verificar la aplicación y seguimiento del debido
proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. Su aplicación debe ser informada
inmediatamente al estudiante sancionado/a, así como también será informada a su apoderada/o
durante la próxima reunión de apoderadas/os o citación formal que se le haga al establecimiento.
Las anotaciones negativas deben ser redactadas de manera simple y clara, describiendo hechos
y acciones que constituyan falta, evitando las opiniones o juicios de valor de quien registra.
b) Suspensión:
Prohibición de ingreso al establecimiento educacional que se le aplica a un/a estudiante por un
período determinado. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de
Educación, “la suspensión no puede aplicarse por períodos que superen los cinco días hábiles,
sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual período”. Esta
sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este
documento y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física
y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. El o la estudiante suspendido/a
deberá contar con un plan de trabajo académico para los días que dure la sanción y tendrá
derecho a recibir los materiales o beneficios que el establecimiento haya entregado durante su
ausencia. Para los casos del o la estudiante que se encuentre en riesgo social y vulnerabilidad,
el establecimiento educacional deberá cautelar y garantizar su seguridad y protección, por lo
cual, dicha sanción será realizada en sus dependencias, ingresando el estudiante al
establecimiento y solo será suspendido su ingreso a la sala de clases; debiendo realizar un plan
de trabajo académico para los días que dure la sanción.
Será Inspectoría General y el/la Coordinador-a Técnico quienes determinen el lugar físico en el
EE en que se desarrollará la sanción (CRA, oficina u otro lugar)
c) Condicionalidad de Matrícula
Acto previo a la cancelación de matrícula que establece un compromiso de cambio de conducta
por parte de el/la estudiante, el que de no ser cumplido puede conllevar su salida de la comunidad
educativa para el año lectivo siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del o la Director/a
del establecimiento y sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso
descritos en este documento, en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la
integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al
Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de
matrícula es una medida disciplinaria y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o
conductas que estén consideradas como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser
revisada al final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”.
*El ordinario 476 establece que: “Aplicar la condicionalidad de matrículas a los alumnos nuevos
es un acto de discriminación”.
64
d) Cancelación de Matrícula
Sanción que implica la no continuidad en el establecimiento educacional de un/a estudiante por
un plazo no mayor a 3 años siguientes a la aplicación de esta medida. Esta sanción sólo será
aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este documento y en
casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de
algún miembro de la comunidad educativa, quedando inhabilitado para incorporarse nuevamente
a este establecimiento educacional. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la
decisión deexpulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el o la
Director/a del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada
por escrito a la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a, según el caso,
quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su
notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.
El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos
psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.
e) Expulsión
Sanción máxima del establecimiento que conlleva la cancelación inmediata de la matrícula a un/a
estudiante. A través de este acto, el o la estudiante deja de ser parte de la comunidad educativa.
Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en
este documento y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad
física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa, quedando inhabilitado para
incorporarse nuevamente a este establecimiento educacional. De acuerdo a la Ley N° 20.845
de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un/a estudiante sólo podrá
ser adoptada por el o la Director/a del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos,
deberá ser notificada por escrito a la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a,
según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días
(hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo
de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los
informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”. 17
f) Información a la Superintendencia de Educación (Supereduc.)
De acuerdo al Ordinario N° 0368, de la Superintendencia de Educación, si la o el Director/a opta
por aplicar la expulsión o cancelación de matrícula, debe informar de esto a la Dirección Regional
de la Superintendencia, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles desde que se formaliza la
decisión, a fin de que ésta revise el cumplimiento del procedimiento, y también a la o el
apoderado/a por escrito. No obstante, el o la estudiante debe continuar asistiendo a clases en
tanto no esté afinado el procedimiento y no se hayan agotado todas las instancias establecidas
en la ley.
Para el caso que la denuncia se realice directamente a la Supereduc y el Establecimiento
Educacional no informa, la Supereduc oficiará que el procedimiento aplicado no cumple con las
exigencias de la ley, por tanto, se debe dejar sin efecto la sanción, informando a la o el
17
(LEY 20845, DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO
COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, 2015)
65
apoderado/a y reincorporando a la o el estudiante. La unidad educativa deberá enviar un
documento a la Supereduc. que acredite que se deja sin efecto la medida y que el o la estudiante
se encuentra asistiendo a clases.
g) Resolución de Superintendencia de Educación
• Rechazo de la medida: en caso de rechazar la aplicación de la sanción, la resolución
debe dejar sin efecto la expulsión o cancelación de matrícula. No se solicitará la
reincorporación de el o la estudiante ya que éste/a se debe mantener dentro del
establecimiento y asistiendo a clases.
• Aprobación de la medida: la Supereduc. debe notificar la resolución al Establecimiento
y a la o el apoderado/a, señalando la decisión adoptada y sus fundamentos. Deberán
también informar sobre los recursos, instancias y plazos para impugnar la resolución, solo
una vez agotados todos estos se procederán a la aplicación, y en caso de expulsión el o
la estudiante deberá dejar de asistir a clases.
• Reubicación del estudiante: con la finalidad de garantizar su derecho a la educación,
cuando se aprueba un proceso de expulsión y se han agotado todas las instancias
administrativas antes descritas, el establecimiento podrá solicitar a la Corporación
Municipal de Puente Alto el traslado del o la estudiante a otra escuela Corporativa, si así
también lo manifiesta su apoderado/a y estudiante, realizando un acompañamiento en la
gestión de matrícula y entregándoles todas las medidas de apoyo necesarias para su
reubicación.
h) Ley Aula Segura
Con fecha 27 de diciembre de 2018 se publica en el Diario Oficial de la República de Chile la
“Ley 21.128 Aula Segura”, la que entrega las siguientes atribuciones a los Establecimientos
Educacionales: "Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos
cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y
apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento
educacional, que causen daño a la integridad física o síquica de cualquiera de los miembros de
la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los
establecimientos, tales como agresiones de carácter sexual, agresiones físicas que produzcan
lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también
los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo
por parte del establecimiento.".
"El director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos en que algún miembro de
la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en
los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia
escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley.
El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el
procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un
establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas
66
establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven
como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente
la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley.
El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por
escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los
procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión,
habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la
medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido
proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre
otros.
Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se
podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la
respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de
Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida
reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La
imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando
resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la
expulsión o la cancelación de la matrícula.".
"El Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, velará por
la reubicación del estudiante sancionado, en establecimientos que cuenten con profesionales
que presten apoyo psicosocial, y adoptará las medidas para su adecuada inserción en la
comunidad escolar. Además, informará de cada procedimiento sancionatorio que derive en una
expulsión, a la Defensoría de los Derechos de la Niñez, cuando se trate de menores de edad."18
Los establecimientos educacionales deberán cuidarse de no incurrir en tipificar como graves o
gravísimas la acumulación de infracciones leves y graves, y de esta forma, terminar aplicando
cancelación de matrícula o expulsión, vulnerando las causales expresas establecidas en la
normativa de la Ley Nº 21.128.
38. GRADUALIDAD
38.1. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS
Art. 42. El no cumplimiento de normas y deberes por parte de los distintos actores de la comunidad
escolar se traducirá en la aplicación de sanciones, procedimientos y/o medidas pedagógicas formativas,
que buscan corregir conductas, reparar daños, desarrollar aprendizajes y/o reconstruir relaciones.
FALTA GRADUACION
Presentarse sin útiles o materiales de trabajo solicitados con anticipación. LEVE
Presentación personal y cuidado personal deficiente, uso de accesorios no correspondientes a
la normativa del establecimiento
LEVE
Presentar atrasos o inasistencias injustificadas a clases. LEVE
18
(LEY 21128, AULA SEGURA, 2018)
67
No desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase LEVE
No informar oportunamente a su apoderado sobre sus resultados académicos y registros
disciplinarios.
LEVE
Mostrar desinterés o rechazo frente a su proceso de aprendizaje. Conducta oposicionista,
interrumpir el normal desarrollo de la clase
GRAVE
Efectuar actos/gestos/dinámicas con connotación sexual contra cualquier miembro de la
comunidad educativa por única vez.
GRAVE
Realizar actos, omisiones o imprudencias temerarias que comprometan la seguridad, actividad
y salud de las personas y de sí mismos.
GRAVE
No cumplir con los acuerdos y compromisos con el grupo curso de forma reiterada. GRAVE
Grabar imagen y/o sonido total o parcial de clases, conversaciones públicas privadas sin el
consentimiento respectivo, a excepción de situaciones pedagógicas que lo requieran
(retroalimentación, evaluación, investigación entre otros).
GRAVE
Exhibir, transmitir grabaciones, fotografías que afecten o menoscaben la integridad de cualquier
integrante de la comunidad escolar por el medio de difusión que sea.
GRAVE
No entregar oportunamente trabajos o evaluaciones en algún subsector. GRAVE
Copiar durante evaluaciones o adulterar documentos del establecimiento. Negarse a realizar
una evaluación oral o escrita.
GRAVE
Uso indebido del instrumento de evaluación o formativo. Rayar, romper, arrugar. Escribir
mensajes, fotografiar, suplantar identidad, plagiar y/o adulterar.
GRAVE
Agredir verbalmente a otro miembro de la comunidad escolar. Sobrenombres, gestos obscenos,
insultos
GRAVE
*Acosar/hostigar y/o realizar ciberacoso a través de las RRSS a otro/a estudiante con la intención
de causar menoscabo de su persona por única vez
GRAVE
Agredir físicamente a otro miembro de la comunidad escolar. GRAVÍSIMA
Grabar, publicar o retransmitir a través de teléfonos celulares o cualquier otro medio tecnológico
hechos de violencia que ocurran dentro o fuera del contexto escolar, con la intención de
difundirlos provocando menoscabo a las víctimas.
GRAVÍSIMA
Efectuar actos/gestos/dinámicas con connotación sexual contra cualquier miembro de la
comunidad educativa de forma reiterada en el tiempo.
GRAVÍSIMA
*Acosar/hostigar y/o realizar ciberacoso a través de las RRSS a otro/a estudiante con la intención
de causar menoscabo de su persona en forma reiterada en el tiempo
GRAVÍSIMA
Fuga del Establecimiento, Abandono de las actividades escolares y la sala de clases sin
autorización correspondiente.
GRAVISIMA
Mal uso de la documentación pública y privada, alteración, adulteración, falsificación,
destrucción, inutilización, sustracción de documentos, informes, libros de clases, licencias
médicas, certificados de distinta índole.
GRAVISIMA
Deteriorar o destruir de forma intencional materiales, mobiliario o infraestructura del
establecimiento o cualquier material que preste un servicio educativo y/o formativo.
GRAVÍSIMA
Robar al establecimiento o algún miembro de la comunidad escolar GRAVÍSIMA
Consumir o traficar sustancias ilícitas, cigarrillos o alcohol al interior del establecimiento
educacional (ver protocolo relacionado Drogas - Alcohol)
GRAVÍSIMA
Ejercer agresiones físicas, psicológicas o sociales sistemáticamente, ya sea desde uno o un
grupo de estudiantes hacia un miembro de la comunidad escolar.
GRAVISIMA
Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que
devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona.
GRAVÍSIMA
Toda conducta que vaya en contra de la legalidad vigente, Ley de violencia Escolar N° 20.536,
Ley N°20.000 de drogas, ley N° 17.789 control y porte de armas, ley N° 19.617 delitos y abusos
sexuales, Ley N° 20.609 contra la discriminación (ante la duda revisar artículos de ley)
GRAVÍSIMA
68
Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar, cualquier acción u omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas,
robos, hurtos,abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá
denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los
tribunales competentes,dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de
lo dispuesto en los ARTICULO 175 (denuncia obligatoria) del Código Procesal Penal.
69
38.2. APLICACIÓN DE MEDIDA FORMATIVA O SANCIÓN.
Art. 43. Las sanciones son las acciones que se adoptarán frente a las faltas que cometan los estudiantes
con el objetivo de que tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a
responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos de reparación del daño. Las sanciones se aplican
de acuerdo a sentido de proporcionalidad y debe tener sentido formativo, es decir, establecer una
aspiración respecto del comportamiento que se espera aprendan los miembros de la comunidad, y debe
ser aplicada con flexibilidad y criterio pedagógico.
Según el tipo de falta, se aplicarán medidas a los estudiantes que no cumplan con el Manual de
Convivencia, a modo de orientación se sugiere el siguiente modo de aplicación (Azul/leves
Amarillo/Graves Rojo/Gravísimas)
PEDAGÓGICAS REPARATORIA/FORMATIVAS DISCIPLINARIAS
Refuerzo Pedagógico Trabajo comunitario escolar
Diálogo personal pedagógico/
formativa entre docente y
estudiante
Actividades Pedagógicas Disculpas públicas y/o privadas. Amonestación verbal
Acompañamiento en aula Reparación o reposición del daño. Amonestación escrita
Firma de Compromiso
Firmar un compromiso de colaborador de
disciplina en el aula, apoyar a la docente a
organizar el aula (firma de
apoderado/alumno/docente/inspector y/o
otro directivo).
Firma de Compromiso de cambio
de actitud
Cambio de curso
Derivación a profesionales, Asistencia a
Redes.
Citación a apoderados
Quedarse a realizar un “proyecto
educativo” en biblioteca después
de clases (coherente al contenido
a clase que no dejo internalizar
por su disrupción en el aula)
1º instancia solo
Realización de exposición o talleres en su
curso u otros niveles.
No participación en Actividades
2º instancia acompañado de su
apoderado
Realización de exposición o taller en
compañía de su apoderado (temática
atingente al conflicto vivenciado).
Suspensión
Intervención en los recreos respecto a la
temática vivida. (1º instancia solo. 2º
instancia acompañado de apoderado).
Medida Excepcional de
Condicionalidad de Matrícula
70
Medida Excepcional de Adecuación de la
jornada escolar (dificultades socio-
adaptativas y académicas).
Medida Excepcional de No
renovación de Matrícula/
Cancelación de matrícula
Medida Excepcional de Expulsión,
esta medida puede ser aplicada
directamente cuando las
conductas atenten directamente
contra la integridad física o
psicológica de algunos de los
miembros de la comunidad
educativa. (Ley Aula Segura – Ley
de Inclusión)
Son responsables de abordaje disciplinario, formativo y pedagógico son:
Docentes/Directivos/Consejo de Profesores/Consejo Escolar/Inspectoría General/ Convivencia Escolar
38.3. Procedimiento según categorización (página siguiente)
71
FALTA PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIOS
LEVE
1-Conversación personal pedagógico formativa entre docente y estudiante
2-Registro en hoja de vida.
GRAVE
1-Conversación personal pedagógica formativa entre docente y estudiante.
2-Dialogo Grupal Reflexivo
3-Compromiso de cambio de actitud.
3-Registro en hoja de vida.
4-Citación y entrevista con apoderada/o
5-Aplicación de sanción y/o medida complementaria pedagógica formativa.
GRAVISIMA
1-Conversación entre docente y estudiante.
2-Dialogo Grupal Reflexivo
3-Registro en hoja de vida
4-Citación y entrevista con apoderada/o.
5-Aplicación de sanción y/o medida complementaria pedagógica formativa
6-Disculpas formales al afectado en caso de agresión física o reparación o reposición del daño
material.
7-Derivación a Convivencia Escolar, (intervención personal, familiar, grupal; talleres de coherentes
a la dificultad vivenciada, educación de conductas contrarias a la sana convivencia escolar). En el
caso que sea necesario.
8-Denuncia a tribunales de justicia (si corresponde a un delito)
9-Condicionalidad de la matrícula del estudiante
10- No renovación de la matrícula para el próximo año escolar o fecha superior.
11-Expulsión del establecimiento educacional (según indicaciones Ley Aula Segura. Ver 37.1
Tipos de sanciones letra h.)
El proceso disciplinario debe quedar bajo registro en documento pertinente y/o bajo acta con nombre y firma de
participantes, solo de este modo obtendremos evidencias frente a un eventual proceso de denuncia y/o legal.
Para efectos de derivación el Equipo de Convivencia Escolar, la hoja de derivación debe tener adjuntos los registros de
los siguientes pasos previos. 1-Conversación personal pedagógica formativa entre docente y estudiante. 2-Dialogo
Grupal Reflexivo 3-Registro en hoja de vida. 4-Citación y entrevista con apoderada/o.
72
39. DESCRIPCIÓN DEL CARGO
39.1. Director/a
a) Cargo Director/a.
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director de Educación.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo de Gestión, Docentes, Administrativos, Auxiliares. Asistentes de
Educación,
d) Misión del Cargo
Administrar y gestionar los recursos humanos, financieros y pedagógicos
de los Establecimientos Educacionales, con el objetivo de alcanzar
estándares educativos de alto rendimiento, cautelando el cumplimiento de
los lineamientos establecidos desde la Corporación.
• Funciones del cargo
• El/La Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar
los procesos y desafíos que exigen los procesos educativos actuales,
entre ellos están definir y difundir el PEI y la Planificación Estratégica
del Establecimiento, liderar los procesos de gestión pedagógica,
proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la implementación
curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros del
aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de
enseñanza aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de
y entre los docentes y el equipo directivo
• El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la
comunidad escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las
relaciones humanas con el fin de generar un clima escolar basado en
relaciones de confianza y respeto, la habilidad de comunicarse de
manera efectiva, abierta, clara y congruente.
• El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar
inclusiva, equitativa y de altas expectativas sobre los logros de
aprendizaje de los estudiantes y desempeño de todos los miembros del
establecimiento.
• Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que
permitan realizar en forma adecuada los procesos de selección,
evaluación y desarrollo del personal del establecimiento, establecer
condiciones de trabajo que permitan a los docentes y asistentes de la
educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades,
gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las
condiciones de calidad de vida dentro del establecimiento, el director
debe hacer frente a situaciones complejas resolviendo conflictos con
estrategia, método y decisión.
• Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el
logro de las metas y prioridades del establecimiento asegurando que la
administración y control financiero sean efectivos y faciliten la mejora
de los resultados del establecimiento.
• Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos,
rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso
hacia sus dirigidos.
39.2. Inspector/a General
73
a) Cargo Inspector/a General.
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento.
b) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes, Equipo PIE, Equipo Conv. Es, Asistentes de Educación,
Administrativos, Auxiliares.
d) Misión del Cargo
Generar las condiciones para el óptimo desarrollo de las actividades
administrativas y curriculares, además de velar por el cumplimiento 68 del
Reglamento Interno dl establecimiento, generando así un ambiente de sana
convivencia.
• Funciones del cargo
• El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en
la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con
los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios
éticos de la profesión docente.
• Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
• Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un
ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
• Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva
incide directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz
de adaptar el nivel comunicativo a las diferentes edades de sus
interlocutores. Es un canal de comunicación válido entre el director (a)
y los profesores y estudiantes.
• Es capaz de poner en práctica un sistema de control del
comportamiento que permita promover un buen clima de convivencia
escolar, desde una perspectiva operativa
• Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de
accidentes) y anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de
accidentes y/o conflictos en el estudiantado, ocurrencia de accidentes.
Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la resolución de
conflictos.
39.3. Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica
a) Cargo Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes, Equipo PIE y Personal Administrativo
d) Misión del Cargo
Brindar asesoría a la Dirección del establecimiento, así como gestionar la
programación, supervisión y seguimiento de las actividades curriculares.
Todo esto, con el fin de entregar una educación de calidad.
• Funciones del cargo
• El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el
proceso académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que
demandan los actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo
con foco pedagógico, y demostrar capacidad para organizar las
actividades técnico-pedagógicas, determinando objetivos y metas
claras alineadas con las de la institución.
• El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico
e interactuar con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el
74
proceso de aprender a mejorar su práctica la cual debe estar vinculada
a los objetivos del proceso técnico pedagógico del Establecimiento
• Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso
adecuado, implementando sistemas y procedimientos tendientes a
mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje.
39.3.1. Coordinador/a Pedagógico
a) Cargo Coordinador/a Pedagógico
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes
d) Misión del Cargo
Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares
afines que están a su cargo, promover y acompañar el fortalecimiento de
las capacidades de desempeño pedagógico en los docentes a fin de
contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados
educativos.
• Funciones del cargo
• El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a los
maestros para fortalecer el desempeño del docente y mejorar su
práctica en el aula, es el docente que por su trayectoria está validado
para ejercer liderazgo educativo de gestión junto al equipo pedagógico,
acompaña, retroalimenta, promueve el diálogo y la reflexión entre pares
para mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los docentes y
reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático,
responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios
declarados en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances
y mejoras en el aprendizaje de los estudiantes.
39.3.2. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA)
a) Cargo Coordinador/a CRA
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes
d) Misión del Cargo
Promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones
curriculares y pedagógicas de la escuela, junto con motivar a los
estudiantes a la lectura e investigación, ayudando a ubicar el material
buscado y manteniendo un ambiente adecuado para la lectura. Además,
trabaja para que la circulación del material sea expedita y mantiene la
colección bien clasificada y en buen estado.
• Funciones del cargo
39.3.3. Encargado/a Extraescolar
a) Cargo Coordinador/a Extraescolar
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
75
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes Educación Física
d) Misión del Cargo
Asesorar el diseño, implementación y evaluación de acciones que
favorezcan los procesos educativos extraescolares deportivos/artísticos de
la comunidad educativa.
• Funciones del cargo
• Cumple el rol contribuir al desarrollo integral del proceso educativo
mediante la asesoría y acompañamiento en materias de educación
extraescolar, ya sea a través del diseño y ejecución de programas,
proyectos y/o la incorporación de este ámbito en la formación de los
estudiantes.
• Motiva, sensibiliza y acompaña a la comunidad educativa, en torno al
área de Educación Extra-escolar en la elaboración y ejecución de
proyectos, coordinando los distintos recursos existentes para ello.
• Elabora, propone y coordina programas y proyectos en torno a las
necesidades del área, previamente diagnosticadas, a fin de gestionar
recursos tanto propio, como adicionales, mediante la postulación a
distintos fondos concursables.
• Gestiona alianzas estratégicas con instituciones afines con el objetivo
de desarrollar actividades que contribuyan al fortalecimiento de la
Educación Extraescolar.
• Cumple con otras tareas que le asigne el Jefe y/o el Director para el
mejor logro de los objetivos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones
39.4. Encargado/a de Convivencia Escolar
a) Cargo Coordinador de Convivencia Escolar
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Área de
Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo Psicosocial, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos.
d) Misión del Cargo
Promover el enfoque formativo, inclusivo y participativo de la convivencia
escolar implementando acciones, iniciativas, programas y proyectos que
fomenten el desarrollo de una convivencia escolar positiva. Considerando
el contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la
comunidad educativa. Aportando en la generación de una cultura de buen
trato de manera multidireccional y fortaleciendo el vínculo de trabajo
colaborativo entre las redes internas y externas
• Funciones del cargo
• El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad
se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es
una persona que genera actitudes de escucha, respeto y tolerancia,
acompaña constantemente en la resolución de conflictos, crea
conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y padres de familia,
los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela
además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores
aprendizajes en los estudiantes.
• Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones
de convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y
sistemática las habilidades sociales afectivas y cognitivas en los
estudiantes y comunidad escolar.
76
39.5. Coordinador/a Programa de Integración Escolar (PIE)
a) Cargo Coordinador/a PIE
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal PIE., Área de
Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo profesionales PIE, Docentes, Asistentes de Educación y
Administrativos.
d) Misión del Cargo
Liderar un equipo multidisciplinario que, en conjunto, aporten al desarrollo
de prácticas pedagógicas de atención a la diversidad que favorezcan la
instalación de una cultura inclusiva dentro del establecimiento
• Funciones del cargo
• El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la
normativa vigente (Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de
Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se cumpla dentro del establecimiento
educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un clima escolar
inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias que favorezca la equidad de oportunidades en todos los
estudiantes y erradique las barreras del establecimiento.
39.6. Docente
a) Cargo Docente
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a de Convivencia Escolar, Coordinador/a PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula
d) Misión del Cargo
Entregar una educación integral, llevando a cabo los procesos sistemáticos
de enseñanza y formación, favoreciendo el desarrollo intelectual y
emocional de los alumnos, para así poder brindar mayores oportunidades
futuras.
• Funciones del cargo
• El docente de aula es el profesional capaz de ejercer un liderazgo
pedagógico que comprometa activamente a sus estudiantes con su
proceso de aprendizaje, el docente debe mostrar un desempeño
profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencia y
calidad, mostrar habilidad para buscar, trabajar colaborativamente y
compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo personal y
profesional,
• Debe tener capacidad de influir en la cultura del establecimiento
actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto
Educativo Institucional y como con los principios declarados en el
Estatuto Docente. Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener
disposición para acceder al perfeccionamiento y a nuevos
aprendizajes, y de esta forma adquirir las competencias para desarrollar
en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden superior, para el
logro de mejores aprendizajes.
39.7. Profesionales Programa de Integración
39.7.1 Docente Diferencial
77
a) Cargo Docente Diferencial
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General y Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula (Tutoras/es)
d) Misión del Cargo
Diseñar y planificar procesos educativos que atiendan a la diversidad, para
favorecer los aprendizajes de los estudiantes, principalmente a aquellos
que presentan NEE.
• Funciones del cargo
• El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
39.7.2 Kinesiólogo/a
a) Cargo Kinesiólogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Evaluar de manera funcional y psicomotriz a los y las estudiantes, siendo
una base para orientar a los docentes sobre el refuerzo y adquisición de
nuevos conocimientos, para que logren de mejor manera, su inserción al
sistema escolar regular.
• Funciones del cargo
• El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
39.7.3. Fonoaudiólogo/a
a) Cargo Fonoaudiólogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Facilitar la participación de todos los estudiantes dentro de la comunidad
educativa, especialmente de aquellos que presentan NEE asociadas a
lenguaje y comunicación.
• Funciones del cargo
• El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
detectar, diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan
Necesidades Educativas Especiales a nivel de sus competencias
comunicativas y de lenguaje, favoreciendo un clima escolar inclusivo y
de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
78
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con Profesores
de aula, Asistentes de la Educación, equipo Directivo y Apoderados.
39.7.4. Psicopedagogo/a
a) Cargo Psicopedagogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula (Tutoras/es)
d) Misión del Cargo
Diagnosticar y mejorar el sistema educativo de los y las estudiantes del
PIE, aportando ajustes en los métodos didácticos como en los pedagógicos
que intervienen en el desarrollo de su educación.
• Funciones del cargo
• El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
39.7.5. Psicólogo/a
a) Cargo Psicólogo/a Programa de Integración Escolar
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Formar parte del equipo de aula, desarrollando un trabajo colaborativo con
los profesores, participando en la planificación de los planes educativos
individuales PAI, proveyendo de acuerdo a sus competencias
profesionales, mejores respuestas educativas a los estudiantes con NEE y
el grupo curso en general.
• Funciones del cargo
• El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar
y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas
Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia
la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los
estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas
creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la
educación, equipo directivo y apoderados.
39.7.6. Terapeuta Ocupacional
a) Cargo Terapeuta Ocupacional
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Facilitar los procesos e interacciones de los estudiantes con Necesidades
Educativas Especiales (NEE), con la finalidad de favorecer su Desempeño
79
Ocupacional en el contexto educativo y Transición hacia una Vida Activa
(TVA).
• Funciones del cargo
El/La profesional Terapeuta Ocupacional del Programa de Integración
Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan
Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar
inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de
aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
39.8. Profesionales Departamento de Convivencia Escolar
39.8.1. Psicólogo/a
a) Cargo Psicólogo/a Convivencia Escolar
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord.
Departamento Conv.Es.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Favorecer oportunamente el proceso de enseñanza aprendizaje de los
estudiantes, por medio del desarrollo de capacidades y habilidades
educativas a nivel personal, grupal, institucional y comunidad,
considerando su contexto emocional, social, económico y cultural de cada
miembro de la comunidad educativa, con intervenciones eficientes y
cariñosas.
• Funciones del cargo
• El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de
contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual
o grupal, a través del trabajo con los estudiantes que presenten esta
necesidad, derivada de su desarrollo emocional o social, procurando en
su salud mental.
39.8.2. Trabajador/a Social
a) Cargo Trabajador/a Social
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord.
Departamento Conv.Es.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Apoyar el proceso escolar de los y las estudiantes que presenten
dificultades en el ámbito social, especialmente a aquellos que se
encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, con el fin de favorecer
su permanencia en el sistema escolar.
• Funciones del cargo
• El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable
de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este
individual o grupal, a través del trabajo con os estudiantes que
presenten la necesidad de ser asistidos en el área social, procurando
propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro, adecuado y
socialmente equitativo en su desarrollo como persona.
80
39.9. Apoyo informático
a) Cargo Encargado/a de Apoyo Informático - REDES
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Vigilar la mantención y correcto funcionamiento de redes de internet y
material tecnológico para el correcto uso de ellos en el proceso educativo
de todos los miembros de la comunidad educativa.
• Funciones del cargo
• El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el
Profesional que deberá velar por el normal funcionamiento de las redes
de internet en las distintas dependencias del establecimiento, además
de mantener en óptimas condiciones el material tecnológico utilizado
tanto por los docentes, estudiantes y demás funcionarios del área
administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene una actitud
atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la
educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el
área de Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de
distintas tareas que se le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina
en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es
responsable en el cumplimiento de sus deberes.
39.10. Asistentes de la Educación
39.10.1. Secretaria
a) Cargo Secretaria / Administrativo
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Ejecutar las labores de apoyo administrativo designadas según su función,
en forma ordenada y de acuerdo a los plazos y normas establecidas, para
cumplir de forma correcta y oportuna los objetivos de su área.
• Funciones del cargo
• Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el
secretario para desarrollar de manera eficiente su labor profesional en
la oficina, esencialmente, son el buen trato, brindar un servicio de
calidad y calidez humana a los jefes, compañeros de trabajo, docentes
y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la imagen primera que tiene
la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a los visitantes.
• Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene
habilidades de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es
autónoma, es consciente de su rol y los lineamientos del PEI, con los
cuales se logra un alto rendimiento institucional para conseguir mejores
aprendizajes en los estudiantes.
39.10.2. Asistentes de Aula
a) Cargo Asistente de Aula
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Inspector/a General
81
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades
del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas
y asistenciales de la educación.
• Funciones del cargo
• El o la Asistente de aula es la persona que asume actividades
complementarias a la labor educativa del profesor, apoya el proceso
formativo de los estudiantes es proactiva (o) en todas las actividades,
mantiene una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes dentro
y fuera del aula, tiene un trato atento y cordial con los apoderados, tiene
una actitud de colaboración en la generación un ambiente cálido y
propicio para que los estudiantes puedan aprender. Es responsable en
el cumplimiento de sus deberes
39.10.3. Tutor/a
a) Cargo Tutor/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Inspector/a General, Coord. PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes NEEP
d) Misión del Cargo
Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades
del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas
y asistenciales de la educación de los y las estudiantes con NEEP.
• Funciones del cargo
• El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o
más estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales
Permanentes (NEEP), favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el
cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático.
39.10.4. TENS
a) Cargo Técnico en Enfermería
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Encargada/o de dirigir, supervisar y mantener activa una unidad de
atención de Primeros Auxilios y velar por el bienestar físico de los miembros
de la comunidad escolar a través de la resolución rápida y oportuna de
acciones asistenciales y educativas contribuyendo de esta forma, a
mantenerles en óptimas condiciones de salud.
• Funciones del cargo
• La o él TENS es la persona encargada de la Enfermería del
establecimiento, por lo tanto, es quién realiza las prestaciones de
Primeros Auxilios a los estudiantes luego de ocurrido un accidente
escolar o por complicaciones por alguna patología o enfermedad que
los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial.
82
• La o él TENS es empática, acogedora, proactiva y responsable en el
cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.
39.10.5. Inspectores de Patio
a) Cargo Inspectores/as
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la
labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el
proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del
establecimiento.
• Funciones del cargo
• Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien
colabora en la orientación de los estudiantes en su conducta y actitud,
buenos hábitos y costumbres, es la persona que controla las
inasistencias atrasos presentación personal, lo cual incide en los
índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios y vela por que el
entorno estudiantil se mantenga aseado.
• La persona que cumple el rol debe ser empática, acogedora, proactiva
y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su
trabajo.
39.10.6. Apoyo Inspectoría
a) Cargo Apoyo Inspectoría
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo con el objetivo de
apoyar y colaborar con el proceso atención y funcionamiento de Inspectoría
General.
• Funciones del cargo
• Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en
todo momento actuar en forma coherente tanto con los valores del
Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la
profesión docente.
• Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
• Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un
ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
39.10.7. Portero/a
a) Cargo Inspector/a portería
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
83
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la
labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el
proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del
establecimiento.
• Funciones del cargo
• El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena
conducta de estudiantes a la entrada y salida del establecimiento,
estimular las habilidades sociales de los estudiantes mediante el saludo
correcto. Mostrar un trato cordial frente a sus superiores, docentes,
padres y apoderados y sus pares.
• Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los
integrantes, mediante la recepción empático y acogedora.
• Es responsable en el cumplimiento de sus deberes.
39.10.8. Personal de Servicios
a) Cargo
Auxiliar de servicios menores de aseo y servicios menores de
mantenimiento.
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Brindar apoyo en las labores de cuidado, protección, mantención y limpieza
del establecimiento.
• Funciones del cargo
• El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante
función en las dependencias interiores y exteriores de la escuela, son
quienes exteriorizan con su ejemplo y sencillez un clima de respeto
hacia las personas con quienes comparten el día a día, deben ser
honestos, responsables y disciplinados al momento de acatar las
normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en
especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del
entorno, contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del
proyecto educativo Institucional.
84
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
85
MEDIDAEXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN DE LAJORNADAESCOLAR
(Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio-adaptativas y académicas).
1. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE
ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR
• La reducción de la jornada escolar de un estudiante se encuentra prohibida, y sólo se podrá aplicar de
manera excepcional si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de
la comunidad educativa, lo que deberá estar debidamente acreditado.
• Una vez acreditado bajo evidencias que las actitudes del educando representan un peligro real para la
integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, se generara una adecuación
de la jornada escolar.
• Para la aplicación de la medida de adecuación de la jornada se debe realizar una reunión de
coordinación con profesor jefe, UTP, inspectoría general y Convivencia escolar, con la finalidad de
desarrollar un plan de apoyo formativo pedagógico (adecuación de jornada) que se ajuste a las
necesidades y dificultades del estudiante. Si el alumno forma parte del PIE de nuestro establecimiento
deberá contar con las sugerencias y apoyo de los profesionales que atienden al educando.
• Desarrollado el plan, se deberá presentar con el Director del establecimiento para contar con su
aprobación, una vez aprobado se citará al apoderado para entregar detalles de la medida
preparatoria/formativa excepcional.
• El apoderado deberá firmar un compromiso en donde se debe referir que esta medida excepcional es
adoptada con el fin de resguardar y proteger el interés superior de niño (derecho a recibir educación) a
través de la adecuación de jornada.
1) Si es reducida la jornada del estudiante, las horas pedagógicas que no reciba, deberán cubrirse
a través de actividades que generen cumplimiento mínimo del currículo académico, Las
actividades y/o acciones realizadas deben quedar registradas bajo criterios de logro académicos
y conductual-social. Cada dos semanas se entregarán los registros a inspectoría general,
convivencia escolar, UTP y dirección. A la semana siguiente el apoderado debe asistir para
entregarle reporte de los avances de su pupilo.
2) Si es estudiante representa mecanismo desorganizados en la expresión de su conducta, lo cual
trae consigo modos de interacción social inadecuados con sus pares, el estudiante puede recibir
clases individuales por parte de un docente asignado con apoyos de profesionales pertinentes.
La actividad realizada con el alumno debe quedar registradas bajo criterios de logro académicos
y conductual-social. Todos los días viernes se entregarán los registros a inspectoría general,
convivencia escolar, UTP y dirección. A la semana siguiente el apodado debe asistir para
entregarle reporte de los avances de su pupilo.
86
MEDIDAEXCEPCIONAL DE EXPULSIÓN O CANCELACION DE MATRICULA
(Esta medida puede ser aplicada directamente cuando las conductas atenten directamente contra la
integridad física o psicológica de algunosde los miembros de la comunidadeducativa)
2. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA EXCEPCIONAL DE EXPULSIÓN
O CANCELACION DE MATRICULA
1) Antes de la aplicación de la medida de expulsión o cancelación de matrícula se deben considerar
acciones que permitan que el estudiante reconozca y repare la situación en conflicto, ajustándose
a justo y debido proceso previo (ver sección 36.1 Debido proceso)
1) El director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos en que algún miembro de
la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en
los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia
escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley
2) El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el
procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un
establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas
establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven
como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente
la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley.
3) El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por
escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los
procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión,
habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la
medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido
proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre
otros.
4) Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se
podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la
respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de
Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida
reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La
imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando
resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la
expulsión o la cancelación de la matrícula.".19
5) El plazo de ejecución de puede considerar hasta dos (02) periodos escolares consecutivos o
por el periodo necesario mientras aún exista la razón que originó la medida.
• El/La director/a es la única persona que puede tomar la determinación y al adoptar la medida, debe
notificar por escrito a el/la estudiante y su apoderado
• El/la estudiante y apoderado tienen el derecho de solicita una reconsideración de la medida al
director, tendrá un periodo de 15 días hábiles para entregar su apelación.
• El/La Director/a deberá consultar al conejo de profesores antes de tomar una decisión.
• El/La Director/a deberá informar a la Superintendencia de Educación dentro de cinco (05) días que
se confirma la decisión cuándo:
19
(LEY 21128, AULA SEGURA, 2018)
87
➢ rechaza la reconsideración, confirmando la adopción de la medida
➢ transcurridos los 15 días para pedir la revisión de la medida sin que el apoderado o estudiante
las soliciten.
El documento que se debe presentar en a la Superintendencia de Educación debe organizarse de la
siguiente manera:
1) Progresión o gradualidad del proceso de sanción
2) Aplicación del Procedimiento
3) Verificación de peligro inminente
4) Único medio de restablecimiento de la sana convivencia
(Para mayor información revisar en este documento sección 37.1 Tipos de sanciones, letras d; e; f.)
88
3. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A REALIZAR UNA
EVALUACIÓN EN ALGUNA ASIGNATURA
En caso que un estudiante se niegue a realizar alguna evaluación en alguna asignatura sin
justificación razonable del apoderado ni avalado por un certificado médico, se procederá:
• El docente de la asignatura registrará una observación negativa en el libro de clases en la hoja
de vida del estudiante, clasificando como una falta grave simultáneamente informará a
Inspectoría General.
• Inspectoría General será la encargada de citar al apoderado a la escuela para informarle la
situación.
• Una vez que el apoderado se informe de la situación, firmarán él y el estudiante, un compromiso de
cumplimiento a sus deberes escolares, quedando registrado en el libro de clases, en la hoja de vida
del estudiante.
• Asistencia a trabajo pedagógico en jornada alterna por un periodo máximo de tres (03) días u otro
designado por el área pedagógica.
• Si con las medidas antes aplicadas, el estudiante insiste en negarse a realizar las evaluaciones,
Inspectoría General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para
estos casos en el Reglamento Interno del establecimiento.
89
4. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A PARTICIPAR EN
CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD
En caso que un estudiante se niegue a participar en clases de Educación Física sin justificación
razonable del apoderado ni avalado por un certificado médico, se procederá:
• El docente de Educación Física registrará una observación negativa en el libro de clases en la hoja de
vida del estudiante, previamente informará a Inspectoría General.
• Inspectoría General será la encargada de citar al apoderado al colegio para informarle la situación.
• Una vez que el apoderado se informe de la situación, firmarán él y el estudiante, un compromiso de
participación en clases de Educación Física, quedando registrado en el libro de clases, en la hoja de
vida del estudiante.
• En el caso que el apoderado no asista a la citación de Inspectoría General y el estudiante continúe
negándose a realizar la clase, el Docente registrará otra observación negativa en el libro de clases,
en la hoja de vida del estudiante, calificando esta situación como una AGRAVANTE, e informará a
Inspectoría General.
• Inspectoría General, nuevamente citará al apoderado para comunicar el suceso y registrando la firma
de éste en el libro de clases.
• Asistencia a trabajo pedagógico en jornada alterna por un periodo máximo de tres (03) días u otro
designado por el área pedagógica.
• Si con las medidas antes aplicadas, el estudiante insiste en negarse a realizar las clases de Educación
Física, Inspectoría General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para
estos casos en el Reglamento Interno del establecimiento.
90
5. PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS
Procedimientos para estudiantes EDUCACIÓN BÁSICA
• Las clases de Educación Física, o Talleres deportivos extra programáticos como cualquier otra clase,
están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos de la Escuela Básica estrella del Sur.
En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) o Monitor a cargo
del curso.
• El establecimiento educacional define e implementa prácticas que ayuden a prevenir el riesgo o daño
de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura
el auto cuidado y se eviten las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento.
• El docente Coordinador de Extraescolar es el encargado del inventario de implementos deportivos
(balones, redes, colchonetas y otros que se mantienen en bodega destinadas a ese uso. Los arcos
de fútbol, deben permanecer con su respectivo anclaje.
• La escuela ha determinado empotrar o amarrar todos aquellos implementos y estructuras deportivas
que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que generen riesgos, por ejemplo, los
arcos de futbol y los aros de basquetbol.
• Existirá una supervisión eficiente y eficaz del docente, Monitor o asistente de la educación dirigida hacia
el adecuado comportamiento de los estudiantes, el uso de los materiales deportivos en clases de
Educación Física, Talleres Extra- programáticos y recreativos.
• Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a)
estudiante, el docente o Monitor encargado deberá informar a la Dirección del establecimiento.
• Cuando un/una estudiante se no pueda participar de la clase de Educación Física, Taller o actividad
deportiva, ya sea por enfermedad circunstancial o permanente deberá presentar la comunicación escrita
del padre o apoderado, en Inspectoría General de su razón de no participar en la asignatura, quién
comunicará al Profesor de Educación Física y UTP. Mientras, el/la estudiante no realice clases prácticas
de Educación Física o actividad deportiva deberá permanecer en el lugar donde se desarrolle la actividad
práctica junto con su grupo curso, realizando una actividad pedagógica designada por el profesor de
Educación Física.
• El profesor de Educación Física o Monitor de Talleres deportivos deberá revisar antes de cada actividad,
el estado de los implementos deportivos. Frente cualquier anomalía, deberá avisar inmediatamente al/la
Director/a del Colegio, quien designará a los responsables de descartar aquellos implementos deportivos
en mal estado, preocuparse por la mantención y buen uso y solicitar su reposición cuando sea necesario.
• Durante el año escolar el profesor de Educación Física promoverá el uso responsable y correcto del
material deportivo y de los riesgos que corren los estudiantes frente a su mala utilización.
• Está estrictamente prohibido que los estudiantes del establecimiento muevan, por sí solos, los
implementos deportivos (Ej.: arcos, arcos de básquetbol, mesas de ping-pong, y otros.)
91
SITUACIONES DE LACOTIDIANEIDAD
6. PROTOCOLO CAMBIO DE APODERADO
Los apoderados son la instancia inicial y primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas. La escuela
y sus educadores son colaboradores que entregan su respaldo y cooperación a los procesos de enseñanza-
aprendizaje, a la formación de hábitos y de valores exigidos por la sociedad.
I. De la solicitud de cambio voluntario
Si el/la apoderado/a TITULAR no puede continuar cumpliendo su labor, deberá realizar los siguientes pasos:
i. El apoderado debe presentarse en forma personal en el establecimiento educativo y solicitar el
cambio de apoderado en Inspectoría.
ii. El funcionario deberá registrar la solicitud y causal del cambio, solicitando autorización a Inspectora
General respecto de la factibilidad.
iii. Una vez autorizado, el funcionario deberá señalar las modalidades establecidas para un cambio de
apoderado.
• De forma presencial: ambos apoderados TITULAR y NUEVO con su Cédula de identidad formalizan el
proceso en Inspectoría.
• De forma remota: Si el apoderado TITULAR no se encuentra en la región o no pudiese concurrir, el
apoderado NUEVO debe presentarse con su cédula de identidad y acompañado de una DECLARACIÓN
SIMPLE del apoderado TITULAR.
• Casos no contemplados: Dirección en consulta con Inspectoría General y Convivencia Escolar resolverá
procedimientos ajustados a derecho. (VER ANEXO CARTA PARA REALIZAR CAMBIO DE
APODERADO)
iv. Se establece como motivo y/o justificación de fuerza mayor.
v. El establecimiento se encargará de realizar el cambio de apoderado en el sistema interno de
administración de datos.
vi. Una vez efectuado el cambio apoderado se deberá anular la antigua FICHA DE MATRÍCULA y emitir
una nueva con la finalidad de que el nuevo apoderado asuma las obligaciones pedagógicas y
administrativas, al momento de la firma respectiva.
II. De la solicitud de cambio por incumplimiento de deberes
La escuela se reserva el derecho de solicitar y/o exigir el cambio de apoderado de manera arbitraria, si este
incumple de forma reiterada sus DEBERES como lo estipula este documento, menoscabando el proceso
educativo, la salud mental, emocional o física del/la estudiante. El cambio le será notificado por escrito, una vez
agotadas todas las instancias de colaboración. El nuevo apoderado queda en la obligación de cumplir con las
normativas exigidas por el establecimiento y explicitadas en este manual. Se considerarán como atenuantes las
siguientes conductas:
92
i.No cumple con los DEBERES establecidos en este Reglamento Interno de Convivencia Escolar (ver
DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES, pág. 34 )
ii.Adicionalmente, puede llegar a prohibirse su ingreso al establecimiento de forma transitoria o permanente.
iii.El apoderado SUPLENTE oficialmente inscrito deberá suplir al titular. De no existir esta situación, se
procederá a inscribir al adulto responsable que cumple dicha labor.
• Situaciones no previstas o indicadas anteriormente serán resueltas desde Dirección.
“Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el
Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso
educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa
interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General
de Educación Nº 20.370).
93
7. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR
Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley
16.744. Se consideran accidentes escolares, los que ocurran a causa (motivo o razón) u ocasión
(riesgo, peligro) de las actividades escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los
ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante
y el establecimiento educacional.
Es deber de el/la Inspector/a General implementar políticas, planes y protocolos de seguridad, así como
la activación de ellos y determinar responsables en las acciones necesarias.
1. Cuando se produzca un accidente
Frente a la ocurrencia de cualquier tipo de accidente escolar, el establecimiento deberá responder
siempre siguiendo el mismo protocolo de actuación.
1.1. Todo funcionario del establecimiento será responsable de seguir los pasos que a
continuación se detallan en el momento de presenciar o acompañar a un alumno en su
dificultad.
1) Asistir: Frente a cualquier accidente o problema de salud será el adulto más cercano quien
primero asista a constatar lo ocurrido y verificar la necesidad de atención, si cuenta con curso
de primeros auxilios y se siente capacitado, deberá entregar los cuidados necesarios.
2) Notificar: El funcionario(a) deberá informar inmediatamente lo que acontece a encargada de
enfermería, inspector de patio, al Inspector/a General o secretaria (en ese orden). No podrá
volver a sus funciones hasta no asegurarse que la situación está en manos de los
responsables.
3) Responsabilidad: No será atribución de ningún funcionario evaluar la gravedad de la lesión
o problema de salud. Por esta razón, toda situación deberá ser notificada y evaluada por los
profesionales correspondientes.
1.2. Responsabilidad de Enfermería e Inspectoría
a) Asistir al alumno: Se procederá a entregar primeros auxilios de carácter básico al
afectado(a), inmovilización, frío local, etc.
b) Registro de llamadas: Se debe disponer de un registro de las llamadas realizadas en caso
de accidente.
c) Registro en libro digital: Consignar en el espacio destinado en el libro de clases digital, en
la ficha del estudiante hora, fecha y antecedentes.
d) Informar al apoderado: Al mismo tiempo Inspectoría efectuará el llamado telefónico al
apoderado o familiar designado para solicitar su presencia independiente de la gravedad de
la situación.
e) Seguro escolar: Se entregan 3 copias del formulario con firma y timbre del colegio (Uno para
el centro asistencial, otro para el apoderado y otro para el colegio) que contempla la
posibilidad de recibir atención solo en servicio de urgencia público, la primera atención se
94
realizará en SAPU de CESFAM DE POZO ALMONTE cuando sea necesario estos
organismos derivarán a centro asistencial especializado otorgando de forma gratuita al
alumno exámenes y procedimientos.
f) Seguimiento: Monitoreo por parte de personal de apoyo de Inspectoría del estado de salud
de el/la estudiante. *Es responsabilidad de apoderado entregar a la escuela una copia
del comprobante de atención en Inspectoría.
1.3. Gradualidad y procedimientos
i. En caso de enfermedad o accidente menos graves:
El estudiante será llevado a Inspectoría y se realizarán los primeros auxilios por parte de el/la
TENS del establecimiento. Importante recordar que el colegio NO está autorizado para
administrar ningún tipo de medicamentos. Un funcionario de Inspectoría llamará a los padres y/o
apoderados. Enviará una comunicación y el formulario del accidente escolar si fuese necesario.
ii. En caso de accidentes leves:
En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados,
para que sean ellos quienes trasladen al estudiante al centro de salud que estimen conveniente.
Inspectoría realiza y entrega el formulario de accidente escolar para que el estudiante sea
atendido de manera gratuita en el centro de salud.
iii. En caso de accidentes graves:
En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por el/la profesional TENS del
establecimiento), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia local, quienes lo trasladarán
en ambulancia a la urgencia del Hospital Dr. Ernesto Torres de la comuna de Iquique.
Paralelamente se entrega formulario de accidente escolar y simultáneamente se dará aviso al
padre, madre y/o apoderado. Ellos serán los responsables de su pupilo/a en el centro de
urgencia. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener los datos de contacto
actualizados e informados en el establecimiento (números de teléfono y dirección del apoderado).
1.4. Traslado a centro asistencial:
a) En caso que el apoderado presente dificultades para retirarlo en el momento, el/la estudiante
será acompañado/a por un funcionario/a del establecimiento, a la espera que el apoderado
llegue al centro asistencial. Una vez allí el apoderado se hará cargo del estudiante.
b) En caso de un accidente de extrema gravedad donde el/la estudiante deba ser trasladado y
el apoderado no pueda presentarse inmediatamente en el establecimiento, el/la estudiante será
acompañado/a por un funcionario/a del establecimiento quién será responsable hasta que el
apoderado/a se presente en el centro asistencial.
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7. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL
INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR
1. En la situación que el estudiante presente un atraso al comienzo de la jornada de clases recibirá
una amonestación verbal, de carácter formativa de parte de Inspector(a) de sector y se registrará
dicha falta en un libro especial habilitado al respecto.
2. En caso de presentar tres atrasos por parte de un estudiante, se procederá a citar al apoderado
por parte de Inspector(a) de sector.
3. En caso de volver a presentar tres atrasos por parte de del mismo estudiante, se procederá a
citar nuevamente al apoderado y registrar una anotación negativa en el libro de clases, como así
mismo generar un contrato o compromiso de cambio de actitud con Inspectoría General.
4. En caso de volver a presentar tres atrasos por parte del mismo estudiante, se procederá a citar
el apoderado y registrar nuevamente una anotación negativa en el libro de clases lo cual se
considerará como AGRAVANTE, como así mismo generar un contrato o compromiso de cambio
de actitud con Dirección.
5. De continuar el estudiante presentando atrasos, al ser esta acción reiterativa en el tiempo se le
aplicarán las sanciones correspondientes a dicho tipo de faltas
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8. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ESTUDIANTES CON INASISTENCIA A
CLASES
8.1. En la situación que el/la estudiante falte uno a tres días a clases y esta inasistencia no
sea justificada por el apoderado
a) El Profesor(a) Jefe informará a inspector de ciclo, quien citará al apoderado, vía telefónica, del
estudiante en cuestión y justifique la inasistencia de su pupilo.
b) En el evento que el apoderado no asista a justificar a su pupilo, el Inspector(a) General hará una
segunda citación del mismo modo.
c) En caso de NO asistir el apoderado a justificar a su pupilo después de la segunda citación
realizada por el Inspector(a) General, se procederá a registrar el incumplimiento en un libro
habilitado al respecto, de persistir la falta de compromiso del adulto responsable, se podrá
solicitar el cambio de apoderado. (ver DEBERES Y DERECHOS)
8.2. En la situación que el alumno(a) falte tres o más días a clases sin justificación por parte
de su apoderado:
a) El Profesor(a) Jefe informará a inspector de ciclo quien se encargará de comunicar a el/la
Trabajador/a Social para que realice una visita domiciliaria al estudiante y verifique las causas
de las inasistencias.
✓ Si son a causa de enfermedad del estudiante deberá comprobarse con certificado médico.
✓ Si es por otra causal, ya sea por problemas domésticos o de índole económico, el/la Trabajador/a
Social comunicará a la Dirección de la Escuela para abordar la situación y activar redes de apoyo.
✓ Si es por negligencia parental u otra situación grave, el/la Trabajador/a Social deberá comunicar
a la Dirección de la Escuela, quienes informarán a Carabineros de Chile u a oficina OPD local
mediante un informe social y oficio de la Dirección del establecimiento.
97
9. PROTOCOLO DE USO DEL COMEDOR ESCOLAR
Siempre habrá un Profesor u otro funcionario del establecimiento responsable vigilando al estudiante en
sus distintas ubicaciones y que hará efectivo este protocolo.
ESTUDIANTES:
Deberán llegar a la puerta del comedor con su Profesor Jefe y/o Asignatura para dar inicio a su merienda
en el siguiente horario:
1) 1° a 4° años: 12:00 a 12:50 hrs.
2) 5° a 8° años ingresarán al comedor desde las 12.50 a 13.10 hrs.
9.1. Normas de funcionamiento y conductas esperadas
1. Deberán lavarse las manos antes y después de la comida.
2. Deberán ingresar al comedor despacio y en silencio, sentándose en sus sitios correspondientes
y permanecer en ellos hasta que terminen de consumir todo su almuerzo, incluyendo su postre.
3. Comerán todo lo que se les sirve, sin separar el contenido.
4. Guardarán las normas de buen comportamiento, modales y maneras requeridas en la mesa:
Sentarse correctamente, no jugar con los alimentos ni lanzarlos, no gritar, vestir adecuadamente,
utilizar los cubiertos y otros utensilios correctamente.
5. Tratarán con respeto y educación a sus compañeros(as), manipuladoras de alimentos,
profesor encargado e inspector(a) así como auxiliar de aseo y demás personal que los atiende.
6. No deberán ausentarse del Comedor sin permiso de las personas que están a cargo.
7. No molestarán al estudiantes más pequeños o tímidos, sustrayéndoles el postre u otros
elementos (jugos, bebidas, galletas, etc.) que ellos portan.
8. En caso de sismo deberán abandonar el comedor por las 2 puertas laterales dejando todo lo que
está sobre su mesa. Trasladándose a la zona de seguridad correspondiente.
9. El estudiante que es insulina dependiente debe almorzar en el horario de los estudiantes de 1° a
4° años, y será responsabilidad del apoderado otorgar a su pupilo los alimentos que debe
consumir.
10. Al estudiante que trasgreda cualquier punto de este Protocolo se aplicará una sanción de acuerdo
a este documento y si es reincidente se comunicará a sus Padres y/o Apoderados que dicho
servicio se dará fuera del Comedor.
11. Los estudiantes que no almuerzan el menú del colegio, el Apoderado/a, tutor o adulto
responsable deberá dejar por escrito una constancia que renuncian a dicha alimentación y que
ellos le traerán diariamente su alimentación.
NOTA 1: Ningún funcionario(a) de la Escuela podrá usufructuar de la alimentación y/o elementos que
son destinados por la JUNAEB para uso exclusivo de los estudiantes
NOTA 2: El/La Director(a) de la Escuela Básica Estrella del Sur, tendrá la potestad para inspeccionar el
gramaje de alimento que se le sirve a cada estudiante en su bandeja y cuando lo estime conveniente
solicitará agregarle alimento a cada bandeja.
NOTA 3: El gramaje alimenticio es igual para todos los estudiantes.
98
SALIDAS PEDAGÓGICAS yVIAJES DE ESTUDIO
10. PROTOCOLOS DE ACTUACION ANTE SALIDAS PEDAGÓGICAS
Las salidas pedagógicas forman parte del proceso de enseñanza y aprendizaje, es por esto que estas
salidas son un complemento al trabajo realizadoal interior del aula. En consecuencia, surge la necesidad
de disponer de un protocolo, que las norme, cautelando que estas cumplan con el objetivo de enriquecer
el proceso desarrollado en el aula y que se asuman las responsabilidades que le corresponden al
apoderado autorizando por escrito la salida de su hijo fuera del establecimiento.
1) El docente puede proponer una actividad de interés pedagógico que permita introducir,
desarrollar o afianzar uno o más objetivos pedagógicos. Esto se realizará idealmente a comienzo
de cada semestre lectivo. Las salidas pedagógicas debenestar consideradas y programadas en la
planificación del Sector de aprendizaje correspondiente, y por tanto será el equipo técnico-
pedagógico quien visará en primera instancia la factibilidad de la salida de estudio. El proyecto
deberá ser presentado mediante formulario de fundamentación de salida pedagógica, con un
plazo no menor a 45 días hábiles de su ejecución. No se autorizará las salidas pedagógicas
improvisadas.
2) Una vez autorizado el proyecto por Dirección del establecimiento, el docente responsable
deberá realizar lo siguiente en conjunto con su coordinación pedagógica:
2.1. La gestión correspondiente de la reserva del lugar y entregando la información de hora,
fecha a la secretaria de Dirección.
2.2. Coordinar con Inspectoría General la entrega y recepción de las autorizaciones del
apoderado y/o Tutor a los estudiantes. Estas deben ser recepcionadas 20 días antes. No
se aceptarán bajo ningún motivo autorizaciones verbales ni telefónicas. En el caso de
que algún estudiante no presente su autorización, deberá permanecer dentro del
establecimiento desarrollando alguna actividad preparada previamente por el profesor y
relacionada con la actividad.
2.3. Coordinará en conjunto con Inspectoría General qué otro adulto, del establecimiento o
apoderado (número a determinar) acompañará la salida.
2.4. Acordará en conjunto con la Coordinación de PIE la asistencia de un profesional
especialista y/o el apoderado, en el caso que asista un estudiante con NEEP
2.5. En el caso de solicitud de buses, en conjunto con la secretaria de Dirección, realiza la
gestión con la asesora de la Corporación, llenando formulario de solicitud de buses y
confirma la asistencia de éstos al establecimiento en la fecha y hora acordada con 24
horas de anticipación a la salida.
3) El docente responsable de la salida, con al menos 15 días hábiles de anticipación, presentará la
planificación curricular, guía de aprendizaje, instrumento de evaluación para la actividad. UTP
entregará copia al docente.
4) Coordinación pedagógica junto a docente responsable, deberán entregar la documentación
necesaria (fundamentación salida pedagógica, itinerario, nómina de asistentes, si corresponde;
autorizaciones estudiantes, datos de servicio de transporte, confirmación reservas) para informar
la salida pedagógica a DEPROV, solicitando el cambio de actividades en un plazo no mayor a
15 días hábiles previos a la fecha de salida.
99
5) El o la docente responsable de la salida enviará una comunicación informativa a los padres y/o
apoderados, acerca de las exigencias académicas, conductuales y de presentación personal de
los estudiantes del día de la salida, una semana antes de ésta.
6) Es responsabilidad del docente a cargo de la salida pedagógica entregar a su coordinación:
planificación, materiales de apoyo y/o actividades a utilizar en los cursos que le correspondía
atender, según horario, el día de la salida.
7) Aquellos estudiantes que hayan incurrido en un comportamiento inadecuado de tipo conductual
en aula regular, previo a la salida pedagógica, Inspectoría aplicará medida según corresponda,
la cual podrían condicionar su participación de la actividad.
8) Inspectoría General, al momento de la salida del curso del establecimiento, se encargará de
verificar autorizaciones y presentación personal de los estudiantes asistentes. El profesor
encargado deberá firmar salida en libro correspondiente, entregando copia de nómina de
asistentes.
8.1. Es política de la Dirección que ningún estudiante salga del establecimiento sin la autorización
escrita de sus padres o apoderados.
8.2. Inspectoría General cautelará que se cumpla lo anterior, para lo cual tampoco aceptará que
un docente o un apoderado, se haga responsable de la salida del niño o niña que no cuenta
con la autorización escrita.
9) Durante la realización de la actividad, el docente responsable:
i. coordinará las responsabilidades de los adultos que acompañan
ii. informará itinerario de actividades a los participantes, dando a conocer punto de
encuentro en caso de eventualidad o emergencia.
iii. coordinará la entrega de tarjetas de identificación para cada estudiante, con nombre y
número de teléfono celular del docente asistente responsable del grupo, el nombre y
dirección del establecimiento educacional.
iv. coordinará la entrega de credenciales al personal del establecimiento, madres, padres y
apoderados que estén acompañando la actividad, la que deberá consignar nombre y
apellido respectivo.
10) Aquellos estudiantes que han tenido un comportamiento inadecuado, durante la salida
pedagógica se aplicará medida según RICE.
11) El o la docente que se vea imposibilitado/a de asistir a la salida pedagógica programada, será
remplazada oportunamente por coordinación pedagógica, quien determinará al personal más
idóneo para su reemplazo.
100
12) Durante el desarrollo de la actividad, aquellos docentes que tengan horas de atención en su horario
o sean volantes, deberán estar a disposición de coordinación pedagógica para apoyar los
reemplazos de el/la/los docente/s ausente/s, así como la atención de estudiantes que no
participen de la actividad y permanezcan en el establecimiento.
13) Posterior a la realización de la actividad, se considerará:
i. revisión y conteo de todos los asistentes de la actividad, evitando olvido de pertenencias
ii. retiro y devolución de credenciales de identificación
14) Es deber del profesor encargado de la salida pedagógica registrar las novedades de la salida en
Bitácora correspondiente ubicada en secretaría.
15) El profesor responsable de la Salida Pedagógica deberá firmar digitalmente todas las horas de
clases lectivas que se utilizaron en la realización de ésta. Además, deberá completar los
leccionarios correspondientes.
10.1. NORMAS DE SEGURIDAD EN EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
a) Las y los estudiantes deben cumplir con las mismas disposiciones y normas establecidas en el
Manual de Convivencia Escolar del establecimiento en toda visita pedagógica.
b) Deberán asistir a las actividades con el uniforme escolar oficial o como se indique. (situaciones
de fuerza mayor deben ser justificadas en inspectoría)
c) El desplazamiento fuera de las dependencias es en grupo y estando siempre bajo el cuidado del
o los profesores responsables.
d) En el trayecto en medios de transporte mantenerse y conservar la ubicación designada por el/la
docente, respetando las instrucciones impartidas, especial énfasis en el uso de los cinturones de
seguridad.
e) Está estrictamente prohibido durante todo el trayecto de viaje en medios de transporte pararse
en las pisaderas del transporte, sacar la cabeza o parte del cuerpo, por las ventanas o puertas,
correr, saltar tanto en pasillos como sobre los asientos y/o cualquier acción que atente contra su
seguridad física.
f) Cada estudiante debe cuidar y hacerse plenamente responsable en todo momento de sus
pertenencias. El portar accesorios no requeridos para la salida es de exclusiva responsabilidad
del estudiante.
g) Respetar y cuidar la limpieza del medio de transporte, el lugar de la visita y el medio ambiente.
h) Si el destino de la visita es un punto que contemple la costa o algún lugar similar (río, lago,
piscina, etc.) los y las estudiantes, en ningún caso, podrán bañarse o realizar actividades
recreativas en el agua sin que éstas estén contempladas dentro de la guía didáctica e informado
al apoderado (con su consentimiento y firma) y jamás sin ser supervisados por algún docente o
adulto responsable. No obstante, lo anterior quedará estrictamente prohibido acceder a estos
lugares, si no se cuenta con salvavidas o con alguna indicación que garantice la seguridad del
lugar.
i) Cómo norma básica de prevención los y las estudiantes deben ante cualquier situación
inadecuada comunicar de forma inmediata a su profesor/a acompañante de apoyo,
especialmente en los siguientes casos:
➢ Si hay objetos, situaciones o artefactos en el entorno que pudieren ser peligrosos.
101
➢ Si un extraño se acerca a hacerles preguntas, les invita a otro lugar, si ofrece productos
o especies de cualquier índole.
➢ Si observan que un/a compañero/a se siente mal.
➢ Si se percata de alguna conducta que contravenga el respeto hacia sus pares, adultos,
autoridad y/o bien público o privado.
VER ANEXO FICHA “SALIDAS PEDAGÓGICAS”
102
11. PROTOCOLO ANTE PASEOS DE CURSO O GIRAS DE ESTUDIO
El Presente protocolo tiene como objeto establecer ciertas disposiciones reglamentarias básicas y
elementales para el buen desarrollo de paseos de curso o giras de estudio. Solo se regirán por el
siguiente protocolo las actividades autorizadas oficial y expresamente por el Establecimiento. Este
protocolo además pretende informar a la comunidad sobre los derechos y deberes que tienen quienes
participan de ellos
Se entenderá por "viaje de estudio" el conjunto de actividades educativas extra-escolares que
planifiquen, organicen y realicen, dentro del territorio nacional, grupos de alumnos de un establecimiento
educacional, con el objeto de adquirir experiencias en los aspectos económicos, sociales, culturales y
cívicos de la vida de la región que visiten, que contribuyan a su formación y orientación integrales.20
11.1. Aspectos generales
a) Desde el momento de inicio de la gira, y hasta el término de ésta; el profesor jefe es el
responsable final de esta actividad. Por lo tanto, los alumnos asistentes deberán acatar toda
decisión que éste tome, inclusive la suspensión de alguna actividad programada.
b) Toda salida o gira deberá contar con el financiamiento para su realización. Será responsabilidad
del organizador de la actividad gestionar y asegurar dicho financiamiento.
c) En caso que, por alguna eventualidad, se vea alterado el normal desarrollo de la actividad él o
los profesores que dirijan la delegación, cuentan con todas las facultades y autoridad necesaria
para suspender la gira en el momento que lo indiquen. Sus decisiones deberán ser fundadas,
pero serán inapelables independientemente del acuerdo o desacuerdo de quienes asisten.
d) Los apoderados responsables del viaje, deben solicitar y verificar con el tiempo necesario todos
los antecedentes de la(s) empresa(s) que prestará(n) los servicios de transporte, estadía u otros
que se hubieren contratado para la delegación. Entiéndase licencia de conducir reglamentaria y
al día, cantidad de conductores, revisión técnica de los vehículos, botiquín y elementos de
primeros auxilios, extintor, paradas programadas, y otros elementos o situaciones que deben ser
consideradas en viajes de este tipo.
e) Que la empresa de transporte cuente con todas las autorizaciones, documentación y requisitos
necesarios para realizar este tipo de viajes y exigidos por el Ministerio de Transporte. La
documentación en cuestión corresponde a:
✓ Número de Patente del vehículo
✓ Revisión Técnica del vehículo al día
✓ Permiso de Circulación del vehículo al día
✓ Registro de Seguros del Estado del vehículo al día
✓ Cédula de Identidad del chofer
✓ Licencia de Conducir del chofer al día
20
(DECRETO 2822, FIJA NORMAS SOBRE VIAJES DE ESTUDIOS, 1970)
103
f) También es requisito esencial, que exista una nómina oficial de las personas que forman parte
de la gira o viaje. En caso de las giras todos los participantes del viaje, deberán acreditar que
cuentan con un seguro personal o grupal, que cubra eventualidades médicas en el país. Es
responsabilidad de cada uno de los viajantes, presentar toda la documentación requerida en los
plazos establecidos que determinen los organizadores.
g) Está estrictamente prohibido el consumo de alcohol y cigarrillos a todos los estudiantes que
formen parte de la delegación. Quien incumpla esta norma en caso de gira de estudio será
devuelto a Pozo Almonte, costo que deberá asumir la familia. Del mismo modo si algún
estudiante por sus acciones, consideradas como falta grave según el Reglamento interno y
Manual de Convivencia Escolar, se pone en riesgo a sí mismo o a algún miembro de la
comunidad, será devuelto a Pozo Almonte, costo que deberá asumir la familia.
h) Las normas y manejo de grupo específico durante la travesía, dependerá
́ exclusivamente de las
personas adultas a cargo del viaje.
i) En dependencias del colegio, deben quedar todos los datos de identificación y contacto de los
viajantes, asimismo, información de familiares directos a quienes contactar en caso de
emergencia. A lo que se debe agregar las autorizaciones expresas de los padres y/o apoderados
en caso de salida del país conforme a la ley y requisitos administrativos solicitados para ello.
j) Se debe entregar a las familias de los viajantes, un cronograma de las actividades, lugares y
extensión de las visitas que se realizarán.
k) No está
́ permitido que grupos pequeños de alumnos, realicen actividades separadas de las ya
programadas por el grupo.
l) Los adultos que serán parte del viaje deben ser presentados por escrito a la Dirección del colegio,
quien aprobará o no su participación.
m) En el caso de las giras de estudio el programa final del viaje debe ser presentado a la Dirección
del colegio con a lo menos treinta (30) días de anticipación del inicio del viaje. Debe incluir la lista
de los participantes, transporte, alojamiento y el cronograma de actividades detallado por días.
n) Los estudiantes que se encuentren en situación de condicionalidad, no podrán participar de la
gira de estudio.
o) Cualquier situación que no está
́ contenida en este protocolo de actuación, deberá ser resuelta
en única instancia por la Dirección del Colegio o quien la represente en el viaje.
p) Los padres y apoderados, dentro de los preparativos del viaje, deben firmar un acuerdo mediante
el cual aceptan las normas fijadas por el colegio para el desarrollo de la salida.
VER ANEXO “FORMULARIO SOLICITUD AUTORIZACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS /
GIRAS DE ESTUDIO”
104
SITUACIONES DE LACONVIVENCIAESCOLAR – RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
12. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y
APOYO PSICOSOCIAL
Si un/a docente detecta que un estudiante está presentando dificultades emocionales, sociales
y/o conductuales que estén afectando en su proceso de aprendizaje y a la sana convivencia
escolar con sus pares, deberá completar la Ficha de Derivación con los antecedentes del
estudiante y entregarla al Coordinador de Convivencia Escolar a la brevedad a través del
medio dispuesto (físico o digital)
De acuerdo a los antecedentes entregados, recibirá mail de confirmación de la misma, por parte
del Coordinador de Convivencia Escolar, cuando haya sido entregada al profesional que
corresponda. Se realizará seguimiento, retroalimentación y cierre de acuerdo a necesidades
del caso. El profesional tendrá un plazo de 07 (siete) días hábiles para responder a la
derivación. El plazo de respuesta se da por iniciado desde el envío del mail de confirmación
por el Coordinador Conv.Es. (Ver anexo DOCUMENTOS, FICHA DEL DOCENTE PARA
DERIVACION INTERNAEQUIPO PSICOSOCIAL)
PROCEDIMIENTO
Una vez recepcionada la derivación por el Dpto. de Convivencia Escolar, éste procederá a citar
al padre, madre, apoderado o tutor de/la estudiante a la brevedad, a una entrevista personal
para retroalimentar con la información obtenida hasta el momento y recabar nueva que pueda
ayudar en el proceso al/la estudiante afectada. Adicionalmente el profesional de Convivencia
Escolar, puede solicitar al apoderado firmar la Autorización de Atención Estudiante, para poder
intervenirlo desde el área psicosocial. (Ver anexo DOCUMENTOS, AUTORIZACIÓN DE
ATENCIÓN ESTUDIANTE)
105
13. PROTOCOLO PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS
(Dado que los conflictos son inherentes al funcionamiento de las instituciones educativas y son parte de la vida
cotidiana de todas las personases importante ser abordados de manera constructiva a fin de mejorar los vínculos, el
clima escolar y entregar una respuesta educativa a la violencia. Podrán ser aplicados cualquiera de los 4 Métodos de
Resolución de Conflictos (Negociación, Conciliación, Mediación, Arbitraje) para resolver una problemática. Este
proceso será ejecutado por el Coordinador de Convivencia Escolar y/o Dirección, dependiendo de la situación)
I. ENTRE ESTUDIANTES, DENTRO DEL AULA
• Todo profesor/a será el responsable de resolver/mediar conflictos durante su clase.
• No se pueden enviar estudiantes fuera de la sala de clases, como castigo.
• Si el/la profesor/a no puede resolver en el instante enviará a un estudiante a solicitar a un
inspector para que éste colabore derivando al directivo que corresponda. (Inspectoría General,
Convivencia Escolar o Dirección)
• El profesor debe registrar en el libro de clases la situación, e informar al profesor jefe (si el hecho
lo amerita).
• Debe escuchar a los involucrados y citar a apoderados para entrevista personal.
II. ENTRE ESTUDIANTES, FUERA DEL AULA
• Todo conflicto que ocurra dentro de un espacio de la escuela: patio, baño, biblioteca, laboratorio
de computación, comedor, entre otros, debe ser abordado por el funcionario más próximo al lugar
del conflicto.
• Todo funcionario o persona que colabora con la educación, debe procurar mantener y gestionar
el orden, la disciplina y la sana convivencia escolar, por lo que serán autoridad frente a un
conflicto entre estudiantes.
• Todo adulto de la institución que presencie el conflicto, deberá calmar, y derivar inmediatamente
con el Profesor Jefe, Inspector General o Convivencia Escolar según corresponda.
• Tanto el Profesor Jefe, Inspector General o Psicólogo que resuelvan el problema deberán dejar
registrado en la hoja de vida del estudiante, la conversación sostenida con él y citar al apoderado
para acordar estrategias remediales.
I. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, DENTRO DEL AULA
• Todo profesor/a y/o persona que se encuentre a cargo de un curso durante la clase, es el
responsable de resolver los conflictos que se generen dentro de ésta.
106
• No se puede enviar estudiantes fuera de la sala de clases, como castigo.
• Si no puede resolver en el instante enviará con un estudiante a solicitar a un inspector para que
éste colabore calmando al menor y si éste no pudiese derivará inmediatamente a Inspectoría
General.
• El profesor/a o adulto que haya presenciado el conflicto debe registrar en el libro de clases la
situación, e informar al Profesor Jefe (si no fuere).
• El Profesor/a Jefe deberá contactarse con Inspectoría General para informarse de la situación
y conocer las medidas que se aplicarán para remediarla.
• No se debe exponer a cuestionamientos al estudiante frente al adulto en conflicto, sino escuchar
versiones por separado.
• El/la Inspector/a General, es quien debe mediar de manera equitativa el conflicto, escuchar
ambas partes involucradas por separado, es decir, al o la estudiante y luego al o él profesor/a o
adulto.
• Inspectoría General, debe informar y/o derivar a Convivencia Escolar, para que este
departamento determine la intervención Psicosocial correspondiente (si procede)
• Inspectoría General o Convivencia Escolar, deberán citar al apoderado/a para entrevista
personal e informar del conflicto y las medidas reparatorias que se aplicarán si fuese necesario.
II. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, FUERA DEL AULA
• Todo conflicto que ocurra dentro de un espacio del Colegio: patio, baño, biblioteca, laboratorio
de computación, entre otros. Entre un estudiante y un adulto deberá intervenir un tercero
reconocido como autoridad en el Colegio.
• La situación deberá ser resuelta con apoyo de Inspectoría General o Convivencia Escolar.
• No se debe exponer a cuestionamientos al estudiante frente al adulto en conflicto, sino escuchar
en forma separadas.
• Siempre será responsabilidad del adulto mantener la actitud correcta, de respeto y conciliadora
frente al conflicto.
• El equipo mediador será el responsable de citar al apoderado para establecer acuerdos y
sanciones, si fuese necesario.
• Se dejará un registro de conversación con el estudiante, profesor/a y apoderado.
107
III. ENTRE UN ADULTO APODERADO Y UN PROFESOR.
Frente a una situación de conflicto entre un apoderado y un funcionario del establecimiento se deberá
actuar de la siguiente manera:
• El funcionario tendrá la obligación de informar del hecho directamente a alguna instancia
superior: Inspectoría General o Dirección.
• Será la dirección quien designe a una persona para que investigue lo ocurrido, medie entre los
afectados y busque una solución al problema.
• El apoderado deberá dejar por escrito lo ocurrido en el libro que para estos efectos se encontrará
en portería.
• Dirección o quien por esta instancia sea designada, se comunicará con los afectados luego de
realizadas la averiguación del caso para informar a éstos los caminos a seguir, las resoluciones
o las sugerencias que corresponda.
108
SITUACIÓN DE SOSPECHA, PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE DROGAS.
14. PROTOCOLO FRENTE A SOSPECHA DE CONSUMO DE DROGAS
Prevención escolar
Contribuir a mejorar la calidad de vida de los estudiantes promoviendo el bienestar a través de acciones
de prevención para fortalecer factores protectores y disminuir los de riesgo, a fin de evitar el consumo
de alcohol y drogas en población escolar.21
14.1. Detección
Todo funcionario que tiene sospecha o recibe información de que un/una estudiante está
consumiendo drogas al interior o fuera del colegio, deberá reportar el hecho a profesor jefe y/o
Inspector/a General. En el caso que sea un estudiante quien canaliza dicha información y
prefiera compartirla con otra figura que asuma el rol de formador al interior del establecimiento.
Éste último será quien informe al Inspector/a General
14.2. Procedimiento
14.2.1. Indagación
• Consiste en reunir toda la información relacionada con el hecho incluyendo a los estudiantes
o personal del colegio involucrado. El/La Inspector/a General inicia un proceso de indagación
junto al Profesor Jefe de él/la de los/las estudiantes involucrados/as. Inspector/a General
debe elaborar un informe que contiene los detalles del caso y sus respectivas evidencias. El
plazo para realizar la indagación no deberá superar cinco (05) días hábiles.
14.2.2. Entrevistas
Estas entrevistas deben ser realizadas en las oficinas de Conv.Es., durante la jornada escolar
y/o laboral, dependiendo del caso.
a) Estudiantes: Inspector/a General en compañía de Coordinador de Conv.Es y/o dupla
psicosocial del ciclo entrevistarán a el/la los/las estudiantes/s involucrado/s. Se resguardará
el derecho de todas las partes a ser oídos y presentar los antecedentes que permitan
acreditar su versión de los hechos, protegiendo en todo momento su intimidad e identidad.
Si el/la estudiante confirma la veracidad de los hechos se le entregarán las orientaciones
necesarias sobre las redes de apoyo y paralelamente, se le informará de la derivación a ellas
de forma automática y sobre los pasos a seguir.
Si el/la estudiante no reconoce la veracidad de los hechos, de igual forma se informará a su
apoderado para que tome conocimiento de la situación.
21
Prevención escolar – SENDA https://www.senda.gob.cl/prevencion/iniciativas/prevencion-escolar/
109
b) Apoderados: Inspector/a General en compañía de Coordinador de Conv.Es y/o dupla
psicosocial del ciclo entrevistarán a el/la apoderado/a de el/la los/las estudiantes/s
involucrado/s con el fin de informarles de lo sucedido e indicarles que se está ejecutando una
investigación sobre la veracidad de los hechos denunciados para determinar las acciones
pertinentes. Se resguardará el derecho de todas las partes a ser oídos y presentar los
antecedentes que permitan acreditar su versión de los hechos, protegiendo en todo momento
su intimidad e identidad.
i. Si se comprueba la veracidad de los hechos se le entregará las orientaciones
necesarias para contacto con redes de apoyo respectivas para ayudarles en el
abordaje del proceso.
ii. Si los padres se opusieran a la derivación, el/la Coord. Conv.Es. del establecimiento
deberá interponer una medida de protección en favor del estudiante.
iii. De no concurrir los padres, apoderados y/o adulto responsable a la entrevista, se les
informará del proceso vía carta certificada en la dirección registrado en ficha de
matrícula y con ello se entenderán notificados de la situación. Adicionalmente, se
realizará visita domiciliaria de ser necesario.
iv. De confirmarse el consumo, se tipifica como falta gravísima, por lo tanto, el/la
Coordinador/a de Convivencia convocará al Consejo extraordinario, el cual deberá
sesionar en un plazo máximo de tres (03) días hábiles, a partir de la fecha de
recepción del informe de indagación.
14.3. Consejo Extraordinario
Equipo multidisciplinario que sesionará ante la presencia de dicha falta, con el fin de revisar
los antecedentes del proceso de indagación y proponer las medidas pedagógicas y/o
formativas según indica este documento. El consejo está conformado por: Inspector/a
General – Coord. de Convivencia Escolar – Dupla psicosocial del ciclo que corresponda -
Profesor/es jefe/s de los estudiantes involucrados.
La medida adoptada, según RI, deberá quedar registrada por escrito en acta firmada por
todos los/las integrantes del Consejo Extraordinario. En función de lo que allí se resuelva,
se redacta carta informativa a los apoderados, en un plazo no superior a 48 horas.
14.4. Comunicación
Inspector/a General comunicará la resolución al apoderado, y al/la estudiante en entrevista
personal. Junto con ello informará las medidas de apoyo psicosocial y formativas (ver 14.6
de este protocolo)
Se le solicitará a los padres evaluación y apoyo con especialistas externos, de ser necesario,
para resguardar la situación emocional del estudiante.
La falta de cumplimiento de esta derivación será considerada una “vulneración de derechos”
del estudiante y se procederá en base a dicho protocolo.
14.5. Seguimiento
110
El departamento de Convivencia Escolar mantendrá un registro de acciones realizadas, las
cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el
estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma
monitoreará las gestiones internas y externas con la red comunal para ayudar al estudiante
y su grupo familiar.
111
112
15. PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL
En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante consumiendo drogas y/o alcohol
dentro del establecimiento educacional, en las inmediaciones cercanas de éste o fuera del
establecimiento, se procederá de la siguiente forma:
15.1. Detección
• Toda persona que sorprenda a un/una estudiante bajo los efectos de consumo y/o flagrancia de
consumo de drogas y/o alcohol al interior o en las inmediaciones del establecimiento, deberá
reportar el hecho a Inspector/a General y/o Coordinador de Conv.Es. En el caso que sea un
estudiante quien canaliza dicha información y prefiera compartirla con otra figura que asuma el
rol de formador al interior del establecimiento. Éste último será quien informe a Inspector/a
General y/o Coord. Conv.Es, quienes una vez confirmado el hecho pueden dejar registro en la
hoja de vida del estudiante haciendo referencia a la falta sin explicitar.
15.2. Abordaje y procedimiento
15.2.1. Llamada al hogar
i. Inspector/a General y/o Coord. de Conv.Es. tomará contacto vía telefónica con el/los
padre/s, apoderado/s o adulto responsable solicitando su presencia de forma
inmediata en el establecimiento. Esta acción cumple la finalidad de informar la
situación en la que se ve involucrado/a su hijo/a, así como la obligatoriedad de
denunciar por parte del establecimiento, de acuerdo a la ley 20.000. De igual forma,
deben acompañarlo/ al centro de salud local más cercano.
ii. Se debe registrar la llamada a los apoderados en un libro destinado a esta acción.
iii. Si el apoderado/a o adulto responsable no puedan presentarse de forma inmediata al
establecimiento, un funcionario designado por Inspectoría General acompañará al/la
estudiante al centro de salud local más cercano, velando de esta forma por la salud
de el/la estudiante.
15.2.2. Control de salud
Los estudiantes serán trasladados al centro de salud local más cercano para realizar
control de salud general y descartar cualquier dificultad generada por encontrarse
bajo los efectos del consumo de alcohol o droga.
15.2.3. Denuncia
i. El/La Director/a del establecimiento, Inspector/a General o Coord. de Conv.Es.
tendrán 24 horas para realizar la denuncia correspondiente en Carabineros de Chile,
constatando de la falta cometida por el/la los/las estudiantes según lo estipulado en
el art. 50 de la ley 20.000. de Drogas. Esto, con el fin último de notificar posible delito
de tráfico o micro tráfico al interior del establecimiento.
113
15.3. Sanción
i. El/La Inspector/a General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias
señaladas para éstos casos en este documento.
ii. Los estudiantes sorprendidos bajo los efectos del consumo de drogas y/o alcohol,
serán sancionados según se contempla la tipificación de estas faltas como
gravísimas.
15.4. Seguimiento
El establecimiento por medio del departamento de Convivencia Escolar, debe garantizar el apoyo
profesional al estudiante y a sus padres, entregando alternativas de atención por instituciones
especializadas, así como la disponibilidad de los profesionales del establecimiento.
i. Cuando el/la estudiante retorne de su sanción, debe presentarse con su apoderado/a
y/o adulto responsable o tutor en Inspectoría General para entrevista conjunta con
Coord. Conv. Es
ii. Será derivado a Depto. de Convivencia Escolar para establecer un primer vínculo.
Este primer contacto es importante para demostrar la preocupación que se tiene
hacia el/la estudiante, además de recoger información y abordar el tema. La dupla
psicosocial del ciclo respectivo se harán cargo de su acompañamiento.
iii. Adicionalmente, si es requerido, puede ser derivado a programas de la red de apoyo
especializado (SENDA)
iv. El departamento de Convivencia Escolar mantendrá un registro de acciones
realizadas, las cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un año,
con reuniones con el estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes
corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y externas con
la red comunal para ayudar al estudiante y su grupo familiar.
15.4.1. Acompañamiento
i. Desde Inspectoría General, se convocará a los padres, apoderados y/o adultos
responsables a quienes se les comunicarán los procedimientos a seguir y
responsabilidad de la familia durante el proceso. Se registrará bajo firma en acta el
compromiso de los apoderados para apoyar y mejorar la conducta de su hijo/a.
ii. Ambas partes, estudiante y familia, deberán explícitamente indicar su voluntad y
compromiso con la intervención que sea necesaria, firmando el acta respectiva de
Convivencia Escolar
iii. El incumplimiento por parte de los padres, apoderados y/o adultos responsables de
enviar a su hijo/a a los programas donde ha sido derivado/a, se les comunicará que
serán denunciados a OPD, por vulneración de los Derechos del Niño, por no
proporcionar su derecho a la salud.
iv. Con todos los antecedentes que puedan ser recolectados por la dupla psicosocial del
ciclo respectivo, se podrá diseñar y confeccionar un plan de acción tendiente a
garantizar la permanencia de el/la estudiante en el sistema escolar y al mismo tiempo,
adoptar acciones tendientes a revertir el consumo.
114
v. Mantener matricula mientras se lleve a cabo el plan de acción. El establecimiento
deberá otorgar todas las facilidades a el/la estudiante para asistir al proceso
terapéutico u otra acción contemplada en la intervención individual con programas de
la red. Será responsable de esta acción el/la Coordinador/a Convivencia Escolar,
Inspector/a General y Profesor/a Jefe.
vi. Adicionalmente, la temática de consumo de drogas y/o alcohol se abordará por las y
los docentes en las horas de orientación o consejo de curso, generando pensamiento
reflexivo con el grupo curso y/o nivel donde se detectó el consumo. Este abordaje se
realizará sin hacer mención específica al caso detectado.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
115
16. PROTOCOLO FRENTE A TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL
INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
El micro tráfico es un delito, que puede darse en los Establecimientos Educacionales. Se configura por
el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño); portar (llevar drogas consigo independiente de
quién sea el dueño); transportar (entendido como el traslado en algún medio de transporte) o guardar
pequeñas cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas a la atención de
tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y próximo en el tiempo. (referencia y
alusión a Art. 4° Ley 20.000)22
En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante portando, vendiendo, facilitando,
distribuyendo drogas y/o alcohol dentro del establecimiento educacional, se procederá de la siguiente
forma:
16.1. Detección
a) Si un docente o cualquier funcionario del establecimiento sorprende a un estudiante
portando, vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, debe
informar inmediatamente a Director/a o Inspector/a General.
b) Si un docente o cualquier funcionario del establecimiento es informado de un estudiante
portando, vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, debe
resguardar el principio de inocencia.
16.2. Abordaje y Procedimiento
i. Cuando exista sospecha o evidencia de micro tráfico de drogas, el/la Inspector
General deberá recabar toda la información relevante de manera reservada y
oportuna informando inmediatamente a la Dirección del establecimiento.
ii. El/La o los/las estudiantes involucrados/as serán trasladados a una oficina o sala
acompañados por un directivo, con el objeto de resguardar la información y a los
estudiantes hasta que se presenten las autoridades competentes.
16.2.1. Llamada al hogar
i. Inspector/a General y/o Coord. de Conv.Es. tomará contacto vía telefónica con el/los
padre/s, apoderado/s o adulto responsable solicitando su presencia de forma
inmediata en el establecimiento. Esta acción cumple la finalidad de informar la
situación en la que se ve involucrado/a su hijo/a, así como la obligatoriedad de
denunciar por parte del establecimiento, de acuerdo a la ley 20.000.
ii. Se debe registrar la llamada a los apoderados en un libro destinado a esta acción.
22
(LEY 20000, SUSTITUYE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS
SICOTROPICAS, 2015)
116
iii. Adicionalmente se debe informar al Departamento Jurídico de la CORMUDESPA,
para que adopte las medidas jurídicas correspondientes.
16.2.2. Denuncia
i. El/La Director/a del establecimiento, Inspector/a General o Coord. de Conv.Es.
tendrán 24 horas para realizar la denuncia correspondiente en Carabineros de Chile,
constatando de la falta cometida por el/la los/las estudiantes denunciando el delito
que se está cometiendo. Ley 20.000 de Drogas y Ley 20.048. Responsabilidad
Penal adolescente (Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años
y menores de 18 años).
ii. De la misma forma, el establecimiento procederá a realizar una denuncia en el
Tribunal de Familia y/o la OPD con el objeto de resguardar los derechos del niño y
la niña, considerando que podría ser víctima de explotación o engaño, o ser
instrumento de un adulto o banda delictual.
iii. Cuando el caso de sospecha o evidencia de micro tráfico de drogas es realizada por
un menor de 14 años, ellos están exentos de responsabilidad penal, por lo que el el
Coord. De Conv.Es. del establecimiento solicitará medida de protección ante los
Tribunales de Familia.
iv. Frente a la existencia de sospecha de tráfico o micro tráfico de drogas, el/la
directora/a presentará los antecedentes con que cuentan en conocimiento del Fiscal
del Ministerio Público o Carabineros.
v. El/la Directora/a, puede solicitar la participación de la Unidad de Víctimas y testigos
del Ministerio Público, quienes podrán detectar distintas medidas que tiendan a la
protección de los denunciantes y los testigos.
16.3. Sanción
i. En caso de micro tráfico dentro del establecimiento se aplicará sanción respectiva
de acuerdo al Reglamento Interno el cual considera esta como una falta gravísima.
ii. El/La Inspector/a General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias
señaladas para éstos casos en este documento.
iii. Se asegurará el Derecho que tienen los/las niños/as, adolescentes a continuar sus
estudios.
16.4. Seguimiento
117
El establecimiento por medio del departamento de Convivencia Escolar, debe garantizar el apoyo
profesional al estudiante y a sus padres, entregando alternativas de atención por instituciones
especializadas, así como la disponibilidad de los profesionales del establecimiento.
i. Cuando el/la estudiante retorne de su sanción, ya sean estas en base al
Reglamento Interno o en su defecto de tipo penales, debe presentarse con su
apoderado/a y/o adulto responsable o tutor en Inspectoría General para entrevista
conjunta con Coord. Conv. Es.
ii. El equipo de profesionales de Conv.Es. entregará las orientaciones, así como
también un apoyo psicológico para ayudar al estudiante a enmendar sus errores
y reflexionar sobre las acciones que lo puedan perjudicar en el futuro y que puedan
comprometer su libertad o su salud física y psíquica. La dupla psicosocial del ciclo
respectivo se harán cargo de su acompañamiento.
iii. Adicionalmente, si es requerido, puede ser derivado a programas de la red de
apoyo especializado (SENDA)
iv. El departamento de Convivencia Escolar mantendrá un registro de acciones
realizadas, las cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un
año, con reuniones con el estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes
corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y externas
con la red comunal para ayudar al estudiante y su grupo familiar.
16.4.1. Acompañamiento
i. Desde Inspectoría General, se convocará a los padres, apoderados y/o adultos
responsables a quienes se les comunicarán los procedimientos a seguir y
responsabilidad de la familia durante el proceso. Se registrará bajo firma en acta el
compromiso de los apoderados para apoyar y mejorar la conducta de su hijo/a que le
permitan integrarse a la sociedad siendo una persona íntegra y de bien para su
comunidad
ii. Ambas partes, estudiante y familia, deberán explícitamente indicar su voluntad y
compromiso con la intervención que sea necesaria, firmando el acta respectiva de
Convivencia Escolar
iii. El incumplimiento por parte de los padres, apoderados y/o adultos responsables de
enviar a su hijo/a a los programas donde haya sido derivado/a, puede ser causal de
denuncia a OPD, por vulneración de los Derechos del Niño, por no proporcionar su
derecho a la salud.
iv. Con todos los antecedentes que puedan ser recolectados por la dupla psicosocial del
ciclo respectivo, se podrá diseñar y confeccionar un plan de acción tendiente a
garantizar la permanencia de el/la estudiante en el sistema escolar.
v. Mantener matricula mientras se lleve a cabo el plan de acción. El establecimiento
deberá otorgar todas las facilidades a el/la estudiante para asistir al proceso
terapéutico u otra acción contemplada en la intervención individual con programas de
la red. Será responsable de esta acción el/la Coordinador/a Convivencia Escolar,
Inspector/a General y Profesor/a Jefe.
118
vi. Adicionalmente, la temática de consumo y tráfico de drogas se abordará por las y los
docentes en las horas de orientación o consejo de curso, generando pensamiento
reflexivo con el grupo curso y/o nivel donde se detectó el consumo de drogas o micro
tráfico. Este abordaje se realizará sin hacer mención específica al caso detectado.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
119
120
17. PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS
17.1. Procedimiento
i. Si algún funcionario del establecimiento, estudiante o apoderado se encontrara con
alguna sustancia ilícita al interior del establecimiento educacional, éste se
encuentra obligado a informar inmediatamente a Director/a del establecimiento o a
Inspector/a General.
ii. El/La directora/a del establecimiento debe contactarse con las autoridades
competentes (Carabineros de Chile o PDI), quienes realizarán los procedimientos
específicos para éstas situaciones.
iii. Los directivos del establecimiento establecerán las medidas pertinentes para el
resguardo del lugar donde se encontró la sustancia ilícita.
iv. El Director deberá dentro de las 24 horas siguientes, realizar la denuncia
correspondiente de acuerdo a la Ley 20.000.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
121
122
18. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CONDUCTAS AUTO -DESTRUCTIVAS Y
DE RIESGO
Cuando un/una estudiante del establecimiento presente conductas autodestructivas (tales como
realizarse cortes a sí mismo, auto-asfixiarse, auto-agredirse, auto-medicación, o cualquier
conducta que pueda atentar en contra de su vida) ya sea en el establecimiento educacional o
bien se tenga conocimiento de que ha ocurrido fuera del establecimiento -previo a su ingreso al
colegio-, se debe seguir el siguiente procedimiento:
Paso 1: Detección de la situación.
Cuando cualquier miembro de la comunidad educativa, observe, escuche o le informen sobre
una conducta de riesgo o autodestructiva, debe informar inmediatamente a Inspectoría General
y/o Convivencia Escolar.
Paso 2: Atención de la situación.
• La Técnico Paramédico y Equipo Psicosocial evaluarán la situación y darán las
atenciones que correspondan.
• La dupla psicosocial y/o Coordinador de Con. Escolar se comunicará de forma inmediata
con el referente de suicidio comunal de CESFAM.
• Se informará de manera inmediata de lo sucedido a Dirección.
Paso 3: Comunicación a las familias.
• Director, Orientador(a) y/o Profesor Jefe y se contactarán telefónicamente con el
apoderado para informar lo sucedido.
• De acuerdo con la evaluación realizada por el asistente paramédico si el/la estudiante
amerita ser enviado a un centro asistencial, se procederá de acuerdo con el protocolo
Accidentes Escolares.
• En caso de que la situación no amerite que el/la estudiante sea llevado a un centro
asistencial, el Equipo Psicosocial evaluará si es necesario que sea retirado del Colegio.
El padre/apoderado/tutor deberá asistir a la brevedad al establecimiento para informarse
de lo sucedido y establecer planes de acción.
Paso 4: Seguimiento
• Si el/la estudiante cuenta con tratamiento médico externo pertinente (por ejemplo,
psiquiatra, neurólogo) el colegio solicitará que el profesional tratante se comunique a la
brevedad con Convivencia Escolar, para determinar las condiciones de reingreso a
clases de el/la estudiante, de acuerdo con su estado de salud.
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• Si el/la estudiante no cuenta con tratamiento médico pertinente, el colegio solicitará una
evaluación externa de un especialista competente, la cual es imprescindible para un
reintegro seguro para el/la estudiante.
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SITUACIONES DE MALTRATO/ ACOSO ESCOLAR / CIBERACOSO ESCOLAR
19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, ACOSO ESCOLAR O
BULLYING (referido a acciones entre estudiantes)
Fase 1: Detección o Denuncia
• El integrante de la comunidad educativa que detecte o reciba una denuncia de una situación de maltrato
o acoso escolar, deberá informar a la dirección y/o a la inspectoría general y/o encargado/a de
Convivencia Escolar del establecimiento.
• La dirección y/o la inspectoría y/o por medio del encargado/a de Convivencia Escolar, realizará
evaluación preliminar deberá activar el protocolo de acción correspondiente.
Fase 2: Evaluación preliminar y adopción de medidas de urgencia
La Dirección, Insp. General y/o el departamento de Convivencia Escolar tendrá un plazo de 48 horas,
deberá realizar la indagación de la situación detectada o denunciada, por medio de:
• En caso de Maltrato/acoso escolar: Entrevista a estudiante víctima, con el objetivo de conocer los
alcances de la situación. Entregarle la seguridad que el establecimiento le brindará el apoyo integral
frente a la situación. (Si se presume el acoso APLICACIÓN CUESTIONARIO A MI ME SUCEDE QUE…)
(Ver documento anexo)
• Entrevista con el estudiante presuntamente agresor/acosador, con el objetivo de conocer los alcances
de la situación. De la misma forma, informarle que, si bien el establecimiento le entregará los apoyos
correspondientes, debe aplicar todas las medidas destinadas a éstos hechos, tanto a nivel de
reglamento interno como del tipo legal (si procede)
• Entrevistas a otros testigos que pudiesen aportar información relevante (si procede)
• Entrevista con el Profesor(a) Jefe de los/las estudiantes involucrados/as, con el objetivo de recoger
mayores antecedentes de la situación y acordar medidas a corto y mediano plazo tanto para los
involucrados como para el grupo curso. (APLICACIÓN DIAGNÓSTICO DE ESTUDIANTES EN RIESGO
POR VIOLENCIA ESCOLAR) (ver documento anexo)
• Entrevista con los apoderados de los estudiantes por separado, con el objetivo de informar la situación
y las medidas a implementar por el establecimiento. Esta entrevista debe indagar otros antecedentes,
así como motivar la participación de la familia en la resolución del conflicto (si corresponde)
• En caso de que la evaluación preliminar no cumpla los requisitos para imponer una sanción, o bien
el reclamo es desestimado, determinando no intencionalidad, responsabilidad, gravedad y la toma de
decisiones respecto al hecho acusado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen
la decisión adoptada, siendo comunicada a todas las partes involucradas por Dirección, Inspector/a
General o Coord. Convivencia Escolar en un plazo no mayor a 72 horas. (ver Art 36.1 de este documento)
• En caso de que la evaluación preliminar confirme la situación de maltrato, acoso escolar o bullying, el
Director deberá dentro de las 24 horas siguientes, denunciar la situación en Carabineros de Chile, PDI,
126
Fiscalía, en caso de que los involucrados sean mayores de 14 años, y en el tribunal de familia u OPD,
en caso de ser menores de 14 años.
• La dupla psicosocial deberá reconocer la gravedad del suceso y promover la seguridad y la integridad
del afectado si fuese necesario, ante lo cual se solicitará la suspensión inmediata y aislamiento del
agresor mientras dura la investigación y la instalación de las medidas reparatorias. Dentro un plazo de
24 horas para la ejecución del debido proceso. (ver art.36 de este documento)
• El Inspector General del establecimiento deberá aplicar las medidas disciplinarias correspondientes de
acuerdo al Reglamento Interno y el Manual de Convivencia.
Fase 3: Intervención
• El departamento de Convivencia Escolar, coordinará la realización de acciones de intervención que
incluya a víctimas, agresor (es), curso y apoderados.
• El departamento de Convivencia Escolar, debe informar, comprometer e involucrar a las familias en la
intervención a realizar.
• Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño, para que pueda
reconocer su falta, las razones que lo motivaron y el no reiterar la conducta de acoso y/o maltrato. Si
fuera pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y reparar el daño causado. Así,
también se les derivará a los especialistas que correspondan en el establecimiento o instituciones
pertinentes. Utilización de estrategias de resolución de conflictos (mediación, negociación, arbitraje,
conciliación)
• Las medidas hacia el estudiante agredido, deben orientarse a entregar apoyo profesional y pedagógico.
De la misma forma, entregar seguridad para el desarrollo efectivo de su proceso de enseñanza –
aprendizaje.
• El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar, junto con el Profesor Jefe, deberán abordar la temática
en el grupo curso, con el objetivo de sensibilizar a los estudiantes frente a la situación intervenida.
• El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar deberá entregar a la dirección del establecimiento, un
informe con las acciones realizadas en el proceso de intervención, de la misma forma darlo a conocer a
los apoderados y estudiantes involucrados, resguardando su conformidad u objeción con éste informe
final en un plazo no mayor a 05 días hábiles. (una vez concluido el proceso)
Fase 4: Monitoreo y seguimiento
El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar y Profesor Jefe deberán realizar un monitoreo gradual de
la evolución de la situación, reportando el seguimiento a la dirección del establecimiento, por un período
mínimo de 3 meses, que se contabilizan una vez entregado el informe final.
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20. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL MAL USO DE REDES SOCIALES
(Situaciones de ciberbullying- happy slapping – cyber defamation – online grooming)
Dado que se trata de un tipo o forma especial de acoso, en todo lo no regulado específicamente en el
presente protocolo deberá aplicarse el Protocolo en caso de acoso y/o maltrato.
a) Definición:
Conocido también como ciberbullying, consiste en una forma de violencia similar al acoso escolar, pero
que utiliza medios tecnológicos como redes sociales, internet u otros espacios virtuales por lo que su
difusión e impacto en todos los involucrados y en la convivencia general de la comunidad es mucho
mayor.
En muchas ocasiones, las agresiones por internet son anónimas, lo que contribuye a aumentar la
ansiedad y sensación de paranoia de la víctima, ya que el agresor podría ser cualquier persona.
El ciberacoso incluye conductas de violencia sicológica, social, agresiones, amenazas, insultos,
suplantación de identidad, difusión de material denigrante para la víctima o exclusión en línea.
El ciberacoso o ciberbullying puede ser definido como la intimidación psicológica u hostigamiento, que
se produce entre pares, sostenida en el tiempo y cometida con cierta regularidad, utilizando como medio
las tecnologías de la información y la comunicación. Se produce frecuentemente dentro del ámbito
escolar, pero no exclusivamente.
A las características propias del acoso debe sumarse el hecho de la publicidad de los medios
electrónicos, que muchas veces transforman un episodio en una pesadilla interminable para la o las
víctimas, que ven su intimidad, o calumnias, o insultos en su contra expuestos en la red sin posibilidad
de borrarlos. También se agrava y hace más frecuente dado el anonimato o la distancia virtual en que
puede escudarse el/la los/las agresores/as.
Algunas características o elementos propios del ciberacoso son las siguientes:
1) Debe existir un acosador y un acosado.
2) El ciberacoso es contra una persona concreta y no contra un grupo.
3) Debe haber asimetría de poder o de fuerza.
4) El hostigamiento tiene que ser repetido y sostenido por un periodo de tiempo.
Si bien el siguiente listado no es exhaustivo, estas son algunas de las formas de manifestación del
ciberacoso:
✓ A través del correo electrónico, enviando mensajes desagradables, ofensivos, intimidantes o
amenazantes.
✓ A través de la publicación de comentarios, fotos, videos o páginas web de carácter ofensivo,
denigrante, amenazante o discriminatorio.
✓ A través del envío de mensajes por distintas plataformas de contenido intimidatorio, ofensivo o
discriminatorio (RRSS de uso masivo)
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✓ A través del uso de fotos que sus “victimas” tienen alojadas en internet, o que han sacado sin
permiso, para manipularlas y exponerlas en la Web, avergonzando a la persona o utilizándola
como chantaje.
✓ A través de la edición de perfiles o páginas web utilizando los datos de otra persona haciendo
comentarios violentos u ofensivos para fines no consentidos por la persona cuya identidad fue
suplantada.
✓ A través de ataques a la privacidad o intimidad de la persona víctima de ciberacoso, utilizando
y extrayendo contenidos sin su consentimiento de su correo electrónico o alguna red social.
✓ A través de la grabación o registro de agresiones y/o actos de violencia física, normalmente en
el ámbito escolar, mediante teléfonos celulares u otros aparatos o tecnologías, difundiendo
tales agresiones para que circulen por la red o lo publican en portales de Internet o servidores
para videos.
Las conductas de los/las estudiantes que constituyan ciberacoso serán consideradas faltas graves o
gravísimas dependiendo del grado de involucramiento y podrán ser sancionadas conforme a lo
dispuesto en el Reglamento Interno de nuestro establecimiento.
b) Protocolo de prevención:
De manera sistemática, en el colegio se implementarán estas u otras medidas con el fin de prevenir el
ciberacoso:
✓ Celebración a nivel institucional del día contra el ciberacoso escolar, establecido por MINEDUC.
✓ Actividades relacionadas a la prevención del ciberacoso escolar que involucren a los padres y/o
apoderados y el uso responsable de las RRSS
✓ Talleres, charlas y/o conferencias relacionadas a la violencia escolar para los alumnos,
enfocados en el acoso escolar y acoso digital.
✓ Generar un ámbito de confianza dentro de la escuela para que los alumnos puedan reportar
casos de ciberacoso que puedan estar siendo víctimas u otros.
Para prevenir el ciberacoso se sugiere a las familias:
• Regular el tiempo que destinan los niños y adolescentes al uso de internet.
• Enseñar a los niños y adolescentes sobre el uso seguro y responsable de internet y las redes
sociales, y comentar con ellos qué hacen y qué sucede en las redes.
• Se les debe enseñar que no deben compartir con sus compañeros las claves de su teléfono,
correo o redes sociales, y que se debe evitar aceptar como amigos en internet a personas que
no conocen.
• Mantener contacto permanente con el colegio.
c) Protocolo de gestión de los eventos de ciberacoso o mal uso de RRSS
Como el ciberacoso es un tipo de hostigamiento en que se utilizan medios tecnológicos por un
estudiante o grupo de estudiantes para maltratar a un par, el procedimiento aplicable en estos casos es
el mismo que se detalla en el Protocolo de Acoso y/o Maltrato, con las siguientes precisiones o
agregados:
i. Etapa de reporte. Los padres y/o apoderados que se enteren de que su hijo es víctima de
ciberacoso deben ponerse en contacto con el establecimiento en forma inmediata. Si es
129
posible, la familia o el agredido/a deben copiar de inmediato la página
(screenshot/pantallazo) e imprimirla, para tener los antecedentes respectivos que
respalden lo sucedido. Se debe resguardar la privacidad de los estudiantes y
confidencialidad de la situación denunciada.
ii. Etapa de contacto con los padres o apoderados. Los padres y/o apoderados de los
estudiantes implicados, serán informados en breve y convocados, por separado, para
informarles de lo sucedido. En caso que el apoderado de la víctima desee hacer la
denuncia a la PDI o Carabineros de Chile, el colegio se hará parte de esta denuncia
aportando toda la información que se haya recopilado e informando a los involucrados
iii. Etapa de adopción de medidas. Algunas medidas a considerar son:
• Al igual que en los casos de violencia en general, es importante apoyar y acompañar a la víctima y al
victimario, informar a la familia y aplicar las medidas consideradas en el Reglamento Interno.
• Se podrá solicitar a los alumnos implicados, realizar un trabajo de reparación, que incluya sesiones
pedagógicas asociadas al tema del ciberacoso y sus consecuencias para las víctimas y la comunidad
escolar (colaboración)
• Aplicación de medidas disciplinarias que sean procedentes conforme al Reglamento Interno del
establecimiento.
• Realizar intervenciones en clase con el fin de educar sobre los nocivos efectos del ciberacoso, y reforzar
la importancia del correcto y responsable uso de internet y de las redes sociales, manteniendo siempre
el debido respeto por sus compañeros al utilizar los medios indicados.
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127
SITUACIONES DE MALTRATO/VIOLENCIA/ AGRESIÓN FÍSICA- PSICOLÓGICA y/o VERBAL
21. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN
ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA (estudiante a funcionario –
funcionario a estudiante – estudiante a estudiante)
(El establecimiento también entiende que las víctimas de las agresiones físicas o psicológicas
pueden ser cualquier miembro de la comunidad educativa, como estudiantes, personal docente
o asistente de la educación. Es función del establecimiento no sólo velar por la seguridad de sus
estudiantes, sino también de los colaboradores de la actividad educativa) Por ello, el presente
protocolo se aplicará en casos en que el agresor sea un estudiante, teniendo como víctima a un adulto,
docente o asistentes de la educación o viceversa.
Fase 1: Detección o Denuncia
• Quien detecte y/o reciba la denuncia debe Informar al Director del establecimiento. Activación de
protocolo correspondiente.
Fase 2: Evaluación Preliminar y adopción de medidas de urgencia
• El Director y(o) Inspector/a General y(o) Encargado de Convivencia del establecimiento, debe realizar
una evaluación preliminar, dentro de las 24 horas siguientes. (En caso de que la evaluación preliminar no
cumpla los requisitos para imponer una sanción, o bien el reclamo es desestimado, determinando no
intencionalidad, responsabilidad, gravedad y la toma de decisiones respecto al hecho acusado. Deberá quedar
constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada, siendo comunicada a todas las partes
involucradas por Dirección, Inspector/a General o Coord. Convivencia Escolar en un plazo no mayor a 72 horas.
(ver Art 36.1 de este documento)
i. En el caso de agresiones físicas recientes, se deberá llevar a la víctima de forma inmediata al servicio médico más
cercano para constatar lesiones y el impacto que dicha agresión pudiese causar, ya que una agresión podría llegar a
ser constitutiva de delito.
ii. En caso de agresiones verbales y/o psicológicas, se debe consignar acta situacional de lo ocurrido conservando y
haciendo mención de los hechos ocurridos, sin omitir ni transformar lo dicho por los involucrados.
• Denunciar la situación en Carabineros de Chile, PDI, Fiscalía, en caso de que los involucrados sean
mayores de 14 años, y en el tribunal de familia u OPD, en caso de ser menores de 14 años (si el
estudiante es agresor podría estar siendo víctima de maltrato o algún otro tipo de abuso, y por este
motivo presentaría conductas des-adaptativas)
• En paralelo se informará de inmediato al apoderado del estudiante involucrado de lo sucedido, dando a
conocer los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar información,
describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar
registrada.
Fase 3: Intervención, Monitoreo y seguimiento
• La dupla psicosocial deberá reconocer la gravedad del suceso y promover la seguridad y la integridad
del afectado si fuese necesario, ante lo cual se solicitará la suspensión inmediata y aislamiento del
agresor mientras dura la investigación y la instalación de las medidas reparatorias. Dentro un plazo de
24 horas para la ejecución de un debido proceso. (ver art 36.1 de este documento)
• La persona que sea víctima de alguna situación de agresión física, psicológica y/o verbal, contará con
apoyo psicológico, esto si es que al momento de ocurrir ésta, el establecimiento cuenta con el profesional
128
afín, de lo contrario se le sugerirá recibir esta ayuda, siempre dependiendo del impacto que genere en
el afectado, pudiendo ser derivado a la Mutual de Seguridad o Centro de Salud local.
• El departamento de Convivencia Escolar junto al equipo directivo deberá de manera reservada citar a
entrevista a los involucrados o testigos del hecho de violencia escolar para recabar antecedentes y tomar
decisiones efectivas que permitan el resguardo de los involucrados y la comunidad respecto a este tipo
de hechos de violencia, así como también generar instancias de reparación para el agresor.
• Los padres de los estudiantes involucrados deberán ser informados permanentemente de la situación,
mediante una entrevista presencial o contacto telefónico (en casos excepcionales), de la cual deberá
quedar el registro en la hoja de vida del estudiante, además deberá brindar los apoyos necesarios
solicitados y respetar los acuerdos pactados durante el proceso reparatorio.
SITUACIÓN
DE
MALTRATO,
VIOLENCIA
O
AGRESIÓN
ENTRE
MIEMBROS
DE
LA
COMUNIDAD
EDUCATIVA
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22. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE
ADULTOS
(Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
funcionario del establecimiento)
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la
denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera
presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario
denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Lo anterior, debe quedar
registrado.
• El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe presentarse en
el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado
de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de
constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación.
• El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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23. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE
ADULTOS
(Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es
funcionario del establecimiento)
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la
denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera
presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo de procedimiento, el traslado de
la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar
lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
• El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando un ambiente de
secretismo y recelo.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación.
• El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio
Público e instituciones pertinentes.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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133
SITUACIÓN DE VULNERACIÓN, MALTRATO FÍSICO Y/OABUSO SEXUAL
24. ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL
El primer paso previo ante cualquier intervención protectora, consiste en identificar aquellos signos, señales
y/o indicadores que dan cuenta que un niño, niña o adolescente puede ser víctima de alguna situación
maltratante. Esto es considerado la primera condición para intervenir en casos de maltrato infantil y posibilitar
así la ayuda necesaria. Cuando se habla de responsables de la detección de situaciones de desprotección
infantil se plantean dos fuentes (Junji,2009):
• La primera dirigida a los ciudadanos en general (vecinos, familiares, conocidos, etc.).
• La segunda, todos aquellos profesionales en contacto con la infancia (personal sanitario, profesorado, servicios
de salud, entre otros).
Para los profesionales en contacto con la infancia, la labor de detección debe estar orientada a conocer
factores de riesgos, señales de alerta o indicadores de maltrato y/o abuso sexual infantil entre los que
destacan:
La detección de factores de
riesgo
Son factores personales y/o socio familiares que pueden
precipitar la situación de maltrato. Estos pueden asociarse
a la condición del niño, la niña, la familia, contexto social o
ambiental.
La detección de las señales de
alerta
Corresponden a signos o síntomas que indican algún
desajuste en el desarrollo físico o emocional de un niño y
que parece poco acorde a la etapa evolutiva en la que se
encuentra. Acá es importante valorar si los síntomas son
resultados de una situación de maltrato o alguna otra
situación de origen diferente que está afectando al niño,
niña o adolescente
La detección de indicadores
de maltrato infantil.
Se trata de signos objetivos que estarían asociados a una
manifestación concreta del maltrato infantil.
En términos generales, la labor debe centrarse en poner atención a cualquier cambio brusco en el
comportamiento, signos, señales e indicadores de maltrato infantil que pueda presentar un niño.
Acoger, sin interrogar, el relato de este o algún adulto significativo acerca de situaciones que hacen pensar
en maltrato o agresión sexual infantil. En particular, la determinación de un caso de maltrato infantil es
conveniente efectuarla de acuerdo con los cuatro elementos centrales que se describen en el siguiente cuadro
(Observatorio de la Infancia (2006):
Historia
Son datos aportados por el propio niño, otros
profesionales (educador, docentes, médicos, trabajadores
sociales, psicólogos etc.,) y/o personas cercanas al niño o
a su grupo familiar, como vecinos o amigos.
Observación, indicadores
comportamentales y/o físicos.
Consiste en visibilizar indicadores físicos y/o
comportamentales tanto en el niño, como en la figura del
acompañante y/o supuesto agresor. Atender al aspecto
134
externoquepresenta el niño, susrelaciones con sus pares
uotrosadultos(porejemplo: asistenciaal colegio, contacto
con la familia, etc., )
Datos sociales
Se trata de identificar los factores de riesgos como los de
protección que cuenta el niño, niña o el adolescente, y que
permiten una mejor comprensión de la situación, así como
también una adecuada toma de decisiones, Además, es
clave informarse sobre la situación que atraviesa el niño a
nivel familiar. Por ejemplo, si vive con su familia de origen
u otra sustituta.
Antecedentes
complementarios
Es relevante contar con los antecedentes médicos
(lesiones, anamnesis en casos de negligencia), escolares,
informes de derivación, informes de rehabilitación en caso
de contar con alguna discapacidad que merme su
autonomía, psicológicos, interconsultas, etc.).
24.1. INDICADORES DE NEGLIGENCIA
Comprende la falta de cuidados necesarios e indispensables para garantizar la conservación de la salud en
las distintas áreas requeridas por un niño, niña o adolescente: física, mental y social.
Indicadores físicos asociados
al niño
• Alimentación inadecuada a las necesidades que posee
el niño.
• Vestuario inadecuado a la época y a las condiciones
climáticas.
• Presencia de suciedad y falta de higiene en la
presentación personal del niño.
• Retraso en crecimiento talla y peso.
• Por largos períodos de tiempo se encuentra sin
supervisión.
• Condiciones domésticas peligrosas para el niño.
Indicadores
comportamentales y sociales
asociados al niño
• El niño pide o roba comida.
• Suele quedarse dormido y no asiste a clases.
• Manifiesta verbalmente ausencia de una persona que
le cuide.
• Se ausenta del hogar por períodos largos.
• • Socialización de calle.
135
• Mantiene vinculación con grupos de pares o mayores a
su edad en contextos delictivos
Indicadores emocionales,
comportamentales y sociales
de los padres o cuidadores
• Abuso de alcohol o drogas.
• Apatía o indiferencia hacia el hijo o la hija.
• Bajo nivel intelectual o mentalmente enfermo.
Exploración de datos de anamnesis Observación física y/o
antecedentes entregados por examen de salud general
del niño o niña Observación directa de conductas y
actitudes del niño como del adulto a cargo de su cuidado
• Despreocupación por enfermedades del hijo sin dar
cumplimiento a las indicaciones dadas por los
especialistas.
• Adultos con exceso de actividades sociales o laborales.
• Conductas de compensación material hacia el hijo.
• Se delega el cuidado en terceros con dudosa capacidad.
• Permisividad en el ausentismo escolar.
• Aislamiento social progresivo con la consiguiente
reducción del espacio vital y red social.
24.2. INDICADORES DE MALTRATO FÍSICO
Todo maltrato físico comprende un acto no accidental que provoca un daño o situación de sufrimiento para
un niño, niña o adolescente. En este contexto se debe atender a algunos de los siguientes indicadores, según
el MINSAL y MINEDUC (2013).
A continuación, se describen los indicadores físicos más frecuentemente observados en niños, niñas o
adolescentes que han sufrido algún tipo de maltrato físico (MINSAL, 2013).
Lesiones cutáneo- mucosas
(hematomas y contusiones,
equimosis, heridas incisas o
contusas, erosiones,
pinchazos)
• Magulladuras.
• Moretones en forma de mano, palo, marca de apretón.
• Contusión en el cuello que pueden tener como causa
intento de estrangulamiento.
•Moretones en tobillos y muñecas que pudieran dar
cuenta de haber estado amarrado.
•Pérdida de piezas dentales.
136
• Cortes o pinchazos de objetos punzantes.
• Hemorragias oculares.
•Fracturas en huesos largos, cráneo, costillas, vertebras,
etc.
• Lesiones viscerales expresadas por medio de síntomas
como: hinchazón, dolor abdominal, dificultad respiratoria,
vómitos, hemorragias.
Quemaduras
• De cigarros en manos, pies, brazos, piernas o cuello.
• Con líquidos u objetos calientes.
• Que reproducen el objeto que las provocó: plancha,
fierros, etc.
• En lugares donde no se espera que exista contacto con
un objeto caliente, por ejemplo, planta de los pies, dorso
de la mano.
Alopecias traumáticas
• Se entenderá en estos casos, aquellas zonas con
presencia de arrancamiento de cabello, que no respondan
a una condición médica.
Mordeduras
• Estas pueden ser un indicador de sospecha en tanto
reproducen la arcada dentaria humana.
Lesiones oculares
• Este tipo de lesiones producidas por el impacto directo
en la zona del ojo y que, entre otras manifestaciones,
puede producir hemorragias a nivel ocular.
Signos de intoxicación o
envenenamiento
• Pudiera hacerse uso para aquello: jarabes,
psicofármacos, bebidas alcohólicas, drogas.
1) Frente al uso de fuerza física por parte del cuidador es posible detectar algunas señales
comportamentales y emocionales en el niño o la niña, entre las cuales destacan (MINSAL,
2013):
• El niño, niña o adolescente se observa con miedo o temor a la figura cuidadora.
• El relato espontáneo del niño o niña reporta que algunos de sus padres o cuidadores le
castigan físicamente de manera habitual y, además, refiere que es a causa suya.
• Existe inhibición en el contacto físico con adultos.
• Tendencia a mostrarse retraído, temeroso, aislado, triste y deprimido.
137
• Uso de disciplina en forma severa e impropia, y la validación de este como forma de crianza,
en cualquiera de sus modalidades. Los golpes se presentarían como un derecho a corregir al
hijo.
• Uso de alcohol y drogas.
• Despreocupación por las necesidades del niño.
• Descripción negativa del niño.
• Desinterés por proporcionar ayuda al hijo por alguna condición especial que este posea
(minusvalía, déficit cognitivo, necesidad educativa especial, etc.).
• Impiden que el niño relate lo sucedido o niegan lo que este cuenta.
• Los padres se perciben a sí mismos como víctimas, adquiriendo la creencia de que sus hijos
son una amenaza para su integridad.
• El niño es concebido como un objeto de venganza por lo que ellos sufrieron en manos de
sus propios padres.
• Parece excesivamente complaciente, pasivo o, al contrario, es muy exigente o rabioso.
2) Por su parte, en la conducta que presentan los adultos cuidadores con relación al niño, niña o
adolescente, también se observan conductas o señales que se deben tener presente. De
acuerdo con Larraín y Bascuñán (2012), entre ellas se encuentran:
24.3. INDICADORES DE ABUSO PSICOLÓGICO O EMOCIONAL
El abuso psicológico o emocional comprende todos aquellos actos realizados por acción directa o la ausencia
de situaciones de maltrato, que están dirigidas a degradar al niño, niña o adolescente para ejercer un control
sobre él. Respecto de este tipo de maltrato, el Minsal (2013) destaca los siguientes indicadores.
24.3.1. INDICADORES EMOCIONALES EN EL NIÑO
• Manifiesta incomodidad y un estado hiper alerta al escuchar a otros niños llorando.
• El niño o la niña refiere no querer volver o estar en su hogar.
• Su conducta se polariza en los extremos: es de fácil adaptación o bien de fácil rechazo,
mostrando una respuesta agresiva con otros.
• Trastornos del sueño o de tipo alimentario.
• Presenta estados de agitación y/o excitación.
138
• Los adultos a cargo del cuidado transmiten una valoración negativa del niño, lo que los lleva
a mostrar rechazo, indiferencia y desprecio constante.
• Existe la tendenciaa someter al hijo a humillaciones y críticas con uso de sobrenombres que
menoscaban su autoimagen.
• Los padres o cuidadores presentan conductas generadoras de miedo o amenazas de
castigar.
• Se realizan acciones dirigidas a aislar al hijo del contacto social.
• Existe rechazo a las iniciativas que pudiera realizar el niño, niña o adolescente.
• El adulto teje una barrera de silencio con el niño o la niña.
• Se presenta desinterés por áreas relevantes para el hijo (escolar, recreacional, etc.).
24.3.2. INDICADORES COMPORTAMENTALES EN EL ADULTO CUIDADOR
24.4. INDICADORES DE MALTRATO PSICOLÓGICO
El maltrato psicológico es una de las tipologías que presenta mayores dificultades para ser identificada y, por
lo mismo, abordada. Por esto, no hay consenso sobre su definición, pues se le ha llegado a definir como
sinónimo de maltrato emocional. En este sentido, es importante tener presente los aportes de Baker (2009)
que hacen referencia al maltrato psicológico desde una mirada más amplia, involucrando los aspectos
afectivos como cognitivos del maltrato, en tanto el emocional, está dirigido básicamente a incluir componentes
afectivos. De lo anterior, se pueden destacar los siguientes indicadores, según lo planteado por el Minsal
(2013).
• Muestra conductas extremadamente adaptativas, pudiendo abarcar desde conductas
adultas, hasta otras regresivas.
• Intentos de suicidio.
• Extrema falta de confianza en sí mismo.
• Exagerada necesidad de ganar o sobresalir.
• Demandas excesivas de atención.
• Se relaciona con otros niños de manera agresiva o, por el contrario, pasiva y de aislamiento.
• Desde el propio diálogo del niño, su forma de describirse es por medio de frases como: “soy
tonto”, “no sé dibujar”, “todo lo hago mal”.
• Constante necesidad de reafirmación de las propias capacidades ¿Cómo me quedó esto?
¿Usted cree que lo hice bien?
139
Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta en la primera infancia (0
a 6 años)
• Niños no fijan la mirada existiendo una sensación de mirada perdida.
• No hay respuesta del niño: no responde a un abrazo o no distingue a la madre, a partir del
quinto mes de nacido.
• No logra coger objetos a partir del séptimo mes.
• A partir de los 12 meses no presenta llanto al ser dejado con extraños.
• A partir de los 10 meses no balbucea.
• A partir de los 18 meses, no reconoce el llamado del padre, madre o figura de cuidado.
• A partir del año no reconoce su nombre al ser llamado, ni imita gestos simples.
• A partir de los 4 años de edad, no es capaz de ejecutar un juego que permita interacción
con otro.
• A partir de los 2 años de vida no identifica algunas partes del cuerpo (boca, nariz, ojos, etc.).
• En etapa preescolar presenta conductas parentalizadas, asumiendo roles de adultos.
• Irritabilidad en la conducta y excesiva ansiedad.
Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta entre los 6 y 12 años
• Presencia de enfermedades, trastornos psicosomáticos, dolores de cabeza, abdomen,
trastornos de la alimentación.
• Baja la capacidad de atención, concentración y rendimiento. Existencia de retraso a nivel de
áreas madurativas y del desarrollo.
• Temor, inquietud y ansiedad.
• Baja autoestima.
• Presenta conductas que pudieran poner en riesgo su propia integridad o seguridad.
(iniciación de conducta sexual promiscua, consumo de drogas, socialización callejera, actos
delictuales).
• Aislamiento social o relaciones conflictivas con el entorno.
• Deserción escolar y/o rechazo a mantenerse ligado al contexto escolar.
• Realización de conductas auto lesivas o intentos de suicidio.
• Irritabilidad o apatía.
140
Indicadores emocionales, de conducta y sociales de los progenitores o cuidadores
• Menosprecio o rechazo hacia el hijo o niño cuidado.
• Transmisión de un auto concepto devaluado.
• Escasa presencia del hijo en el relato del padre, esto define, invisibilidad del hijo en la
relación.
• Existencia de expectativas no alcanzables o irreales en torno del niño.
• Prohibición para participar de actividades recreacionales.
• Abuso de poder sobre el hijo, no permitiendo opinión, decisión frente a intereses,
explotándolo o corrompiéndolo.
• No prestar atención a los requerimientos del hijo, en especial, se observa en materia de
cuidados médicos.
• No inscripción del niño en programas de salud, sociales y/o educacionales que estén
dirigidos a apoyarle en necesidades del hijo.
• Manipulación del niño para intereses propios del adulto o bien para enfrentar conflictos con
otro.
3) Considerando lo señalado, es posible afirmar que la detección de situaciones de malos tratos
infantiles puede generarse a través de las siguientes modalidades:
a) La observación. Esto significa que el profesional por medio de la inspección visual, observa
signos, síntomas o indicadores que potencialmente son un factor de riesgo en situaciones de
maltrato infantil. Puede observar una apariencia o condiciones generales de salud en el niño,
niña o adolescente que impliquen algún tipo de descuido. Y, también, puede observar
interacción entre el cuidador y el niño o niña que signifique algún tipo de maltrato en cualquiera
de sus formas (verbal, físico, etc.).
b) El relato directo. Esta modalidad implica la verbalización directa que revela o señala la
existencia de algún tipo de conducta maltratante. Es importante indicar que el relato puede ser
entregado espontáneamente desde un niño, niña o adolescente; puede darse a través de una
tercera persona (familiar o no familiar, conocido, vecino, etc.) o bien puede manifestarse desde
uno de los cuidadores directos (Minsal, 2013).
Establecida la sospecha se
debe profundizar en los
antecedentes y actuar de
manera coherente con lo que
se va obteniendo, a fin de
favorecer el diálogo y
conseguir más claridad, para
• Las preguntas deben ser claras, directas y no
inductivas o sugestivas. Esto último significa que las
preguntas deben evitar que contengan implícitas
respuestas.
141
ello se debe tener en cuenta
que:
• No se deben emitir juicios de valor ni descalificaciones
hacia quien se está entrevistando o los supuestos
involucrados.
• La actitud debe ser de acogida y nunca enjuiciadora
con todos quienes se tenga algún tipo de contacto.
•Debe existir en forma explícita verbalización de querer
apoyar a la familia.
• La actitud debe transmitir señales verbales y no
verbales de contención y escucha con el fin de que exista
concordancia entre el lenguaje verbal y corporal.
En términos de contenido, el
diálogo y preguntas deben
estar dirigidas a:
• Indagar las explicaciones que dan los adultos para la
condición de salud observada en el niño, niña o
adolescente.
• Analizar aquellas inconsistencias que se aprecian entre
los signos y síntomas observados y la explicación
entregada.
• Indagar sobre las características de alerta de maltrato
y que pudierandarse del contexto familiar o social en que
se encuentra el niño.
• Indagar los factores de riesgo y protectores
4) Cuando la detección es por relato directo o espontáneo del niño, niña o adolescente es muy
importante tener las siguientes consideraciones:
i. Proporcionarle un espaciode contención, en el que se sientaatendido, acogido y comprendido
en su relato espontáneo. Nunca se le puede forzar a hablar o amenazar de eventuales
sanciones o castigo si no lo hace. Tampoco se le debe condicionar a que hable prometiéndole
a cambio algún tipo de regalía, obsequio, premio o refuerzo por hacerlo.
ii. Acoger lo que el niño siente, percibe o desea desde una actitud de escucha, sin interrogatorios
ni cuestionamientos o devaluación de lo que está expresando.
iii. Dado el conflicto de lealtades que surge cuando existen dinámicas familiares maltratantes, es
muy probable que el niño se retracte y/o minimice los hechos. Hay que considerar que para el
niño, niña o adolescente no siempre es fácil aceptar que lo que vive y menos el que a quienes
él quiere (padres o cuidadores) son las figuras maltratantes.
5) Cuando la detección se produce por relato espontáneo del niño, las preguntas deben estar
siempre dirigidas a obtener una mirada general de lo acontecido, tal como se ejemplifica a
continuación.
142
Ejemplos de preguntas adecuadas
Ejemplos de preguntas que no deben
efectuarse
¿Quieres contarme lo que te sucedió?
¿Hay algo que quisieras decirme en relación
con lo que te sucedió?
¿Hay alguna persona que pueda ayudarte
frente a lo sucedido?
¿Cuéntame lo que te pasó y te regalaré un
helado?
¿Estás seguro que me estás diciendo la
verdad?
Me imagino que nadie en tu familia puede
ayudarte.
Es importante recordar que en el proceso de detección la labor debe ser de acogida y escucha activa hacia el
niño o niña. Esto puede involucrar lenguaje verbal, pero también el no verbal por medio de la actitud de
escucha, atención, entrega de confianza, seguridady acogida a su sufrimiento. En este sentido, hay que tener
presente que, en ningún caso, es tarea del profesional que realiza la detección interrogar a un niño, niña o
adolescente sobre lo sucedido, pues esto lo realiza un profesional especializado y en las instancias
correspondientes. Así, se busca resguardar que no exista revictimizaciones futuras en las cuales el niño se
vea expuesto a una y otra entrevista, debiendo repetir cada vez lo vivenciado.
143
En relación a la información otorgada en el presente protocolo y ante la sospecha o relato del niño/a
de hechos actuales o pasados relacionados a maltrato y/o abuso sexual infantil, se debe:
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento, debe
denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo no mayor a 24 horas desde que se tomó conocimiento de los
hechos.
• El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al
servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar
la denuncia con el funcionario policial de turno.
• Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación de la
denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede pertenecer
al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada.
• El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del
Departamento de Educación de la situación.
• El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad
educativa.
• El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones
necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que
fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza
aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas de
ser necesario.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
144
25. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO FUERA DEL
ESTABLECIMIENTO
(Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual o maltrato
físico fuera del establecimiento: (Adulto a niño/a)
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento, debe
denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos.
• El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al
servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar
la denuncia con el carabinero de turno.
• Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación de la
denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede pertenecer
al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada.
• El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del
Departamento de Educación de la situación.
• El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad
educativa.
• El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones
necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que
fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza
aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas de
ser necesario.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
145
26. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
(Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el
agresor se desempeña en el recinto educacional: (Adulto a niño/a)
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía
o Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar a la familia del o los niños afectados, los hechos y los
pasos a seguir, de manera clara y precisa. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e
internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera
presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario
denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Debiendo quedar
registrado.
• El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe presentarse en
el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del
niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe
efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
• Procurando informar que las investigaciones y sus resultados, son realizadas por instituciones externas,
además de los procedimientos realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento
interno. De la misma manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
• El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad
educativa.
• El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones
necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que
fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza
aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser
necesario.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación.
146
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
147
27. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
(Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el
agresor es otro menor (menor de 14 años):
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector General y/o encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, debe
realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno
ofensor podría estar siendo víctima de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría
conductas des-adaptativas. De la misma manera, se debe realizar la denuncia en el Tribunal de la
familia, instancia que gestionará medidas de protección si corresponde, e instruirá las medidas
reparatorias.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos.
• La dirección del establecimiento y/o inspectoría general y/o encargado de Convivencia escolar, debe
informar a la familia por separado del o los niños afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera
clara, precisa y reservada. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e internos que se
deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera
presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado
del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se
debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
• El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional y
pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de
la comunidad educativa.
• El Director por medio del encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias
para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado
por tribunales.
• De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los estudiantes,
mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
• El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos
casos en el reglamento interno del establecimiento.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes
148
28. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor
es otro menor (mayor de 14 años)
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector general y/o encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, debe
realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno
ofensor podría estar siendo víctima de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas
des-adaptativas.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños afectados, los
hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar información, describiendo
los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera
presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del
niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe
efectuar la denuncia con el carabinero de turno.
• El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional y
pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
• El Director por medio del encargado/a de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones
necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que
fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza
aprendizaje de los estudiantes, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de
ser necesario.
• Procurando informar que las investigaciones y sus resultados, son realizadas por instituciones externas,
además de los procedimientos realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento
interno. De la misma manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera.
• El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos casos
en el reglamento interno del establecimiento.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
149
150
SITUACIÓN DE PORTE Y HALLAZGO ARMABLANCA/ ARMAS
29. PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA
LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
(Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando
arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798)
• Informar al Director, Insector/a General o quien se encuentre a cargo del establecimiento.
• El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, deberá solicitar la
presencia de la institución correspondiente de los procedimientos en éstos casos (Carabineros de Chile
o PDI).
• Paralelamente, el Inspector General, encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, debe
separar al estudiante o miembro de la comunidad y mantenerlo en un espacio privado para proteger su
integridad.
• El Director del establecimiento debe realizar dentro de las 24 horas la denuncia respectiva, ya sea en
Carabineros de Chile, PDI o Fiscalía.
• En caso de ser un estudiante, el Inspector General del establecimiento debe paralelamente, informar a
los apoderados correspondientes, entregando claridad en los procedimientos establecidos en estos
casos.
• El Inspector General debe aplicar las medidas correspondientes y establecidas para esta falta
en el reglamento interno.
• El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento al o los estudiantes involucrados, como a sus familias, garantizando el apoyo
psicológico, emocional y pedagógico. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
• El Director por medio del encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias
para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado
por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los
estudiantes, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario.
Adicionalmente se informará al cuerpo docente.
• El Director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe del Departamento de Educación de
forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente.
• Toda información pública se realizará desde el Departamento de Educación Municipal.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
151
30. PROTOCOLO POR HALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A
LA LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR
(Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma
blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798)
• Informar al Director del establecimiento o a quien se encuentre en esos momentos a cargo del
establecimiento escolar.
• Entregar el arma encontrada al Director del establecimiento o a quien se encuentre en esos momentos
a cargo del establecimiento escolar.
• El Director del establecimiento debe solicitar la presencia de la institución correspondiente en el
establecimiento (Carabineros de Chile o PDI), con el objetivo de entregar el arma encontrada.
• El Director del establecimiento debe realizar la denuncia correspondiente dentro de las 24 horas
siguientes.
• El Director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe del Departamento de Educación de
forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente.
• El Director realizará un comunicado para informar a la comunidad escolar.
• Toda información pública se realizará desde el Departamento de Educación Municipal.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
152
SITUACIONES DE EMERGENCIA
31. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS
1. EMERGENCIA: SISMO
ALERTA Y ALARMA
• Para simulacros se tocará el timbre y/o campana, según proceda, en forma permanente:
Secretaria de Inspectoría.
SALA DE CLASES
• Se ordenará operación (estudiantes bajo las mesas) y/o triangulo de vida: Profesor de cada
curso.
• Uno vez pasado el sismo se realizará una evaluación del estado de salud de los estudiantes y
del estado de las salas: Profesor de cada curso.
EXTERIOR
• Una vez pasado el sismo, el director o el coordinador, ubicará su puesto de mando en un lugar
donde todos puedan concurrir. Director
• Los inspectores evaluarán las zonas de seguridad y entregarán esta información al director.
Inspectores.
• El Director y/o el Inspector General, dará la orden para que la campana suene en forma continua
pero lenta, para que los inspectores evacuen las salas y los estudiantes se dirijan a las zonas de
seguridad asignadas. Secretaria de Inspectoría, Inspectores.
• Los profesores entregaran un informe oral al director sobre la situación general de los estudiantes
y los casos de mayor urgencia. Profesores.
• La secretaria tomará contacto con los equipos de emergencias y solicitará los medios necesarios
que requiera el director. Secretaria de Dirección.
• Los estudiantes y profesores que forman el grupo de primera respuesta se reunirán con el
coordinador de emergencias para recibir instrucciones de la labor a realizar.
COORDINADOR
• El Inspector General dará la orden para evacuar a los estudiantes del establecimiento y llevarlos
al lugar de encuentro con los apoderados. Una vez en el lugar de encuentro, los profesores Jefes
con un equipo de inspectores y profesores de apoyo entregarán a los estudiantes a sus
apoderados. Inspector General.
153
2. EMERGENCIA: INCENDIO
ALERTA Y ALARMA:
• Toque de timbre corto y continuado y/o toques cortos de campana.
INSTRUCCIONES:
• Revisar que su vía de evacuación este despejada y llevar a los alumnos a sus zonas de
seguridad. Profesores.
• El Director o el Inspector General tomará su puesto de mando en un lugar donde denomine la
escena. Director.
• Los inspectores y los profesores evacuaran a los alumnos en un lugar lejos del incidente.
Inspectores y Profesores.
• El equipo de primera respuesta aislará el sector y tratará de que el fuego no se propague más.
Coordinador.
• El personal de aseo abrirá las vías de escapes externas para permitir el ingreso de las unidades
de emergencias. Personal de aseo.
• La secretaría o el que sea destinado para esa misión activará la alarma contra incendios y llamará
al 132 de bomberos. Secretaría.
3. EMERGENCIA: EMANACIÓN DE GAS
ALERTA Y ALARMA:
• Toque de timbre corto y continuado y/o toques cortos de campana.
INSTRUCCIONES:
• Revisar que su vía de evacuación este despejada y llevar a los alumnos a sus zonas de
seguridad. Profesores.
• El Director o el Inspector General tomará su puesto de mando en un lugar donde denomine la
escena. Director.
• Los inspectores y los profesores evacuaran a los alumnos en un lugar lejos del incidente.
Inspectores y Profesores.
154
• El equipo de primera respuesta aislará el sector y tratará de que el fuego no se propague más.
Coordinador.
• El personal de aseo abrirá las vías de escapes externas para permitir el ingreso de las unidades
de emergencias. Personal de aseo.
• La secretaría o el que sea destinado para esa misión activará la alarma contra incendios y llamará
al 132 de bomberos. Secretaría.
4. EMERGENCIA: SITUACIONES CLIMATOLOGICAS
ALERTA Y ALARMA
• Aviso verbal.
INSTRUCCIONES
• Se informará verbalmente los pasos que hay seguir de acuerdo a la realidad que se esté viviendo.
Coordinador.
• Dar las instrucciones a los alumnos para que mantengan la calma y no salgan de sus salas.
TODO FUNCIONARIO.
• Los inspectores de patio informaran a los profesores la evacuación de las salas de clases a las
zonas de seguridad. Inspectores de patio.
• El inspector general, con la autorización del director, dará la autorización para que los estudiantes
se retiren a sus domicilios. Inspector General.
155
32. PROTOCOLO PARA CASOS DE AMENAZA DE BOMBA
OBJETIVO
Salvaguardar la integridad física de los estudiantes, personal de servicio, asistentes, docentes y
administrativos del establecimiento, así como el personal externo que se encuentre en las instalaciones,
preservando el medio ambiente ante una emergencia inminente o riesgo potencial, dando a su vez
cumplimiento a las normativas aplicables y políticas educativas.
ÁREA DE APLICACIÓN
• A todo el personal del área educativa.
DOCUMENTOS APLICABLES O RELACIONADOS.
• Lista de teléfonos de emergencia.
• Manual de Primeros Auxilios.
• Plano de evacuación.
• Nómina de todo el personal.
• Nómina de los estudiantes.
HERRAMIENTA / EQUIPO A UTILIZAR.
• Camilla.
• Esponjas absorbentes.
• Radios de comunicación.
• Extintores.
• Agua.
• Botiquín de primeros auxilios.
• Radio de emergencia para alerta de tiempo. (Funciones AM, FM, NOAA, TV).
PROCEDIMIENTO
• Cuando escuche la alarma de evacuación (alarma de emergencia) se debe suspender cualquier
actividad que está realizando, y conservar la calma.
• Apagar equipos de computación o maquinarias en general, que se emplee en ese momento. Nunca
dejar los equipos encendidos. Iniciar el proceso de evacuación.
• En forma tranquila, sin correr ni empujarse, deberá evacuarse el área, para ello hacer caso de las
instrucciones del líder de evacuación hasta llegar al Centro de Conteo.
• Evite, en lo posible gritar, jugar o hacer bromas durante el proceso de la evacuación, ya que
podrían alarmar al personal. Ni hacer comentarios alusivos al proceso de evacuación.
• A las mujeres embarazadas darle prioridad y ayudarlas sin perjudicarlas ni asustarlas.
156
• Nadie regresará a recoger algún artículo personal u objeto olvidado, ya que esto ocasionaría que
obstaculice el proceso de evacuación.
• Si alguna persona no se encuentra en su área de trabajo en el momento mismo de la acción,
deberá seguir al personal que en ese momento está saliendo del lugar.
• Nadie deberá aguardar a un compañero en el dintel de las puertas de salida del establecimiento.
• Nadie deberá buscar a terceras personas. Todos deben seguir la ruta especificada hasta el Centro
del Conteo correspondiente y no dirigirse a otra dirección.
• En caso de utilizar las escaleras como ruta de evacuación, utilizar el pasamanos y evitar correr.
• En el momento que se esté dando una contingencia, en cualquier área, nadie deberá estar usando
el teléfono de la oficina. Ya que solo deberán ser usados para auxiliar la contingencia que está en
proceso.
• Si usted es el último (a) en salir del área a evacuar, evite cerrar la puerta, no ponga ningún pasador,
llave o candado, esto puede inferir con el proceso de la investigación y los refuerzos de rescate.
• Si lo considera pertinente, trate de tener a la mano aquella información que considere importante y
vital para el departamento (documentos importantes) para así traerla fácilmente con usted.
• En el proceso de realizar evacuación, GOPE de CARABINEROS será el encargado de aislar la
zona.
• Cuando el Personal de Carabineros haya llegado a las instalaciones, se procederá a la revisión
correspondiente de las áreas consideradas.
• El Director, así como los miembros del comité de seguridad escolar, después de la evacuación,
valorarán las condiciones prevalecientes y determinarán las actividades a seguir, o realizará una
junta con los responsables de las áreas o departamentos para determinar lo procedente, así como
las otras situaciones resultantes de la emergencia.
Redactar un informe de evacuación de la emergencia para enviarlo a las autoridades correspondientes.
157
CONDICIÓNDE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR
33. ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR
DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS
a) DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD:
• La estudiante (y/o el apoderado) debe acercarse en lo posible con su apoderado a informar su condición
a su Profesor(a) Jefe, Inspectoría General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite
su condición.
• La estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.
• Se tendrá especial consideración en la asistencia a clases.
• Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas.
b) DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD
• La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el
Establecimiento
• La estudiante tiene derecho a la normalidad de la cobertura médica a través del Seguro Escolar si llegara
a requerirlo.
• La alumna tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en
la graduación o en actividades extra programáticas
• La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo
establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos
tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que
permita la promoción de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente).
• La estudiante tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.
• La estudiante tiene derecho a amamantar; para ello puede salir del establecimiento en recreos o en
horarios que indique el Centro de Salud o médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de
la jornada diaria de clases durante el período de lactancia (6 meses).
158
c) DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:
• El estudiante debe informar a las autoridades del establecimiento de su condición de progenitor,
entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe y a la Dirección del colegio.
• Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el carné de salud o certificado médico
correspondiente.
d) DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:
• El estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de
las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos permisos, entradas y salidas deben ser
solicitados por el alumno a través de la documentación médica respectiva)
• El estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad de su
hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre.
e) DEBERES DEL ESTABLECIMIENTO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE
MATERNIDAD O EMBARAZADAS
• En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en
consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y
continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso.
• El establecimiento debe entregar las facilidades académicas y administrativas necesarias para que las
estudiantes embarazadas y/o madres terminen su trayectoria escolar.
• Según el art. 11 de la Ley N° 20.370 General de Educación, el establecimiento no puede
cambiar de jornada de clases u curso a una estudiante embarazada o en condición de maternidad sin
consentimiento de ésta.
• El establecimiento de ser necesario debe reprogramar el calendario de evaluaciones, realizar tutorías y
respetar los certificados de salud o carnet de control de embarazo o de control del recién nacido, que
justifiquen inasistencias al establecimiento por razones de embarazo o maternidad.
• Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del
parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases
después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud
de la joven y el bebé
• Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.
• Permitirles hacer uso del seguro escolar.
159
• Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma
diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda.
• Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta
el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su
médico tratante.
EN RELACIÓN A LA PROMOCIÓN ESCOLAR:
• Todas las inasistencias deben estar justificadas desde la condición de embarazo o de maternidad, ya
sea por medio de los certificados médicos correspondientes de la embarazada o del recién nacido.
• A la estudiante embarazada no se le puede exigir el 85% de asistencia durante el año escolar. Si su
asistencia es menor al 50%, es el o la Directora del establecimiento quien tiene la facultad de resolver
la promoción escolar.
IMPORTANTE:
Los establecimientos NO pueden definir un periodo PRENATAL y POSTNATAL para las
estudiantes. La decisión de dejar de asistir a clases durante los últimos meses del embarazo y
postergar su vuelta a clases depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a
velar por la salud de la joven y el hijo o hija por nacer.
160
34. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD Y
PROGENITOR
(El siguiente protocolo de acción describe 5 fases de acompañamiento para el apoyo
integral de alumnas en condición de embarazo y maternidad o estudiantes en condición de
progenitores adolescentes)
Fase 1: Comunicación al colegio
• La estudiante, en lo posible acompañada por su apoderado, debe comunicar su condición de
maternidado de embarazo a, Profesor Jefe, Inspector General o Director del establecimiento.
Fase 2: Citación al apoderado y conversación
• En conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la estudiante en condición de embarazo, el
Profesor Jefe y/o encargado de Convivencia Escolar del establecimiento realizan la citación al
apoderado de la estudiante a través del documento respectivo para tales casos y se registra la citación
en la hoja de observaciones de la estudiante y/o en una hoja de registro de orientación el cual debe
archivarse como antecedente.
• En la entrevista con el apoderado el Profesor Jefe y/o el encargado de Convivencia Escolar
registra aspectos importantes de la situación familiar.También da a conocer el protocolo de acción que
se implementará para que la estudiante continúe con sus actividades garantizando su derecho a la
educación. También se deben recopilar antecedentes relevantes de la estudiante embarazada tales
como estado de salud, meses de embarazo,fecha posible del parto y solicitud de atención y certificado
médico.
Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante
• Unidad Técnico pedagógica junto a equipo de aula analizan la información recogida y valoran la
situación.
• La unidad Técnica pedagógica elabora un programa de acompañamiento pedagógico, así como de los
procesosevaluativos para la estudiante embarazada que le permita desenvolverse de manera normal
en el colegio y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de
embarazo.
• Esta programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la estudiante en
condición de embarazo son coordinadas entre los profesores de los distintos ramos e informada a las
autoridades directivas del establecimiento.
Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo
• Acompañamiento y apoyo por parte de dupla psicosocial en la elaboración de una bitácora que registre
el proceso de la estudiante en condición de embarazo o maternidad por parte del departamento de
Convivencia Escolar del establecimiento, contemplando entrevistas de seguimiento a la estudiante y
entrevistas de orientación al apoderado.
161
• Monitoreo del proceso a través del tiempo por parte del departamento de Convivencia Escolar y
Profesor Jefe a través de reuniones mensuales para triangular información.
Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo
• Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y ajustado a la norma
para apoyar a las estudiantes en condición de embarazo y maternidad, realizado por profesionales del
departamento de Convivencia Escolar del establecimiento.
162
35. PROTOCOLO DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS GÉNERO
35.1. Conceptos generales
El presente documento nace como respuesta al ordinario Nº 768 de la Superintendencia de Educación,
con fecha 27 de abril del año 2017, cuya materia es “Derechos de niñas, niños y estudiantes trans en
el ámbito de la educación” que mandata a los sostenedores a “tomar las medidas administrativas,
sociales y educativas apropiadas para proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y
estudiantes contra toda forma de acoso discriminatorio”
Es por lo anteriormente señalado que el presente protocolo tiene por objetivo asegurar el derecho a la
educación de niños, niñas y estudiantes trans mediante una serie de medidas que buscan apoyar su
proceso de reconocimiento de identidad de género en la comunidad escolar, siempre velando por el
cuidado de su integridad moral, física y psicológica además del cumplimiento de todos sus derechos.
A. Definiciones
Para los efectos de lo establecido en el presente protocolo, se han asumido las definiciones adoptadas
oficialmente por el Ministerio de Educación de Chile.
a) Género: Se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y
culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en
base a las diferencias biológicas.
b) Identidad de género: Se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada
persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al
nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.
c) Expresión de género: Se refiere a cómo una persona manifiesta su identidad de género y la
manera en que es percibida por otros a través de su nombre, vestimenta, expresión de sus
roles sociales y su conducta en general, independientemente del sexo asignado al nacer.
d) Trans: Término general referido a personas cuya identidad y/o expresión de género no se
corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociadas con el sexo
asignado al nacer. En el presente documento, se entenderá como "trans", a toda persona cuya
identidad de género difiera del sexo asignado al nacer.
35.2. Principios orientadores del presente protocolo
• Los valores que promueve el Proyecto Educativo de escuela Básica Estrella del Sur
• Dignidad del ser humano
• Interés superior del niño, niña y adolescente
• El desarrollo pleno, libre y seguro de la sexualidad, la afectividad y género
163
• No discriminación arbitraria
• Buena Convivencia Escolar
35.3. Derechos que asisten a las niñas, niños y estudiantes trans
En la Escuela Básica Estrella del Sur, las niñas, niños y estudiantes trans, en general, gozan de los
mismos derechos que todas las personas. sin distinción o exclusión alguna, consagrados en la
Constitución Política de la República; el DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, los tratados
Internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, en
especial, la Convención sobre Derechos del Niño; como los demás establecidos en la normativa
educacional aplicable a esta materia.
En la Escuela Básica Estrella del Sur, las niñas, niños y estudiantes trans, además del derecho a
expresar la identidad de género propia y su orientación sexual, tienen los mismos derechos y deberes
que todos los estudiantes que se educan aquí, de acuerdo a lo establecido en la legislación chilena
vigente y a lo que se señala en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
35.4. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO
DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS.
I. DE LA FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD
Solicitud de entrevista:
1. El padre, madre, tutor/a legal y/o apoderado de aquellas niñas, niños y estudiantes trans,
podrán solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de su identidad de género,
medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes a la etapa por la cual transita el o la
estudiante.
2. La entrevista será solicitada con la Dirección del establecimiento Escuela Básica Estrella del
Sur. Esta solicitud deberá realizarse por escrito a través de la agenda escolar, en forma
personal o vía correo electrónico en caso de crisis sanitarias o desastres naturales.
3. Una vez recepcionada la solicitud de entrevista, Dirección tendrá un plazo de cinco días
hábiles para concretar dicho encuentro.
II. DE LA ENTREVISTA
a) A la entrevista deberán asistir el padre, madre y/o tutor legal del estudiante y el o la estudiante.
Junto a la solicitud de reconocimiento de la identidad de género deben presentar antecedentes
de respaldo emitidos por los profesionales de la salud que han acompañado al niño, niña o
adolescente trans en su proceso de reconocimiento de identidad de género, esto con el objetivo
de permitir al establecimiento conocer en profundidad la etapa en que se encuentra el
estudiante, las características de esta y sus requerimientos especiales.
b) Si los padres no presentan documentación de respaldo, el establecimiento, a través de las
profesionales que integran el equipo de Convivencia Escolar realizará un proceso de
164
acompañamiento y orientación al estudiante y sus padres para generar una evaluación
Psicosocial pertinente a la situación.
c) La solicitud de reconocimiento de identidad de género del niño, niña o adolescente deberá
quedar formalizada mediante un acta en esta misma instancia. En este documento quedará
registrada la solicitud y única medida inmediata que consistirá en una reunión ampliada con
las autoridades docentes del ciclo respectivo, Docente Jefe e integrantes del equipo del ciclo.
d) Desde Dirección, se informará al padre o madre presente, que respetando lo indicado por el
ordinario Nº 027 de la Superintendencia de Educación con fecha 11 de Enero del año 2016
cuya materia indica “Fija sentido y alcance de las disposiciones sobre derechos de padres,
madres y apoderados en el ámbito de la educación” es su deber informar a la o los apoderados,
para esto tomará contacto también con el padre o madre que se encontrase ausente y sólo en
el escenario que ambos estén de acuerdo con la solicitud se procederá con los pasos
siguientes, a menos que el o la estudiante tengan un solo apoderado(a), se procederá también
con los pasos correspondientes.
e) Si los padres manifiestan discrepancia en la solicitud, entonces se procederá según se indica
en el presente protocolo.
III. DE LA COMISIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO DE NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES TRANS
i. Con el objetivo de resguardar el interés superior del niño y evitar tomar decisiones apresuradas,
la Dirección, conformará un equipo de trabajo el que deberá estar compuesto al menos por:
ii. Director(a), Coordinador(a) de Convivencia Escolar, Jefe(a) Unidad Técnica Pedagógica,
Psicóloga(o) Convivencia Escolar, Docente Jefe y cualquier otro profesional que Dirección
estime pertinente.
iii. Esta comisión de trabajo sesionará en un plazo de 10 días luego de realizada la solicitud de
reconocimiento de identidad de género, siendo su principal objetivo analizar las circunstancias
y antecedentes que acompañan la solicitud, para luego sugerir los pasos a seguir y continuar
con el reconocimiento de la identidad de género del niño, niña o adolescente en la comunidad
escolar.
1. Acuerdos y coordinación
Una vez que la Dirección haya recibido por parte de la comisión las sugerencias para el proceso, citará
al padre, madre y/o tutor legal, en dicha reunión compartirá estas sugerencias y en conjunto se tomarán
los acuerdos y pasos a seguir para la implementación de las medidas de apoyo y acompañamiento.
A esta entrevista asistirá también el/la docente Jefe y algún otro miembro del equipo de trabajo,
mencionados en el punto III de este protocolo.
Los acuerdos en torno a las medidas de apoyo deberán constar en un acta firmada por los asistentes
a la reunión. Las medidas de apoyo antes mencionadas deberán referirse como mínimo a:
• Apoyo a la niña, niño o estudiante, y a su familia
165
• Orientación a la comunidad educativa
• Uso del nombre social en todos los espacios educativos
• Uso del nombre legal en documentos oficiales
• Presentación personal
• Utilización de servicios higiénicos
• Derechos y deberes del/la estudiante
2. Consentimiento del niño, niña o adolescente trans
• Adoptados los acuerdos en torno a las medidas de apoyo y antes de su implementación, estas
deberán ser informadas al niño, niña o estudiante y a sus padres.
• El o la estudiante deberá manifestar su consentimiento a cada una de las medidas de apoyo.
• Se deja establecido en forma expresa que no se implementará ninguna medida, aun cuando
sea solicitada por el padre, madre y/o tutor legal en tanto esta no cuente con el consentimiento
del/la estudiante.
IV. DE LAS MEDIDAS DE APOYO PARA EL PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD
DE GÉNERO
Toda medida de apoyo deberá siempre velar por el resguardo de la integridad física, psicológica y
moral del niño, niña o adolescente trans. Así también, atendida la etapa de reconocimiento e
identificación que vive la niña, niño o estudiante trans, el equipo directivo, el equipo de docentes, los
y las asistentes de educación y todos los adultos que conforman la comunidad educativa, deberán velar
por el respeto del derecho a su privacidad, resguardando que sea la niña, niño o estudiante trans quien
decida cuándo y a quién comparte su identidad de género.
El Coordinador de Convivencia Escolar de la Escuela Básica Estrella del Sur velará porque exista un
diálogo permanente y fluido entre la o el Docente Jefe, la niña, niño o estudiante trans y su familia,
especialmente para coordinar y facilitar el acompañamiento y su implementación en conjunto, y para
establecer los ajustes razonables en relación con la comunidad educativa.
1. Orientación a la comunidad educativa
El establecimiento educativo promoverá espacios de reflexión, orientación, acompañamiento y apoyo
a los miembros de la comunidad educativa, con el objeto de garantizar la promoción y resguardo de
los derechos de las niñas, niños y estudiantes trans.
2. Uso del nombre social en todos los espacios educativos
Las niñas, niños y estudiantes trans mantienen su nombre legal en tanto no se produzca el cambio de
la partida de nacimiento en los términos establecidos en la Ley N°17.344, que regula esta materia.
Sin embargo, como una forma de velar por el respeto de su identidad de género, la Dirección del
colegio dará instrucciones a todos los adultos responsables de impartir clases en el curso al que
166
pertenece la niña, niño o estudiante trans, para que usen el nombre social correspondiente. Esta
acción deberá ser solicitada por el padre, madre, apoderado, tutor legal o por él o la estudiante en
caso de contar con la mayoría de edad.
En los casos que corresponda, esta instrucción será impartida a todos los funcionarios y funcionarias
del establecimiento, procurando siempre mantener el derecho de privacidad, dignidad, integridad
física, moral y psicológica del niño, niña o estudiante trans.
Todas las personas que componen la comunidad educativa, así como aquellos que forman parte del
proceso de orientación, apoyo, acompañamiento, y supervisión del establecimiento educacional,
deberán tratar siempre y sin excepción a la niña, niño o estudiante, con el nombre social que ha dado
a conocer en todos los ambientes que componen el espacio educativo.
3. Uso del nombre legal en documentos oficiales
El nombre legal de la niña, niño o estudiante trans seguirá figurando en los documentos oficiales del
establecimiento tales como el libro de clases, certificado anual de notas, licencia de educación básica,
entre otros, en tanto no se realice el cambio de identidad en los términos establecidos en la normativa
vigente.
Sin perjuicio de lo anterior, la escuela Básica Estrella del Sur podrá agregar en el libro de clases el
nombre social de la niña, niño o estudiante para facilitar la integración del y la estudiante y su uso
cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones vigentes que regulan esta
materia. Asimismo, se podrá utilizar el nombre social informado por el padre, madre, apoderado o
tutor del niño, niña o estudiante en cualquier otro tipo de documentación afín, tales como informes de
personalidad, comunicaciones al apoderado, informes de especialistas de la institución, diplomas,
listados públicos, etc.
4. Presentación personal
El niño, niña o estudiante trans tendrá el derecho de utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o accesorios
de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, que considere más
adecuado a su identidad de género, independiente de la situación legal en que se encuentre.
5. Utilización de servicios higiénicos
Se dará las facilidades a las niñas, niños y estudiantes trans para el uso de baños y duchas de acuerdo
a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género.
El establecimiento educativo en conjunto con la familia acordará las adecuaciones razonables
procurando respetar el interés superior de la niña, niño o estudiante trans, su privacidad, e integridad
física, psicológica y moral. Las adecuaciones podrán considerar baños inclusivos u otras alternativas
que se acuerden de forma conjunta.
6. Resolución de diferencias
En caso de existir diferencias entre el establecimiento, la familia y/o el estudiante, respecto de las
medidas de apoyo para el proceso de reconocimiento de identidad de género del niño, niña o
167
adolescente trans, la Escuela Básica Estrella del Sur solicitará apoyo a la Superintendencia de
Educación a través de su servicio de mediación. La misma acción se llevará a cabo en el escenario que
sea el estudiante menor de edad quien realice la solicitud de iniciar el reconocimiento de su identidad
de género sin apoyo de su(s) padre(s) y/o apoderado(s).
7. Cumplimiento de obligaciones
Directivos, docentes, educadores/as, asistentes profesionales y asistentes de la educación y otras
personas que componen la unidad educativa están obligados a respetar todos los derechos que
resguardan a niñas, niños y estudiantes trans.
El equipo directivo colegio, abordará la situación de niñas, niños y estudiantes trans, teniendo en
consideración la complejidad propia de cada caso, por lo que en cada una de las decisiones que se
adopten, se deberán tener presente todos los principios y cada uno de los derechos que les asisten.
168
ANEXO TRANSITORIO EN CONTEXTO DE PANDEMIA 1
Ante el contexto de Pademia Mundial por el Contagio del Covid-19, y la suspensión de clases
presenciales según la Rex 180 del 16 de marzo de 2020, el establecimiento educacional introduce
distintas modificaciones en su funcionamiento regular, siendo materia de este Reglamento las siguientes
modificaciones, cuya duración y alcance será en cuanto dure la suspensión de clases presenciales:
1) Conducto regular del establecimiento
En caso de que el establecimiento requiera informar algún aspecto importante del o la estudiante,
o su madre, padre o apoderado/a necesite algún tipo de orientación, entrevista o conversación
con alguna persona del establecimiento, se realizará según el siguiente orden:
i. Profesor jefe, profesor de asignatura, profesor PIE.
ii. Profesionales no docentes (psicólogo, asistente social, terapeuta ocupacional y
fonoaudiólogo).
iii. Inspector General, U.T.P. o Coordinador/a de Convivencia Escolar
iv. Dirección.
v. Corporación Municipal de Pozo Almonte
Se considera la solicitud de entrevista del apoderado formalmente a través de correo electrónico, de
manera telefónica o por la página web a quien corresponda.
2) Sobre uso de mensajería instantánea
Cada profesor jefe podrá organizar a su curso mediante grupos de WhatsApp o grupos de correos
electrónicos, si se considera esta vía la adecuada para entregar información pertinente respecto
de la entrega de guías de estudio, materiales pedagógicos y formativos según la metodología
que el establecimiento determine. De ninguna manera se podrán usar estos canales para divulgar
información personal de los estudiantes, docentes y familias, ya sea del proceso pedagógico o
de información que pueda ser calificada como sensible.
3) Uso de redes sociales y medios tecnológicos
a) El establecimiento podrá hacer entrega de materiales relacionados con proceso
pedagógico y formativo de la comunidad escolar, funcionamiento de la unidad educativa
y otras informaciones a través de canales virtuales de información, pudiendo usar
plataformas de amplia difusión como Facebook, Instagram, YouTube y otras redes
sociales si los fines pedagógicos y formativos así lo justifican.
b) De ninguna manera se podrán usar estos canales para divulgar información personal de
los estudiantes, docentes y sus familias, ya sea del proceso pedagógico o de información
que pueda ser calificada como sensible.
c) Cada miembro de la comunidad educativa se compromete a dar buen uso de las
herramientas tecnológicas antes mencionadas, resguardando mantener un clima positivo
y respetuoso entre los y las miembros de la comunidad educativa. Cabe agregar, que
estos medios de comunicación podrán seguir utilizándose luego de retomada las clases
169
presenciales, si así decide la comunidad educativa, aunque deberán ser reguardadas por
las disposiciones y procedimientos establecidos en el Reglamento de Convivencia
Escolar
170
PROTOCOLOS TRANSITORIOS
36. AUTORIZACIÓN EXTRAORDINARIA PARA CREACIÓN Y USO CORREOS
ELECTRÓNICOS PARA ESTUDIANTES
La creación de éste protocolo tiene por finalidad exclusiva informar a los padres, apoderados y/o tutores
de los/las estudiantes de 7° y 8° año básico de la Escuela Básica Estrella del Sur, la creación de correos
electrónicos cuyo propósito exclusivo es ser utilizados con fines pedagógicos en coherencia con
las orientaciones para la implementación de un sistema de educación virtual propuestas por MINEDUC
a causa de la emergencia sanitaria internacional del COVID-19.
1) De la creación de las cuentas de correo electrónico:
El encargado de informática de nuestro establecimiento será quien creará las cuentas utilizando la
plataforma administrativa de G Suite para Educación. Todos los correos electrónicos de los/las
estudiantes tendrán la misma extensión (ej. “primer nombre”. “apellido paterno”.” inicial apellido
materno” @basicaestrelladelsur.cl) y la clave inicial será 12345678, la cual deberá ser cambiada
posteriormente.
2) De la difusión y activación del correo electrónico:
• a los estudiantes: Cada profesor jefe recibirá el listado completo de su grupo curso con
los correos electrónicos oficialmente creados. Su labor consistirá en difundir la
información y realizar el seguimiento de activación a través de la plataforma WhatsApp.
Para facilitar el proceso de activación del correo electrónico se crea infografía explicativa
con los pasos a seguir. (ver imagen a continuación)
• a los padres: paralelamente, la coordinadora académica del ciclo, será la encargada de
informar a los padres, apoderados y/o tutores de los/las estudiantes a través de la
plataforma comunicacional PAPINOTAS solicitándoles la colaboración y participación en
el proceso.
3) De los horarios y usos
Los horarios establecidos para su uso serán determinados según el horario de clases establecido. Es
importante mencionar que de ocurrir un mal uso de las herramientas entregadas se informará de forma
inmediata al apoderado.
Izq. Infografía explicativa entregada a
los/las estudiantes para activación de
cuentas.
171
37. PROTOCOLO PARA EDUCACIÓN A DISTANCIA (Apoyos pedagógicos)
En consideración a las actuales circunstancias que enfrenta el país y el mundo, provenidas de la
contingencia sanitaria Covid-19, nos hemos visto en la necesidad de implementar transitoriamente una
modalidad de aprendizaje diferente a la presencial-tradicional, que posibilite seguir avanzando en el
cumplimiento de los objetivos pedagógicos del presente año escolar, además de propiciar un espacio
que permita sobrellevar este período de la mejor manera posible a todos los miembros de la comunidad
escolar, con especial énfasis en los /las estudiantes en temática de intervención y contención
socioemocional.
Es así que surge la iniciativa de poner como medios de comunicación e interacción las redes sociales
que están más accesibles a nuestros estudiantes, como lo son: YouTube, Drive, WhatsApp, Facebook
e Instagram. Éstas permitirán desarrollar un Plan de apoyo pedagógico a distancia, cuyo buen
desarrollo depende en buena medida de la capacidad de organización, autogestión y de tener más que
nunca consciencia de la repercusión de la conducta de cada uno en el éxito de las actividades.
Pedimos a todos los integrantes de nuestra comunidad educativa, que sigan las siguientes indicaciones
del Protocolo de educación a distancia que será parte de nuestro Manual de Convivencia Escolar de
forma extraordinaria, donde se establece los lineamientos básicos para llevar a buen resultado y permita
regular de mejor manera las relaciones entre todos(as) los participantes de esta nueva modalidad de
educación a distancia.
37.1. CÁPSULAS DE VIDEO INSTRUCCIONAL / EDUCATIVO (Orientaciones para docentes)
I. De la elaboración de videos:
1) Todo video para ser difundido en las redes sociales DEBE incluir logos oficiales institucionales,
de lo contrario se considerará como material no oficial.
2) Se sugiere que el profesional cuide su presentación personal al momento de grabar su material,
se solicita encarecidamente cuidar el vocabulario y evitar un lenguaje demasiado coloquial, sino
mantener uno claro, neutro, sin exceso de tecnicismos y de fácil comprensión.
3) Utilice un buen volumen de voz. Trate de verse natural, manteniendo una postura relajada y
amigable, tal como lo haría con un interlocutor en persona.
4) Utilizar buena iluminación (natural o artificial) evitando así videos oscuros o difusos.
5) Grabar su material en un lugar donde el fondo sea lo más neutral posible y se encuentre libre de
ruidos o intervenciones de familiares y/o mascotas. Tratar que el lugar se vea ordenado y sin
distractores.
6) Evite en lo posible realizar cápsulas de video muy extensas, pues su peso dificultará compartirlas.
Se sugiere que el tiempo máximo no exceda los 5 minutos.
7) Se solicita grabar y compartir en ALTA CALIDAD los videos en formato MP4. Si adicionalmente
incluirá material y/o guías de apoyo, utilizar los formatos establecidos por unidad técnica.
8) Si desea apoyo en su grabación (edición, musicalización, agregar imágenes sobre video u otras)
para mejorar la calidad de la misma, solicite ayuda a su coordinadora académica, quien
canalizará la información a quien corresponda.
9) Si utiliza imagen, video o audio que no sean de su propiedad/creación como apoyo, debe declarar
su origen, respetando derechos de autor, de lo contrario es muy probable que la plataforma
pueda dar de baja su publicación, silenciarla parcialmente o bloquearla.
37.2. Streaming (retransmisión en directo – CONVIVENCIA DIGITAL PARA DOCENTES)
172
I. De las transmisiones en línea
1) Salude y mantenga el trato amable y cordial entre todos los participantes de la sesión. ¡Relájese
y sea natural!
2) Establezca y recuerde las normas de convivencia digital al iniciar cada transmisión hasta que se
logre un grado de internalización en los participantes.
3) Se sugiere mantener la mayor cantidad de acciones bloqueadas para los participantes en un
inicio del proceso (ej. chat entre participantes, rayado de pantalla, cambio de nombre, etc.) para
evitar situaciones de agresión entre pares hasta lograr autonomía de participación de los
estudiantes y afianzamiento de las normar de convivencia digital. Puede liberarlas de forma
progresiva.
4) Motive a sus estudiantes y/o participantes de la sesión a encender las cámaras y la importancia
de verse mutuamente. Si alguno se niega, intente hablarlo en privado de forma posterior a la
finalización de la misma.
5) Se sugiere que el profesional cuide su presentación personal al momento de realizar la
transmisión en vivo, poniendo énfasis en el vocabulario, evitar un lenguaje demasiado coloquial,
sino mantener uno claro, neutro, sin exceso de tecnicismos y de fácil comprensión.
6) Evite hacer bromas que puedan ser mal comprendidas y/o utilizadas por sus estudiantes.
7) Utilizar buena iluminación (natural o artificial) evitando así transmisiones de baja calidad, difusas
o muy oscuras.
8) Realice su transmisión en un lugar donde procure que el fondo sea lo más neutral posible y se
encuentre libre de ruidos o intervenciones de familiares y/o mascotas. Tratar que el lugar se vea
ordenado y sin distractores.
9) Evite en lo posible realizar transmisiones si presenta problemas de conectividad. Informe con
anterioridad a su coordinadora de departamento si ocurrirá cambio de fecha u horario para tomar
las acciones remediales respectivas con los estudiantes.
10) Adicionalmente, cada sesión en línea se sugiere ser grabada facilitando el acceso para su
revisión/consulta posterior por parte de los/las estudiantes si así lo requieren. Tal grabación será
alojada en plataforma designada y categorizada según factibilidad.
11) Se solicita grabar y compartir en ALTA CALIDAD los videos en formato MP4. Si adicionalmente
incluirá material y/o guías de apoyo, utilizar los formatos establecidos por unidad técnica.
12) Todo video para ser difundido en las redes sociales DEBE incluir logos oficiales institucionales,
de lo contrario se considerará como material no oficial.
13) Si necesita apoyo en la transmisión de su sesión, puede solicitar la colaboración de otro docente
que pueda ejercer el rol de MODERADOR. Ésta decisión es opcional y aplicable según acuerdo
previamente pactado.
37.3. CONVIVENCIA DIGITAL - CONEXIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS SESIONES EN LINEA
Las normas de convivencia vigentes también son aplicables para este periodo extraordinario académico.
Su incumplimiento puede conllevar de igual manera una acción formativa. Por ello, creemos conveniente
recordar las conductas que deben regir en cualquier actividad en línea.
I. Reglas básicas (Orientaciones para estudiantes)
1) Respeta los horarios de inicio y término de cada sesión, evitando interrumpir la función del
docente a cargo.
173
2) No usar el password o la cuenta de otra persona para conectarte a tus sesiones en línea. Esa
acción podría considerarse como delito de usurpación de identidad y una falta grave.
3) Al ingresar a una sesión en línea registra tu nombre y apellido real en el chat, para control de
asistencia y participación.
4) Conéctate siempre con buena disposición: usa ropa adecuada, trata de comer y aséate antes de
partir. Intenta mantener una rutina similar a la que tenías cuando asistías de manera normal a
clases.
5) Activa tu cámara web. Recuerda que es muy difícil para un docente hacer una sesión con una
pantalla en negro pues no puede ayudarte ni colaborar en la acción que estés realizando. Si te
cuesta hacerlo, intenta en las sesiones posteriores.
6) Saluda al ingresar y despídete al terminar la sesión. Para tus compañeros y profesores es
importante saber cómo estás y si te quedaron dudas de la lección.
7) Silenciar tu micrófono después de saludar. El micrófono sólo debe ser activado cuando el docente
lo indique.
8) Asume una actitud proactiva y colaborativa para que la sesión sea significativa para todos.
9) Respetar las normas de convivencia digital presentadas por el docente al inicio de cada sesión.
Recuerda que hay otros compañeros y compañeras que quieren aprender.
10) Asegurarse de tener útiles a la mano al momento de ingresar a la sesión.
11) Si deseas opinar o hacer una consulta indica a tu profesor para que te ceda la palabra o espera
el tiempo asignado para hacer consultas.
12) Tratar con respeto y cordialidad a todos los compañeros y compañeras que están participando
en la sesión.
13) Si necesitas ausentarte la sesión unos minutos, escribe en el chat: “me ausento, vuelvo en
seguida “o algún mensaje similar.
14) Ser SIEMPRE respetuoso con los demás.
15) Asumir un real compromiso para participar de las sesiones en línea contigo mismo y con el
docente a cargo de la sesión, comprometiéndote con el aprendizaje y participación en las
actividades propuestas.
16) Pregunta si tienes dudas y participa activamente en las actividades de aprendizaje. Será difícil
ayudarte si el/la docente no puede verte u oírte.
17) Sé honesto y conserva una actitud ética, respetando los derechos de autor de cualquier material
que se encuentre colgado en la red y que desees utilizar.
II. Conductas NO permitidas (sujetas ACCIONES FORMATIVAS)
1) Usar la clave de acceso o password de otro compañero para ingresar a la sesión.
2) Cambiarse el nombre, utilizar el nombre de otro/a compañero/a o registrarse con uno ficticio al
ingresar o durante la sesión.
3) Decir malas palabras, insultos, o cualquier sonido que interrumpa la sesión y cause molestia,
desagrado o sean ofensivos para cualquiera de los participantes.
4) Realizar gestos obscenos a cualquier participante de la sesión.
5) Intentar silenciar al docente o cerrar la sesión sin autorización.
6) Tomar pantallazos (screenshots) para crear stickers que puedan incomodar a cualquiera de los
participantes.
7) El uso de emoticones, stickers o gif en WhatsApp, o en el chat en particular los que transmitan
violencia, discriminación y ofensas.
8) Hacer uso de la imagen de otra persona sin su consentimiento.
9) Compartir datos personales (e- mail, número telefónico) sin la autorización del docente o tutor
responsable del o la estudiante.
10) Desobedecer a las indicaciones de el/la docente entorpeciendo la sesión.
174
11) Demostrar una actitud violenta, amenazante o discriminatoria hacia cualquier integrante de la
comunidad educativa.
12) Si un/una estudiante presenta mala actitud durante una sesión pedagógica que pueda generar
una situación incómoda, el/la docente en primera instancia debe comunicarse vía telefónica con
el apoderado y/o adulto responsable e informar la situación, reiterándole lo que se espera en éste
proceso, una vez finalizada la sesión o en la inmediatez posible.
13) Si la conducta fuese reiterativa, informar vía mail a Inspectora General utilizando el formato de
derivación institucional difundido. De ahí en adelante Inspectoría realizará una
supervisión/acompañamiento con el apoderado.
III. Sugerencias para padres y apoderados:
1) Sea paciente, todos aprenden de distinta manera y velocidad. Éste nuevo método necesita
tiempo para adaptarse.
2) Motive diariamente a su hijo/a a participar activamente de las sesiones en línea.
3) Considere supervisar el trabajo escolar diario de su pupilo(a) / hijo(a) si ya ha logrado cierta
autonomía y acompañarlo si pertenece a un nivel inicial o requiere apoyo adicional.
4) Si su hijo/a no desea desarrollar una actividad durante la sesión, no le fuerce, pues no conseguirá
que la realice. Inténtelo posteriormente. ¡Sea paciente!
5) Es importante fomentar un trabajo planificado y organizado diariamente, que considere tiempos
de recreación personales y familiares.
6) Prestar los apoyos respectivos cuando se le solicite o de lo contario colaborar para que su hijo/a
pueda realizar las consultas al/la docente, cuando corresponda.
7) Los/las estudiantes necesitan de su apoyo para poder participar de las sesiones. Colabore
retirando elementos distractores de su alcance. (ej: juegos electrónicos, juguetes, etc.) por lo
menos hasta que la sesión finalice.
8) Implemente un espacio apropiado, cómodo y favorable para el aprendizaje diario, de manera que
puedan estudiar y desarrollar las actividades siempre en el mismo lugar.
175
38. PROTOCOLO VINCULACIÓN AL HOGAR (válido para llamadas telefónicas al hogar
y derivaciones)
En el contexto actual que nos estamos desenvolviendo como comunidad educativa, donde
principalmente la comunicación con nuestros estudiantes y familias se lleva a cabo de manera remota,
se hace necesario reformular los procedimientos de vinculación que estaban establecidos, para poder
dar respuesta de la mejor manera a las necesidades socio emocionales que se están presentando en
nuestra comunidad, producto de la pandemia.
El presente documento describe el procedimiento, los responsables y la forma de realizar seguimiento a
los casos que se puedan pesquisar.
38.1. Del procedimiento
1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación
Si algún docente identifica una situación en donde un/una estudiante ha perdido contacto con la
escuela y ha notado diversas acciones donde no ha logrado comunicarse a través de las diversas
redes y/o plataformas de comunicación.
2) De la vinculación
Los funcionarios que realicen vinculación telefónica, llenarán el formato llamado digital creado en
formato google forms PAUTA SUGERIDA DE LLAMADAS TELEFÓNICAS AL HOGAR donde
se concentra toda la información necesaria para recabar datos para solucionar la problemática
que afecta al estudiante y familia y que fue detectada a través de vinculación telefónica.
La vía oficial para hacer llegar la ficha de derivación a Convivencia en el link
https://forms.gle/k84p5r21T6Svp6ED8 donde recibirá un email de respuesta y pasos a seguir de
parte del Coordinador de Convivencia Escolar. (ver FORMATO DIGITAL)
3) De la evaluación del caso
El Departamento de Convivencia Escolar tomará conocimiento de cada estudiante derivado y
evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa la derivación,
notificando la necesidad a los profesionales que correspondan vía correo electrónico como medio
de verificación y registro de atenciones.
4) Del seguimiento de casos
Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados
por el Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor-
a jefe, UTP e Inspectoría cuando sea requerido.
176
38.2. PAUTA SUGERIDA PARA LLAMADA TELEFÓNICA AL HOGAR
Se recomienda preguntar temas de manera fluida, no a modo de cuestionario o muy rápido, con el fin
de que el estudiante y su apoderado/a se sientan escuchados y con la confianza de comentar su actual
situación.
Nombre estudiante
Curso
Nombre Apoderada/o
Número telefónico
Fecha de llamada
ÁREAS A ABORDAR DURANTE LA LLAMADA
Áreas Preguntas sugeridas X
SALUD
¿Algún miembro del grupo familiar tiene Covid-19? (¿Cómo está la salud de
la familia?)
¿Quién?
¿El estudiante actualmente está o debería estar con algún tratamiento
farmacológico o médico?
¿Cuál?
¿lo está recibiendo? ¿Está siendo administrado?
¿Durante este periodo considera que usted o su hijo/a requieren apoyo
Psicológico?
¿Por qué?
PEDAGÓGI
CA
¿El estudiante ha podido realizar las guías de trabajo?
¿Ha tenido alguna dificultad en su ejecución? ¿Cuál?
¿Ha retornado el material pedagógico para ser revisado?
SOCIO-
ECONÓMICA
Como familia ¿han presentado dificultades de vivienda, económicas o de otro
tipo?
¿Ha recibido algún tipo de ayuda social?
¿Cuenta con alguna red extensa de apoyo familiar?
¿Recibe algún beneficio de JUNAEB? ¿Cuál/les?
FAMILIA
R
¿Cómo ha sido la dinámica familiar este tiempo? ¿Se han unido como familia?
¿ha habido dificultades entre sus miembros?
¿Cuál/les?
177
¿Cómo se han sentido? Nos hemos sentido:
-
-
-
-
-
--
--
--
COMUNI
CACIÓN
¿Qué tipo de canal de comunicación es más utilizado por usted con el
establecimiento?
¿Cual?
-
-
-
-
-
--
--
--
178
39. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN REMOTA DE CASOS
Detectar estudiantes que presenten factores de riesgo emocional y/o social con el fin de activar las redes
de apoyo internas y/o externas que provean de factores protectores según las necesidades.
.1. Del procedimiento
1) Diagnóstico de la necesidad de derivación
Todo miembro de la comunidad escolar que establezca contacto telefónico, virtual o presencial
con los estudiantes y sus familias y que reciba antecedentes que puedan significar riesgo de
estabilidad emocional y social tendrá la responsabilidad de derivar el caso a convivencia escolar
quien será el estamento encargado de canalizar la información a quién corresponda.
2) De la Derivación
Los funcionarios que derivan a convivencia escolar, llenarán el formato llamado digital creado en
formato google forms FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACIÓN INTERNA EQUIPO
PSICOSOCIAL donde se concentra toda la información necesaria para conocer la problemática
que afecta al estudiante y familia y que fue detectada previamente a través de vinculación
telefónica.
La vía oficial para hacer llegar la ficha de derivación a Convivencia en el link
https://forms.gle/k84p5r21T6Svp6ED8 donde recibirá un email de respuesta y pasos a seguir de
parte del Coordinador de Convivencia Escolar. (ver FORMATO DIGITAL)
3) De la evaluación del caso
El Departamento de Convivencia Escolar tomará conocimiento de cada estudiante derivado y
evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa la derivación,
notificando la necesidad a los profesionales que correspondan vía correo electrónico como medio
de verificación y registro de atenciones.
4) Del seguimiento de casos
Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados
por el Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor-
a jefe, UTP e Inspectoría cuando sea requerido.
179
180
40. PROTOCOLO DE CONTENCIÓN-ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL (aplicable a
cualquier integrante de la comunidad educativa)
Detectar cualquier integrante de la comunidad educativa que presenten factores de riesgo emocional
con el fin de activar las redes de apoyo internas y/o externas que provean de factores protectores según
las necesidades.
40.1. Del procedimiento para estudiantes, apoderados y/o adultos responsables
a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento
Todo miembro de la comunidad escolar que establezca contacto telefónico, virtual o presencial con los
estudiantes y sus familias y que reciba antecedentes que puedan significar riesgo de estabilidad
emocional deberá haber realizado previamente formato de DERIVACIÓN REMOTA DE CASOS.
b) De la evaluación del caso
El Departamento de Convivencia Escolar, una vez recibida la derivación, le será asignado a la dupla
psicosocial respectiva la cual tomará conocimiento de cada estudiante, apoderado y/o adulto
responsable derivado y evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa
la derivación.
c) De la notificación
Le será notificado vía email, a quien deriva, la recepción del caso como medio de verificación y registro
de acciones.
d) Del acompañamiento
La dupla psicosocial respectiva tomará contacto con la familia de la persona derivada, determinando
acciones a seguir. (Si requiere orientaciones, acompañamiento emocional o una intervención mayor)
• Apoderados y/o adultos: se entregarán orientaciones vía telefónica o video llamada,
respecto a la temática abordada. Si el profesional psicólogo considera que se requiere
una intervención mayor, le serán entregadas orientaciones para vincular con
profesionales de CESFAM o de la red de salud.
• Estudiantes: se entregará acompañamiento emocional por vía telefónica o video
llamada, según se determine por parte del estudiante, respecto a la temática abordada.
Si el profesional psicólogo considera que se requiere una intervención mayor, le serán
entregadas orientaciones al apoderado y/o adulto responsable para vincular con
profesionales de programa PASMI.
e) Del seguimiento de casos
Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados por el
Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor-a jefe, UTP e
Inspectoría cada vez que sea requerido. A su vez que se mantendrá el monitoreo por el periodo que
determine el profesional psicólogo.
f) Del cierre de casos
La dupla psicosocial respectiva una vez finalizado el proceso de intervención, realizará informe de cierre
de caso, adicionando formato de ACCIONES REALIZADAS, informando a el profesor o profesora jefe.
181
40.2. Del procedimiento para Funcionarios y Funcionarias
a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento
Cualquier funcionario del establecimiento que requiera acompañamiento emocional puede comunicarse
con el Departamento de Convivencia Escolar el cual podrá prestar acciones primarias y brindar
orientaciones según sea la necesidad.
b) De la notificación
Le será notificado vía email a Dirección la recepción de la consulta como medio de verificación y registro
de acciones y pasos a seguir.
c) Del acompañamiento y evaluación
El profesional psicólogo, tomará contacto con el funcionario o funcionaria, determinando acciones a
seguir (si requiere orientación, acompañamiento emocional o una intervención mayor). Se entregarán
orientaciones vía telefónica o video llamada, respecto a la temática abordada. Si el profesional psicólogo
considera que se requiere una intervención mayor, le serán entregadas orientaciones para vincular con
profesionales de la red de salud, evaluando la red de apoyo que necesita el funcionario o funcionaria
según la naturaleza del requerimiento.
d) Del seguimiento de casos
Los casos podrán ser monitoreados por los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, si
es necesario, realizando acompañamiento telefónico, verificando el estado actual del proceso en el cual
se encuentre el funcionario o funcionaria por un tiempo determinado.
182
41. ENTREGA DE MATERIAL FISICO Y/O CAJAS DE ALIMENTOS (PAE)
OBJETIVO
Proporcionar orientaciones tanto para FUNCIONARIOS y FUNCIONARIAS como para ASISTENTES
para el proceso de entrega y/o recepción de material físico o canastas de alimentos.
41.1. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Se deben considerar obligatorio el uso de los siguientes Elementos de Protección Personal (EPP),
cuando se realicen los trabajos de entrega y/o recepción de material físico al interior del establecimiento:
• Guantes desechables o reutilizables
• Mascarilla desechable y/o reutilizable con filtro
• Escudo facial
• Alcohol gel
41.2. DE LA ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO (incluido canastas de alimentos)
I. Relacionado al espacio o zona de entrega/recepción
El sostenedor debe:
1) Facilitar a los funcionarios y funcionarias las condiciones y los implementos necesarios para el
lavado de manos frecuente con agua y jabón
2) Disponer de solución de alcohol gel permanentemente para el funcionario o funcionaria que no
tiene acceso a lavado de manos con agua y jabón de manera frecuente
3) Reforzar la higiene de los baños con el fin de evitar la presencia de residuos de orina, heces y
otros fluidos corporales
4) Higienizar superficies de entrega cada vez que sea necesario con solución antibacterial o paños
desechables desinfectantes. (Se sugiere realizar la acción sobre todo si la persona asistente a
tomado contacto con la superficie o no lleva guantes)
5) Disponer de letreros visibles en mesones de atención, dirigidos a los asistentes que señalen lo
siguiente: “Cubra su boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y
estornudar, no reutilizar este último”
6) Colocar barreras físicas (cuando sea posible) que impidan el paso de gotitas, como láminas de
plástico y/o acrílico entre el personal que atiende y el público
II. Relacionado a los funcionarios
Los funcionarios involucrados en el proceso de entrega/recepción de material físico DEBEN respetar las
siguientes indicaciones:
1) Mantener ambientes limpios y ventilados
2) Utilizar los EPP indicados anteriormente antes, durante y después de finalizado el proceso,
realizando el correcto retiro de ellos y desechando los que corresponda.
183
3) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar
este último
4) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos mientras se realiza la acción de entregas.
5) Respetar los espacios designados a cada funcionario o funcionaria para el proceso
6) Respetar el distanciamiento social establecido entre funcionarios (1,5 mts. aproximadamente)
7) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel disponible
8) Evitar apoyarse en mesones o superficies que puedan estar siendo utilizados para el proceso.
9) Limpieza y desinfección del mesón de atención antes y después de atender a cada apoderado
según lo establecido en el “Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - Covid-191” del
Ministerio de Salud. Sobre todo, si la persona asistente no lleva guantes o ha tenido contacto
con las superficies.
III. Relacionado a los asistentes
Los horarios y fechas para entrega de material físico serán diferidos para evitar aglomeraciones e
indicados y difundidos a través de los diversos medios de comunicación utilizados por el establecimiento
educacional. Las personas asistentes DEBEN respetar las siguientes indicaciones de lo contario
podrían no ser atendidas:
1) Uso correcto de mascarilla desechable o reutilizable de protección que cubra boca y nariz de
forma OBLIGATORIA.
2) Entrada por calle Pampa Germania y salida por calle Alianza (portón 1)
3) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar
este último
4) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos mientras se encuentra en el proceso.
5) Respetar los espacios designados para esperar y no circular por otro lugar
6) Respetar el distanciamiento social establecido mientras espera su turno. Aforo máximo 50
personas por turno de entrega, distanciadas a 1 mts. aproximado entre sí.
7) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel desinfectante personal.
8) No apoyarse en mesones o superficies que puedan estar siendo utilizados para el proceso.
9) Una vez realizado su retiro/entrega, la persona asistente debe abandonar inmediatamente el
lugar.
*Se realizará sanitización del espacio ANTES del proceso y una vez FINALIZADO.
“Debido a la posible supervivencia del virus en el medio ambiente durante varias horas, las instalaciones
y áreas potencialmente contaminadas con el virus que produce la enfermedad COVID-19 deben
limpiarse permanentemente, utilizando productos que contengan agentes antimicrobianos que se sabe
que son efectivos contra los coronavirus. Es necesario adoptar todas las medidas de seguridad
necesarias antes, durante y después de ejecutar las actividades conducentes a la limpieza y desinfección
de sitios potencialmente contaminados o contaminados con el virus que produce la enfermedad COVID-
19.” (MINSAL)
184
42. PROTOCOLO PARA VISITAS DOMICILIARIAS CON ENFOQUE
PSICOSOCIOEDUCATIVO EN EMERGENCIA SANITARIA
OBJETIVO
Proporcionar orientaciones a los profesionales para el proceso de visitas domiciliarias con enfoque
psico socioeducativo acorde a las medidas preventivas de seguridad e higiene vigentes, con la
finalidad de mantener una comunicación efectiva y transparente con los apoderados sobre todo
asociados a Vulneración de Derechos y/o Deserción escolar. El siguiente documento incorpora
también preguntas guía, el paso a paso del protocolo de actuación, Pauta de Visita Domiciliaria y Hoja
de Ruta. (VER ANEXO)
42.1. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Se deben considerar obligatorio el uso de los siguientes Elementos de Protección Personal (EPP),
cuando se realice el proceso de visita domiciliaria por los profesionales de EBES.
• Escudo facial
• Mascarilla de desechable y/o reutilizable con filtro
• Guantes desechables o reutilizables
• Desinfectante en aerosol
• Alcohol gel
42.2. DEL PROCESO DE ENTREVISTA
I. Desglose de acciones asociadas al objetivo
1) Abordar la relevancia de la vinculación familia escuela como parte fundamental del
proceso educativo
2) Instruir respecto a la fragilidad escolar e invitar a la reflexión del apoderado y/o adulto
responsable.
3) Informar respecto a la situación de ausentismo crónico (visitas domiciliarias, plan de
acción, derivación a redes, medidas de protección, etc.)
4) Conocer el contexto familiar y dilucidar el origen de la desvinculación con la escuela (si
procede)
5) Ofrecer apoyo desde el establecimiento educacional, como vinculación con otros
estamentos, acompañamiento emocional, ayuda social, orientación entre otras.
II. Preguntas guía (sugerencia de orientación)
Factores asociados
al proceso
socioemocional
• Conocer estado de el/la estudiante respecto a su
motivación en otras tareas del hogar
• ¿Es posible establecer una rutina diaria en el hogar?
• ¿La familia se encuentra recibiendo algún ingreso
económico?
185
• El/la estudiante cuenta con un espacio determinado para
realizar sus deberes escolares?
• ¿Cuenta con computador, notebook o celular con
conexión a internet?
Factores asociados
al proceso
pedagógico
Respecto a la relevancia del proceso
• Conocer el origen de: desvinculación con la escuela - baja
participación del proceso educativo– incumplimiento de
compromisos pactados – no entrega de evidencias, etc.
(según corresponda)
• Considera irrelevante continuar con el proceso educativo
remoto de el/la estudiante? ¿Por qué?
Respecto al ROL DE LA FAMILIA
• ¿Cuál es su rol actualmente como familia?
• ¿Qué es lo que necesita para ser más participe de la
instancia de aprendizaje remoto?
• Conocer expectativas de que tienen respecto a el/la
estudiante para el periodo escolar 2021?
Acuerdos
• Comunicar y ofrecer los apoyos establecidos al finalizar la
sesión de entrevista.
• Enfatizar la importancia de la familia en relación a la
vinculación con el establecimiento
• Mencionar apoyos pedagógicos desde el establecimiento
y/o redes de apoyo (según corresponda)
Establecer acuerdos
• Una vez generada la vinculación con la familia de el /la
estudiante, establecer plazos para un nuevo monitoreo (en
primera instancia en un plazo no mayor a 15 días)
Luego de la
entrevista
• Registrar observaciones generales de la entrevista
• Evacuación de informe simple de retroalimentación que
permita generar Plan de Acción y/o acciones respecto a la
información obtenida. En un plazo no mayor de 24 horas
186
una vez finalizada la entrevista. Enviar vía email a Coord.
de Convivencia Escolar.
42.3. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
En el contexto actual de salud, se sugiere la visita domiciliaria SÓLO en casos como:
desconocimiento total de la situación de un/una estudiante y su familia (desvinculación),
posible escenario de vulneración de derechos y/o riesgo de deserción escolar.
Activación
Luego de que los actores escolares como docentes, Inspectoría
General, han realizado las acciones respectivas y no han
logrado ponerse en contacto con la familia de un/una estudiante,
les corresponde a los profesionales del Depto. de Convivencia
Escolar realizar visitas domiciliarias que puedan dar cuenta de
la situación actual de el/la estudiante y su familia.
La visita domiciliaria puede o no ser a raíz de una derivación
formal realizada desde los docentes/educadoras y permitirá
obtener información relevante para determinar acciones a
seguir.
Paso a paso
PREVIO A LA SALIDA
Paso 1
• El/La funcionario/a que realizará la acción deberá constatar
su estado de salud, no presentando síntomas como fiebre,
malestar en la garganta, dolor de cabeza, de lo contrario
POR NINGÚN MOTIVO PODRÁ REALIZAR LA VISITA.
• Desde Inspectoría General, se deberá proveer de los EPP
que serán de uso OBLIGATORIO por el/la funcionario/a que
realice la acción durante todo el proceso.
Paso 2
• El/la funcionario/a que realizará la acción, completar HOJA
DE RUTA y registrar su temperatura.
• Consignar hora de salida y llegada en hoja de ruta, así
como también nombre, cargo y firma.
• Deberá dejar copia de registro de ruta en la cual indique
nombres y direcciones de los estudiantes a visitar donde
incorpore adicionalmente un horario estimado para
seguimiento.
• El/la funcionario/a no podrá realizar más de cinco visitas
diarias.
DEL TRASLADO
187
Paso 3
En caso de trasladarse en transporte público (taxi, colectivo,
radiotaxi, minibuses) el/la funcionario/a debe seguir las
siguientes indicaciones:
• Antes de subir; realizar higiene de manos con alcohol gel
en caso de no poseer guantes
• Durante el traslado;
a) Automóvil: sentarse en el asiento trasero solo/a y
SIEMPRE haciendo uso de los EPP. En la medida
de lo posible con las ventanillas abajo.
b) Minibús: en la medida de lo posible sentarse solo/a
en una butaca, contigua a la ventana, procurando
dejar disponible la butaca próxima al pasillo,
SIEMPRE haciendo uso de los EEP en todo
momento. Mantener a lo menos 1 mt. de distancia
con otros pasajeros. Evitar circular en los pasillos
del transporte.
En caso de trasladarse en vehículo particular, realizar higiene
de manos con alcohol gel en caso de no poseer guantes al
bajarse de éste.
AL LLEGAR AL DOMICILIO
Paso 4
• Solicitar que salga el apoderado y/o adulto responsable, el
cual debe llevar mascarilla. Ubicarse a lo menos a 1 metro
de distancia de la otra persona y por NINGÚN MOTIVO
INGRESAR AL HOGAR.
• *Si la persona entrevistada presenta algún síntoma
asociado a COVID-19 o ha sido diagnosticado como
positivo, la entrevista debe cancelarse
INMEDIATAMENTE haciendo abandono del lugar.
Informar enseguida a jefatura directa sobre el hecho.
• Presentar Credencial que acredite identidad del
funcionario/a y hacer entrega de documentación (si
procede)
188
• Explicar el motivo de la visita registrando datos de contacto
actualizados para monitoreo e intervenciones a distancia
evitando todo tipo de contacto físico.
• No compartir artículos de aseo como alcohol gel ni tampoco
de alimentación y/o hidratación como recibir un vaso de
agua.
• En caso de aprovechar la instancia para facilitar material
pedagógico u otro, se debe solicitar la firma de recepción.
Para ello la persona entrevistada deberá utilizar un lápiz
PERSONAL. En caso de facilitar el lápiz del profesional,
NO SOLICITARLO DE REGRESO.
• Como la entrevista debe realizarse en el exterior del hogar,
se sugiere moderar el volumen de la voz resguardando la
confidencialidad de la información recibida.
• SOLICITAR FIRMA DE REGISTRO DE VISITA.
• Si el domicilio se encuentra sin moradores, verificar si existe
cambio de domicilio. Registrar en Pauta de Visita
Domiciliaria.
RETORNO AL ESTABLECIMIENTO
Paso 5
• Repetir todas las normas de higiene indicadas en
TRASLADO
• Al reingresar al establecimiento se deberá controlar la
temperatura del funcionario.
• Finalmente, el/la funcionario/a deberá dirigirse
inmediatamente a los SSHH para realizar lavado de manos
y cara con agua y jabón evitando tocar cualquier otra
superficie.
DERIVACIONES A
REDES
En caso de detectarse situaciones de complejidad en donde se
evidencie nulo compromiso de la familia y total abandono de
obligaciones y deberes con el estudiante, deberá realizarse
derivación e informe a OPD y/o Tribunal de familia según
corresponda.
189
42.4. Recomendaciones a los funcionarios
Los funcionarios involucrados en el proceso de visita domiciliaria DEBEN respetar las siguientes
indicaciones:
1) Utilizar SIEMPRE los EPP mencionados anteriormente (escudo facial, mascarilla desechable o
reutilizable, guantes desechables, alcohol gel)
2) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar
este último
3) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos
4) Respetar el distanciamiento social establecido (1 mts. aproximadamente) y evitar el contacto
físico al saludar o despedirse.
5) Utilizar guantes desechables y tener alcohol gel disponible
6) Evitar apoyarse en mesones o superficies.
42.5. Relacionado a las familias
1) Utilizar mascarilla desechable o reutilizable de protección que cubra boca y nariz
2) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar
este último
3) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos
4) Respetar el distanciamiento social establecido (1 mts. aproximadamente) mientras se realiza la
entrevista
5) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel desinfectante personal.
190
43. PROTOCOLO DETECCION DE CASOS COVID – 19
Objetivo del Protocolo
Proporcionar directrices claras, en la activación de los canales de comunicación y redes de apoyo de la
comunidad educativa, en beneficio de las y los afectados.
43.1. De los pasos a seguir en caso de contagio de estudiantes, apoderados y/o adultos responsables
a. En caso de detectar contagios de COVID-19, el funcionario que reciba la confirmación del
diagnóstico debe comunicar de inmediato a Dirección y/o Inspectoría General del
establecimiento, quien deriva al Depto. de Convivencia Escolar.
b. Coordinador de Convivencia Escolar, activa el protocolo COVID-19 de estudiantes y/ apoderados
o adultos responsables, quien informará a la dupla psicosocial respectiva para activar red de
salud/social por parte de Trabajador Social y para tomar contacto telefónico con la familia, y
entregar, el acompañamiento primario por parte de Psicóloga.
c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará
las realizadas con el o la estudiante, apoderado o adulto responsable como verificador, así como
también el seguimiento del caso.
d. El coord. de Convivencia Escolar tomará contacto con la profesora o profesor jefe del estudiante,
para informar y coordinar trabajo colaborativo de monitoreo y acompañamiento.
e. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar,
informará vía email a Dirección, informando intervenciones realizadas.
f. Se continuará monitoreo por parte de dupla psicosocial y profesor o profesora jefe, mientras dure
el periodo de cuarentena y/o hasta que las personas reciban el alta médica.
43.2. De los pasos a seguir en caso de contagio de Funcionarios de la comunidad educativa
a. En caso de un funcionario o funcionaria del establecimiento reciba confirmación de diagnóstico
debe informar inmediatamente a Dirección y/o Inspectora General del establecimiento, quien
deriva al Coordinador Comunal de Convivencia Escolar para que active redes con departamento
de RRHH. Paralelamente se informará al Depto. de Convivencia Escolar del establecimiento.
b. Coordinador de Convivencia Escolar, activa el protocolo COVID-19 para funcionarios, quien
informará a la dupla psicosocial respectiva para activar red de salud/social por parte de
Trabajador Social y para tomar contacto telefónico con el funcionario o funcionaria brindando
primeramente apoyo y entregando orientaciones respecto a red de salud laboral. Por su parte
un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando su estado emocional
y si debe o no ser derivado a profesional externo.
c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará
las realizadas con el funcionario o funcionaria como verificador, así como también el seguimiento
del caso.
d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar,
informará vía email a Dirección con copia a Coord. Comunal, informando intervenciones
realizadas.
e. Se continuará monitoreo por parte de dupla psicosocial, mientras dure el periodo de cuarentena
y/o hasta que el funcionario o funcionaria reciban el alta médica.
191
44. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE ALGUN FUNCIONARIO O
FUNCIONARIA
44.1. De las acciones y pasos a seguir
a. En caso de ocurrir la muerte de algún familiar de un funcionario o funcionaria por contagios de
COVID-19, se debe comunicar de inmediato a la Dirección y/o Inspectora General del
establecimiento, quien informará al Coord. de Convivencia Escolar comunal el cual informará a
RRHH.
b. Coord. de Convivencia Escolar del establecimiento, activa el protocolo e informará a la dupla
psicosocial respectiva para para tomar contacto telefónico con el funcionario o funcionaria,
brindar orientaciones y activar redes de apoyo por parte de Trabajador Social. Paralelamente,
por su parte un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando su estado
emocional y si debe o no ser derivado a profesional externo.
c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará
las realizadas con el funcionario o funcionaria como verificador, así como también el seguimiento
del caso si procede.
d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar,
informará vía email a Dirección con copia a Coord. Comunal, informando intervenciones
realizadas.
e. Se continuará monitoreo y/o seguimiento por parte de dupla psicosocial por un periodo
determinado de tiempo.
45. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE UN O UNA ESTUDIANTE
45.1. De las acciones y pasos a seguir
a. En caso de ocurrir la muerte de algún familiar de un o una estudiante por contagios de COVID-
19, quien reciba la información, debe comunicar de inmediato al Coord. de Convivencia Escolar
del establecimiento.
b. Coord. de Convivencia Escolar del establecimiento, activa el protocolo e informará a la dupla
psicosocial respectiva para para tomar contacto telefónico con la familia de él o la estudiante,
brindar orientaciones y activar redes de apoyo por parte de Trabajador Social. Paralelamente,
por su parte un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando el estado
emocional y si debe o no ser derivado a profesional externo de la red de salud.
c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará
las realizadas con el o la estudiante como verificador, así como también el seguimiento del caso
si procede.
d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar,
informará vía email a Dirección informando intervenciones realizadas.
e. Se continuará monitoreo y/o seguimiento por parte de dupla psicosocial por un periodo
determinado de tiempo.
NOTA: EN CASO DE MUERTE A UN FUNCIONARIO, FUNCIONARIA O ESTUDIANTE
APLICAN LOS PROTOCOLOS ANTERIORMENTE DESCRITOS.
192
ANEXO I
FORMATOS
DOCUMENTOS OFICIALES
193
COMPROMISO APODERADO/ TUTOR 20___
Académico Asistencia Disciplinar Socioemocional
YO ___________________________________________________, RUN: _____________________
apoderado/tutor del estudiante ________________________________, del curso ________ “____” de la
Escuela Básica Estrella del Sur, Pozo Almonte. He sido informado/a de
____________________________________________________________________ de mi pupilo/a y tomo
conocimiento que se podría estar vulnerando los siguientes derechos del niño:
a) Artículo 4º.- La educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres
el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de
este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la
educación.
b) Art.10 letra b, párrafo 2 “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos
e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para
éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento
educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad
educativa.”1
Por lo anteriormente expuesto, me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados
establecidos en el Reglamento Interno y estoy en conocimiento de que, si no los cumplo, la escuela
procederá a aplicar Protocolo de Cambio de Apoderado y/o denunciar por vulneración de derechos del
menor a las instituciones correspondientes, así como también seguir los lineamientos de monitoreo y/o
acompañamiento que la escuela determine velando el cumplimiento de este compromiso. Acción a
considerar:
Plan de acompañamiento
Medida Formativa (Registro Insp. General y/o de ciclo)
Intervención psicoeducativa (Anexo autorización)
Otro:
1
Ministerio de Educación. (2010b, julio 2). Decreto con Fuerza de Ley 2 (02-jul-2010) M. de Educación | Ley de Chile.
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. www.bcn.cl/leychile.
194
Firman en señal de acuerdo,
Nombre y firma
Docente
Nombre y firma
UTP
Nombre y firma
PIE
Nombre y firma
profesional Conv.Es.
Nombre y firma Apoderado/Tutor Nombre estudiante
Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha _____ del mes _____________ del año 20____
195
CARTA PARA REALIZAR CAMBIO DE APODERADO
Estimad(a) Apoderado:
Nos dirigimos a usted respetuosamente para informar que según la información recopilada por los distintos
estamentos a la fecha y bajo los argumentos estipulados en nuestro REGLAMENTO INTERNO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR, se puede determinar que:
Apoderado solicita cambio de FORMA VOLUNTARIA
a) Revisar conducto según protocolo
Se determina cambio por incumplimiento REITERADO de deberes adquiridos y estipulados en RICE.
a) Revisar conducto según protocolo
b) Le será confirmado vía CARTA CERTIFICADA DEL CAMBIO
Yo, ___________________________________________________ RUT _________________ apoderado de
____________________________________________ que cursa ______________ ACEPTO realizar el cambio
de apoderado de forma voluntaria en favor del/la estudiante anteriormente mencionado/a por motivo de
fuerza mayor.
Asume el compromiso de apoderado TITULAR en adelante don(ña)
________________________________________________________ RUT ___________________ quien
acepta las obligaciones adquiridas y será quien asumirá la responsabilidad ante los compromisos escolares
como: asistir a entrevistas, citaciones, y todos los deberes estipulados en el REGLAMENTO INTERNO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR de ESCUELA BÁSICA ESTRELLA DEL SUR, de los cuales declara estar en conocimiento.
______________________ _____________________ ____________________
Pozo Almonte, _______ de _________________ del año 202__
(Nombre completo apoderado RENUNCIANTE)
(Nombre completo estudiante) (Curso)
(Nombre completo apoderado NUEVO)
(Nombre y firma
apoderado RENUNCIANTE)
(Nombre y firma
apoderado NUEVO)
NOMBRE Y FIRMA
INSPECTOR/A GENERAL
194
195
196
AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE
DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
YO , RUT en mi calidad de
apoderado, padre, tutor y/o adulto responsable de el/la estudiante
, del curso “ ” de la Escuela Básica Estrella
del Sur, autorizo a los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, tanto
Trabajador(a) Social como Psicólogo(a) para que puedan realizar intervenciones que
apoyen los procesos a los cuales mi hijo(a) se encuentra enfrentando. Por lo que permito
que se realicen evaluaciones, intervenciones, acciones de monitoreo, seguimiento y todo
aquello que se requiera para apoyar a mi hijo(a).
Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20_____
Nombre y Firma Profesional Convivencia
Escolar
Nombre y Firma Apoderado, Tutor(a) y/o
Adulto responsable
197
198
Pauta Visita Domiciliaria
Nombre estudiante
Curso
Nombre apoderado RUT
Dirección
Número de Contacto Fecha de visita
Hora de visita Inicio Término
ASPECTOS ESENCIALES A CONSIDERAR SI NO OBSERVACIONES
Insumos básicos
(Importante saber si cuenta
efectivamente con ellos)
Luz
Agua
Mercadería
Salud
(Indicar estado de ánimo, si
existen tratamientos de
algún integrante, etc.)
Conocer estado de salud estudiante y
familiar
--- ---
Situación laboral
(Conocer estado laboral de
los apoderados o adultos a
cargo)
Actualmente, ¿se encuentran con trabajo? --- ---
Padre / Adulto con figura paterna
Madre / Adulto figura materna
Conectividad Actualmente, cuenta con acceso a internet
Vinculación Redes
Se encuentra vinculado a redes de apoyo
comunitario
Ámbito pedagógico
Ha presentado dificultades con el apoyo
pedagógico ¿cuáles?
*Realizar refuerzo de la entrega del material pedagógico y la participación activa de los apoderaos, generando un compromiso por su parte.
*Actualización de datos si corresponde
Nombre y firma Nombre Apoderado /Adulto responsable
Profesional Firma
OBSERVACIONES
(otros
aspectos
a
observar)
199
HOJA DE RUTA PARA VISITA DOMICILIARIA
Funcionario RUT
Dirección Contacto
Cargo Fecha
Hora inicio Hora término
N° Nombre Estudiante Curso Nombre apoderado /
Tutor
Dirección Contacto
Hora
estimada
01
02
03
04
05
NOMBRE Y FIRMA
DEL PROFESIONAL
200
ANEXO II
DOCUMENTOS OFICIALES
201
Prevención Selectiva
EquipoGestiónEscolar(SATV)
Instrumentopara ladetecciónprecozdeviolencias Componente dedetecciónSATV
El instrumento de detección precoz de violencias al igual como otros componentes del SATV, se apoya
en las teorías relacionales, las cuales conciben al individuo y a su comunidad como sistemas
interconectados con influencias dinámicas y recíprocas. Las teorías relacionales tienen como propósito
principal comprender la relación entre los problemas identificados y su contexto cercano y el más amplio;
se centra en el presente, pero especialmente en los significados construidos por los diferentes
participantes de las interacciones, los cuales siempre son transmitidos a través del lenguaje ya sea, en
una palabra, en un diálogo o en una narración.
Son los significados los que guían la acción de los individuos y los grupos en diferentes ámbitos y en
diferentes áreas respecto de problemas específicos. Es así como influye en las actitudes y
comportamientos no sólo los aspectos relacionales del momento sino también tiene influencia la cultura
y la historia de cada individuo, grupo o comunidad en el pasado.
Ya que, toda conducta está inserta en una secuencia de recíproca influencia y aprendizaje con los
comportamientos de otras personas, los problemas de comportamiento no son producto de un accionar
individual o particular, sino que se relacionan directamente con el accionar mutuo con las otras personas
que integran el sistema donde el sujeto está inserto.
Concretamente, la violencia ejercida por un alumno se entiende como un aprendizaje comportamental
dentro de las relaciones establecidas en diferentes etapas del desarrollo, incluso desde la primera
infancia, en las cuales están implícitos los significados construidos en las diferentes interacciones; por
esto, no se debiera comprender la violencia como un fenómeno o respuesta a un estímulo determinado,
lo cual sería establecer una causalidad lineal, sino como parte de los significados interacciones en que
la persona es parte.
Por tanto, el cambio del comportamiento problema (violencia) se concibe desde la óptica de trabajar con
los sistemas de pertenencia del estudiante, como lo es el educacional y el familiar, considerándose la
influencia de los sistemas de protección, sistema policial, sistema de salud, los medios de comunicación
masiva, entre otros.
Si bien existen comportamientos escolares violentos, que son reconocidos y atendidos por algunos
actores educativos, se reconoce la necesidad de pesquisar y diferenciar comportamientos, no siempre
visibilizados en los y las estudiantes, de aquellos que implican un determinado nivel de riesgo en recibir
o presentar violencia, interviniendo precozmente y previendo consecuencias individuales y grupales
dentro del liceo. Para tal efecto se presentan los instrumentos de Medición de Riesgo por Violencia
Escolar y el Cuestionario de Auto aplicación “A Mí Me Sucede Que”.
Ambos instrumentos son complementarios y se aplican en distintos tiempos, de tal modo que la
información permita identificar aquellos estudiantes que requieren de pronta atención y apoyo en el
sistema escolar.
• Paso 1:
Administración del Cuestionario de Auto aplicación “A mí me sucede que”; éste ayuda a visibilizar
a aquellos educandos que, experimentando maltrato en el ámbito escolar, no expresan tal
situación, comprometiendo su salud mental y estabilidad emocional. Por tanto, permite su
detección precoz, oportuna atención y prevención de mayores niveles de agravamiento.
202
• Intervención Secundaria dirigida a estudiantes en bajo riesgo
con Nivel Superior y Mediano Riesgo por violencia escolar.
• Nivel Terciario de Intervención dirigida a alumnos en inminente
o alto riesgo por violencia escolar.
• Paso 2:
Aplicación del Instrumento de “Medición de Riesgo por Violencia Escolar”; es aplicado por
aquellas figuras educativas más próximas al grupo curso o estudiante, lo que permitirá conocer
el nivel de riesgo presente en el grupo curso y/o individualmente por compromiso y participación
en situaciones de riesgo constitutivas de violencia.
• Paso 3:
Desde el conocimiento de los/as estudiantes y habiéndose desarrollado una aproximación
diagnóstica, será un equipo docente o equipo de gestión del establecimiento educacional, quien,
ayudado de la metodología GAEP2
, deberá realizar una pronta confirmación de la situación
contextualizada en la etapa de desarrollo psicosocial del alumno/a con miras a facilitar la
intervención requerida.
Según los niveles de riesgo por violencia que posea el/la estudiante, se podrá determinar:
La intervención secundaria, es aquella acción destinada a prevenir un agravamiento en los niveles de
violencia e instaurar modos relacionales y de resolución de conflictos no-violentos. La intervención
terciaria, constituyen intervenciones especializadas, para las cuales se deberá trabajar con redes
institucionales especializadas existentes en la comuna. Ambos niveles de intervención, incorporan a la
familia del estudiante, sea ésta propia o sustituta, debiéndose distinguir las necesidades de apoyo y de
derivación requeridas en cada situación. Dado el nivel de demanda del sector público en salud mental,
se sugiere como alternativa la coordinación con establecimientos de educación superior, que cuentan
con atención psicológica y/o social u O.N.G que apoyan con intervenciones individuales y/o familiares
y/o grupales.
A continuación, se presenta un flujo del ciclo metodológico:
2 GAEP, Grupo de Apoyo Entre Profesionales, es un equipo del trabajo colaborativo conformado por docentes, asistentes,
profesionales de la educación o directivos, cuyo objetivo es el diseño y ejecución de plan de acción destinados a abordar
diversos problemas de uno o más estudiantes, a nivel conductual, rendimiento, de integración u otros.
203
204
Objetivo:
Conocer oportunamente los niveles de riesgo por violencia escolar entre estudiantes de un determinado
grupo o curso. De tal modo que, aplicado el instrumento pueda alertar y motivar a acciones de abordaje de
la situación.
CUESTIONARIO DE AUTOAPLICACIÓN, DE MEDICIÓN DE RIESGO DE VIOLENCIA ESCOLAR
“A MÍ ME SUCEDE QUE”
(Para estudiantes de segundo ciclo básico y enseñanza media)
Instructivo de aplicación para el Equipo de Gestión y docentes de la institución educativa.
El cuestionario de auto aplicación fue desarrollado con la finalidad que los y las estudiantes, identifiquen
aquellas situaciones o conductas ocurridas en el contexto del establecimiento educacional que les
causan daño y que muchas veces pasan desapercibidas para los demás. Se refieren a comportamientos
y/o situaciones de malos tratos o de acoso entre pares.
Considerando que es muy difícil que un o una estudiante dé cuenta de sus propias conductas de malos
tratos o respecto de un compañero/a que le proporciona tal maltrato, es que se utiliza el cuestionario
auto aplicado para proporcionar un espacio reservado y protegido para comunicar alguna situación que
le dañe.
Este instrumento, permitirá que el/la estudiante pueda reflexionar, identificar y señalar situaciones y
actos a los cuales él/ ella está expuesto y le produzcan sentimientos y emociones que sólo él o ella
puede distinguir, pero que no se atreve a comunicar abiertamente.
Además, el cuestionario permitirá la sensibilización y concientización de alumnos/as y profesores sobre
presencia de malos tratos entre pares, ya sea en su grupo y en el contexto escolar en general.
La aplicación de este instrumento debiera ser producto de la reflexión y determinación del Equipo de
Gestión y/o docente. Como se ha detallado anteriormente, este instrumento es complemento del anterior,
con la diferencia que además puede ser aplicado a un estudiante en particular, a un grupo, un curso o
un sub nivel. Esto dependerá de las necesidades y plan de acción definido por el equipo docente (GAEP)
y/o de gestión.
Período de aplicación:
Deberá aplicarse a lo menos una vez por semestre académico, especialmente al comienzo de cada
período, a fin de que se puedan programar y/o intencionar medidas preventivas y/o reparatorias durante
el semestre y/o año escolar. Así mismo, este instrumento puede ser de gran ayuda al equipo docente
que esté trabajando la metodología GAEP en la fase de recolección de información sobre el problema
que se está abordando. Frente a la existencia de niveles de riesgo por violencia escolar arrojados por
este instrumento de auto aplicación, se recomienda la administración del segundo “Instrumento de
Medición de Riesgo de Violencia Escolar” por el docente con mayor conocimiento del grupo, curso o
estudiantes que se esté estudiando. Con estos datos concretos y cuantificados sobre el tema y grupo o
curso involucrado, le dará la confianza y seguridad requerida para plantear el tema con descripción de
los hallazgos obtenidos. Además, podrá planificar y realizar las acciones correspondientes con quienes
están en situación de riesgo de violencia y de maltrato entre pares, en forma personalizada y con la
máxima confidencialidad.
Contabilidad de puntaje y análisis posterior a la aplicación del instrumento:
Se debe realizar una sumatoria de los puntajes obtenidos en cada columna por la categoría que marcó
el o la estudiante en cada respuesta o indicador. (todos los días, 2 a 3 veces por semana, etc.), y en
205
cada página del cuestionario. Para la contabilidad del puntaje se debe considerar que cada columna
tiene un puntaje definido. A saber:
Todos los días 4 puntos
2 a 3 veces por semana 3 puntos
2 a 3 veces por mes 2 puntos
1 vez por mes 1 punto
Nunca 0 puntos
De acuerdo con el puntaje obtenido con las respuestas escogidas por el estudiante, los niveles,
corresponden a:
• Ausencia de Maltrato: 0 punto
Se refiere a que el alumno o alumna no está siendo afectado/a – en el momento presente – por
situaciones que le menoscaben y le dañen emocional, verbal y/o físicamente.
• Maltrato Leve: 1 – 17 puntos
Se refiere a que el alumno o alumna señala indicadores de riesgo de violencia, al estar en posible
situación de menoscabo, maltrato emocional, verbal y/o físico. Aun cuando ello se defina como maltrato
leve, sí es importante considerarlo ya que están implicando, por un lado, la percepción de la propia
víctima y por otro, está identificando la existencia de comportamientos agresivos y/o violentos de parte
de un o unos estudiantes del establecimiento educacional.
A los estudiantes de este nivel se recomienda la integración a talleres psicoeducativos que favorezcan
un mayor conocimiento de sí mismos, sus emociones y formas de actuar frente a una controversia. Con
mayor especificidad, se sugiere la integración de estos estudiantes a talleres sobre resolución pacífica
de conflictos: negociación y mediación entre pares.
• Maltrato Moderado:18 - 43
Significa que el o los estudiantes están siendo afectado/a, directa y concretamente en el presente, por
situaciones que le menoscaben y le dañen emocional, verbal y/o físicamente.
Requiere de una atención inmediata, a fin de prevenir un agravamiento en los efectos y/o consecuencias
para sí mismo y la comunidad escolar.
Se recomienda, como primera respuesta de la escuela, la integración del o los estudiantes a una
instancia de desarrollo de habilidades sociales y de técnicas de resolución de conflictos. A través de
estos talleres se espera fundamentalmente, a lo menos tres propósitos:
1. Ampliar el abanico de herramientas frente a situaciones de conflicto, amenaza o abuso de poder.
2. Re significar, es decir, trabajar los significados construidos por el o los estudiantes en la relación
con pares y adultos sin violencia.
3. Potenciar la pertenencia a una comunidad escolar como factor protector en estos niños, niñas y
jóvenes.
• Maltrato Grave: 44 - 68
Se refiere a que el o los estudiantes están siendo afectado/a por situaciones que significativa y
gravemente le menoscaban y dañan emocional, verbal y/o físicamente.
Los estudiantes que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad requieren de instancias
especializadas de red de apoyo externa para sí y su familia, con el correspondiente apoyo y seguimiento
por parte de la escuela y liceo. Por tanto, se está frente a una situación necesaria de derivación.
206
El monitoreo de la derivación por parte del establecimiento educacional favorecería:
1. Que el establecimiento apoye con atención pedagógica específica el trabajo con especialista de
la red. En este sentido, el establecimiento trabaja para reforzar la pertenencia del estudiante al
establecimiento educacional, bajar el riesgo de deserción escolar a través de trabajo
personalizado. Por ejemplo: integrándolo a un taller psicoeducativo, entregando alguna
responsabilidad en el establecimiento cercano a sus intereses y capacidades, integrándolo algún
taller de apoyo escolar, etc.
2. Coordinar apoyos específicos a través de los sectores de aprendizajes.
3. Apoyar el trabajo con la familia y/o adultos significativos a través de actividades que contemple
el plan de trabajo del grupo de docentes (GAEP o del profesor jefe).
207
CUESTIONARIO A MÍ ME SUCEDE QUE:
(Instructivo para estudiantes)
Este cuestionario permitirá que reconozcas en ti, o en otros, ciertas conductas, las cuales son
importantes de manejar, controlar y/o modificar. Reconociéndolas será más fácil obtener ayuda o
apoyo y en tu colegio hay personas especializadas para dártelo.
El cuestionario que estás leyendo te permitirá identificar si existe intimidación o maltrato dentro del
ambiente escolar, sea proporcionado por compañeros o compañeras de tu escuela. Ten en cuenta
que algunos estudiantes cuando son maltratados, acosados o amenazados por otro u otros
compañeros pueden sentir temor a hablar. Por esto, ten presente que este cuestionario te permitirá
expresar tus sentimientos y emociones sobre el problema de violencias. No existen respuestas
correctas o erróneas.
Es muy importante que respondas a este cuestionario con la verdad, ya que así puedes ayudar a
que podamos comprender cómo se sienten en nuestro colegio y qué se requiere para que tú y tal
vez, otros compañeros/as se sientan y lo pasen mejor. Este cuestionario será confidencial.
Te solicitamos por favor, prestar atención a las siguientes indicaciones:
1. Cada afirmación tiene varias alternativas. Repasa una por una y elige aquella que representa
mejor la situación que estas enfrentando en el colegio.
2. Lee las afirmaciones detenidamente.
3. Cualquier duda pregunta al adulto que está acompañándolos durante esta actividad en la sala
4. Todas las aseveraciones exigen una sola respuesta
5. Anota tu respuesta haciendo una “X” en la casilla que has escogido.
6. Si deseas cambiar tu respuesta tacha la anterior y vuelve a hacer “X” en la alternativa que te
parece más exacta a tu idea, sentimientos o situación.
7. Si deseas agregar algo que no se haya colocado en el cuestionario, puedes agregarlo en el
espacio que se encuentra al final del cuestionario, en Otros Datos.
8. La franqueza y veracidad en las respuestas a este cuestionario es muy importante.
Soy Mujer Hombre No binario
Mi nombre
Curso
Fecha
208
A MÍ ME SUCEDE QUE:
Durante el último mes, en el colegio:
Todos
los días
(4)
2 a 3
veces por
semana
(3)
2 a 3
veces por
mes
(2)
Una
vez al
mes
(1)
Nunca
(0)
1. Me dicen sobrenombres, que no me gustan
2. Se burlan de mi (cómo hablo, uso lentes, soy feo/a,
soy chico/a, malo para la pelota, etc.).
3. Me golpean o agreden físicamente
4. Han amenazado con pegarme
5. Me presionan para que les de mi dinero,
colación u otras pertenencias
6. Me presionan para que yo haga cosas que no me
gusta y no quiero hacer.
7. Mis compañeros me dicen garabatos y
groserías.
8. Mis compañeros esconden o me sacan mis cosas
(cuadernos, lápices, ropa, otros objetos).
9. Me han dañado mis cosas en el colegio (Cuadernos,
libros, lápices, trabajos, ropas).
10. Han dicho mentiras acerca de mí, que me hacen
daño y/o desprestigian.
11. Mis compañeros/as no me dejan jugar con ellos/ellas
12. No me dejan estudiar con ellos ni participar en los
trabajos de grupo
13. Mis compañeros no me dejan dar mis opiniones en el
grupo/curso.
14.He sentido miedo de venir al colegio y de
encontrarme con algunos compañeros
15. Me siento triste y me dan ganas de llorar cuando
estoy en el colegio.
16. Me siento sola/o y aburrida/o, no tengo ganas de
venir al colegio.
17. Me han molestado sexualmente (besos y contactos
corporales contra mi voluntad).
Otros datos:
209
Propósito
Diagnóstico de Estudiantes en Riesgo por Violencia Escolar (D.E.R.V.E.)
El propósito es contar con procedimientos de alerta temprana con recomendaciones de intervención en
el ámbito escolar, de modo tal, que permita la exploración e identificación de los alumnos en riesgo de
violencia escolar. Estos se pueden constituir, principalmente, en un apoyo al educador, facilitando su rol
de formador y generador de recursos individuales de los alumnos para su adecuado desenvolvimiento
e integración social.
De ninguna manera, los componentes del procedimiento y la identificación de los indicadores de alerta
temprana, han de ser utilizados para excluir o etiquetar a los niños, niñas y jóvenes, si ocurriese sólo
aumentaría el daño y la vulnerabilidad social de los/las estudiantes. Éstos son herramientas al servicio
de la educación y la atención oportuna frente a riesgo por violencia en el ámbito escolar.
Objetivo
Discriminar, entre los diferentes comportamientos de los/las estudiantes, de aquellos que implican un
determinado nivel de riesgo en generar, manifestar o recibir conductas violentas, lo que les permitirá a
los actores educativos intervenir precozmente dentro del ámbito escolar.
Descripción del Instrumento “Detección de Riesgos por Violencia Escolar”
El siguiente instrumento permitirá conocer los niveles de riesgo de un/a estudiante de ser agente activo
en situaciones de violencia. Es coordinado por el Equipo de Convivencia Escolar de la escuela y
responde el instrumento particularmente la figura educativa que posea un mayor conocimiento del o los
estudiantes que se quiere evaluar. Consta de varios ítems que reflejan diferentes características y
comportamientos de los estudiantes, ya sea en forma individual o dentro del grupo, los cuales son
indicadores de violencia en el ambiente escolar. Para, finalmente prevenir consecuencias individuales
y grupales dentro del centro educativo.
Por ello, es importante que se responda con responsabilidad profesional y la mayor precisión
observacional posible. El registro de estos indicadores y la identificación del alumno/a deben ser
trabajados en forma confidencial. Los resultados de la aplicación del instrumento serán utilizados con
fines de apoyo al estudiante según lo requiera la situación.
Las características comportamentales pesquisadas por el agente educativo, se consideran presuntivas
de problemas de violencia. Por lo tanto, demandará de parte del Equipo de Convivencia Escolar, una
pronta y exhaustiva confirmación de la situación, siempre contextualizada en la etapa de desarrollo
psicosocial del alumno/a y con miras a la intervención requerida.
Las diferentes conductas o indicadores de comportamiento identificados y señalados por el observador,
se refieren a áreas de comportamiento, como se señala a continuación:
• Características Individuales (CI): Entendida como toda conducta que refleje modos personales,
habituales de reaccionar, ya sea a nivel cognitivo o emocional. Reflejada en los Indicadores; 1, 2, 3, 5,
6, 7, 8, 30, 31, 33, 35, 36, 37.
• Relación con Otros (RO): Entendida como toda conducta que tenga directa relación con su actuar
haciaotros en la interacción. Reflejada en los Indicadores: 4, 13, 14, 16, 17, 18, 32, 38.
210
• Conducta Asocial (CA): Entendida como aquellas conductas emitidas causando daño hacia
otros y lascuales son sancionadas cultural y moralmente. Reflejada en los Indicadores: 9, 10,
11, 12, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 34.
Procedimiento de aplicación
A. Se sugiere aplicar el instrumento en fase intermedia del primer semestre escolar
(aproximadamente en mayo del semestre en curso) y al comienzo del segundo semestre del
período escolar (aproximadamente en septiembre del semestre en curso), de tal modo que, por
un lado, permita detecciones e intervenciones oportunas y, por otro, sirva como instancia
evaluativa respecto de los resultados obtenidos en las primeras aplicaciones.
B. Su aplicación deberá ser de parte de aquel agente educativo que tenga mayor conocimiento del
grupo – curso, de tal modo que efectivamente pueda responder el instrumento. En algunos casos
corresponderá al profesor jefe u otro agente y, en aquellas situaciones que no es posible contar
con una sola figura, sino que se decide su aplicación por parte de dos agentes educativos que
poseen un conocimiento cercano con el alumno o alumna, podrá ser aplicado por ambos y, las
respuestas deberán ser marcadas de la misma forma que a continuación se explica, es decir,
siempre dará lugar a una sola respuesta que, en este caso, será la de consenso de ambas figuras
educativas. Si se realiza una segunda aplicación, ésta deberá ser realizada por ambas figuras
que participaron en la primera aplicación. El tiempo destinado a la aplicación, se estima
aproximadamente de 1,5 horas.
C. La alternativa de respuestas, con respecto a la observación en el o la estudiante, de la conducta
descrita tiene una puntuación determinada:
Ninguna vez 0 puntos
Algunas veces 1 punto
Muchas veces 2 puntos
Siempre 3 puntos
En la línea superior del cuestionario se encuentra la puntuación de cada categoría.A continuación, se
presenta el siguiente ejemplo:
Por favor, marque con el valor correspondiente a la categoría que usted considere que representa el
comportamiento del alumno, en el indicador descrito.
CONDUCTAS DEL
ALUMNO/A EN EL
ÁMBITO
ESCOLAR
Siempre
(3)
Muchas veces
(2)
Algunas Veces
(1)
Ninguna vez
(0)
7.- Quita o
arrebata
bruscamente un
objeto a otro.
X
A. Posteriormente se debe realizar una sumatoria de los puntajes obtenidos en cada columna por
la categoría que usted marcó en cada respuesta o indicador (siempre, ninguna vez, etc.) y en
cada página del cuestionario. Ello le dará el puntaje total obtenido por cada estudiante.
B. Según el total del puntaje de ese alumno o alumna se debe ubicar el nivel de riesgo en que se
encuentra, según la siguiente escala:
211
Nivel de riesgo, según puntaje total:
• Sin riesgo por Violencia Escolar: (0 – 12 pts.) Se refiere a que el alumno o alumna no presenta
ningún factor de riesgo por violencia escolar.
• Bajo Riesgo por Violencia Escolar: (13 – 37 pts.) Se refiere a que el o la estudiante presenta
conductas en alguna de las áreas evaluadas, ubicándolo/a en niveles de riesgo por violencia
escolar, que aun cuando son mínimos, sí es importante considerarlos en forma preventiva. Esto
se realizará a través de acciones de orientación e integración del alumno o alumna al Programa
de Entrenamiento para educandos “Gestión de Riesgos por Violencia Escolar”, la aplicación del
sistema de Mediación Escolar y la integración de sus tutores al taller de Entrenamiento
“Educando en Familia”.
• Mediano riesgo por Violencia Escolar: (38 – 76 pts.) Se refiere a que el y la estudiante presenta
conductas en una o más áreas evaluadas, ubicándolo/a en niveles de riesgo por violencia
escolar, que requieren de una atención inmediata, a fin de prevenir un agravamiento en los
niveles de violencia e instaurar modos relacionales y de resolución de conflictos no-violentos.
Habiéndose determinado su nivel de riesgo y según el flujograma, correspondería la integración
del alumno o alumna a un programa de trabajo que favorezca el desarrollo de habilidades
sociales (taller psicoeducativo) y trabajo con la familia. Paralelamente, se sugiere articular su
atención con red de apoyo externa con miras al apoyo terapéutico del propio alumno/a y/o su
familia.
• Alto riesgo por Violencia Escolar: (77 – 114 pts.) Se refiere a que el o la estudiante presenta
conductas en una o más áreas evaluadas, ubicándolo/a en importantes niveles de riesgo por
violencia escolar. En este caso se requiere de instancias especializadas en red de apoyo externa
para el alumno o alumna y familia, con el correspondiente seguimiento por parte del docente
responsable. Paralelamente, integrar las sugerencias de apoyo que desde el establecimiento
educacional le pueda brindar como apoyo en su socialización y reintegración al grupo escolar.
212
INSTRUMENTO DEDETECCIÓN DE RIESGO DE VIOLENCIAESCOLAR
Conductas del Estudiante en el ámbito escolar
Siempre
(3)
Muchas
veces
(2)
Algunas
Veces (1)
Ninguna
vez
(0)
1. Es rechazado por sus pares.
2. Verbaliza que pares le prohíben hablar y/o compartir con
otros compañeros/as (integrar grupos de estudio,
actividades lúdicas, celebraciones).
3. Acata las instrucciones de los otros, a pesar de las
evidentes consecuencias negativas para sí mismo y/u
otros.
4. Realiza conductas físicamente peligrosas para sí mismo,
bajo presión de pares.
5. Interrumpe la clase (conversa con otros, se ríe y/o emite
sonidos en forma exagerada, se para frecuentemente,
lanza papeles u otros objetos).
6. Quita o arrebata bruscamente un objeto a otro
7. Destruye lo realizado cuando considera no haber logrado
éxito (raya sus dibujos, tareas, desarma trabajos manuales,
rompe materiales).
8. A menudo miente para obtener beneficios, favores o
evitar obligaciones.
9. Asiste a clases bajo efectos de las drogas y/o las
consume dentro del ámbito escolar (alcohol, marihuana,
pasta base, cocaína u otras).
10. Vende drogas en el colegio (alcohol, marihuana, pasta
base, cocaína u otras).
11. Descalifica y/o insulta a compañeros (se dirige a
ellos/as por sobrenombres, se burla por apariencia física,
rendimiento escolar, hándicaps físicos, orientación sexual,
emite juicios negativos).
12. Descalifica y/o insulta a adultos de la comunidad
educativa (usa sobrenombres, se burla por apariencia
física, hándicaps físicos, orientación sexual, emite juicios
negativos).
13. Inventa historias que perjudican la imagen de
compañeros/as y/o adultos del colegio.
14. Acosa a un compañero/a, impidiendo que hable y/o
participe y/o estudie con otras/ os y/o participe en juegos.
15. Amenaza la integridad física de pares y/o profesores.
16. Esconde las pertenencias de sus compañeros.
17. Zamarrea o empuja a sus pares para intimidar.
18. Ensucia o daña las pertenencias o trabajos escolares
de otros (rayar, mojar, romper).
19. Sustrae pertenencias de sus compañeros/as.
213
20. Realiza conductas socialmente sancionadas (sacar libro
de clases, exhibir zonas genitales, convoca a otros para
pelear con pares).
21. Obliga a los compañeros a realizar conductas
socialmente sancionadas. (sacar libro de clases, exhibir
zonas genitales, convoca a otros para pelear con pares).
22. Obliga a compañeros a realizar conductas físicamente
peligrosas. (subirse al techo, sacar volantines del tendido
eléctrico, saltar rejas, trepar árboles o muros, etc.).
23. Golpea a compañeros (con puños, pies, con objetos).
24. Porta armas blancas (punzones, navaja, hojas de
afeitar o similares).
25. Amenaza con objetos punzo cortantes y/o con armas
blancas (lápices, compás, cartonero, punzones, navaja,
tijeras).
26. Destruye el inmueble y/o muebles, objetos del colegio
(rompe vidrios, paredes, artefactos de baños, cercos, sillas,
escritorios).
27. Agrede a compañeros/as con objetos punzo cortantes
(lápices, compás) y/o armas blancas (cuchillo cartonero,
navaja, tijeras, hojas de afeitar).
28. Porta armas de fuego (revolver, pistola, escopeta).
29. Amenaza con arma de fuego (revolver, pistola,
escopeta).
30. Presenta trastornos de la alimentación (frecuente
inapetencia, excesiva delgadez, obesidad).
31. Manifiesta dolores de cabeza, estómago u otros.
32. Presenta lesiones físicas (magulladuras, mordeduras,
equimosis, fracturas, cortes, entre otros).
33. Presenta conductas eróticas y/o hipersexualizadas:
masturbación compulsiva.
34. Ejerce coerción sexual hacia otros niños/as (besos y
contactos corporales inadecuados).
35. Presenta enuresis y/o encopresis secundarias.
36. Presenta conductas auto agresivas. (cortes en los
brazos, piernas, abdomen, golpes de cabeza, arrancarse el
pelo).
37. Amenaza con conductas suicidas.
38. Verbaliza una situación de abuso o de coerción dentro
del colegio.
214
Fecha de la aplicación
Responsable de la aplicación
Puntaje total
Nivel de Riesgo
Acciones recomendadas
Se deriva a
Responsable del
seguimiento
Descriptor Puntaje
CI
RO
CA
Puntaje Total
215
Reglamento Interno
Educación Parvularia
2023 – 2024
(Actualización marzo 2023)
216
INDICE
1. INTRODUCCIÓN. ………………………………………………………………………………………. 220
2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA
2.1. Antecedentes Generales
2.2. Historia
2.3. Nivel de enseñanza
2.4. Asistencia Escolar
2.5. Apoyo y Formación
2.6. Infraestructura
3. JORNADA ESCOLAR…………………………………………………………………………………… 221
4. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ……………………………………………….. 222
4.1 Visión
4.2 Misión
4.3 Sellos
4.4 Valores
5. ORGANIZACIÓN ………………………………………………………………………………………….. 223
5.1. Estructura
5.2. Actores escolares
5.3. Participación de los actores escolares
6. FUNDAMENTOS
6.1. Normativa Internacional
6.1.1. Declaración universal de los Derechos Humanos
6.1.2. Convención Internacional de los Derechos del Niño
6.2. Normativa nacional
7. PRINCIPIOS INSPIRADORES ............................................................................................................................225
7.1. Dignidad del ser humano
7.2. Niños y Niñas sujeto de derecho
7.2.1. Interés superior del niño
7.2.2. Autonomía progresiva de niños y niñas
7.2.3. No discriminación arbitraria
7.2.4. Equidad de género
7.2.5. Participación
7.2.6. Interculturalidad
8. OBJETIVO ..............................................................................................................................................................227
9. CONCEPTOS
9.1. SANA CONVIVENCIA
9.2. COMUNIDAD EDUCATIVA
9.3. CONVIVENCIA
10.DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA......................................................................228
10.1. Del niño y la niña
10.2. Apoderados
10.3. Educadoras de Párvulos
10.4. Director/a
10.5. Técnico en Párvulos
10.6. Sostenedor
11. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ..................................................................................230
11.1. Del niño y la niña
11.2. Apoderados
217
11.3. Director/a
11.4. Educadoras
11.5. Técnico en Párvulos
11.6. Sostenedor
12.NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.......................................................................................233
12.1. Tramos curriculares
12.2. Horarios de Funcionamiento
12.3. Atrasos / Inasistencias (horario, puntualidad y asistencia
12.4. registro de matrícula
12.5. organigrama del establecimiento
12.6. Roles y funciones de los directivos, educadoras, docentes y asistentes de
la educación ................................................................................................................................237
12.6.1. Director/a
12.6.2. Inspector/a General
12.6.3. Jefe/a Unidad Técnica
12.6.4. Coordinador/a Pedagógico
12.6.5. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA)
12.6.6. Encargado/a Convivencia Escolar
12.6.7. Coordinador/a Programa de Integración Escolar
12.6.8. Docente / Educadora de Párvulos
PROFESIONALES PROGRAMA DE INTEGRACIÓN............................................................................241
12.6.9. Docente Diferencial
12.6.10. Kinesiólogo/a
12.6.11. Fonoaudiólogo/a
12.6.12. Psicopedagogo/a
12.6.13. Psicóloga
12.6.14. Terapeuta Ocupacional
PROFESIONALES DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR .................................................243
12.6.15. Psicólogo/a
12.6.16. Trabajador/a Social
12.6.17. Apoyo informático
ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.................................................................................................................. 24
12.6.18. Secretaria
12.6.19. Técnico en Párvulos
12.6.20. Tutor/a
12.6.21. TENS
12.6.22. Inspectores de Patio
12.6.23. Apoyo Inspectoría
12.6.24. Portero/a
12.6.25. Personal de Servicios
12.7. Los mecanismos de comunicación
12.7.1. Comunicación Familia-Escuela
13. REGULACIONES REFERIDAS A LOS PROCESOS DE ADMISIÓN ...........................................249
14. COBROS ................................................................................................................................250
15. REGULACIONES UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL
15.1. Uniforme Escolar
15.2. Higiene Personal
15.2.1. Corte de cabello
15.2.2. Limpieza de uñas
15.3. Regulaciones sobre uso de uniforme, ropa de cambio y pañales
16. REGULACIONES REFERIDAS AL AMBITO DE LA SEGURIDAD, LA HIGIENE, Y
LA SALUD ...............................................................................................................................................253
218
16.1. Plan de Integral de Seguridad Escolar (ver anexo PISE)
16.2. Medidas Orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud en el
Establecimiento
16.2.1. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento
16.2.2. Medidas Orientadas a resguardar la salud del establecimiento
17. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA ..................................................255
17.1. Regulaciones Técnico-pedagógicas
17.2. Regulaciones sobre estructuración de los niveles educativos y la trayectoria
de los párvulos
17.3. Regulaciones sobre salidas pedagógicas
18. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO…. 257
18.1. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar
18.2. Del Encargado de Convivencia
18.3. Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de
Participación y los mecanismos de coordinación entre éstas áreas y los
Establecimientos.
18.3.1. Centro general de Padres y apoderados
18.3.2. Consejo de Profesores/as
18.4. PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR (ver Anexo)
18.5. Restricción en la aplicación de medidas disciplinarias en el nivel de educación
parvularia
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ............................................................................................262
1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A DETECCIÓN DE SITUACIONES DE
VULNERACIÓN DE LOS PARVULOS NO CONSTITUYENTES
DE DELITO .......................................................................................................................263
2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL,
CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL
Ante situaciones de maltrato y/o Abuso infantil...........................................................................265
2.1. Indicadores de negligencia
2.2. Indicadores de maltrato físico
2.3. Indicadores de abuso psicológico o emocional
2.3.1. Indicadores emocionales en el niño
2.3.2. Indicadores comportamentales en el adulto cuidador
2.4. Indicadores de maltrato psicológico
3. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y
APOYO PSICOSOCIAL..................................................................................................................276
4. MEDIDA EXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA
ESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio adaptativas y/o
Académicas)
PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE
ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA ESCOLAR.................................................277
5. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR...................................280
6. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DEVIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE
ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y
El agresor es funcionario del establecimiento)...................................................................................281
7. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DEVIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE
ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y
el agresor no es funcionario del establecimiento) ......................................................................................282
219
ANEXO DOCUMENTOS OFICIALES
• COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR… ................................................... 159
• FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL......................................... 160
• AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........161
• AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA REALIZAR MUDA DE ROPA A PÁRVULO
EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU HOGAR.................................... 162
220
1. INTRODUCCION.
Art.1 El presente instrumento está elaborado/diseñado para resguardar un ambiente optimo
entre todos los miembros de la comunidad educativa, está regulado por derechos y deberes,
establece la organización y funcionamiento del nivel entre todos los actores educativos.
Está sujeto a actualizaciones y complementos acorde a los nuevos requerimientos de la nueva
institucionalidad (intendencia de educación Parvularia) o de la misma comunidad escolar, para
facilitar las relaciones y el desarrollo armónico del proceso educativo.
2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA
2.1 ANTECEDENTES GENERALES
Nuestro establecimiento está ubicado en la comuna de Pozo Almonte, es de dependencia municipal,
ubicada en el sur poniente de la localidad. Atiende a una población de 921 estudiantes, repartidos en 28
cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de vulnerabilidad el cual asciende a
un 85,38%, atiende a 171 estudiantes que pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017 ha
experimentado un repunte de 5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros.
Establecimiento Escuela Básica Estrella del Sur
RBD 12617-9
Dirección Estación # 551
Tipo de Enseñanza Educación Parvularia y Enseñanza Básica
Comuna Pozo Almonte
Dependencia Municipal
Teléfono +56971355422
Correo Electrónico escuela.estrelladelsur@cormudespa.cl
221
2.2. HISTORIA
La Escuela “Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la Escuela Básica Pozo
Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación surge de la necesidad de dar respuesta al
crecimiento poblacional de ese sector, por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana.
2.3. NIVEL DE ENSEÑANZA
• Educación Parvularia (NT1 – NT2)
• Educación General Básica.
• Jornada Escolar Completa (JEC).
2.4 ASISTENCIA ESCOLAR
• Programa de Alimentación Escolar (PAE JUNAEB).
• Programa Salud Escolar.
• Becas de vestuario y útiles escolares.
• Programa mejoramiento para Subvención Escolar Preferencial (SEP).
• Textos escolares.
• Redes de apoyo externas.
2.5 APOYO Y FORMACIÓN
• Programa de Integración Escolar (PIE).
• Apoyo de diversos especialistas.
• Programas de estudio del MINEDUC.
2.6. INFRAESTRUCTURA
Las dependencias del sector parvulario están construidas en su totalidad de material sólido
contando con:
• 06 salas de clases
• SSHH estudiantes
• Espacio Multiuso
• Patio central techado.
3. JORNADA ESCOLAR ED. PARVULARIA
HORARIO JORNADA
Entrada Salida
08.00 hrs. 14.30 hrs.
222
HORARIO ALIMENTACIÓN DESDE HASTA
Desayuno 08.45 hrs. 09.00 hrs.
Almuerzo 11.45 hrs. 12.00 hrs.
*3° colación 13.00 hrs. 14.00 hrs.
* El horario de 3° colación es más extenso dado que se realiza por turnos en el sector de educación parvularia.
4. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
4.1. VISIÓN
La escuela básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educativo que basa
su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia, potenciando las habilidades
y competencias individuales, formando personas integrales en lo cultural, artístico, científico-
tecnológico y/o deportivo, que le permita enfrentar futuros desafíos.
4.2. MISIÓN
La escuela básica Estrella del Sur entrega educación integral de NT1 a octavo año básico,
a estudiantes de la provincia del Tamarugal, fomentando la sana convivencia en un
ambiente de actitud inclusiva potenciando el desarrollo de habilidades y adquisición de
conocimiento s para generar competencias en las áreas científica-tecnológica, deportiva,
artística y/o cultural, respetando la diversidad, formando personas que valoren su entorno,
con identidad cultural y desarrollando herramientas que contribuyan a la continuación de
sus estudios.
4.3. SELLOS
5. La diversidad para el aprendizaje integral de toda la comunidad educativa.
6. Desarrollo de habilidades por medio de la exploración que promuevan el área
artística, deportiva, cultural y científica-tecnológica.
7. La sana convivencia y el buen trato de la comunidad educativa.
8. La valoración del entorno natural y cultural.
4.4. VALORES
223
RESPETO – DIVERSIDAD – HONESTIDAD – EMPATÍA – DISCIPLINA
5. ORGANIZACIÓN
5.1. Estructura
La organización de nuestra Escuela, tanto en su ámbito de funcionamiento como de Convivencia, se
estructura en base a los siguientes organismos:
• Equipo Directivo
• Equipo de Gestión
• Equipo PIE
• Equipo de Convivencia Escolar.
• Consejo Escolar
• Consejo de Profesores
5.2. Actores Escolares.
• Estudiantes
• Apoderados
• Asistentes de la educación
• Docentes y Educadoras
• Directivos
• Sostenedor
5.3. Participación de los actores escolares
Art2. La comunidad educativa se compone de seis actores escolares: estudiantes, docentes,
directivos/as, apoderadas/os, asistentes de la educación y sostenedor. Junto a sus respectivos derechos
y deberes explicitados en los puntos 9 y 10 de este documento, existen instancias formales de
participación para cada uno de ellos. Las instancias de participación son relevantes para desarrollar una
comunidad escolar que promueva la democracia y una ciudadanía activa.
Este manual de convivencia reconoce y norma las instancias formales de participación en la escuela,
pero también da cabida y fomenta otras instancias de participación u organización autónoma de cada
uno de los actores escolares, las cuales podrán funcionar en el establecimiento, siempre y cuando no
violenten el desarrollo de los aprendizajes y el sentido de la normativa escolar.
6. FUNDAMENTOS
224
El presente documento tiene como fundamento los elementos establecidos en:
6.1. Normativa Internacional
6.1.1. Declaración Universal de los Derechos Humanos: reconoce expresamente los derechos de niños y
niñas, mandatando a los Estados parte a asegurar bienestar y protección social. También promueve
como pilares de la educación el respeto, la tolerancia, la comprensión y la amistad.
6.1.2. Convención Internacional de los Derechos del Niño: es el texto jurídico más relevante en cuanto a
reconocimiento de niños y niñas como sujetos de derecho, ratificada por Chile en el año 1990, se
rige por 4 principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su
supervivencia, desarrollo y protección y su participación en las decisiones que los afecten.
6.2. Normativa Nacional
Las fuentes de normas legales, reglamentarias y administrativas que se consideraron para la elaboración
del presente reglamento interno y que fueron utilizadas como referente para este proceso, son las
siguientes:
a) Constitución Política de la República: establece que la educación tiene por objeto el pleno
desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Los padres tienen el derecho
preferente y el deber de educar a sus hijos, debiendo el Estado promover la Educación
Parvularia.
b) Código Procesal Penal: su aplicación es relevante en materias de reglamentos internos, puesto
que establece la denuncia obligatoria de directores, inspectores y docentes de establecimientos
educacionales ante delitos que afecten a niños y niñas, y que hubieran tenido lugar, o no, en
dicho establecimiento.
c) Código Penal: contempla figuras específicas en relación con la vulneración de la integridad física
o psíquica de niños y niñas que son constitutivas de delitos, y por tanto obliga a la comunidad
educativa a denunciarlas cuando se presentan. Cabe destacar que recientemente se creó una
nueva figura penal que castiga el menoscabo físico o el trato degradante que se ejecute en contra
de un niño o niña. Se considera una figura agravada, cuando el adulto que cometiera el delito
tiene un deber de cuidado, es decir, esta figura se aplica para los contextos de las comunidades
educativas, lo cual se relaciona directamente con el contenido de los Reglamentos Internos.
d) Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 11 de diciembre de 1967, del Ministerio de Salud, que
fija el Código Sanitario. Debe tenerse presente sus normas especialmente en lo relativo a la
higiene en los lugares de trabajo, elaboración y manipulación de alimentos, y de higiene y
seguridad del ambiente.
e) Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales:
sostiene que todos los niños y las niñas que asisten a los establecimientos de Educación
Parvularia que Manual de Convivencia Escolar – Educación Parvularia cuenten con RO, estarán
225
protegidos por un seguro del Estado, en el caso de accidentes que sufran a causa o con ocasión
de sus estudios.
f) Decreto Supremo N° 156, de 12 de marzo de 2002, del Ministerio del Interior, que aprueba el
plan nacional de protección civil, respecto a protocolos de accidentes y prevención de los
mismos: Esta norma otorga definiciones, protocolos y procedimientos frente a un accidente o una
emergencia dentro de los establecimientos educacionales.
g) Resolución Exenta N° 51, de 2001, Ministerio de Educación que aprueba el Plan Integral de
Seguridad Escolar (PISE), desarrollado por la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública: este es el instrumento articulador de las acciones
institucionales e intersectoriales y tiene como propósito reforzar las acciones y condiciones de
seguridad en las comunidades educativas.
h) Ley N° 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación: establece una tutela especial
de protección frente a vulneraciones de derechos generadas por discriminación arbitraria. Esto
es de vital importancia para los reglamentos internos, puesto que no pueden contener normas
que arbitrariamente priven, perturben o amenacen el ejercicio legítimo de los derechos
fundamentales de niños y niñas, u otro miembro de la comunidad educativa.
i) DFL N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370, Ley General
de Educación: consagra derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa
y, en específico, el artículo 46 exige para obtener RO un reglamento interno que regule las
relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.
j) Decreto Supremo N°315, Educación, que reglamenta los requisitos de adquisición, mantención
y pérdida del RO del Estado a los establecimientos educacionales de educación Parvularia,
Básica y Media: establece que el reglamento interno debe regular las relaciones entre el
establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa, garantizando un justo
procedimiento, en el caso que se contemplen sanciones.
7. PRINCIPIOS INSPIRADORES
7.1. Dignidad del Ser Humano
La dignidad humana es un atributo que no hace distinciones y se aplica a todos los seres
humanos, más allá de sus características o creencias, es decir, la dignidad no se otorga ni se
quita puesto que es propia de cada hombre y mujer, sin embargo, puede ser vulnerada. Todo
reglamento interno, tanto en su forma como en su contenido, debe resguardar el respeto de la
dignidad de toda la comunidad educativa, y especialmente la dignidad de los párvulos puesto
que, por sus características etarias y el desarrollo progresivo de la autonomía, se encuentran en
una situación de mayor vulnerabilidad.
7.2. Niños y Niñas Sujetos de Derecho
Históricamente niños y niñas fueron considerados como objetos de protección y se les señalaba
como pasivos receptores de decisiones tomadas por adultos en función de lo que esos adultos
consideraban. Hoy, y de la mano de Convención de los Derechos de Niño, se asume que niños
y niñas son sujetos de derecho, es decir, que sus necesidades deben ser satisfechas no por
226
beneficencia sino porque es un derecho que debe ser garantizado por los adultos y las
instituciones, así como ejercido por niños y niñas. Dado lo anterior, los párvulos son titulares de
derechos, con capacidad de ejercerlos progresivamente de manera autónoma. Niños y niñas,
tienen intereses, necesidades, opiniones y motivaciones particulares, las que deben ser
respetadas y consideradas en la gestión del establecimiento educativo, en su diversidad, tanto
a nivel de grupo como en su individualidad.
7.2.1. Interés Superior del Niño El interés superior del niño es un principio orientador que ordena
las decisiones de la comunidad educativa. Nos referimos a que en cualquier decisión que
pudiere afectar a los niños y niñas debe tenerse como objetivo principal garantizar el
ejercicio de sus derechos. Este principio debe enfocar y circunscribir todo el quehacer de la
comunidad educativa, posicionando a los párvulos como sujetos de derecho. Su puesta en
práctica se da a través de acciones orientadas al desarrollo integral y bienestar de los
párvulos.
7.2.2. Autonomía Progresiva de Niños y Niñas El principio de autonomía progresiva releva que
niños y niñas ejercerán sus derechos de acuerdos a la evolución de sus facultades. Esto
quiere decir que las y los adultos a cargo de ellos y ellas deben orientar y acompañar la
toma de decisiones, considerando “los intereses y deseos del niño, así como la capacidad
del niño para la toma de decisiones autónomas y la compresión de lo que constituye su
interés superior”7 El rol e injerencia de los adultos en la toma de decisiones sobre la vida
de los párvulos irá variando gradualmente de acuerdo con la evolución de sus facultades.
7.2.3. No Discriminación Arbitraria Tanto las normas de convivencia como los procedimientos
de los reglamentos internos y las posibles sanciones deben aplicarse respetando los
derechos fundamentales y sin distinciones arbitrarias fundadas en diferencias de género,
raza, religión, nacionalidad, edad, orientación u otra. Siempre se debe considerar que todas
las personas que componen la comunidad educativa son diversas en sus características e
iguales en sus derechos.
7.2.4. Equidad de Género Tal como lo señala la Política Nacional de Convivencia Escolar, los
reglamentos internos deben resguardar a todas las personas, independiente de su género
u orientación sexual. Todos los niños y niñas tienen el derecho a ser tratados y protegidos
con el mismo respeto y valoración, reconociendo que todos y todas son distintos, únicos y
tienen iguales derechos.
7.2.5. Participación El reglamento interno es un instrumento de gestión que regula la forma de
operar de los establecimientos, así como las relaciones entre los miembros de la comunidad
educativa, por lo Manual de Convivencia Escolar – Educación Parvularia tanto, en su
elaboración, implementación y modificación se debe considerar la participación de ellos y
ellas. Esto se debe resguardar especialmente con niños y niñas, quienes tienen derecho a
expresar su opinión y a que esta sea considerada en los asuntos que les afectan.
7.2.6. Interculturalidad Tanto el proceso educativo como el contenido del reglamento interno
deben reconocer y respetar a cada niño, niña y sus familias en su especificidad cultural y
de origen, considerando su lengua, cosmovisión, tradiciones e historia. Esto implica que los
establecimientos deben ampliar su mirada al definir normas, respetando la idiosincrasia de
cada familia, en la medida que esta no vulnere los derechos de toda la comunidad. Se
227
espera que la comunidad educativa potencie la construcción de un PEI inclusivo, en el que
se avance desde la folklorización al real diálogo de las culturas.
8. OBJETIVO
El presente Manual de Convivencia Escolar de Educación Parvularia tiene como objetivo establecer los
principios, normas y procedimientos mediante los cuales se establecerá la sana convivencia como un
derecho y un deber de todos los miembros de la comunidad educativa, teniendo especial relevancia la
etapa de desarrollo en la que se encuentran las y los estudiantes de NT1 y NT2 respectivamente.
De acuerdo al Artículo 16 A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, “Se entenderá por buena
convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone
una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en
un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
“La convivencia escolar se entiende, por tanto, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo,
que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad
educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese
establecimiento”23
La convivencia escolar es el conjunto de relaciones sociales que se desarrollan al interior de la
comunidad educativa, es decir, es la forma de tratarse que mantienen estudiantes, docentes, directivos,
apoderadas/os y asistentes de la educación.
La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades y
expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna,
metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo. El establecimiento debe
orientar su quehacer a la entrega de valores como el respeto, la participación, la tolerancia, la
colaboración, espíritu crítico y constructivo.
En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y democrática,
con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la identidad local y
respeto al medio ambiente.
9. CONCEPTOS
9.1. SANA CONVIVENCIA
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que
éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo
implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus
miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus
deberes correlativos.
23
Ministerio de Educación. (2015). Política Nacional de Convivencia Escolar, 2015/2018 (p. 25). Santiago: Gobierno de Chile.
228
9.2. COMUNIDAD EDUCATIVA
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un
propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres,
madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos
docentes directivos y sostenedores educacionales.
9.3. CONVIVENCIA
Por Convivencia se entiende la potencialidad que tiene las personas para vivir con otras en un
marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se genera en la
interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa de un establecimiento
educacional que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual
de las y los estudiantes. Esta concepción no se limita sólo a la relación entre las personas, sino
que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la
Comunidad Educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de
todos quienes participan del proceso educativo.
10.DERECHOS DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA.
ACTOR DERECHOS
Derecho a recibir educación
íntegramente como persona.
de calidad que le permita desarrollarse
Derecho a utilizar la infraestructura y recursos del establecimiento.
Derecho a no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico,
político, cultural, religioso, físico u otro.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la
escuela, así como también de sus pares.
Derecho a un procedimiento justo y racional en la evaluación de núcleos de
aprendizaje y en la aplicación de medidas formativas.
Derecho a ser escuchado/a por las autoridades en todo procedimiento formativo.
Derecho a desarrollar actividades culturales, científicas, deportivas, artísticas
y/o recreativas extracurriculares de acuerdo a sus intereses e inquietudes.
Derecho de las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE)
a ser evaluados diferenciadamente, de acuerdo a instrucción de profesional PIE
con instrumentos adecuados y de forma diversificada.
Derechos de los y las estudiantes a ser acompañados y evaluados de acuerdo
a sus propios progresos. Decreto 67/2018.
10.1. Del niño y
de la niña
Se hacen parte del presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia,
todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos
Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y Niña y la Constitución Política
de la República de Chile.
“Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca
oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención
adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales;
a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de
respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y
moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos
psicológicos. (Ley Nº 20.370, Art. 10)
Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de
229
conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al
reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser
informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo
a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada
establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del
establecimiento, y a asociarse entre ellos”. (Ley Nº 20.370, Art. 10)
ACTOR DERECHOS
10.2.
Apoderados/as
Derecho a participar activamente en el proceso de aprendizaje de su pupilo/a.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a organizarse autónomamente con otros apoderados/as.
Derecho a conocer periódicamente los resultados académicos y los registros
formativos de su pupilo/a
Derecho a ser recibido y atendido oportunamente por las autoridades del
establecimiento, según lo amerite el horario de atención y previa citación.
Derecho a recibir oportunamente la documentación de su pupilo/la para los fines
que estime conveniente.
“Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los
directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los
rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como del
funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del
Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento.
El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del
Centro de Padres y Apoderados”. Derechos de los Padres, Apoderados(as) o
Tutores (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
10.3.
Educadoras de
Párvulos
Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales.
Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento.
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el
ejercicio docente.
Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso
de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa.
A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto
de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento.
Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del
establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna
Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a
cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y
programas de estudio
Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
Derecho a capacitarse y reflexionar activamente con otras educadoras
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laborar de las y los docentes.
Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales.
Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen.
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su
gestión directiva.
230
10.4.
Director/a
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa su
establecimiento.
Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso
de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laboral de los directivos/as.
10.5. Técnico en
párvulos
Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su
labor.
Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso
de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa.
Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros
de la comunidad escolar.
Acceder a medidas de seguridad para llevar a cabo sus labores.
A que se respete su integridad física y moral
Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del
establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento.
Disponer de útiles de trabajo y materiales necesarios para cumplir sus funciones.
Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional.
Derecho a organizarse autónomamente con otros/as.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
derechos consagrados en el Código del Trabajo y demás leyes vigentes.
10.6. Sostenedor
Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la
comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.
Derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley,
Derecho a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de
conformidad a la legislación vigente.
11.DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES
ACTOR DEBERES
11.1. Del niño
y la niña Los párvulos no tienen obligaciones ni deberes
11.2.
Apoderados
Los padres o apoderado que representan al estudiante, durante el año escolar,
contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento, de
responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el
Manual de Convivencia.
Ante la eventualidad de agresión física, verbal o amenaza por parte del
apoderado contra un funcionario del establecimiento, se tomará la medida de la
prohibición de ingreso a la escuela. Ante este evento, pasa a cumplir el rol el
apoderado el suplente u otra persona.
Cumplir con los horarios de ingreso y retiro del estudiante a la jornada escolar
establecida o según corresponda.
Los padres o apoderados que representan al estudiante, durante el año escolar,
contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento de
responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el
Manual de Convivencia.
Acompañar el proceso educativo de su pupilo/a.
231
Acercarse periódicamente al establecimiento y conocer los resultados
académicos y registros formativos de su pupilo/a.
Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de apoderados/as y demás
citaciones que realicen las autoridades del establecimiento. El apoderado que
presente dos incumplimientos a reunión o citación quedará inhabilitado de
ejercer su rol de apoderado, pasando el apoderado suplente a asumir el rol de
titular, y deberá nombrar un nuevo apoderado suplente.
Responder por los daños, no intencionales, que su pupilo pueda ocasionar a la
infraestructura y que puedan dificultar el desarrollo normal de las clases.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
“Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus
hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del
establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con
los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su
normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la
Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
11.3.
Director/a
Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento.
Estar informado de los cambios curriculares y normativas vigentes.
Monitorear y corregir constantemente el funcionamiento del establecimiento, en
sus ámbitos pedagógicos, administrativos y de convivencia escolar.
Convocar e incluir a todas y todos los miembros de la comunidad escolar en
diferentes instancias de reflexión y toma de decisiones del establecimiento.
Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida
en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en
el mismo.
Mantener el manual de convivencia actualizado e informar de los cambios a toda
la comunidad educativa.
Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros del
establecimiento.
Sistematizar los resultados académicos y elaborar participativamente programas
de mejora en el establecimiento.
Evaluar al término del año escolar al personal de acuerdo a los perfiles de cargo,
previamente conocidos por todos los funcionarios.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Orientar al personal de educación parvularia en estrategias y metodologías a
utilizar en beneficio de los párvulos. Conducir y liderar el Proyecto Educativo
Institucional (PEI) del establecimiento.
Establecer vínculos y alianzas de cooperación con redes de apoyo institucional
y organizaciones sociales del entorno.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo
a la relación laboral de las y los directivos. También las orientaciones presentes
en el Marco para la Buena Dirección del MINEDUC.
Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes.
Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los
estudiantes.
Tomar conocimiento de los cambios curriculares y Manuales vigentes para los
niveles a su cargo
Velar por la integridad física y psicológica de los párvulos a su cargo, dentro del
establecimiento.
232
11.4.
Educadoras
Comprometer su desempeño con el proceso educativo y cultura de altas
expectativas del establecimiento.
Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida
en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en
el mismo.
Conocer e intentar comprender técnicamente las características sociales,
económicas y culturales de sus estudiantes.
Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a
cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y
programas de estudio
Planificar sistemáticamente su actividad docente.
Realizar proceso de evaluación continuo, personalizado y acorde al decreto
67/2018.
Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los
estudiantes.
Adecuar los contenidos y la metodología de clase a la realidad de las y los
estudiantes, considerando sus necesidades, intereses y experiencias de vida
como elementos fundamentales del proceso pedagógico.
Adecuar estrategias y metodologías según el nivel que atiende y los diferentes
ritmos de aprendizaje. Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o
de servicio con un criterio centrado en lo pedagógico.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Entregar un trato respetuoso a los alumnos(as), compañeros(as) de trabajo,
padres y apoderados.
Mantener cuidados en la presentación personal en horarios de trabajo, tales
como vestimenta, cabello, uñas, accesorios (aros, pulseras, cadenas) o
cualquier elemento que pueda afectar el aprendizaje o seguridad de los
párvulos.
Capacitarse constantemente, actualizando sus conocimientos y habilidades
pedagógicas.
Recibir y atender personalmente a las y los apoderados/as que lo soliciten.
Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los
derechos de los alumnos y alumnas
Evaluar diferenciadamente en el aula a las y los estudiantes con Necesidades
Educativas Especiales (NEE) con el instrumento adecuado con el especialista
PIE.
Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los
deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código Laboral de acuerdo a la
relación laboral de las y los docentes. También las orientaciones presentes en
el Marco para la Buena Enseñanza del MINEDUC.
11.5. Técnico
en Párvulos
Comprometer discreción y confidencialidad ante problemáticas de complejidad.
Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un
criterio centrado en lo pedagógico.
Reconocer que su principal función es apoyar a la Educadora de Párvulos en el
desarrollo de las actividades curriculares
Cuidar el buen desarrollo de la clase, atendiendo a las necesidades de los
educandos.
Cuidar el orden y limpieza dentro de la sala de clases.
Ejercer su función en forma idónea y responsable
Mantener cuidados en la presentación personal en horarios de trabajo, tales
como vestimenta, cabello, uñas, accesorios (aros, pulseras, cadenas) o
233
cualquier elemento que pueda afectar el aprendizaje o seguridad de los
párvulos.
Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la
comunidad escolar.
Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida
en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en
el mismo.
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan
Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.
Se hacen parte de esta Reglamento Interno y Manual de Convivencia, los
deberes consagrados en el Código del Trabajo para los trabajadores y
trabajadoras.
11.6.
Sostenedor
Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del
establecimiento educacional que representan
Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar
Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando
reciban financiamiento estatal
Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus
establecimientos a la Superintendencia Esa información será pública
Obligatoriedad a entregar a los padres y apoderados la información que
determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de
aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.
12.NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.
12.1. Tramos curriculares
Nuestro establecimiento educacional imparte los niveles de NT1 y NT2 con 3 cursos por cada
nivel respectivamente.
12.2. Horarios de funcionamiento
El horario de Ingreso para todos los párvulos de lunes a viernes es a las 08:00 horas y los
horarios de salida de lunes a jueves a las 14.30 horas y el día viernes a las 12.30 horas en
jornada ordinaria. Dichos horarios son informados al momento de la matrícula y reforzados en
el mes de marzo a la comunidad educativa.
Para cambios de actividades en la jornada donde se altere el horario normal de término, se
informa con anterioridad a los padres y apoderados para que no presenten dificultades en el
recojo de sus hijos e hijas.
12.3. Atrasos/ Inasistencias (Horario, puntualidad y asistencia)
a) Atrasos al inicio de la jornada escolar
La puntualidad es un hábito que todos los y las estudiantes deben formar y adquirir para toda la
vida desde temprana edad. El hábito de la puntualidad es necesario para la formación de la
eficacia, la responsabilidad y el orden y es deber de los padres educar en este valor.
234
12.3.1. Nuestro establecimiento tiene un horario determinado para su funcionamiento y atención.
Estos horarios permiten tener un orden, además que ayudan a la coordinación de las clases
y descansos de los miembros de la comunidad educativa. Ningún estudiante atrasado/a
será devuelto a su hogar y es deber de los padres, apoderados y/o tutores de los estudiantes
velar por el cumplimiento de la puntualidad al ingreso de cada jornada escolar.
• Si la conducta se repite por parte del apoderado, será citado en primera instancia por
Inspector/a General para entrevista en donde se le llame a la reflexión.
• Si la conducta es reiterativa por el apoderado, será citado por el/la directora/a.
b) Asistencia
La asistencia a clases es obligatoria, como también a todas las actividades lectivas o
funciones del establecimiento para las cuales fuesen citados.
• Para educación parvularia la asistencia no tiene incidencia en su promoción, pues es
automática.
c) Inasistencias
Las inasistencias de los y las estudiantes a los establecimientos educacionales con o sin
justificación, afectan su aprendizaje
• Toda inasistencia a clases debe ser notificada previamente o justificada
posteriormente en la libreta de comunicaciones o cuaderno del estudiante por el
apoderado, y cuando sea requerido en forma personal (inasistencias reiteradas
sin aviso).
• En caso de enfermedad, el apoderado debe presentar certificado médico, en un
plazo no mayor a 48 horas.
• De presentarse ausencias reiteradas se procederá a citar al apoderado vía
telefónica por un funcionario/a de inspectoría para hacer firma del compromiso de
asistencia en Conv. Escolar. (Ver anexo DOCUMENTO COMPROMISO POR
INASISTENCIAS)
• Si las llamadas telefónicas no tienen efecto positivo, se procederá a visita
domiciliaria por la dupla psicosocial del nivel respectivo.
• Si todos los pasos anteriores son infructuosos se procederá a realizar la denuncia
correspondiente por vulneración de derechos.
d) Retiro de Estudiantes desde el establecimiento
Al finalizar la jornada escolar los y las estudiantes de educación parvularia, deberán ser retirados
por su apoderada/o o un adulto/a responsable, previamente acreditado para esta función
(registrados en inspectoría).
235
Será deber de las y los apoderados, retirar puntualmente a sus estudiantes, al término de la
jornada escolar. Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada
escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento
que justifique dicho retiro.
Los retiros durante la jornada de clase se realizarán por el apoderado(a) durante la mañana hasta
las 13:00 horas.
12.4. Registro de Matrícula
Para el proceso de matrícula, los padres, apoderados y/o adultos responsables, deberán completar la
ficha destinada para estos efectos en las fechas indicadas por MINEDUC, la cual puede obtener en las
dependencias de nuestro establecimiento con personal de inspectoría que se encontrará asistiendo en
el proceso.
12.5. Organigrama del establecimiento (ver página siguiente)
236
237
12.6. Roles y funciones de los directivos, educadoras, docentes y asistentes de la
educación.
12.6.1. Director/a
b) Cargo Director/a.
c) Cargo (s) que los
supervisa
Director de Educación.
d) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo de Gestión, Docentes, Educadoras, Administrativos, Auxiliares.
Asistentes de Educación,
d) Misión del Cargo
Administrar y gestionar los recursos humanos, financieros y pedagógicos
de los Establecimientos Educacionales, con el objetivo de alcanzar
estándares educativos de alto rendimiento, cautelando el cumplimiento de
los lineamientos establecidos desde la Corporación.
• Funciones del cargo
• El/La Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar
los procesos y desafíos que exigen los procesos educativos actuales,
entre ellos están definir y difundir el PEI y la Planificación Estratégica
del Establecimiento, liderar los procesos de gestión pedagógica,
proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la implementación
curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros del
aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de
enseñanza aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de
y entre los docentes y el equipo directivo
• El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la
comunidad escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las
relaciones humanas con el fin de generar un clima escolar basado en
relaciones de confianza y respeto, la habilidad de comunicarse de
manera efectiva, abierta, clara y congruente.
• El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar
inclusiva, equitativa y de altas expectativas sobre los logros de
aprendizaje de los estudiantes y desempeño de todos los miembros del
establecimiento.
• Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que
permitan realizar en forma adecuada los procesos de selección,
evaluación y desarrollo del personal del establecimiento, establecer
condiciones de trabajo que permitan a los docentes y asistentes de la
educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades,
gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las
condiciones de calidad de vida dentro del establecimiento, el director
debe hacer frente a situaciones complejas resolviendo conflictos con
estrategia, método y decisión.
• Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el
logro de las metas y prioridades del establecimiento asegurando que la
administración y control financiero sean efectivos y faciliten la mejora
de los resultados del establecimiento.
• Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos,
rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso
hacia sus dirigidos.
12.6.2. Inspector/a General
238
a) Cargo Inspector/a General.
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento.
b) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Educadoras, Docentes, Equipo PIE, Equipo Conv. Es, Técnicos en
Párvulos, Administrativos, Auxiliares.
d) Misión del Cargo
Generar las condiciones para el óptimo desarrollo de las actividades
administrativas y curriculares, además de velar por el cumplimiento 68 del
Reglamento Interno dl establecimiento, generando así un ambiente de sana
convivencia.
• Funciones del cargo
• El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en
la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con
los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios
éticos de la profesión docente.
• Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
• Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un
ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
• Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva
incide directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz
de adaptar el nivel comunicativo a las diferentes edades de sus
interlocutores. Es un canal de comunicación válido entre el director (a)
y los profesores y estudiantes.
• Es capaz de poner en práctica un sistema de control del
comportamiento que permita promover un buen clima de convivencia
escolar, desde una perspectiva operativa
• Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de
accidentes) y anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de
accidentes y/o conflictos en el estudiantado, ocurrencia de accidentes.
• Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la resolución de
conflictos.
12.6.3. Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica
a) Cargo Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes, Educadoras, Equipo PIE, Asistentes de la educación, Personal
Administrativo
d) Misión del Cargo
Brindar asesoría a la Dirección del establecimiento, así como gestionar la
programación, supervisión y seguimiento de las actividades curriculares.
Todo esto, con el fin de entregar una educación de calidad.
• Funciones del cargo
• El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el
proceso académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que
demandan los actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo
con foco pedagógico, y demostrar capacidad para organizar las
actividades técnico-pedagógicas, determinando objetivos y metas
claras alineadas con las de la institución.
• El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico
e interactuar con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el
239
proceso de aprender a mejorar su práctica la cual debe estar vinculada
a los objetivos del proceso técnico pedagógico del Establecimiento
• Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso
adecuado, implementando sistemas y procedimientos tendientes a
mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje.
12.6.4. Coordinador/a Pedagógico
a) Cargo Coordinador/a Pedagógico Educación Parvularia
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Educadoras, Docentes del nivel, Técnico de párvulos
d) Misión del Cargo
Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares
afines que están a su cargo, promover y acompañar el fortalecimiento de
las capacidades de desempeño pedagógico en los docentes a fin de
contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados
educativos.
• Funciones del cargo
• El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a las
educadoras para fortalecer su desempeño y mejorar su práctica en el
aula, la educadora que por su trayectoria está validada para ejercer
liderazgo educativo de gestión junto al equipo pedagógico, acompaña,
retroalimenta, promueve el diálogo y la reflexión entre pares para
mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los docentes y
reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático,
responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios
declarados en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances
y mejoras en el aprendizaje de los estudiantes.
12.6.5. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA)
a) Cargo Coordinador/a CRA
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Docentes - Educadoras
d) Misión del Cargo
Promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones
curriculares y pedagógicas de la escuela, junto con motivar a los
estudiantes a la lectura e investigación, ayudando a ubicar el material
buscado y manteniendo un ambiente adecuado para la lectura. Además,
trabaja para que la circulación del material sea expedita y mantiene la
colección bien clasificada y en buen estado.
• Funciones del cargo • PENDIENTE
12.6.6. Encargado/a de Convivencia Escolar
a) Cargo Coordinador de Convivencia Escolar
240
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Área de
Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo Psicosocial, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos.
d) Misión del Cargo
Promover el enfoque formativo, inclusivo y participativo de la convivencia
escolar implementando acciones, iniciativas, programas y proyectos que
fomenten el desarrollo de una convivencia escolar positiva. Considerando
el contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la
comunidad educativa. Aportando en la generación de una cultura de buen
trato de manera multidireccional y fortaleciendo el vínculo de trabajo
colaborativo entre las redes internas y externas
• Funciones del cargo
• El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad
se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es
una persona que genera actitudes de escucha, respeto y tolerancia,
acompaña constantemente en la resolución de conflictos, crea
conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y padres de familia,
los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela
además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores
aprendizajes en los estudiantes.
• Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones
de convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y
sistemática las habilidades sociales afectivas y cognitivas en los
estudiantes y comunidad escolar.
12.6.7. Coordinador/a Programa de Integración Escolar (PIE)
a) Cargo Coordinador/a PIE
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal PIE., Área de
Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Equipo profesionales PIE, Docentes, Asistentes de Educación y
Administrativos.
d) Misión del Cargo
Liderar un equipo multidisciplinario que, en conjunto, aporten al desarrollo
de prácticas pedagógicas de atención a la diversidad que favorezcan la
instalación de una cultura inclusiva dentro del establecimiento
• Funciones del cargo
• El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la
normativa vigente (Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de
Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se cumpla dentro del establecimiento
educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un clima escolar
inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias que favorezca la equidad de oportunidades en todos los
estudiantes y erradique las barreras del establecimiento.
12.6.8. Docente / Educadora de Párvulos
a) Cargo Docente / Educadora de Párvulos
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a Pedagógica, Coordinador/a de Convivencia
Escolar, Coordinador/a PIE
241
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula
d) Misión del Cargo
Entregar una educación integral, llevando a cabo los procesos sistemáticos
de enseñanza y formación, favoreciendo el desarrollo intelectual y
emocional de los alumnos, para así poder brindar mayores oportunidades
futuras.
• Funciones del cargo
• El docente de aula / Educadora es el profesional capaz de ejercer un
liderazgo pedagógico que comprometa activamente a sus estudiantes
con su proceso de aprendizaje. El/La docente / Educadora debe
mostrar un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus
tareas con eficiencia y calidad, mostrar habilidad para buscar, trabajar
colaborativamente y compartir nuevos conocimientos potenciando su
desarrollo personal y profesional,
• Debe tener capacidad de influir en la cultura del establecimiento
actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto
Educativo Institucional y como con los principios declarados en el
Estatuto Docente. Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener
disposición para acceder al perfeccionamiento y a nuevos
aprendizajes, y de esta forma adquirir las competencias para desarrollar
en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden superior, para el
logro de mejores aprendizajes.
Profesionales Programa de Integración
12.6.9. Docente Diferencial
a) Cargo Docente Diferencial
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General y Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula (Tutoras/es)
d) Misión del Cargo
Diseñar y planificar procesos educativos que atiendan a la diversidad, para
favorecer los aprendizajes de los estudiantes, principalmente a aquellos
que presentan NEE.
• Funciones del cargo
• El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
12.6.10. Kinesiólogo/a
a) Cargo Kinesiólogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Evaluar de manera funcional y psicomotriz a los y las estudiantes, siendo
una base para orientar a los docentes sobre el refuerzo y adquisición de
242
nuevos conocimientos, para que logren de mejor manera, su inserción al
sistema escolar regular.
• Funciones del cargo
• El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
12.6.11. Fonoaudiólogo/a
a) Cargo Fonoaudiólogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Facilitar la participación de todos los estudiantes dentro de la comunidad
educativa, especialmente de aquellos que presentan NEE asociadas a
lenguaje y comunicación.
• Funciones del cargo
• El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
detectar, diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan
Necesidades Educativas Especiales a nivel de sus competencias
comunicativas y de lenguaje, favoreciendo un clima escolar inclusivo y
de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con Profesores
de aula, Asistentes de la Educación, equipo Directivo y Apoderados.
12.6.12. Psicopedagogo/a
a) Cargo Psicopedagogo/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Asistentes de Aula (Tutoras/es)
d) Misión del Cargo
Diagnosticar y mejorar el sistema educativo de los y las estudiantes del
PIE, aportando ajustes en los métodos didácticos como en los pedagógicos
que intervienen en el desarrollo de su educación.
• Funciones del cargo
• El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá
diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades
Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados.
12.6.13. Psicólogo/a
a) Cargo Psicólogo/a Programa de Integración Escolar
243
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Formar parte del equipo de aula, desarrollando un trabajo colaborativo con
los profesores, participando en la planificación de los planes educativos
individuales PAI, proveyendo de acuerdo a sus competencias
profesionales, mejores respuestas educativas a los estudiantes con NEE y
el grupo curso en general.
• Funciones del cargo
• El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar
y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas
Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia
la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los
estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas
creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la
educación, equipo directivo y apoderados.
12.6.14. Terapeuta Ocupacional
a) Cargo Terapeuta Ocupacional
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría
General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Facilitar los procesos e interacciones de los estudiantes con Necesidades
Educativas Especiales (NEE), con la finalidad de favorecer su Desempeño
Ocupacional en el contexto educativo y Transición hacia una Vida Activa
(TVA).
• Funciones del cargo
El/La profesional Terapeuta Ocuacional del Programa de Integración
Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan
Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar
inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
integralmente a los estudiantes a través de la implementación de
estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de
aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados
Profesionales Departamento de Convivencia Escolar
12.6.15. Psicólogo/a
a) Cargo Psicólogo/a Convivencia Escolar
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord.
Departamento Conv.Es.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Favorecer oportunamente el proceso de enseñanza aprendizaje de los
estudiantes, por medio del desarrollo de capacidades y habilidades
educativas a nivel personal, grupal, institucional y comunidad,
considerando su contexto emocional, social, económico y cultural de cada
miembro de la comunidad educativa, con intervenciones eficientes y
cariñosas.
244
• Funciones del cargo
• El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de
contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual
o grupal, a través del trabajo con los estudiantes que presenten esta
necesidad, derivada de su desarrollo emocional o social, procurando en
su salud mental.
12.6.16. Trabajador/a Social
a) Cargo Trabajador/a Social
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord.
Departamento Conv.Es.
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Apoyar el proceso escolar de los y las estudiantes que presenten
dificultades en el ámbito social, especialmente a aquellos que se
encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, con el fin de favorecer
su permanencia en el sistema escolar.
• Funciones del cargo
• El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable
de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este
individual o grupal, a través del trabajo con os estudiantes que
presenten la necesidad de ser asistidos en el área social, procurando
propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro, adecuado y
socialmente equitativo en su desarrollo como persona.
12.6.17. Apoyo informático
a) Cargo Encargado/a de Apoyo Informático - REDES
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Vigilar la mantención y correcto funcionamiento de redes de internet y
material tecnológico para el correcto uso de ellos en el proceso educativo
de todos los miembros de la comunidad educativa.
• Funciones del cargo
• El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el
Profesional que deberá velar por el normal funcionamiento de las redes
de internet en las distintas dependencias del establecimiento, además
de mantener en óptimas condiciones el material tecnológico utilizado
tanto por los docentes, estudiantes y demás funcionarios del área
administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene una actitud
atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la
educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el
área de Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de
distintas tareas que se le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina
en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es
responsable en el cumplimiento de sus deberes.
Asistentes de la Educación
245
12.6.18. Secretaria
a) Cargo Secretaria / Administrativo
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Ejecutar las labores de apoyo administrativo designadas según su función,
en forma ordenada y de acuerdo a los plazos y normas establecidas, para
cumplir de forma correcta y oportuna los objetivos de su área.
• Funciones del cargo
• Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el
secretario para desarrollar de manera eficiente su labor profesional en
la oficina, esencialmente, son el buen trato, brindar un servicio de
calidad y calidez humana a los jefes, compañeros de trabajo, docentes
y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la imagen primera que tiene
la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a los visitantes.
• Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene
habilidades de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es
autónoma, es consciente de su rol y los lineamientos del PEI, con los
cuales se logra un alto rendimiento institucional para conseguir mejores
aprendizajes en los estudiantes.
12.6.19. Técnico en Párvulos
a) Cargo Asistente de Aula
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Coordinador/a pedagógico, Educadoras, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Asistir a los y las educadoras y docentes, complementando y apoyando las
actividades del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas,
recreativas y asistenciales de la educación parvularia.
• Funciones del cargo
• La Técnico en párvulos es la persona que acompaña en la labor
educativa a la Educadora, para propiciar un ambiente grato de trabajo,
cálido y agradable para establecer una relación de confianza entre el
adulto y el párvulo, debe ser proactiva en todos los espacios educativos
en que se desenvuelve, debe mantener una actitud atenta y afable al
requerimiento de los niños, atenta y cordial con los apoderados,
muestra empatía frente a sus pares y estudiantes, rigurosidad y
disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus
superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes
12.6.20. Tutor/a
a) Cargo Tutor/a
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica,
Inspector/a General, Coord. PIE
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes NEEP
246
d) Misión del Cargo
Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades
del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas
y asistenciales de la educación de los y las estudiantes con NEEP.
• Funciones del cargo
• El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o
más estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales
Permanentes (NEEP), favoreciendo un clima escolar inclusivo y de
respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente
a los estudiantes a través de la implementación de estrategias
diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula,
profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el
cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático.
12.6.21. TENS
a) Cargo Técnico en Enfermería
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Encargada/o de dirigir, supervisar y mantener activa una unidad de
atención de Primeros Auxilios y velar por el bienestar físico de los miembros
de la comunidad escolar a través de la resolución rápida y oportuna de
acciones asistenciales y educativas contribuyendo de esta forma, a
mantenerles en óptimas condiciones de salud.
• Funciones del cargo
• La o él TENS es la persona encargada de la Enfermería del
establecimiento, por lo tanto, es quién realiza las prestaciones de
Primeros Auxilios a los estudiantes luego de ocurrido un accidente
escolar o por complicaciones por alguna patología o enfermedad que
los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial.
• La o él TENS es empática, acogedora, proactiva y responsable en el
cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo.
12.6.22. Inspectores de Patio
a) Cargo Inspectores/as
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Estudiantes
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la
labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el
proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del
establecimiento.
• Funciones del cargo
• Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien
colabora en la orientación de los estudiantes en su conducta y actitud,
buenos hábitos y costumbres, es la persona que controla las
inasistencias atrasos presentación personal, lo cual incide en los
índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios y vela por que el
entorno estudiantil se mantenga aseado.
247
• La persona que cumple el rol debe ser empática, acogedora, proactiva
y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su
trabajo.
12.6.23. Apoyo Inspectoría
a) Cargo Apoyo Inspectoría
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo con el objetivo de
apoyar y colaborar con el proceso atención y funcionamiento de Inspectoría
General.
• Funciones del cargo
• Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en
todo momento actuar en forma coherente tanto con los valores del
Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la
profesión docente.
• Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas
encomendadas.
• Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un
ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.
12.6.24. Portero/a
a) Cargo Inspector/a portería
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la
labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el
proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del
establecimiento.
• Funciones del cargo
• El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena
conducta de estudiantes a la entrada y salida del establecimiento,
estimular las habilidades sociales de los estudiantes mediante el saludo
correcto. Mostrar un trato cordial frente a sus superiores, docentes,
padres y apoderados y sus pares.
• Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los
integrantes, mediante la recepción empático y acogedora.
• Es responsable en el cumplimiento de sus deberes.
12.6.25. Personal de Servicios
a) Cargo
Auxiliar de servicios menores de aseo y servicios menores de
mantenimiento.
b) Cargo (s) que los
supervisa
Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
248
c) Cargo (s) a los
cuales supervisa
Ninguno
d) Misión del Cargo
Brindar apoyo en las labores de cuidado, protección, mantención y limpieza
del establecimiento.
• Funciones del cargo
• El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante
función en las dependencias interiores y exteriores de la escuela, son
quienes exteriorizan con su ejemplo y sencillez un clima de respeto
hacia las personas con quienes comparten el día a día, deben ser
honestos, responsables y disciplinados al momento de acatar las
normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en
especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del
entorno, contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del
proyecto educativo Institucional.
12.7. Los mecanismos de comunicación
i. Para efectos formales de comunicación con madres, padres y/o apoderados se utilizará la libreta
o cuaderno de comunicaciones para contacto directo de las educadoras o docentes del nivel.
Adicionalmente están las instancias de reuniones.
ii. Como medio informal no oficial, puede considerarse los llamados telefónicos y/o mensajería vía
plataformas de contacto telefónico.
iii. Para información institucional, se utilizarán diversos medios como:
➢ comunicaciones impresas y plataforma de gestión escolar (LIRMI)
➢ publicación en paneles en espacios comunes del establecimiento.
➢ Publicación en página web institucional
➢ Publicaciones en RRSS (FanPage Facebook, Instagram)
12.7.1. Comunicación Familia-escuela
Todo estudiante debe contar con una apoderada/o titular y otro suplente, debidamente
oficializados al momento de la matrícula. El o la apoderada entregará al establecimiento
datos de contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo
electrónico, entre otros.
El/la inspector(a) general será responsable de mantener actualizado y operativo dicho
registro para su oportuna utilización en los casos pertinentes. La vía oficial de comunicación
entre el establecimiento y la familia, es la libreta de comunicaciones, la que él o la estudiante
deberá traer al establecimiento todos los días.
249
a) Reuniones de Apoderados
Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva
entre la o el profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los
aprendizajes de las y los estudiantes, abarcando tanto lo académico como la convivencia
escolar.
i. Cada curso realizará al menos 01 reunión bi mensual, las que se deben
desarrollar en un horario establecido, potenciando la participación activa de la
mayoría de lasy los apoderados.
ii. Las reuniones de apoderadas/os deberán ser planificadas y calendarizadas al
comienzo del año escolar, siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la
apoderada/o con una semana de anticipación a su fecha de realización.
iii. En cada reunión, las apoderadas/os recibirán información general de los avances
pedagógicos y formativos de su pupilo/a. Las apoderadas/os que no pudiesen
asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en
horarios de atención de apoderadas/os establecidos por la educadora
correspondiente, en la semana siguiente a la fecha en que se efectuó la reunión.
*No podrán ser sancionados las/os estudiantes cuyos apoderados/as no asistan a
reunión, ya que no es pertinente sancionar a un actor por el incumplimiento de un deber
de otro.
b) Entrevista con un/a Educadora/Docente
Para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia, el/la
apoderado/a, educadora/profesoras/es u otra/o profesional del establecimiento, podrán
solicitar una entrevista, en un horario prefijado en la unidad educativa.
i. Cada educadora/docente o profesional de apoyo del establecimiento, deberá fijar
un horario de atención de apoderadas/os, el cual será debidamente informado a
las familias de los/as estudiantes que atiende.
ii. Será un deber de las educadoras/docentes y profesionales de apoyo del
establecimiento que citen apoderadas/os, atenderles personalmente y no podrán
delegar esta función en otra persona o funcionario de la unidad educativa la
citación a un/a apoderado/a o la solicitud de reunión con un Docente o Directivo,
por parte de este, deberá ser informada al establecimiento con un mínimo de tres
días de anticipación y explicitando claramente su objetivo y tema a tratar.
13. REGULACIONES REFERIDAS A LOS PROCESOS DE ADMISIÓN
“Los procesos de admisión de estudiantes a los establecimientos educacionales se realizarán por medio
de un sistema que garantice la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades, y que vele por el
250
derecho preferente de los padres, madres o apoderados de elegir el establecimiento educacional para
sus hijos”24
Para el proceso de matrículas da conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley General de
Educación y según se indica en el Sistema de Admisión Escolar para educación parvularia a lo
consignado en el Decreto N°152 el cual aprueba Reglamento del proceso de admisión de los y las
estudiantes de establecimientos educaciones que reciben subvención a la educación gratuita o aportes
del estado.
Las edades correspondientes cada nivel corresponden a:
• Para Nivel de Transición 1 (NT1), los estudiantes inscritos deben tener 4 años al 31 de marzo.
• Para Nivel de Transición 2 (NT2), los estudiantes inscritos deben tener 5 años al 31 de marzo.
“Los procesos de admisión de alumnos y alumnas deberán ser objetivos y transparentes, publicados en
medios electrónicos, en folletos o murales públicos. En ningún caso se podrán implementar procesos
que impliquen discriminaciones arbitrarias, debiendo asegurarse el respeto a la dignidad de los alumnos,
alumnas y sus familias, de conformidad con las garantías reconocidas en la Constitución y en los tratados
internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile, en especial aquellos que versen sobre
derechos de los niños y que se encuentren vigentes.”25
1) Se publicará en todos los medios de comunicación, detallados en 11.7 de este documento, y que
sean de uso de nuestro establecimiento las fechas de postulación y vacantes disponibles para
cada nivel, así como también las fechas de los resultados.
2) En la misma publicación se indicará los antecedentes y/o documentación a presentar.
14. COBROS
El establecimiento no solicita pago alguno por concepto de matrícula, mensualidad o para insumos
propios del quehacer educativo. Por tal razón, cualquier aporte que se realice para actividades, será de
carácter voluntario.
15. REGULACIONES UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL
15.1. Uniforme Escolar
El Decreto Supremo Nº 215 del Ministerio de Educación del año 2009, establece que los
directores de los establecimientos educacionales que cuenten con reconocimiento oficial, podrán
con acuerdo del respectivo Centro de padres y Apoderados, Consejo de Profesores, y previa
24
(DFL 2 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS
DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005, 2010)
25
(DFL 2 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS
DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, 2010)
251
consulta al Comité de Seguridad Escolar, establecer el uso obligatorio del uniforme escolar. Se
deberá procurar que éste sea económico y no ostentoso de manera que no sea un impedimento
para que los niños, niñas y jóvenes puedan asistir a sus instituciones educativas.
En caso que el uso del uniforme sea obligatorio, los directores de los establecimientos
educacionales por razones de excepción y debidamente justificada por los padres o
apoderados, podrán eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o
parcial del uniforme.
En ningún caso, el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la
prohibición de ingresar o permanecer en el establecimiento educacional. Sin embargo, los
estudiantes deben presentarse y retirarse diariamente con uniforme institucional del colegio
completo y bien presentado (limpio, ordenado, correspondiendo a la talla del estudiante)
Uniforme para niñas
Uniforme Formal Oficial Uniforme Deportivo / Diario
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional c/ cuello de piqué
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado y tomado concollet color azul,
gris, blanco o negro.
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional deportiva(cuello redondo)
• Calzas azules deportivas / Short azul deportivo
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado y tomado con collet color azul,
gris, blanco o negro.
Uniforme para niños
Uniforme Formal Oficial Uniforme Deportivo / Diario
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional c/ cuello de piqué
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado
• Buzo deportivo institucional
• Polera institucional deportiva (cuello redondo)
• Short azul deportivo
• Zapatillas deportivas color blanco
• Cabello peinado
*NOTA: EL USO DEL UNIFORME OFICIAL FORMAL SERÁ UTILIZADO PARA CEREMONIAS O ACTOS DE
PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL, PREVIAMENTE SEÑALADOS Y/O PARA CADA DÍA LUNES SEGÚN SEA
INDICADO POR INSPECTORÍA GENERAL.
El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, no es
sancionado para educación parvularia, pero cuando ocurra debe ser informado por el/la apoderado/a a
la educadora para exponer la razón.
Los y las estudiantes pueden participar en las actividades del colegio sin su uniforme, debiendo ser
autorizados y como caso excepcional por motivos justificados por el padre, apoderado o adulto
responsable.
252
15.2. Higiene Personal
El cuidado e higiene personal es un área formativa y abordable en todos los y las estudiantes y
es deber de los padres y apoderados junto con todos los agentes educativos velar por su
cumplimiento.
15.2.1. Corte de cabello
• Varones: Cabello ordenado, evitando un largo excesivo que entorpezca su desempeño.
• Damas: Color de cabello natural, sin tinturar. Amarrado, tomado a elección, dejando el
rostro despejado. Se sugiere el uso de collets de colores institucionales.
15.2.2. Limpieza de uñas
Las uñas deben estar cortas y limpias tanto en niñas como niños, evitado así que mientras juegan
puedan arañarse accidentalmente.
15.3. Regulaciones sobre uso de uniforme, ropa de cambio y pañales
a) El uniforme podrá ser adquirido en el lugar que mejor se ajuste al presupuesto familiar.
b) Su utilización es obligatoria, pero pudiendo eximirse de forma total o parcial de su uso para los
párvulos, en formas excepcionales, debiendo previamente justificar el padre, la madre o el
apoderado.
c) De ser necesario el padre, la madre o el apoderado deberá enviar ropa de recambio,
considerando las necesidades particulares del niño/niña.
d) Cada apoderado deberá firmar al momento de la matrícula, una autorización para realizar una
muda de emergencia y/o el traslado del/la estudiante a su hogar ante una situación excepcional,
en la cual no haya podido ser contactado vía telefónica ni tampoco el apoderado suplente,
fundamentado en el bienestar e interés superior del niño y la niña. (ver anexo)
e) Ante una situación de emergencia, que amerite el cambio de ropa de el/la estudiante, se
comunicará vía telefónica con el apoderado, solicitando su presencia en la inmediatez
presentándose con un cambio de vestimenta, para realizar la muda correspondiente.
f) Si el paso anterior fracasa, se procederá a comunicar al apoderado suplente para realizar la
misma acción.
g) De no tener éxito en los pasos anteriores, se procederá a facilitar alguna ropa limpia/seca, que
se disponga en ese momento, la cual será mudada por la educadora/técnico respectivo del grupo
curso al cual pertenezca el/la estudiante, que será acompañada y/o asistida por la inspectora del
nivel. Posteriormente se procederá a trasladar a el/la estudiante a su hogar, considerando el
interés superior del niño y la niña.
253
(Ver Anexo DOCUMENTOS, AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA REALIZAR MUDA DE
ROPA A PÁRVULO, EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU
HOGAR)
16. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD, LA HIGIENE Y LA
SALUD
16.1. Plan Integral de Seguridad Escolar. (Ver anexo PISE)
16.2. Medidas orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud en el
establecimiento
El Reglamento Interno debe determinar las medidas necesarias para garantizar la higiene de los
espacios que habitan los párvulos, de los elementos de uso cotidiano y también de las condiciones
referidas a su cuidado, con el propósito de resguardar la salud e higiene de éstos y toda la comunidad
educativa. Adicionalmente, en el nivel parvulario, la implementación de dichas medidas contribuye con
el desarrollo de los niños y las niñas, y la construcción de sus aprendizajes.26
16.2.1. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento
a) Medidas de higiene del personal que atiende a los párvulos.
Los y las funcionarios/as que atiendan a los párvulos ya sea al interior del espacio áulico o en el comedor
deberán mantener una higiene constante de manos. Especialmente al momento de asistir en la muda
de ropa o en la distribución de los alimentos.
b) Consideraciones generales sobre higiene en momento de uso de baños.
• Limpieza diaria y constante de los espacios de SSHH, a lo menos cada vez que se utilicen.
• Se utilizarán diversos productos de limpieza, desinfección y químicos que permitan garantizar
una adecuada higienización de todos los elementos y espacios (lavamanos, wc, pisos, espejos,
papeleros, etc.)
Los párvulos son acompañados hasta la puerta, en donde se les proporciona papel higiénico y jabón
para que en forma autónoma ocupen los servicios higiénicos, siempre con la supervisión de la técnico
y/o Educadora.
c) Consideraciones generales sobre higiene en el momento de alimentación.
• El personal de servicios es el encargado de mantener la limpieza y ventilación de los comedores.
• La limpieza del comedor para uso de párvulos se realiza diariamente limpiando las mesas, sillas
y sus pisos. La limpieza se realiza antes y después que los párvulos consuman sus alimentos.
Los pisos del comedor son limpiados diariamente, optimizando así los estándares de higiene de
éstos.
26
Superintendencia de Educación. (2019). Circular de Reglamentos Internos para establecimientos de Educación Parvularia (p.
22). Santiago.
254
• El personal de servicios deberá ejecutar todas las acciones necesarias para mantener el recinto
en condiciones higiénicas óptimas.
• Se evaluará semestralmente el estado de la infraestructura, del espacio físico interno tales como
iluminarias, techos, murallas, sillas y mesas entre otros.
d) Consideraciones generales sobre higiene en aula
• El aseo de las aulas será diario, al finalizar cada jornada por el personal de servicios.
• Durante la jornada de clases, las aulas deberán permanecer ventiladas a través de puertas o
ventanas que deben estar abiertas de forma permanente, siempre y cuando la temperatura
ambiente lo permita.
• El material didáctico de uso comunitario debe ser desinfectado cada vez que finalice su uso por
el personal en sala.
• A su vez colchonetas y mobiliario de forma diaria.
• Para evitar la presencia de plagas, se realizará fumigación de espacios según calendario de
CORMUDESPA, la cual será su responsabilidad.
16.2.2. Medidas orientadas a resguardar la salud en el establecimiento
Todas las medidas dispuestas, deben tener como finalidad disminuir los contagios que puedan afectar
la continuidad del servicio educativo y, por ende, las oportunidades de aprendizaje de las niñas y niños.
Lo anterior, con el objetivo de resguardar el interés superior del niño y la niña directamente afectado o
afectada y de sus pares. (Superintendencia de Educación, 2019)
a) La promoción de acciones preventivas
Se dará especial énfasis en la información al hogar en tales como adhesión a campañas
de vacunación, informativos de prevención de enfermedades estacionales,
recomendaciones de autocuidado, diagnósticos tempranos y control de Niño Sano.
b) Acciones frente a enfermedades transmisibles más comunes y de alto contagio
i. En el caso de que un/una estudiante presente alguna sintomatología de una
enfermedad transmisible o de alto contagio, se informará a la familia a fin de que
tome las medidas que sean necesarias.
ii. Ventilar los espacios y/o ambientes donde hubo presencia de el/la estudiante con
sintomatología.
iii. Desinfección de espacios con aerosol, toallitas desinfectantes u otro elemento que
se indique.
iv. Indicación de acciones de autocuidado orientado al resto del grupo curso y adultos
a cargo.
v. Se informará a la familia del resto de las y los estudiantes a fin de que observen
si se generó algún contagio
255
c) Procedimiento para el suministro de medicamentos a niños y niñas por parte del
personal del establecimiento.
Las educadoras y sus asistentes no podrán administrar ningún medicamento a las y los
estudiantes. Salvo autorización escrita del padre, madre o apoderado y con el debido
respaldo médico que señale medicamentos a administrar, dosis, duración del tratamiento
y frecuencia podrá realizar la acción en su defecto el/la profesional TENS.
d) Procedimiento para el traslado de los párvulos a un centro de salud
i. Si el/la estudiante repentinamente empeora su condición y existe riesgo vital, es
necesario tomar la decisión correcta y así favorecer la atención oportuna, se
realizará el traslado de el/la estudiante al centro asistencial más cercano.
ii. La persona responsable de su ejecución será el profesional TENS, en compañía
de Inspector/a General.
iii. Paralelamente, un funcionario/a de inspectoría se encargará de dar aviso a la
madre, padre o apoderado vía telefónica.
e) Requerimientos para el reingreso de un párvulo
Para que un/una estudiante de párvulos se reintegre al establecimiento luego de
inasistencia pro enfermedad, el/la apoderado/a deberán presentar en inspectoría un
documento emitido por el médico tratante que certifique que el o la estudiante se
encuentra de alta.
17. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA
Es obligatorio que todo Reglamento Interno contemple los siguientes contenidos:
17.1. Regulaciones técnico-pedagógicas
La organización pedagógica del equipo educativo de educación parvularia de la escuela Básica Estrella
del Sur, está conformado por:
a) Jefa/e de Unidad Técnica
b) Coordinador/a de Ciclo,
quienes tienen la responsabilidad de gestionar la organización curricular, la evaluación del aprendizaje,
la supervisión de tareas pedagógicas y la coordinación de perfeccionamiento docente.
A su vez, el equipo educativo del nivel está conformado por el/la Jefe/a de Unidad Técnica,
Coordinador/a de ciclo y educadoras, quienes tienen la responsabilidad de la toma de decisiones
respecto a las materias que se enuncian anteriormente a través de reuniones de coordinación.
El Plan de Estudio de Educación Parvularia será en los siguientes ámbitos: Desarrollo Personal y Social,
Comunicación Integral, Interacción y Comprensión. Para su evaluación ver (art. 10° REGLAMENTO DE
EVALUACIÓN)
En relación a la escala de calificación en Educación Parvularia ver (art 16° REGLAMENTO DE
EVALUACIÓN)
256
17.2. Regulaciones sobre estructuración de los niveles educativos y la trayectoria de los párvulos
• Primer Nivel Transición: 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.
• Segundo Nivel de Transición: 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar
correspondiente.
17.3. Regulaciones sobre salidas pedagógicas
Cada curso podrá organizar paseos y/o salidas pedagógicas del establecimiento, las que consisten en:
• Salidas Pedagógicas: Actividades de aprendizaje organizadas y desarrolladas fuera del
establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de uno o varios de los
subsectores y complementarias al proceso de enseñanza. Se desarrollan en horario de clases y
deben contar siempre con la supervisión del docente del subsector respectivo. Por ejemplo,
salidas a museos, zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, etc.
Se requerirá solicitar la autorización a la Dirección del establecimiento al menos con 15 días de
anticipación, adjuntando la autorización escrita de todos/as las y los apoderadas/os de las y los
estudiantes participantes y el patrocinio Núcleo de Educación.
a) Responsabilidad Escuela:
1) Entrega por escrito del o los objetivos pedagógicos que se tratarán en la salida pedagógica a
Dirección. A los estudiantes y apoderados se les informará por medio de una reunión los detalles
de salida, retorno y horarios de la actividad, lugar a visitar y medio de trasporte a utilizar.
2) Entregar con tiempo prudente, las autorizaciones respectivas para ser firmadas por el
padre/madre, apoderado y/o tutor.
3) La educadora/el docente a cargo deberá llevar un listado de los estudiantes autorizados para la
salida, en que se registrará la asistencia, que incluya números de teléfonos de apoderados en
caso de emergencias, e incluso situaciones especiales.
4) En caso de que un/una estudiante se encuentre bajo algún tratamiento médico o sufra alguna
condición de salud específica, deberá estar respaldado por su certificado médico (plazo final de
entrega de papel médico, 4 días antes de la salida a terreno)
5) La educadora/docente responsable de la salida pedagógica, deberá portar 03 formularios de
accidente escolar. (por precaución)
6) De sufrir algún accidente, el estudiante será trasladado al Servicio de salud más cercano,
informando inmediatamente al apoderado y Dirección.
7) Las educadoras/docentes y técnicos de párvulos responsables acompañaran en todo momento
a los estudiantes, procurando el reguardo físico y emocional de los mismos.
b) Responsabilidad Estudiantes:
1) Seguir las instrucciones del personal a cargo, el cuidado del transporte, el respeto por el entorno
físico a visitar (por ejemplo, el de no caminar a lugares no permitidos.)
2) Intencionar el autocuidado, generando un clima de sana convivencia, procurando el buen trato,
un vocabulario respetuoso, aprovechando al máximo el carácter pedagógico de la salida. (En
caso de que se genere una alteración grave a la sana convivencia, la educadora/docente
responsable, tendrán la facultad para decidir el retorno inmediato de la delegación completa)
257
3) Evitar toda acción temeraria que ponga en riesgo a cualquier integrante de la delegación con
acciones como:
a) Separarse del grupo.
b) Atravesar barreras de prohibición
c) Se debe utilizar el cinturón de seguridad en todo el viaje, tanto de ida, como de retorno
4) Colaborar y acatar las normas de la Escuela en todo momento, esto implica que no pueden tomar
sus propias determinaciones, tener una actitud proactiva, apoyando el orden del grupo.
c) Responsabilidad de la madre, padre, apoderado y/o tutor:
1) Cada apoderado deberá firmar con anticipación la autorización de la salida pedagógica, en el tiempo
estipulado, en caso de no cumplir con las fechas pactadas, el estudiante no podrá asistir a la
actividad. Sólo se aceptará la autorización por escrito y bajo firma.
2) Es su responsabilidad, entregar en un plazo máximo de 04 días antes de la actividad, el/los
certificados médicos que respalden algún tratamiento médico o condición de salud específica del
párvulo, dicha situación debe ser presentada en Inspectoría, quien a su vez lo informará a la
educadora/docente encargado de la actividad y a UTP.
3) Enviar a su pupilo/a con la presentación personal acorde al clima y circunstancia de la salida, según
corresponda (uniforme oficial, ropa deportiva, zapatillas, gorro para evitar el sol, ropa de recambio,
botellas con agua, bloqueador solar)
4) Apoyar, aprovisionando los recursos necesarios requeridos (ej: botella de agua, bloqueador solar,
colaciones, ropa deportiva para la caminata, papel higiénico, etc.)
5) Promover el autocuidado de su pupilo/a, respeto del entorno y seguir las instrucciones y normas
establecidas por la escuela y el adulto responsable, para mantener la seguridad.
* Procedimiento detallado se encuentra en Protocolo para Salidas Pedagógicas
18. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO
La normativa educacional define la buena convivencia como “La coexistencia armónica de los miembros
de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos, en un clima que propicia el desarrollo integral de los
estudiantes”27
Contemplar la política de buen trato hacia los educandos para brindar una educación de calidad es un
desafío que se orienta a concebir a los niños y niñas como sujetos de derecho. Estas son las definiciones
respecto a los términos que convocan la elaboración de este documento respecto a una política de buen
trato:
a) Definición de buen trato
Forma de relación que se caracteriza, por reconocer y valorar al otro con empatía, comunicación
efectiva y la resolución de conflictos. Estas relaciones generan un ambiente favorable para el
bien estar y el óptimo desarrollo de los educandos.
27
Artículo 16 A de la Ley General de Educación.
258
b) Promoción de buen trato en Educación Parvularia
Para promoción del Buen Trato en Educación Parvularia, se realiza un plan de intervención
standard (para intervención de nivel) y específico (casos especiales) elaborado por la dupla
psicosociales del Dpto. de Convivencia Escolar, el cual consta de diversas actividades que
fomentan:
i. Promoción de valores de buena convivencia
ii. Confianza entre el educador y los estudiantes
iii. Modelamiento de conductas
iv. Uso de refuerzos positivos
los cuales asegurarán que en un futuro próximo las habilidades sociales de los estudiantes de
educación parvularia, se vean enriquecidas.
18.1. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar
El Consejo Escolar tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida
darle carácter resolutivo. En todo caso el carácter resolutivo del Consejo Escolar podrá revocarse por
parte del sostenedor al inicio de cada año escolar.28
De acuerdo a la Ley 19.979, el consejo escolar es una instancia colegiada en la que participan
representantes de cada estamento de la comunidad escolar. Posee un carácter consultivo y debe ser
informado oportunamente sobre todos los ámbitos de funcionamiento del establecimiento educacional.
Los integrantes del consejo escolar son:
• Director/a
• Sostenedor/a o su representante.
• Un/a representante de las y los docentes.
• Una representante de la educadoras
• Coordinador/a de Convivencia Escolar
• Un/a representante de las y los estudiantes.
• Un/a representante de las y los apoderadas/os.
• Un/a representante de las y los asistentes de la educación
El consejo escolar debe sesionar al menos dos veces por semestre y su oportuna convocatoria será
responsabilidad de la dirección del establecimiento. Los aspectos mínimos que deben ser presentados
y trabajos por el consejo escolar son:
• Proyecto Educativo Institucional.
• Manual de Convivencia.
• Programación anual y actividades extracurriculares.
28
(LEY 19979, MODIFICA EL REGIMEN DE JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA Y OTROS CUERPOS LEGALES, 2004)
259
• Planes de mejoramiento.
• Cuenta anual.
• Metas de gestión
• Fiscalizaciones
18.2. Del encargado de convivencia
Nuestro establecimiento cuenta con un Coordinador/a de convivencia escolar, cuyo nombramiento y
definición de funciones deben constar por escrito. De acuerdo a la Ley Sobre Violencia Escolar, se
establece que sus principales funciones son:
➢ Participar activamente del equipo de gestión en la implementación del Proyecto Educativo
Institucional.
➢ Promover la creación y funcionalidad de un Equipo de Convivencia Escolar en el establecimiento.
➢ Promover, monitorear y evaluar la ejecución del Plan de Gestión de Convivencia Escolar,
aprobado por el Consejo Escolar, generando estadísticas e indicadores de logro, asociadas a las
acciones implementadas.
➢ Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración,
implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que
fomenten la buena Convivencia Escolar.
➢ Participar, coordinar y liderar un trabajo colaborativo entre el Consejo Escolar, Equipo de
Convivencia y su cargo en materias de gestión y educación de la convivencia escolar.
➢ Potenciar el trabajo en red con organismos e instituciones de la comuna y otros establecimientos
educacionales en materias de convivencia escolar.
18.3. Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de
participación y los mecanismos de coordinación entre éstas y los
establecimientos
18.3.1. Centro de General de Padres y Apoderadas/os.
Las y los apoderadas/os podrán organizarse voluntariamente en un centro general de apoderadas/os.
Con esta organización las y los apoderadas/os podrán involucrarse y aportar significativamente en los
procesos de aprendizaje y el quehacer institucional de la unidad educativa.
El centro general de apoderadas/o tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser
parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de apoderadas/os será dirigido por
una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos:
d. Presidenta/e.
e. Secretaria/o.
f. Tesorera/o.
260
El centro general de apoderadas/os es una organización autónoma, que puede optar incluso a la
obtención de una personalidad jurídica, por lo que su funcionamiento no debe ser tutelado o
condicionado por el equipo directivo del establecimiento.
Constituye una instancia formal de participación y representación de un estamento escolar, por lo que
debe ser considerada, invitada y consultada frente a ámbitos como:
• Proyecto educativo institucional.
• Manual de convivencia.
• Actividades extracurriculares.
• Planes de mejoramiento.
18.3.2. Consejo de Profesores/as.
El consejo de profesores/as es conformada por todas y todos los docentes del establecimiento, así como
por las y los asistentes de la educación de acuerdo a los requerimientos de los temas a tratar. Su
realización debe ser periódica, sistemática y planificada.
Los consejos de profesores/as serán dirigidos por un/a directivo/a y tendrán los siguientes objetivos:
• Evaluación académica trimestral, semestral y anual según corresponda.
• Evaluación disciplinaria ya sea para casos particulares o colectivos (curso).
• Diseño, planificación y coordinación de aspectos técnico pedagógico.
• Promover e incentivar el perfeccionamiento vinculado a innovaciones curriculares.
• Planificar, coordinar y evaluar el abordaje pedagógico de aspectos relacionados con la convivencia
escolar.
• Planificar y evaluar ceremonias y actos cívicos, actividades extracurriculares y paseos y salidas
pedagógicas del establecimiento.
Durante el desarrollo de los consejos de profesores/as la actitud de las y los participantes debe ser
atenta, participativa y profesional. El Consejo de Profesores podrá tener carácter resolutivo en materias
técnico pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del establecimiento.
Queda estrictamente prohibido utilizar dicha instancia para la venta de productos o servicios, la revisión
de pruebas o trabajos o cualquier actividad que no corresponda al sentido del consejo.
18.4. Plan de Gestión de Convivencia
(Ver Anexo)
18.5. Restricciones en la aplicación de medidas disciplinarias en el nivel de Educación Parvularia
En el nivel de Educación Parvularia, la alteración de la sana convivencia entre niños y niñas, como
asimismo entre un párvulo y un integrante de la comunidad educativa, no da lugar a la aplicación de
ningún tipo de medida disciplinaria en contra del niño o la niña que presenta dicho comportamiento, por
cuanto, éste se encuentra en pleno proceso de formación de su personalidad, de autorregulación y de
aprendizaje de las normas que regulan su relación con otros.
261
En esta etapa, es clave el aprendizaje de la resolución pacífica de conflictos, lo que implica aprender a
compartir, a jugar y relacionarse con el entorno social y cultural.
262
PROTOCOLOS DE
ACTUACIÓN
263
1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A DETECCIÓN DE
SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS
PÁRVULOS NO CONSTITUTIVAS DE DELITO
Son situaciones de riesgo de vulneración de derechos de los párvulos aquellas en que se atenta contra
los derechos de los niños y niñas que son parte de la comunidad educativa, que no se configuran como
delitos o hechos de connotación sexual. Este protocolo contempla, procedimientos específicos para
abordar las situaciones de vulneración de derechos, tales como descuido o trato negligente.
Son ejemplos de vulneración de derechos de los párvulos:
1) Cuando no se atienden sus necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario, vivienda
y protección.
2) Cuando no se les proporciona atención médica básica, o no se les brinda protección y/o se les
expone ante situaciones de peligro.
3) Cuando no se atienden sus necesidades psicológicas o emocionales.
4) Cuando existe abandono, y/o cuando se les expone como espectadores a hechos de violencia
o de uso de drogas ilícitas.
ACCIONES Y/O PASOS A SEGUIR
Detección
1) De visualizar conductas negligentes por parte del adulto responsable del estudiante, la
educadora o técnico correspondiente, deberán informar por escrito a la brevedad al
departamento de convivencia escolar.
2) Si existe la sospecha de vulneración de derechos, las educadoras del nivel o la técnico
correspondiente, deberán informar a la brevedad al departamento de convivencia escolar,
para ser atendido por la dupla psicosocial respectiva.
Indagación
3) Una vez recibido el caso, la dupla psicosocial referirá acta de entrevista con la educadora,
técnico o inspectora del nivel para complementar información obtenida del primer relato.
4) Si se detecta que el estudiante es usuario de la red de protección de SENAME, se deberá
solicitar la triangulación de la información con la finalidad de que la dupla interviniente desde
el programa base, tome conocimiento de los nuevos hechos.
5) Si el estudiante no es usuario de la red de protección SENAME, se requerirá de forma
inmediata al adulto responsable para conocer contexto de la situación detectada.
Información
6) Se procederá a informar a Inspectoría General y Dirección sobre situación detectada y
proceso indagatorio, según levantamiento de información.
Denuncia
7) De no presentarse el apoderado, se procederá a realizar la denuncia correspondiente a
OPD, Carabineros de Chile o en su defecto a los organismos competentes de la comuna.
264
Acción Descripción Responsables
Plazo
pronunciamiento
Detección
Si existe la sospecha de vulneración de
derechos, las educadoras del nivel o la técnica
correspondiente, deberán informar a la
brevedad al coordinador de convivencia
escolar, quien derivará a dupla psicosocial del
nivel.
• Educadora
• Técnico Asistente
• Inspectora de patio
• Coord. Convivencia
Escolar Inmediato
(apenas sea detectado
el hecho)
Indagación
Una vez recibido el caso, la dupla psicosocial
referirá acta de entrevista con la educadora,
técnico o inspectora del nivel para
complementar información obtenida del primer
relato.
Dupla psicosocial
Paralelamente, requerirá de forma inmediata,
vía telefónica, a entrevista al apoderado del
estudiante para conocer contexto de la
situación detectada.
En las primeras 24
horas de detección del
hecho.
Información
Se procederá a informar a Inspectoría General
y Dirección sobre situación detectada y proceso
indagatorio.
• Coord. Convivencia
Escolar
Denuncia
De no presentarse el apoderado, se procederá
a realizar la denuncia correspondiente a OPD o
en su defecto a Carabineros de Chile
• Coord. Convivencia.
Escolar
• Dupla psicosocial
265
2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE
MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN
SEXUAL
ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL
El primer paso previo ante cualquier intervención protectora, consiste en identificar aquellos signos,
señales y/o indicadores que dan cuenta que un niño, niña o adolescente puede ser víctima de alguna
situación maltratante. Esto es considerado la primera condición para intervenir en casos de maltrato
infantil y posibilitar así la ayuda necesaria. Cuando se habla de responsables de la detección de
situaciones de desprotección infantil se plantean dos fuentes (Junji,2009):
• La primera dirigida a los ciudadanos en general (vecinos, familiares, conocidos, etc.).
• La segunda, todos aquellos profesionales en contacto con la infancia (personal sanitario,
profesorado, servicios de salud, entre otros).
Para los profesionales en contacto con la infancia, la labor de detección debe estar orientada a conocer
factores de riesgos, señales de alerta o indicadores de maltrato y/o abuso sexual infantil entre los que
destacan:
La detección de factores de
riesgo
Son factores personales y/o socio familiares que
pueden precipitar la situación de maltrato. Estos
pueden asociarse a la condición del niño, la niña, la
familia, contexto social o ambiental.
La detección de las señales
de alerta
Corresponden a signos o síntomas que indican algún
desajuste en el desarrollo físico o emocional de un niño
y que parece poco acorde a la etapa evolutiva en la que
se encuentra. Acá es importante valorar si los síntomas
son resultados de una situación de maltrato o alguna
otra situación de origen diferente que está afectando al
niño, niña o adolescente
La detección de indicadores
de maltrato infantil.
Se trata de signos objetivos que estarían asociados a
una manifestación concreta del maltrato infantil.
En términos generales, la labor debe centrarse en poner atención a cualquier cambio brusco en el
comportamiento, signos, señales e indicadores de maltrato infantil que pueda presentar un niño.
Acoger, sin interrogar, el relato de este o algún adulto significativo acerca de situaciones que hacen
pensar en maltrato o agresión sexual infantil. En particular, la determinación de un caso de maltrato
infantil es conveniente efectuarla de acuerdo con los cuatro elementos centrales que se describen en el
siguiente cuadro (Observatorio de la Infancia (2006):
Historia
Son datos aportados por el propio niño, otros
profesionales (educador, docentes, médicos,
trabajadores sociales, psicólogos etc.,) y/o personas
cercanas al niño o a su grupo familiar, como vecinos o
amigos.
Observación, indicadores
comportamentales y/o
físicos.
Consiste en visibilizar indicadores físicos y/o
comportamentales tanto en el niño, como en la figura
del acompañante y/o supuesto agresor. Atender al
aspecto externo que presenta el niño, sus relaciones
266
con sus pares u otros adultos (por ejemplo: asistencia
al colegio, contacto con la familia, etc., )
Datos sociales
Se trata de identificar los factores de riesgos como los
de protección que cuenta el niño, niña o el adolescente,
y que permiten una mejor comprensión de la situación,
así como también una adecuada toma de decisiones,
Además, es clave informarse sobre la situación que
atraviesa el niño a nivel familiar. Por ejemplo, si vive
con su familia de origen u otra sustituta.
Antecedentes
complementarios
Es relevante contar con los antecedentes médicos
(lesiones, anamnesis en casos de negligencia),
escolares, informes de derivación, informes de
rehabilitación en caso de contar con alguna
discapacidad que merme su autonomía, psicológicos,
interconsultas, etc.).
24.1. INDICADORES DE NEGLIGENCIA
Comprende la falta de cuidados necesarios e indispensables para garantizar la conservación de la salud
en las distintas áreas requeridas por un niño, niña o adolescente: física, mental y social.
Indicadores físicos
asociados al niño
• Alimentación inadecuada a las necesidades
que posee el niño.
• Vestuario inadecuado a la época y a las
condiciones climáticas.
• Presencia de suciedad y falta de higiene en la
presentación personal del niño.
• Retraso en crecimiento talla y peso.
• Por largos períodos de tiempo se encuentra sin
supervisión.
• Condiciones domésticas peligrosas para el
niño.
Indicadores
comportamentales y
sociales asociados al niño
• El niño pide o roba comida.
• Suele quedarse dormido y no asiste a clases.
• Manifiesta verbalmente ausencia de una
persona que le cuide.
• Se ausenta del hogar por períodos largos.
• • Socialización de calle.
• Mantiene vinculación con grupos de pares o
mayores a su edad en contextos delictivos
Indicadores emocionales,
comportamentales y
sociales de los padres o
cuidadores
• Abuso de alcohol o drogas.
• Apatía o indiferencia hacia el hijo o la hija.
• Bajo nivel intelectual o mentalmente enfermo.
Exploración de datos de anamnesis Observación física
y/o antecedentes entregados por examen de salud
general del niño o niña Observación directa de
conductas y actitudes del niño como del adulto a cargo
de su cuidado
267
• Despreocupación por enfermedades del hijo sin dar
cumplimiento a las indicaciones dadas por los
especialistas.
• Adultos con exceso de actividades sociales o
laborales.
• Conductas de compensación material hacia el hijo.
• Se delega el cuidado en terceros con dudosa
capacidad.
• Permisividad en el ausentismo escolar.
• Aislamiento social progresivo con la consiguiente
reducción del espacio vital y red social.
24.2. INDICADORES DE MALTRATO FÍSICO
Todo maltrato físico comprende un acto no accidental que provoca un daño o situación de sufrimiento
para un niño, niña o adolescente. En este contexto se debe atender a algunos de los siguientes
indicadores, según el MINSAL y MINEDUC (2013).
A continuación, se describen los indicadores físicos más frecuentemente observados en niños, niñas o
adolescentes que han sufrido algún tipo de maltrato físico (MINSAL, 2013).
Lesiones cutáneo- mucosas
(hematomas y contusiones,
equimosis, heridas incisas o
contusas, erosiones,
pinchazos)
• Magulladuras.
• Moretones en forma de mano, palo, marca de
apretón.
• Contusión en el cuello que pueden tener como causa
intento de estrangulamiento.
•Moretones en tobillos y muñecas que pudieran dar
cuenta de haber estado amarrado.
•Pérdida de piezas dentales.
• Cortes o pinchazos de objetos punzantes.
• Hemorragias oculares.
•Fracturas en huesos largos, cráneo, costillas,
vertebras, etc.
• Lesiones viscerales expresadas por medio de
síntomas como: hinchazón, dolor abdominal, dificultad
respiratoria, vómitos, hemorragias.
Quemaduras
• De cigarros en manos, pies, brazos, piernas o cuello.
• Con líquidos u objetos calientes.
• Que reproducen el objeto que las provocó: plancha,
fierros, etc.
• En lugares donde no se espera que exista contacto
con un objeto caliente, por ejemplo, planta de los pies,
dorso de la mano.
Alopecias traumáticas
• Se entenderá en estos casos, aquellas zonas con
presencia de arrancamiento de cabello, que no
respondan a una condición médica.
Mordeduras
• Estas pueden ser un indicador de sospecha en tanto
reproducen la arcada dentaria humana.
Lesiones oculares
• Este tipo de lesiones producidas por el impacto
directo en la zona del ojo y que, entre otras
268
• Uso de disciplina en forma severa e impropia, y la validación de este como forma de
crianza, en cualquiera de sus modalidades. Los golpes se presentarían como un derecho
a corregir al hijo.
• Uso de alcohol y drogas.
• Despreocupación por las necesidades del niño.
• Descripción negativa del niño.
• Desinterés por proporcionar ayuda al hijo por alguna condición especial que este posea
(minusvalía, déficit cognitivo, necesidad educativa especial, etc.).
• Impiden que el niño relate lo sucedido o niegan lo que este cuenta.
• Los padres se perciben a sí mismos como víctimas, adquiriendo la creencia de que sus
hijos son una amenaza para su integridad.
• El niño es concebido como un objeto de venganza por lo que ellos sufrieron en manos
de sus propios padres.
manifestaciones, puede producir hemorragias a nivel
ocular.
Signos de intoxicación o
envenenamiento
• Pudiera hacerse uso para aquello: jarabes,
psicofármacos, bebidas alcohólicas, drogas.
6) Frente al uso de fuerza física por parte del cuidador es posible detectar algunas señales
comportamentales y emocionales en el niño o la niña, entre las cuales destacan (MINSAL,
2013):
7) Por su parte, en la conducta que presentan los adultos cuidadores con relación al niño,
niña o adolescente, también se observan conductas o señales que se deben tener
presente. De acuerdo con Larraín y Bascuñán (2012), entre ellas se encuentran:
24.3. INDICADORES DE ABUSO PSICOLÓGICO O EMOCIONAL
El abuso psicológico o emocional comprende todos aquellos actos realizados por acción directa o la
ausencia de situaciones de maltrato, que están dirigidas a degradar al niño, niña o adolescente para
ejercer un control sobre él. Respecto de este tipo de maltrato, el Minsal (2013) destaca los siguientes
indicadores.
24.3.1. INDICADORES EMOCIONALES EN EL NIÑO
• Parece excesivamente complaciente, pasivo o, al contrario, es muy exigente o rabioso.
• Muestra conductas extremadamente adaptativas, pudiendo abarcar desde conductas
adultas, hasta otras regresivas.
• El niño, niña o adolescente se observa con miedo o temor a la figura cuidadora.
• El relato espontáneo del niño o niña reporta que algunos de sus padres o cuidadores
le castigan físicamente de manera habitual y, además, refiere que es a causa suya.
• Existe inhibición en el contacto físico con adultos.
• Tendencia a mostrarse retraído, temeroso, aislado, triste y deprimido.
• Manifiesta incomodidad y un estado hiper alerta al escuchar a otros niños llorando.
• El niño o la niña refiere no querer volver o estar en su hogar.
• Su conducta se polariza en los extremos: es de fácil adaptación o bien de fácil rechazo,
mostrando una respuesta agresiva con otros.
• Trastornos del sueño o de tipo alimentario.
• Presenta estados de agitación y/o excitación.
269
24.3.2. INDICADORES COMPORTAMENTALES EN EL ADULTO CUIDADOR
24.4. INDICADORES DE MALTRATO PSICOLÓGICO
El maltrato psicológico es una de las tipologías que presenta mayores dificultades para ser identificada
y, por lo mismo, abordada. Por esto, no hay consenso sobre su definición, pues se le ha llegado a definir
como sinónimo de maltrato emocional. En este sentido, es importante tener presente los aportes de
Baker (2009) que hacen referencia al maltrato psicológico desde una mirada más amplia, involucrando
los aspectos afectivos como cognitivos del maltrato, en tanto el emocional, está dirigido básicamente a
incluir componentes afectivos. De lo anterior, se pueden destacar los siguientes indicadores, según lo
planteado por el Minsal (2013).
Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta en la primera infancia
(0 a 6 años)
• Niños no fijan la mirada existiendo una sensación de mirada perdida.
• No hay respuesta del niño: no responde a un abrazo o no distingue a la madre, a partir
del quinto mes de nacido.
• No logra coger objetos a partir del séptimo mes.
• A partir de los 12 meses no presenta llanto al ser dejado con extraños.
• A partir de los 10 meses no balbucea.
• A partir de los 18 meses, no reconoce el llamado del padre, madre o figura de cuidado.
• A partir del año no reconoce su nombre al ser llamado, ni imita gestos simples.
• A partir de los 4 años de edad, no es capaz de ejecutar un juego que permita interacción
con otro.
• A partir de los 2 años de vida no identifica algunas partes del cuerpo (boca, nariz, ojos,
etc.). • En etapa preescolar presenta conductas parentalizadas, asumiendo roles de
adultos.
• Irritabilidad en la conducta y excesiva ansiedad.
• Los adultos a cargo del cuidado transmiten una valoración negativa del niño, lo que los
lleva a mostrar rechazo, indiferencia y desprecio constante.
• Existe la tendencia a someter al hijo a humillaciones y críticas con uso de sobrenombres
que menoscaban su autoimagen.
• Los padres o cuidadores presentan conductas generadoras de miedo o amenazas de
castigar.
• Se realizan acciones dirigidas a aislar al hijo del contacto social.
• Existe rechazo a las iniciativas que pudiera realizar el niño, niña o adolescente.
• El adulto teje una barrera de silencio con el niño o la niña.
• Se presenta desinterés por áreas relevantes para el hijo (escolar, recreacional, etc.).
• Intentos de suicidio.
• Extrema falta de confianza en sí mismo.
• Exagerada necesidad de ganar o sobresalir.
• Demandas excesivas de atención.
• Se relaciona con otros niños de manera agresiva o, por el contrario, pasiva y de
aislamiento. • Desde el propio diálogo del niño, su forma de describirse es por medio de
frases como: “soy tonto”, “no sé dibujar”, “todo lo hago mal”.
• Constante necesidad de reafirmación de las propias capacidades ¿Cómo me quedó
esto? ¿Usted cree que lo hice bien?
270
Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta entre los 6 y 12 años
• Presencia de enfermedades, trastornos psicosomáticos, dolores de cabeza, abdomen,
trastornos de la alimentación.
• Baja la capacidad de atención, concentración y rendimiento. Existencia de retraso a
nivel de áreas madurativas y del desarrollo.
• Temor, inquietud y ansiedad.
• Baja autoestima.
• Presenta conductas que pudieran poner en riesgo su propia integridad o seguridad.
(iniciación de conducta sexual promiscua, consumo de drogas, socialización callejera,
actos delictuales).
• Aislamiento social o relaciones conflictivas con el entorno.
• Deserción escolar y/o rechazo a mantenerse ligado al contexto escolar.
• Realización de conductas auto lesivas o intentos de suicidio.
• Irritabilidad o apatía.
Indicadores emocionales, de conducta y sociales de los progenitores o cuidadores
• Menosprecio o rechazo hacia el hijo o niño cuidado.
• Transmisión de un auto concepto devaluado.
• Escasa presencia del hijo en el relato del padre, esto define, invisibilidad del hijo en la
relación.
• Existencia de expectativas no alcanzables o irreales en torno del niño.
• Prohibición para participar de actividades recreacionales.
• Abuso de poder sobre el hijo, no permitiendo opinión, decisión frente a intereses,
explotándolo o corrompiéndolo.
• No prestar atención a los requerimientos del hijo, en especial, se observa en materia
de cuidados médicos.
• No inscripción del niño en programas de salud, sociales y/o educacionales que estén
dirigidos a apoyarle en necesidades del hijo.
• Manipulación del niño para intereses propios del adulto o bien para enfrentar conflictos
con otro.
8) Considerando lo señalado, es posible afirmar que la detección de situaciones de malos
tratos infantiles puede generarse a través de las siguientes modalidades:
c) La observación. Esto significa que el profesional por medio de la inspección visual, observa
signos, síntomas o indicadores que potencialmente son un factor de riesgo en situaciones de
maltrato infantil. Puede observar una apariencia o condiciones generales de salud en el niño,
niña o adolescente que impliquen algún tipo de descuido. Y, también, puede observar interacción
entre el cuidador y el niño o niña que signifique algún tipo de maltrato en cualquiera de sus
formas (verbal, físico, etc.).
d) El relato directo. Esta modalidad implica la verbalización directa que revela o señala la
existencia de algún tipo de conducta maltratante. Es importante indicar que el relato puede ser
entregado espontáneamente desde un niño, niña o adolescente; puede darse a través de una
tercera persona (familiar o no familiar, conocido, vecino, etc.) o bien puede manifestarse desde
uno de los cuidadores directos (Minsal, 2013).
271
Establecida la sospecha se
debe profundizar en los
antecedentes y actuar de
manera coherente con lo que
se va obteniendo, a fin de
favorecer el diálogo y
conseguir más claridad, para
ello se debe tener en cuenta
que:
• Las preguntas deben ser claras, directas y no
inductivas o sugestivas. Esto último significa que las
preguntas deben evitar que contengan implícitas
respuestas.
• No se deben emitir juicios de valor ni
descalificaciones hacia quien se está entrevistando o
los supuestos involucrados.
• La actitud debe ser de acogida y nunca enjuiciadora
con todos quienes se tenga algún tipo de contacto.
•Debe existir en forma explícita verbalización de
querer apoyar a la familia.
• La actitud debe transmitir señales verbales y no
verbales de contención y escucha con el fin de que
exista concordancia entre el lenguaje verbal y
corporal.
En términos de contenido, el
diálogo y preguntas deben
estar dirigidas a:
• Indagar las explicaciones que dan los adultos para
la condición de salud observada en el niño, niña o
adolescente.
• Analizar aquellas inconsistencias que se aprecian
entre los signos y síntomas observados y la
explicación entregada.
• Indagar sobre las características de alerta de
maltrato y que pudieran darse del contexto familiar o
social en que se encuentra el niño.
• Indagar los factores de riesgo y protectores
9) Cuando la detección es por relato directo o espontáneo del niño, niña o adolescente es
muy importante tener las siguientes consideraciones:
iv. Proporcionarle un espacio de contención, en el que se sienta atendido, acogido y
comprendido en su relato espontáneo. Nunca se le puede forzar a hablar o amenazar de
eventuales sanciones o castigo si no lo hace. Tampoco se le debe condicionar a que
hable prometiéndole a cambio algún tipo de regalía, obsequio, premio o refuerzo por
hacerlo.
v. Acoger lo que el niño siente, percibe o desea desde una actitud de escucha, sin
interrogatorios ni cuestionamientos o devaluación de lo que está expresando.
vi. Dado el conflicto de lealtades que surge cuando existen dinámicas familiares
maltratantes, es muy probable que el niño se retracte y/o minimice los hechos. Hay que
considerar que para el niño, niña o adolescente no siempre es fácil aceptar que lo que
vive y menos el que a quienes él quiere (padres o cuidadores) son las figuras
maltratantes.
10) Cuando la detección se produce por relato espontáneo del niño, las preguntas deben estar
siempre dirigidas a obtener una mirada general de lo acontecido, tal como se ejemplifica
a continuación.
272
Ejemplos de preguntas adecuadas
Ejemplos de preguntas que no deben
efectuarse
¿Quieres contarme lo que te sucedió?
¿Hay algo que quisieras decirme en
relación con lo que te sucedió?
¿Hay alguna persona que pueda ayudarte
frente a lo sucedido?
¿Cuéntame lo que te pasó y te regalaré un
helado?
¿Estás seguro que me estás diciendo la
verdad?
Me imagino que nadie en tu familia puede
ayudarte.
Es importante recordar que en el proceso de detección la labor debe ser de acogida y escucha activa
hacia el niño o niña. Esto puede involucrar lenguaje verbal, pero también el no verbal por medio de la
actitud de escucha, atención, entrega de confianza, seguridad y acogida a su sufrimiento. En este
sentido, hay que tener presente que, en ningún caso, es tarea del profesional que realiza la detección
interrogar a un niño, niña o adolescente sobre lo sucedido, pues esto lo realiza un profesional
especializado y en las instancias correspondientes. Así, se busca resguardar que no exista
revictimizaciones futuras en las cuales el niño se vea expuesto a una y otra entrevista, debiendo repetir
cada vez lo vivenciado.
273
En relación a la información otorgada en el presente protocolo y ante la sospecha o relato del
niño/a de hechos actuales o pasados relacionados a maltrato y/o abuso sexual infantil, se debe:
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento,
debe denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo no mayor a 24 horas desde que se tomó conocimiento
de los hechos.
• El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a
al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe
efectuar la denuncia con el funcionario policial de turno.
• Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación
de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor
puede pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada.
• El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del
Departamento de Educación de la situación.
• El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y
acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la
comunidad educativa.
• El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones
necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las
que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso
enseñanza aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias
pedagógicas de ser necesario.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
274
El maltrato infantil se entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea
en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas, de manera habitual
u ocasional. Las acciones u omisiones que constituyen maltrato infantil privan a los niños, niñas del
ejercicio de sus derechos y su bienestar.
El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendido como falta de atención y apoyo de parte de una
persona adulta a las necesidades y requerimientos del niño o niña, sea en alimentación, salud,
protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión (que son las diversas formas en que
se le niega al niño o niña el ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que
tenga amigos/as, no enviarlo a la escuela, etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones
o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño o niña, tales como malos tratos físicos,
agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos, e incluye el abandono
completo y parcial.
Dentro del concepto maltrato infantil se establecen distintas categorías, en función de diversas variables:
a) Maltrato Físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que
provoque daño físico o enfermedad en el niño/a, o signifique un grave riesgo de padecerlo.
Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable (grave, menos grave o
leve). Tanto las características de las personas como las circunstancias del hecho son criterios
que permiten establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones, considerando, por ejemplo,
la edad de los involucrados, la existencia de vínculo de parentesco o subordinación entre
víctima y agresor, así como si la agresión ocurrió como defensa propia, o fue cometida en
complicidad con más agresores, etc.
b) Maltrato Emocional o Psicológico: Se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de
insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o
implícito hacia el niño/a. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o
corromperlo. Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato
emocional o psicológico.
c) Negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen
el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de
los niños y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas,
sociales, psicológicas o intelectuales
d) Abandono emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa),
expresiones emocionales y/o conductas de los/as niños/as y adolescentes que buscan
proximidad y contacto afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte
de una figura adulta estable.
El abuso sexual o la agresión sexual es una forma grave de maltrato infantil. Implica la imposición
a un niño/a de una actividad sexualizada en que el/la ofensor/a obtiene una gratificación, es decir, es
una imposición intencional basada en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer por medio
de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la
confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica.
275
Es importante prestar atención a las siguientes señales:
a) Cambios bruscos de conducta: aislamiento, baja de ánimo, tristeza, llanto, agresividad.
b) Repentina desmotivación por los estudios y/o actividades de su interés (deporte, juegos,
paseos).
c) Lesiones físicas reiteradas y/o que no sean comúnmente atribuibles a actividades habituales a
su edad y etapa de desarrollo.
d) Miedo o rechazo a volver a su hogar.
e) Miedo o rechazo a asistir a la escuela o a estar en lugares específicos de este.
Resulta fundamental que la persona adulta que recibe la información no asuma el compromiso de
guardarla en secreto, dado que necesariamente deberá actuar para detener, derivar y/o denunciar el
caso, aunque sí debe asumir el compromiso de manejarla con reserva y con criterio, compartiéndola
sólo con la o las personas que podrán colaborar para resolver la situación. Es común que la información
le sea entregada bajo compromiso de no compartirla, en cuyo caso debe señalar con claridad que el
maltrato y el abuso sexual no son situaciones que deban mantenerse en secreto, dado que el silencio
permite mantener y agravar el daño y nos hace cómplices de posibles delitos.
Plazos
• Los funcionarios del establecimiento educacional de todo nivel, están obligados a denunciar los
delitos que afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el establecimiento
(Artículo 175, letra E, Código Procesal Penal). Las personas indicadas en el artículo anterior
deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que
tomaren conocimiento del hecho criminal (Artículo 176, Código Procesal Penal).
Si algún miembro de la comunidad educativa detecta o sospecha que un estudiante está siendo
víctima de maltrato, el procedimiento es el siguiente: (ver FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE
A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL)
276
3. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA
ESCOLAR Y APOYO PSICOSOCIAL
Si una educadora, técnico en párvulo o docente detecta que un estudiante está presentando
dificultades emocionales, sociales y/o conductuales que estén afectando en su proceso de
aprendizaje, puede solicitar la presencia de Psicóloga del nivel para colaborar en la contención.
Si es una actitud reiterativa, la educadora o docente deberá completar la Ficha de Derivación
con los antecedentes del estudiante y entregarla por los canales dispuestos para ello.
De acuerdo a los antecedentes entregados, recibirá mail de confirmación de la misma, por parte
del Coordinador de Convivencia Escolar, cuando haya sido entregada al profesional que
corresponda. Se realizará seguimiento, retroalimentación y cierre de acuerdo a necesidades
del caso. (Ver anexo DOCUMENTOS, FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA
EQUIPO PSICOSOCIAL)
Una vez recepcionada la derivación por el Dpto. de Convivencia Escolar, éste procederá a citar
al padre, madre, apoderado o tutor de/la estudiante a la brevedad, a una entrevista personal
para retroalimentar con la información obtenida hasta el momento y recabar nueva que pueda
ayudar en el proceso al/la estudiante afectada. Adicionalmente el profesional de Convivencia
Escolar, puede solicitar al apoderado firmar la Autorización de Atención Estudiante, para poder
intervenirlo desde el área psicosocial. (Ver anexo DOCUMENTOS, AUTORIZACIÓN DE
ATENCIÓN ESTUDIANTE)
277
4. *MEDIDA EXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA
JORNADA ESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio-
adaptativas y/o académicas).
PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA /
FORMATIVA DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA
ESCOLAR
• La reducción de la jornada escolar de un estudiante se encuentra prohibida, y sólo se podrá
aplicar de manera excepcional si existe un peligro real para la integridad física o psicológica
de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá estar debidamente acreditado
por un profesional competente.
• Una vez acreditado bajo evidencias que las acciones de el/la estudiante, representan un
peligro real para la integridad física o psicológica de si mismo/a o de algún miembro de la
comunidad educativa, se podría generar una adecuación de la jornada escolar.
• Para la aplicación de la medida de adecuación de la jornada se debe realizar una reunión
de coordinación con la educadora, UTP, Inspectoría general y Dpto. Convivencia Escolar,
con la finalidad de desarrollar un plan de apoyo formativo pedagógico (adecuación de
jornada) que se ajuste a las necesidades y dificultades que presenta el/la estudiante. Si el
estudiante forma parte de PIE de nuestro establecimiento, deberá contar con las sugerencias
y apoyo de los profesionales que le atienden.
• Desarrollado el plan, se deberá presentar a Dirección del establecimiento para contar con
su aprobación. Una vez aprobado se citará al apoderado para entregar detalles de la medida
formativa excepcional.
• El apoderado deberá firmar un compromiso en donde se debe indicar específicamente que
esta medida excepcional y transitoria, es adoptada con el fin de resguardar y proteger el
interés superior de niño (derecho a recibir educación) a través de la adecuación de jornada.
1) Si es reducida la jornada del estudiante, las horas pedagógicas que no reciba, deberán
cubrirse a través de actividades que generen cumplimiento mínimo del currículo
académico,
2) Las actividades y/o acciones realizadas deben quedar registradas bajo criterios de logro
académicos y conductual-social, monitoreadas por Inspectoría General, Convivencia
Escolar, UTP y Dirección según corresponda, entregando el posterior reporte de los
avances de su pupilo al apoderado.
278
3) Si el/la estudiante presenta mecanismos desorganizados en la expresión de su conducta,
lo cual trae consigo modos de interacción social inadecuados con sus pares, el/la
estudiante podría (según disponibilidad de docentes y/o profesionales del
establecimiento) recibir apoyo individual por parte de un/a educadora/docente asignado
con apoyos de profesionales pertinentes (casos excepcionales, documentados bajo
criterio y analizados por profesionales pertinentes).
279
Detección o sospecha de
una situación de maltrato
infantil, connotación
sexual o agresión sexual.
Reúne
generales
los antecedentes
que permiten
contextualizar la situación. Si
la situación lo requiere,
realiza una entrevista
preliminar con el párvulo.
Informar a
Inspector General o
Coord. Con. Escolar
El caso está judicializado
Existe una denuncia o
requerimiento de protección
efectuado por una familia u
otra institución.
Se trata de una sospecha
Observación de cambios
significativos en el niño/a,
rumores o comentarios sin
certeza acerca de una
situación de maltrato,
acoso, abuso sexual.
Se trata de una certeza
El niño/a llegó con
lesiones atribuibles a una
agresión o relata que ha
sido agredido/a, o la
agresión fue presenciada
por un tercero, etc.
FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL,
CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL
Si existen lesiones
encargado traslada
forma
niño/a
inmediata
el
en
al
al centro
asistencial más cercano
para que sea examinado.
Importante: actuar como
si se tratara de
accidente escolar,
requiere de
autorización de
familia, aunque
un
no
la
la
esta
debe ser informada.
Comunicación con Centros
Especializados
Red de apoyo local,
comunal, nacional: SENAME,
Centros de Salud etc.
Derivación externa
Red de apoyo local,
comunal, nacional: Red
SENAME, Centros de Salud,
etc.
Seguimiento y acompañamiento
El/la encargado/a debe mantenerse informado de los avances
de la situación, conocer el estado de la investigación si esta se
hubiera iniciado, de las eventuales medidas de protección que
se aplicaron y del tratamiento reparatorio si existiera.
Además, debe estar dispuesto a colaborar con la justicia
durante el proceso, facilitando información, declarando en
calidad de testigo, etc
Comunicación con Redes de apoyo
Red de apoyo local, comunal, nacional:
SENAME, CESFAM, OPD, PIE, CENIN, etc.
Poner antecedentes a disposición
de la justicia
“Requerimiento de Protección”
Efectuado dentro de las 48 horas
siguiente en Tribunal de Familia,
siempre y cuando la familia no
garantice la protección y cuidado
del niño/a.
*Denuncia
Efectuada obligatoriamente dentro
de las primeras 24 horas ante
Carabineros, PDI o Fiscalía.
280
5. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR
Definición Accidente Escolar
• Se consideran accidentes escolares, los que ocurran con causa u ocasión de las actividades
escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida
o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional,
o el lugar donde realice su práctica educacional.
• También aquellos que afecten a las y los estudiantes que, con motivo de la realización de
actividades educativas, alojen fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de las
autoridades educacionales.
• En caso de accidente escolar, la denuncia debe realizarse ante el Servicio de Salud que
corresponda al domicilio del establecimiento, a través del formulario disponible para ello. La
denuncia del accidente escolar debe ser realizada por el o la directora/a del establecimiento
en un plazo de veinticuatro horas de ocurrido el accidente, de lo contrario esta denuncia
puede ser realizada por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos o un
familiar del afectado tal como lo establece la ley.
• Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la
Ley 16.440.
PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTES ESCOLARES
Cuando se produzca un accidente
Frente a la ocurrencia de cualquier tipo de accidente escolar, (lesión de cualquier tipo, al interior
del establecimiento o en el trayecto a su hogar desde o hacia el colegio, enfermedad desmayo
u otros casos donde la salud o integridad de nuestros alumnos se vea afectada), el
establecimiento deberá responder siempre siguiendo el mismo protocolo de actuación.
Todo funcionario del establecimiento será responsable de seguir los pasos que a continuación
se detallan en el momento de presenciar o acompañar a un alumno en su dificultad.
1)Asistir: Frente a cualquier accidente o problema de salud será el adulto más cercano quien
primero asista a constatar lo ocurrido y verificar la necesidad de atención, si cuenta con curso
de primeros auxilios y se siente capacitado, deberá entregar los cuidados necesarios.
2)Notificar: El funcionario(a) deberá informar inmediatamente lo que acontece a encargada de
enfermería, inspector de patio, al Inspector General o secretaria (en ese orden). No podrá volver
a sus funciones hasta no asegurarse que la situación está en manos de los responsables.
3)No será atribución de ningún funcionario evaluar la gravedad de la lesión o problema de salud.
Por esta razón, toda situación deberá ser notificada y evaluada por los profesionales
correspondientes.
281
Procedimiento
(Responsabilidad de Enfermería e Inspectoría)
a)Asistir al alumno: Se procederá a entregar primeros auxilios de carácter básico al
afectado(a), inmovilización, frío local, etc.
b)Informar al apoderado: Al mismo tiempo Inspectoría efectuará el llamado telefónico al
apoderado o familiar designado para solicitar su presencia.
c)Seguro escolar: Se entregan 3 copias del formulario con firma y timbre del colegio (Uno para
el centro asistencial, otro para el apoderado y otro para el colegio) que contempla la posibilidad
de recibir atención solo en servicio de urgencia público, la primera atención se realizará en
CESFAM DE POZO ALMONTE cuando sea necesario estos organismos derivarán a centro
asistencial especializado otorgando de forma gratuita al alumno exámenes y procedimientos.
d)Traslado al centro asistencial:
• Por el apoderado: El apoderado retira al/la estudiante para llevarle al centro asistencial,
(en caso de extrema gravedad, se solicitará la presencia de ambulancia para que realice
el procedimiento y traslado del menor)
• Por un funcionario: El alumno será acompañado por un funcionario del colegio quién
será responsable hasta que se presente el apoderado.
282
6. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO
ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es
funcionario del establecimiento:
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe
realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento
de los hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación
de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al
funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del
proceso. Lo anterior, debe quedar registrado.
• El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe
presentarse en el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del
procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano
para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con
el carabinero de turno.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación.
• El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
283
7. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO
ENTRE ADULTOS
Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es
funcionario del establecimiento:
• Informar al Director del establecimiento.
• El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe
realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile.
• La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento
de los hechos.
• La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación
de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo.
• Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo de procedimiento,
el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión.
Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero
de turno.
• El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando un
ambiente de secretismo y recelo.
• Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación.
• El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del
Ministerio Público e instituciones pertinentes.
284
8. PROTOCOLO CAMBIO DE APODERADO
Los apoderados son la instancia inicial y primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas.
La escuela y sus educadores son colaboradores que entregan su respaldo y cooperación a los
procesos de enseñanza-aprendizaje, a la formación de hábitos y de valores exigidos por la
sociedad.
III. De la solicitud de cambio voluntario
Si el/la apoderado/a TITULAR no puede continuar cumpliendo su labor, deberá realizar los
siguientes pasos:
vii. El apoderado debe presentarse en forma personal en el establecimiento educativo y
solicitar el cambio de apoderado en Inspectoría.
viii. El funcionario deberá registrar la solicitud y causal del cambio, solicitando autorización a
Inspectora General respecto de la factibilidad.
ix. Una vez autorizado, el funcionario deberá señalar las modalidades establecidas para un
cambio de apoderado.
• De forma presencial: ambos apoderados TITULAR y NUEVO con su Cédula de
identidad formalizan el proceso en Inspectoría.
• De forma remota: Si el apoderado TITULAR no se encuentra en la región o no
pudiese concurrir, el apoderado NUEVO debe presentarse con su cédula de identidad
y acompañado de una DECLARACIÓN SIMPLE del apoderado TITULAR.
• Casos no contemplados: Dirección en consulta con Inspectoría General y
Convivencia Escolar resolverá procedimientos ajustados a derecho.
x. Se establece como motivo y/o justificación de fuerza mayor.
xi. El establecimiento se encargará de realizar el cambio de apoderado en el sistema interno
de administración de datos.
xii. Una vez efectuado el cambio apoderado se deberá anular la antigua FICHA DE
MATRÍCULA y emitir una nueva con la finalidad de que el nuevo apoderado asuma las
obligaciones pedagógicas y administrativas, al momento de la firma respectiva.
IV. De la solicitud de cambio por incumplimiento de deberes
La escuela se reserva el derecho de solicitar y/o exigir el cambio de apoderado de manera arbitraria,
si este incumple de forma reiterada sus DEBERES como lo estipula este documento,
menoscabando el proceso educativo, la salud mental, emocional o física del/la estudiante. El
cambio le será notificado por escrito, una vez agotadas todas las instancias de colaboración. El
nuevo apoderado queda en la obligación de cumplir con las normativas exigidas por el
establecimiento y explicitadas en este manual. Se considerarán como atenuantes las siguientes
conductas:
285
i. No cumple con los DEBERES establecidos en este Reglamento Interno de Convivencia
Escolar (ver DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES, pág. 34 – Regl. Educación
Parvularia pág. 230/231)
ii. Adicionalmente, puede llegar a prohibirse su ingreso al establecimiento de forma
transitoria o permanente.
iii. El apoderado SUPLENTE oficialmente inscrito deberá suplir al titular. De no existir ésta
situación, se procederá a inscribir al adulto responsable que cumple dicha labor.
• Situaciones no previstas o indicadas anteriormente serán resueltas desde Dirección.
“Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre
el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar
su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional;
respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad
Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
286
CARTA PARA REALIZAR CAMBIO DE APODERADO
Estimad(a) Apoderado:
Nos dirigimos a usted respetuosamente para informar que según la información recopilada por los
distintos estamentos a la fecha y bajo los argumentos estipulados en nuestro REGLAMENTO INTERNO
DE CONVIVENCIA ESCOLAR, se puede determinar que:
Apoderado solicita cambio de FORMA VOLUNTARIA
b) Revisar conducto según protocolo
Se determina cambio por INCUMPLIMIENTO REITERADO DE DEBERES adquiridos y
estipulados en RICE.
c) Revisar conducto según protocolo
d) Le será confirmado vía CARTA CERTIFICADA DEL CAMBIO
Yo, ___________________________________________________ RUT _________________
apoderado de ____________________________________________ que cursa ______________
ACEPTO realizar el cambio de apoderado de forma voluntaria en favor del/la estudiante anteriormente
mencionado/a por motivo de fuerza mayor.
Asume el compromiso de apoderado TITULAR en adelante don(ña)
________________________________________________________ RUT ___________________
quien acepta las obligaciones adquiridas y será quien asumirá la responsabilidad ante los compromisos
escolares como: asistir a entrevistas, citaciones, y todos los deberes estipulados en el REGLAMENTO
INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR de ESCUELA BÁSICA ESTRELLA DEL SUR, de los cuales
declara estar en conocimiento.
______________________ _____________________ ____________________
Pozo Almonte, _______ de _________________ del año 202__
(Nombre completo apoderado RENUNCIANTE)
(Nombre completo estudiante) (Curso)
(Nombre completo apoderado NUEVO)
(Nombre y firma
apoderado RENUNCIANTE)
(Nombre y firma
apoderado NUEVO)
Nombre y Firma
INSPECTOR/A GENERAL
287
COMPROMISO POR INASISTENCIAS
DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 20
YO , RUT: apoderado del estudiante
, del curso “ ” de la Escuela Estrella del Sur, Pozo Almonte.
He sido informado/a de las inasistencias de mi hijo/a y tomo conocimiento que se está vulnerando los siguientes
derechos del niño:
N° Días ausente % de asistencia*
*porcentaje de asistencia se aplica a periodos semestrales o anuales
a) Artículo 4º.- La educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres
el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio
de este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de
la educación.
b) Art.10 letra b, párrafo 2 “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos
e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para
éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento
educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la
comunidad educativa.”
Me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados establecidos en el Manual de Convivencia
Escolar y estoy en conocimiento de que, si no los cumplo, la escuela procederá a aplicar Protocolo de Cambio de
Apoderado y/o denunciar por vulneración de derechos del menor a las instituciones correspondientes.
Nombre y Firma Profesional Convivencia
Escolar
Nombre y Firma Apoderado
Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20
288
AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE
DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
YO , RUT en mi calidad de
apoderado, padre, tutor y/o adulto responsable de el/la estudiante
, del curso “ ” de la Escuela Básica Estrella
del Sur, autorizo a los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, tanto
Trabajador(a) Social como Psicólogo(a) para que puedan realizar intervenciones que
apoyen los procesos a los cuales mi hijo(a) se encuentra enfrentando. Por lo que permito
que se realicen evaluaciones, intervenciones, acciones de monitoreo, seguimiento y todo
aquello que se requiera para apoyar a mi hijo(a).
Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20
Nombre y Firma Profesional Convivencia
Escolar
Nombre y Firma Apoderado, Tutor(a) y/o
Adulto responsable
289
AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA REALIZAR MUDA DE ROPA A PÁRVULO,
EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU HOGAR
YO , RUT: apoderado del/la
estudiante __________________________________, del curso____ “__ ” de la
Escuela Básica Estrella del Sur, PozoAlmonte, autorizo a la educadora o en su defecto
técnico del nivel al cual mi pupilo/a pertenece, para realizar muda de ropa de forma
extraordinaria, ante situación de emergencia y/o el traslado del/la estudiante a su hogar
ante una situación excepcional, en la cual no he podido ser contactado/a vía telefónica
ni tampoco el apoderadosuplente, fundamentado en el bienestar e interés superior del
niño y la niña.
Adicionalmente, me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados
establecidos en el Manual deConvivencia Escolar y estoy en conocimiento de que, si no
los cumplo, la escuela procederá a aplicar Protocolo de Cambio de Apoderado y/o
denunciar por vulneración de derechos del menor a las instituciones correspondientes.
Nombre y Firma
Inspectoría
Nombre y Firma
Apoderado
Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20
ESPECÍFICASQUEFORTALECENLACONVIVENCIAESCOLAR
DIMENSIÓN ESTRATEGIA ACCIONES RESPONSABLE
AUTOESTIMA
ACADÉMICA Y
MOTIVACIÓN
ESCOLAR
Generan instancias de
reconocimiento
académico y de desarrollo
en áreas
extracurriculares.
Realizar FESTIVAL DE TALENTOS 2020 con
orientación y participación familiar, entregando
el reconocimiento respectivo.
Celebración del DÍA DE LAS ESTRELLAS, actividad
realizada para fortalecer la autoestima de los
estudiantes a través de mensajes y cartas
redactadas por familiares e integrantes de la
comunidad de EBES
Reconocimiento de los estudiantes con logros
académicos destacados al final del año escolar
Departamento de
Convivencia Escolar
Unidad Técnica
Pedagógica
CLIMA DE
CONVIVENCIA
ESCOLAR
Crean estrategias que
promuevan un ambiente
de respeto, organizado y
seguro.
Celebración de la Semana de prevención y
seguridad escolar
Celebración del DIA DE LA SANA CONVIVENCIA
ESCOLAR con la participación de todo el
estudiantado.
Celebración de jornada institucional PIDE UN
DESEO, organizado para que los estudiantes y
funcionarios de EBES puedan generar buenos
deseos a los integrantes de la comunidad
educativa.
Departamento de
Convivencia Escolar
288
Conmemoración del Día contra el ciberacoso,
fortaleciendo el uso responsable de las redes
sociales.
HÁBITOS DE
VIDA
SALUDABLE
Integran estrategias que
potencien hábitos
alimenticios, actividad
física y hábitos de
autocuidado.
Desarrollar actividades para fomentar el
consumo diario de agua.
Vinculación a través de OAT con asignaturas
afines
Departamento de
Convivencia Escolar
Unidad Técnica
Pedagógica
PARTICIPACIÓN
Y FORMACIÓN
CIUDADANA
Integran al plan de
formación ciudadana
acciones que promuevan
una identidad positiva del
establecimiento y
promuevan la
participación
Colaboración proceso eleccionario CeES, y
apoyo en su gestión en el proceso escolar.
Conmemoración Día de la Igualdad de Género
Conmemoración Día de la Diversidad
Implementación de actividades/concurso de
debate estudiantil, en donde puedan expresar
sus ideas y opiniones.
Departamento de
Convivencia Escolar /
Inspectoría General
Unidad Técnica
Pedagógica
289

REGLAMENTO INTERNO_EBES_2023.pdf

  • 1.
    1 REGLAMENTO INTERNO ESCUELA BÁSICAESTRELLA DEL SUR 2023-2024 (Revisión marzo 2023)
  • 2.
    2 PRESENTACIÓN. 1. INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………………………………………..10 2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA …………………………………………………………..…….. 11 2.1. Antecedentes Generales 2.2. Historia 2.3. Nivel de Enseñanza 2.4 Asistencia Escolar 2.5 Apoyo y Formación 2.6 Actividades Extraescolares y Talleres 2.7 Infraestructura 2.8 Jornada Escolar 3. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL……………………………………………………………………. 3.1. Visión 3.2. Misión 3.3. Sellos 3.4. Valores 4. ORGANIZACIÓN...............................................................................................................................................14 4.1. Estructura Flujograma 4.2. Actores Escolares 4.3. Participación de los actores escolares 4.4. Consejo de Curso 4.5. Centro de Estudiantes (Ce.Es.) 4.6. Centro General de Padres y Apoderados 4.7. Consejo de Profesores/as 4.8. Consejo escolar 4.9. Participación de estudiantes en manifestaciones púbicas o Toma del establecimiento 5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y DEFINICIONES ………………………… 19 5.1. Objetivos 5.2. Definiciones 6. FUNDAMENTACIÓN Y PROPÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR……………….... 20 6.1. Propósito del Manual de Convivencia 6.2. Plazos y responsables 6.3. Participación TÍTULO I 7. DISPOSICIONES GENERALES ……………………………………………………………………. 22 7.1. Marco Legal 7.2. Marco Legal Conceptual 7.2.1. Definición de maltrato escolar 7.2.2. Ley N° 20.536 de Violencia Escolar 7.2.3. Identificación y caracterización del maltrato I. Presencial (acoso escolar o bullying – Agresiones físicas – Agresiones verbales – Intimidaciones, chantaje y amenazas –Acoso racial – Acoso sexual) II.Virtual (Ciber acoso – Grooming – Sexting – Happy slapping) 7.2.4. Ley N° 20.000, Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas 7.2.5. Ley N° 17.798 Control y porte de armas 7.2.6. Ley N° 19.617 Delitos y abusos sexuales 7.2.7. Ley N° 20.609 Contra la discriminación 7.2.8. Obligación y denuncia de delitos 7.3. Difusión del Reglamento de Convivencia Escolar 7.4. Matrícula 7.5. Encargado de Convivencia Escolar 8. DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES ………………………………………………… 32 8.1. Estudiantes 8.2. Apoderados/as 8.3. Docentes 8.4. Directivos/as
  • 3.
    3 8.5. Asistentes dela educación 8.6. Sostenedor 9. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ……………………………………………………………….. 9.1. Estudiantes 9.2. Apoderados 9.3. Directivos 9.4. Docentes 9.5. Asistentes de la educación 9.6. Sostenedor 10. PROHIBICIONES DE LOS ACTORES ESCOLARES TÍTULO II 11. NORMATIVA ……………………………………………………………………………………………………. 37 11.1. Conducto regular del establecimiento Flujograma………………………………………………………………………………………………. 34 11.2. Sala de clases 11.3. Conductas 11.4. Conductas inadecuadas en la sala de clases 11.5. Conductas inadecuadas fuera de la sala de clases 12. TRABAJO EN AULA ……………………………………………………………………………………………. 39 12.1. Clases de religión 12.2. Clases de educación física 13. RECREOS, KIOSCO Y ESPACIOS COMUNES ...............................................................................................41 14. ATRASOS (HORARIOS, PUNTUALIDAD, INASISTENCIA) ……………………………………………….. 42 a) Atrasos b) Inasistencias 15. RELACIONES AFECTIVAS…………………………………………..………………………….…….. 43 16. UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL 16.1. Uniforme Escolar 16.2. Higiene Personal 16.2.1. Corte de Pelo 16.2.2. Accesorios y otros 17. COLACIÓN Y USO DEL COMEDOR ……………………………………………………………….………….. 45 18. COMUNICACIÓN FAMILIA – ESCUELA 19. REUNIONES DE APODERADOS 20. CITA CON UN/UNA DOCENTE ........................................................................................................................46 21. RETIRO DE ESTUDIANTES 22. ACTOS CÍVICOS Y CEREMONIAS ……………………………………………………………………………. 47 23. ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS 24. SALIDAS PEDAGÓGICAS 25. VISITA AL ESTABLECIMIENTO ……………………………………………………………….……………… 48 26. TRANSPORTE ESCOLAR 27. INTEGRACIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ....................................................................................49 28. ATENCIÓN PERSONALIZADA DE ESPECIALISTAS 29. LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL 30. ACCIDENTE ESCOLAR....................................................................................................................................50 31. INTEGRACIÓN DE ESTUDIANTES INMIGRANTES 32. DAÑO A LA PROPIEDAD DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO................................................................51 33. DE LAS EVALUACIONES ................................................................................................................................51 Evaluación y Promoción 33.1. Régimen de Evaluación 33.2. Formas de Evaluación 33.3. Decretos de Evaluación y Promoción 34. DE LA MATRÍCULA..........................................................................................................................................52 34.1. Estudiantes nuevos 34.2. Estudiantes antiguos 35. DE LAS CONDUCTAS A DESTACAR …………………………………………………………………. 53
  • 4.
    4 35.1. Premiación trimestraly anual 35.2. Ceremonia de Licenciatura de Octavos Básicos TITULO III 36. FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO …………………………………………………………………..…. 55 1) Faltas leves 2) Faltas graves 3) Faltas gravísimas 1. FACTORES ATENUANTES 2. FACTORES AGRAVANTES 36.1. Abordaje disciplinario y debido proceso 36.2. Presunción de inocencia 36.3. Notificación a las/os involucrados/s 36.4. Notificación a Apoderadas/os 36.5. Establecimiento de plazos 36.6. Derecho de Defensa 36.7. Proporcionalidad de sanciones 36.8. Monitoreo 36.9. Derecho de Apelación 36.10. Derivación al Departamento de Convivencia Psicosocial 36.11. Denuncia de Delitos 37. MEDIDAS FORMATIVAS Y SANCIONES …………………………………………………………………….. 60 1) Diálogo Formativo 2) Acción de reparación 3) Trabajo académico 4) Servicio comunitario 5) Resolución pacífica de conflictos 37.1. Tipos de Sanciones a) Anotación Negativa b) Suspensión c) Condicionalidad de matrícula d) Cancelación de matrícula e) Expulsión f) Información a la Superintendencia de Educación (SuperEduc) g) Resolución de Superintendencia de Educación h) Ley Aula Segura 38. GRADUALIDAD 38.1. Tipificación de las Faltas ………………………………………………………………………… 65 38.2. Aplicación de Medida Formativa o Sanción 39. DESCRIPCIÓN DEL CARGO ………………………………………………………………………………… 70 39.1. Director/a 39.2. Inspector/a General 39.3. Jefe/a Unidad Técnico Pedagógica 39.4. Encargado/a de Convivencia Escolar 39.5. Coordinador/a Programa de Integración Escolar (PIE) 39.6. Docente 39.7. Profesionales Programa de Integración 39.7.1. Docente Diferencial 39.7.2. Kinesiólogo/a 39.7.3. Fonoaudiólogo/a 39.7.4. Psicopedagogo/a 39.7.5. Psicólogo/a 39.7.6. Terapeuta Ocupacional 39.8. Profesionales Departamento de Convivencia Escolar 39.8.1. Psicólogo/a 39.8.2. Trabajador/a Social
  • 5.
    5 39.9. Apoyo Informático 39.10.Asistentes de la Educación 39.10.1. Secretaria/o 39.10.2. Asistentes de aula 39.10.3. Tutor/a 39.10.4. TENS 39.10.5. Inspectores de patio 39.10.6. Apoyo inspectoría 39.10.7. Portero/a 39.10.8. Personal de servicios PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN …………………………………………………………………………. 82 A. DE LA JORNADA ESCOLAR MEDIDA EXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio-adaptativas y académicas). 1. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR ………………………………………….………... 83 MEDIDAEXCEPCIONALDEEXPULSIÓNOCANCELACIONDEMATRICULA (Estamedidapuedeseraplicadadirectamentecuandolasconductasatentendirectamentecontralaintegridad físicao psicológicadealgunos delos miembrosde lacomunidadeducativa) 2. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA EXCEPCIONAL DE EXPULSIÓN O CANCELACION DE MATRICULA ……………………………………………… 84 3. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A REALIZAR UNA EVALUACIÓN EN ALGUNA ASIGNATURA ……………………………………………………………….. 86 4. PROTOCOLO EN EL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A PARTICIPAR EN CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD ……………………………………………………….….… 87 5. PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS Procedimientos para estudiantes EDUCACIÓN BÁSICA ……………………. …………………………… 88 SITUACIONES DE LA COTIDIANEIDAD 6. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR ……………………………….… 89 7. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR ……………………………………………….………………………….……. 91 8. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ESTUDIANTES CON INASISTENCIA A CLASES ………………………………………………………………………………………………………. 92 9. PROTOCOLO DE USO DEL COMEDOR ESCOLAR ……………………………………………………… 93 SALIDAS PEDAGÓGICAS /VIAJES DE ESTUDIO 10. PROTOCOLOS DE ACTUACION ANTE SALIDAS PEDAGOGICAS …………………………………… 94 11. PROTOCOLO ANTE PASEOS DE CURSO O GIRAS DE ESTUDIO …………….………….………..… 98 SITUACIONES DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR – RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 12. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y APOYO PSICOSOCIAL ………………………………………………………………………………………….………. 100 13. PROTOCOLO PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS ……………………………….. 101 I. ENTRE ESTUDIANTES, DENTRO DEL AULA II. ENTRE ESTUDIANTES, FUERA DEL AULA III. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, DENTRO DEL AULA IV. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, FUERA DEL AULA V. ENTRE UN ADULTO APODERADO Y UN PROFESOR. B. DEL USO DE DROGAS / ALCOHOL (SOSPECHA CONSUMO, PORTE) SITUACIÓN DE SOSPECHA, PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE DROGAS. 14. PROTOCOLO FRENTE A SOSPECHA DE CONSUMO DE DROGAS……………………………………. 104 Flujograma………………………………………………………………………………………………………… 107 15. PROTOCOLO FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL……………… 108 16. PROTOCOLO FRENTE A TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO …………………………………………………………………………………..…. 111 Flujograma………………………………………………………………………………………………………… 115
  • 6.
    6 17. PROTOCOLO FRENTEA SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS …………..………..………….. 116 Flujograma ………………………………………………………………………………………………………… 117 C. DE FORMAS DE AUTOAGRESIÓN - AGRESIÓN A/POR TERCEROS 18. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CONDUCTAS AUTO -DESTRUCTIVAS Y DE RIESGO ………………………………………………………………………………………………………... 119 Flujograma…………………………………………………………………………………………………………. 120 SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR / CIBERACOSO ESCOLAR 19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, ACOSO ESCOLAR O BULLYING...................121 20. PROTOCOLO CONTRA CIBERACOSO O CIBERBULLYING ........................................................................123 Flujograma ……………………………………………………………………………………………………… 126 SITUACIONESDEMALTRATO/VIOLENCIA/AGRESIÓNFÍSICA 21. PROTOCOLODE ACTUACIÓNEN CASODE MALTRATO,VIOLENCIAO AGRESIÓNENTREMIEMBROS DELACOMUNIDADEDUCATIVA(estudiantea funcionario/ funcionarioa estudiante)....................................................127 Flujograma........................................................................................................................................................ 128 22. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS .............................129 (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es funcionario del establecimiento) Flujograma......................................................................................................................................................................... 130 23. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS .............................131 (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario del establecimiento) Flujograma......................................................................................................................................................................... 132 SITUACIÓN DE VULNERACIÓN, MALTRATO FÍSICO Y/O ABUSO SEXUAL 24. ANTE SITUACIONES DE MALTRATO FÍSICO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL…………….. 133 24.1. Indicadores de negligencia 24.2. Indicadores de maltrato físico 24.3. Indicadores de abuso psicológico o emocional 24.3.1. Indicadores emocionales en el niño 24.3.2. Indicadores comportamentales en el adulto cuidador 24.4. Indicadores de maltrato psicológico 25. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual o maltrato físico fuera del establecimiento: (Adulto a niño/a) .......................................................................................................144 26. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO (Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se desempeña en el recinto educacional: (Adulto a niño/a)…………………………………………………….. 145 27. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO (Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor (menor de 14 años)……………………………………………………………………………………. 147 28. PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO (Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor (mayor de 14 años)………………………………………………………………………………….. 148 FLUJOGRAMA……………………………………………………………………………………………………. 149 D. DE LA CONTINGENCIA SITUACIÓN DE PORTE Y HALLAZGO ARMA BLANCA/ ARMAS 29. PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR (Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando
  • 7.
    7 arma blanca y/oarmas de acuerdo a la ley nº 17.798)………………………………………………………… 150 30. PROTOCOLO POR HALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR (Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798)...........................................................................................................151 SITUACIONES DE EMERGENCIA 31. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS 1. EMERGENCIA: SISMO ……………………………………………………………………………………….. 152 2. EMERGENCIA: INCENDIO……………………………………………………………………………….. 153 3. EMERGENCIA: EMANACIÓN DE GAS 4. EMERGENCIA: SITUACIONES CLIMATOLOGICAS ……………………………………….…………. 154 32. PROTOCOLO PARA CASOS DE AMENAZA DE BOMBA ………………………………………………..… 155 DE CONDICIÓN DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR 33. ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS ……………………………... 157 34. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD Y PROGENITOR ………………………………………………………………………………….…. 160 (El siguiente protocolo de acción describe 5 fases de acompañamiento para el apoyo integral de alumnas en condición de embarazo y maternidad o estudiantes en condición de progenitores adolescentes) 35. PROTOCOLO DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDINTES TRANS GÉNERO………….…. 34.1. Conceptos Generales A. Definiciones 34.2. Principios orientadores de este protocolo 34.3. Derechos que asisten a las niñas, niños y estudiantes trans 35. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS ………………………………………………………………….. 163 I. DE LA FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD SOLICITUD DE ENTREVISTA II. DE LA ENTREVISTA III. DE LA COMISIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO, DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TRANS 1. Acuerdos y coordinación 2. Consentimiento del niño, niña, adolescente trans IV. DE LAS MEDIDAS DE APOYO PARA EL PROCESO DERECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO 1. Orientaciones a la comunidad educativa 2. Uso del nombre social en todos los espacios educativos 3. Uso del nombre legal en todos los documentos oficiales 4. Presentación personal 5. Utilización de servicios higiénicos 6. Resolución de diferencias 7. Cumplimiento de obligaciones ANEXO TRANSITORIO EN CONTEXTO DE PANDEMIA 1………………………………………………… 168 1) Conducto regular del establecimiento 2) Sobre uso de mensajería instantánea 3) Uso de redes sociales y medios tecnológicos PROTOCOLOS TRANSITORIOS 36. AUTORIZACIÓN EXTRAORDIANRIA PARA CREACIÓN Y USO CORREOS ELECTRÓNICOS PARA ESTUDIANTES..................................................................................................................................................170
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    8 1) De lacreación de las cuentas de correo electrónico 2) De la difusión y activación de correo electrónico 3) De los horarios y usos 37. PROTOCOLO PARA EDUCACION A DISTANCIA APOYOS PEDAGÓGICOS)................................................. 171 37.1. CÁPSULAS DE VIDEO INSTRUCCIONAL / EDUCATIVO (Orientaciones para Docentes 37.2. Streaming (retransmisión en directo – Convivencia Digital para Docentes) I. De las transmisiones en línea 37.3. Convivencia Digital – Conexión y participación de las sesiones en línea I. Reglas básicas (orientaciones para estudiantes) II. Conductas NO permitidas (sujetas a acciones formativas) III. Sugerencias para padres y apoderados 38. PROTOCOLO DE VINCULACIÓN AL HOGAR (válido para llamadas telefónicas el hogar y derivaciones) …………………………………………………………………………………………………….. 175 38.1. Del procedimiento 1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación 2) De la vinculación 3) De la evaluación del caso 4) Del seguimiento de casos 38.2. PAUTA SUGERIDA LLAMADA TELEFÓNICA AL HOGAR (EJEMPLO)…………… 176 39. PROTOCOLO DERIVACIÓN REMOTA DE CASOS…………………………………………………………. 178 1. Del procedimiento 1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación 2) De la vinculación 3) De la evaluación del caso 4) Del seguimiento de casos 39.1 Ficha del docente para derivación interna del Equipo Psicosocial (ejemplo)……… 179 40. PROTOCOLO DE CONTENCIÓN- ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL (aplicable a cualquier integrante de la Comunidad educativa) ……………………………………………………………………………………… 180 40.1. Del procedimiento para estudiantes, apoderados y /o adultos responsables a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento b) De la Evaluación del Caso c) De la notificación d) Del acompañamiento • Apoderados y/o adultos • Estudiantes e) Del seguimiento de casos f) Del cierre de casos 40.2. Del procedimiento para funcionarios y funcionarias a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento b) De la notificación c) Del acompañamiento y la evaluación d) Del seguimiento del caso. 41. ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO Y/O CANASTAS DE ALIMENTOS (PAE)….................................................... 182 41.1. Elementos de protección personal (EEP) 41.2. DE LA ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO (incluido canastas de alimentos) I. Relacionado a la zona de entrega/recepción II. Relacionado a los funcionarios III. Relacionado a los asistentes 42. PROTOCOLO PARA VISITAS DOMICILIARIAS CON ENFOQUE PSICOEDUCATIVO EN EMERGENCIA SANITARIA .................................................................................................................................184 42.1. Elementos de protección personal 42.2. Del proceso de entrevista 42.3. Protocolo de actuación 42.4. Recomendaciones a los funcionarios 42.5. Relacionado a las familias 43. PROTOCOLO DE DETECCIÓN CASOS COVID-19 ...........................................................................................190 43.1. De los pasos a seguir en el caso de contagio de estudiantes, apoderados y/o adultos responsables 43.2. De los pasos a seguir en caso de contagio de funcionarios de la comunidad educativa
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    9 44. PROTOCOLO ENCASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE ALGÚN FUNCIONARIO O FUNCIONARIA…… 191 44.1 De las acciones y pasos a seguir 45. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE UN O UNA ESTUDIANTE 45.1. De las acciones y pasos a seguir ANEXO I FORMATOS DOCUMENTOS OFICIALES • COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR………………………………….….. 193 • FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL………………………….… 194 • AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR……… 195 • FORMULARIO SOLICITUD AUTORIZACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS / GIRAS DE ESTUDIO…. 196 • PAUTA VISITA DOMICILIARIA ………………………………………………………………………………………. 197 • HOJA DE RUTA, VISITAS DOMICILIARIA EN SITUACIÓN EXTRAORDINARIA DE EMERGENCIA SANITARIA………………………………………………………………………………………………………………. 198 • COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR (VIRTUALIDAD)……………..….. 199 ANEXO II DOCUMENTOS OFICIALES PROTOCOLO CUESTIONARIO A MI ME SUCEDE QUE ……………………………………………………………..………. 201 PROTOCOLO DIAGNÓSTICO DE ESTUDIANTES EN RIESGO POR VIOLENCIA ESCOLAR ……………….…… 209 • REGLAMENTO EDUCACIÓN PARVULARIA …………………………………………………………………………… 215 • PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR ………………………………………………………………………. 290 • PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR …………………………………………………………… • PLAN HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE …………………………………………………………………………………. • PLAN SEXUALIDAD, AFECTIVIDAD Y GÉNERO ……………………………………………………………………. • PLAN DE FORMACIÓN CIUDADANA ……………………………………………………………………………….. • PLAN DE APOYO A LA INCLUSIÓN ……………………………………………………………………………………..
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    10 1. INTRODUCCIÓN El presenteReglamento Interno y Manual de Convivencia tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. Asimismo, establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias y/o formativas para los afectados. Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio–afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional. Dejamos explícito, normas, deberes y derechos de todos los integrantes de la comunidad, así mismo las sanciones y los protocolos de actuación quedan escritos en presente Manual de Convivencia. La persona encargada de Convivencia Escolar, será designada por la Dirección y ratificada por la CORMUDESPA, para que guíe el proceso de fortalecimiento de acciones que fomentan climas favorables para el aprendizaje y ejecución de remediales para las acciones violentas en el colegio. Este manual es un instrumento de gran importancia pedagógica que establece normas y principios que sustentan la convivencia y el trabajo escolar. Están incluidos los modos de interacción entre los distintos actores escolares, cuya orientación es el trabajo colaborativo para alcanzar las metas comunes, bajo un ambiente de diálogo y encuentro. La elaboración de este documento es conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Ley N°20.536/2011, sobre Convivencia Escolar. Este documento podrá ser revisado y actualizado cada año en función de los cambios a la legislación vigente, siendo aprobadas sus modificaciones por el Consejo Escolar cuya decisión tendrá carácter resolutivo, pero su actualización completa deberá ser fruto de un proceso participativo de todos los miembros de la comunidad escolar al menos cada cuatro años. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, este “reglamento interno y sus modificaciones deberán estar publicados en el sitio Web del establecimiento educacional y/o estar disponible en dicho recinto para los estudiantes, padres, madres y apoderados. Además, deberá ser informado y notificado a los padres, madres y apoderados, para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula”
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    11 2. IDENTIFICACIÓN DELA ESCUELA 2.1 ANTECEDENTES GENERALES Nuestro establecimiento está ubicado en la comuna de Pozo Almonte, es de dependencia municipal, ubicada en el sur poniente de la localidad. Atiende a una población de 1050 estudiantes, repartidos en 30 cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de vulnerabilidad el cual asciende aun 85,38%, atiende a 171 estudiantes que pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017 haexperimentado un repunte de 5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros. Establecimiento Escuela Básica Estrella del Sur RBD 12617-9 Dirección Estación # 551 Tipo de Enseñanza Educación Parvularia y Enseñanza Básica Comuna Pozo Almonte Dependencia Municipal Teléfono +56 9 7135 5422 Correo Electrónico escuela.estrelladelsur@cormudespa.cl 2.2. HISTORIA La Escuela “Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la Escuela Básica Pozo Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación surge de la necesidad de dar respuesta al crecimiento poblacional de ese sector, por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana. 2.3. NIVEL DE ENSEÑANZA
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    12 • Educación Parvularia(NT1 – NT2) • Educación General Básica. • Jornada Escolar Completa (JEC). 2.4 ASISTENCIA ESCOLAR • Programa de Alimentación Escolar (PAE JUNAEB). • Programa Salud Escolar. • Becas de vestuario y útiles escolares. • Programa mejoramiento para Subvención Escolar Preferencial (SEP). • Textos escolares. • Redes de apoyo externas. 2.5 APOYO Y FORMACIÓN • Programa de Integración Escolar (PIE). • Apoyo de diversos especialistas. • Programas de estudio del MINEDUC. .1. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y TALLERES • Fútbol • Atletismo • Judo • Gimnasia artística-rítmica • Folklore .2. INFRAESTRUCTURA Las dependencias del establecimiento están construidas en su totalidad de material sólido contando con: • Oficinas de Dirección – Sub-Dirección - sala de reuniones y secretaría. • Unidad Técnico Pedagógica • Inspectoría General – Oficina PAE • Sector educación Parvularia (salas y baños individualizados, patio de juegos) • Comedor funcionarios • Sala para tutoras • Sector de descanso personal de servicios • Sala de profesores; sala de reuniones y zona de trabajo en red. • Biblioteca CRA • Oficinas PIE • Comedores estudiantes • 02 Salas enlaces
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    13 • Laboratorio deciencias • Invernadero • Depto. Convivencia Escolar • 30 salas de clases • SSHH funcionarios – SSHH estudiantes • Sala Multiuso • Patio central techado. • Cancha multiuso • Enfermería 2.8 JORNADA ESCOLAR HORARIO DE CLASES Entrada Salida 8.00 hrs 8.00 hrs 14.30hrs (Básica) 14.30hrs (Ed. Parvularia) Recreos 1 De: 09.30hrs Hasta: 09.40.hrs. 2 De: 11.10hrs. Hasta: 11.20hrs 3 De: 12.50hrs. Hasta: 13.10hrs. 3. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL 3.1. VISIÓN La escuela básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educativo que basa su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia, potenciando las habilidades y competencias individuales, formando personas integrales en lo cultural, artístico, científico- tecnológico y/o deportivo, que le permita enfrentar futuros desafíos. 3.2. MISIÓN
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    14 La escuela básicaEstrella del Sur entrega educación integral de NT1 a octavo año básico, a estudiantes de la provincia del Tamarugal, fomentando la sana convivencia en un ambiente de actitud inclusiva potenciando el desarrollo de habilidades y adquisición de conocimiento s para generar competencias en las áreas científica-tecnológica, deportiva, artística y/o cultural, respetando la diversidad, formando personas que valoren su entorno, con identidad cultural y desarrollando herramientas que contribuyan a la continuación de sus estudios. 3.3. SELLOS 1. La diversidad para el aprendizaje integral de toda la comunidad educativa. 2. Desarrollo de habilidades por medio de la exploración que promuevan el área artística, deportiva, cultural y científica-tecnológica. 3. La sana convivencia y el buen trato de la comunidad educativa. 4. La valoración del entorno natural y cultural. 3.4. VALORES RESPETO – DIVERSIDAD – HONESTIDAD – EMPATÍA – DISCIPLINA 4. ORGANIZACIÓN 4.1. Estructura La organización de nuestra Escuela, tanto en su ámbito de funcionamiento como de Convivencia, se estructura en base a los siguientes organismos: • Equipo Directivo • Equipo de Gestión • Equipo PIE • Equipo de Convivencia Escolar. • Consejo Escolar • Consejo de Profesores • Centro General de Padres y Apoderados (CGPA) • Centro de Estudiantes (CeEs)
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    16 4.2. Actores Escolares. •Estudiantes • Apoderados • Asistentes de la educación • Docentes y Educadoras • Directivos • Sostenedor 4.3 Participación de los actores escolares La comunidad educativa se compone de seis actores escolares: estudiantes, docentes, directivos/as, apoderadas/os, asistentes de la educación y sostenedor. Junto a sus respectivos derechos y deberes explicitados en los títulos III y IV de este documento, existen instancias formales de participación para cada uno de ellos. Las instancias de participación son relevantes para desarrollar una comunidad escolar que promueva la democracia y una ciudadanía activa. Este Reglamento Interno reconoce y norma las instancias formales de participación en la escuela, pero también da cabida y fomenta otras instancias de participación u organización autónoma de cada uno de los actores escolares, las cuales podrán funcionar en el establecimiento, siempre y cuando no violenten el desarrollo de los aprendizajes y el sentido de la normativa escolar. 4.4 Consejo de Curso. De acuerdo al Decreto N° 524 del año 1990 y las modificaciones del Decreto N° 50 del año 2006, ambos textos del MINEDUC, “el Consejo de Curso, como forma de organización estudiantil, constituye el organismo base del Centro de Estudiantes. Lo integran todos los estudiantes del curso respectivo. Se organiza democráticamente, elige su directiva y representantes ante el Consejo de Delegados de Curso, y participa activamente en los planes de trabajo preparados por los diversos organismos del Centro de Estudiantes. Sin perjuicio de las actividades que se desarrollen en la hora de Consejo de Curso contemplada en el plan de estudios que aplica el establecimiento, con acuerdo del Profesor Jefe de Curso, parte de este tiempo puede ser empleado para tratar materias relativas al Centro de Estudiantes. El Consejo de Curso deberá iniciar sus funciones durante los primeros 30 días del año lectivo del establecimiento”. La directiva de cada curso (desde 1° a 8º año) se elige de manera democrática por los estudiantes. El/La presidente/a y secretario/a de cada curso serán miembros del Consejo de Delegados. 4.5. Centro de Estudiantes (CeEs) o Consejo de Delegados/as. (Reglamento Inserto PEI) Las y los estudiantes podrán optar voluntariamente entre una organización representativa como el centro de estudiantes o federativa como un consejo de delegados/as. Siendo ambas posibilidades una opción
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    17 legítima y reconocidapor toda la institucionalidad escolar. Su finalidad es servir a sus miembros como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales. No se podrá negar la constitución y funcionamiento del CeEs. Siguiendo al mismo decreto, en la estructura del Centro de Estudiantes se debe considerar: ● Asamblea General de estudiantes. ● Directiva del centro de estudiantes. ● Consejo de delegados/as de curso. ● Consejo de curso. ● Junta electoral. ● Comisiones de trabajo. El centro de estudiantes o consejo de delegados/as es la organización que vela por los intereses de las y los estudiantes. Constituye una organización autónoma del estudiantado y su funcionamiento estará en razón de sus intereses y necesidades. El consejo de delegados/as estará compuesto por dos representantes de cada curso, quienes serán elegidos/as democráticamente por sus respectivos compañeros y compañeras de curso. Constituyen cargos rotativos cuyo objetivo es llevar la información y las propuestas emanadas desde el consejo de curso hacia el consejo de delgados y viceversa. Además de participar en la toma de decisiones de manera activa y dinámica, involucrando a la mayor cantidad de estudiantes posible. Por su parte, el centro de estudiantes tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser parte de un proceso eleccionario informado y participativo. Todas las elecciones de directivas, tanto de cursos como de Centro General serán actos democráticos por votación secreta. El Centro de Estudiantes se conformará los primeros 30 días de cada año lectivo con representantes de estudiantes del 2º ciclo. El centro de estudiantes será dirigido por una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos: a. Presidenta/e b. Secretaria/o c. Tesorera/o. Ambas instancias contarán con la asesoría de un/a docente, quien colaborará en la planificación y desarrollo de las actividades planteadas y en la comunicación con los demás miembros de la comunidad escolar. En ningún caso el o la docente asesor/a actuará como tutor/a o sensor de las opiniones de las y los estudiantes, ni mucho menos podrá incidir en las decisiones de la organización estudiantil. Para ser parte activa del centro de estudiantes o consejo de delegados, no se requiere ninguna condición académica o disciplinaria particular, sólo la confianza explícita de sus representados/as. Cualquiera de estas instancias podrá convocar a una asamblea de estudiantes para abordar, proponer y resolver situaciones puntuales o temáticas que requieran una participación amplia de estudiantes.
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    18 4.6. Centro deGeneral de Padres y Apoderadas/os. Las y los apoderadas/os podrán organizarse voluntariamente en un centro general de apoderadas/os. Con esta organización las y los apoderadas/os podrán involucrarse y aportar significativamente en los procesos de aprendizaje y el quehacer institucional de la unidad educativa. El centro general de apoderadas/o tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de apoderadas/os será dirigido por una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos: a. Presidenta/e. b. Secretaria/o. c. Tesorera/o. El centro general de apoderadas/os es una organización autónoma, que puede optar incluso a la obtención de una personalidad jurídica, por lo que su funcionamiento no debe ser tutelado o condicionado por el equipo directivo del establecimiento. Constituye una instancia formal de participación y representación de un estamento escolar, por lo que debe ser considerada, invitada y consultada frente a ámbitos como: • Proyecto Educativo Institucional (PEI) • Manual de Convivencia. • Actividades extracurriculares. • Planes de Mejoramiento Educativo (PME) 4.7. Consejo de Profesores/as. (Reglamento inserto en PEI) El consejo de profesores/as es conformada por todas y todos los docentes del establecimiento, así como por las y los asistentes de la educación de acuerdo a los requerimientos de los temas a tratar. Su realización debe ser periódica, sistemática y planificada. Los consejos de profesores/as serán dirigidos por un/a directivo/a y tendrán los siguientes objetivos: • Evaluación académica trimestral, semestral y anual según corresponda. • Evaluación disciplinaria ya sea para casos particulares o colectivos (curso). • Diseño, planificación y coordinación de aspectos técnico pedagógico. • Promover e incentivar el perfeccionamiento vinculado a innovaciones curriculares. • Planificar, coordinar y evaluar el abordaje pedagógico de aspectos relacionados con la convivencia escolar. • Planificar y evaluar ceremonias y actos cívicos, actividades extracurriculares y paseos y salidas pedagógicas del establecimiento. Durante el desarrollo de los consejos de profesores/as la actitud de las y los participantes debe ser atenta, participativa y profesional. El Consejo de Profesores podrá tener carácter resolutivo en materias técnico pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del establecimiento.
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    19 Queda estrictamente prohibidoutilizar dicha instancia para la venta de productos o servicios, la revisión de pruebas o trabajos o cualquier actividad que no corresponda al sentido del consejo. 4.8. Consejo Escolar. De acuerdo a la Ley 19.979, el consejo escolar es una instancia colegiada en la que participan representantes de cada estamento de la comunidad escolar. Posee un carácter consultivo y debe ser informado oportunamente sobre todos los ámbitos de funcionamiento del establecimiento educacional. Los integrantes del consejo escolar son: • Director/a • Sostenedor/a o su representante. • Un/a representante de las y los docentes. • Coordinador/a de Convivencia Escolar • Un/a representante de las y los estudiantes. • Un/a representante de las y los apoderadas/os. • Un/a representante de las y los asistentes de la educación El consejo escolar debe sesionar al menos dos veces por semestre y su oportuna convocatoria será responsabilidad de la dirección del establecimiento. Los aspectos mínimos que deben ser presentados y trabajos por el consejo escolar son: • Proyecto Educativo Institucional. • Manual de Convivencia. • Programación anual y actividades extracurriculares. • Planes de mejoramiento. • Cuenta anual. • Metas de gestión • Fiscalizaciones 4.9. Participación de Estudiantes en Manifestaciones Públicas o Toma del Establecimiento. Frente a estas situaciones, la Escuela Básica Estrella del Sur se acogerá al procedimiento que determine la Corporación Municipal de Pozo Almonte. Será de absoluta responsabilidad de el/la apoderado/a la autorización de su pupilo en dichas actividades al exterior del establecimiento. 5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y DEFINICIONES 5.1. Objetivos a) Promover en el estudiante una concepción de Escuela como un espacio de socialización y como un lugar de vida, de solidaridad y aceptación recíproca para lograr que los procesos de Enseñanza y Aprendizaje se desarrollen en un ambiente adecuado.
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    20 b) Promover nuevosprocesos de aprendizaje de las normas y valores sociales que permitan a los estudiantes vivir experiencias que les posibiliten ir constituyéndose como sujetos capaces de autorregular su disciplina. c) Desarrollar en el estudiante la capacidad para llevar a cabo una convivencia basada en el respeto mutuo, en el saber escuchar y dialogar, en el trabajo participativo y cooperativo, en la responsabilidad, en el control de las emociones y en la permanente búsqueda de soluciones a los problemas y conflictos del diario vivir. 5.2. Definiciones * Se encuentra detallado en “Protocolo Frente a Violencia Escolar (Bullying)”. 6. FUNDAMENTACIÓN Y PROPÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR De acuerdo al Artículo 16A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. 6.1. Propósito del manual de convivencia. “La convivencia escolar se entiende, por tanto, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo, que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese establecimiento”. 1 La convivencia escolar es el conjunto de relaciones sociales que se desarrollan al interior de la comunidad educativa, es decir, es la forma de tratarse que mantienen estudiantes, docentes, directivos, apoderadas/os y asistentes de la educación. La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades y expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna, metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo. El establecimiento debe orientar su quehacer a la entrega de valores como el respeto, la participación, la tolerancia, la colaboración, espíritu crítico y constructivo. En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y democrática, con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la identidad local y respeto al medio ambiente. El establecimiento educacional debe salvaguardar la gratuidad de la educación pública, así como la igualdad de condiciones, deberes y derechos de las y los integrantes de la comunidad educativa. 1 Ministerio de Educación, “Política Nacional de Convivencia Escolar”, MINEDUC, Santiago, 2015, Pág. 25
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    21 6.2. Plazos yresponsables. Este manual de convivencia tendrá una vigencia de dos años a contar del período 2023. Las revisiones y actualización se realizarán anualmente, con la aprobación del Consejo Escolar y serán de responsabilidad del Equipo de Convivencia. 6.3. Participación. Participarán en las actualizaciones el equipo de gestión, profesores, apoderados del CGP, un representante de los asistentes de la Educación y representante de los estudiantes.
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    22 TITULO I 7. DISPOSICIONESGENERALES Art. 1. La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades y expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna, metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo. Art. 2. El establecimiento debe orientar su quehacer a la entrega de un servicio de calidad y de excelencia académica, desarrollando el conocimiento y apropiación de las ciencias y las artes. Art. 3. En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y democrática, con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la identidad local y respeto al medio ambiente. Art. 4. Este manual intenta promover un trato entre todos los actores escolares, basado en el respeto mutuo, la participación democrática, la solidaridad, una ciudadanía activa y el desarrollo de aprendizajes y tendrá validez al interior del establecimiento. Art. 5. El establecimiento educacional debe salvaguardar la gratuidad de la educación pública, así como la igualdad de condiciones, deberes y derechos de las y los integrantes de la comunidad educativa. 7.1. Marco legal Art. 6. De acuerdo al Artículo 16A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Nuestro manual está elaborado de acuerdo a las disposiciones legales vigentes actualmente en la República de Chile: 1) Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas,1948. 2) Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989. 3) Constitución Política de la República de Chile. 1980. 4) Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009. 5) Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004. 6) Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con Discapacidad. Chile, 2010. 7) Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011. 8) Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Chile, 2011. 9) Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012. 10) Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015. 11) Ley N°20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes por Infracciones a Ley Penal. Chile, 2005. 12) Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile,2005. 13) Ley N° 19.925 Bebidas Alcohólicas; Consumo de Alcohol. Chile, 2004. 14) Ley N° 19.253 Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas. Chile, 1993. 15) Ley N° 19.070 Estatuto de los Profesionales de la Educación. Chile, 1991.
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    23 16) Ley N°20.105 Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Chile, 2013. 17) Ley N°20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la Posesión de Material Pornográfico Infantil. Chile, 2005. 18) Ley N° 20.501 Calidad y Equidad de la Educación. Chile, 2011. 19) Ley N° 19.696 Código Procesal Penal. Chile, 2000. 20) D.F.L. N°2 Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Chile, 1998. 21) Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres. MINEDUC. Chile, 2004. 22) Decreto N°50 Norma Centro de estudiantes. MINEDUC, Chile, 1990. 23) Decreto N°24 Reglamento Consejos Escolares. MINEDUC, Chile, 2005. 24) Decreto N°565 Reglamento de Centro General de Padres, Madres y Apoderados. MINEDUC, Chile, 1990. 25) Decreto N°924 Reglamenta Clases de Religión. MINEDUC, Chile, 1983. 26) Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009. 27) Decreto N°170 Sobre Necesidades Educativas Especiales. MINEDUC, Chile, 2010. 28) Decreto N° 313 Incluye a los y las Estudiantes en Seguro de Accidentes 29) Decreto N°256 Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para enseñanza básica y media. MINEDUC, Chile, 2009. 30) Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares, Superintendencia de Educación, Chile, 2014. 18 31) Circular N° 875/1994 del MINEDUC, Ingreso o Permanencia de Estudiantes con VIH y/o Epilepsia 32) Ley 19.284 Ley de integración social de las personas con discapacidad 33) Ley 21118 Aula Segura. 34) Ley de control y porte de armas, Ley Nº21.310. Chile 2021 (modifica 17.798) 35) Ley de delitos y abusos sexuales, Ley Nº19.617. Chile 1999. 36) Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente. Chile 2005. 37) Ley Nº 20.845 de Inclusión. Chile, 2015. 38) Normativas MINEDUC 39) Decreto 67/2018 Las actualizaciones y/o modificaciones de este manual se realizarán cada año en el periodo de noviembre/diciembre, para lo cual la dirección del establecimiento debe velar por la implementación de un procedimiento informado y colectivo, que asegure la participación de todas y todos los actores escolares. 7.2. Marco Legal Conceptual 7.2.1. Definición de maltrato escolar: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: • Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. • Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
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    24 • Dificultar oimpedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico de él y de sus pares. 7.2.2 Ley N° 20.536 de Violencia Escolar La ley lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional. • ARTÍCULO 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. • ARTÍCULO 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. • ARTÍCULO 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar • ARTÍCULO 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal2 2 Ministerio de Educación. (2011). LEY 20536 Sobre Violencia Escolar. Santiago.
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    25 7.2.3. Identificación ycaracterización del maltrato El maltrato puede adoptar diversas formas y afectar a distintas víctimas. La UNICEF define como: “víctimas de maltrato y abandono a aquellos niños, niñas y adolescentes de hasta 18 años que sufren ocasional o habitualmente actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en las instituciones sociales”. (Maltrato Infantil en Chile, UNICEF responde, nd). Dentro del grupo familiar se distinguen los siguientes tipos de maltrato: TIPO DE MALTRATO ACTIVO PASIVO físico abuso físico abandono físico emocional maltrato emocional abandono emocional sexual abuso sexual En términos generales, los tipos de maltratos se pueden definir de la siguiente manera: • Maltrato físico: toda agresión que puede o no tener como resultado una lesión física, producto de un castigo único o repetido, con magnitudes y características variables. • Maltrato emocional: el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño, niña o adolescente. También se incluye el rechazo, el aislamiento, aterrorizar a los niños o niñas, ignorarlos y corromperlos. • Abandono y negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo y las condiciones para ello. Existe negligencia cuando los responsables de cubrir las necesidades básicas de los niños (alimentación, salud, higiene, vivienda, contención emocional, educación, recreación, explotación comercial NNA, etc.) • Abuso sexual: es toda forma de actividad sexual entre un adulto y un niño, niña o adolescente. Incluye la explotación sexual. El contexto escolar no está exento de maltratos o de violencia, ya que el maltrato se puede reflejar en conductas de diversa índole, entre las que encontramos: I. Presencial • Acoso escolar o bullying: Es el maltrato físico y/o psicológico deliberado y continuado que recibe un niño por parte de otro u otros, que se comportan con él cruelmente con el objetivo de someterlo y asustarlo, con vistas a obtener algún resultado favorable para los acosadores o simplemente a satisfacer la necesidad de agredir y destruir que éstos suelen presentar. El bullying implica una repetición continuada de las burlas o las agresiones y puede provocar la exclusión social de la víctima • Agresiones físicas: dentro de estas se encuentran directas, peleas, golpes, palizas, empujones o indirectas, pequeños hurtos, destrozo de pertenencias, provocaciones.
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    26 • Agresiones verbales:dentro de estas se encuentran directas, insultos a la víctima y/o su familia, ofender poniendo en evidencia características distintivas de la víctima o indirectas, hablar mal de alguien, sembrar rumores y mentiras, en la actualidad se está utilizando el teléfono móvil y redes sociales informáticas como vía para este tipo de maltrato. • Intimidaciones, chantaje y amenazas: para provocar miedo, obtener algún objeto o dinero, u obligar a la víctima a hacer cosas que no quiera. • Acoso racial: dirigido a colectivos de inmigrantes o minorías étnicas. Se recurre a motivos raciales como color de la piel, creencias culturales o religiosas. • Acoso sexual: alusiones o agresiones verbales obscenas, toques o agresiones físicas. • Acoso homófobo: se refiere al acoso motivado por prejuicios homofóbicos. Abuso psicológico, verbal o físico hacia alguien por motivo de su homosexualidad o percibida homosexualidad. • Dating violence: referente a relación violenta o de abuso que se establece entre iguales en un contexto educativo y que transcurre durante relaciones de pareja. II. Virtuales • Ciber acoso: es acoso o intimidación por medio de las tecnologías digitales. Puede ocurrir en las redes sociales, las plataformas de mensajería, las plataformas de juegos y los teléfonos móviles. Es un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras personas. • Online Grooming: Conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, conel fin de disminuir las inhibiciones del infante y poder abusar sexualmente de él/ella. • Sexting: Se refiere al envío de mensajes sexuales (eróticos o pornográficos), por medio de teléfonos móviles. Inicialmente hacía referencia únicamente al envío de SMS de naturaleza sexual, pero después comenzó a aludir también al envío de material pornográfico (fotos y videos) a través de teléfonos celulares y computadoras. • Happy slapping: consiste en la grabación de una agresión física, verbal o sexual y su difusión online mediante las tecnologías digitales (páginas, blogs, chats, redes sociales, etc.). Lo más común es que esta violencia se difunda por alguna red social y, en ocasiones, puede hacerse viral. • Cyber-defamation: Se puede entender como la “denigración cibernética”, consiste en crear o utilizar sitios web, portales de Internet u otras plataformas tecnológicas o virtuales, con el propósito deliberado y directo de insultar, denostar o atacar a una persona. Puede dirigirse en contra de cualquier persona; estudiantes, funcionarios, apoderados, etc. buscando perjudicar, dañar la imagen, desprestigiar a alguien o dar a conocer situaciones íntimas o indecorosas.
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    27 7.2.4. Ley N°20.000, Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas Este cuerpo legal tiene por objetivo atacar a los diferentes focos y dimensiones del área delictiva, desde una falta por consumo hasta el gran traficante, pasando por el uso ilegal de insumos en la fabricación de drogas (precursores químicos), el acopio, traslado, venta, entre otras figuras. De acuerdo a la Ley Nº 20.000, el consumo de drogas es una falta (no un delito), por lo que no tiene penas privativas de libertad.
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    28 No obstante, suartículo 50 establece sanciones al que consume drogas en lugares públicos o abiertos al público (calles, plazas, pubs, estadios, cines, teatros, bares, establecimientos educacionales, entre otros) y a quienes lo hagan en lugares privados, siempre que exista acuerdo previo para hacerlo. Está penado con multa y cárcel (presidio) el tráfico de drogas y todo lo que se haga para traficar droga: plantar, sintetizar, transportar, esconder, guardar, vender, comprar, importar, exportar, procesar, tener material de laboratorio e insumos para fabricarla y luego venderla. • Tráfico de drogas: Se refiere a los que trafiquen, bajo cualquier título, con drogas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas o con las materias primas que sirvan para obtenerlas, y a quienes induzcan, promuevan o faciliten el consumo o tales sustancias. Se entenderá que trafican los que, sin contar con la competente autorización, importen, exporten, transporten, adquieran, transfieran, sustraigan, posean, suministren, guarden o porten tales sustancias o materias primas.3 7.2.5 Ley N° 17.798 Control y porte de armas • ARTÍCULO 3. Ninguna persona podrá poseer o tener armas largas cuyos cañones hayan sido recortados, armas cortas de cualquier calibre que funcionen en forma totalmente automática, armas de fantasía, entendiéndose por tales aquéllas que se esconden bajo una apariencia inofensiva; armas cuyos números de serie se encuentren adulterados o borrados; ametralladoras, subametralladoras; metralletas o cualquiera otra arma automática y semiautomática de mayor poder destructor o efectividad, sea por su potencia, por el calibre de sus proyectiles o por sus dispositivos de puntería. Asimismo, ninguna persona podrá poseer o tener artefactos fabricados sobre la base de gases asfixiantes, paralizantes o venenosos, de sustancias corrosivas o de metales que por la expansión de los gases producen esquirlas, ni los implementos destinados a su lanzamiento o activación, así como tampoco bombas o artefactos incendiarios. Además, ninguna persona podrá poseer o tener armas de fabricación artesanal ni armas transformadas respecto de su condición original, sin autorización de la Dirección General de Movilización Nacional. • ARTÍCULO 3 A. Los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos similares, que se importen fabriquen, transporten, almacenen o distribuyan en el país, deberán cumplir con los requisitos y especificaciones técnicas que establezca el Reglamento. Prohíbase la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier título y uso de fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus piezas o partes, comprendidos en los grupos números 1 y 2 del Reglamento Complementario de esta ley, contenido en el Decreto Supremo N° 77, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional. De 3 LEY 20000 TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS (2015). Santiago.
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    29 la misma formase contempla lo anterior para el porte y uso de arma blanca, y la fabricación artesanal de esta.4 7.2.6. Ley N° 19.617 Delitos y abusos sexuales Los delitos sexuales son todos aquellos actos que atentan contra la libertad sexual y la indemnidad sexual de las personas, independientemente de su edad, estrato social, raza, etnia, sexo o nacionalidad. Los delitos sexuales se encuentran todos descritos y sancionados en el Código Penal. Los de mayor conocimiento y relevancia son: • Violación (Art. 361 del CP): Comete violación el que accede carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona mayor de catorce años. • Violación impropia (Art. 362 del CP): El que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años. • Violación con homicidio (Art. 372 bis del CP) El que, con ocasión de violación, cometiere además homicidio en la persona de la víctima. • Estupro (Art. 363 del CP) El que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal persona menor de edad, pero mayor de doce años • Abuso sexual (Arts. 365 bis y 366 del CP) Se entiende como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento • Abuso sexual infantil (Art. 366 bis del CP) Es la conducta en la que una niña o niño es utilizado como objeto sexual por parte de una persona con la que mantiene una relación asimétrica, de desigualdad, con respecto a la edad, la madurez o el poder. • Abuso sexual infantil impropio (Art. 366 quáter del CP). Cualquier acción que incite al menor a escuchar o presenciar contenido sexual impropio (observar al adulto desnudo o mientras mantiene relaciones sexuales con otras personas, masturbación, lenguaje sexualizado, ver material pornográfico o asistir a conversaciones de contenido sexual.5 7.2.7. Ley N° 20.609 contra la discriminación • ARTÍCULO 2. Definición de discriminación arbitraria. Para los efectos de esta ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o 4 (LEY 21.310, SOBRE EL CONTROL DE ARMAS, Y OTRAS: disposiciones, PARA SANCIONAR PENALMENTE LA FABRICACIÓN, IMPORTACIÓN, COMERCIALIZACION, DISTRIBUCIÓN, VENTA, ENTREGA A CUALQUIER TÍTULO, Y EL USO DE FUEGOS ARTIFICIALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA, 2021) 5 (LEY 19617 MODIFICA EL CODIGO PENAL, EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Y OTROS CUERPOS LEGALES EN MATERIAS RELATIVAS AL DELITO DE VIOLACION, 1999)
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    30 amenaza en elejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad. Las categorías a que se refiere el inciso anterior no podrán invocarse, en ningún caso, para justificar, validar o exculpar situaciones o conductas contrarias a las leyes o al orden público.6 7.2.8. Obligación de denuncia de delitos El Artículo 1° del Código Penal chileno, establece que “es delito toda acción u omisión voluntaria penada por la ley”. 7 Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a lo establecido por la ley, poniendo en peligro algún bien jurídico protegible (la vida, la salud y la integridad física de las personas, la libertad, la propiedad privada, entre otros). En esencia, toda expresión de violencia es un comportamiento que vulnera la integridad de las personas o de los bienes materiales, pero no todos estos casos son voluntarios ni penados por la ley; un delito es, por tanto, aquello que aparece definido en la ley como tal. Los establecimientos deben saber cómo actuar frente a situaciones de violencia escolar que revistan características de delito, lo que debe estar explicitado en los protocolos de actuación. Lo importante es tener presente que existen situaciones de violencia escolar que no pueden ser abordadas sólo en forma interna por los establecimientos educacionales, ya que exceden su capacidad de respuesta y sus facultades, pues si se trata de delitos, éstos deben ser denunciados a la autoridad competente. Entre los delitos que contempla la ley, se encuentran: • Lesiones • Agresiones sexuales • Amenazas (de muerte o, en general, de hacer un daño) • Porte o tenencia ilegal de armas • Robos • Venta o tráfico de drogas, entre otros. Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome 6 (LEY 20609, ESTABLECE MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, 2012) 7 (CÓDIGO PENAL, 1874)
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    31 conocimiento del hecho,sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e), 176 y 177 del Código Procesal Penal. • ARTÍCULO 175 E. Denuncia obligatoria. Estarán obligados a denunciar: Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto. 8 A nivel interno, todos los funcionarios que observen acciones que constituyan delitos como los enunciados en el punto precedente, deberán informarlo a la Dirección de la Escuela o a alguno de sus estamentos colaboradores Inspectoría General, Departamento de Convivencia Escolar, Unidad Técnica Pedagógica. En esta instancia comunicativa se definirá el curso a seguir sobre el delito denunciado. 7.3. Difusión del reglamento de Convivencia Escolar El reglamento interno deberá ser informado y notificado a los padres, madres y apoderados/as, para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula o de su renovación cuando éste haya sufrido modificaciones, dejándose constancia escrita de ello, mediante la firma del padre, madre o apoderado/a correspondiente.9 Art. 7. De la difusión y respuesta en libro de Sugerencias: i. Cada apoderado deberá firmar la hoja de recepción de la entrega del Manual de Convivencia Escolar y de Evaluación de la Escuela, el cual será socializado por cada profesor jefe con sus apoderados en la primera reunión de curso realizada en el establecimiento a comienzos de cada año escolar. Si éste no asistiera a reunión, será citado a través de Inspectoría General, la cual hará entrega y dejará registro de la recepción por parte del apoderado. ii. En Inspectoría General se encontrará disponible el libro de “Sugerencias, Felicitaciones y Reclamos” donde cada apoderado pueda dejar constancia de reclamos y/u observaciones al presente documento. Este libro será revisado diariamente por inspectoría general y se socializará una vez al mes en Consejo de Profesores. Frente a un reclamo, existirá un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para dar respuesta formal, la cual será entregada por un/a funcionario/a del Equipo de Gestión. iii. Este reglamento interno será revisado por el Consejo de Profesores en jornada de Reflexión en el mes de diciembre de cada año, existiendo participación de todos los funcionarios y funcionarias, y será socializado en el primer Consejo Escolar. Dicha revisión involucra los cambios que amerite realizar de acuerdo a nuestra realidad como establecimiento. 7.4. Matrícula. 8 (LEY 19696, ESTABLECE CODIGO PROCESAL PENAL, 2000) 9 Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares, Superintendencia de Educación, Chile, 2014
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    32 Art. 8 Laadmisión escolar se realiza por el Sistema de Admisión Escolar (SAE). Sistema centralizado de postulación que se realiza a través de una plataforma en internet en la que las familias encuentran información de todos los colegios que les interesan: proyecto educativo, reglamento interno, actividades extracurriculares, entre otros. A través de SAE, se postula para los niveles de Educación Parvularia (NT1-NT2) y de 1° a 8° año básico en nuestro establecimiento, dependiendo de la cantidad de vacantes disponibles para el ciclo y/o curso que se aspira. 7.5. Encargado/a de Convivencia Escolar Art.9 Nuestro establecimiento cuenta con un Coordinador/a de convivencia escolar, cuyo nombramiento y definición de funciones deben constar por escrito. De acuerdo a la Ley Sobre Violencia Escolar, se establece que sus principales funciones son: ➢ Participar activamente del equipo de gestión en la implementación del Proyecto Educativo Institucional. ➢ Promover la creación y funcionalidad de un Equipo de Convivencia Escolar en el establecimiento. ➢ Promover, monitorear y evaluar la ejecución del Plan de Gestión de Convivencia Escolar, aprobado por el Consejo Escolar, generando estadísticas e indicadores de logro, asociadas a las acciones implementadas. ➢ Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena Convivencia Escolar. ➢ Participar, coordinar y liderar un trabajo colaborativo entre el Consejo Escolar, Equipo de Convivencia y su cargo en materias de gestión y educación de la convivencia escolar. ➢ Potenciar el trabajo en red con organismos e instituciones de la comuna y otros establecimientos educacionales en materias de convivencia escolar.
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    33 8. DERECHOS DELOS ACTORES ESCOLARES ACTOR DERECHOS 8.1. Estudiantes Derecho a recibir educación de calidad que le permita desarrollarse íntegramente como persona. Derecho a utilizar la infraestructura y recursos del establecimiento. Derecho a no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico, político, cultural, religioso, físico u otro. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la escuela, así como también de sus pares. Derecho a un procedimiento justo y racional en la evaluación académica y en la aplicación de medidas disciplinarias. Derecho a defensa, apelación y a ser escuchado/a por las autoridades en todo procedimiento disciplinario. Derecho a conocer las sanciones que se le apliquen y los registros en la hoja de vida, en el mismo momento que se decida su aplicación. Derecho a asociarse y organizarse autónomamente con sus compañeros y compañeras. Derecho a conocer los objetivos, metodología, formas de evaluación de cada subsector de aprendizaje a inicios de cada semestre. Derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones (pruebas, interrogaciones y trabajos), en un plazo máximo de dos semanas. Derecho a desarrollar actividades culturales, científicas, deportivas, artísticas y/o recreativas extracurriculares de acuerdo a sus intereses e inquietudes. Derecho de las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) a ser evaluados diferenciadamente, en cada subsector de aprendizaje de acuerdo a instrucción de profesional PIE. Derecho de las estudiantes embarazadas y madres a continuar sus estudios normalmente u optar a adecuaciones curriculares y horarias específicas. Se hacen parte del presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y Niña y la Constitución Política de la República de Chile. “Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. (Ley Nº 20.370, Art. 10) Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos”. (Ley Nº 20.370, Art. 10)
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    34 ACTOR DERECHOS 8.2. Apoderados/as Derecho aparticipar activamente en el proceso de aprendizaje de su pupilo/a. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a organizarse autónomamente con otros apoderados/as. Derecho a conocer periódicamente los resultados académicos y los registros disciplinarios de su pupilo/a Derecho a ser recibido y atendido oportunamente por las autoridades del establecimiento, según lo amerite el horario de atención y previa citación. Derecho a recibir oportunamente la documentación de su pupilo/la para los fines que estime conveniente. “Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados”. Derechos de los Padres, Apoderados(as) o Tutores (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370). 8.3. Docentes Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el ejercicio docente. A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento. Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo. Derecho a capacitarse y reflexionar activamente con otros profesores y profesoras. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laborar de las y los docentes. 8.4. Directivos/as Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su gestión directiva. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa su establecimiento. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de los directivos/as. 8.5. Asistentes de la Educación Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su labor. A que se respete su integridad física y moral proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.
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    35 Derecho a participaractivamente en la toma de decisiones del establecimiento. Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional. Derecho a organizarse autónomamente con otros/as. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Código del Trabajo y demás leyes vigentes. 8.6. Sostenedor Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. Derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, Derecho a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente. 9. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ACTOR DEBERES 9.1. Estudiantes Participar activamente en su proceso de aprendizaje. Asistir puntualmente a clases. Desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase. Entregar oportunamente los trabajos y demás evaluaciones de cada subsector. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Informar a su apoderado/a sobre sus resultados académicos y registros disciplinarios. No utilizar durante el desarrollo de las actividades escolares objetos que distraigan su atención y/o la de sus compañeros, especialmente teléfonos celulares, artefactos musicales o cualquier elemento que no tenga relación con la clase. Los estudiantes que mantengan una relación sentimental, deben evitar manifestaciones afectivas, que llamen la atención de la comunidad escolar. “Son deberes de los estudiantes brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la Comunidad Educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno del establecimiento”. (Ley Nº 20.370 Art. 10). 9.2. Apoderados Los padres o apoderado que representan al estudiante, durante el año escolar, contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento, de responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el Manual de Convivencia. Ante la eventualidad de agresión física, verbal o amenaza por parte del apoderado contra un funcionario del establecimiento, se tomará la medida de la prohibición de ingreso a la escuela. Ante este evento, pasa a cumplir el rol el apoderado el suplente u otra persona. Acompañar el proceso educativo de su pupilo/a. Conocer los resultados académicos y registros disciplinarios de su pupilo/a. Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de apoderados/as y demás citaciones que realicen las autoridades del establecimiento. El apoderado que presente dos incumplimientos a reunión o citación quedará inhabilitado de ejercer su rol de apoderado, pasando el apoderado suplente a asumir el rol de titular, y deberá nombrar un nuevo apoderado suplente.
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    36 Responder económicamente porlos daños que su pupilo/a ocasione en los bienes o la infraestructura del establecimiento. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370). 9.3. Directivos Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento. Monitorear y corregir constantemente el funcionamiento del establecimiento, en sus ámbitos pedagógicos, administrativos y de convivencia escolar. Convocar e incluir a todas y todos los miembros de la comunidad escolar en diferentes instancias de reflexión y toma de decisiones del establecimiento. Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros del establecimiento. Sistematizar los resultados académicos y elaborar participativamente programas de mejora en el establecimiento. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Establecer vínculos y alianzas de cooperación con redes de apoyo institucional y organizaciones sociales del entorno. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de las y los directivos. También las orientaciones presentes en el Marco para la Buena Dirección del MINEDUC. 9.4. Docentes Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes. Conocer e intentar comprender técnicamente las características sociales, económicas y culturales de sus estudiantes. Planificar sistemáticamente su actividad docente. Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los estudiantes. Adecuar los contenidos y la metodología de clase a la realidad de las y los estudiantes, considerando sus necesidades, intereses y experiencias de vida como elementos fundamentales del proceso pedagógico. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Capacitarse constantemente, actualizando sus conocimientos y habilidades pedagógicas. Recibir y atender personalmente a las y los apoderados/as que lo soliciten. Evaluar diferenciadamente en el aula a las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE).con el instrumento adecuado con el especialista PIE. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código Laboral de acuerdo a la relación laboral de las y los docentes. También las orientaciones presentes en el Marco para la Buena Enseñanza del MINEDUC. 9.5. Asistentes de la Educación Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un criterio centrado en lo pedagógico. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar.
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    37 Se hacen partede esta Reglamento Interno y Manual de Convivencia, los deberes consagrados en el Código del Trabajo para los trabajadores y trabajadoras. 9.6. Sostenedor Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia Esa información será pública Obligatoriedad a entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley. 10. PROHIBICIONES DE LOS ACTORES ESCOLARES PROHIBICIONES Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida autorización. Suspender ilegalmente las labores e inducir a tales actividades. Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, de drogas o estupefacientes. Permitir a personas ajenas al local escolar, realizar trabajos voluntarios de tipo pedagógico, administrativo, paradocente o de servicios menores u otros sin una autorización expresa del director o empleador. Realizar paseos o giras de estudio sin la autorización. Utilizar la infraestructura del establecimiento en beneficio personal. Usar celular durante el desarrollo de las clases. Salir del establecimiento sin autorización (fugarse). Ingresar sustancias ilícitas, drogas, alcohol, cigarrillos, etc. Ingresar con armas de cualquier tipo.
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    38 TITULO II 11. NORMATIVA 11.1Conducto Regular del Establecimiento Art. 10 En caso de que el establecimiento requiera informar algún aspecto importante del o la estudiante, o su madre, padre o apoderado/a necesite algún tipo de orientación, entrevista o conversación con alguna persona del establecimiento, se realizará según el siguiente procedimiento: 1) Profesor/a jefe, profesor/a de asignatura, profesor/a PIE y/o profesionales no docentes (Psicólogo/a, Asistente social, Terapeuta ocupacional, Fonoaudióloga/o, Kinesiólogo/a). 2) Inspector/a General o Unidad Técnico Pedagógica. 3) Coordinador/a de Convivencia escolar o Coordinador/a Programa de Integración 4) Dirección. 5) Corporación Municipal de Pozo Almonte Art. 11 La solicitud se deberá hacer a través del profesor/a jefe mediante comunicación escrita empleando libreta de comunicaciones y/u otro medio de forma física. Existen protocolos a seguir para cada circunstancia que se presente, en la que se requiera un procedimiento determinado y establecido, en base a las responsabilidades, roles y funciones de los cargos comprometidos para la resolución de cada situación, conflictiva o no, dando curso a su gestión de la forma más idónea y expedita, sea esta de naturaleza administrativa, curricular, disciplinaria u otra. (ver flujograma)
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    40 11.2. Sala deClases Art. 12. Las salas de clases son los espacios físicos e institucionales, destinados a la generación de aprendizajes de las y los estudiantes de acuerdo a diferentes subsectores y niveles educativos. El establecimiento velará por la correcta y adecuada implementación del mobiliario, luminarias, pizarra, puertas y ventanas de cada sala de clases. a) El aseo de las salas de clases es una de las funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa. b) En relación a la ornamentación de las salas de clases, éstas podrán ser decoradas y acondicionadas por cada curso o por un/a docente responsable de un subsector, de acuerdo al tipo de modalidad que se utilice en el colegio. Es importante en ambas modalidades incorporar la creatividad y entusiasmo de las y los estudiantes. 11.3. Conductas inadecuadas en la sala de clases • Gestos obscenos. • Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en general. • Fugarse de la sala de clases permaneciendo en el establecimiento. • Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que devalúe moral, psicológica o físicamente a otra personal. • Grabar imagen y/o sonido total o parcial de clases, conversaciones públicas, privadas sin el consentimiento respectivo, a excepción de situaciones pedagógicas que lo requieran (retroalimentación, evaluación, investigación entre otros). 11.4. Conductas inadecuadas fuera de la sala de clases • Conducta inadecuada en actos, ceremonias y cualquier actividad oficial del establecimiento. • Insultar a compañeros, profesores o miembros de la comunidad educativa en general. • Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona. • Gestos obscenos. • Exhibir, transmitir grabaciones, fotografías que afecten o menoscaben la integridad de cualquier integrante de la comunidad escolar por el medio de difusión que sea. • Realizar actos, omisiones o imprudencias temerarias que comprometan la seguridad, actividad y salud de las personas y de sí mismos. 12.Trabajo en Aula Art 13. El desarrollo de aprendizajes se basa en la relación estudiante-docente, cuya base es el respeto mutuo y la confianza. En esta relación será responsabilidad de la o el docente establecer las
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    41 metodologías, desarrollar laplanificación y diseñar las evaluaciones pertinentes, para el logro de los objetivos de cada nivel de enseñanza y subsector. La idea central del trabajo pedagógico no es “pasar la materia” o “cumplir con el programa” sino desarrollar aprendizajes en las y los estudiantes, por lo que la o el docente debe adecuar sus metodologías y dinámicas de clase a las características de sus estudiantes y la realidad del entorno social, intentando satisfacer las expectativas e intereses de las y los estudiantes. Las y los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas, con una disposición favorable al desarrollo de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas, no entorpeciendo el clima de clase o el trabajo escolar de sus compañeros. La convivencia escolar al interior de la sala de clases es monitoreada en todo momento por la o el docente que está a cargo del curso, quien debe velar por el cumplimiento del presente manual de convivencia y por los principios y orientaciones del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Durante el desarrollo de las clases, tanto estudiantes como profesores/as no podrán ingerir alimentos o bebidas, escuchar música, utilizar su teléfono móvil, dormir o dedicarse a otras labores que no correspondan con el desarrollo del subsector respectivo. Las y los estudiantes que deseen ir al baño o deban retirarse de la sala de clases por algún motivo justificado, deben avisar dicha situación al docente o inspector/a que se encuentre en ese momento. En caso que la o el profesor deba ausentarse momentáneamente de la sala de clases por motivos de fuerza mayor o frente a su inasistencia, el curso estará a cargo de un docente reemplazante o inspector/a, quién realizará actividades pedagógicas relacionadas con el subsector respectivo y supervisadas por la Unidad Técnica Pedagógica (UTP). El uso de instrumentos tecnológicos, tanto para estudiantes, profesores/as, directivos/as o asistentes de la educación, sólo será permitido fuera del horario de clases, con la sola excepción de que sea necesario para el desarrollo de alguna actividad pedagógica. El establecimiento no se hará responsable de la pérdida o daño de instrumentos tecnológicos. El tiempo de entrega de las calificaciones y evaluaciones, el o la docente dispondrá de dos semanas para dar a conocer los resultados. 12.1. Clases de Religión Art. 14. El sistema educacional en Chile, establece según el DS Nº 924/83, que las clases de religión tienen un carácter optativo para el/la estudiante, por lo que este documento consagra el derecho de las y los estudiantes de elegir el asistir o no a las clases de religión, impartidas en el establecimiento de forma obligatoria debiendo impartir el credo religioso elegido por el/la estudiante y su familia. Para ejercer este derecho sus apoderadas/os deberán registrar esta opción al momento de la matrícula si desean o no la enseñanza de religión, señalando si optan por un credo determinado o si no desean que su hijo o pupilo curse clases de religión. Las clases de religión que se realicen en el establecimiento, no serán vinculantes ni exclusivas de ningún credo religioso en particular. Tendrán un carácter ecuménico y humanista basado en el desarrollo valórico y espiritual de las y los estudiantes, más que en una doctrina
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    42 específica. Para lasy los estudiantes que opten por no asistir a clases de religión, el establecimiento debe generar las condiciones para que desarrollen actividades paralelas de carácter pedagógico. En ningún caso, las y los estudiantes que opten por no asistir a clases de religión, permanecerán en la sala durante la realización de este subsector 12.2. Clases de Educación Física Art. 15. Todas y todos los estudiantes participarán del subsector de educación física. Sólo se realizarán adecuaciones curriculares ante imposibilidad de las y los estudiantes de someterse a exigencias físicas. Dicho impedimento será justificado debida y oportunamente a través de la certificación de un especialista. El uniforme para las clases de educación física sugerido es: UNIFORME DEPORTIVO DAMAS VARONES • Buzo deportivo institucional • Polera institucional deportiva (cuello redondo) • Calzas azules deportivas/Short azul deportivo • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado y tomado con collet color azul, gris, blanco o negro. • Buzo deportivo institucional • Polera institucional deportiva (cuello redondo) • Short azul deportivo • Zapatillas deportivas color blanco * Se sugiere el no uso de piercing o accesorios no estipulados en el uniforme. El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, puede ser considerado una falta leve, pero acumulativa. Los y las estudiantes podrán participar en las actividadesdel colegio sin su uniforme, previa autorización y diálogo reflexivo para la comprensión de la norma escolar, y como caso excepcional, luego de un compromiso fechado en agenda y Hoja de Vida con el apoderado para conocer el origen de la situación. 13.Recreos, Kiosco y Espacios Comunes Art. 16. El recreo es el tiempo de descanso y esparcimiento para estudiantes y docentes, dentro de la escuela, siendo función de las y los inspectores/as velar por la seguridad y buena convivencia de estudiantes y la comunidad en general. a) Los recreos deben ajustarse a los horarios designados al inicio del año escolar. El inicio del recreo será avisado con un timbre o campana, tras lo cual se suspenden inmediatamente las clases. Las y los docentes deben velar por el cumplimiento de esta disposición, no utilizando el recreo para tareas lectivas. b) Al finalizar el recreo, estudiantes y docentes deben ingresar a sus salas de clases, evitando retrasos innecesarios (compras en el kiosco, idas al baño, formación, etc.).
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    43 c) En ningúncaso, las y los estudiantes deben ser castigados con la pérdida del recreo como sanción a alguna falta cometida en forma individual o colectiva, entendiendo que el recreo es un aspecto relevante en la formación y aprendizajes de las y los estudiantes. d) El o los kioscos del establecimiento deben permanecer cerrados durante el horario de clases. Deben ofrecer productos coherentes a las Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, respetando la guía de elementos básicos para la adecuada licitación, implementación y funcionamiento del kiosco escolar. Esta guía no estrega información sobre las condiciones sanitarias y funcionamiento óptimo, características de su infraestructura según lo instruido por el Reglamento Sanitario de Alimentos e información sobre los alimentos que se pueden vender y promocionar al interior de los establecimientos educacionales, según la Ley 20.606. 14.Atrasos (Horario, puntualidad y asistencia) a) Atrasos Art.17. La puntualidad es un hábito que todo el estudiantado debe formar y adquirir para toda la vida desde temprana edad. El hábito de la puntualidad es necesario para la formación de la eficacia, la responsabilidad y el orden y es deber de los padres educar en este valor. Nuestro establecimiento tiene un horario determinado para su funcionamiento y atención. Estos horarios permiten tener un orden, además que ayudan a la coordinación de las clases y descansos de los miembros de la comunidad educativa. Ningún estudiante atrasado/a puede ser devuelto a su hogar. Es deber de los padres, apoderados y/o tutores de los estudiantes velar por el cumplimiento de la puntualidad al ingreso de cada jornada escolar. Se consideran faltas leves los siguientes atrasos: • Atraso al inicio de la jornada escolar. (queda inválida esta sanción si procede incumplimiento o irresponsabilidad del/la apoderado/a hasta 3° año básico) • Atraso al inicio de cada clase. • Atraso a la hora de colación. b) Asistencia Art. 18. La asistencia a clases es obligatoria, como también a todas las actividades lectivas o funciones del establecimiento para las cuales fuesen citados: i. El/la estudiante debe asistir un mínimo equivalente al 85% de clases regulares durante el año; en caso contrario será causal de repitencia, salvo casos de enfermedad por licencia médica presentada y registrada por el apoderado en Inspectoría. ii. Si por algún motivo la asistencia anual del estudiante fuera menor al 85%, será obligación del apoderado enviar una carta a Dirección, explicando los motivos de dichas ausencias adjuntando evidencias que justifiquen las mismas (ej.: licencias médicas) y solicitar la promoción de su pupilo. Quedan exentos los/las estudiantes que presenten enfermedades crónicas debidamente justificadas.
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    44 c) Inasistencias Art.19. Lasinasistencias de los y las estudiantes a los establecimientos educacionales con o sin justificación, afectan su aprendizaje: i. Toda inasistencia sin justificación del apoderado es considerada una falta leve. ii. Toda inasistencia a clases debe ser notificada previamente o justificada posteriormente en la libreta de comunicaciones o cuaderno del estudiante por el apoderado, y cuando sea requerido en forma personal (inasistencias reiteradas sin aviso). iii. En caso de enfermedad, el apoderado debe presentar certificado médico, en un plazo no mayor a 48 horas. iv. Las inasistencias acumuladas por veinte o más días hábiles sin justificación o sin aviso del apoderado en forma personal, pueden ser causales para dar de baja al/la estudiante. Antes de esto, Inspectoría General deberá agotar todos los medios disponibles (llamado telefónico- visita domiciliaria dejando constancia) para obtener información al respecto. v. Lo anterior, no aplica para las estudiantes en condición de embarazo o de maternidad, puesto que existe una normativa específica para estos casos. (Protocolo madres en condición de embarazo, maternidad y progenitores). 15.Relaciones afectivas Art. 20. Todas y todos los miembros de la comunidad educativa, independiente de su estamento, edad o género podrán expresar afectivamente sus relaciones de amistad, compañerismo y “pololeo”. Estas manifestaciones deben respetar los límites de aquello que puede ser realizado en un ámbito público. Evitando situaciones como las caricias eróticas en el patio, besos efusivos durante una clase, entre otras. 16.Uniforme Escolar y Estética Personal 16.1. Uniforme Escolar El Decreto Supremo Nº 215 del Ministerio de Educación del año 2009, establece que los directores de los establecimientos educacionales que cuenten con reconocimiento oficial, podrán con acuerdo del respectivo Centro de padres y Apoderados, Consejo de Profesores, y previa consulta al Centro de Alumnos (as) y al Comité de Seguridad Escolar, establecer el uso obligatorio del uniforme escolar. Se deberá procurar que éste sea económico y no ostentoso de manera que no sea un impedimento para que los niños, niñas y jóvenes puedan asistir a sus instituciones educativas. En caso que el uso del uniforme sea obligatorio, los directores de los establecimientos educacionales por razones de excepción y debidamente justificada por los padres o apoderados, podrán eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o parcial del uniforme. Art.21. En ningún caso, el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de ingresar o permanecer en el establecimiento educacional. Sin embargo, los estudiantes
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    45 deben presentarse yretirarse diariamente con uniforme institucional del colegio completo y bien presentado (limpio, ordenado, correspondiendo a la talla del estudiante). Para el periodo escolar 2023-2024 se mantendrá el siguiente uniforme escolar: UNIFORME OFICIAL DAMAS VARONES • Buzo deportivo institucional • Polera institucional piqué (con cuello) • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado y tomado con collet color azul, gris, blanco o negro. • Buzo deportivo institucional • Polera institucional piqué (con cuello) • Zapatillas deportivas color blanco *Cabello ordenado, se sugiere el no uso de aros excesivamente largos, piercings o accesorios no estipulados en el uniforme El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, puede ser considerado una falta leve, pero acumulativa. Los y las estudiantes podrán participar en las actividades del colegio sin su uniforme, previa autorización y diálogo reflexivo para la comprensión de la norma escolar, y como caso excepcional, luego de un compromiso fechado en agenda y Hoja de Vida con el apoderado para conocer el origen de la situación. 16.2. Higiene Personal El cuidado e higiene personal es un área formativa y abordable en todos los y las estudiantes, y es deber de las unidades de orientación junto con todos los agentes educativos velar por su cumplimiento. 16.2.1. Corte de Pelo • Independiente del género debe utilizar color de cabello natural. El largo del cabello no debe obstaculizar la visión, estar ordenado, manteniendo el rostro despejado.
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    46 16.2.2. Accesorios yOtros • Uso de piercings y expansores no recomendado en el contexto escolar por su seguridad y/o riesgo de accidentes. • Uso de aros: aceptables aros pequeños. • Uso de Tatuajes: prohibidos. • Uso de coles y trabas: acorde a colores institucionales azules, grises o blanco • Uso de maquillaje: no permitido. 17. Colación y Uso del Comedor Art. 22. El horario de colación o almuerzo debe ser establecido a inicios de cada año escolar, diferenciándolo para los distintos ciclos y niveles educacionales. Se debe considerar un tiempo mínimo de treinta minutos para cada turno de colación y/o almuerzo. La convivencia escolar en el comedor siempre estará monitoreada por un inspector/a o personal a cargo, quién velará por el comportamiento de las y los estudiantes e informará a la dirección del establecimiento sobre las características de las raciones alimenticias entregadas. El aseo del casino del establecimiento es función del personal manipulador de alimentos del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa. 18. Comunicación Familia-Escuela Art.23. Todo estudiante debe contar con una apoderada/o titular y otro suplente, debidamente oficializados al momento de la matrícula. El o la apoderada entregará al establecimiento datos de contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico actualizados. Inspectoría General será responsable de supervisar que la información se encuentre actualizada y operativa para su oportuna utilización en los casos pertinentes. La vía oficial de comunicación entre el establecimiento y la familia, es la libreta de comunicaciones o agenda escolar, o la plataforma virtual que el establecimiento determine. 19.Reuniones de Apoderados Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los aprendizajes de las y los estudiantes, abarcando tanto lo académico como la convivencia escolar. Art. 24. Cada curso realizará al menos dos reuniones de apoderadas/os cada semestre, las que se deben desarrollar en un horario que potencie la participación activa de la mayoría de las y los apoderados.
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    47 Las reuniones deapoderadas/os deberán ser planificadas y calendarizadas al comienzo del año escolar, siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la apoderada/o con una semana de anticipación a su fecha de realización. Semestralmente, las apoderadas/os recibirán un informe escrito, que detalle el rendimiento académico, informe de personalidad y los registros disciplinarios de su pupila/o. Las apoderadas/os que no pudiesen asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en horarios de atención de apoderadas/os establecidos, en la semana siguiente a la fecha e nque se efectuó la reunión. No podrán ser sancionados las/os estudiantes cuyos apoderados/as no asistan a reunión, ya que no es pertinente sancionar a un actor por el incumplimiento de un deber de otro. 20. Cita con un/a Docente Para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia, el o la apoderada/, una/o de sus profesoras/es u otra/o profesional del establecimiento, podrán solicitar una cita, en un horario prefijado en la unidad educativa. Art. 25. Cada Docente o profesional de apoyo del establecimiento, deberá tener un horario de atención deapoderadas/os, el cual será debidamente informado a las familias de los/as estudiantes que atiende. Será deber de las o los docentes y profesionales de apoyo del establecimiento que citen apoderadas/os, atenderles personalmente y no podrán delegar esta función en otra persona o funcionario de la unidad educativa, la solicitud de reunión con un Docenteo Directivo, por parte de este, deberá ser informada al establecimiento con un mínimo de dos días de anticipación y explicitando claramente su objetivo y tema a tratar. 21. Retiro de Estudiantes Art. 26. Al finalizar la jornada escolar los y las estudiantes que cursen niveles inferiores a 4º año básico, deberán ser retirados por su apoderada/o o un adulto/a responsable, previamente acreditado en ficha de matrícula para esta función. Si un estudiante no es retirado al finalizar la jornada sin aviso, se esperará por un periodo no superior a 45 minutos de lo contrario se contactará a la Unidad Familiar de Carabineros de la localidad. Será deber de las y los apoderados, retirar puntualmente a sus estudiantes, al término de la jornada escolar. Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento que justifique dicho retiro. Los retiros durante la jornada de clase se realizarán por el apoderado(a) oficial o suplente durante la mañana hasta las 13:00 horas. Los estudiantes NO PODRÁN SER RETIRADOS por personas no inscritas en los registros escolares.
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    48 22.Actos Cívicos oCeremonias Art. 27. Se entenderá por acto cívico o ceremonia, la actividad cuyo objetivo es conmemorar o celebrar alguna fecha, desarrollar una temática de interés para la comunidad o el reconocimiento de logros y resultados de algún miembro de la comunidad educativa. Los actos cívicos o ceremonias son expresión de los intereses y necesidades de todos los miembros de la comunidad, por lo que deben evitar desarrollarse exclusivamente desde una mirada adulta. Deben ser instancias de participación e inclusión de las distintas visiones culturales que coexisten en la escuela. 23.Actividades Extraprogramáticas Se entiende como actividad extraprogramática toda actividad no lectiva realizada en horario de clases o fuera de él. Las actividades extraprogramáticas deben responder a los intereses y las necesidades de las y los estudiantes. Art. 28. La participación y asistencia a estas actividades tienen un carácter voluntario, y no incidirá en la evaluación de ningún subsector de aprendizaje. Toda actividad de este tipo debe tener un carácter pedagógico y debe ser planificada y supervisada por un/a adulto/a, sea éste directivo/a, docente, asistente de la educación, apoderada/o u otro/a profesional externo/a de apoyo. Si la actividad extraprogramática se realiza fuera del establecimiento o en horarios distintos a los lectivos, ésta deberá ser autorizada por escrito por el o la apoderada/o de cada estudiante participante. El encargado de la actividad será el responsable de recolectar y entregar dichas autorizaciones a Inspectoría General en los plazos respectivos. 24.Salidas Pedagógicas Art. 29. Cada curso podrá organizar paseos y/o salidas pedagógicas del establecimiento, las que consisten en: • Salidas Pedagógicas: Actividades de aprendizaje organizadas y desarrolladas fuera del establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de uno o varios de los subsectores y complementarias al proceso de enseñanza. Se desarrollan en horario de clases y deben contar siempre con la supervisión del docente a cargo. Por ejemplo, salidas a museos, zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, etc. Se requerirá solicitar la autorización a la Dirección del establecimiento al menos con 15 días hábiles (dentro de a localidad) de anticipación, adjuntando la autorización escrita de todos/as las y los apoderadas/os de las y los estudiantes participantes. * Procedimiento detallado se encuentra en Protocolo para Salidas Pedagógicas
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    49 25.Visita al Establecimiento Art.30. Se considerará visita a toda persona que, sin ser parte de la comunidad escolar (estudiante, apoderada/o, docente, directivo/a o asistente de la educación), ingrese al establecimiento por algún fin específico. En esta categoría se incluye a: • Autoridades municipales o gubernamentales que visiten el establecimiento o supervisen algún aspecto de su funcionamiento. • Profesionales o técnicos de apoyo que desarrollen intervenciones o atenciones especializadas. • Personas que desean conocer el establecimiento para evaluar una futura matrícula. • Otras personas que visitan el establecimiento con razón justificada. 1) Cualquier persona que visite el establecimiento educacional, debe dirigirse en primera instancia a Inspectoría, donde se dejará constancia de su ingreso y se le atenderá o derivará según corresponda. 2) También se le entregará un distintivo que diga “visita” que debe portar visiblemente durante toda su estadía en el establecimiento. En inspectoría se llevará un Registro de Visitas, donde se detallará el nombre y la cédula de identidad del visitante, el objetivo de la visita, así como también, la fecha y hora de la misma. 3) Las visitas serán acompañadas durante toda su estadía en el establecimiento por algún funcionario de la escuela, sea este directivo/a, docente o asistente de la educación, según sea el caso. 4) Toda visita al establecimiento deberá ser desarrollada durante el horario normal de clases, sin interrumpir las actividades académicas de estudiantes y docentes. 26.Transporte Escolar Art. 31. Se considerará transporte escolar al servicio de traslado de estudiantes entre sus hogares y el establecimiento, que cumpla con la normativa vigente del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 1) El establecimiento mantendrá un registro actualizado de las personas que desarrollan el servicio de transporte escolar para las y los estudiantes Dicho registro considerará el nombre completo del “tío” o “tía”” transportista, su cédula de identidad, teléfono móvil, fecha de vencimiento de la licencia de conducir, patente del vehículo y fecha de vigencia de la revisión técnica respectiva. 2) La confección, actualización y vigencia del registro de transportistas será responsabilidad del Inspector/a General del establecimiento, quién lo pondrá a disposición de las y los apoderadas/os que lo soliciten. 3) El o la transportista se compromete a dejar y recibir a las y los estudiantes trasladados, única y exclusivamente en la puerta de entrada o en alguna zona destinada para ello en el establecimiento. Bajo ningún motivo se dejará a las y los estudiantes en lugares que impliquen cruzar calles o caminar por los alrededores del establecimiento. 4) Frente a cualquier dificultad o accidente acontecidos durante el trayecto entre la casa del o la estudiante y el establecimiento, el o la transportista deberá informar de lo acontecido en Inspectoría General, a las o los apoderadas/os de las y los estudiantes trasladados/as y si fuese necesario a carabineros u otro servicio de urgencia.
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    50 5) El contratode servicios entre el o la apoderada/o y el o la transportista constituye un acto comercial privado, en el cual el establecimiento no se hace parte. 27.Integración de Personas con Discapacidad Art. 32. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Integración de Personas con Discapacidad, el establecimiento realizará las adecuaciones necesarias en cuanto a: • Infraestructura (Ej.: Accesos, baños). • Currículo (Ej.: Adecuaciones y/o cambios curriculares). • Metodologías (Ej.: Evaluación diferenciada, adaptaciones didácticas). El sentido de las adecuaciones es asegurar el ejercicio del Derecho a la Educación y una real integración a la comunidad educativa de las personas con discapacidad. La Escuela Básica Estrella del Sur, cuenta con la infraestructura y los profesionales idóneos para la atención de los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, ya sean estas permanentes y/o transitorias. 28.Atención Personalizada de Especialistas Art. 33. El establecimiento cuenta con instancias de derivación para atención médica, psicológica, social y/o de aprendizajes, para potenciar el pleno desarrollo de las habilidades de las y los estudiantes. Estas derivaciones son de carácter voluntario y deben contar con el consentimiento de las y los apoderadas/os. Las derivaciones a especialistas como orientador/a, psicólogo/a o psicopedagogo/a, entre otros, no pueden ser producto de una medida disciplinaria y deben ser informadas directa y oportunamente a la apoderada/o. El procedimiento de derivación a las redes externas será responsabilidad del Coordinador/a de Convivencia Escolar y Coordinador PIE del establecimiento, quien debe mantener un registro de casos e informar previamente a los estudiantes y apoderadas/os respectivos. 29.Ley de Responsabilidad Penal Juvenil Art. 34. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, el Establecimiento realizará la denuncia respectiva de todos aquellos actos cometidos por estudiantes mayores de 14 años, que constituyan delito. El establecimiento recibirá a los y las estudiantes que sean derivados por un Tribunal de Justicia, velando por cumplir las condiciones necesarias para el ejercicio del Derecho a la Educación y una adecuada integración a la comunidad educativa. Los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar del establecimiento, pueden tomar parte en el proceso para su acompañamiento y/o seguimiento de ser requeridos.
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    51 30.Accidente Escolar Art. 35.Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley 16.744. que señala: “estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica educacional”10 i. Se consideran accidentes escolares, los que ocurran con causa u ocasión de las actividades escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional. También aquellos que afecten a las y los estudiantes que, con motivo de la realización de actividades educativas, alojen fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de las autoridades educacionales. ii. En caso de accidente escolar, la denuncia debe realizarse ante el Servicio de Salud que corresponda al domicilio del establecimiento, a través del formulario disponible para ello. La denuncia del accidente escolar debe ser realizada por el o la directora/a del establecimiento en un plazo de veinticuatro horas de ocurrido el accidente, de lo contrario esta denuncia puede ser realizada por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos o un familiar del afectado tal como lo establece la ley. * Procedimiento detallado se encuentra en “Protocolo Accidentes Escolares”. 31. Integración de estudiantes inmigrantes Art. 36. La Constitución Política de la República de Chile y la Convención de los Derechos del Niño, suscrita y ratificada por el Estado de Chile con fecha 27 de septiembre de 1990, garantizan a todos los niños, niñas y jóvenes el ejercicio del derecho a la educación. El Ordinario: Nº 07/1008(1531) año 200511 y su actualización del 2016 de Ministerio de Educación, señala que se debe: • Facilitar la incorporación de los y las estudiantes inmigrantes a los establecimientos educacionales del país, su permanencia y progreso en el sistema. • Cautelar que las autoridades educacionales, el personal docente y el personal no docente de los establecimientos no establezcan diferencias arbitrarias entre los y las estudiantes en razón de su nacionalidad u origen. • Difundir en las comunidades escolares que cualquier forma de discriminación en contra de las y los estudiantes inmigrantes es contraria al principio de igualdad, debiendo promover siempre el respeto por aquellos estudiantes que provienen de otros países. • El profesor jefe, de los cursos que tienen estudiantes inmigrantes, debe abordar esta temática previniendo situaciones que impliquen acoso, aislamiento, apodos u otra forma de discriminación. Así mismo, debe encargarse de poner en conocimiento del resto de los estudiantes la normativa existente al respecto y que consta en el Manual de Convivencia Escolar. También destacar los 10 (DECRETO 313, INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744, 1973) 11 (Ministerio de Educación, 2016)
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    52 aspectos positivos quepuedan significarles un aporte por parte de la cultura de origen del estudiante inmigrante. Los y las estudiantes deberán ser aceptados y matriculados provisionalmente en los establecimientos. Para estos efectos, será suficiente requisito que el postulante presente al colegio una autorización otorgada por el respectivo Departamento Provincial de Educación y un documento que acredite su identidad y edad. Mientras él o la estudiante se encuentren con “matrícula provisoria” se considerará como alumno regular para todos los efectos académicos, curriculares y legales a que diere lugar, sin perjuicio de la obligación del o la estudiante de obtener, en el más breve plazo, su permiso de residencia en condición de Estudiante Titular. Matriculado/a provisionalmente un/a estudiante inmigrante, el sostenedor del establecimiento subvencionado tendrá derecho a la subvención correspondiente.) 32. Daño a la Propiedad del Establecimiento Educativo Art. 37 Todos los integrantes de la comunidad educativa son responsables del buen uso de los recursos que son parte del establecimiento escolar, así como de los bienes particulares de sus integrantes sin excepción. Teniendo en consideración que gran parte de los recursos son herramientas para el aprendizaje, su cuidado y mantención es exigible a toda la comunidad escolar. • Destruir o dejar inoperable mobiliario, implementación tecnológica (laboratorios de ciencias y tecnología) • Destruir o dejar inoperables servicios higiénicos. • Destruir o dejar inoperable infraestructura o cualquier material que preste un servicio educativo. • Destruir o dejar inoperables elementos de seguridad (redes húmedas, etc.) • Destruir o dejar inoperables cámaras de seguridad y/o vigilancia, timbre, entre otros. • Destruir o dejar inoperables materiales didácticos o educativos facilitados a los alumnos/as como instrumentos musicales, accesorios deportivos, etc. • Daño a la propiedad de terceros. • Destruir o dejar inoperables vehículos, computadores, materiales de trabajo o personales de cualquier miembro de la comunidad educativa y comunidad en general. 33.De las Evaluaciones Evaluación y Promoción Art. 38. La evaluación es un medio de expresión cualitativo y cuantitativo del establecimiento, de avance de las conductas, metas y objetivos y por lo tanto permite comprobar la efectividad del currículum previamente establecido, determinando logros en los niveles de actuación de todos los agentes involucrados en el proceso educativo. 33.1. Régimen de evaluación SEMESTRAL
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    53 33.2. Formas deevaluación Se utilizarán los siguientes procedimientos evaluativos: • Pruebas de Diagnóstico • Pruebas Formativas • Pruebas Sumativas • Trabajos Grupales • Trabajos Prácticos Individuales • Trabajos de Investigación • Tablas de Cotejo • Revisión de Cuadernos • Interrogaciones Orales y/o Escritas • Disertaciones • Salidas a Terreno • Mapas Conceptuales y otros. Cada docente debe aplicar, en cada semestre, a lo menos tres procedimientos evaluativos de los anteriormente nombrados. Es un derecho y una obligación, que el estudiante este informado del criterio evaluativo que será utilizado por el docente. A demás deberá quedar registrado en el libro de clases, en caso contrario no se podrá aplicar. 33.3. Decretos de evaluación y promoción 1º a 8º Año Básico: Decreto Nº 67/ 18 que aprueba normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción para estudiantes de educación regular, para sustentar este Reglamento. Sera considerada falta, copiar en una evaluación de la forma y por el medio que sea, negarse a realizar una evaluación oral o escrita. El uso indebido del instrumento de evaluación o formativo. Rayar, romper, arrugar, escribir mensajes, fotografiar, suplantar identidad, plagiar y/o adulterar, así como también, devolver la evaluación cuando corresponda. *Detallado en Reglamento de Evaluación 34. De la matrícula Art. 39. La matrícula es el acto de ingreso voluntario del estudiante a la Escuela Básica Estrella del Sur, ejerciendo su derecho a la Educación, y que establece el compromiso junto al apoderado a acatar lo dispuesto en este reglamento. 34.1. Estudiantes nuevos Para solicitar matrícula los requisitos y documentos que necesitará presentar son: 1) Certificado de nacimiento del estudiante actualizado original 2) Certificado de Estudios correspondiente al año anterior
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    54 3) Comprobante admisiónSAE 4) *Informe de Personalidad del año anterior *Se podrá matricular sólo hasta el término del Primer Semestre de cada año, y en tal caso debe presentar informe completo de notas más el informe de personalidad del primer semestre. Postulantes que hayan sido estudiantes del establecimiento en años anteriores, y se hayan retirado, ingresarán como estudiantes nuevos, debiendo presentar la documentación anteriormente indicada, junto con ello deberán ser entrevistados por el Director y/o Inspector General, junto al apoderado. Los traslados de estudiantes se matricularán hasta octubre siempre y cuando existan vacantes en el curso. 34.2. Estudiantes antiguos Los y las estudiantes deberán matricularse en la fecha informada por el establecimiento, de no ser así, el establecimiento podrá disponer del cupo para matricular a un estudiante nuevo. Los estudiantes que se encuentren con la figura de condicionalidad, su matrícula para el año siguiente estará sujeta a consulta al Consejo Escolar, Consejo de Profesores y/o Comité de Convivencia Escolar, una vez recibido el informe entregado por estos, la dirección del establecimiento procederá a informar al apoderado la resolución respecto de la matrícula (se renueva o se cancela) para dicho estudiante, pero la decisión final recae en el/la directora/a. 35. De las conductas a destacar Art. 40. El establecimiento potencia los mejores resultados de aprendizaje de sus estudiantes, así como fomenta las mejoras en el quehacer de la escuela en cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de reconocimientos público internos y externos. 35.1. Premiación Semestral y Anual Conducta Criterio Reconocimiento Periodicidad Asistencia. • Cursos que hayan presentado el más alto porcentaje de asistencia cada cierto período. • Diploma. • Foto del curso con mejor asistencia en RRSS Mensual. Rendimiento • Distinción a los 03 mejores rendimientos académicos de cada curso. • Diploma. • Foto en cuadro de honor. Semestral / *Anual Esfuerzo • Distinción a estudiantes que logren aprendizajes • Diploma Semestral / *Anual
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    55 significativos a pesarde la adversidad. • Foto en cuadro de honor. Cuadro de Honor • Reconocimiento a estudiantes por rendimiento y esfuerzo durante el semestre o año escolar. • Foto Semestral Asistencia de apoderados a reunión de sub centro. • Cursos que hayan presentado el más alto porcentaje de asistencia cada cierto período. • Diploma. • Foto grupal en RRSS Mensual Reconocimiento frente a la Comunidad Escolar • Según participación. Puede ser individual o grupal, después de cada competencia deportiva/artística en que hayan participado y obtenido trofeos o distinción • Destacados en actos cívicos semanales posterior a la participación u otros de importancia. • Foto en RRSS Cuando lo amerite. 35.2. Ceremonia de Licenciatura de Octavos Básicos: La Escuela Básica Estrella del Sur ofrecerá a los y las estudiantes de octavos básicos la Licenciatura al finalizar el año escolar. Esta ceremonia estará limitada al cumplimiento del Reglamento Interno y Manual de Convivencia. De esta manera se podrá condicionar la asistencia de el/la estudiante a este evento previa consulta al Consejo de Profesores e Inspectoría General según antecedentes de “Faltas Gravísimas” registradas en Libro de Clases. Conducta Criterio Reconocimiento Periodicidad Asistencia. • Distinción a estudiantes que logren presentar el mayor porcentaje de asistencia en el periodo lectivo. • Diploma. Anual Puntualidad • Distinción a estudiantes que logren presentar el menor porcentaje de atrasos en el periodo lectivo. • Diploma. Anual Rendimiento • Distinción a los 03 mejores rendimientos académicos de cada Promoción de Octavos Años • Diploma. Anual Esfuerzo • Distinción a estudiantes que logren aprendizajes • Diploma Anual
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    56 significativos a pesarde la adversidad. Trayectoria • Reconocimiento a los y las estudiantes que hayan cursado toda su educación básica en EBES. • Diploma Anual Espíritu Estrella del Sur • Reconocimiento a el/la estudiante que cumpla el perfil y espíritu valórico de la Escuela • Diploma y/o medalla conmemorativa Anual Reconocimiento Artístico / Deportivo • Según participación. Puede ser individual o grupal desde el área artística o deportiva. • Diploma Anual TÍTULO III 36.FALTAS Y ABORDAJE DISCIPLINARIO Art. 41. En el presente documento se han establecido diversas normas y deberes relacionados con la convivencia escolar, el no respeto a estos acuerdos constituye una falta. a) Las y los estudiantes tienen derecho a un proceso justo y racional, atendiendo a los derechos fundamentales, convenciones internacionales y la normativa vigente en educación. b) Las sanciones deben tener una orientación formativa-pedagógica donde las y los estudiantes tengan además derecho a instancias de revisión y apelación a las sanciones impuestas. c) Las instancias de apelación deben existir para los casos en que se apliquen sanciones a las faltas graves. d) Todas aquellas transgresiones a los acuerdos del manual de convivencia, que no están contenidas en este manual, serán revisadas de forma extraordinaria por una comisión conformada por Director/a, Inspector/a General, Coord. Convivencia Escolar de manera de concordar el criterio para su abordaje. “No se debe olvidar que para los estudiantes el sentido de la norma es ayudarlos a crecer progresivamente en autonomía, en la capacidad de actuar responsablemente y de convivir en armonía con los otros/as. Para ello se requiere la supervisión, el acompañamiento y el apoyo pedagógico por parte de los adultos”12 Se entenderá como falta el acto u omisión que constituya una transgresión a las normas y acuerdos consensuados en este documento. El establecimiento considera la siguiente graduación de faltas: 12 Ministerio de Educación, “Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de Convivencia Escolar”, Actualización según Ley de Inclusión, MINEDUC, Santiago, 2016, Pág.35.
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    57 1) Faltas Leves. Accionesde responsabilidad individual que quebrantan normativas del establecimiento y que no afectan a otros miembros de la comunidad educativa. 2) Faltas Graves Acciones individuales o colectivas que quebrantan normativas internas del establecimiento, que afecten a otros miembros de la comunidad educativa y/o deterioren intencionalmente la infraestructura o materiales del establecimiento. 3) Faltas Gravísimas. Acciones individuales o colectivas que quebranten normativas internas del establecimiento y afectan directamente la integridad de otros miembros de la comunidad escolar. También aquellas acciones que constituyan delito. Para la aplicación de una sanción, se tomarán en cuenta los siguientes factores: 1. FACTORES ATENUANTES i. No haber transgredido las normas anteriormente. i. El reconocimiento oportuno de la falta. ii. Haber mostrado un cambio conductual. iii. Reparación inmediata y/o espontáneamente del daño. 2. FACTORES AGRAVANTES i. Reiteración de la falta. ii. Uso de violencia, actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas. iii. Actos de acoso escolar. iv. No demostración de arrepentimiento de la falta cometida. 36.1. Abordaje de la Indisciplina y Debido Proceso. Art. 42. El abordaje de situaciones que constituyan falta se desarrolla a través de las instancias formales del establecimiento, dando cumplimiento al debido proceso, es decir, un procedimiento racional y equitativo al momento de impartir justicia al interior de la comunidad educativa. Esto pues según el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”. 13 En este sentido, el debido proceso al interior del establecimiento educacional debe contemplar: a) Prexistencia de la Norma: Sólo se puede sancionar hechos y situaciones que estén explícitamente definidas como falta en el presente manual de convivencia, en el N° 37. De acuerdo el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”. b) Detección. 13 (DECRETO 1150 TEXTO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE, 1980)
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    58 Todos/as las ylos docentes, directivos y asistentes de la educación del establecimiento estarán atentos/as a situaciones que constituyan falta por parte de las y los estudiantes, ya sea a través de la observación directa o la recepción de denuncias. En el caso de personal administrativo o de servicios menores, estos deberán derivar el caso inmediatamente a la o el docente o inspector/a a cargo de las o los estudiantes involucrados/as o algún directivo del establecimiento. El o la docente, inspector/a o directivo que observe la falta o reciba la denuncia deberá categorizar la gravedad de la situación de acuerdo a lo que establece este manual. En este momento del proceso se categorizan hechos y acciones no estableciéndose aún responsabilidades individuales ni culpabilidades. c) Imparcialidad El procedimiento de abordaje de las faltas debe ser realizado por docentes, directivos y/o asistentes de la educación, o cualquier otro profesional(es) que el establecimiento determine, para estos fines, definidos previamente para los distintos tipos de situaciones de acuerdo a su gravedad. Además, es fundamental que la persona que aborde una falta no esté involucrada directamente en lo sucedido ya sea cómo víctima o agresor. Específicamente los distintos tipos de faltas serán abordadas por: • Las FALTAS LEVES: Serán abordadas por cualquier DOCENTE, DIRECTIVO, INSPECTOR/A, asistente de la educación, que tenga conocimiento de lo sucedido siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos. • Las FALTAS GRAVES: Serán abordadas por DIRECTIVO, que tenga conocimiento de lo sucedido siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos. • Las FALTAS GRAVÍSIMAS: Serán abordadas cualquier DOCENTE, DIRECTIVO, INSPECTOR/A, asistente de la educación, que tenga conocimiento de lo sucedido siempre y cuando no esté vinculado directamente en los hechos. 36.2. Presunción de Inocencia Art.43. Ningún miembro de la comunidad educativa puede ser considerado/a culpable ni ser sancionado hasta cumplir con todos los pasos del debido proceso, es decir, hasta desarrollar un procedimiento racional y justo. No se podrá aplicar medidas formativas ni sanciones hasta desarrollar los pasos aquí descritos. 36.3. Notificación a las/os involucradas/os Art. 44. Todas las personas que están siendo consideradas en el abordaje de una situación específica o en el proceso investigativo de una falta deben saberlo explícitamente, siendo responsabilidad de la persona que guía en el procedimiento avisarles formalmente, dejando constancia escrita de esto. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por estudiante, donde se registrarán todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo… Cabe destacar que este es el único registro válido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. En la hoja de vida de las y los estudiantes se debe registrar si están involucrados/as en alguna situación que
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    59 constituya falta yposteriormente al proceso indagatorio, la determinación de sus responsabilidades y la aplicación de medidas formativas y/o sanciones. 36.4. Notificación a Apoderadas/os Art. 45. En el caso de FALTAS GRAVES o FALTAS GRAVÍSIMAS se debe solicitar una reunión entre Inspectoría General y el apoderada/o de las y los estudiantes involucradas/os para informarle sobre la situación que se está investigando y en la que su pupilo/a se encuentra involucrado/a. El objetivo es informar al apoderado/o de los hechos y elaborar conjuntamente una estrategia de abordaje de la situación. 36.5. Establecimiento de Plazos Art. 46. Al momento de iniciar los procesos de investigación de responsabilidades frente a la ocurrencia de faltas, es necesario considerar la existencia de plazos máximos para el desarrollo de las indagatorias. Estos plazos son: a) En el caso de FALTAS LEVES, el plazo máximo será de DOS DÍAS hábiles. b) En el caso de FALTAS GRAVES, el plazo máximo será de CINCO DÍAS hábiles. c) En el caso de FALTAS GRAVÍSIMAS, el plazo máximo será de DIEZ DÍAS hábiles. 36.6. Derecho a Defensa Art.47. De acuerdo al Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile, “toda persona tiene derecho a defensa”, por lo que todas las personas involucradas o sindicadas en la ocurrencia de una falta tendrán derecho a ser escuchados/as, presentar sus descargos, argumentos y pruebas que permitan aclarar los hechos o su responsabilidad en las situaciones que se investigan. Deberá quedar registro escrito de los pasos acontecidos durante la indagatoria del caso. 36.7. Proporcionalidad de Sanciones Art.48. El presente documento establece distintas medidas formativas y sanciones aplicables a distintos tipos de faltas. Esta diferenciación resguarda la proporcionalidad entre las acciones de abordaje institucional y la gravedad de los hechos o conductas que se abordan. Se busca aplicar medidas y sanciones que estén directamente vinculadas a las faltas cometidas. En el caso de faltas gravísimas, el o la Inspector/a General debe avisar formalmente a la Dirección del establecimiento las conclusiones del proceso indagatorio para acordar conjuntamente la aplicación de sanciones o la realización de denuncias. 36.8. Monitoreo Art.48 Cualquier aplicación de medidas formativas o sanciones en el establecimiento requiere establecer explícitamente los plazos de su ejecución, definiendo además la persona que será responsable de su supervisión. En el caso de las medidas formativas, se debe considerar plazos que
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    60 racionalmente permitan surealización y cumplimiento, así como también deberá quedar registrado en la hoja de vida de cada estudiante involucrado/a (libro de clases) los resultados de su ejecución. En el caso de las sanciones de suspensión, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y expulsión, su aplicación debe ser posterior al plazo que este documento o la legislación vigente establecen para que el o la estudiante y/o su apoderado/a puedan apelar a la sanción y se concluya con todos los pasos del debido proceso. 36.9. Derecho de Apelación Art.49. Toda aplicación de medidas formativas o sanciones puede ser apelada por el o la estudiante o su apoderada/o en caso de considerarlas injustas, desproporcionadas o que a su juicio existan fallas en los procedimientos desarrollados por el establecimiento. La instancia de apelación para todas las medidas formativas y para las sanciones de anotación negativa, citación al apoderado/a y suspensión de clases será realizada por la Coordinación de Convivencia Escolar. La apelación podrá realizarse personalmente por el o la estudiante o su apoderada/o, así como también por escrito en caso que el apoderado/a no pueda asistir oportunamente al establecimiento. El plazo para la apelación será de un (01) día hábil. Para hacer efectiva la apelación, el apoderado debe: 1) Firma la recepción de la medida disciplinaria. 2) Solicitar Carta de Apelación a secretaria de Dirección. 3) Entregar a la secretaria de Dirección la Carta de Aplicación, dentro de un plazo no mayor a tres días desde el momento de haber sido notificado de la sanción. 4) Recibir respuesta del Encargado de Convivencia Escolar en un plazo máximo de 5 días hábiles. (Si la situación en cuestión procede una investigación, el Encargado de convivencia escolar contará con un plazo de 15 días hábiles para emitir un informe y resolución al respecto) Si el apoderado no realiza la apelación en los plazos estipulados en los artículos anteriores, se hace efectiva la medida disciplinaria. En el caso de las sanciones “Cancelación de Matrícula” y “Expulsión”, la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, establece que el o la apoderada/o del o la estudiante sancionado/a podrá “pedir la reconsideración de la medida dentro de diez días (hábiles) de su notificación, ante el o la Director/a, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos o psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”. 36.10. Derivación al Departamento de Convivencia o Psicosocial Art. 50. En el caso de FALTAS GRAVES y FALTAS GRAVÍSIMAS, además de la aplicación de medidas formativas y/o sanciones, las y los estudiantes involucrados/as podrán ser derivados al Departamento de Convivencia Escolar del establecimiento. Este equipo será liderado por el o la Coordinador/a o Encargado de Convivencias Escolar, quien convocará al equipo y presentará el caso. Si la situación lo amerita se podrá incluir al profesor/a jefe/a respectivo u otras personas de acuerdo a cada situación. Entre las acciones que debe realizar este equipo figuran:
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    61 ➢ Recolectan antecedentesy analizan el caso. ➢ Definen y ejecutan un plan de apoyo pedagógico y socio afectivo en un plazo definido. ➢ Evalúan el plan de apoyo. 36.11. Denuncia de Delitos Art.51. En el caso de situaciones que constituyan posibles delitos, de acuerdo al Artículo 175° de la Ley N° 19.696 o Código Procesal Penal letra e indica, “Los directores, inspectores y profesores de 51 establecimientos educacionales de todo nivel, estarán obligados a denunciar los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento”. 14 Esta ley establece en términos jerárquicos la responsabilidad de realizar las denuncias respectivas, recayendo en el Director/a la primera responsabilidad al respecto. En caso de situaciones que constituyan delito, será el/la directora/a quien realice el procedimiento de la siguiente manera: 1. Frente a la alerta de una situación constitutiva de delito, se buscarán los medios probatorios de la falta. 2. Se dará aviso al apoderado para que concurra al establecimiento. 3. Se llamará a Carabineros o PDI, según el tipo de delito. 4. El procedimiento se realizará durante la jornada escolar del estudiante 37. Medidas Formativas y Sanciones Art. 52. Una MEDIDA FORMATIVA es una acción institucional de abordaje de una falta, que busca la reparación del daño y el aprendizaje de las y los afectados/as. Frente a la ocurrencia de alguna de las situaciones consideradas como FALTAS descritas en este manual y tras haber cumplido el debido proceso definido en el mismo documento, el establecimiento aplicará alguna de las medidas formativas o sanciones descritas a continuación. En el establecimiento existen cinco tipos de medidas formativas: 1) Diálogo Formativo. Conversación entre un o una asistente de la educación, docente, directivo o inspector/a y las o los estudiantes que han cometido una acción considerada falta por este manual. Esta conversación puede desarrollarse individualmente con cada estudiante o colectivamente con todas/os las y los estudiantes involucrados en alguna falta. El objetivo de la conversación es reflexionar sobre la falta cometida y sus consecuencias, así como también, elaborar acuerdos explícitos de cambio de conducta por parte de las y los estudiantes involucrados/as. Puede darse en el momento de ocurrencia de la falta o posterior si es en el interior del aula durante la clase, teniendo especial cuidado de que se aplique no más allá del mismo día para lograr el efecto deseado con la aplicación de esta medida. 2) Acción de Reparación. 14 (LEY 19696, CODIGO PROCESAL PENAL, 2000)
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    62 “Las medidas reparatoriasconsideran gestos y acciones que un agresor puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño”15 . Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as: • Pedir disculpas privadas o públicas. • Reponer artículos dañados o perdidos. • Acompañar o facilitar alguna actividad de la persona agredida. 3) Trabajo Académico. Acciones individuales o colectivas de investigación y reflexión sobre algún tema referido directamente a la falta cometida. Estos trabajos deben tener un plazo especificado, pero no tener incidencia en las notas de ninguna asignatura: • Confección de afiches o diarios murales sobre algún tema. • Presentaciones o disertaciones sobre algún tema en su curso o en otros cursos. • Trabajos de investigación o expresión artísticos relacionados con la falta. 4) Servicio Comunitario. Acciones individuales o colectivas que beneficien una parte o la totalidad de la comunidad escolar. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida, desarrollarse por un tiempo determinado y no ser consideradas denigrantes por las o los involucrados/as. • Reposición o reparación de infraestructura o materiales del establecimiento. • Cooperar con el orden y atención de la biblioteca o CRA. • Cooperar con las actividades lectivas o no lectivas de algún/a docente. • Dirigir durante los recreos actividades recreativas con otros/as estudiantes. • Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos, poesías, teatros, debates) de acuerdo a la falta. 5) Resolución pacífica de conflictos. Instancia formal de diálogo entre quienes mantienen un conflicto con la intención de construir acuerdos sobre la forma de relacionarse. Su aplicación es excluyente con la aplicación de sanciones. Entre estas estrategias se puede señalar: ➢ Mediación. mediación de conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s) y entre adultos, definir quién será el tercero imparcial(Psicóloga). ➢ Negociación. negociación de conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s) y entre adultos, definir quién será la persona que facilitará la búsqueda de beneficios para ambas partes. idealmente basarse en el modelo negociación colaborativa. (Psicóloga). ➢ Arbitraje. conflictos entre estudiantes, entre estudiante(s) y adulto(s) y entre adultos. Considerar que en el arbitraje las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, quién será el encargado de resolver el conflicto. Por su parte, una sanción es la “pena que se impone a quien ha cometido un delito o falta.” 16 37.1. Tipos de sanciones 15 Ministerio de Educación, “Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de Convivencia Escolar”, MINEDUC, Santiago, 2011, Pág. 13. 16 ("Diccionario de la lengua española", 2021)
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    63 a) Anotación Negativa Observaciónescrita de algún hecho o conducta realizado por un/una estudiante que se considere como falta según este documento. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por alumno, donde se registrarán todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo… Cabe destacar que este es el único registro válido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. Su aplicación debe ser informada inmediatamente al estudiante sancionado/a, así como también será informada a su apoderada/o durante la próxima reunión de apoderadas/os o citación formal que se le haga al establecimiento. Las anotaciones negativas deben ser redactadas de manera simple y clara, describiendo hechos y acciones que constituyan falta, evitando las opiniones o juicios de valor de quien registra. b) Suspensión: Prohibición de ingreso al establecimiento educacional que se le aplica a un/a estudiante por un período determinado. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la suspensión no puede aplicarse por períodos que superen los cinco días hábiles, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual período”. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este documento y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. El o la estudiante suspendido/a deberá contar con un plan de trabajo académico para los días que dure la sanción y tendrá derecho a recibir los materiales o beneficios que el establecimiento haya entregado durante su ausencia. Para los casos del o la estudiante que se encuentre en riesgo social y vulnerabilidad, el establecimiento educacional deberá cautelar y garantizar su seguridad y protección, por lo cual, dicha sanción será realizada en sus dependencias, ingresando el estudiante al establecimiento y solo será suspendido su ingreso a la sala de clases; debiendo realizar un plan de trabajo académico para los días que dure la sanción. Será Inspectoría General y el/la Coordinador-a Técnico quienes determinen el lugar físico en el EE en que se desarrollará la sanción (CRA, oficina u otro lugar) c) Condicionalidad de Matrícula Acto previo a la cancelación de matrícula que establece un compromiso de cambio de conducta por parte de el/la estudiante, el que de no ser cumplido puede conllevar su salida de la comunidad educativa para el año lectivo siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del o la Director/a del establecimiento y sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este documento, en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una medida disciplinaria y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que estén consideradas como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser revisada al final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”. *El ordinario 476 establece que: “Aplicar la condicionalidad de matrículas a los alumnos nuevos es un acto de discriminación”.
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    64 d) Cancelación deMatrícula Sanción que implica la no continuidad en el establecimiento educacional de un/a estudiante por un plazo no mayor a 3 años siguientes a la aplicación de esta medida. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este documento y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa, quedando inhabilitado para incorporarse nuevamente a este establecimiento educacional. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión deexpulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el o la Director/a del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito a la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”. e) Expulsión Sanción máxima del establecimiento que conlleva la cancelación inmediata de la matrícula a un/a estudiante. A través de este acto, el o la estudiante deja de ser parte de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este documento y en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa, quedando inhabilitado para incorporarse nuevamente a este establecimiento educacional. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un/a estudiante sólo podrá ser adoptada por el o la Director/a del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito a la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”. 17 f) Información a la Superintendencia de Educación (Supereduc.) De acuerdo al Ordinario N° 0368, de la Superintendencia de Educación, si la o el Director/a opta por aplicar la expulsión o cancelación de matrícula, debe informar de esto a la Dirección Regional de la Superintendencia, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles desde que se formaliza la decisión, a fin de que ésta revise el cumplimiento del procedimiento, y también a la o el apoderado/a por escrito. No obstante, el o la estudiante debe continuar asistiendo a clases en tanto no esté afinado el procedimiento y no se hayan agotado todas las instancias establecidas en la ley. Para el caso que la denuncia se realice directamente a la Supereduc y el Establecimiento Educacional no informa, la Supereduc oficiará que el procedimiento aplicado no cumple con las exigencias de la ley, por tanto, se debe dejar sin efecto la sanción, informando a la o el 17 (LEY 20845, DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO, 2015)
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    65 apoderado/a y reincorporandoa la o el estudiante. La unidad educativa deberá enviar un documento a la Supereduc. que acredite que se deja sin efecto la medida y que el o la estudiante se encuentra asistiendo a clases. g) Resolución de Superintendencia de Educación • Rechazo de la medida: en caso de rechazar la aplicación de la sanción, la resolución debe dejar sin efecto la expulsión o cancelación de matrícula. No se solicitará la reincorporación de el o la estudiante ya que éste/a se debe mantener dentro del establecimiento y asistiendo a clases. • Aprobación de la medida: la Supereduc. debe notificar la resolución al Establecimiento y a la o el apoderado/a, señalando la decisión adoptada y sus fundamentos. Deberán también informar sobre los recursos, instancias y plazos para impugnar la resolución, solo una vez agotados todos estos se procederán a la aplicación, y en caso de expulsión el o la estudiante deberá dejar de asistir a clases. • Reubicación del estudiante: con la finalidad de garantizar su derecho a la educación, cuando se aprueba un proceso de expulsión y se han agotado todas las instancias administrativas antes descritas, el establecimiento podrá solicitar a la Corporación Municipal de Puente Alto el traslado del o la estudiante a otra escuela Corporativa, si así también lo manifiesta su apoderado/a y estudiante, realizando un acompañamiento en la gestión de matrícula y entregándoles todas las medidas de apoyo necesarias para su reubicación. h) Ley Aula Segura Con fecha 27 de diciembre de 2018 se publica en el Diario Oficial de la República de Chile la “Ley 21.128 Aula Segura”, la que entrega las siguientes atribuciones a los Establecimientos Educacionales: "Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, alumnos, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad física o síquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los establecimientos, tales como agresiones de carácter sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento.". "El director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley. El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas
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    66 establecidas como talesen los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley. El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre otros. Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la expulsión o la cancelación de la matrícula.". "El Ministerio de Educación, a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, velará por la reubicación del estudiante sancionado, en establecimientos que cuenten con profesionales que presten apoyo psicosocial, y adoptará las medidas para su adecuada inserción en la comunidad escolar. Además, informará de cada procedimiento sancionatorio que derive en una expulsión, a la Defensoría de los Derechos de la Niñez, cuando se trate de menores de edad."18 Los establecimientos educacionales deberán cuidarse de no incurrir en tipificar como graves o gravísimas la acumulación de infracciones leves y graves, y de esta forma, terminar aplicando cancelación de matrícula o expulsión, vulnerando las causales expresas establecidas en la normativa de la Ley Nº 21.128. 38. GRADUALIDAD 38.1. TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS Art. 42. El no cumplimiento de normas y deberes por parte de los distintos actores de la comunidad escolar se traducirá en la aplicación de sanciones, procedimientos y/o medidas pedagógicas formativas, que buscan corregir conductas, reparar daños, desarrollar aprendizajes y/o reconstruir relaciones. FALTA GRADUACION Presentarse sin útiles o materiales de trabajo solicitados con anticipación. LEVE Presentación personal y cuidado personal deficiente, uso de accesorios no correspondientes a la normativa del establecimiento LEVE Presentar atrasos o inasistencias injustificadas a clases. LEVE 18 (LEY 21128, AULA SEGURA, 2018)
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    67 No desarrollar lasactividades pedagógicas de cada clase LEVE No informar oportunamente a su apoderado sobre sus resultados académicos y registros disciplinarios. LEVE Mostrar desinterés o rechazo frente a su proceso de aprendizaje. Conducta oposicionista, interrumpir el normal desarrollo de la clase GRAVE Efectuar actos/gestos/dinámicas con connotación sexual contra cualquier miembro de la comunidad educativa por única vez. GRAVE Realizar actos, omisiones o imprudencias temerarias que comprometan la seguridad, actividad y salud de las personas y de sí mismos. GRAVE No cumplir con los acuerdos y compromisos con el grupo curso de forma reiterada. GRAVE Grabar imagen y/o sonido total o parcial de clases, conversaciones públicas privadas sin el consentimiento respectivo, a excepción de situaciones pedagógicas que lo requieran (retroalimentación, evaluación, investigación entre otros). GRAVE Exhibir, transmitir grabaciones, fotografías que afecten o menoscaben la integridad de cualquier integrante de la comunidad escolar por el medio de difusión que sea. GRAVE No entregar oportunamente trabajos o evaluaciones en algún subsector. GRAVE Copiar durante evaluaciones o adulterar documentos del establecimiento. Negarse a realizar una evaluación oral o escrita. GRAVE Uso indebido del instrumento de evaluación o formativo. Rayar, romper, arrugar. Escribir mensajes, fotografiar, suplantar identidad, plagiar y/o adulterar. GRAVE Agredir verbalmente a otro miembro de la comunidad escolar. Sobrenombres, gestos obscenos, insultos GRAVE *Acosar/hostigar y/o realizar ciberacoso a través de las RRSS a otro/a estudiante con la intención de causar menoscabo de su persona por única vez GRAVE Agredir físicamente a otro miembro de la comunidad escolar. GRAVÍSIMA Grabar, publicar o retransmitir a través de teléfonos celulares o cualquier otro medio tecnológico hechos de violencia que ocurran dentro o fuera del contexto escolar, con la intención de difundirlos provocando menoscabo a las víctimas. GRAVÍSIMA Efectuar actos/gestos/dinámicas con connotación sexual contra cualquier miembro de la comunidad educativa de forma reiterada en el tiempo. GRAVÍSIMA *Acosar/hostigar y/o realizar ciberacoso a través de las RRSS a otro/a estudiante con la intención de causar menoscabo de su persona en forma reiterada en el tiempo GRAVÍSIMA Fuga del Establecimiento, Abandono de las actividades escolares y la sala de clases sin autorización correspondiente. GRAVISIMA Mal uso de la documentación pública y privada, alteración, adulteración, falsificación, destrucción, inutilización, sustracción de documentos, informes, libros de clases, licencias médicas, certificados de distinta índole. GRAVISIMA Deteriorar o destruir de forma intencional materiales, mobiliario o infraestructura del establecimiento o cualquier material que preste un servicio educativo y/o formativo. GRAVÍSIMA Robar al establecimiento o algún miembro de la comunidad escolar GRAVÍSIMA Consumir o traficar sustancias ilícitas, cigarrillos o alcohol al interior del establecimiento educacional (ver protocolo relacionado Drogas - Alcohol) GRAVÍSIMA Ejercer agresiones físicas, psicológicas o sociales sistemáticamente, ya sea desde uno o un grupo de estudiantes hacia un miembro de la comunidad escolar. GRAVISIMA Realizar amenazas a cualquier miembro de la comunidad educativa o cualquier conducta que devalúe moral, psicológica o físicamente a otra persona. GRAVÍSIMA Toda conducta que vaya en contra de la legalidad vigente, Ley de violencia Escolar N° 20.536, Ley N°20.000 de drogas, ley N° 17.789 control y porte de armas, ley N° 19.617 delitos y abusos sexuales, Ley N° 20.609 contra la discriminación (ante la duda revisar artículos de ley) GRAVÍSIMA
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    68 Los directores, inspectoresy profesores deberán denunciar, cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos,abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes,dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los ARTICULO 175 (denuncia obligatoria) del Código Procesal Penal.
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    69 38.2. APLICACIÓN DEMEDIDA FORMATIVA O SANCIÓN. Art. 43. Las sanciones son las acciones que se adoptarán frente a las faltas que cometan los estudiantes con el objetivo de que tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos de reparación del daño. Las sanciones se aplican de acuerdo a sentido de proporcionalidad y debe tener sentido formativo, es decir, establecer una aspiración respecto del comportamiento que se espera aprendan los miembros de la comunidad, y debe ser aplicada con flexibilidad y criterio pedagógico. Según el tipo de falta, se aplicarán medidas a los estudiantes que no cumplan con el Manual de Convivencia, a modo de orientación se sugiere el siguiente modo de aplicación (Azul/leves Amarillo/Graves Rojo/Gravísimas) PEDAGÓGICAS REPARATORIA/FORMATIVAS DISCIPLINARIAS Refuerzo Pedagógico Trabajo comunitario escolar Diálogo personal pedagógico/ formativa entre docente y estudiante Actividades Pedagógicas Disculpas públicas y/o privadas. Amonestación verbal Acompañamiento en aula Reparación o reposición del daño. Amonestación escrita Firma de Compromiso Firmar un compromiso de colaborador de disciplina en el aula, apoyar a la docente a organizar el aula (firma de apoderado/alumno/docente/inspector y/o otro directivo). Firma de Compromiso de cambio de actitud Cambio de curso Derivación a profesionales, Asistencia a Redes. Citación a apoderados Quedarse a realizar un “proyecto educativo” en biblioteca después de clases (coherente al contenido a clase que no dejo internalizar por su disrupción en el aula) 1º instancia solo Realización de exposición o talleres en su curso u otros niveles. No participación en Actividades 2º instancia acompañado de su apoderado Realización de exposición o taller en compañía de su apoderado (temática atingente al conflicto vivenciado). Suspensión Intervención en los recreos respecto a la temática vivida. (1º instancia solo. 2º instancia acompañado de apoderado). Medida Excepcional de Condicionalidad de Matrícula
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    70 Medida Excepcional deAdecuación de la jornada escolar (dificultades socio- adaptativas y académicas). Medida Excepcional de No renovación de Matrícula/ Cancelación de matrícula Medida Excepcional de Expulsión, esta medida puede ser aplicada directamente cuando las conductas atenten directamente contra la integridad física o psicológica de algunos de los miembros de la comunidad educativa. (Ley Aula Segura – Ley de Inclusión) Son responsables de abordaje disciplinario, formativo y pedagógico son: Docentes/Directivos/Consejo de Profesores/Consejo Escolar/Inspectoría General/ Convivencia Escolar 38.3. Procedimiento según categorización (página siguiente)
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    71 FALTA PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIOS LEVE 1-Conversaciónpersonal pedagógico formativa entre docente y estudiante 2-Registro en hoja de vida. GRAVE 1-Conversación personal pedagógica formativa entre docente y estudiante. 2-Dialogo Grupal Reflexivo 3-Compromiso de cambio de actitud. 3-Registro en hoja de vida. 4-Citación y entrevista con apoderada/o 5-Aplicación de sanción y/o medida complementaria pedagógica formativa. GRAVISIMA 1-Conversación entre docente y estudiante. 2-Dialogo Grupal Reflexivo 3-Registro en hoja de vida 4-Citación y entrevista con apoderada/o. 5-Aplicación de sanción y/o medida complementaria pedagógica formativa 6-Disculpas formales al afectado en caso de agresión física o reparación o reposición del daño material. 7-Derivación a Convivencia Escolar, (intervención personal, familiar, grupal; talleres de coherentes a la dificultad vivenciada, educación de conductas contrarias a la sana convivencia escolar). En el caso que sea necesario. 8-Denuncia a tribunales de justicia (si corresponde a un delito) 9-Condicionalidad de la matrícula del estudiante 10- No renovación de la matrícula para el próximo año escolar o fecha superior. 11-Expulsión del establecimiento educacional (según indicaciones Ley Aula Segura. Ver 37.1 Tipos de sanciones letra h.) El proceso disciplinario debe quedar bajo registro en documento pertinente y/o bajo acta con nombre y firma de participantes, solo de este modo obtendremos evidencias frente a un eventual proceso de denuncia y/o legal. Para efectos de derivación el Equipo de Convivencia Escolar, la hoja de derivación debe tener adjuntos los registros de los siguientes pasos previos. 1-Conversación personal pedagógica formativa entre docente y estudiante. 2-Dialogo Grupal Reflexivo 3-Registro en hoja de vida. 4-Citación y entrevista con apoderada/o.
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    72 39. DESCRIPCIÓN DELCARGO 39.1. Director/a a) Cargo Director/a. b) Cargo (s) que los supervisa Director de Educación. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo de Gestión, Docentes, Administrativos, Auxiliares. Asistentes de Educación, d) Misión del Cargo Administrar y gestionar los recursos humanos, financieros y pedagógicos de los Establecimientos Educacionales, con el objetivo de alcanzar estándares educativos de alto rendimiento, cautelando el cumplimiento de los lineamientos establecidos desde la Corporación. • Funciones del cargo • El/La Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar los procesos y desafíos que exigen los procesos educativos actuales, entre ellos están definir y difundir el PEI y la Planificación Estratégica del Establecimiento, liderar los procesos de gestión pedagógica, proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la implementación curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros del aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de enseñanza aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de y entre los docentes y el equipo directivo • El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la comunidad escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las relaciones humanas con el fin de generar un clima escolar basado en relaciones de confianza y respeto, la habilidad de comunicarse de manera efectiva, abierta, clara y congruente. • El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva, equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes y desempeño de todos los miembros del establecimiento. • Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que permitan realizar en forma adecuada los procesos de selección, evaluación y desarrollo del personal del establecimiento, establecer condiciones de trabajo que permitan a los docentes y asistentes de la educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades, gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las condiciones de calidad de vida dentro del establecimiento, el director debe hacer frente a situaciones complejas resolviendo conflictos con estrategia, método y decisión. • Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el logro de las metas y prioridades del establecimiento asegurando que la administración y control financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento. • Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos, rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus dirigidos. 39.2. Inspector/a General
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    73 a) Cargo Inspector/aGeneral. b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento. b) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes, Equipo PIE, Equipo Conv. Es, Asistentes de Educación, Administrativos, Auxiliares. d) Misión del Cargo Generar las condiciones para el óptimo desarrollo de las actividades administrativas y curriculares, además de velar por el cumplimiento 68 del Reglamento Interno dl establecimiento, generando así un ambiente de sana convivencia. • Funciones del cargo • El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente. • Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas. • Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo. • Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva incide directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz de adaptar el nivel comunicativo a las diferentes edades de sus interlocutores. Es un canal de comunicación válido entre el director (a) y los profesores y estudiantes. • Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva operativa • Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos en el estudiantado, ocurrencia de accidentes. Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la resolución de conflictos. 39.3. Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica a) Cargo Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes, Equipo PIE y Personal Administrativo d) Misión del Cargo Brindar asesoría a la Dirección del establecimiento, así como gestionar la programación, supervisión y seguimiento de las actividades curriculares. Todo esto, con el fin de entregar una educación de calidad. • Funciones del cargo • El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el proceso académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que demandan los actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo con foco pedagógico, y demostrar capacidad para organizar las actividades técnico-pedagógicas, determinando objetivos y metas claras alineadas con las de la institución. • El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico e interactuar con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el
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    74 proceso de aprendera mejorar su práctica la cual debe estar vinculada a los objetivos del proceso técnico pedagógico del Establecimiento • Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso adecuado, implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje. 39.3.1. Coordinador/a Pedagógico a) Cargo Coordinador/a Pedagógico b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes d) Misión del Cargo Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares afines que están a su cargo, promover y acompañar el fortalecimiento de las capacidades de desempeño pedagógico en los docentes a fin de contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados educativos. • Funciones del cargo • El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a los maestros para fortalecer el desempeño del docente y mejorar su práctica en el aula, es el docente que por su trayectoria está validado para ejercer liderazgo educativo de gestión junto al equipo pedagógico, acompaña, retroalimenta, promueve el diálogo y la reflexión entre pares para mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los docentes y reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático, responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios declarados en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances y mejoras en el aprendizaje de los estudiantes. 39.3.2. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA) a) Cargo Coordinador/a CRA b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes d) Misión del Cargo Promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones curriculares y pedagógicas de la escuela, junto con motivar a los estudiantes a la lectura e investigación, ayudando a ubicar el material buscado y manteniendo un ambiente adecuado para la lectura. Además, trabaja para que la circulación del material sea expedita y mantiene la colección bien clasificada y en buen estado. • Funciones del cargo 39.3.3. Encargado/a Extraescolar a) Cargo Coordinador/a Extraescolar b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica
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    75 c) Cargo (s)a los cuales supervisa Docentes Educación Física d) Misión del Cargo Asesorar el diseño, implementación y evaluación de acciones que favorezcan los procesos educativos extraescolares deportivos/artísticos de la comunidad educativa. • Funciones del cargo • Cumple el rol contribuir al desarrollo integral del proceso educativo mediante la asesoría y acompañamiento en materias de educación extraescolar, ya sea a través del diseño y ejecución de programas, proyectos y/o la incorporación de este ámbito en la formación de los estudiantes. • Motiva, sensibiliza y acompaña a la comunidad educativa, en torno al área de Educación Extra-escolar en la elaboración y ejecución de proyectos, coordinando los distintos recursos existentes para ello. • Elabora, propone y coordina programas y proyectos en torno a las necesidades del área, previamente diagnosticadas, a fin de gestionar recursos tanto propio, como adicionales, mediante la postulación a distintos fondos concursables. • Gestiona alianzas estratégicas con instituciones afines con el objetivo de desarrollar actividades que contribuyan al fortalecimiento de la Educación Extraescolar. • Cumple con otras tareas que le asigne el Jefe y/o el Director para el mejor logro de los objetivos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones 39.4. Encargado/a de Convivencia Escolar a) Cargo Coordinador de Convivencia Escolar b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Área de Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte c) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo Psicosocial, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos. d) Misión del Cargo Promover el enfoque formativo, inclusivo y participativo de la convivencia escolar implementando acciones, iniciativas, programas y proyectos que fomenten el desarrollo de una convivencia escolar positiva. Considerando el contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la comunidad educativa. Aportando en la generación de una cultura de buen trato de manera multidireccional y fortaleciendo el vínculo de trabajo colaborativo entre las redes internas y externas • Funciones del cargo • El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es una persona que genera actitudes de escucha, respeto y tolerancia, acompaña constantemente en la resolución de conflictos, crea conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y padres de familia, los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores aprendizajes en los estudiantes. • Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones de convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y sistemática las habilidades sociales afectivas y cognitivas en los estudiantes y comunidad escolar.
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    76 39.5. Coordinador/a Programade Integración Escolar (PIE) a) Cargo Coordinador/a PIE b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal PIE., Área de Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte c) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo profesionales PIE, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos. d) Misión del Cargo Liderar un equipo multidisciplinario que, en conjunto, aporten al desarrollo de prácticas pedagógicas de atención a la diversidad que favorezcan la instalación de una cultura inclusiva dentro del establecimiento • Funciones del cargo • El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la normativa vigente (Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se cumpla dentro del establecimiento educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias que favorezca la equidad de oportunidades en todos los estudiantes y erradique las barreras del establecimiento. 39.6. Docente a) Cargo Docente b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a de Convivencia Escolar, Coordinador/a PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Asistentes de Aula d) Misión del Cargo Entregar una educación integral, llevando a cabo los procesos sistemáticos de enseñanza y formación, favoreciendo el desarrollo intelectual y emocional de los alumnos, para así poder brindar mayores oportunidades futuras. • Funciones del cargo • El docente de aula es el profesional capaz de ejercer un liderazgo pedagógico que comprometa activamente a sus estudiantes con su proceso de aprendizaje, el docente debe mostrar un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencia y calidad, mostrar habilidad para buscar, trabajar colaborativamente y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo personal y profesional, • Debe tener capacidad de influir en la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional y como con los principios declarados en el Estatuto Docente. Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener disposición para acceder al perfeccionamiento y a nuevos aprendizajes, y de esta forma adquirir las competencias para desarrollar en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden superior, para el logro de mejores aprendizajes. 39.7. Profesionales Programa de Integración 39.7.1 Docente Diferencial
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    77 a) Cargo DocenteDiferencial b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General y Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Asistentes de Aula (Tutoras/es) d) Misión del Cargo Diseñar y planificar procesos educativos que atiendan a la diversidad, para favorecer los aprendizajes de los estudiantes, principalmente a aquellos que presentan NEE. • Funciones del cargo • El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 39.7.2 Kinesiólogo/a a) Cargo Kinesiólogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Evaluar de manera funcional y psicomotriz a los y las estudiantes, siendo una base para orientar a los docentes sobre el refuerzo y adquisición de nuevos conocimientos, para que logren de mejor manera, su inserción al sistema escolar regular. • Funciones del cargo • El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 39.7.3. Fonoaudiólogo/a a) Cargo Fonoaudiólogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Facilitar la participación de todos los estudiantes dentro de la comunidad educativa, especialmente de aquellos que presentan NEE asociadas a lenguaje y comunicación. • Funciones del cargo • El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá detectar, diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales a nivel de sus competencias comunicativas y de lenguaje, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar
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    78 integralmente a losestudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con Profesores de aula, Asistentes de la Educación, equipo Directivo y Apoderados. 39.7.4. Psicopedagogo/a a) Cargo Psicopedagogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Asistentes de Aula (Tutoras/es) d) Misión del Cargo Diagnosticar y mejorar el sistema educativo de los y las estudiantes del PIE, aportando ajustes en los métodos didácticos como en los pedagógicos que intervienen en el desarrollo de su educación. • Funciones del cargo • El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 39.7.5. Psicólogo/a a) Cargo Psicólogo/a Programa de Integración Escolar b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Formar parte del equipo de aula, desarrollando un trabajo colaborativo con los profesores, participando en la planificación de los planes educativos individuales PAI, proveyendo de acuerdo a sus competencias profesionales, mejores respuestas educativas a los estudiantes con NEE y el grupo curso en general. • Funciones del cargo • El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 39.7.6. Terapeuta Ocupacional a) Cargo Terapeuta Ocupacional b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Facilitar los procesos e interacciones de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE), con la finalidad de favorecer su Desempeño
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    79 Ocupacional en elcontexto educativo y Transición hacia una Vida Activa (TVA). • Funciones del cargo El/La profesional Terapeuta Ocupacional del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 39.8. Profesionales Departamento de Convivencia Escolar 39.8.1. Psicólogo/a a) Cargo Psicólogo/a Convivencia Escolar b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord. Departamento Conv.Es. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Favorecer oportunamente el proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes, por medio del desarrollo de capacidades y habilidades educativas a nivel personal, grupal, institucional y comunidad, considerando su contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la comunidad educativa, con intervenciones eficientes y cariñosas. • Funciones del cargo • El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del trabajo con los estudiantes que presenten esta necesidad, derivada de su desarrollo emocional o social, procurando en su salud mental. 39.8.2. Trabajador/a Social a) Cargo Trabajador/a Social b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord. Departamento Conv.Es. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Apoyar el proceso escolar de los y las estudiantes que presenten dificultades en el ámbito social, especialmente a aquellos que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, con el fin de favorecer su permanencia en el sistema escolar. • Funciones del cargo • El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del trabajo con os estudiantes que presenten la necesidad de ser asistidos en el área social, procurando propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro, adecuado y socialmente equitativo en su desarrollo como persona.
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    80 39.9. Apoyo informático a)Cargo Encargado/a de Apoyo Informático - REDES b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Vigilar la mantención y correcto funcionamiento de redes de internet y material tecnológico para el correcto uso de ellos en el proceso educativo de todos los miembros de la comunidad educativa. • Funciones del cargo • El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el Profesional que deberá velar por el normal funcionamiento de las redes de internet en las distintas dependencias del establecimiento, además de mantener en óptimas condiciones el material tecnológico utilizado tanto por los docentes, estudiantes y demás funcionarios del área administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el área de Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de distintas tareas que se le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes. 39.10. Asistentes de la Educación 39.10.1. Secretaria a) Cargo Secretaria / Administrativo b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Ejecutar las labores de apoyo administrativo designadas según su función, en forma ordenada y de acuerdo a los plazos y normas establecidas, para cumplir de forma correcta y oportuna los objetivos de su área. • Funciones del cargo • Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el secretario para desarrollar de manera eficiente su labor profesional en la oficina, esencialmente, son el buen trato, brindar un servicio de calidad y calidez humana a los jefes, compañeros de trabajo, docentes y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la imagen primera que tiene la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a los visitantes. • Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene habilidades de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es autónoma, es consciente de su rol y los lineamientos del PEI, con los cuales se logra un alto rendimiento institucional para conseguir mejores aprendizajes en los estudiantes. 39.10.2. Asistentes de Aula a) Cargo Asistente de Aula b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspector/a General
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    81 c) Cargo (s)a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas y asistenciales de la educación. • Funciones del cargo • El o la Asistente de aula es la persona que asume actividades complementarias a la labor educativa del profesor, apoya el proceso formativo de los estudiantes es proactiva (o) en todas las actividades, mantiene una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes dentro y fuera del aula, tiene un trato atento y cordial con los apoderados, tiene una actitud de colaboración en la generación un ambiente cálido y propicio para que los estudiantes puedan aprender. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes 39.10.3. Tutor/a a) Cargo Tutor/a b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspector/a General, Coord. PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes NEEP d) Misión del Cargo Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas y asistenciales de la educación de los y las estudiantes con NEEP. • Funciones del cargo • El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o más estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP), favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático. 39.10.4. TENS a) Cargo Técnico en Enfermería b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Encargada/o de dirigir, supervisar y mantener activa una unidad de atención de Primeros Auxilios y velar por el bienestar físico de los miembros de la comunidad escolar a través de la resolución rápida y oportuna de acciones asistenciales y educativas contribuyendo de esta forma, a mantenerles en óptimas condiciones de salud. • Funciones del cargo • La o él TENS es la persona encargada de la Enfermería del establecimiento, por lo tanto, es quién realiza las prestaciones de Primeros Auxilios a los estudiantes luego de ocurrido un accidente escolar o por complicaciones por alguna patología o enfermedad que los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial.
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    82 • La oél TENS es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo. 39.10.5. Inspectores de Patio a) Cargo Inspectores/as b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del establecimiento. • Funciones del cargo • Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien colabora en la orientación de los estudiantes en su conducta y actitud, buenos hábitos y costumbres, es la persona que controla las inasistencias atrasos presentación personal, lo cual incide en los índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios y vela por que el entorno estudiantil se mantenga aseado. • La persona que cumple el rol debe ser empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo. 39.10.6. Apoyo Inspectoría a) Cargo Apoyo Inspectoría b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso atención y funcionamiento de Inspectoría General. • Funciones del cargo • Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en todo momento actuar en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente. • Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas. • Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo. 39.10.7. Portero/a a) Cargo Inspector/a portería b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
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    83 c) Cargo (s)a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del establecimiento. • Funciones del cargo • El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena conducta de estudiantes a la entrada y salida del establecimiento, estimular las habilidades sociales de los estudiantes mediante el saludo correcto. Mostrar un trato cordial frente a sus superiores, docentes, padres y apoderados y sus pares. • Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los integrantes, mediante la recepción empático y acogedora. • Es responsable en el cumplimiento de sus deberes. 39.10.8. Personal de Servicios a) Cargo Auxiliar de servicios menores de aseo y servicios menores de mantenimiento. b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Brindar apoyo en las labores de cuidado, protección, mantención y limpieza del establecimiento. • Funciones del cargo • El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante función en las dependencias interiores y exteriores de la escuela, son quienes exteriorizan con su ejemplo y sencillez un clima de respeto hacia las personas con quienes comparten el día a día, deben ser honestos, responsables y disciplinados al momento de acatar las normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del entorno, contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del proyecto educativo Institucional.
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    85 MEDIDAEXCEPCIONAL DE ADECUACIÓNDE LAJORNADAESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio-adaptativas y académicas). 1. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE ADECUACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR • La reducción de la jornada escolar de un estudiante se encuentra prohibida, y sólo se podrá aplicar de manera excepcional si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá estar debidamente acreditado. • Una vez acreditado bajo evidencias que las actitudes del educando representan un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, se generara una adecuación de la jornada escolar. • Para la aplicación de la medida de adecuación de la jornada se debe realizar una reunión de coordinación con profesor jefe, UTP, inspectoría general y Convivencia escolar, con la finalidad de desarrollar un plan de apoyo formativo pedagógico (adecuación de jornada) que se ajuste a las necesidades y dificultades del estudiante. Si el alumno forma parte del PIE de nuestro establecimiento deberá contar con las sugerencias y apoyo de los profesionales que atienden al educando. • Desarrollado el plan, se deberá presentar con el Director del establecimiento para contar con su aprobación, una vez aprobado se citará al apoderado para entregar detalles de la medida preparatoria/formativa excepcional. • El apoderado deberá firmar un compromiso en donde se debe referir que esta medida excepcional es adoptada con el fin de resguardar y proteger el interés superior de niño (derecho a recibir educación) a través de la adecuación de jornada. 1) Si es reducida la jornada del estudiante, las horas pedagógicas que no reciba, deberán cubrirse a través de actividades que generen cumplimiento mínimo del currículo académico, Las actividades y/o acciones realizadas deben quedar registradas bajo criterios de logro académicos y conductual-social. Cada dos semanas se entregarán los registros a inspectoría general, convivencia escolar, UTP y dirección. A la semana siguiente el apoderado debe asistir para entregarle reporte de los avances de su pupilo. 2) Si es estudiante representa mecanismo desorganizados en la expresión de su conducta, lo cual trae consigo modos de interacción social inadecuados con sus pares, el estudiante puede recibir clases individuales por parte de un docente asignado con apoyos de profesionales pertinentes. La actividad realizada con el alumno debe quedar registradas bajo criterios de logro académicos y conductual-social. Todos los días viernes se entregarán los registros a inspectoría general, convivencia escolar, UTP y dirección. A la semana siguiente el apodado debe asistir para entregarle reporte de los avances de su pupilo.
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    86 MEDIDAEXCEPCIONAL DE EXPULSIÓNO CANCELACION DE MATRICULA (Esta medida puede ser aplicada directamente cuando las conductas atenten directamente contra la integridad física o psicológica de algunosde los miembros de la comunidadeducativa) 2. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA EXCEPCIONAL DE EXPULSIÓN O CANCELACION DE MATRICULA 1) Antes de la aplicación de la medida de expulsión o cancelación de matrícula se deben considerar acciones que permitan que el estudiante reconozca y repare la situación en conflicto, ajustándose a justo y debido proceso previo (ver sección 36.1 Debido proceso) 1) El director deberá iniciar un procedimiento sancionatorio en los casos en que algún miembro de la comunidad educativa incurriere en alguna conducta grave o gravísima establecida como tal en los reglamentos internos de cada establecimiento, o que afecte gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley 2) El director tendrá la facultad de suspender, como medida cautelar y mientras dure el procedimiento sancionatorio, a los alumnos y miembros de la comunidad escolar que en un establecimiento educacional hubieren incurrido en alguna de las faltas graves o gravísimas establecidas como tales en los reglamentos internos de cada establecimiento, y que conlleven como sanción en los mismos, la expulsión o cancelación de la matrícula, o afecten gravemente la convivencia escolar, conforme a lo dispuesto en esta ley. 3) El director deberá notificar la decisión de suspender al alumno, junto a sus fundamentos, por escrito al estudiante afectado y a su madre, padre o apoderado, según corresponda. En los procedimientos sancionatorios en los que se haya utilizado la medida cautelar de suspensión, habrá un plazo máximo de diez días hábiles para resolver, desde la respectiva notificación de la medida cautelar. En dichos procedimientos se deberán respetar los principios del debido proceso, tales como la presunción de inocencia, bilateralidad, derecho a presentar pruebas, entre otros. 4) Contra la resolución que imponga el procedimiento establecido en los párrafos anteriores se podrá pedir la reconsideración de la medida dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores, el que deberá pronunciarse por escrito. La interposición de la referida reconsideración ampliará el plazo de suspensión del alumno hasta culminar su tramitación. La imposición de la medida cautelar de suspensión no podrá ser considerada como sanción cuando resuelto el procedimiento se imponga una sanción más gravosa a la misma, como son la expulsión o la cancelación de la matrícula.".19 5) El plazo de ejecución de puede considerar hasta dos (02) periodos escolares consecutivos o por el periodo necesario mientras aún exista la razón que originó la medida. • El/La director/a es la única persona que puede tomar la determinación y al adoptar la medida, debe notificar por escrito a el/la estudiante y su apoderado • El/la estudiante y apoderado tienen el derecho de solicita una reconsideración de la medida al director, tendrá un periodo de 15 días hábiles para entregar su apelación. • El/La Director/a deberá consultar al conejo de profesores antes de tomar una decisión. • El/La Director/a deberá informar a la Superintendencia de Educación dentro de cinco (05) días que se confirma la decisión cuándo: 19 (LEY 21128, AULA SEGURA, 2018)
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    87 ➢ rechaza lareconsideración, confirmando la adopción de la medida ➢ transcurridos los 15 días para pedir la revisión de la medida sin que el apoderado o estudiante las soliciten. El documento que se debe presentar en a la Superintendencia de Educación debe organizarse de la siguiente manera: 1) Progresión o gradualidad del proceso de sanción 2) Aplicación del Procedimiento 3) Verificación de peligro inminente 4) Único medio de restablecimiento de la sana convivencia (Para mayor información revisar en este documento sección 37.1 Tipos de sanciones, letras d; e; f.)
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    88 3. PROTOCOLO ENEL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A REALIZAR UNA EVALUACIÓN EN ALGUNA ASIGNATURA En caso que un estudiante se niegue a realizar alguna evaluación en alguna asignatura sin justificación razonable del apoderado ni avalado por un certificado médico, se procederá: • El docente de la asignatura registrará una observación negativa en el libro de clases en la hoja de vida del estudiante, clasificando como una falta grave simultáneamente informará a Inspectoría General. • Inspectoría General será la encargada de citar al apoderado a la escuela para informarle la situación. • Una vez que el apoderado se informe de la situación, firmarán él y el estudiante, un compromiso de cumplimiento a sus deberes escolares, quedando registrado en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante. • Asistencia a trabajo pedagógico en jornada alterna por un periodo máximo de tres (03) días u otro designado por el área pedagógica. • Si con las medidas antes aplicadas, el estudiante insiste en negarse a realizar las evaluaciones, Inspectoría General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para estos casos en el Reglamento Interno del establecimiento.
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    89 4. PROTOCOLO ENEL CASO QUE UN ESTUDIANTE SE NIEGUE A PARTICIPAR EN CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD En caso que un estudiante se niegue a participar en clases de Educación Física sin justificación razonable del apoderado ni avalado por un certificado médico, se procederá: • El docente de Educación Física registrará una observación negativa en el libro de clases en la hoja de vida del estudiante, previamente informará a Inspectoría General. • Inspectoría General será la encargada de citar al apoderado al colegio para informarle la situación. • Una vez que el apoderado se informe de la situación, firmarán él y el estudiante, un compromiso de participación en clases de Educación Física, quedando registrado en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante. • En el caso que el apoderado no asista a la citación de Inspectoría General y el estudiante continúe negándose a realizar la clase, el Docente registrará otra observación negativa en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante, calificando esta situación como una AGRAVANTE, e informará a Inspectoría General. • Inspectoría General, nuevamente citará al apoderado para comunicar el suceso y registrando la firma de éste en el libro de clases. • Asistencia a trabajo pedagógico en jornada alterna por un periodo máximo de tres (03) días u otro designado por el área pedagógica. • Si con las medidas antes aplicadas, el estudiante insiste en negarse a realizar las clases de Educación Física, Inspectoría General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para estos casos en el Reglamento Interno del establecimiento.
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    90 5. PROTOCOLOS DEPREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS Procedimientos para estudiantes EDUCACIÓN BÁSICA • Las clases de Educación Física, o Talleres deportivos extra programáticos como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos de la Escuela Básica estrella del Sur. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) o Monitor a cargo del curso. • El establecimiento educacional define e implementa prácticas que ayuden a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el auto cuidado y se eviten las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. • El docente Coordinador de Extraescolar es el encargado del inventario de implementos deportivos (balones, redes, colchonetas y otros que se mantienen en bodega destinadas a ese uso. Los arcos de fútbol, deben permanecer con su respectivo anclaje. • La escuela ha determinado empotrar o amarrar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que generen riesgos, por ejemplo, los arcos de futbol y los aros de basquetbol. • Existirá una supervisión eficiente y eficaz del docente, Monitor o asistente de la educación dirigida hacia el adecuado comportamiento de los estudiantes, el uso de los materiales deportivos en clases de Educación Física, Talleres Extra- programáticos y recreativos. • Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente o Monitor encargado deberá informar a la Dirección del establecimiento. • Cuando un/una estudiante se no pueda participar de la clase de Educación Física, Taller o actividad deportiva, ya sea por enfermedad circunstancial o permanente deberá presentar la comunicación escrita del padre o apoderado, en Inspectoría General de su razón de no participar en la asignatura, quién comunicará al Profesor de Educación Física y UTP. Mientras, el/la estudiante no realice clases prácticas de Educación Física o actividad deportiva deberá permanecer en el lugar donde se desarrolle la actividad práctica junto con su grupo curso, realizando una actividad pedagógica designada por el profesor de Educación Física. • El profesor de Educación Física o Monitor de Talleres deportivos deberá revisar antes de cada actividad, el estado de los implementos deportivos. Frente cualquier anomalía, deberá avisar inmediatamente al/la Director/a del Colegio, quien designará a los responsables de descartar aquellos implementos deportivos en mal estado, preocuparse por la mantención y buen uso y solicitar su reposición cuando sea necesario. • Durante el año escolar el profesor de Educación Física promoverá el uso responsable y correcto del material deportivo y de los riesgos que corren los estudiantes frente a su mala utilización. • Está estrictamente prohibido que los estudiantes del establecimiento muevan, por sí solos, los implementos deportivos (Ej.: arcos, arcos de básquetbol, mesas de ping-pong, y otros.)
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    91 SITUACIONES DE LACOTIDIANEIDAD 6.PROTOCOLO CAMBIO DE APODERADO Los apoderados son la instancia inicial y primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas. La escuela y sus educadores son colaboradores que entregan su respaldo y cooperación a los procesos de enseñanza- aprendizaje, a la formación de hábitos y de valores exigidos por la sociedad. I. De la solicitud de cambio voluntario Si el/la apoderado/a TITULAR no puede continuar cumpliendo su labor, deberá realizar los siguientes pasos: i. El apoderado debe presentarse en forma personal en el establecimiento educativo y solicitar el cambio de apoderado en Inspectoría. ii. El funcionario deberá registrar la solicitud y causal del cambio, solicitando autorización a Inspectora General respecto de la factibilidad. iii. Una vez autorizado, el funcionario deberá señalar las modalidades establecidas para un cambio de apoderado. • De forma presencial: ambos apoderados TITULAR y NUEVO con su Cédula de identidad formalizan el proceso en Inspectoría. • De forma remota: Si el apoderado TITULAR no se encuentra en la región o no pudiese concurrir, el apoderado NUEVO debe presentarse con su cédula de identidad y acompañado de una DECLARACIÓN SIMPLE del apoderado TITULAR. • Casos no contemplados: Dirección en consulta con Inspectoría General y Convivencia Escolar resolverá procedimientos ajustados a derecho. (VER ANEXO CARTA PARA REALIZAR CAMBIO DE APODERADO) iv. Se establece como motivo y/o justificación de fuerza mayor. v. El establecimiento se encargará de realizar el cambio de apoderado en el sistema interno de administración de datos. vi. Una vez efectuado el cambio apoderado se deberá anular la antigua FICHA DE MATRÍCULA y emitir una nueva con la finalidad de que el nuevo apoderado asuma las obligaciones pedagógicas y administrativas, al momento de la firma respectiva. II. De la solicitud de cambio por incumplimiento de deberes La escuela se reserva el derecho de solicitar y/o exigir el cambio de apoderado de manera arbitraria, si este incumple de forma reiterada sus DEBERES como lo estipula este documento, menoscabando el proceso educativo, la salud mental, emocional o física del/la estudiante. El cambio le será notificado por escrito, una vez agotadas todas las instancias de colaboración. El nuevo apoderado queda en la obligación de cumplir con las normativas exigidas por el establecimiento y explicitadas en este manual. Se considerarán como atenuantes las siguientes conductas:
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    92 i.No cumple conlos DEBERES establecidos en este Reglamento Interno de Convivencia Escolar (ver DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES, pág. 34 ) ii.Adicionalmente, puede llegar a prohibirse su ingreso al establecimiento de forma transitoria o permanente. iii.El apoderado SUPLENTE oficialmente inscrito deberá suplir al titular. De no existir esta situación, se procederá a inscribir al adulto responsable que cumple dicha labor. • Situaciones no previstas o indicadas anteriormente serán resueltas desde Dirección. “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
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    93 7. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley 16.744. Se consideran accidentes escolares, los que ocurran a causa (motivo o razón) u ocasión (riesgo, peligro) de las actividades escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional. Es deber de el/la Inspector/a General implementar políticas, planes y protocolos de seguridad, así como la activación de ellos y determinar responsables en las acciones necesarias. 1. Cuando se produzca un accidente Frente a la ocurrencia de cualquier tipo de accidente escolar, el establecimiento deberá responder siempre siguiendo el mismo protocolo de actuación. 1.1. Todo funcionario del establecimiento será responsable de seguir los pasos que a continuación se detallan en el momento de presenciar o acompañar a un alumno en su dificultad. 1) Asistir: Frente a cualquier accidente o problema de salud será el adulto más cercano quien primero asista a constatar lo ocurrido y verificar la necesidad de atención, si cuenta con curso de primeros auxilios y se siente capacitado, deberá entregar los cuidados necesarios. 2) Notificar: El funcionario(a) deberá informar inmediatamente lo que acontece a encargada de enfermería, inspector de patio, al Inspector/a General o secretaria (en ese orden). No podrá volver a sus funciones hasta no asegurarse que la situación está en manos de los responsables. 3) Responsabilidad: No será atribución de ningún funcionario evaluar la gravedad de la lesión o problema de salud. Por esta razón, toda situación deberá ser notificada y evaluada por los profesionales correspondientes. 1.2. Responsabilidad de Enfermería e Inspectoría a) Asistir al alumno: Se procederá a entregar primeros auxilios de carácter básico al afectado(a), inmovilización, frío local, etc. b) Registro de llamadas: Se debe disponer de un registro de las llamadas realizadas en caso de accidente. c) Registro en libro digital: Consignar en el espacio destinado en el libro de clases digital, en la ficha del estudiante hora, fecha y antecedentes. d) Informar al apoderado: Al mismo tiempo Inspectoría efectuará el llamado telefónico al apoderado o familiar designado para solicitar su presencia independiente de la gravedad de la situación. e) Seguro escolar: Se entregan 3 copias del formulario con firma y timbre del colegio (Uno para el centro asistencial, otro para el apoderado y otro para el colegio) que contempla la posibilidad de recibir atención solo en servicio de urgencia público, la primera atención se
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    94 realizará en SAPUde CESFAM DE POZO ALMONTE cuando sea necesario estos organismos derivarán a centro asistencial especializado otorgando de forma gratuita al alumno exámenes y procedimientos. f) Seguimiento: Monitoreo por parte de personal de apoyo de Inspectoría del estado de salud de el/la estudiante. *Es responsabilidad de apoderado entregar a la escuela una copia del comprobante de atención en Inspectoría. 1.3. Gradualidad y procedimientos i. En caso de enfermedad o accidente menos graves: El estudiante será llevado a Inspectoría y se realizarán los primeros auxilios por parte de el/la TENS del establecimiento. Importante recordar que el colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Un funcionario de Inspectoría llamará a los padres y/o apoderados. Enviará una comunicación y el formulario del accidente escolar si fuese necesario. ii. En caso de accidentes leves: En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladen al estudiante al centro de salud que estimen conveniente. Inspectoría realiza y entrega el formulario de accidente escolar para que el estudiante sea atendido de manera gratuita en el centro de salud. iii. En caso de accidentes graves: En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por el/la profesional TENS del establecimiento), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia local, quienes lo trasladarán en ambulancia a la urgencia del Hospital Dr. Ernesto Torres de la comuna de Iquique. Paralelamente se entrega formulario de accidente escolar y simultáneamente se dará aviso al padre, madre y/o apoderado. Ellos serán los responsables de su pupilo/a en el centro de urgencia. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener los datos de contacto actualizados e informados en el establecimiento (números de teléfono y dirección del apoderado). 1.4. Traslado a centro asistencial: a) En caso que el apoderado presente dificultades para retirarlo en el momento, el/la estudiante será acompañado/a por un funcionario/a del establecimiento, a la espera que el apoderado llegue al centro asistencial. Una vez allí el apoderado se hará cargo del estudiante. b) En caso de un accidente de extrema gravedad donde el/la estudiante deba ser trasladado y el apoderado no pueda presentarse inmediatamente en el establecimiento, el/la estudiante será acompañado/a por un funcionario/a del establecimiento quién será responsable hasta que el apoderado/a se presente en el centro asistencial.
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    95 7. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR 1. En la situación que el estudiante presente un atraso al comienzo de la jornada de clases recibirá una amonestación verbal, de carácter formativa de parte de Inspector(a) de sector y se registrará dicha falta en un libro especial habilitado al respecto. 2. En caso de presentar tres atrasos por parte de un estudiante, se procederá a citar al apoderado por parte de Inspector(a) de sector. 3. En caso de volver a presentar tres atrasos por parte de del mismo estudiante, se procederá a citar nuevamente al apoderado y registrar una anotación negativa en el libro de clases, como así mismo generar un contrato o compromiso de cambio de actitud con Inspectoría General. 4. En caso de volver a presentar tres atrasos por parte del mismo estudiante, se procederá a citar el apoderado y registrar nuevamente una anotación negativa en el libro de clases lo cual se considerará como AGRAVANTE, como así mismo generar un contrato o compromiso de cambio de actitud con Dirección. 5. De continuar el estudiante presentando atrasos, al ser esta acción reiterativa en el tiempo se le aplicarán las sanciones correspondientes a dicho tipo de faltas
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    96 8. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A ESTUDIANTES CON INASISTENCIA A CLASES 8.1. En la situación que el/la estudiante falte uno a tres días a clases y esta inasistencia no sea justificada por el apoderado a) El Profesor(a) Jefe informará a inspector de ciclo, quien citará al apoderado, vía telefónica, del estudiante en cuestión y justifique la inasistencia de su pupilo. b) En el evento que el apoderado no asista a justificar a su pupilo, el Inspector(a) General hará una segunda citación del mismo modo. c) En caso de NO asistir el apoderado a justificar a su pupilo después de la segunda citación realizada por el Inspector(a) General, se procederá a registrar el incumplimiento en un libro habilitado al respecto, de persistir la falta de compromiso del adulto responsable, se podrá solicitar el cambio de apoderado. (ver DEBERES Y DERECHOS) 8.2. En la situación que el alumno(a) falte tres o más días a clases sin justificación por parte de su apoderado: a) El Profesor(a) Jefe informará a inspector de ciclo quien se encargará de comunicar a el/la Trabajador/a Social para que realice una visita domiciliaria al estudiante y verifique las causas de las inasistencias. ✓ Si son a causa de enfermedad del estudiante deberá comprobarse con certificado médico. ✓ Si es por otra causal, ya sea por problemas domésticos o de índole económico, el/la Trabajador/a Social comunicará a la Dirección de la Escuela para abordar la situación y activar redes de apoyo. ✓ Si es por negligencia parental u otra situación grave, el/la Trabajador/a Social deberá comunicar a la Dirección de la Escuela, quienes informarán a Carabineros de Chile u a oficina OPD local mediante un informe social y oficio de la Dirección del establecimiento.
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    97 9. PROTOCOLO DEUSO DEL COMEDOR ESCOLAR Siempre habrá un Profesor u otro funcionario del establecimiento responsable vigilando al estudiante en sus distintas ubicaciones y que hará efectivo este protocolo. ESTUDIANTES: Deberán llegar a la puerta del comedor con su Profesor Jefe y/o Asignatura para dar inicio a su merienda en el siguiente horario: 1) 1° a 4° años: 12:00 a 12:50 hrs. 2) 5° a 8° años ingresarán al comedor desde las 12.50 a 13.10 hrs. 9.1. Normas de funcionamiento y conductas esperadas 1. Deberán lavarse las manos antes y después de la comida. 2. Deberán ingresar al comedor despacio y en silencio, sentándose en sus sitios correspondientes y permanecer en ellos hasta que terminen de consumir todo su almuerzo, incluyendo su postre. 3. Comerán todo lo que se les sirve, sin separar el contenido. 4. Guardarán las normas de buen comportamiento, modales y maneras requeridas en la mesa: Sentarse correctamente, no jugar con los alimentos ni lanzarlos, no gritar, vestir adecuadamente, utilizar los cubiertos y otros utensilios correctamente. 5. Tratarán con respeto y educación a sus compañeros(as), manipuladoras de alimentos, profesor encargado e inspector(a) así como auxiliar de aseo y demás personal que los atiende. 6. No deberán ausentarse del Comedor sin permiso de las personas que están a cargo. 7. No molestarán al estudiantes más pequeños o tímidos, sustrayéndoles el postre u otros elementos (jugos, bebidas, galletas, etc.) que ellos portan. 8. En caso de sismo deberán abandonar el comedor por las 2 puertas laterales dejando todo lo que está sobre su mesa. Trasladándose a la zona de seguridad correspondiente. 9. El estudiante que es insulina dependiente debe almorzar en el horario de los estudiantes de 1° a 4° años, y será responsabilidad del apoderado otorgar a su pupilo los alimentos que debe consumir. 10. Al estudiante que trasgreda cualquier punto de este Protocolo se aplicará una sanción de acuerdo a este documento y si es reincidente se comunicará a sus Padres y/o Apoderados que dicho servicio se dará fuera del Comedor. 11. Los estudiantes que no almuerzan el menú del colegio, el Apoderado/a, tutor o adulto responsable deberá dejar por escrito una constancia que renuncian a dicha alimentación y que ellos le traerán diariamente su alimentación. NOTA 1: Ningún funcionario(a) de la Escuela podrá usufructuar de la alimentación y/o elementos que son destinados por la JUNAEB para uso exclusivo de los estudiantes NOTA 2: El/La Director(a) de la Escuela Básica Estrella del Sur, tendrá la potestad para inspeccionar el gramaje de alimento que se le sirve a cada estudiante en su bandeja y cuando lo estime conveniente solicitará agregarle alimento a cada bandeja. NOTA 3: El gramaje alimenticio es igual para todos los estudiantes.
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    98 SALIDAS PEDAGÓGICAS yVIAJESDE ESTUDIO 10. PROTOCOLOS DE ACTUACION ANTE SALIDAS PEDAGÓGICAS Las salidas pedagógicas forman parte del proceso de enseñanza y aprendizaje, es por esto que estas salidas son un complemento al trabajo realizadoal interior del aula. En consecuencia, surge la necesidad de disponer de un protocolo, que las norme, cautelando que estas cumplan con el objetivo de enriquecer el proceso desarrollado en el aula y que se asuman las responsabilidades que le corresponden al apoderado autorizando por escrito la salida de su hijo fuera del establecimiento. 1) El docente puede proponer una actividad de interés pedagógico que permita introducir, desarrollar o afianzar uno o más objetivos pedagógicos. Esto se realizará idealmente a comienzo de cada semestre lectivo. Las salidas pedagógicas debenestar consideradas y programadas en la planificación del Sector de aprendizaje correspondiente, y por tanto será el equipo técnico- pedagógico quien visará en primera instancia la factibilidad de la salida de estudio. El proyecto deberá ser presentado mediante formulario de fundamentación de salida pedagógica, con un plazo no menor a 45 días hábiles de su ejecución. No se autorizará las salidas pedagógicas improvisadas. 2) Una vez autorizado el proyecto por Dirección del establecimiento, el docente responsable deberá realizar lo siguiente en conjunto con su coordinación pedagógica: 2.1. La gestión correspondiente de la reserva del lugar y entregando la información de hora, fecha a la secretaria de Dirección. 2.2. Coordinar con Inspectoría General la entrega y recepción de las autorizaciones del apoderado y/o Tutor a los estudiantes. Estas deben ser recepcionadas 20 días antes. No se aceptarán bajo ningún motivo autorizaciones verbales ni telefónicas. En el caso de que algún estudiante no presente su autorización, deberá permanecer dentro del establecimiento desarrollando alguna actividad preparada previamente por el profesor y relacionada con la actividad. 2.3. Coordinará en conjunto con Inspectoría General qué otro adulto, del establecimiento o apoderado (número a determinar) acompañará la salida. 2.4. Acordará en conjunto con la Coordinación de PIE la asistencia de un profesional especialista y/o el apoderado, en el caso que asista un estudiante con NEEP 2.5. En el caso de solicitud de buses, en conjunto con la secretaria de Dirección, realiza la gestión con la asesora de la Corporación, llenando formulario de solicitud de buses y confirma la asistencia de éstos al establecimiento en la fecha y hora acordada con 24 horas de anticipación a la salida. 3) El docente responsable de la salida, con al menos 15 días hábiles de anticipación, presentará la planificación curricular, guía de aprendizaje, instrumento de evaluación para la actividad. UTP entregará copia al docente. 4) Coordinación pedagógica junto a docente responsable, deberán entregar la documentación necesaria (fundamentación salida pedagógica, itinerario, nómina de asistentes, si corresponde; autorizaciones estudiantes, datos de servicio de transporte, confirmación reservas) para informar la salida pedagógica a DEPROV, solicitando el cambio de actividades en un plazo no mayor a 15 días hábiles previos a la fecha de salida.
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    99 5) El ola docente responsable de la salida enviará una comunicación informativa a los padres y/o apoderados, acerca de las exigencias académicas, conductuales y de presentación personal de los estudiantes del día de la salida, una semana antes de ésta. 6) Es responsabilidad del docente a cargo de la salida pedagógica entregar a su coordinación: planificación, materiales de apoyo y/o actividades a utilizar en los cursos que le correspondía atender, según horario, el día de la salida. 7) Aquellos estudiantes que hayan incurrido en un comportamiento inadecuado de tipo conductual en aula regular, previo a la salida pedagógica, Inspectoría aplicará medida según corresponda, la cual podrían condicionar su participación de la actividad. 8) Inspectoría General, al momento de la salida del curso del establecimiento, se encargará de verificar autorizaciones y presentación personal de los estudiantes asistentes. El profesor encargado deberá firmar salida en libro correspondiente, entregando copia de nómina de asistentes. 8.1. Es política de la Dirección que ningún estudiante salga del establecimiento sin la autorización escrita de sus padres o apoderados. 8.2. Inspectoría General cautelará que se cumpla lo anterior, para lo cual tampoco aceptará que un docente o un apoderado, se haga responsable de la salida del niño o niña que no cuenta con la autorización escrita. 9) Durante la realización de la actividad, el docente responsable: i. coordinará las responsabilidades de los adultos que acompañan ii. informará itinerario de actividades a los participantes, dando a conocer punto de encuentro en caso de eventualidad o emergencia. iii. coordinará la entrega de tarjetas de identificación para cada estudiante, con nombre y número de teléfono celular del docente asistente responsable del grupo, el nombre y dirección del establecimiento educacional. iv. coordinará la entrega de credenciales al personal del establecimiento, madres, padres y apoderados que estén acompañando la actividad, la que deberá consignar nombre y apellido respectivo. 10) Aquellos estudiantes que han tenido un comportamiento inadecuado, durante la salida pedagógica se aplicará medida según RICE. 11) El o la docente que se vea imposibilitado/a de asistir a la salida pedagógica programada, será remplazada oportunamente por coordinación pedagógica, quien determinará al personal más idóneo para su reemplazo.
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    100 12) Durante eldesarrollo de la actividad, aquellos docentes que tengan horas de atención en su horario o sean volantes, deberán estar a disposición de coordinación pedagógica para apoyar los reemplazos de el/la/los docente/s ausente/s, así como la atención de estudiantes que no participen de la actividad y permanezcan en el establecimiento. 13) Posterior a la realización de la actividad, se considerará: i. revisión y conteo de todos los asistentes de la actividad, evitando olvido de pertenencias ii. retiro y devolución de credenciales de identificación 14) Es deber del profesor encargado de la salida pedagógica registrar las novedades de la salida en Bitácora correspondiente ubicada en secretaría. 15) El profesor responsable de la Salida Pedagógica deberá firmar digitalmente todas las horas de clases lectivas que se utilizaron en la realización de ésta. Además, deberá completar los leccionarios correspondientes. 10.1. NORMAS DE SEGURIDAD EN EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD a) Las y los estudiantes deben cumplir con las mismas disposiciones y normas establecidas en el Manual de Convivencia Escolar del establecimiento en toda visita pedagógica. b) Deberán asistir a las actividades con el uniforme escolar oficial o como se indique. (situaciones de fuerza mayor deben ser justificadas en inspectoría) c) El desplazamiento fuera de las dependencias es en grupo y estando siempre bajo el cuidado del o los profesores responsables. d) En el trayecto en medios de transporte mantenerse y conservar la ubicación designada por el/la docente, respetando las instrucciones impartidas, especial énfasis en el uso de los cinturones de seguridad. e) Está estrictamente prohibido durante todo el trayecto de viaje en medios de transporte pararse en las pisaderas del transporte, sacar la cabeza o parte del cuerpo, por las ventanas o puertas, correr, saltar tanto en pasillos como sobre los asientos y/o cualquier acción que atente contra su seguridad física. f) Cada estudiante debe cuidar y hacerse plenamente responsable en todo momento de sus pertenencias. El portar accesorios no requeridos para la salida es de exclusiva responsabilidad del estudiante. g) Respetar y cuidar la limpieza del medio de transporte, el lugar de la visita y el medio ambiente. h) Si el destino de la visita es un punto que contemple la costa o algún lugar similar (río, lago, piscina, etc.) los y las estudiantes, en ningún caso, podrán bañarse o realizar actividades recreativas en el agua sin que éstas estén contempladas dentro de la guía didáctica e informado al apoderado (con su consentimiento y firma) y jamás sin ser supervisados por algún docente o adulto responsable. No obstante, lo anterior quedará estrictamente prohibido acceder a estos lugares, si no se cuenta con salvavidas o con alguna indicación que garantice la seguridad del lugar. i) Cómo norma básica de prevención los y las estudiantes deben ante cualquier situación inadecuada comunicar de forma inmediata a su profesor/a acompañante de apoyo, especialmente en los siguientes casos: ➢ Si hay objetos, situaciones o artefactos en el entorno que pudieren ser peligrosos.
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    101 ➢ Si unextraño se acerca a hacerles preguntas, les invita a otro lugar, si ofrece productos o especies de cualquier índole. ➢ Si observan que un/a compañero/a se siente mal. ➢ Si se percata de alguna conducta que contravenga el respeto hacia sus pares, adultos, autoridad y/o bien público o privado. VER ANEXO FICHA “SALIDAS PEDAGÓGICAS”
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    102 11. PROTOCOLO ANTEPASEOS DE CURSO O GIRAS DE ESTUDIO El Presente protocolo tiene como objeto establecer ciertas disposiciones reglamentarias básicas y elementales para el buen desarrollo de paseos de curso o giras de estudio. Solo se regirán por el siguiente protocolo las actividades autorizadas oficial y expresamente por el Establecimiento. Este protocolo además pretende informar a la comunidad sobre los derechos y deberes que tienen quienes participan de ellos Se entenderá por "viaje de estudio" el conjunto de actividades educativas extra-escolares que planifiquen, organicen y realicen, dentro del territorio nacional, grupos de alumnos de un establecimiento educacional, con el objeto de adquirir experiencias en los aspectos económicos, sociales, culturales y cívicos de la vida de la región que visiten, que contribuyan a su formación y orientación integrales.20 11.1. Aspectos generales a) Desde el momento de inicio de la gira, y hasta el término de ésta; el profesor jefe es el responsable final de esta actividad. Por lo tanto, los alumnos asistentes deberán acatar toda decisión que éste tome, inclusive la suspensión de alguna actividad programada. b) Toda salida o gira deberá contar con el financiamiento para su realización. Será responsabilidad del organizador de la actividad gestionar y asegurar dicho financiamiento. c) En caso que, por alguna eventualidad, se vea alterado el normal desarrollo de la actividad él o los profesores que dirijan la delegación, cuentan con todas las facultades y autoridad necesaria para suspender la gira en el momento que lo indiquen. Sus decisiones deberán ser fundadas, pero serán inapelables independientemente del acuerdo o desacuerdo de quienes asisten. d) Los apoderados responsables del viaje, deben solicitar y verificar con el tiempo necesario todos los antecedentes de la(s) empresa(s) que prestará(n) los servicios de transporte, estadía u otros que se hubieren contratado para la delegación. Entiéndase licencia de conducir reglamentaria y al día, cantidad de conductores, revisión técnica de los vehículos, botiquín y elementos de primeros auxilios, extintor, paradas programadas, y otros elementos o situaciones que deben ser consideradas en viajes de este tipo. e) Que la empresa de transporte cuente con todas las autorizaciones, documentación y requisitos necesarios para realizar este tipo de viajes y exigidos por el Ministerio de Transporte. La documentación en cuestión corresponde a: ✓ Número de Patente del vehículo ✓ Revisión Técnica del vehículo al día ✓ Permiso de Circulación del vehículo al día ✓ Registro de Seguros del Estado del vehículo al día ✓ Cédula de Identidad del chofer ✓ Licencia de Conducir del chofer al día 20 (DECRETO 2822, FIJA NORMAS SOBRE VIAJES DE ESTUDIOS, 1970)
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    103 f) También esrequisito esencial, que exista una nómina oficial de las personas que forman parte de la gira o viaje. En caso de las giras todos los participantes del viaje, deberán acreditar que cuentan con un seguro personal o grupal, que cubra eventualidades médicas en el país. Es responsabilidad de cada uno de los viajantes, presentar toda la documentación requerida en los plazos establecidos que determinen los organizadores. g) Está estrictamente prohibido el consumo de alcohol y cigarrillos a todos los estudiantes que formen parte de la delegación. Quien incumpla esta norma en caso de gira de estudio será devuelto a Pozo Almonte, costo que deberá asumir la familia. Del mismo modo si algún estudiante por sus acciones, consideradas como falta grave según el Reglamento interno y Manual de Convivencia Escolar, se pone en riesgo a sí mismo o a algún miembro de la comunidad, será devuelto a Pozo Almonte, costo que deberá asumir la familia. h) Las normas y manejo de grupo específico durante la travesía, dependerá ́ exclusivamente de las personas adultas a cargo del viaje. i) En dependencias del colegio, deben quedar todos los datos de identificación y contacto de los viajantes, asimismo, información de familiares directos a quienes contactar en caso de emergencia. A lo que se debe agregar las autorizaciones expresas de los padres y/o apoderados en caso de salida del país conforme a la ley y requisitos administrativos solicitados para ello. j) Se debe entregar a las familias de los viajantes, un cronograma de las actividades, lugares y extensión de las visitas que se realizarán. k) No está ́ permitido que grupos pequeños de alumnos, realicen actividades separadas de las ya programadas por el grupo. l) Los adultos que serán parte del viaje deben ser presentados por escrito a la Dirección del colegio, quien aprobará o no su participación. m) En el caso de las giras de estudio el programa final del viaje debe ser presentado a la Dirección del colegio con a lo menos treinta (30) días de anticipación del inicio del viaje. Debe incluir la lista de los participantes, transporte, alojamiento y el cronograma de actividades detallado por días. n) Los estudiantes que se encuentren en situación de condicionalidad, no podrán participar de la gira de estudio. o) Cualquier situación que no está ́ contenida en este protocolo de actuación, deberá ser resuelta en única instancia por la Dirección del Colegio o quien la represente en el viaje. p) Los padres y apoderados, dentro de los preparativos del viaje, deben firmar un acuerdo mediante el cual aceptan las normas fijadas por el colegio para el desarrollo de la salida. VER ANEXO “FORMULARIO SOLICITUD AUTORIZACIÓN PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS / GIRAS DE ESTUDIO”
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    104 SITUACIONES DE LACONVIVENCIAESCOLAR– RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 12. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y APOYO PSICOSOCIAL Si un/a docente detecta que un estudiante está presentando dificultades emocionales, sociales y/o conductuales que estén afectando en su proceso de aprendizaje y a la sana convivencia escolar con sus pares, deberá completar la Ficha de Derivación con los antecedentes del estudiante y entregarla al Coordinador de Convivencia Escolar a la brevedad a través del medio dispuesto (físico o digital) De acuerdo a los antecedentes entregados, recibirá mail de confirmación de la misma, por parte del Coordinador de Convivencia Escolar, cuando haya sido entregada al profesional que corresponda. Se realizará seguimiento, retroalimentación y cierre de acuerdo a necesidades del caso. El profesional tendrá un plazo de 07 (siete) días hábiles para responder a la derivación. El plazo de respuesta se da por iniciado desde el envío del mail de confirmación por el Coordinador Conv.Es. (Ver anexo DOCUMENTOS, FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNAEQUIPO PSICOSOCIAL) PROCEDIMIENTO Una vez recepcionada la derivación por el Dpto. de Convivencia Escolar, éste procederá a citar al padre, madre, apoderado o tutor de/la estudiante a la brevedad, a una entrevista personal para retroalimentar con la información obtenida hasta el momento y recabar nueva que pueda ayudar en el proceso al/la estudiante afectada. Adicionalmente el profesional de Convivencia Escolar, puede solicitar al apoderado firmar la Autorización de Atención Estudiante, para poder intervenirlo desde el área psicosocial. (Ver anexo DOCUMENTOS, AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE)
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    105 13. PROTOCOLO PARALA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS (Dado que los conflictos son inherentes al funcionamiento de las instituciones educativas y son parte de la vida cotidiana de todas las personases importante ser abordados de manera constructiva a fin de mejorar los vínculos, el clima escolar y entregar una respuesta educativa a la violencia. Podrán ser aplicados cualquiera de los 4 Métodos de Resolución de Conflictos (Negociación, Conciliación, Mediación, Arbitraje) para resolver una problemática. Este proceso será ejecutado por el Coordinador de Convivencia Escolar y/o Dirección, dependiendo de la situación) I. ENTRE ESTUDIANTES, DENTRO DEL AULA • Todo profesor/a será el responsable de resolver/mediar conflictos durante su clase. • No se pueden enviar estudiantes fuera de la sala de clases, como castigo. • Si el/la profesor/a no puede resolver en el instante enviará a un estudiante a solicitar a un inspector para que éste colabore derivando al directivo que corresponda. (Inspectoría General, Convivencia Escolar o Dirección) • El profesor debe registrar en el libro de clases la situación, e informar al profesor jefe (si el hecho lo amerita). • Debe escuchar a los involucrados y citar a apoderados para entrevista personal. II. ENTRE ESTUDIANTES, FUERA DEL AULA • Todo conflicto que ocurra dentro de un espacio de la escuela: patio, baño, biblioteca, laboratorio de computación, comedor, entre otros, debe ser abordado por el funcionario más próximo al lugar del conflicto. • Todo funcionario o persona que colabora con la educación, debe procurar mantener y gestionar el orden, la disciplina y la sana convivencia escolar, por lo que serán autoridad frente a un conflicto entre estudiantes. • Todo adulto de la institución que presencie el conflicto, deberá calmar, y derivar inmediatamente con el Profesor Jefe, Inspector General o Convivencia Escolar según corresponda. • Tanto el Profesor Jefe, Inspector General o Psicólogo que resuelvan el problema deberán dejar registrado en la hoja de vida del estudiante, la conversación sostenida con él y citar al apoderado para acordar estrategias remediales. I. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, DENTRO DEL AULA • Todo profesor/a y/o persona que se encuentre a cargo de un curso durante la clase, es el responsable de resolver los conflictos que se generen dentro de ésta.
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    106 • No sepuede enviar estudiantes fuera de la sala de clases, como castigo. • Si no puede resolver en el instante enviará con un estudiante a solicitar a un inspector para que éste colabore calmando al menor y si éste no pudiese derivará inmediatamente a Inspectoría General. • El profesor/a o adulto que haya presenciado el conflicto debe registrar en el libro de clases la situación, e informar al Profesor Jefe (si no fuere). • El Profesor/a Jefe deberá contactarse con Inspectoría General para informarse de la situación y conocer las medidas que se aplicarán para remediarla. • No se debe exponer a cuestionamientos al estudiante frente al adulto en conflicto, sino escuchar versiones por separado. • El/la Inspector/a General, es quien debe mediar de manera equitativa el conflicto, escuchar ambas partes involucradas por separado, es decir, al o la estudiante y luego al o él profesor/a o adulto. • Inspectoría General, debe informar y/o derivar a Convivencia Escolar, para que este departamento determine la intervención Psicosocial correspondiente (si procede) • Inspectoría General o Convivencia Escolar, deberán citar al apoderado/a para entrevista personal e informar del conflicto y las medidas reparatorias que se aplicarán si fuese necesario. II. ENTRE UN ADULTO Y UN ESTUDIANTE, FUERA DEL AULA • Todo conflicto que ocurra dentro de un espacio del Colegio: patio, baño, biblioteca, laboratorio de computación, entre otros. Entre un estudiante y un adulto deberá intervenir un tercero reconocido como autoridad en el Colegio. • La situación deberá ser resuelta con apoyo de Inspectoría General o Convivencia Escolar. • No se debe exponer a cuestionamientos al estudiante frente al adulto en conflicto, sino escuchar en forma separadas. • Siempre será responsabilidad del adulto mantener la actitud correcta, de respeto y conciliadora frente al conflicto. • El equipo mediador será el responsable de citar al apoderado para establecer acuerdos y sanciones, si fuese necesario. • Se dejará un registro de conversación con el estudiante, profesor/a y apoderado.
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    107 III. ENTRE UNADULTO APODERADO Y UN PROFESOR. Frente a una situación de conflicto entre un apoderado y un funcionario del establecimiento se deberá actuar de la siguiente manera: • El funcionario tendrá la obligación de informar del hecho directamente a alguna instancia superior: Inspectoría General o Dirección. • Será la dirección quien designe a una persona para que investigue lo ocurrido, medie entre los afectados y busque una solución al problema. • El apoderado deberá dejar por escrito lo ocurrido en el libro que para estos efectos se encontrará en portería. • Dirección o quien por esta instancia sea designada, se comunicará con los afectados luego de realizadas la averiguación del caso para informar a éstos los caminos a seguir, las resoluciones o las sugerencias que corresponda.
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    108 SITUACIÓN DE SOSPECHA,PORTE, CONSUMO, HALLAZGO O TRÁFICO DE DROGAS. 14. PROTOCOLO FRENTE A SOSPECHA DE CONSUMO DE DROGAS Prevención escolar Contribuir a mejorar la calidad de vida de los estudiantes promoviendo el bienestar a través de acciones de prevención para fortalecer factores protectores y disminuir los de riesgo, a fin de evitar el consumo de alcohol y drogas en población escolar.21 14.1. Detección Todo funcionario que tiene sospecha o recibe información de que un/una estudiante está consumiendo drogas al interior o fuera del colegio, deberá reportar el hecho a profesor jefe y/o Inspector/a General. En el caso que sea un estudiante quien canaliza dicha información y prefiera compartirla con otra figura que asuma el rol de formador al interior del establecimiento. Éste último será quien informe al Inspector/a General 14.2. Procedimiento 14.2.1. Indagación • Consiste en reunir toda la información relacionada con el hecho incluyendo a los estudiantes o personal del colegio involucrado. El/La Inspector/a General inicia un proceso de indagación junto al Profesor Jefe de él/la de los/las estudiantes involucrados/as. Inspector/a General debe elaborar un informe que contiene los detalles del caso y sus respectivas evidencias. El plazo para realizar la indagación no deberá superar cinco (05) días hábiles. 14.2.2. Entrevistas Estas entrevistas deben ser realizadas en las oficinas de Conv.Es., durante la jornada escolar y/o laboral, dependiendo del caso. a) Estudiantes: Inspector/a General en compañía de Coordinador de Conv.Es y/o dupla psicosocial del ciclo entrevistarán a el/la los/las estudiantes/s involucrado/s. Se resguardará el derecho de todas las partes a ser oídos y presentar los antecedentes que permitan acreditar su versión de los hechos, protegiendo en todo momento su intimidad e identidad. Si el/la estudiante confirma la veracidad de los hechos se le entregarán las orientaciones necesarias sobre las redes de apoyo y paralelamente, se le informará de la derivación a ellas de forma automática y sobre los pasos a seguir. Si el/la estudiante no reconoce la veracidad de los hechos, de igual forma se informará a su apoderado para que tome conocimiento de la situación. 21 Prevención escolar – SENDA https://www.senda.gob.cl/prevencion/iniciativas/prevencion-escolar/
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    109 b) Apoderados: Inspector/aGeneral en compañía de Coordinador de Conv.Es y/o dupla psicosocial del ciclo entrevistarán a el/la apoderado/a de el/la los/las estudiantes/s involucrado/s con el fin de informarles de lo sucedido e indicarles que se está ejecutando una investigación sobre la veracidad de los hechos denunciados para determinar las acciones pertinentes. Se resguardará el derecho de todas las partes a ser oídos y presentar los antecedentes que permitan acreditar su versión de los hechos, protegiendo en todo momento su intimidad e identidad. i. Si se comprueba la veracidad de los hechos se le entregará las orientaciones necesarias para contacto con redes de apoyo respectivas para ayudarles en el abordaje del proceso. ii. Si los padres se opusieran a la derivación, el/la Coord. Conv.Es. del establecimiento deberá interponer una medida de protección en favor del estudiante. iii. De no concurrir los padres, apoderados y/o adulto responsable a la entrevista, se les informará del proceso vía carta certificada en la dirección registrado en ficha de matrícula y con ello se entenderán notificados de la situación. Adicionalmente, se realizará visita domiciliaria de ser necesario. iv. De confirmarse el consumo, se tipifica como falta gravísima, por lo tanto, el/la Coordinador/a de Convivencia convocará al Consejo extraordinario, el cual deberá sesionar en un plazo máximo de tres (03) días hábiles, a partir de la fecha de recepción del informe de indagación. 14.3. Consejo Extraordinario Equipo multidisciplinario que sesionará ante la presencia de dicha falta, con el fin de revisar los antecedentes del proceso de indagación y proponer las medidas pedagógicas y/o formativas según indica este documento. El consejo está conformado por: Inspector/a General – Coord. de Convivencia Escolar – Dupla psicosocial del ciclo que corresponda - Profesor/es jefe/s de los estudiantes involucrados. La medida adoptada, según RI, deberá quedar registrada por escrito en acta firmada por todos los/las integrantes del Consejo Extraordinario. En función de lo que allí se resuelva, se redacta carta informativa a los apoderados, en un plazo no superior a 48 horas. 14.4. Comunicación Inspector/a General comunicará la resolución al apoderado, y al/la estudiante en entrevista personal. Junto con ello informará las medidas de apoyo psicosocial y formativas (ver 14.6 de este protocolo) Se le solicitará a los padres evaluación y apoyo con especialistas externos, de ser necesario, para resguardar la situación emocional del estudiante. La falta de cumplimiento de esta derivación será considerada una “vulneración de derechos” del estudiante y se procederá en base a dicho protocolo. 14.5. Seguimiento
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    110 El departamento deConvivencia Escolar mantendrá un registro de acciones realizadas, las cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y externas con la red comunal para ayudar al estudiante y su grupo familiar.
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    112 15. PROTOCOLO FRENTEA SITUACIONES DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante consumiendo drogas y/o alcohol dentro del establecimiento educacional, en las inmediaciones cercanas de éste o fuera del establecimiento, se procederá de la siguiente forma: 15.1. Detección • Toda persona que sorprenda a un/una estudiante bajo los efectos de consumo y/o flagrancia de consumo de drogas y/o alcohol al interior o en las inmediaciones del establecimiento, deberá reportar el hecho a Inspector/a General y/o Coordinador de Conv.Es. En el caso que sea un estudiante quien canaliza dicha información y prefiera compartirla con otra figura que asuma el rol de formador al interior del establecimiento. Éste último será quien informe a Inspector/a General y/o Coord. Conv.Es, quienes una vez confirmado el hecho pueden dejar registro en la hoja de vida del estudiante haciendo referencia a la falta sin explicitar. 15.2. Abordaje y procedimiento 15.2.1. Llamada al hogar i. Inspector/a General y/o Coord. de Conv.Es. tomará contacto vía telefónica con el/los padre/s, apoderado/s o adulto responsable solicitando su presencia de forma inmediata en el establecimiento. Esta acción cumple la finalidad de informar la situación en la que se ve involucrado/a su hijo/a, así como la obligatoriedad de denunciar por parte del establecimiento, de acuerdo a la ley 20.000. De igual forma, deben acompañarlo/ al centro de salud local más cercano. ii. Se debe registrar la llamada a los apoderados en un libro destinado a esta acción. iii. Si el apoderado/a o adulto responsable no puedan presentarse de forma inmediata al establecimiento, un funcionario designado por Inspectoría General acompañará al/la estudiante al centro de salud local más cercano, velando de esta forma por la salud de el/la estudiante. 15.2.2. Control de salud Los estudiantes serán trasladados al centro de salud local más cercano para realizar control de salud general y descartar cualquier dificultad generada por encontrarse bajo los efectos del consumo de alcohol o droga. 15.2.3. Denuncia i. El/La Director/a del establecimiento, Inspector/a General o Coord. de Conv.Es. tendrán 24 horas para realizar la denuncia correspondiente en Carabineros de Chile, constatando de la falta cometida por el/la los/las estudiantes según lo estipulado en el art. 50 de la ley 20.000. de Drogas. Esto, con el fin último de notificar posible delito de tráfico o micro tráfico al interior del establecimiento.
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    113 15.3. Sanción i. El/LaInspector/a General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos casos en este documento. ii. Los estudiantes sorprendidos bajo los efectos del consumo de drogas y/o alcohol, serán sancionados según se contempla la tipificación de estas faltas como gravísimas. 15.4. Seguimiento El establecimiento por medio del departamento de Convivencia Escolar, debe garantizar el apoyo profesional al estudiante y a sus padres, entregando alternativas de atención por instituciones especializadas, así como la disponibilidad de los profesionales del establecimiento. i. Cuando el/la estudiante retorne de su sanción, debe presentarse con su apoderado/a y/o adulto responsable o tutor en Inspectoría General para entrevista conjunta con Coord. Conv. Es ii. Será derivado a Depto. de Convivencia Escolar para establecer un primer vínculo. Este primer contacto es importante para demostrar la preocupación que se tiene hacia el/la estudiante, además de recoger información y abordar el tema. La dupla psicosocial del ciclo respectivo se harán cargo de su acompañamiento. iii. Adicionalmente, si es requerido, puede ser derivado a programas de la red de apoyo especializado (SENDA) iv. El departamento de Convivencia Escolar mantendrá un registro de acciones realizadas, las cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y externas con la red comunal para ayudar al estudiante y su grupo familiar. 15.4.1. Acompañamiento i. Desde Inspectoría General, se convocará a los padres, apoderados y/o adultos responsables a quienes se les comunicarán los procedimientos a seguir y responsabilidad de la familia durante el proceso. Se registrará bajo firma en acta el compromiso de los apoderados para apoyar y mejorar la conducta de su hijo/a. ii. Ambas partes, estudiante y familia, deberán explícitamente indicar su voluntad y compromiso con la intervención que sea necesaria, firmando el acta respectiva de Convivencia Escolar iii. El incumplimiento por parte de los padres, apoderados y/o adultos responsables de enviar a su hijo/a a los programas donde ha sido derivado/a, se les comunicará que serán denunciados a OPD, por vulneración de los Derechos del Niño, por no proporcionar su derecho a la salud. iv. Con todos los antecedentes que puedan ser recolectados por la dupla psicosocial del ciclo respectivo, se podrá diseñar y confeccionar un plan de acción tendiente a garantizar la permanencia de el/la estudiante en el sistema escolar y al mismo tiempo, adoptar acciones tendientes a revertir el consumo.
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    114 v. Mantener matriculamientras se lleve a cabo el plan de acción. El establecimiento deberá otorgar todas las facilidades a el/la estudiante para asistir al proceso terapéutico u otra acción contemplada en la intervención individual con programas de la red. Será responsable de esta acción el/la Coordinador/a Convivencia Escolar, Inspector/a General y Profesor/a Jefe. vi. Adicionalmente, la temática de consumo de drogas y/o alcohol se abordará por las y los docentes en las horas de orientación o consejo de curso, generando pensamiento reflexivo con el grupo curso y/o nivel donde se detectó el consumo. Este abordaje se realizará sin hacer mención específica al caso detectado. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    115 16. PROTOCOLO FRENTEA TRÁFICO, MICRO TRÁFICO O PORTE DE DROGAS AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO El micro tráfico es un delito, que puede darse en los Establecimientos Educacionales. Se configura por el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño); portar (llevar drogas consigo independiente de quién sea el dueño); transportar (entendido como el traslado en algún medio de transporte) o guardar pequeñas cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas a la atención de tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y próximo en el tiempo. (referencia y alusión a Art. 4° Ley 20.000)22 En situaciones en las cuales se sorprenda a un estudiante portando, vendiendo, facilitando, distribuyendo drogas y/o alcohol dentro del establecimiento educacional, se procederá de la siguiente forma: 16.1. Detección a) Si un docente o cualquier funcionario del establecimiento sorprende a un estudiante portando, vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, debe informar inmediatamente a Director/a o Inspector/a General. b) Si un docente o cualquier funcionario del establecimiento es informado de un estudiante portando, vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, debe resguardar el principio de inocencia. 16.2. Abordaje y Procedimiento i. Cuando exista sospecha o evidencia de micro tráfico de drogas, el/la Inspector General deberá recabar toda la información relevante de manera reservada y oportuna informando inmediatamente a la Dirección del establecimiento. ii. El/La o los/las estudiantes involucrados/as serán trasladados a una oficina o sala acompañados por un directivo, con el objeto de resguardar la información y a los estudiantes hasta que se presenten las autoridades competentes. 16.2.1. Llamada al hogar i. Inspector/a General y/o Coord. de Conv.Es. tomará contacto vía telefónica con el/los padre/s, apoderado/s o adulto responsable solicitando su presencia de forma inmediata en el establecimiento. Esta acción cumple la finalidad de informar la situación en la que se ve involucrado/a su hijo/a, así como la obligatoriedad de denunciar por parte del establecimiento, de acuerdo a la ley 20.000. ii. Se debe registrar la llamada a los apoderados en un libro destinado a esta acción. 22 (LEY 20000, SUSTITUYE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS, 2015)
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    116 iii. Adicionalmente sedebe informar al Departamento Jurídico de la CORMUDESPA, para que adopte las medidas jurídicas correspondientes. 16.2.2. Denuncia i. El/La Director/a del establecimiento, Inspector/a General o Coord. de Conv.Es. tendrán 24 horas para realizar la denuncia correspondiente en Carabineros de Chile, constatando de la falta cometida por el/la los/las estudiantes denunciando el delito que se está cometiendo. Ley 20.000 de Drogas y Ley 20.048. Responsabilidad Penal adolescente (Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años). ii. De la misma forma, el establecimiento procederá a realizar una denuncia en el Tribunal de Familia y/o la OPD con el objeto de resguardar los derechos del niño y la niña, considerando que podría ser víctima de explotación o engaño, o ser instrumento de un adulto o banda delictual. iii. Cuando el caso de sospecha o evidencia de micro tráfico de drogas es realizada por un menor de 14 años, ellos están exentos de responsabilidad penal, por lo que el el Coord. De Conv.Es. del establecimiento solicitará medida de protección ante los Tribunales de Familia. iv. Frente a la existencia de sospecha de tráfico o micro tráfico de drogas, el/la directora/a presentará los antecedentes con que cuentan en conocimiento del Fiscal del Ministerio Público o Carabineros. v. El/la Directora/a, puede solicitar la participación de la Unidad de Víctimas y testigos del Ministerio Público, quienes podrán detectar distintas medidas que tiendan a la protección de los denunciantes y los testigos. 16.3. Sanción i. En caso de micro tráfico dentro del establecimiento se aplicará sanción respectiva de acuerdo al Reglamento Interno el cual considera esta como una falta gravísima. ii. El/La Inspector/a General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos casos en este documento. iii. Se asegurará el Derecho que tienen los/las niños/as, adolescentes a continuar sus estudios. 16.4. Seguimiento
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    117 El establecimiento pormedio del departamento de Convivencia Escolar, debe garantizar el apoyo profesional al estudiante y a sus padres, entregando alternativas de atención por instituciones especializadas, así como la disponibilidad de los profesionales del establecimiento. i. Cuando el/la estudiante retorne de su sanción, ya sean estas en base al Reglamento Interno o en su defecto de tipo penales, debe presentarse con su apoderado/a y/o adulto responsable o tutor en Inspectoría General para entrevista conjunta con Coord. Conv. Es. ii. El equipo de profesionales de Conv.Es. entregará las orientaciones, así como también un apoyo psicológico para ayudar al estudiante a enmendar sus errores y reflexionar sobre las acciones que lo puedan perjudicar en el futuro y que puedan comprometer su libertad o su salud física y psíquica. La dupla psicosocial del ciclo respectivo se harán cargo de su acompañamiento. iii. Adicionalmente, si es requerido, puede ser derivado a programas de la red de apoyo especializado (SENDA) iv. El departamento de Convivencia Escolar mantendrá un registro de acciones realizadas, las cuales considerarán el seguimiento del caso durante al menos un año, con reuniones con el estudiante, padres, apoderados, profesor jefe y quienes corresponda. De la misma forma monitoreará las gestiones internas y externas con la red comunal para ayudar al estudiante y su grupo familiar. 16.4.1. Acompañamiento i. Desde Inspectoría General, se convocará a los padres, apoderados y/o adultos responsables a quienes se les comunicarán los procedimientos a seguir y responsabilidad de la familia durante el proceso. Se registrará bajo firma en acta el compromiso de los apoderados para apoyar y mejorar la conducta de su hijo/a que le permitan integrarse a la sociedad siendo una persona íntegra y de bien para su comunidad ii. Ambas partes, estudiante y familia, deberán explícitamente indicar su voluntad y compromiso con la intervención que sea necesaria, firmando el acta respectiva de Convivencia Escolar iii. El incumplimiento por parte de los padres, apoderados y/o adultos responsables de enviar a su hijo/a a los programas donde haya sido derivado/a, puede ser causal de denuncia a OPD, por vulneración de los Derechos del Niño, por no proporcionar su derecho a la salud. iv. Con todos los antecedentes que puedan ser recolectados por la dupla psicosocial del ciclo respectivo, se podrá diseñar y confeccionar un plan de acción tendiente a garantizar la permanencia de el/la estudiante en el sistema escolar. v. Mantener matricula mientras se lleve a cabo el plan de acción. El establecimiento deberá otorgar todas las facilidades a el/la estudiante para asistir al proceso terapéutico u otra acción contemplada en la intervención individual con programas de la red. Será responsable de esta acción el/la Coordinador/a Convivencia Escolar, Inspector/a General y Profesor/a Jefe.
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    118 vi. Adicionalmente, latemática de consumo y tráfico de drogas se abordará por las y los docentes en las horas de orientación o consejo de curso, generando pensamiento reflexivo con el grupo curso y/o nivel donde se detectó el consumo de drogas o micro tráfico. Este abordaje se realizará sin hacer mención específica al caso detectado. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    120 17. PROTOCOLO FRENTEA SITUACIONES DE HALLAZGO DE DROGAS 17.1. Procedimiento i. Si algún funcionario del establecimiento, estudiante o apoderado se encontrara con alguna sustancia ilícita al interior del establecimiento educacional, éste se encuentra obligado a informar inmediatamente a Director/a del establecimiento o a Inspector/a General. ii. El/La directora/a del establecimiento debe contactarse con las autoridades competentes (Carabineros de Chile o PDI), quienes realizarán los procedimientos específicos para éstas situaciones. iii. Los directivos del establecimiento establecerán las medidas pertinentes para el resguardo del lugar donde se encontró la sustancia ilícita. iv. El Director deberá dentro de las 24 horas siguientes, realizar la denuncia correspondiente de acuerdo a la Ley 20.000. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    122 18. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A CONDUCTAS AUTO -DESTRUCTIVAS Y DE RIESGO Cuando un/una estudiante del establecimiento presente conductas autodestructivas (tales como realizarse cortes a sí mismo, auto-asfixiarse, auto-agredirse, auto-medicación, o cualquier conducta que pueda atentar en contra de su vida) ya sea en el establecimiento educacional o bien se tenga conocimiento de que ha ocurrido fuera del establecimiento -previo a su ingreso al colegio-, se debe seguir el siguiente procedimiento: Paso 1: Detección de la situación. Cuando cualquier miembro de la comunidad educativa, observe, escuche o le informen sobre una conducta de riesgo o autodestructiva, debe informar inmediatamente a Inspectoría General y/o Convivencia Escolar. Paso 2: Atención de la situación. • La Técnico Paramédico y Equipo Psicosocial evaluarán la situación y darán las atenciones que correspondan. • La dupla psicosocial y/o Coordinador de Con. Escolar se comunicará de forma inmediata con el referente de suicidio comunal de CESFAM. • Se informará de manera inmediata de lo sucedido a Dirección. Paso 3: Comunicación a las familias. • Director, Orientador(a) y/o Profesor Jefe y se contactarán telefónicamente con el apoderado para informar lo sucedido. • De acuerdo con la evaluación realizada por el asistente paramédico si el/la estudiante amerita ser enviado a un centro asistencial, se procederá de acuerdo con el protocolo Accidentes Escolares. • En caso de que la situación no amerite que el/la estudiante sea llevado a un centro asistencial, el Equipo Psicosocial evaluará si es necesario que sea retirado del Colegio. El padre/apoderado/tutor deberá asistir a la brevedad al establecimiento para informarse de lo sucedido y establecer planes de acción. Paso 4: Seguimiento • Si el/la estudiante cuenta con tratamiento médico externo pertinente (por ejemplo, psiquiatra, neurólogo) el colegio solicitará que el profesional tratante se comunique a la brevedad con Convivencia Escolar, para determinar las condiciones de reingreso a clases de el/la estudiante, de acuerdo con su estado de salud.
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    123 • Si el/laestudiante no cuenta con tratamiento médico pertinente, el colegio solicitará una evaluación externa de un especialista competente, la cual es imprescindible para un reintegro seguro para el/la estudiante.
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    125 SITUACIONES DE MALTRATO/ACOSO ESCOLAR / CIBERACOSO ESCOLAR 19. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, ACOSO ESCOLAR O BULLYING (referido a acciones entre estudiantes) Fase 1: Detección o Denuncia • El integrante de la comunidad educativa que detecte o reciba una denuncia de una situación de maltrato o acoso escolar, deberá informar a la dirección y/o a la inspectoría general y/o encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento. • La dirección y/o la inspectoría y/o por medio del encargado/a de Convivencia Escolar, realizará evaluación preliminar deberá activar el protocolo de acción correspondiente. Fase 2: Evaluación preliminar y adopción de medidas de urgencia La Dirección, Insp. General y/o el departamento de Convivencia Escolar tendrá un plazo de 48 horas, deberá realizar la indagación de la situación detectada o denunciada, por medio de: • En caso de Maltrato/acoso escolar: Entrevista a estudiante víctima, con el objetivo de conocer los alcances de la situación. Entregarle la seguridad que el establecimiento le brindará el apoyo integral frente a la situación. (Si se presume el acoso APLICACIÓN CUESTIONARIO A MI ME SUCEDE QUE…) (Ver documento anexo) • Entrevista con el estudiante presuntamente agresor/acosador, con el objetivo de conocer los alcances de la situación. De la misma forma, informarle que, si bien el establecimiento le entregará los apoyos correspondientes, debe aplicar todas las medidas destinadas a éstos hechos, tanto a nivel de reglamento interno como del tipo legal (si procede) • Entrevistas a otros testigos que pudiesen aportar información relevante (si procede) • Entrevista con el Profesor(a) Jefe de los/las estudiantes involucrados/as, con el objetivo de recoger mayores antecedentes de la situación y acordar medidas a corto y mediano plazo tanto para los involucrados como para el grupo curso. (APLICACIÓN DIAGNÓSTICO DE ESTUDIANTES EN RIESGO POR VIOLENCIA ESCOLAR) (ver documento anexo) • Entrevista con los apoderados de los estudiantes por separado, con el objetivo de informar la situación y las medidas a implementar por el establecimiento. Esta entrevista debe indagar otros antecedentes, así como motivar la participación de la familia en la resolución del conflicto (si corresponde) • En caso de que la evaluación preliminar no cumpla los requisitos para imponer una sanción, o bien el reclamo es desestimado, determinando no intencionalidad, responsabilidad, gravedad y la toma de decisiones respecto al hecho acusado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada, siendo comunicada a todas las partes involucradas por Dirección, Inspector/a General o Coord. Convivencia Escolar en un plazo no mayor a 72 horas. (ver Art 36.1 de este documento) • En caso de que la evaluación preliminar confirme la situación de maltrato, acoso escolar o bullying, el Director deberá dentro de las 24 horas siguientes, denunciar la situación en Carabineros de Chile, PDI,
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    126 Fiscalía, en casode que los involucrados sean mayores de 14 años, y en el tribunal de familia u OPD, en caso de ser menores de 14 años. • La dupla psicosocial deberá reconocer la gravedad del suceso y promover la seguridad y la integridad del afectado si fuese necesario, ante lo cual se solicitará la suspensión inmediata y aislamiento del agresor mientras dura la investigación y la instalación de las medidas reparatorias. Dentro un plazo de 24 horas para la ejecución del debido proceso. (ver art.36 de este documento) • El Inspector General del establecimiento deberá aplicar las medidas disciplinarias correspondientes de acuerdo al Reglamento Interno y el Manual de Convivencia. Fase 3: Intervención • El departamento de Convivencia Escolar, coordinará la realización de acciones de intervención que incluya a víctimas, agresor (es), curso y apoderados. • El departamento de Convivencia Escolar, debe informar, comprometer e involucrar a las familias en la intervención a realizar. • Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño, para que pueda reconocer su falta, las razones que lo motivaron y el no reiterar la conducta de acoso y/o maltrato. Si fuera pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y reparar el daño causado. Así, también se les derivará a los especialistas que correspondan en el establecimiento o instituciones pertinentes. Utilización de estrategias de resolución de conflictos (mediación, negociación, arbitraje, conciliación) • Las medidas hacia el estudiante agredido, deben orientarse a entregar apoyo profesional y pedagógico. De la misma forma, entregar seguridad para el desarrollo efectivo de su proceso de enseñanza – aprendizaje. • El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar, junto con el Profesor Jefe, deberán abordar la temática en el grupo curso, con el objetivo de sensibilizar a los estudiantes frente a la situación intervenida. • El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar deberá entregar a la dirección del establecimiento, un informe con las acciones realizadas en el proceso de intervención, de la misma forma darlo a conocer a los apoderados y estudiantes involucrados, resguardando su conformidad u objeción con éste informe final en un plazo no mayor a 05 días hábiles. (una vez concluido el proceso) Fase 4: Monitoreo y seguimiento El/La Coordinador/a de Convivencia Escolar y Profesor Jefe deberán realizar un monitoreo gradual de la evolución de la situación, reportando el seguimiento a la dirección del establecimiento, por un período mínimo de 3 meses, que se contabilizan una vez entregado el informe final.
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    127 20. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE AL MAL USO DE REDES SOCIALES (Situaciones de ciberbullying- happy slapping – cyber defamation – online grooming) Dado que se trata de un tipo o forma especial de acoso, en todo lo no regulado específicamente en el presente protocolo deberá aplicarse el Protocolo en caso de acoso y/o maltrato. a) Definición: Conocido también como ciberbullying, consiste en una forma de violencia similar al acoso escolar, pero que utiliza medios tecnológicos como redes sociales, internet u otros espacios virtuales por lo que su difusión e impacto en todos los involucrados y en la convivencia general de la comunidad es mucho mayor. En muchas ocasiones, las agresiones por internet son anónimas, lo que contribuye a aumentar la ansiedad y sensación de paranoia de la víctima, ya que el agresor podría ser cualquier persona. El ciberacoso incluye conductas de violencia sicológica, social, agresiones, amenazas, insultos, suplantación de identidad, difusión de material denigrante para la víctima o exclusión en línea. El ciberacoso o ciberbullying puede ser definido como la intimidación psicológica u hostigamiento, que se produce entre pares, sostenida en el tiempo y cometida con cierta regularidad, utilizando como medio las tecnologías de la información y la comunicación. Se produce frecuentemente dentro del ámbito escolar, pero no exclusivamente. A las características propias del acoso debe sumarse el hecho de la publicidad de los medios electrónicos, que muchas veces transforman un episodio en una pesadilla interminable para la o las víctimas, que ven su intimidad, o calumnias, o insultos en su contra expuestos en la red sin posibilidad de borrarlos. También se agrava y hace más frecuente dado el anonimato o la distancia virtual en que puede escudarse el/la los/las agresores/as. Algunas características o elementos propios del ciberacoso son las siguientes: 1) Debe existir un acosador y un acosado. 2) El ciberacoso es contra una persona concreta y no contra un grupo. 3) Debe haber asimetría de poder o de fuerza. 4) El hostigamiento tiene que ser repetido y sostenido por un periodo de tiempo. Si bien el siguiente listado no es exhaustivo, estas son algunas de las formas de manifestación del ciberacoso: ✓ A través del correo electrónico, enviando mensajes desagradables, ofensivos, intimidantes o amenazantes. ✓ A través de la publicación de comentarios, fotos, videos o páginas web de carácter ofensivo, denigrante, amenazante o discriminatorio. ✓ A través del envío de mensajes por distintas plataformas de contenido intimidatorio, ofensivo o discriminatorio (RRSS de uso masivo)
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    128 ✓ A travésdel uso de fotos que sus “victimas” tienen alojadas en internet, o que han sacado sin permiso, para manipularlas y exponerlas en la Web, avergonzando a la persona o utilizándola como chantaje. ✓ A través de la edición de perfiles o páginas web utilizando los datos de otra persona haciendo comentarios violentos u ofensivos para fines no consentidos por la persona cuya identidad fue suplantada. ✓ A través de ataques a la privacidad o intimidad de la persona víctima de ciberacoso, utilizando y extrayendo contenidos sin su consentimiento de su correo electrónico o alguna red social. ✓ A través de la grabación o registro de agresiones y/o actos de violencia física, normalmente en el ámbito escolar, mediante teléfonos celulares u otros aparatos o tecnologías, difundiendo tales agresiones para que circulen por la red o lo publican en portales de Internet o servidores para videos. Las conductas de los/las estudiantes que constituyan ciberacoso serán consideradas faltas graves o gravísimas dependiendo del grado de involucramiento y podrán ser sancionadas conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interno de nuestro establecimiento. b) Protocolo de prevención: De manera sistemática, en el colegio se implementarán estas u otras medidas con el fin de prevenir el ciberacoso: ✓ Celebración a nivel institucional del día contra el ciberacoso escolar, establecido por MINEDUC. ✓ Actividades relacionadas a la prevención del ciberacoso escolar que involucren a los padres y/o apoderados y el uso responsable de las RRSS ✓ Talleres, charlas y/o conferencias relacionadas a la violencia escolar para los alumnos, enfocados en el acoso escolar y acoso digital. ✓ Generar un ámbito de confianza dentro de la escuela para que los alumnos puedan reportar casos de ciberacoso que puedan estar siendo víctimas u otros. Para prevenir el ciberacoso se sugiere a las familias: • Regular el tiempo que destinan los niños y adolescentes al uso de internet. • Enseñar a los niños y adolescentes sobre el uso seguro y responsable de internet y las redes sociales, y comentar con ellos qué hacen y qué sucede en las redes. • Se les debe enseñar que no deben compartir con sus compañeros las claves de su teléfono, correo o redes sociales, y que se debe evitar aceptar como amigos en internet a personas que no conocen. • Mantener contacto permanente con el colegio. c) Protocolo de gestión de los eventos de ciberacoso o mal uso de RRSS Como el ciberacoso es un tipo de hostigamiento en que se utilizan medios tecnológicos por un estudiante o grupo de estudiantes para maltratar a un par, el procedimiento aplicable en estos casos es el mismo que se detalla en el Protocolo de Acoso y/o Maltrato, con las siguientes precisiones o agregados: i. Etapa de reporte. Los padres y/o apoderados que se enteren de que su hijo es víctima de ciberacoso deben ponerse en contacto con el establecimiento en forma inmediata. Si es
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    129 posible, la familiao el agredido/a deben copiar de inmediato la página (screenshot/pantallazo) e imprimirla, para tener los antecedentes respectivos que respalden lo sucedido. Se debe resguardar la privacidad de los estudiantes y confidencialidad de la situación denunciada. ii. Etapa de contacto con los padres o apoderados. Los padres y/o apoderados de los estudiantes implicados, serán informados en breve y convocados, por separado, para informarles de lo sucedido. En caso que el apoderado de la víctima desee hacer la denuncia a la PDI o Carabineros de Chile, el colegio se hará parte de esta denuncia aportando toda la información que se haya recopilado e informando a los involucrados iii. Etapa de adopción de medidas. Algunas medidas a considerar son: • Al igual que en los casos de violencia en general, es importante apoyar y acompañar a la víctima y al victimario, informar a la familia y aplicar las medidas consideradas en el Reglamento Interno. • Se podrá solicitar a los alumnos implicados, realizar un trabajo de reparación, que incluya sesiones pedagógicas asociadas al tema del ciberacoso y sus consecuencias para las víctimas y la comunidad escolar (colaboración) • Aplicación de medidas disciplinarias que sean procedentes conforme al Reglamento Interno del establecimiento. • Realizar intervenciones en clase con el fin de educar sobre los nocivos efectos del ciberacoso, y reforzar la importancia del correcto y responsable uso de internet y de las redes sociales, manteniendo siempre el debido respeto por sus compañeros al utilizar los medios indicados.
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    127 SITUACIONES DE MALTRATO/VIOLENCIA/AGRESIÓN FÍSICA- PSICOLÓGICA y/o VERBAL 21. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA (estudiante a funcionario – funcionario a estudiante – estudiante a estudiante) (El establecimiento también entiende que las víctimas de las agresiones físicas o psicológicas pueden ser cualquier miembro de la comunidad educativa, como estudiantes, personal docente o asistente de la educación. Es función del establecimiento no sólo velar por la seguridad de sus estudiantes, sino también de los colaboradores de la actividad educativa) Por ello, el presente protocolo se aplicará en casos en que el agresor sea un estudiante, teniendo como víctima a un adulto, docente o asistentes de la educación o viceversa. Fase 1: Detección o Denuncia • Quien detecte y/o reciba la denuncia debe Informar al Director del establecimiento. Activación de protocolo correspondiente. Fase 2: Evaluación Preliminar y adopción de medidas de urgencia • El Director y(o) Inspector/a General y(o) Encargado de Convivencia del establecimiento, debe realizar una evaluación preliminar, dentro de las 24 horas siguientes. (En caso de que la evaluación preliminar no cumpla los requisitos para imponer una sanción, o bien el reclamo es desestimado, determinando no intencionalidad, responsabilidad, gravedad y la toma de decisiones respecto al hecho acusado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada, siendo comunicada a todas las partes involucradas por Dirección, Inspector/a General o Coord. Convivencia Escolar en un plazo no mayor a 72 horas. (ver Art 36.1 de este documento) i. En el caso de agresiones físicas recientes, se deberá llevar a la víctima de forma inmediata al servicio médico más cercano para constatar lesiones y el impacto que dicha agresión pudiese causar, ya que una agresión podría llegar a ser constitutiva de delito. ii. En caso de agresiones verbales y/o psicológicas, se debe consignar acta situacional de lo ocurrido conservando y haciendo mención de los hechos ocurridos, sin omitir ni transformar lo dicho por los involucrados. • Denunciar la situación en Carabineros de Chile, PDI, Fiscalía, en caso de que los involucrados sean mayores de 14 años, y en el tribunal de familia u OPD, en caso de ser menores de 14 años (si el estudiante es agresor podría estar siendo víctima de maltrato o algún otro tipo de abuso, y por este motivo presentaría conductas des-adaptativas) • En paralelo se informará de inmediato al apoderado del estudiante involucrado de lo sucedido, dando a conocer los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada. Fase 3: Intervención, Monitoreo y seguimiento • La dupla psicosocial deberá reconocer la gravedad del suceso y promover la seguridad y la integridad del afectado si fuese necesario, ante lo cual se solicitará la suspensión inmediata y aislamiento del agresor mientras dura la investigación y la instalación de las medidas reparatorias. Dentro un plazo de 24 horas para la ejecución de un debido proceso. (ver art 36.1 de este documento) • La persona que sea víctima de alguna situación de agresión física, psicológica y/o verbal, contará con apoyo psicológico, esto si es que al momento de ocurrir ésta, el establecimiento cuenta con el profesional
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    128 afín, de locontrario se le sugerirá recibir esta ayuda, siempre dependiendo del impacto que genere en el afectado, pudiendo ser derivado a la Mutual de Seguridad o Centro de Salud local. • El departamento de Convivencia Escolar junto al equipo directivo deberá de manera reservada citar a entrevista a los involucrados o testigos del hecho de violencia escolar para recabar antecedentes y tomar decisiones efectivas que permitan el resguardo de los involucrados y la comunidad respecto a este tipo de hechos de violencia, así como también generar instancias de reparación para el agresor. • Los padres de los estudiantes involucrados deberán ser informados permanentemente de la situación, mediante una entrevista presencial o contacto telefónico (en casos excepcionales), de la cual deberá quedar el registro en la hoja de vida del estudiante, además deberá brindar los apoyos necesarios solicitados y respetar los acuerdos pactados durante el proceso reparatorio. SITUACIÓN DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
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    129 22. PROTOCOLO PARASITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es funcionario del establecimiento) • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Lo anterior, debe quedar registrado. • El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe presentarse en el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación. • El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    131 23. PROTOCOLO PARASITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario del establecimiento) • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo de procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando un ambiente de secretismo y recelo. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación. • El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    133 SITUACIÓN DE VULNERACIÓN,MALTRATO FÍSICO Y/OABUSO SEXUAL 24. ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL El primer paso previo ante cualquier intervención protectora, consiste en identificar aquellos signos, señales y/o indicadores que dan cuenta que un niño, niña o adolescente puede ser víctima de alguna situación maltratante. Esto es considerado la primera condición para intervenir en casos de maltrato infantil y posibilitar así la ayuda necesaria. Cuando se habla de responsables de la detección de situaciones de desprotección infantil se plantean dos fuentes (Junji,2009): • La primera dirigida a los ciudadanos en general (vecinos, familiares, conocidos, etc.). • La segunda, todos aquellos profesionales en contacto con la infancia (personal sanitario, profesorado, servicios de salud, entre otros). Para los profesionales en contacto con la infancia, la labor de detección debe estar orientada a conocer factores de riesgos, señales de alerta o indicadores de maltrato y/o abuso sexual infantil entre los que destacan: La detección de factores de riesgo Son factores personales y/o socio familiares que pueden precipitar la situación de maltrato. Estos pueden asociarse a la condición del niño, la niña, la familia, contexto social o ambiental. La detección de las señales de alerta Corresponden a signos o síntomas que indican algún desajuste en el desarrollo físico o emocional de un niño y que parece poco acorde a la etapa evolutiva en la que se encuentra. Acá es importante valorar si los síntomas son resultados de una situación de maltrato o alguna otra situación de origen diferente que está afectando al niño, niña o adolescente La detección de indicadores de maltrato infantil. Se trata de signos objetivos que estarían asociados a una manifestación concreta del maltrato infantil. En términos generales, la labor debe centrarse en poner atención a cualquier cambio brusco en el comportamiento, signos, señales e indicadores de maltrato infantil que pueda presentar un niño. Acoger, sin interrogar, el relato de este o algún adulto significativo acerca de situaciones que hacen pensar en maltrato o agresión sexual infantil. En particular, la determinación de un caso de maltrato infantil es conveniente efectuarla de acuerdo con los cuatro elementos centrales que se describen en el siguiente cuadro (Observatorio de la Infancia (2006): Historia Son datos aportados por el propio niño, otros profesionales (educador, docentes, médicos, trabajadores sociales, psicólogos etc.,) y/o personas cercanas al niño o a su grupo familiar, como vecinos o amigos. Observación, indicadores comportamentales y/o físicos. Consiste en visibilizar indicadores físicos y/o comportamentales tanto en el niño, como en la figura del acompañante y/o supuesto agresor. Atender al aspecto
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    134 externoquepresenta el niño,susrelaciones con sus pares uotrosadultos(porejemplo: asistenciaal colegio, contacto con la familia, etc., ) Datos sociales Se trata de identificar los factores de riesgos como los de protección que cuenta el niño, niña o el adolescente, y que permiten una mejor comprensión de la situación, así como también una adecuada toma de decisiones, Además, es clave informarse sobre la situación que atraviesa el niño a nivel familiar. Por ejemplo, si vive con su familia de origen u otra sustituta. Antecedentes complementarios Es relevante contar con los antecedentes médicos (lesiones, anamnesis en casos de negligencia), escolares, informes de derivación, informes de rehabilitación en caso de contar con alguna discapacidad que merme su autonomía, psicológicos, interconsultas, etc.). 24.1. INDICADORES DE NEGLIGENCIA Comprende la falta de cuidados necesarios e indispensables para garantizar la conservación de la salud en las distintas áreas requeridas por un niño, niña o adolescente: física, mental y social. Indicadores físicos asociados al niño • Alimentación inadecuada a las necesidades que posee el niño. • Vestuario inadecuado a la época y a las condiciones climáticas. • Presencia de suciedad y falta de higiene en la presentación personal del niño. • Retraso en crecimiento talla y peso. • Por largos períodos de tiempo se encuentra sin supervisión. • Condiciones domésticas peligrosas para el niño. Indicadores comportamentales y sociales asociados al niño • El niño pide o roba comida. • Suele quedarse dormido y no asiste a clases. • Manifiesta verbalmente ausencia de una persona que le cuide. • Se ausenta del hogar por períodos largos. • • Socialización de calle.
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    135 • Mantiene vinculacióncon grupos de pares o mayores a su edad en contextos delictivos Indicadores emocionales, comportamentales y sociales de los padres o cuidadores • Abuso de alcohol o drogas. • Apatía o indiferencia hacia el hijo o la hija. • Bajo nivel intelectual o mentalmente enfermo. Exploración de datos de anamnesis Observación física y/o antecedentes entregados por examen de salud general del niño o niña Observación directa de conductas y actitudes del niño como del adulto a cargo de su cuidado • Despreocupación por enfermedades del hijo sin dar cumplimiento a las indicaciones dadas por los especialistas. • Adultos con exceso de actividades sociales o laborales. • Conductas de compensación material hacia el hijo. • Se delega el cuidado en terceros con dudosa capacidad. • Permisividad en el ausentismo escolar. • Aislamiento social progresivo con la consiguiente reducción del espacio vital y red social. 24.2. INDICADORES DE MALTRATO FÍSICO Todo maltrato físico comprende un acto no accidental que provoca un daño o situación de sufrimiento para un niño, niña o adolescente. En este contexto se debe atender a algunos de los siguientes indicadores, según el MINSAL y MINEDUC (2013). A continuación, se describen los indicadores físicos más frecuentemente observados en niños, niñas o adolescentes que han sufrido algún tipo de maltrato físico (MINSAL, 2013). Lesiones cutáneo- mucosas (hematomas y contusiones, equimosis, heridas incisas o contusas, erosiones, pinchazos) • Magulladuras. • Moretones en forma de mano, palo, marca de apretón. • Contusión en el cuello que pueden tener como causa intento de estrangulamiento. •Moretones en tobillos y muñecas que pudieran dar cuenta de haber estado amarrado. •Pérdida de piezas dentales.
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    136 • Cortes opinchazos de objetos punzantes. • Hemorragias oculares. •Fracturas en huesos largos, cráneo, costillas, vertebras, etc. • Lesiones viscerales expresadas por medio de síntomas como: hinchazón, dolor abdominal, dificultad respiratoria, vómitos, hemorragias. Quemaduras • De cigarros en manos, pies, brazos, piernas o cuello. • Con líquidos u objetos calientes. • Que reproducen el objeto que las provocó: plancha, fierros, etc. • En lugares donde no se espera que exista contacto con un objeto caliente, por ejemplo, planta de los pies, dorso de la mano. Alopecias traumáticas • Se entenderá en estos casos, aquellas zonas con presencia de arrancamiento de cabello, que no respondan a una condición médica. Mordeduras • Estas pueden ser un indicador de sospecha en tanto reproducen la arcada dentaria humana. Lesiones oculares • Este tipo de lesiones producidas por el impacto directo en la zona del ojo y que, entre otras manifestaciones, puede producir hemorragias a nivel ocular. Signos de intoxicación o envenenamiento • Pudiera hacerse uso para aquello: jarabes, psicofármacos, bebidas alcohólicas, drogas. 1) Frente al uso de fuerza física por parte del cuidador es posible detectar algunas señales comportamentales y emocionales en el niño o la niña, entre las cuales destacan (MINSAL, 2013): • El niño, niña o adolescente se observa con miedo o temor a la figura cuidadora. • El relato espontáneo del niño o niña reporta que algunos de sus padres o cuidadores le castigan físicamente de manera habitual y, además, refiere que es a causa suya. • Existe inhibición en el contacto físico con adultos. • Tendencia a mostrarse retraído, temeroso, aislado, triste y deprimido.
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    137 • Uso dedisciplina en forma severa e impropia, y la validación de este como forma de crianza, en cualquiera de sus modalidades. Los golpes se presentarían como un derecho a corregir al hijo. • Uso de alcohol y drogas. • Despreocupación por las necesidades del niño. • Descripción negativa del niño. • Desinterés por proporcionar ayuda al hijo por alguna condición especial que este posea (minusvalía, déficit cognitivo, necesidad educativa especial, etc.). • Impiden que el niño relate lo sucedido o niegan lo que este cuenta. • Los padres se perciben a sí mismos como víctimas, adquiriendo la creencia de que sus hijos son una amenaza para su integridad. • El niño es concebido como un objeto de venganza por lo que ellos sufrieron en manos de sus propios padres. • Parece excesivamente complaciente, pasivo o, al contrario, es muy exigente o rabioso. 2) Por su parte, en la conducta que presentan los adultos cuidadores con relación al niño, niña o adolescente, también se observan conductas o señales que se deben tener presente. De acuerdo con Larraín y Bascuñán (2012), entre ellas se encuentran: 24.3. INDICADORES DE ABUSO PSICOLÓGICO O EMOCIONAL El abuso psicológico o emocional comprende todos aquellos actos realizados por acción directa o la ausencia de situaciones de maltrato, que están dirigidas a degradar al niño, niña o adolescente para ejercer un control sobre él. Respecto de este tipo de maltrato, el Minsal (2013) destaca los siguientes indicadores. 24.3.1. INDICADORES EMOCIONALES EN EL NIÑO • Manifiesta incomodidad y un estado hiper alerta al escuchar a otros niños llorando. • El niño o la niña refiere no querer volver o estar en su hogar. • Su conducta se polariza en los extremos: es de fácil adaptación o bien de fácil rechazo, mostrando una respuesta agresiva con otros. • Trastornos del sueño o de tipo alimentario. • Presenta estados de agitación y/o excitación.
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    138 • Los adultosa cargo del cuidado transmiten una valoración negativa del niño, lo que los lleva a mostrar rechazo, indiferencia y desprecio constante. • Existe la tendenciaa someter al hijo a humillaciones y críticas con uso de sobrenombres que menoscaban su autoimagen. • Los padres o cuidadores presentan conductas generadoras de miedo o amenazas de castigar. • Se realizan acciones dirigidas a aislar al hijo del contacto social. • Existe rechazo a las iniciativas que pudiera realizar el niño, niña o adolescente. • El adulto teje una barrera de silencio con el niño o la niña. • Se presenta desinterés por áreas relevantes para el hijo (escolar, recreacional, etc.). 24.3.2. INDICADORES COMPORTAMENTALES EN EL ADULTO CUIDADOR 24.4. INDICADORES DE MALTRATO PSICOLÓGICO El maltrato psicológico es una de las tipologías que presenta mayores dificultades para ser identificada y, por lo mismo, abordada. Por esto, no hay consenso sobre su definición, pues se le ha llegado a definir como sinónimo de maltrato emocional. En este sentido, es importante tener presente los aportes de Baker (2009) que hacen referencia al maltrato psicológico desde una mirada más amplia, involucrando los aspectos afectivos como cognitivos del maltrato, en tanto el emocional, está dirigido básicamente a incluir componentes afectivos. De lo anterior, se pueden destacar los siguientes indicadores, según lo planteado por el Minsal (2013). • Muestra conductas extremadamente adaptativas, pudiendo abarcar desde conductas adultas, hasta otras regresivas. • Intentos de suicidio. • Extrema falta de confianza en sí mismo. • Exagerada necesidad de ganar o sobresalir. • Demandas excesivas de atención. • Se relaciona con otros niños de manera agresiva o, por el contrario, pasiva y de aislamiento. • Desde el propio diálogo del niño, su forma de describirse es por medio de frases como: “soy tonto”, “no sé dibujar”, “todo lo hago mal”. • Constante necesidad de reafirmación de las propias capacidades ¿Cómo me quedó esto? ¿Usted cree que lo hice bien?
  • 143.
    139 Indicadores emocionales, cognitivos,sociales y de conducta en la primera infancia (0 a 6 años) • Niños no fijan la mirada existiendo una sensación de mirada perdida. • No hay respuesta del niño: no responde a un abrazo o no distingue a la madre, a partir del quinto mes de nacido. • No logra coger objetos a partir del séptimo mes. • A partir de los 12 meses no presenta llanto al ser dejado con extraños. • A partir de los 10 meses no balbucea. • A partir de los 18 meses, no reconoce el llamado del padre, madre o figura de cuidado. • A partir del año no reconoce su nombre al ser llamado, ni imita gestos simples. • A partir de los 4 años de edad, no es capaz de ejecutar un juego que permita interacción con otro. • A partir de los 2 años de vida no identifica algunas partes del cuerpo (boca, nariz, ojos, etc.). • En etapa preescolar presenta conductas parentalizadas, asumiendo roles de adultos. • Irritabilidad en la conducta y excesiva ansiedad. Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta entre los 6 y 12 años • Presencia de enfermedades, trastornos psicosomáticos, dolores de cabeza, abdomen, trastornos de la alimentación. • Baja la capacidad de atención, concentración y rendimiento. Existencia de retraso a nivel de áreas madurativas y del desarrollo. • Temor, inquietud y ansiedad. • Baja autoestima. • Presenta conductas que pudieran poner en riesgo su propia integridad o seguridad. (iniciación de conducta sexual promiscua, consumo de drogas, socialización callejera, actos delictuales). • Aislamiento social o relaciones conflictivas con el entorno. • Deserción escolar y/o rechazo a mantenerse ligado al contexto escolar. • Realización de conductas auto lesivas o intentos de suicidio. • Irritabilidad o apatía.
  • 144.
    140 Indicadores emocionales, deconducta y sociales de los progenitores o cuidadores • Menosprecio o rechazo hacia el hijo o niño cuidado. • Transmisión de un auto concepto devaluado. • Escasa presencia del hijo en el relato del padre, esto define, invisibilidad del hijo en la relación. • Existencia de expectativas no alcanzables o irreales en torno del niño. • Prohibición para participar de actividades recreacionales. • Abuso de poder sobre el hijo, no permitiendo opinión, decisión frente a intereses, explotándolo o corrompiéndolo. • No prestar atención a los requerimientos del hijo, en especial, se observa en materia de cuidados médicos. • No inscripción del niño en programas de salud, sociales y/o educacionales que estén dirigidos a apoyarle en necesidades del hijo. • Manipulación del niño para intereses propios del adulto o bien para enfrentar conflictos con otro. 3) Considerando lo señalado, es posible afirmar que la detección de situaciones de malos tratos infantiles puede generarse a través de las siguientes modalidades: a) La observación. Esto significa que el profesional por medio de la inspección visual, observa signos, síntomas o indicadores que potencialmente son un factor de riesgo en situaciones de maltrato infantil. Puede observar una apariencia o condiciones generales de salud en el niño, niña o adolescente que impliquen algún tipo de descuido. Y, también, puede observar interacción entre el cuidador y el niño o niña que signifique algún tipo de maltrato en cualquiera de sus formas (verbal, físico, etc.). b) El relato directo. Esta modalidad implica la verbalización directa que revela o señala la existencia de algún tipo de conducta maltratante. Es importante indicar que el relato puede ser entregado espontáneamente desde un niño, niña o adolescente; puede darse a través de una tercera persona (familiar o no familiar, conocido, vecino, etc.) o bien puede manifestarse desde uno de los cuidadores directos (Minsal, 2013). Establecida la sospecha se debe profundizar en los antecedentes y actuar de manera coherente con lo que se va obteniendo, a fin de favorecer el diálogo y conseguir más claridad, para • Las preguntas deben ser claras, directas y no inductivas o sugestivas. Esto último significa que las preguntas deben evitar que contengan implícitas respuestas.
  • 145.
    141 ello se debetener en cuenta que: • No se deben emitir juicios de valor ni descalificaciones hacia quien se está entrevistando o los supuestos involucrados. • La actitud debe ser de acogida y nunca enjuiciadora con todos quienes se tenga algún tipo de contacto. •Debe existir en forma explícita verbalización de querer apoyar a la familia. • La actitud debe transmitir señales verbales y no verbales de contención y escucha con el fin de que exista concordancia entre el lenguaje verbal y corporal. En términos de contenido, el diálogo y preguntas deben estar dirigidas a: • Indagar las explicaciones que dan los adultos para la condición de salud observada en el niño, niña o adolescente. • Analizar aquellas inconsistencias que se aprecian entre los signos y síntomas observados y la explicación entregada. • Indagar sobre las características de alerta de maltrato y que pudierandarse del contexto familiar o social en que se encuentra el niño. • Indagar los factores de riesgo y protectores 4) Cuando la detección es por relato directo o espontáneo del niño, niña o adolescente es muy importante tener las siguientes consideraciones: i. Proporcionarle un espaciode contención, en el que se sientaatendido, acogido y comprendido en su relato espontáneo. Nunca se le puede forzar a hablar o amenazar de eventuales sanciones o castigo si no lo hace. Tampoco se le debe condicionar a que hable prometiéndole a cambio algún tipo de regalía, obsequio, premio o refuerzo por hacerlo. ii. Acoger lo que el niño siente, percibe o desea desde una actitud de escucha, sin interrogatorios ni cuestionamientos o devaluación de lo que está expresando. iii. Dado el conflicto de lealtades que surge cuando existen dinámicas familiares maltratantes, es muy probable que el niño se retracte y/o minimice los hechos. Hay que considerar que para el niño, niña o adolescente no siempre es fácil aceptar que lo que vive y menos el que a quienes él quiere (padres o cuidadores) son las figuras maltratantes. 5) Cuando la detección se produce por relato espontáneo del niño, las preguntas deben estar siempre dirigidas a obtener una mirada general de lo acontecido, tal como se ejemplifica a continuación.
  • 146.
    142 Ejemplos de preguntasadecuadas Ejemplos de preguntas que no deben efectuarse ¿Quieres contarme lo que te sucedió? ¿Hay algo que quisieras decirme en relación con lo que te sucedió? ¿Hay alguna persona que pueda ayudarte frente a lo sucedido? ¿Cuéntame lo que te pasó y te regalaré un helado? ¿Estás seguro que me estás diciendo la verdad? Me imagino que nadie en tu familia puede ayudarte. Es importante recordar que en el proceso de detección la labor debe ser de acogida y escucha activa hacia el niño o niña. Esto puede involucrar lenguaje verbal, pero también el no verbal por medio de la actitud de escucha, atención, entrega de confianza, seguridady acogida a su sufrimiento. En este sentido, hay que tener presente que, en ningún caso, es tarea del profesional que realiza la detección interrogar a un niño, niña o adolescente sobre lo sucedido, pues esto lo realiza un profesional especializado y en las instancias correspondientes. Así, se busca resguardar que no exista revictimizaciones futuras en las cuales el niño se vea expuesto a una y otra entrevista, debiendo repetir cada vez lo vivenciado.
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    143 En relación ala información otorgada en el presente protocolo y ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados relacionados a maltrato y/o abuso sexual infantil, se debe: • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento, debe denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo no mayor a 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el funcionario policial de turno. • Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada. • El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del Departamento de Educación de la situación. • El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas de ser necesario. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    144 25. PROTOCOLO DEABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (Ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados de abuso sexual o maltrato físico fuera del establecimiento: (Adulto a niño/a) • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento, debe denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada. • El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del Departamento de Educación de la situación. • El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas de ser necesario. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    145 26. PROTOCOLO DEABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO (Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor se desempeña en el recinto educacional: (Adulto a niño/a) • Informar al Director del establecimiento. • El Director o encargado del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar a la familia del o los niños afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara y precisa. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Debiendo quedar registrado. • El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe presentarse en el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • Procurando informar que las investigaciones y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera. • El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación.
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    146 El esclarecimiento delos hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
  • 151.
    147 27. PROTOCOLO DEABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO (Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor (menor de 14 años): • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector General y/o encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas des-adaptativas. De la misma manera, se debe realizar la denuncia en el Tribunal de la familia, instancia que gestionará medidas de protección si corresponde, e instruirá las medidas reparatorias. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento y/o inspectoría general y/o encargado de Convivencia escolar, debe informar a la familia por separado del o los niños afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio del encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. • De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los estudiantes, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario. • El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos casos en el reglamento interno del establecimiento. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes
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    148 28. PROTOCOLO DEABUSO SEXUAL O MALTRATO FÍSICO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO Cuando la situación de maltrato o abuso sexual ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es otro menor (mayor de 14 años) • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector general y/o encargado/a de Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile, puesto que el alumno ofensor podría estar siendo víctima de abuso sexual o maltrato, y por este motivo presentaría conductas des-adaptativas. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar a las familias por separado del o los niños afectados, los hechos y los pasos a seguir, de manera clara, precisa y reservada. Sin ocultar información, describiendo los pasos legales e internos que se deben seguir. La entrega de la información debe quedar registrada. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento a los menores como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional y pedagógico de cada uno de ellos. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio del encargado/a de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los estudiantes, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario. • Procurando informar que las investigaciones y sus resultados, son realizadas por instituciones externas, además de los procedimientos realizados por el establecimiento según la legalidad y el reglamento interno. De la misma manera, se entregará apoyo profesional al grupo curso si lo requiriera. • El Inspector General deberá aplicar las medidas pedagógicas y disciplinarias señaladas para éstos casos en el reglamento interno del establecimiento. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de educación. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    150 SITUACIÓN DE PORTEY HALLAZGO ARMABLANCA/ ARMAS 29. PROTOCOLO POR PORTE DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR (Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar es sorprendido portando arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798) • Informar al Director, Insector/a General o quien se encuentre a cargo del establecimiento. • El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, deberá solicitar la presencia de la institución correspondiente de los procedimientos en éstos casos (Carabineros de Chile o PDI). • Paralelamente, el Inspector General, encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, debe separar al estudiante o miembro de la comunidad y mantenerlo en un espacio privado para proteger su integridad. • El Director del establecimiento debe realizar dentro de las 24 horas la denuncia respectiva, ya sea en Carabineros de Chile, PDI o Fiscalía. • En caso de ser un estudiante, el Inspector General del establecimiento debe paralelamente, informar a los apoderados correspondientes, entregando claridad en los procedimientos establecidos en estos casos. • El Inspector General debe aplicar las medidas correspondientes y establecidas para esta falta en el reglamento interno. • El establecimiento mediante el departamento de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento al o los estudiantes involucrados, como a sus familias, garantizando el apoyo psicológico, emocional y pedagógico. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio del encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los estudiantes, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas, de ser necesario. Adicionalmente se informará al cuerpo docente. • El Director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe del Departamento de Educación de forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente. • Toda información pública se realizará desde el Departamento de Educación Municipal. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    151 30. PROTOCOLO PORHALLAZGO DE ARMAS BLANCAS Y ARMAS DE ACUERDO A LA LEY N° 17.798 EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR (Cuando un estudiante, funcionario o miembro de la comunidad escolar encuentra un arma blanca y/o armas de acuerdo a la ley nº 17.798) • Informar al Director del establecimiento o a quien se encuentre en esos momentos a cargo del establecimiento escolar. • Entregar el arma encontrada al Director del establecimiento o a quien se encuentre en esos momentos a cargo del establecimiento escolar. • El Director del establecimiento debe solicitar la presencia de la institución correspondiente en el establecimiento (Carabineros de Chile o PDI), con el objetivo de entregar el arma encontrada. • El Director del establecimiento debe realizar la denuncia correspondiente dentro de las 24 horas siguientes. • El Director del establecimiento debe informar de la situación al Jefe del Departamento de Educación de forma presencial y con el informe del protocolo correspondiente. • El Director realizará un comunicado para informar a la comunidad escolar. • Toda información pública se realizará desde el Departamento de Educación Municipal. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    152 SITUACIONES DE EMERGENCIA 31.PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS 1. EMERGENCIA: SISMO ALERTA Y ALARMA • Para simulacros se tocará el timbre y/o campana, según proceda, en forma permanente: Secretaria de Inspectoría. SALA DE CLASES • Se ordenará operación (estudiantes bajo las mesas) y/o triangulo de vida: Profesor de cada curso. • Uno vez pasado el sismo se realizará una evaluación del estado de salud de los estudiantes y del estado de las salas: Profesor de cada curso. EXTERIOR • Una vez pasado el sismo, el director o el coordinador, ubicará su puesto de mando en un lugar donde todos puedan concurrir. Director • Los inspectores evaluarán las zonas de seguridad y entregarán esta información al director. Inspectores. • El Director y/o el Inspector General, dará la orden para que la campana suene en forma continua pero lenta, para que los inspectores evacuen las salas y los estudiantes se dirijan a las zonas de seguridad asignadas. Secretaria de Inspectoría, Inspectores. • Los profesores entregaran un informe oral al director sobre la situación general de los estudiantes y los casos de mayor urgencia. Profesores. • La secretaria tomará contacto con los equipos de emergencias y solicitará los medios necesarios que requiera el director. Secretaria de Dirección. • Los estudiantes y profesores que forman el grupo de primera respuesta se reunirán con el coordinador de emergencias para recibir instrucciones de la labor a realizar. COORDINADOR • El Inspector General dará la orden para evacuar a los estudiantes del establecimiento y llevarlos al lugar de encuentro con los apoderados. Una vez en el lugar de encuentro, los profesores Jefes con un equipo de inspectores y profesores de apoyo entregarán a los estudiantes a sus apoderados. Inspector General.
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    153 2. EMERGENCIA: INCENDIO ALERTAY ALARMA: • Toque de timbre corto y continuado y/o toques cortos de campana. INSTRUCCIONES: • Revisar que su vía de evacuación este despejada y llevar a los alumnos a sus zonas de seguridad. Profesores. • El Director o el Inspector General tomará su puesto de mando en un lugar donde denomine la escena. Director. • Los inspectores y los profesores evacuaran a los alumnos en un lugar lejos del incidente. Inspectores y Profesores. • El equipo de primera respuesta aislará el sector y tratará de que el fuego no se propague más. Coordinador. • El personal de aseo abrirá las vías de escapes externas para permitir el ingreso de las unidades de emergencias. Personal de aseo. • La secretaría o el que sea destinado para esa misión activará la alarma contra incendios y llamará al 132 de bomberos. Secretaría. 3. EMERGENCIA: EMANACIÓN DE GAS ALERTA Y ALARMA: • Toque de timbre corto y continuado y/o toques cortos de campana. INSTRUCCIONES: • Revisar que su vía de evacuación este despejada y llevar a los alumnos a sus zonas de seguridad. Profesores. • El Director o el Inspector General tomará su puesto de mando en un lugar donde denomine la escena. Director. • Los inspectores y los profesores evacuaran a los alumnos en un lugar lejos del incidente. Inspectores y Profesores.
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    154 • El equipode primera respuesta aislará el sector y tratará de que el fuego no se propague más. Coordinador. • El personal de aseo abrirá las vías de escapes externas para permitir el ingreso de las unidades de emergencias. Personal de aseo. • La secretaría o el que sea destinado para esa misión activará la alarma contra incendios y llamará al 132 de bomberos. Secretaría. 4. EMERGENCIA: SITUACIONES CLIMATOLOGICAS ALERTA Y ALARMA • Aviso verbal. INSTRUCCIONES • Se informará verbalmente los pasos que hay seguir de acuerdo a la realidad que se esté viviendo. Coordinador. • Dar las instrucciones a los alumnos para que mantengan la calma y no salgan de sus salas. TODO FUNCIONARIO. • Los inspectores de patio informaran a los profesores la evacuación de las salas de clases a las zonas de seguridad. Inspectores de patio. • El inspector general, con la autorización del director, dará la autorización para que los estudiantes se retiren a sus domicilios. Inspector General.
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    155 32. PROTOCOLO PARACASOS DE AMENAZA DE BOMBA OBJETIVO Salvaguardar la integridad física de los estudiantes, personal de servicio, asistentes, docentes y administrativos del establecimiento, así como el personal externo que se encuentre en las instalaciones, preservando el medio ambiente ante una emergencia inminente o riesgo potencial, dando a su vez cumplimiento a las normativas aplicables y políticas educativas. ÁREA DE APLICACIÓN • A todo el personal del área educativa. DOCUMENTOS APLICABLES O RELACIONADOS. • Lista de teléfonos de emergencia. • Manual de Primeros Auxilios. • Plano de evacuación. • Nómina de todo el personal. • Nómina de los estudiantes. HERRAMIENTA / EQUIPO A UTILIZAR. • Camilla. • Esponjas absorbentes. • Radios de comunicación. • Extintores. • Agua. • Botiquín de primeros auxilios. • Radio de emergencia para alerta de tiempo. (Funciones AM, FM, NOAA, TV). PROCEDIMIENTO • Cuando escuche la alarma de evacuación (alarma de emergencia) se debe suspender cualquier actividad que está realizando, y conservar la calma. • Apagar equipos de computación o maquinarias en general, que se emplee en ese momento. Nunca dejar los equipos encendidos. Iniciar el proceso de evacuación. • En forma tranquila, sin correr ni empujarse, deberá evacuarse el área, para ello hacer caso de las instrucciones del líder de evacuación hasta llegar al Centro de Conteo. • Evite, en lo posible gritar, jugar o hacer bromas durante el proceso de la evacuación, ya que podrían alarmar al personal. Ni hacer comentarios alusivos al proceso de evacuación. • A las mujeres embarazadas darle prioridad y ayudarlas sin perjudicarlas ni asustarlas.
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    156 • Nadie regresaráa recoger algún artículo personal u objeto olvidado, ya que esto ocasionaría que obstaculice el proceso de evacuación. • Si alguna persona no se encuentra en su área de trabajo en el momento mismo de la acción, deberá seguir al personal que en ese momento está saliendo del lugar. • Nadie deberá aguardar a un compañero en el dintel de las puertas de salida del establecimiento. • Nadie deberá buscar a terceras personas. Todos deben seguir la ruta especificada hasta el Centro del Conteo correspondiente y no dirigirse a otra dirección. • En caso de utilizar las escaleras como ruta de evacuación, utilizar el pasamanos y evitar correr. • En el momento que se esté dando una contingencia, en cualquier área, nadie deberá estar usando el teléfono de la oficina. Ya que solo deberán ser usados para auxiliar la contingencia que está en proceso. • Si usted es el último (a) en salir del área a evacuar, evite cerrar la puerta, no ponga ningún pasador, llave o candado, esto puede inferir con el proceso de la investigación y los refuerzos de rescate. • Si lo considera pertinente, trate de tener a la mano aquella información que considere importante y vital para el departamento (documentos importantes) para así traerla fácilmente con usted. • En el proceso de realizar evacuación, GOPE de CARABINEROS será el encargado de aislar la zona. • Cuando el Personal de Carabineros haya llegado a las instalaciones, se procederá a la revisión correspondiente de las áreas consideradas. • El Director, así como los miembros del comité de seguridad escolar, después de la evacuación, valorarán las condiciones prevalecientes y determinarán las actividades a seguir, o realizará una junta con los responsables de las áreas o departamentos para determinar lo procedente, así como las otras situaciones resultantes de la emergencia. Redactar un informe de evacuación de la emergencia para enviarlo a las autoridades correspondientes.
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    157 CONDICIÓNDE EMBARAZO, MATERNIDADO PROGENITOR 33. ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PROGENITOR DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS a) DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD: • La estudiante (y/o el apoderado) debe acercarse en lo posible con su apoderado a informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Inspectoría General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición. • La estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares. • Se tendrá especial consideración en la asistencia a clases. • Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades académicas. b) DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD • La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que trabajan en el Establecimiento • La estudiante tiene derecho a la normalidad de la cobertura médica a través del Seguro Escolar si llegara a requerirlo. • La alumna tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la graduación o en actividades extra programáticas • La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que permita la promoción de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente). • La estudiante tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo. • La estudiante tiene derecho a amamantar; para ello puede salir del establecimiento en recreos o en horarios que indique el Centro de Salud o médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de la jornada diaria de clases durante el período de lactancia (6 meses).
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    158 c) DEBERES DELESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR: • El estudiante debe informar a las autoridades del establecimiento de su condición de progenitor, entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe y a la Dirección del colegio. • Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el carné de salud o certificado médico correspondiente. d) DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR: • El estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos permisos, entradas y salidas deben ser solicitados por el alumno a través de la documentación médica respectiva) • El estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por enfermedad de su hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre. e) DEBERES DEL ESTABLECIMIENTO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS • En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso. • El establecimiento debe entregar las facilidades académicas y administrativas necesarias para que las estudiantes embarazadas y/o madres terminen su trayectoria escolar. • Según el art. 11 de la Ley N° 20.370 General de Educación, el establecimiento no puede cambiar de jornada de clases u curso a una estudiante embarazada o en condición de maternidad sin consentimiento de ésta. • El establecimiento de ser necesario debe reprogramar el calendario de evaluaciones, realizar tutorías y respetar los certificados de salud o carnet de control de embarazo o de control del recién nacido, que justifiquen inasistencias al establecimiento por razones de embarazo o maternidad. • Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé • Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia. • Permitirles hacer uso del seguro escolar.
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    159 • Permitirles asistira la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda. • Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante. EN RELACIÓN A LA PROMOCIÓN ESCOLAR: • Todas las inasistencias deben estar justificadas desde la condición de embarazo o de maternidad, ya sea por medio de los certificados médicos correspondientes de la embarazada o del recién nacido. • A la estudiante embarazada no se le puede exigir el 85% de asistencia durante el año escolar. Si su asistencia es menor al 50%, es el o la Directora del establecimiento quien tiene la facultad de resolver la promoción escolar. IMPORTANTE: Los establecimientos NO pueden definir un periodo PRENATAL y POSTNATAL para las estudiantes. La decisión de dejar de asistir a clases durante los últimos meses del embarazo y postergar su vuelta a clases depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el hijo o hija por nacer.
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    160 34. PROTOCOLO DEACTUACIÓN: CONDICIÓN DE EMBARAZADA, MATERNIDAD Y PROGENITOR (El siguiente protocolo de acción describe 5 fases de acompañamiento para el apoyo integral de alumnas en condición de embarazo y maternidad o estudiantes en condición de progenitores adolescentes) Fase 1: Comunicación al colegio • La estudiante, en lo posible acompañada por su apoderado, debe comunicar su condición de maternidado de embarazo a, Profesor Jefe, Inspector General o Director del establecimiento. Fase 2: Citación al apoderado y conversación • En conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la estudiante en condición de embarazo, el Profesor Jefe y/o encargado de Convivencia Escolar del establecimiento realizan la citación al apoderado de la estudiante a través del documento respectivo para tales casos y se registra la citación en la hoja de observaciones de la estudiante y/o en una hoja de registro de orientación el cual debe archivarse como antecedente. • En la entrevista con el apoderado el Profesor Jefe y/o el encargado de Convivencia Escolar registra aspectos importantes de la situación familiar.También da a conocer el protocolo de acción que se implementará para que la estudiante continúe con sus actividades garantizando su derecho a la educación. También se deben recopilar antecedentes relevantes de la estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo,fecha posible del parto y solicitud de atención y certificado médico. Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante • Unidad Técnico pedagógica junto a equipo de aula analizan la información recogida y valoran la situación. • La unidad Técnica pedagógica elabora un programa de acompañamiento pedagógico, así como de los procesosevaluativos para la estudiante embarazada que le permita desenvolverse de manera normal en el colegio y al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su condición de embarazo. • Esta programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos para la estudiante en condición de embarazo son coordinadas entre los profesores de los distintos ramos e informada a las autoridades directivas del establecimiento. Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo • Acompañamiento y apoyo por parte de dupla psicosocial en la elaboración de una bitácora que registre el proceso de la estudiante en condición de embarazo o maternidad por parte del departamento de Convivencia Escolar del establecimiento, contemplando entrevistas de seguimiento a la estudiante y entrevistas de orientación al apoderado.
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    161 • Monitoreo delproceso a través del tiempo por parte del departamento de Convivencia Escolar y Profesor Jefe a través de reuniones mensuales para triangular información. Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo • Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y ajustado a la norma para apoyar a las estudiantes en condición de embarazo y maternidad, realizado por profesionales del departamento de Convivencia Escolar del establecimiento.
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    162 35. PROTOCOLO DEDERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS GÉNERO 35.1. Conceptos generales El presente documento nace como respuesta al ordinario Nº 768 de la Superintendencia de Educación, con fecha 27 de abril del año 2017, cuya materia es “Derechos de niñas, niños y estudiantes trans en el ámbito de la educación” que mandata a los sostenedores a “tomar las medidas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y estudiantes contra toda forma de acoso discriminatorio” Es por lo anteriormente señalado que el presente protocolo tiene por objetivo asegurar el derecho a la educación de niños, niñas y estudiantes trans mediante una serie de medidas que buscan apoyar su proceso de reconocimiento de identidad de género en la comunidad escolar, siempre velando por el cuidado de su integridad moral, física y psicológica además del cumplimiento de todos sus derechos. A. Definiciones Para los efectos de lo establecido en el presente protocolo, se han asumido las definiciones adoptadas oficialmente por el Ministerio de Educación de Chile. a) Género: Se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en base a las diferencias biológicas. b) Identidad de género: Se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. c) Expresión de género: Se refiere a cómo una persona manifiesta su identidad de género y la manera en que es percibida por otros a través de su nombre, vestimenta, expresión de sus roles sociales y su conducta en general, independientemente del sexo asignado al nacer. d) Trans: Término general referido a personas cuya identidad y/o expresión de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociadas con el sexo asignado al nacer. En el presente documento, se entenderá como "trans", a toda persona cuya identidad de género difiera del sexo asignado al nacer. 35.2. Principios orientadores del presente protocolo • Los valores que promueve el Proyecto Educativo de escuela Básica Estrella del Sur • Dignidad del ser humano • Interés superior del niño, niña y adolescente • El desarrollo pleno, libre y seguro de la sexualidad, la afectividad y género
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    163 • No discriminaciónarbitraria • Buena Convivencia Escolar 35.3. Derechos que asisten a las niñas, niños y estudiantes trans En la Escuela Básica Estrella del Sur, las niñas, niños y estudiantes trans, en general, gozan de los mismos derechos que todas las personas. sin distinción o exclusión alguna, consagrados en la Constitución Política de la República; el DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, los tratados Internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, en especial, la Convención sobre Derechos del Niño; como los demás establecidos en la normativa educacional aplicable a esta materia. En la Escuela Básica Estrella del Sur, las niñas, niños y estudiantes trans, además del derecho a expresar la identidad de género propia y su orientación sexual, tienen los mismos derechos y deberes que todos los estudiantes que se educan aquí, de acuerdo a lo establecido en la legislación chilena vigente y a lo que se señala en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar. 35.4. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO DE NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS. I. DE LA FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD Solicitud de entrevista: 1. El padre, madre, tutor/a legal y/o apoderado de aquellas niñas, niños y estudiantes trans, podrán solicitar al establecimiento educacional el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes a la etapa por la cual transita el o la estudiante. 2. La entrevista será solicitada con la Dirección del establecimiento Escuela Básica Estrella del Sur. Esta solicitud deberá realizarse por escrito a través de la agenda escolar, en forma personal o vía correo electrónico en caso de crisis sanitarias o desastres naturales. 3. Una vez recepcionada la solicitud de entrevista, Dirección tendrá un plazo de cinco días hábiles para concretar dicho encuentro. II. DE LA ENTREVISTA a) A la entrevista deberán asistir el padre, madre y/o tutor legal del estudiante y el o la estudiante. Junto a la solicitud de reconocimiento de la identidad de género deben presentar antecedentes de respaldo emitidos por los profesionales de la salud que han acompañado al niño, niña o adolescente trans en su proceso de reconocimiento de identidad de género, esto con el objetivo de permitir al establecimiento conocer en profundidad la etapa en que se encuentra el estudiante, las características de esta y sus requerimientos especiales. b) Si los padres no presentan documentación de respaldo, el establecimiento, a través de las profesionales que integran el equipo de Convivencia Escolar realizará un proceso de
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    164 acompañamiento y orientaciónal estudiante y sus padres para generar una evaluación Psicosocial pertinente a la situación. c) La solicitud de reconocimiento de identidad de género del niño, niña o adolescente deberá quedar formalizada mediante un acta en esta misma instancia. En este documento quedará registrada la solicitud y única medida inmediata que consistirá en una reunión ampliada con las autoridades docentes del ciclo respectivo, Docente Jefe e integrantes del equipo del ciclo. d) Desde Dirección, se informará al padre o madre presente, que respetando lo indicado por el ordinario Nº 027 de la Superintendencia de Educación con fecha 11 de Enero del año 2016 cuya materia indica “Fija sentido y alcance de las disposiciones sobre derechos de padres, madres y apoderados en el ámbito de la educación” es su deber informar a la o los apoderados, para esto tomará contacto también con el padre o madre que se encontrase ausente y sólo en el escenario que ambos estén de acuerdo con la solicitud se procederá con los pasos siguientes, a menos que el o la estudiante tengan un solo apoderado(a), se procederá también con los pasos correspondientes. e) Si los padres manifiestan discrepancia en la solicitud, entonces se procederá según se indica en el presente protocolo. III. DE LA COMISIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TRANS i. Con el objetivo de resguardar el interés superior del niño y evitar tomar decisiones apresuradas, la Dirección, conformará un equipo de trabajo el que deberá estar compuesto al menos por: ii. Director(a), Coordinador(a) de Convivencia Escolar, Jefe(a) Unidad Técnica Pedagógica, Psicóloga(o) Convivencia Escolar, Docente Jefe y cualquier otro profesional que Dirección estime pertinente. iii. Esta comisión de trabajo sesionará en un plazo de 10 días luego de realizada la solicitud de reconocimiento de identidad de género, siendo su principal objetivo analizar las circunstancias y antecedentes que acompañan la solicitud, para luego sugerir los pasos a seguir y continuar con el reconocimiento de la identidad de género del niño, niña o adolescente en la comunidad escolar. 1. Acuerdos y coordinación Una vez que la Dirección haya recibido por parte de la comisión las sugerencias para el proceso, citará al padre, madre y/o tutor legal, en dicha reunión compartirá estas sugerencias y en conjunto se tomarán los acuerdos y pasos a seguir para la implementación de las medidas de apoyo y acompañamiento. A esta entrevista asistirá también el/la docente Jefe y algún otro miembro del equipo de trabajo, mencionados en el punto III de este protocolo. Los acuerdos en torno a las medidas de apoyo deberán constar en un acta firmada por los asistentes a la reunión. Las medidas de apoyo antes mencionadas deberán referirse como mínimo a: • Apoyo a la niña, niño o estudiante, y a su familia
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    165 • Orientación ala comunidad educativa • Uso del nombre social en todos los espacios educativos • Uso del nombre legal en documentos oficiales • Presentación personal • Utilización de servicios higiénicos • Derechos y deberes del/la estudiante 2. Consentimiento del niño, niña o adolescente trans • Adoptados los acuerdos en torno a las medidas de apoyo y antes de su implementación, estas deberán ser informadas al niño, niña o estudiante y a sus padres. • El o la estudiante deberá manifestar su consentimiento a cada una de las medidas de apoyo. • Se deja establecido en forma expresa que no se implementará ninguna medida, aun cuando sea solicitada por el padre, madre y/o tutor legal en tanto esta no cuente con el consentimiento del/la estudiante. IV. DE LAS MEDIDAS DE APOYO PARA EL PROCESO DE RECONOCIMIENTO DE IDENTIDAD DE GÉNERO Toda medida de apoyo deberá siempre velar por el resguardo de la integridad física, psicológica y moral del niño, niña o adolescente trans. Así también, atendida la etapa de reconocimiento e identificación que vive la niña, niño o estudiante trans, el equipo directivo, el equipo de docentes, los y las asistentes de educación y todos los adultos que conforman la comunidad educativa, deberán velar por el respeto del derecho a su privacidad, resguardando que sea la niña, niño o estudiante trans quien decida cuándo y a quién comparte su identidad de género. El Coordinador de Convivencia Escolar de la Escuela Básica Estrella del Sur velará porque exista un diálogo permanente y fluido entre la o el Docente Jefe, la niña, niño o estudiante trans y su familia, especialmente para coordinar y facilitar el acompañamiento y su implementación en conjunto, y para establecer los ajustes razonables en relación con la comunidad educativa. 1. Orientación a la comunidad educativa El establecimiento educativo promoverá espacios de reflexión, orientación, acompañamiento y apoyo a los miembros de la comunidad educativa, con el objeto de garantizar la promoción y resguardo de los derechos de las niñas, niños y estudiantes trans. 2. Uso del nombre social en todos los espacios educativos Las niñas, niños y estudiantes trans mantienen su nombre legal en tanto no se produzca el cambio de la partida de nacimiento en los términos establecidos en la Ley N°17.344, que regula esta materia. Sin embargo, como una forma de velar por el respeto de su identidad de género, la Dirección del colegio dará instrucciones a todos los adultos responsables de impartir clases en el curso al que
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    166 pertenece la niña,niño o estudiante trans, para que usen el nombre social correspondiente. Esta acción deberá ser solicitada por el padre, madre, apoderado, tutor legal o por él o la estudiante en caso de contar con la mayoría de edad. En los casos que corresponda, esta instrucción será impartida a todos los funcionarios y funcionarias del establecimiento, procurando siempre mantener el derecho de privacidad, dignidad, integridad física, moral y psicológica del niño, niña o estudiante trans. Todas las personas que componen la comunidad educativa, así como aquellos que forman parte del proceso de orientación, apoyo, acompañamiento, y supervisión del establecimiento educacional, deberán tratar siempre y sin excepción a la niña, niño o estudiante, con el nombre social que ha dado a conocer en todos los ambientes que componen el espacio educativo. 3. Uso del nombre legal en documentos oficiales El nombre legal de la niña, niño o estudiante trans seguirá figurando en los documentos oficiales del establecimiento tales como el libro de clases, certificado anual de notas, licencia de educación básica, entre otros, en tanto no se realice el cambio de identidad en los términos establecidos en la normativa vigente. Sin perjuicio de lo anterior, la escuela Básica Estrella del Sur podrá agregar en el libro de clases el nombre social de la niña, niño o estudiante para facilitar la integración del y la estudiante y su uso cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones vigentes que regulan esta materia. Asimismo, se podrá utilizar el nombre social informado por el padre, madre, apoderado o tutor del niño, niña o estudiante en cualquier otro tipo de documentación afín, tales como informes de personalidad, comunicaciones al apoderado, informes de especialistas de la institución, diplomas, listados públicos, etc. 4. Presentación personal El niño, niña o estudiante trans tendrá el derecho de utilizar el uniforme, ropa deportiva y/o accesorios de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, que considere más adecuado a su identidad de género, independiente de la situación legal en que se encuentre. 5. Utilización de servicios higiénicos Se dará las facilidades a las niñas, niños y estudiantes trans para el uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso que estén viviendo, respetando su identidad de género. El establecimiento educativo en conjunto con la familia acordará las adecuaciones razonables procurando respetar el interés superior de la niña, niño o estudiante trans, su privacidad, e integridad física, psicológica y moral. Las adecuaciones podrán considerar baños inclusivos u otras alternativas que se acuerden de forma conjunta. 6. Resolución de diferencias En caso de existir diferencias entre el establecimiento, la familia y/o el estudiante, respecto de las medidas de apoyo para el proceso de reconocimiento de identidad de género del niño, niña o
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    167 adolescente trans, laEscuela Básica Estrella del Sur solicitará apoyo a la Superintendencia de Educación a través de su servicio de mediación. La misma acción se llevará a cabo en el escenario que sea el estudiante menor de edad quien realice la solicitud de iniciar el reconocimiento de su identidad de género sin apoyo de su(s) padre(s) y/o apoderado(s). 7. Cumplimiento de obligaciones Directivos, docentes, educadores/as, asistentes profesionales y asistentes de la educación y otras personas que componen la unidad educativa están obligados a respetar todos los derechos que resguardan a niñas, niños y estudiantes trans. El equipo directivo colegio, abordará la situación de niñas, niños y estudiantes trans, teniendo en consideración la complejidad propia de cada caso, por lo que en cada una de las decisiones que se adopten, se deberán tener presente todos los principios y cada uno de los derechos que les asisten.
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    168 ANEXO TRANSITORIO ENCONTEXTO DE PANDEMIA 1 Ante el contexto de Pademia Mundial por el Contagio del Covid-19, y la suspensión de clases presenciales según la Rex 180 del 16 de marzo de 2020, el establecimiento educacional introduce distintas modificaciones en su funcionamiento regular, siendo materia de este Reglamento las siguientes modificaciones, cuya duración y alcance será en cuanto dure la suspensión de clases presenciales: 1) Conducto regular del establecimiento En caso de que el establecimiento requiera informar algún aspecto importante del o la estudiante, o su madre, padre o apoderado/a necesite algún tipo de orientación, entrevista o conversación con alguna persona del establecimiento, se realizará según el siguiente orden: i. Profesor jefe, profesor de asignatura, profesor PIE. ii. Profesionales no docentes (psicólogo, asistente social, terapeuta ocupacional y fonoaudiólogo). iii. Inspector General, U.T.P. o Coordinador/a de Convivencia Escolar iv. Dirección. v. Corporación Municipal de Pozo Almonte Se considera la solicitud de entrevista del apoderado formalmente a través de correo electrónico, de manera telefónica o por la página web a quien corresponda. 2) Sobre uso de mensajería instantánea Cada profesor jefe podrá organizar a su curso mediante grupos de WhatsApp o grupos de correos electrónicos, si se considera esta vía la adecuada para entregar información pertinente respecto de la entrega de guías de estudio, materiales pedagógicos y formativos según la metodología que el establecimiento determine. De ninguna manera se podrán usar estos canales para divulgar información personal de los estudiantes, docentes y familias, ya sea del proceso pedagógico o de información que pueda ser calificada como sensible. 3) Uso de redes sociales y medios tecnológicos a) El establecimiento podrá hacer entrega de materiales relacionados con proceso pedagógico y formativo de la comunidad escolar, funcionamiento de la unidad educativa y otras informaciones a través de canales virtuales de información, pudiendo usar plataformas de amplia difusión como Facebook, Instagram, YouTube y otras redes sociales si los fines pedagógicos y formativos así lo justifican. b) De ninguna manera se podrán usar estos canales para divulgar información personal de los estudiantes, docentes y sus familias, ya sea del proceso pedagógico o de información que pueda ser calificada como sensible. c) Cada miembro de la comunidad educativa se compromete a dar buen uso de las herramientas tecnológicas antes mencionadas, resguardando mantener un clima positivo y respetuoso entre los y las miembros de la comunidad educativa. Cabe agregar, que estos medios de comunicación podrán seguir utilizándose luego de retomada las clases
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    169 presenciales, si asídecide la comunidad educativa, aunque deberán ser reguardadas por las disposiciones y procedimientos establecidos en el Reglamento de Convivencia Escolar
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    170 PROTOCOLOS TRANSITORIOS 36. AUTORIZACIÓNEXTRAORDINARIA PARA CREACIÓN Y USO CORREOS ELECTRÓNICOS PARA ESTUDIANTES La creación de éste protocolo tiene por finalidad exclusiva informar a los padres, apoderados y/o tutores de los/las estudiantes de 7° y 8° año básico de la Escuela Básica Estrella del Sur, la creación de correos electrónicos cuyo propósito exclusivo es ser utilizados con fines pedagógicos en coherencia con las orientaciones para la implementación de un sistema de educación virtual propuestas por MINEDUC a causa de la emergencia sanitaria internacional del COVID-19. 1) De la creación de las cuentas de correo electrónico: El encargado de informática de nuestro establecimiento será quien creará las cuentas utilizando la plataforma administrativa de G Suite para Educación. Todos los correos electrónicos de los/las estudiantes tendrán la misma extensión (ej. “primer nombre”. “apellido paterno”.” inicial apellido materno” @basicaestrelladelsur.cl) y la clave inicial será 12345678, la cual deberá ser cambiada posteriormente. 2) De la difusión y activación del correo electrónico: • a los estudiantes: Cada profesor jefe recibirá el listado completo de su grupo curso con los correos electrónicos oficialmente creados. Su labor consistirá en difundir la información y realizar el seguimiento de activación a través de la plataforma WhatsApp. Para facilitar el proceso de activación del correo electrónico se crea infografía explicativa con los pasos a seguir. (ver imagen a continuación) • a los padres: paralelamente, la coordinadora académica del ciclo, será la encargada de informar a los padres, apoderados y/o tutores de los/las estudiantes a través de la plataforma comunicacional PAPINOTAS solicitándoles la colaboración y participación en el proceso. 3) De los horarios y usos Los horarios establecidos para su uso serán determinados según el horario de clases establecido. Es importante mencionar que de ocurrir un mal uso de las herramientas entregadas se informará de forma inmediata al apoderado. Izq. Infografía explicativa entregada a los/las estudiantes para activación de cuentas.
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    171 37. PROTOCOLO PARAEDUCACIÓN A DISTANCIA (Apoyos pedagógicos) En consideración a las actuales circunstancias que enfrenta el país y el mundo, provenidas de la contingencia sanitaria Covid-19, nos hemos visto en la necesidad de implementar transitoriamente una modalidad de aprendizaje diferente a la presencial-tradicional, que posibilite seguir avanzando en el cumplimiento de los objetivos pedagógicos del presente año escolar, además de propiciar un espacio que permita sobrellevar este período de la mejor manera posible a todos los miembros de la comunidad escolar, con especial énfasis en los /las estudiantes en temática de intervención y contención socioemocional. Es así que surge la iniciativa de poner como medios de comunicación e interacción las redes sociales que están más accesibles a nuestros estudiantes, como lo son: YouTube, Drive, WhatsApp, Facebook e Instagram. Éstas permitirán desarrollar un Plan de apoyo pedagógico a distancia, cuyo buen desarrollo depende en buena medida de la capacidad de organización, autogestión y de tener más que nunca consciencia de la repercusión de la conducta de cada uno en el éxito de las actividades. Pedimos a todos los integrantes de nuestra comunidad educativa, que sigan las siguientes indicaciones del Protocolo de educación a distancia que será parte de nuestro Manual de Convivencia Escolar de forma extraordinaria, donde se establece los lineamientos básicos para llevar a buen resultado y permita regular de mejor manera las relaciones entre todos(as) los participantes de esta nueva modalidad de educación a distancia. 37.1. CÁPSULAS DE VIDEO INSTRUCCIONAL / EDUCATIVO (Orientaciones para docentes) I. De la elaboración de videos: 1) Todo video para ser difundido en las redes sociales DEBE incluir logos oficiales institucionales, de lo contrario se considerará como material no oficial. 2) Se sugiere que el profesional cuide su presentación personal al momento de grabar su material, se solicita encarecidamente cuidar el vocabulario y evitar un lenguaje demasiado coloquial, sino mantener uno claro, neutro, sin exceso de tecnicismos y de fácil comprensión. 3) Utilice un buen volumen de voz. Trate de verse natural, manteniendo una postura relajada y amigable, tal como lo haría con un interlocutor en persona. 4) Utilizar buena iluminación (natural o artificial) evitando así videos oscuros o difusos. 5) Grabar su material en un lugar donde el fondo sea lo más neutral posible y se encuentre libre de ruidos o intervenciones de familiares y/o mascotas. Tratar que el lugar se vea ordenado y sin distractores. 6) Evite en lo posible realizar cápsulas de video muy extensas, pues su peso dificultará compartirlas. Se sugiere que el tiempo máximo no exceda los 5 minutos. 7) Se solicita grabar y compartir en ALTA CALIDAD los videos en formato MP4. Si adicionalmente incluirá material y/o guías de apoyo, utilizar los formatos establecidos por unidad técnica. 8) Si desea apoyo en su grabación (edición, musicalización, agregar imágenes sobre video u otras) para mejorar la calidad de la misma, solicite ayuda a su coordinadora académica, quien canalizará la información a quien corresponda. 9) Si utiliza imagen, video o audio que no sean de su propiedad/creación como apoyo, debe declarar su origen, respetando derechos de autor, de lo contrario es muy probable que la plataforma pueda dar de baja su publicación, silenciarla parcialmente o bloquearla. 37.2. Streaming (retransmisión en directo – CONVIVENCIA DIGITAL PARA DOCENTES)
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    172 I. De lastransmisiones en línea 1) Salude y mantenga el trato amable y cordial entre todos los participantes de la sesión. ¡Relájese y sea natural! 2) Establezca y recuerde las normas de convivencia digital al iniciar cada transmisión hasta que se logre un grado de internalización en los participantes. 3) Se sugiere mantener la mayor cantidad de acciones bloqueadas para los participantes en un inicio del proceso (ej. chat entre participantes, rayado de pantalla, cambio de nombre, etc.) para evitar situaciones de agresión entre pares hasta lograr autonomía de participación de los estudiantes y afianzamiento de las normar de convivencia digital. Puede liberarlas de forma progresiva. 4) Motive a sus estudiantes y/o participantes de la sesión a encender las cámaras y la importancia de verse mutuamente. Si alguno se niega, intente hablarlo en privado de forma posterior a la finalización de la misma. 5) Se sugiere que el profesional cuide su presentación personal al momento de realizar la transmisión en vivo, poniendo énfasis en el vocabulario, evitar un lenguaje demasiado coloquial, sino mantener uno claro, neutro, sin exceso de tecnicismos y de fácil comprensión. 6) Evite hacer bromas que puedan ser mal comprendidas y/o utilizadas por sus estudiantes. 7) Utilizar buena iluminación (natural o artificial) evitando así transmisiones de baja calidad, difusas o muy oscuras. 8) Realice su transmisión en un lugar donde procure que el fondo sea lo más neutral posible y se encuentre libre de ruidos o intervenciones de familiares y/o mascotas. Tratar que el lugar se vea ordenado y sin distractores. 9) Evite en lo posible realizar transmisiones si presenta problemas de conectividad. Informe con anterioridad a su coordinadora de departamento si ocurrirá cambio de fecha u horario para tomar las acciones remediales respectivas con los estudiantes. 10) Adicionalmente, cada sesión en línea se sugiere ser grabada facilitando el acceso para su revisión/consulta posterior por parte de los/las estudiantes si así lo requieren. Tal grabación será alojada en plataforma designada y categorizada según factibilidad. 11) Se solicita grabar y compartir en ALTA CALIDAD los videos en formato MP4. Si adicionalmente incluirá material y/o guías de apoyo, utilizar los formatos establecidos por unidad técnica. 12) Todo video para ser difundido en las redes sociales DEBE incluir logos oficiales institucionales, de lo contrario se considerará como material no oficial. 13) Si necesita apoyo en la transmisión de su sesión, puede solicitar la colaboración de otro docente que pueda ejercer el rol de MODERADOR. Ésta decisión es opcional y aplicable según acuerdo previamente pactado. 37.3. CONVIVENCIA DIGITAL - CONEXIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS SESIONES EN LINEA Las normas de convivencia vigentes también son aplicables para este periodo extraordinario académico. Su incumplimiento puede conllevar de igual manera una acción formativa. Por ello, creemos conveniente recordar las conductas que deben regir en cualquier actividad en línea. I. Reglas básicas (Orientaciones para estudiantes) 1) Respeta los horarios de inicio y término de cada sesión, evitando interrumpir la función del docente a cargo.
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    173 2) No usarel password o la cuenta de otra persona para conectarte a tus sesiones en línea. Esa acción podría considerarse como delito de usurpación de identidad y una falta grave. 3) Al ingresar a una sesión en línea registra tu nombre y apellido real en el chat, para control de asistencia y participación. 4) Conéctate siempre con buena disposición: usa ropa adecuada, trata de comer y aséate antes de partir. Intenta mantener una rutina similar a la que tenías cuando asistías de manera normal a clases. 5) Activa tu cámara web. Recuerda que es muy difícil para un docente hacer una sesión con una pantalla en negro pues no puede ayudarte ni colaborar en la acción que estés realizando. Si te cuesta hacerlo, intenta en las sesiones posteriores. 6) Saluda al ingresar y despídete al terminar la sesión. Para tus compañeros y profesores es importante saber cómo estás y si te quedaron dudas de la lección. 7) Silenciar tu micrófono después de saludar. El micrófono sólo debe ser activado cuando el docente lo indique. 8) Asume una actitud proactiva y colaborativa para que la sesión sea significativa para todos. 9) Respetar las normas de convivencia digital presentadas por el docente al inicio de cada sesión. Recuerda que hay otros compañeros y compañeras que quieren aprender. 10) Asegurarse de tener útiles a la mano al momento de ingresar a la sesión. 11) Si deseas opinar o hacer una consulta indica a tu profesor para que te ceda la palabra o espera el tiempo asignado para hacer consultas. 12) Tratar con respeto y cordialidad a todos los compañeros y compañeras que están participando en la sesión. 13) Si necesitas ausentarte la sesión unos minutos, escribe en el chat: “me ausento, vuelvo en seguida “o algún mensaje similar. 14) Ser SIEMPRE respetuoso con los demás. 15) Asumir un real compromiso para participar de las sesiones en línea contigo mismo y con el docente a cargo de la sesión, comprometiéndote con el aprendizaje y participación en las actividades propuestas. 16) Pregunta si tienes dudas y participa activamente en las actividades de aprendizaje. Será difícil ayudarte si el/la docente no puede verte u oírte. 17) Sé honesto y conserva una actitud ética, respetando los derechos de autor de cualquier material que se encuentre colgado en la red y que desees utilizar. II. Conductas NO permitidas (sujetas ACCIONES FORMATIVAS) 1) Usar la clave de acceso o password de otro compañero para ingresar a la sesión. 2) Cambiarse el nombre, utilizar el nombre de otro/a compañero/a o registrarse con uno ficticio al ingresar o durante la sesión. 3) Decir malas palabras, insultos, o cualquier sonido que interrumpa la sesión y cause molestia, desagrado o sean ofensivos para cualquiera de los participantes. 4) Realizar gestos obscenos a cualquier participante de la sesión. 5) Intentar silenciar al docente o cerrar la sesión sin autorización. 6) Tomar pantallazos (screenshots) para crear stickers que puedan incomodar a cualquiera de los participantes. 7) El uso de emoticones, stickers o gif en WhatsApp, o en el chat en particular los que transmitan violencia, discriminación y ofensas. 8) Hacer uso de la imagen de otra persona sin su consentimiento. 9) Compartir datos personales (e- mail, número telefónico) sin la autorización del docente o tutor responsable del o la estudiante. 10) Desobedecer a las indicaciones de el/la docente entorpeciendo la sesión.
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    174 11) Demostrar unaactitud violenta, amenazante o discriminatoria hacia cualquier integrante de la comunidad educativa. 12) Si un/una estudiante presenta mala actitud durante una sesión pedagógica que pueda generar una situación incómoda, el/la docente en primera instancia debe comunicarse vía telefónica con el apoderado y/o adulto responsable e informar la situación, reiterándole lo que se espera en éste proceso, una vez finalizada la sesión o en la inmediatez posible. 13) Si la conducta fuese reiterativa, informar vía mail a Inspectora General utilizando el formato de derivación institucional difundido. De ahí en adelante Inspectoría realizará una supervisión/acompañamiento con el apoderado. III. Sugerencias para padres y apoderados: 1) Sea paciente, todos aprenden de distinta manera y velocidad. Éste nuevo método necesita tiempo para adaptarse. 2) Motive diariamente a su hijo/a a participar activamente de las sesiones en línea. 3) Considere supervisar el trabajo escolar diario de su pupilo(a) / hijo(a) si ya ha logrado cierta autonomía y acompañarlo si pertenece a un nivel inicial o requiere apoyo adicional. 4) Si su hijo/a no desea desarrollar una actividad durante la sesión, no le fuerce, pues no conseguirá que la realice. Inténtelo posteriormente. ¡Sea paciente! 5) Es importante fomentar un trabajo planificado y organizado diariamente, que considere tiempos de recreación personales y familiares. 6) Prestar los apoyos respectivos cuando se le solicite o de lo contario colaborar para que su hijo/a pueda realizar las consultas al/la docente, cuando corresponda. 7) Los/las estudiantes necesitan de su apoyo para poder participar de las sesiones. Colabore retirando elementos distractores de su alcance. (ej: juegos electrónicos, juguetes, etc.) por lo menos hasta que la sesión finalice. 8) Implemente un espacio apropiado, cómodo y favorable para el aprendizaje diario, de manera que puedan estudiar y desarrollar las actividades siempre en el mismo lugar.
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    175 38. PROTOCOLO VINCULACIÓNAL HOGAR (válido para llamadas telefónicas al hogar y derivaciones) En el contexto actual que nos estamos desenvolviendo como comunidad educativa, donde principalmente la comunicación con nuestros estudiantes y familias se lleva a cabo de manera remota, se hace necesario reformular los procedimientos de vinculación que estaban establecidos, para poder dar respuesta de la mejor manera a las necesidades socio emocionales que se están presentando en nuestra comunidad, producto de la pandemia. El presente documento describe el procedimiento, los responsables y la forma de realizar seguimiento a los casos que se puedan pesquisar. 38.1. Del procedimiento 1) Diagnóstico de la necesidad de vinculación Si algún docente identifica una situación en donde un/una estudiante ha perdido contacto con la escuela y ha notado diversas acciones donde no ha logrado comunicarse a través de las diversas redes y/o plataformas de comunicación. 2) De la vinculación Los funcionarios que realicen vinculación telefónica, llenarán el formato llamado digital creado en formato google forms PAUTA SUGERIDA DE LLAMADAS TELEFÓNICAS AL HOGAR donde se concentra toda la información necesaria para recabar datos para solucionar la problemática que afecta al estudiante y familia y que fue detectada a través de vinculación telefónica. La vía oficial para hacer llegar la ficha de derivación a Convivencia en el link https://forms.gle/k84p5r21T6Svp6ED8 donde recibirá un email de respuesta y pasos a seguir de parte del Coordinador de Convivencia Escolar. (ver FORMATO DIGITAL) 3) De la evaluación del caso El Departamento de Convivencia Escolar tomará conocimiento de cada estudiante derivado y evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa la derivación, notificando la necesidad a los profesionales que correspondan vía correo electrónico como medio de verificación y registro de atenciones. 4) Del seguimiento de casos Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados por el Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor- a jefe, UTP e Inspectoría cuando sea requerido.
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    176 38.2. PAUTA SUGERIDAPARA LLAMADA TELEFÓNICA AL HOGAR Se recomienda preguntar temas de manera fluida, no a modo de cuestionario o muy rápido, con el fin de que el estudiante y su apoderado/a se sientan escuchados y con la confianza de comentar su actual situación. Nombre estudiante Curso Nombre Apoderada/o Número telefónico Fecha de llamada ÁREAS A ABORDAR DURANTE LA LLAMADA Áreas Preguntas sugeridas X SALUD ¿Algún miembro del grupo familiar tiene Covid-19? (¿Cómo está la salud de la familia?) ¿Quién? ¿El estudiante actualmente está o debería estar con algún tratamiento farmacológico o médico? ¿Cuál? ¿lo está recibiendo? ¿Está siendo administrado? ¿Durante este periodo considera que usted o su hijo/a requieren apoyo Psicológico? ¿Por qué? PEDAGÓGI CA ¿El estudiante ha podido realizar las guías de trabajo? ¿Ha tenido alguna dificultad en su ejecución? ¿Cuál? ¿Ha retornado el material pedagógico para ser revisado? SOCIO- ECONÓMICA Como familia ¿han presentado dificultades de vivienda, económicas o de otro tipo? ¿Ha recibido algún tipo de ayuda social? ¿Cuenta con alguna red extensa de apoyo familiar? ¿Recibe algún beneficio de JUNAEB? ¿Cuál/les? FAMILIA R ¿Cómo ha sido la dinámica familiar este tiempo? ¿Se han unido como familia? ¿ha habido dificultades entre sus miembros? ¿Cuál/les?
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    177 ¿Cómo se hansentido? Nos hemos sentido: - - - - - -- -- -- COMUNI CACIÓN ¿Qué tipo de canal de comunicación es más utilizado por usted con el establecimiento? ¿Cual? - - - - - -- -- --
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    178 39. PROTOCOLO DEDERIVACIÓN REMOTA DE CASOS Detectar estudiantes que presenten factores de riesgo emocional y/o social con el fin de activar las redes de apoyo internas y/o externas que provean de factores protectores según las necesidades. .1. Del procedimiento 1) Diagnóstico de la necesidad de derivación Todo miembro de la comunidad escolar que establezca contacto telefónico, virtual o presencial con los estudiantes y sus familias y que reciba antecedentes que puedan significar riesgo de estabilidad emocional y social tendrá la responsabilidad de derivar el caso a convivencia escolar quien será el estamento encargado de canalizar la información a quién corresponda. 2) De la Derivación Los funcionarios que derivan a convivencia escolar, llenarán el formato llamado digital creado en formato google forms FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACIÓN INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL donde se concentra toda la información necesaria para conocer la problemática que afecta al estudiante y familia y que fue detectada previamente a través de vinculación telefónica. La vía oficial para hacer llegar la ficha de derivación a Convivencia en el link https://forms.gle/k84p5r21T6Svp6ED8 donde recibirá un email de respuesta y pasos a seguir de parte del Coordinador de Convivencia Escolar. (ver FORMATO DIGITAL) 3) De la evaluación del caso El Departamento de Convivencia Escolar tomará conocimiento de cada estudiante derivado y evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa la derivación, notificando la necesidad a los profesionales que correspondan vía correo electrónico como medio de verificación y registro de atenciones. 4) Del seguimiento de casos Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados por el Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor- a jefe, UTP e Inspectoría cuando sea requerido.
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    180 40. PROTOCOLO DECONTENCIÓN-ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL (aplicable a cualquier integrante de la comunidad educativa) Detectar cualquier integrante de la comunidad educativa que presenten factores de riesgo emocional con el fin de activar las redes de apoyo internas y/o externas que provean de factores protectores según las necesidades. 40.1. Del procedimiento para estudiantes, apoderados y/o adultos responsables a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento Todo miembro de la comunidad escolar que establezca contacto telefónico, virtual o presencial con los estudiantes y sus familias y que reciba antecedentes que puedan significar riesgo de estabilidad emocional deberá haber realizado previamente formato de DERIVACIÓN REMOTA DE CASOS. b) De la evaluación del caso El Departamento de Convivencia Escolar, una vez recibida la derivación, le será asignado a la dupla psicosocial respectiva la cual tomará conocimiento de cada estudiante, apoderado y/o adulto responsable derivado y evaluará la red de apoyo que necesita según la naturaleza del motivo que activa la derivación. c) De la notificación Le será notificado vía email, a quien deriva, la recepción del caso como medio de verificación y registro de acciones. d) Del acompañamiento La dupla psicosocial respectiva tomará contacto con la familia de la persona derivada, determinando acciones a seguir. (Si requiere orientaciones, acompañamiento emocional o una intervención mayor) • Apoderados y/o adultos: se entregarán orientaciones vía telefónica o video llamada, respecto a la temática abordada. Si el profesional psicólogo considera que se requiere una intervención mayor, le serán entregadas orientaciones para vincular con profesionales de CESFAM o de la red de salud. • Estudiantes: se entregará acompañamiento emocional por vía telefónica o video llamada, según se determine por parte del estudiante, respecto a la temática abordada. Si el profesional psicólogo considera que se requiere una intervención mayor, le serán entregadas orientaciones al apoderado y/o adulto responsable para vincular con profesionales de programa PASMI. e) Del seguimiento de casos Los casos que estén siendo atendidos, ya sea de manera interna o externa, serán monitoreados por el Departamento de Convivencia Escolar, realizando los informes pertinentes para profesor-a jefe, UTP e Inspectoría cada vez que sea requerido. A su vez que se mantendrá el monitoreo por el periodo que determine el profesional psicólogo. f) Del cierre de casos La dupla psicosocial respectiva una vez finalizado el proceso de intervención, realizará informe de cierre de caso, adicionando formato de ACCIONES REALIZADAS, informando a el profesor o profesora jefe.
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    181 40.2. Del procedimientopara Funcionarios y Funcionarias a) Diagnóstico de la necesidad de acompañamiento Cualquier funcionario del establecimiento que requiera acompañamiento emocional puede comunicarse con el Departamento de Convivencia Escolar el cual podrá prestar acciones primarias y brindar orientaciones según sea la necesidad. b) De la notificación Le será notificado vía email a Dirección la recepción de la consulta como medio de verificación y registro de acciones y pasos a seguir. c) Del acompañamiento y evaluación El profesional psicólogo, tomará contacto con el funcionario o funcionaria, determinando acciones a seguir (si requiere orientación, acompañamiento emocional o una intervención mayor). Se entregarán orientaciones vía telefónica o video llamada, respecto a la temática abordada. Si el profesional psicólogo considera que se requiere una intervención mayor, le serán entregadas orientaciones para vincular con profesionales de la red de salud, evaluando la red de apoyo que necesita el funcionario o funcionaria según la naturaleza del requerimiento. d) Del seguimiento de casos Los casos podrán ser monitoreados por los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, si es necesario, realizando acompañamiento telefónico, verificando el estado actual del proceso en el cual se encuentre el funcionario o funcionaria por un tiempo determinado.
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    182 41. ENTREGA DEMATERIAL FISICO Y/O CAJAS DE ALIMENTOS (PAE) OBJETIVO Proporcionar orientaciones tanto para FUNCIONARIOS y FUNCIONARIAS como para ASISTENTES para el proceso de entrega y/o recepción de material físico o canastas de alimentos. 41.1. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) Se deben considerar obligatorio el uso de los siguientes Elementos de Protección Personal (EPP), cuando se realicen los trabajos de entrega y/o recepción de material físico al interior del establecimiento: • Guantes desechables o reutilizables • Mascarilla desechable y/o reutilizable con filtro • Escudo facial • Alcohol gel 41.2. DE LA ENTREGA DE MATERIAL FÍSICO (incluido canastas de alimentos) I. Relacionado al espacio o zona de entrega/recepción El sostenedor debe: 1) Facilitar a los funcionarios y funcionarias las condiciones y los implementos necesarios para el lavado de manos frecuente con agua y jabón 2) Disponer de solución de alcohol gel permanentemente para el funcionario o funcionaria que no tiene acceso a lavado de manos con agua y jabón de manera frecuente 3) Reforzar la higiene de los baños con el fin de evitar la presencia de residuos de orina, heces y otros fluidos corporales 4) Higienizar superficies de entrega cada vez que sea necesario con solución antibacterial o paños desechables desinfectantes. (Se sugiere realizar la acción sobre todo si la persona asistente a tomado contacto con la superficie o no lleva guantes) 5) Disponer de letreros visibles en mesones de atención, dirigidos a los asistentes que señalen lo siguiente: “Cubra su boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar este último” 6) Colocar barreras físicas (cuando sea posible) que impidan el paso de gotitas, como láminas de plástico y/o acrílico entre el personal que atiende y el público II. Relacionado a los funcionarios Los funcionarios involucrados en el proceso de entrega/recepción de material físico DEBEN respetar las siguientes indicaciones: 1) Mantener ambientes limpios y ventilados 2) Utilizar los EPP indicados anteriormente antes, durante y después de finalizado el proceso, realizando el correcto retiro de ellos y desechando los que corresponda.
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    183 3) Cubrir laboca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar este último 4) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos mientras se realiza la acción de entregas. 5) Respetar los espacios designados a cada funcionario o funcionaria para el proceso 6) Respetar el distanciamiento social establecido entre funcionarios (1,5 mts. aproximadamente) 7) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel disponible 8) Evitar apoyarse en mesones o superficies que puedan estar siendo utilizados para el proceso. 9) Limpieza y desinfección del mesón de atención antes y después de atender a cada apoderado según lo establecido en el “Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - Covid-191” del Ministerio de Salud. Sobre todo, si la persona asistente no lleva guantes o ha tenido contacto con las superficies. III. Relacionado a los asistentes Los horarios y fechas para entrega de material físico serán diferidos para evitar aglomeraciones e indicados y difundidos a través de los diversos medios de comunicación utilizados por el establecimiento educacional. Las personas asistentes DEBEN respetar las siguientes indicaciones de lo contario podrían no ser atendidas: 1) Uso correcto de mascarilla desechable o reutilizable de protección que cubra boca y nariz de forma OBLIGATORIA. 2) Entrada por calle Pampa Germania y salida por calle Alianza (portón 1) 3) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar este último 4) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos mientras se encuentra en el proceso. 5) Respetar los espacios designados para esperar y no circular por otro lugar 6) Respetar el distanciamiento social establecido mientras espera su turno. Aforo máximo 50 personas por turno de entrega, distanciadas a 1 mts. aproximado entre sí. 7) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel desinfectante personal. 8) No apoyarse en mesones o superficies que puedan estar siendo utilizados para el proceso. 9) Una vez realizado su retiro/entrega, la persona asistente debe abandonar inmediatamente el lugar. *Se realizará sanitización del espacio ANTES del proceso y una vez FINALIZADO. “Debido a la posible supervivencia del virus en el medio ambiente durante varias horas, las instalaciones y áreas potencialmente contaminadas con el virus que produce la enfermedad COVID-19 deben limpiarse permanentemente, utilizando productos que contengan agentes antimicrobianos que se sabe que son efectivos contra los coronavirus. Es necesario adoptar todas las medidas de seguridad necesarias antes, durante y después de ejecutar las actividades conducentes a la limpieza y desinfección de sitios potencialmente contaminados o contaminados con el virus que produce la enfermedad COVID- 19.” (MINSAL)
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    184 42. PROTOCOLO PARAVISITAS DOMICILIARIAS CON ENFOQUE PSICOSOCIOEDUCATIVO EN EMERGENCIA SANITARIA OBJETIVO Proporcionar orientaciones a los profesionales para el proceso de visitas domiciliarias con enfoque psico socioeducativo acorde a las medidas preventivas de seguridad e higiene vigentes, con la finalidad de mantener una comunicación efectiva y transparente con los apoderados sobre todo asociados a Vulneración de Derechos y/o Deserción escolar. El siguiente documento incorpora también preguntas guía, el paso a paso del protocolo de actuación, Pauta de Visita Domiciliaria y Hoja de Ruta. (VER ANEXO) 42.1. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) Se deben considerar obligatorio el uso de los siguientes Elementos de Protección Personal (EPP), cuando se realice el proceso de visita domiciliaria por los profesionales de EBES. • Escudo facial • Mascarilla de desechable y/o reutilizable con filtro • Guantes desechables o reutilizables • Desinfectante en aerosol • Alcohol gel 42.2. DEL PROCESO DE ENTREVISTA I. Desglose de acciones asociadas al objetivo 1) Abordar la relevancia de la vinculación familia escuela como parte fundamental del proceso educativo 2) Instruir respecto a la fragilidad escolar e invitar a la reflexión del apoderado y/o adulto responsable. 3) Informar respecto a la situación de ausentismo crónico (visitas domiciliarias, plan de acción, derivación a redes, medidas de protección, etc.) 4) Conocer el contexto familiar y dilucidar el origen de la desvinculación con la escuela (si procede) 5) Ofrecer apoyo desde el establecimiento educacional, como vinculación con otros estamentos, acompañamiento emocional, ayuda social, orientación entre otras. II. Preguntas guía (sugerencia de orientación) Factores asociados al proceso socioemocional • Conocer estado de el/la estudiante respecto a su motivación en otras tareas del hogar • ¿Es posible establecer una rutina diaria en el hogar? • ¿La familia se encuentra recibiendo algún ingreso económico?
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    185 • El/la estudiantecuenta con un espacio determinado para realizar sus deberes escolares? • ¿Cuenta con computador, notebook o celular con conexión a internet? Factores asociados al proceso pedagógico Respecto a la relevancia del proceso • Conocer el origen de: desvinculación con la escuela - baja participación del proceso educativo– incumplimiento de compromisos pactados – no entrega de evidencias, etc. (según corresponda) • Considera irrelevante continuar con el proceso educativo remoto de el/la estudiante? ¿Por qué? Respecto al ROL DE LA FAMILIA • ¿Cuál es su rol actualmente como familia? • ¿Qué es lo que necesita para ser más participe de la instancia de aprendizaje remoto? • Conocer expectativas de que tienen respecto a el/la estudiante para el periodo escolar 2021? Acuerdos • Comunicar y ofrecer los apoyos establecidos al finalizar la sesión de entrevista. • Enfatizar la importancia de la familia en relación a la vinculación con el establecimiento • Mencionar apoyos pedagógicos desde el establecimiento y/o redes de apoyo (según corresponda) Establecer acuerdos • Una vez generada la vinculación con la familia de el /la estudiante, establecer plazos para un nuevo monitoreo (en primera instancia en un plazo no mayor a 15 días) Luego de la entrevista • Registrar observaciones generales de la entrevista • Evacuación de informe simple de retroalimentación que permita generar Plan de Acción y/o acciones respecto a la información obtenida. En un plazo no mayor de 24 horas
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    186 una vez finalizadala entrevista. Enviar vía email a Coord. de Convivencia Escolar. 42.3. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN En el contexto actual de salud, se sugiere la visita domiciliaria SÓLO en casos como: desconocimiento total de la situación de un/una estudiante y su familia (desvinculación), posible escenario de vulneración de derechos y/o riesgo de deserción escolar. Activación Luego de que los actores escolares como docentes, Inspectoría General, han realizado las acciones respectivas y no han logrado ponerse en contacto con la familia de un/una estudiante, les corresponde a los profesionales del Depto. de Convivencia Escolar realizar visitas domiciliarias que puedan dar cuenta de la situación actual de el/la estudiante y su familia. La visita domiciliaria puede o no ser a raíz de una derivación formal realizada desde los docentes/educadoras y permitirá obtener información relevante para determinar acciones a seguir. Paso a paso PREVIO A LA SALIDA Paso 1 • El/La funcionario/a que realizará la acción deberá constatar su estado de salud, no presentando síntomas como fiebre, malestar en la garganta, dolor de cabeza, de lo contrario POR NINGÚN MOTIVO PODRÁ REALIZAR LA VISITA. • Desde Inspectoría General, se deberá proveer de los EPP que serán de uso OBLIGATORIO por el/la funcionario/a que realice la acción durante todo el proceso. Paso 2 • El/la funcionario/a que realizará la acción, completar HOJA DE RUTA y registrar su temperatura. • Consignar hora de salida y llegada en hoja de ruta, así como también nombre, cargo y firma. • Deberá dejar copia de registro de ruta en la cual indique nombres y direcciones de los estudiantes a visitar donde incorpore adicionalmente un horario estimado para seguimiento. • El/la funcionario/a no podrá realizar más de cinco visitas diarias. DEL TRASLADO
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    187 Paso 3 En casode trasladarse en transporte público (taxi, colectivo, radiotaxi, minibuses) el/la funcionario/a debe seguir las siguientes indicaciones: • Antes de subir; realizar higiene de manos con alcohol gel en caso de no poseer guantes • Durante el traslado; a) Automóvil: sentarse en el asiento trasero solo/a y SIEMPRE haciendo uso de los EPP. En la medida de lo posible con las ventanillas abajo. b) Minibús: en la medida de lo posible sentarse solo/a en una butaca, contigua a la ventana, procurando dejar disponible la butaca próxima al pasillo, SIEMPRE haciendo uso de los EEP en todo momento. Mantener a lo menos 1 mt. de distancia con otros pasajeros. Evitar circular en los pasillos del transporte. En caso de trasladarse en vehículo particular, realizar higiene de manos con alcohol gel en caso de no poseer guantes al bajarse de éste. AL LLEGAR AL DOMICILIO Paso 4 • Solicitar que salga el apoderado y/o adulto responsable, el cual debe llevar mascarilla. Ubicarse a lo menos a 1 metro de distancia de la otra persona y por NINGÚN MOTIVO INGRESAR AL HOGAR. • *Si la persona entrevistada presenta algún síntoma asociado a COVID-19 o ha sido diagnosticado como positivo, la entrevista debe cancelarse INMEDIATAMENTE haciendo abandono del lugar. Informar enseguida a jefatura directa sobre el hecho. • Presentar Credencial que acredite identidad del funcionario/a y hacer entrega de documentación (si procede)
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    188 • Explicar elmotivo de la visita registrando datos de contacto actualizados para monitoreo e intervenciones a distancia evitando todo tipo de contacto físico. • No compartir artículos de aseo como alcohol gel ni tampoco de alimentación y/o hidratación como recibir un vaso de agua. • En caso de aprovechar la instancia para facilitar material pedagógico u otro, se debe solicitar la firma de recepción. Para ello la persona entrevistada deberá utilizar un lápiz PERSONAL. En caso de facilitar el lápiz del profesional, NO SOLICITARLO DE REGRESO. • Como la entrevista debe realizarse en el exterior del hogar, se sugiere moderar el volumen de la voz resguardando la confidencialidad de la información recibida. • SOLICITAR FIRMA DE REGISTRO DE VISITA. • Si el domicilio se encuentra sin moradores, verificar si existe cambio de domicilio. Registrar en Pauta de Visita Domiciliaria. RETORNO AL ESTABLECIMIENTO Paso 5 • Repetir todas las normas de higiene indicadas en TRASLADO • Al reingresar al establecimiento se deberá controlar la temperatura del funcionario. • Finalmente, el/la funcionario/a deberá dirigirse inmediatamente a los SSHH para realizar lavado de manos y cara con agua y jabón evitando tocar cualquier otra superficie. DERIVACIONES A REDES En caso de detectarse situaciones de complejidad en donde se evidencie nulo compromiso de la familia y total abandono de obligaciones y deberes con el estudiante, deberá realizarse derivación e informe a OPD y/o Tribunal de familia según corresponda.
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    189 42.4. Recomendaciones alos funcionarios Los funcionarios involucrados en el proceso de visita domiciliaria DEBEN respetar las siguientes indicaciones: 1) Utilizar SIEMPRE los EPP mencionados anteriormente (escudo facial, mascarilla desechable o reutilizable, guantes desechables, alcohol gel) 2) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar este último 3) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos 4) Respetar el distanciamiento social establecido (1 mts. aproximadamente) y evitar el contacto físico al saludar o despedirse. 5) Utilizar guantes desechables y tener alcohol gel disponible 6) Evitar apoyarse en mesones o superficies. 42.5. Relacionado a las familias 1) Utilizar mascarilla desechable o reutilizable de protección que cubra boca y nariz 2) Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser y estornudar, no reutilizar este último 3) Abstenerse de tocar nariz, boca y ojos 4) Respetar el distanciamiento social establecido (1 mts. aproximadamente) mientras se realiza la entrevista 5) Utilizar guantes desechables y/o tener alcohol gel desinfectante personal.
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    190 43. PROTOCOLO DETECCIONDE CASOS COVID – 19 Objetivo del Protocolo Proporcionar directrices claras, en la activación de los canales de comunicación y redes de apoyo de la comunidad educativa, en beneficio de las y los afectados. 43.1. De los pasos a seguir en caso de contagio de estudiantes, apoderados y/o adultos responsables a. En caso de detectar contagios de COVID-19, el funcionario que reciba la confirmación del diagnóstico debe comunicar de inmediato a Dirección y/o Inspectoría General del establecimiento, quien deriva al Depto. de Convivencia Escolar. b. Coordinador de Convivencia Escolar, activa el protocolo COVID-19 de estudiantes y/ apoderados o adultos responsables, quien informará a la dupla psicosocial respectiva para activar red de salud/social por parte de Trabajador Social y para tomar contacto telefónico con la familia, y entregar, el acompañamiento primario por parte de Psicóloga. c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará las realizadas con el o la estudiante, apoderado o adulto responsable como verificador, así como también el seguimiento del caso. d. El coord. de Convivencia Escolar tomará contacto con la profesora o profesor jefe del estudiante, para informar y coordinar trabajo colaborativo de monitoreo y acompañamiento. e. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar, informará vía email a Dirección, informando intervenciones realizadas. f. Se continuará monitoreo por parte de dupla psicosocial y profesor o profesora jefe, mientras dure el periodo de cuarentena y/o hasta que las personas reciban el alta médica. 43.2. De los pasos a seguir en caso de contagio de Funcionarios de la comunidad educativa a. En caso de un funcionario o funcionaria del establecimiento reciba confirmación de diagnóstico debe informar inmediatamente a Dirección y/o Inspectora General del establecimiento, quien deriva al Coordinador Comunal de Convivencia Escolar para que active redes con departamento de RRHH. Paralelamente se informará al Depto. de Convivencia Escolar del establecimiento. b. Coordinador de Convivencia Escolar, activa el protocolo COVID-19 para funcionarios, quien informará a la dupla psicosocial respectiva para activar red de salud/social por parte de Trabajador Social y para tomar contacto telefónico con el funcionario o funcionaria brindando primeramente apoyo y entregando orientaciones respecto a red de salud laboral. Por su parte un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando su estado emocional y si debe o no ser derivado a profesional externo. c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará las realizadas con el funcionario o funcionaria como verificador, así como también el seguimiento del caso. d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar, informará vía email a Dirección con copia a Coord. Comunal, informando intervenciones realizadas. e. Se continuará monitoreo por parte de dupla psicosocial, mientras dure el periodo de cuarentena y/o hasta que el funcionario o funcionaria reciban el alta médica.
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    191 44. PROTOCOLO ENCASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE ALGUN FUNCIONARIO O FUNCIONARIA 44.1. De las acciones y pasos a seguir a. En caso de ocurrir la muerte de algún familiar de un funcionario o funcionaria por contagios de COVID-19, se debe comunicar de inmediato a la Dirección y/o Inspectora General del establecimiento, quien informará al Coord. de Convivencia Escolar comunal el cual informará a RRHH. b. Coord. de Convivencia Escolar del establecimiento, activa el protocolo e informará a la dupla psicosocial respectiva para para tomar contacto telefónico con el funcionario o funcionaria, brindar orientaciones y activar redes de apoyo por parte de Trabajador Social. Paralelamente, por su parte un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando su estado emocional y si debe o no ser derivado a profesional externo. c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará las realizadas con el funcionario o funcionaria como verificador, así como también el seguimiento del caso si procede. d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar, informará vía email a Dirección con copia a Coord. Comunal, informando intervenciones realizadas. e. Se continuará monitoreo y/o seguimiento por parte de dupla psicosocial por un periodo determinado de tiempo. 45. PROTOCOLO EN CASO DE MUERTE DE FAMILIAR DE UN O UNA ESTUDIANTE 45.1. De las acciones y pasos a seguir a. En caso de ocurrir la muerte de algún familiar de un o una estudiante por contagios de COVID- 19, quien reciba la información, debe comunicar de inmediato al Coord. de Convivencia Escolar del establecimiento. b. Coord. de Convivencia Escolar del establecimiento, activa el protocolo e informará a la dupla psicosocial respectiva para para tomar contacto telefónico con la familia de él o la estudiante, brindar orientaciones y activar redes de apoyo por parte de Trabajador Social. Paralelamente, por su parte un profesional psicólogo brindará el acompañamiento primario, evaluando el estado emocional y si debe o no ser derivado a profesional externo de la red de salud. c. Cada profesional, deberá completar documento formal de registro de acciones, donde indicará las realizadas con el o la estudiante como verificador, así como también el seguimiento del caso si procede. d. Una vez realizados los pasos anteriormente indicados, el coord. de Convivencia Escolar, informará vía email a Dirección informando intervenciones realizadas. e. Se continuará monitoreo y/o seguimiento por parte de dupla psicosocial por un periodo determinado de tiempo. NOTA: EN CASO DE MUERTE A UN FUNCIONARIO, FUNCIONARIA O ESTUDIANTE APLICAN LOS PROTOCOLOS ANTERIORMENTE DESCRITOS.
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    193 COMPROMISO APODERADO/ TUTOR20___ Académico Asistencia Disciplinar Socioemocional YO ___________________________________________________, RUN: _____________________ apoderado/tutor del estudiante ________________________________, del curso ________ “____” de la Escuela Básica Estrella del Sur, Pozo Almonte. He sido informado/a de ____________________________________________________________________ de mi pupilo/a y tomo conocimiento que se podría estar vulnerando los siguientes derechos del niño: a) Artículo 4º.- La educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. b) Art.10 letra b, párrafo 2 “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.”1 Por lo anteriormente expuesto, me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados establecidos en el Reglamento Interno y estoy en conocimiento de que, si no los cumplo, la escuela procederá a aplicar Protocolo de Cambio de Apoderado y/o denunciar por vulneración de derechos del menor a las instituciones correspondientes, así como también seguir los lineamientos de monitoreo y/o acompañamiento que la escuela determine velando el cumplimiento de este compromiso. Acción a considerar: Plan de acompañamiento Medida Formativa (Registro Insp. General y/o de ciclo) Intervención psicoeducativa (Anexo autorización) Otro: 1 Ministerio de Educación. (2010b, julio 2). Decreto con Fuerza de Ley 2 (02-jul-2010) M. de Educación | Ley de Chile. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. www.bcn.cl/leychile.
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    194 Firman en señalde acuerdo, Nombre y firma Docente Nombre y firma UTP Nombre y firma PIE Nombre y firma profesional Conv.Es. Nombre y firma Apoderado/Tutor Nombre estudiante Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha _____ del mes _____________ del año 20____
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    195 CARTA PARA REALIZARCAMBIO DE APODERADO Estimad(a) Apoderado: Nos dirigimos a usted respetuosamente para informar que según la información recopilada por los distintos estamentos a la fecha y bajo los argumentos estipulados en nuestro REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, se puede determinar que: Apoderado solicita cambio de FORMA VOLUNTARIA a) Revisar conducto según protocolo Se determina cambio por incumplimiento REITERADO de deberes adquiridos y estipulados en RICE. a) Revisar conducto según protocolo b) Le será confirmado vía CARTA CERTIFICADA DEL CAMBIO Yo, ___________________________________________________ RUT _________________ apoderado de ____________________________________________ que cursa ______________ ACEPTO realizar el cambio de apoderado de forma voluntaria en favor del/la estudiante anteriormente mencionado/a por motivo de fuerza mayor. Asume el compromiso de apoderado TITULAR en adelante don(ña) ________________________________________________________ RUT ___________________ quien acepta las obligaciones adquiridas y será quien asumirá la responsabilidad ante los compromisos escolares como: asistir a entrevistas, citaciones, y todos los deberes estipulados en el REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR de ESCUELA BÁSICA ESTRELLA DEL SUR, de los cuales declara estar en conocimiento. ______________________ _____________________ ____________________ Pozo Almonte, _______ de _________________ del año 202__ (Nombre completo apoderado RENUNCIANTE) (Nombre completo estudiante) (Curso) (Nombre completo apoderado NUEVO) (Nombre y firma apoderado RENUNCIANTE) (Nombre y firma apoderado NUEVO) NOMBRE Y FIRMA INSPECTOR/A GENERAL
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    196 AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓNESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR YO , RUT en mi calidad de apoderado, padre, tutor y/o adulto responsable de el/la estudiante , del curso “ ” de la Escuela Básica Estrella del Sur, autorizo a los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, tanto Trabajador(a) Social como Psicólogo(a) para que puedan realizar intervenciones que apoyen los procesos a los cuales mi hijo(a) se encuentra enfrentando. Por lo que permito que se realicen evaluaciones, intervenciones, acciones de monitoreo, seguimiento y todo aquello que se requiera para apoyar a mi hijo(a). Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20_____ Nombre y Firma Profesional Convivencia Escolar Nombre y Firma Apoderado, Tutor(a) y/o Adulto responsable
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    198 Pauta Visita Domiciliaria Nombreestudiante Curso Nombre apoderado RUT Dirección Número de Contacto Fecha de visita Hora de visita Inicio Término ASPECTOS ESENCIALES A CONSIDERAR SI NO OBSERVACIONES Insumos básicos (Importante saber si cuenta efectivamente con ellos) Luz Agua Mercadería Salud (Indicar estado de ánimo, si existen tratamientos de algún integrante, etc.) Conocer estado de salud estudiante y familiar --- --- Situación laboral (Conocer estado laboral de los apoderados o adultos a cargo) Actualmente, ¿se encuentran con trabajo? --- --- Padre / Adulto con figura paterna Madre / Adulto figura materna Conectividad Actualmente, cuenta con acceso a internet Vinculación Redes Se encuentra vinculado a redes de apoyo comunitario Ámbito pedagógico Ha presentado dificultades con el apoyo pedagógico ¿cuáles? *Realizar refuerzo de la entrega del material pedagógico y la participación activa de los apoderaos, generando un compromiso por su parte. *Actualización de datos si corresponde Nombre y firma Nombre Apoderado /Adulto responsable Profesional Firma OBSERVACIONES (otros aspectos a observar)
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    199 HOJA DE RUTAPARA VISITA DOMICILIARIA Funcionario RUT Dirección Contacto Cargo Fecha Hora inicio Hora término N° Nombre Estudiante Curso Nombre apoderado / Tutor Dirección Contacto Hora estimada 01 02 03 04 05 NOMBRE Y FIRMA DEL PROFESIONAL
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    201 Prevención Selectiva EquipoGestiónEscolar(SATV) Instrumentopara ladetecciónprecozdeviolenciasComponente dedetecciónSATV El instrumento de detección precoz de violencias al igual como otros componentes del SATV, se apoya en las teorías relacionales, las cuales conciben al individuo y a su comunidad como sistemas interconectados con influencias dinámicas y recíprocas. Las teorías relacionales tienen como propósito principal comprender la relación entre los problemas identificados y su contexto cercano y el más amplio; se centra en el presente, pero especialmente en los significados construidos por los diferentes participantes de las interacciones, los cuales siempre son transmitidos a través del lenguaje ya sea, en una palabra, en un diálogo o en una narración. Son los significados los que guían la acción de los individuos y los grupos en diferentes ámbitos y en diferentes áreas respecto de problemas específicos. Es así como influye en las actitudes y comportamientos no sólo los aspectos relacionales del momento sino también tiene influencia la cultura y la historia de cada individuo, grupo o comunidad en el pasado. Ya que, toda conducta está inserta en una secuencia de recíproca influencia y aprendizaje con los comportamientos de otras personas, los problemas de comportamiento no son producto de un accionar individual o particular, sino que se relacionan directamente con el accionar mutuo con las otras personas que integran el sistema donde el sujeto está inserto. Concretamente, la violencia ejercida por un alumno se entiende como un aprendizaje comportamental dentro de las relaciones establecidas en diferentes etapas del desarrollo, incluso desde la primera infancia, en las cuales están implícitos los significados construidos en las diferentes interacciones; por esto, no se debiera comprender la violencia como un fenómeno o respuesta a un estímulo determinado, lo cual sería establecer una causalidad lineal, sino como parte de los significados interacciones en que la persona es parte. Por tanto, el cambio del comportamiento problema (violencia) se concibe desde la óptica de trabajar con los sistemas de pertenencia del estudiante, como lo es el educacional y el familiar, considerándose la influencia de los sistemas de protección, sistema policial, sistema de salud, los medios de comunicación masiva, entre otros. Si bien existen comportamientos escolares violentos, que son reconocidos y atendidos por algunos actores educativos, se reconoce la necesidad de pesquisar y diferenciar comportamientos, no siempre visibilizados en los y las estudiantes, de aquellos que implican un determinado nivel de riesgo en recibir o presentar violencia, interviniendo precozmente y previendo consecuencias individuales y grupales dentro del liceo. Para tal efecto se presentan los instrumentos de Medición de Riesgo por Violencia Escolar y el Cuestionario de Auto aplicación “A Mí Me Sucede Que”. Ambos instrumentos son complementarios y se aplican en distintos tiempos, de tal modo que la información permita identificar aquellos estudiantes que requieren de pronta atención y apoyo en el sistema escolar. • Paso 1: Administración del Cuestionario de Auto aplicación “A mí me sucede que”; éste ayuda a visibilizar a aquellos educandos que, experimentando maltrato en el ámbito escolar, no expresan tal situación, comprometiendo su salud mental y estabilidad emocional. Por tanto, permite su detección precoz, oportuna atención y prevención de mayores niveles de agravamiento.
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    202 • Intervención Secundariadirigida a estudiantes en bajo riesgo con Nivel Superior y Mediano Riesgo por violencia escolar. • Nivel Terciario de Intervención dirigida a alumnos en inminente o alto riesgo por violencia escolar. • Paso 2: Aplicación del Instrumento de “Medición de Riesgo por Violencia Escolar”; es aplicado por aquellas figuras educativas más próximas al grupo curso o estudiante, lo que permitirá conocer el nivel de riesgo presente en el grupo curso y/o individualmente por compromiso y participación en situaciones de riesgo constitutivas de violencia. • Paso 3: Desde el conocimiento de los/as estudiantes y habiéndose desarrollado una aproximación diagnóstica, será un equipo docente o equipo de gestión del establecimiento educacional, quien, ayudado de la metodología GAEP2 , deberá realizar una pronta confirmación de la situación contextualizada en la etapa de desarrollo psicosocial del alumno/a con miras a facilitar la intervención requerida. Según los niveles de riesgo por violencia que posea el/la estudiante, se podrá determinar: La intervención secundaria, es aquella acción destinada a prevenir un agravamiento en los niveles de violencia e instaurar modos relacionales y de resolución de conflictos no-violentos. La intervención terciaria, constituyen intervenciones especializadas, para las cuales se deberá trabajar con redes institucionales especializadas existentes en la comuna. Ambos niveles de intervención, incorporan a la familia del estudiante, sea ésta propia o sustituta, debiéndose distinguir las necesidades de apoyo y de derivación requeridas en cada situación. Dado el nivel de demanda del sector público en salud mental, se sugiere como alternativa la coordinación con establecimientos de educación superior, que cuentan con atención psicológica y/o social u O.N.G que apoyan con intervenciones individuales y/o familiares y/o grupales. A continuación, se presenta un flujo del ciclo metodológico: 2 GAEP, Grupo de Apoyo Entre Profesionales, es un equipo del trabajo colaborativo conformado por docentes, asistentes, profesionales de la educación o directivos, cuyo objetivo es el diseño y ejecución de plan de acción destinados a abordar diversos problemas de uno o más estudiantes, a nivel conductual, rendimiento, de integración u otros.
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    204 Objetivo: Conocer oportunamente losniveles de riesgo por violencia escolar entre estudiantes de un determinado grupo o curso. De tal modo que, aplicado el instrumento pueda alertar y motivar a acciones de abordaje de la situación. CUESTIONARIO DE AUTOAPLICACIÓN, DE MEDICIÓN DE RIESGO DE VIOLENCIA ESCOLAR “A MÍ ME SUCEDE QUE” (Para estudiantes de segundo ciclo básico y enseñanza media) Instructivo de aplicación para el Equipo de Gestión y docentes de la institución educativa. El cuestionario de auto aplicación fue desarrollado con la finalidad que los y las estudiantes, identifiquen aquellas situaciones o conductas ocurridas en el contexto del establecimiento educacional que les causan daño y que muchas veces pasan desapercibidas para los demás. Se refieren a comportamientos y/o situaciones de malos tratos o de acoso entre pares. Considerando que es muy difícil que un o una estudiante dé cuenta de sus propias conductas de malos tratos o respecto de un compañero/a que le proporciona tal maltrato, es que se utiliza el cuestionario auto aplicado para proporcionar un espacio reservado y protegido para comunicar alguna situación que le dañe. Este instrumento, permitirá que el/la estudiante pueda reflexionar, identificar y señalar situaciones y actos a los cuales él/ ella está expuesto y le produzcan sentimientos y emociones que sólo él o ella puede distinguir, pero que no se atreve a comunicar abiertamente. Además, el cuestionario permitirá la sensibilización y concientización de alumnos/as y profesores sobre presencia de malos tratos entre pares, ya sea en su grupo y en el contexto escolar en general. La aplicación de este instrumento debiera ser producto de la reflexión y determinación del Equipo de Gestión y/o docente. Como se ha detallado anteriormente, este instrumento es complemento del anterior, con la diferencia que además puede ser aplicado a un estudiante en particular, a un grupo, un curso o un sub nivel. Esto dependerá de las necesidades y plan de acción definido por el equipo docente (GAEP) y/o de gestión. Período de aplicación: Deberá aplicarse a lo menos una vez por semestre académico, especialmente al comienzo de cada período, a fin de que se puedan programar y/o intencionar medidas preventivas y/o reparatorias durante el semestre y/o año escolar. Así mismo, este instrumento puede ser de gran ayuda al equipo docente que esté trabajando la metodología GAEP en la fase de recolección de información sobre el problema que se está abordando. Frente a la existencia de niveles de riesgo por violencia escolar arrojados por este instrumento de auto aplicación, se recomienda la administración del segundo “Instrumento de Medición de Riesgo de Violencia Escolar” por el docente con mayor conocimiento del grupo, curso o estudiantes que se esté estudiando. Con estos datos concretos y cuantificados sobre el tema y grupo o curso involucrado, le dará la confianza y seguridad requerida para plantear el tema con descripción de los hallazgos obtenidos. Además, podrá planificar y realizar las acciones correspondientes con quienes están en situación de riesgo de violencia y de maltrato entre pares, en forma personalizada y con la máxima confidencialidad. Contabilidad de puntaje y análisis posterior a la aplicación del instrumento: Se debe realizar una sumatoria de los puntajes obtenidos en cada columna por la categoría que marcó el o la estudiante en cada respuesta o indicador. (todos los días, 2 a 3 veces por semana, etc.), y en
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    205 cada página delcuestionario. Para la contabilidad del puntaje se debe considerar que cada columna tiene un puntaje definido. A saber: Todos los días 4 puntos 2 a 3 veces por semana 3 puntos 2 a 3 veces por mes 2 puntos 1 vez por mes 1 punto Nunca 0 puntos De acuerdo con el puntaje obtenido con las respuestas escogidas por el estudiante, los niveles, corresponden a: • Ausencia de Maltrato: 0 punto Se refiere a que el alumno o alumna no está siendo afectado/a – en el momento presente – por situaciones que le menoscaben y le dañen emocional, verbal y/o físicamente. • Maltrato Leve: 1 – 17 puntos Se refiere a que el alumno o alumna señala indicadores de riesgo de violencia, al estar en posible situación de menoscabo, maltrato emocional, verbal y/o físico. Aun cuando ello se defina como maltrato leve, sí es importante considerarlo ya que están implicando, por un lado, la percepción de la propia víctima y por otro, está identificando la existencia de comportamientos agresivos y/o violentos de parte de un o unos estudiantes del establecimiento educacional. A los estudiantes de este nivel se recomienda la integración a talleres psicoeducativos que favorezcan un mayor conocimiento de sí mismos, sus emociones y formas de actuar frente a una controversia. Con mayor especificidad, se sugiere la integración de estos estudiantes a talleres sobre resolución pacífica de conflictos: negociación y mediación entre pares. • Maltrato Moderado:18 - 43 Significa que el o los estudiantes están siendo afectado/a, directa y concretamente en el presente, por situaciones que le menoscaben y le dañen emocional, verbal y/o físicamente. Requiere de una atención inmediata, a fin de prevenir un agravamiento en los efectos y/o consecuencias para sí mismo y la comunidad escolar. Se recomienda, como primera respuesta de la escuela, la integración del o los estudiantes a una instancia de desarrollo de habilidades sociales y de técnicas de resolución de conflictos. A través de estos talleres se espera fundamentalmente, a lo menos tres propósitos: 1. Ampliar el abanico de herramientas frente a situaciones de conflicto, amenaza o abuso de poder. 2. Re significar, es decir, trabajar los significados construidos por el o los estudiantes en la relación con pares y adultos sin violencia. 3. Potenciar la pertenencia a una comunidad escolar como factor protector en estos niños, niñas y jóvenes. • Maltrato Grave: 44 - 68 Se refiere a que el o los estudiantes están siendo afectado/a por situaciones que significativa y gravemente le menoscaban y dañan emocional, verbal y/o físicamente. Los estudiantes que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad requieren de instancias especializadas de red de apoyo externa para sí y su familia, con el correspondiente apoyo y seguimiento por parte de la escuela y liceo. Por tanto, se está frente a una situación necesaria de derivación.
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    206 El monitoreo dela derivación por parte del establecimiento educacional favorecería: 1. Que el establecimiento apoye con atención pedagógica específica el trabajo con especialista de la red. En este sentido, el establecimiento trabaja para reforzar la pertenencia del estudiante al establecimiento educacional, bajar el riesgo de deserción escolar a través de trabajo personalizado. Por ejemplo: integrándolo a un taller psicoeducativo, entregando alguna responsabilidad en el establecimiento cercano a sus intereses y capacidades, integrándolo algún taller de apoyo escolar, etc. 2. Coordinar apoyos específicos a través de los sectores de aprendizajes. 3. Apoyar el trabajo con la familia y/o adultos significativos a través de actividades que contemple el plan de trabajo del grupo de docentes (GAEP o del profesor jefe).
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    207 CUESTIONARIO A MÍME SUCEDE QUE: (Instructivo para estudiantes) Este cuestionario permitirá que reconozcas en ti, o en otros, ciertas conductas, las cuales son importantes de manejar, controlar y/o modificar. Reconociéndolas será más fácil obtener ayuda o apoyo y en tu colegio hay personas especializadas para dártelo. El cuestionario que estás leyendo te permitirá identificar si existe intimidación o maltrato dentro del ambiente escolar, sea proporcionado por compañeros o compañeras de tu escuela. Ten en cuenta que algunos estudiantes cuando son maltratados, acosados o amenazados por otro u otros compañeros pueden sentir temor a hablar. Por esto, ten presente que este cuestionario te permitirá expresar tus sentimientos y emociones sobre el problema de violencias. No existen respuestas correctas o erróneas. Es muy importante que respondas a este cuestionario con la verdad, ya que así puedes ayudar a que podamos comprender cómo se sienten en nuestro colegio y qué se requiere para que tú y tal vez, otros compañeros/as se sientan y lo pasen mejor. Este cuestionario será confidencial. Te solicitamos por favor, prestar atención a las siguientes indicaciones: 1. Cada afirmación tiene varias alternativas. Repasa una por una y elige aquella que representa mejor la situación que estas enfrentando en el colegio. 2. Lee las afirmaciones detenidamente. 3. Cualquier duda pregunta al adulto que está acompañándolos durante esta actividad en la sala 4. Todas las aseveraciones exigen una sola respuesta 5. Anota tu respuesta haciendo una “X” en la casilla que has escogido. 6. Si deseas cambiar tu respuesta tacha la anterior y vuelve a hacer “X” en la alternativa que te parece más exacta a tu idea, sentimientos o situación. 7. Si deseas agregar algo que no se haya colocado en el cuestionario, puedes agregarlo en el espacio que se encuentra al final del cuestionario, en Otros Datos. 8. La franqueza y veracidad en las respuestas a este cuestionario es muy importante. Soy Mujer Hombre No binario Mi nombre Curso Fecha
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    208 A MÍ MESUCEDE QUE: Durante el último mes, en el colegio: Todos los días (4) 2 a 3 veces por semana (3) 2 a 3 veces por mes (2) Una vez al mes (1) Nunca (0) 1. Me dicen sobrenombres, que no me gustan 2. Se burlan de mi (cómo hablo, uso lentes, soy feo/a, soy chico/a, malo para la pelota, etc.). 3. Me golpean o agreden físicamente 4. Han amenazado con pegarme 5. Me presionan para que les de mi dinero, colación u otras pertenencias 6. Me presionan para que yo haga cosas que no me gusta y no quiero hacer. 7. Mis compañeros me dicen garabatos y groserías. 8. Mis compañeros esconden o me sacan mis cosas (cuadernos, lápices, ropa, otros objetos). 9. Me han dañado mis cosas en el colegio (Cuadernos, libros, lápices, trabajos, ropas). 10. Han dicho mentiras acerca de mí, que me hacen daño y/o desprestigian. 11. Mis compañeros/as no me dejan jugar con ellos/ellas 12. No me dejan estudiar con ellos ni participar en los trabajos de grupo 13. Mis compañeros no me dejan dar mis opiniones en el grupo/curso. 14.He sentido miedo de venir al colegio y de encontrarme con algunos compañeros 15. Me siento triste y me dan ganas de llorar cuando estoy en el colegio. 16. Me siento sola/o y aburrida/o, no tengo ganas de venir al colegio. 17. Me han molestado sexualmente (besos y contactos corporales contra mi voluntad). Otros datos:
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    209 Propósito Diagnóstico de Estudiantesen Riesgo por Violencia Escolar (D.E.R.V.E.) El propósito es contar con procedimientos de alerta temprana con recomendaciones de intervención en el ámbito escolar, de modo tal, que permita la exploración e identificación de los alumnos en riesgo de violencia escolar. Estos se pueden constituir, principalmente, en un apoyo al educador, facilitando su rol de formador y generador de recursos individuales de los alumnos para su adecuado desenvolvimiento e integración social. De ninguna manera, los componentes del procedimiento y la identificación de los indicadores de alerta temprana, han de ser utilizados para excluir o etiquetar a los niños, niñas y jóvenes, si ocurriese sólo aumentaría el daño y la vulnerabilidad social de los/las estudiantes. Éstos son herramientas al servicio de la educación y la atención oportuna frente a riesgo por violencia en el ámbito escolar. Objetivo Discriminar, entre los diferentes comportamientos de los/las estudiantes, de aquellos que implican un determinado nivel de riesgo en generar, manifestar o recibir conductas violentas, lo que les permitirá a los actores educativos intervenir precozmente dentro del ámbito escolar. Descripción del Instrumento “Detección de Riesgos por Violencia Escolar” El siguiente instrumento permitirá conocer los niveles de riesgo de un/a estudiante de ser agente activo en situaciones de violencia. Es coordinado por el Equipo de Convivencia Escolar de la escuela y responde el instrumento particularmente la figura educativa que posea un mayor conocimiento del o los estudiantes que se quiere evaluar. Consta de varios ítems que reflejan diferentes características y comportamientos de los estudiantes, ya sea en forma individual o dentro del grupo, los cuales son indicadores de violencia en el ambiente escolar. Para, finalmente prevenir consecuencias individuales y grupales dentro del centro educativo. Por ello, es importante que se responda con responsabilidad profesional y la mayor precisión observacional posible. El registro de estos indicadores y la identificación del alumno/a deben ser trabajados en forma confidencial. Los resultados de la aplicación del instrumento serán utilizados con fines de apoyo al estudiante según lo requiera la situación. Las características comportamentales pesquisadas por el agente educativo, se consideran presuntivas de problemas de violencia. Por lo tanto, demandará de parte del Equipo de Convivencia Escolar, una pronta y exhaustiva confirmación de la situación, siempre contextualizada en la etapa de desarrollo psicosocial del alumno/a y con miras a la intervención requerida. Las diferentes conductas o indicadores de comportamiento identificados y señalados por el observador, se refieren a áreas de comportamiento, como se señala a continuación: • Características Individuales (CI): Entendida como toda conducta que refleje modos personales, habituales de reaccionar, ya sea a nivel cognitivo o emocional. Reflejada en los Indicadores; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 30, 31, 33, 35, 36, 37. • Relación con Otros (RO): Entendida como toda conducta que tenga directa relación con su actuar haciaotros en la interacción. Reflejada en los Indicadores: 4, 13, 14, 16, 17, 18, 32, 38.
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    210 • Conducta Asocial(CA): Entendida como aquellas conductas emitidas causando daño hacia otros y lascuales son sancionadas cultural y moralmente. Reflejada en los Indicadores: 9, 10, 11, 12, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 34. Procedimiento de aplicación A. Se sugiere aplicar el instrumento en fase intermedia del primer semestre escolar (aproximadamente en mayo del semestre en curso) y al comienzo del segundo semestre del período escolar (aproximadamente en septiembre del semestre en curso), de tal modo que, por un lado, permita detecciones e intervenciones oportunas y, por otro, sirva como instancia evaluativa respecto de los resultados obtenidos en las primeras aplicaciones. B. Su aplicación deberá ser de parte de aquel agente educativo que tenga mayor conocimiento del grupo – curso, de tal modo que efectivamente pueda responder el instrumento. En algunos casos corresponderá al profesor jefe u otro agente y, en aquellas situaciones que no es posible contar con una sola figura, sino que se decide su aplicación por parte de dos agentes educativos que poseen un conocimiento cercano con el alumno o alumna, podrá ser aplicado por ambos y, las respuestas deberán ser marcadas de la misma forma que a continuación se explica, es decir, siempre dará lugar a una sola respuesta que, en este caso, será la de consenso de ambas figuras educativas. Si se realiza una segunda aplicación, ésta deberá ser realizada por ambas figuras que participaron en la primera aplicación. El tiempo destinado a la aplicación, se estima aproximadamente de 1,5 horas. C. La alternativa de respuestas, con respecto a la observación en el o la estudiante, de la conducta descrita tiene una puntuación determinada: Ninguna vez 0 puntos Algunas veces 1 punto Muchas veces 2 puntos Siempre 3 puntos En la línea superior del cuestionario se encuentra la puntuación de cada categoría.A continuación, se presenta el siguiente ejemplo: Por favor, marque con el valor correspondiente a la categoría que usted considere que representa el comportamiento del alumno, en el indicador descrito. CONDUCTAS DEL ALUMNO/A EN EL ÁMBITO ESCOLAR Siempre (3) Muchas veces (2) Algunas Veces (1) Ninguna vez (0) 7.- Quita o arrebata bruscamente un objeto a otro. X A. Posteriormente se debe realizar una sumatoria de los puntajes obtenidos en cada columna por la categoría que usted marcó en cada respuesta o indicador (siempre, ninguna vez, etc.) y en cada página del cuestionario. Ello le dará el puntaje total obtenido por cada estudiante. B. Según el total del puntaje de ese alumno o alumna se debe ubicar el nivel de riesgo en que se encuentra, según la siguiente escala:
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    211 Nivel de riesgo,según puntaje total: • Sin riesgo por Violencia Escolar: (0 – 12 pts.) Se refiere a que el alumno o alumna no presenta ningún factor de riesgo por violencia escolar. • Bajo Riesgo por Violencia Escolar: (13 – 37 pts.) Se refiere a que el o la estudiante presenta conductas en alguna de las áreas evaluadas, ubicándolo/a en niveles de riesgo por violencia escolar, que aun cuando son mínimos, sí es importante considerarlos en forma preventiva. Esto se realizará a través de acciones de orientación e integración del alumno o alumna al Programa de Entrenamiento para educandos “Gestión de Riesgos por Violencia Escolar”, la aplicación del sistema de Mediación Escolar y la integración de sus tutores al taller de Entrenamiento “Educando en Familia”. • Mediano riesgo por Violencia Escolar: (38 – 76 pts.) Se refiere a que el y la estudiante presenta conductas en una o más áreas evaluadas, ubicándolo/a en niveles de riesgo por violencia escolar, que requieren de una atención inmediata, a fin de prevenir un agravamiento en los niveles de violencia e instaurar modos relacionales y de resolución de conflictos no-violentos. Habiéndose determinado su nivel de riesgo y según el flujograma, correspondería la integración del alumno o alumna a un programa de trabajo que favorezca el desarrollo de habilidades sociales (taller psicoeducativo) y trabajo con la familia. Paralelamente, se sugiere articular su atención con red de apoyo externa con miras al apoyo terapéutico del propio alumno/a y/o su familia. • Alto riesgo por Violencia Escolar: (77 – 114 pts.) Se refiere a que el o la estudiante presenta conductas en una o más áreas evaluadas, ubicándolo/a en importantes niveles de riesgo por violencia escolar. En este caso se requiere de instancias especializadas en red de apoyo externa para el alumno o alumna y familia, con el correspondiente seguimiento por parte del docente responsable. Paralelamente, integrar las sugerencias de apoyo que desde el establecimiento educacional le pueda brindar como apoyo en su socialización y reintegración al grupo escolar.
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    212 INSTRUMENTO DEDETECCIÓN DERIESGO DE VIOLENCIAESCOLAR Conductas del Estudiante en el ámbito escolar Siempre (3) Muchas veces (2) Algunas Veces (1) Ninguna vez (0) 1. Es rechazado por sus pares. 2. Verbaliza que pares le prohíben hablar y/o compartir con otros compañeros/as (integrar grupos de estudio, actividades lúdicas, celebraciones). 3. Acata las instrucciones de los otros, a pesar de las evidentes consecuencias negativas para sí mismo y/u otros. 4. Realiza conductas físicamente peligrosas para sí mismo, bajo presión de pares. 5. Interrumpe la clase (conversa con otros, se ríe y/o emite sonidos en forma exagerada, se para frecuentemente, lanza papeles u otros objetos). 6. Quita o arrebata bruscamente un objeto a otro 7. Destruye lo realizado cuando considera no haber logrado éxito (raya sus dibujos, tareas, desarma trabajos manuales, rompe materiales). 8. A menudo miente para obtener beneficios, favores o evitar obligaciones. 9. Asiste a clases bajo efectos de las drogas y/o las consume dentro del ámbito escolar (alcohol, marihuana, pasta base, cocaína u otras). 10. Vende drogas en el colegio (alcohol, marihuana, pasta base, cocaína u otras). 11. Descalifica y/o insulta a compañeros (se dirige a ellos/as por sobrenombres, se burla por apariencia física, rendimiento escolar, hándicaps físicos, orientación sexual, emite juicios negativos). 12. Descalifica y/o insulta a adultos de la comunidad educativa (usa sobrenombres, se burla por apariencia física, hándicaps físicos, orientación sexual, emite juicios negativos). 13. Inventa historias que perjudican la imagen de compañeros/as y/o adultos del colegio. 14. Acosa a un compañero/a, impidiendo que hable y/o participe y/o estudie con otras/ os y/o participe en juegos. 15. Amenaza la integridad física de pares y/o profesores. 16. Esconde las pertenencias de sus compañeros. 17. Zamarrea o empuja a sus pares para intimidar. 18. Ensucia o daña las pertenencias o trabajos escolares de otros (rayar, mojar, romper). 19. Sustrae pertenencias de sus compañeros/as.
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    213 20. Realiza conductassocialmente sancionadas (sacar libro de clases, exhibir zonas genitales, convoca a otros para pelear con pares). 21. Obliga a los compañeros a realizar conductas socialmente sancionadas. (sacar libro de clases, exhibir zonas genitales, convoca a otros para pelear con pares). 22. Obliga a compañeros a realizar conductas físicamente peligrosas. (subirse al techo, sacar volantines del tendido eléctrico, saltar rejas, trepar árboles o muros, etc.). 23. Golpea a compañeros (con puños, pies, con objetos). 24. Porta armas blancas (punzones, navaja, hojas de afeitar o similares). 25. Amenaza con objetos punzo cortantes y/o con armas blancas (lápices, compás, cartonero, punzones, navaja, tijeras). 26. Destruye el inmueble y/o muebles, objetos del colegio (rompe vidrios, paredes, artefactos de baños, cercos, sillas, escritorios). 27. Agrede a compañeros/as con objetos punzo cortantes (lápices, compás) y/o armas blancas (cuchillo cartonero, navaja, tijeras, hojas de afeitar). 28. Porta armas de fuego (revolver, pistola, escopeta). 29. Amenaza con arma de fuego (revolver, pistola, escopeta). 30. Presenta trastornos de la alimentación (frecuente inapetencia, excesiva delgadez, obesidad). 31. Manifiesta dolores de cabeza, estómago u otros. 32. Presenta lesiones físicas (magulladuras, mordeduras, equimosis, fracturas, cortes, entre otros). 33. Presenta conductas eróticas y/o hipersexualizadas: masturbación compulsiva. 34. Ejerce coerción sexual hacia otros niños/as (besos y contactos corporales inadecuados). 35. Presenta enuresis y/o encopresis secundarias. 36. Presenta conductas auto agresivas. (cortes en los brazos, piernas, abdomen, golpes de cabeza, arrancarse el pelo). 37. Amenaza con conductas suicidas. 38. Verbaliza una situación de abuso o de coerción dentro del colegio.
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    214 Fecha de laaplicación Responsable de la aplicación Puntaje total Nivel de Riesgo Acciones recomendadas Se deriva a Responsable del seguimiento Descriptor Puntaje CI RO CA Puntaje Total
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    215 Reglamento Interno Educación Parvularia 2023– 2024 (Actualización marzo 2023)
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    216 INDICE 1. INTRODUCCIÓN. ……………………………………………………………………………………….220 2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA 2.1. Antecedentes Generales 2.2. Historia 2.3. Nivel de enseñanza 2.4. Asistencia Escolar 2.5. Apoyo y Formación 2.6. Infraestructura 3. JORNADA ESCOLAR…………………………………………………………………………………… 221 4. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ……………………………………………….. 222 4.1 Visión 4.2 Misión 4.3 Sellos 4.4 Valores 5. ORGANIZACIÓN ………………………………………………………………………………………….. 223 5.1. Estructura 5.2. Actores escolares 5.3. Participación de los actores escolares 6. FUNDAMENTOS 6.1. Normativa Internacional 6.1.1. Declaración universal de los Derechos Humanos 6.1.2. Convención Internacional de los Derechos del Niño 6.2. Normativa nacional 7. PRINCIPIOS INSPIRADORES ............................................................................................................................225 7.1. Dignidad del ser humano 7.2. Niños y Niñas sujeto de derecho 7.2.1. Interés superior del niño 7.2.2. Autonomía progresiva de niños y niñas 7.2.3. No discriminación arbitraria 7.2.4. Equidad de género 7.2.5. Participación 7.2.6. Interculturalidad 8. OBJETIVO ..............................................................................................................................................................227 9. CONCEPTOS 9.1. SANA CONVIVENCIA 9.2. COMUNIDAD EDUCATIVA 9.3. CONVIVENCIA 10.DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA......................................................................228 10.1. Del niño y la niña 10.2. Apoderados 10.3. Educadoras de Párvulos 10.4. Director/a 10.5. Técnico en Párvulos 10.6. Sostenedor 11. DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ..................................................................................230 11.1. Del niño y la niña 11.2. Apoderados
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    217 11.3. Director/a 11.4. Educadoras 11.5.Técnico en Párvulos 11.6. Sostenedor 12.NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.......................................................................................233 12.1. Tramos curriculares 12.2. Horarios de Funcionamiento 12.3. Atrasos / Inasistencias (horario, puntualidad y asistencia 12.4. registro de matrícula 12.5. organigrama del establecimiento 12.6. Roles y funciones de los directivos, educadoras, docentes y asistentes de la educación ................................................................................................................................237 12.6.1. Director/a 12.6.2. Inspector/a General 12.6.3. Jefe/a Unidad Técnica 12.6.4. Coordinador/a Pedagógico 12.6.5. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA) 12.6.6. Encargado/a Convivencia Escolar 12.6.7. Coordinador/a Programa de Integración Escolar 12.6.8. Docente / Educadora de Párvulos PROFESIONALES PROGRAMA DE INTEGRACIÓN............................................................................241 12.6.9. Docente Diferencial 12.6.10. Kinesiólogo/a 12.6.11. Fonoaudiólogo/a 12.6.12. Psicopedagogo/a 12.6.13. Psicóloga 12.6.14. Terapeuta Ocupacional PROFESIONALES DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR .................................................243 12.6.15. Psicólogo/a 12.6.16. Trabajador/a Social 12.6.17. Apoyo informático ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.................................................................................................................. 24 12.6.18. Secretaria 12.6.19. Técnico en Párvulos 12.6.20. Tutor/a 12.6.21. TENS 12.6.22. Inspectores de Patio 12.6.23. Apoyo Inspectoría 12.6.24. Portero/a 12.6.25. Personal de Servicios 12.7. Los mecanismos de comunicación 12.7.1. Comunicación Familia-Escuela 13. REGULACIONES REFERIDAS A LOS PROCESOS DE ADMISIÓN ...........................................249 14. COBROS ................................................................................................................................250 15. REGULACIONES UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL 15.1. Uniforme Escolar 15.2. Higiene Personal 15.2.1. Corte de cabello 15.2.2. Limpieza de uñas 15.3. Regulaciones sobre uso de uniforme, ropa de cambio y pañales 16. REGULACIONES REFERIDAS AL AMBITO DE LA SEGURIDAD, LA HIGIENE, Y LA SALUD ...............................................................................................................................................253
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    218 16.1. Plan deIntegral de Seguridad Escolar (ver anexo PISE) 16.2. Medidas Orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud en el Establecimiento 16.2.1. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento 16.2.2. Medidas Orientadas a resguardar la salud del establecimiento 17. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA ..................................................255 17.1. Regulaciones Técnico-pedagógicas 17.2. Regulaciones sobre estructuración de los niveles educativos y la trayectoria de los párvulos 17.3. Regulaciones sobre salidas pedagógicas 18. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO…. 257 18.1. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar 18.2. Del Encargado de Convivencia 18.3. Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de Participación y los mecanismos de coordinación entre éstas áreas y los Establecimientos. 18.3.1. Centro general de Padres y apoderados 18.3.2. Consejo de Profesores/as 18.4. PLAN DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR (ver Anexo) 18.5. Restricción en la aplicación de medidas disciplinarias en el nivel de educación parvularia PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ............................................................................................262 1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE LOS PARVULOS NO CONSTITUYENTES DE DELITO .......................................................................................................................263 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL Ante situaciones de maltrato y/o Abuso infantil...........................................................................265 2.1. Indicadores de negligencia 2.2. Indicadores de maltrato físico 2.3. Indicadores de abuso psicológico o emocional 2.3.1. Indicadores emocionales en el niño 2.3.2. Indicadores comportamentales en el adulto cuidador 2.4. Indicadores de maltrato psicológico 3. PROTOCOLO DE DERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y APOYO PSICOSOCIAL..................................................................................................................276 4. MEDIDA EXCEPCIONAL DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA ESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio adaptativas y/o Académicas) PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA ESCOLAR.................................................277 5. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR...................................280 6. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DEVIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y El agresor es funcionario del establecimiento)...................................................................................281 7. PROTOCOLO PARA SITUACIONES DEVIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS (Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario del establecimiento) ......................................................................................282
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    219 ANEXO DOCUMENTOS OFICIALES •COMPROMISO DE INASISTENCIAS, DPTO. CONVIVENCIA ESCOLAR… ................................................... 159 • FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL......................................... 160 • AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........161 • AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA REALIZAR MUDA DE ROPA A PÁRVULO EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU HOGAR.................................... 162
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    220 1. INTRODUCCION. Art.1 Elpresente instrumento está elaborado/diseñado para resguardar un ambiente optimo entre todos los miembros de la comunidad educativa, está regulado por derechos y deberes, establece la organización y funcionamiento del nivel entre todos los actores educativos. Está sujeto a actualizaciones y complementos acorde a los nuevos requerimientos de la nueva institucionalidad (intendencia de educación Parvularia) o de la misma comunidad escolar, para facilitar las relaciones y el desarrollo armónico del proceso educativo. 2. IDENTIFICACIÓN DE LA ESCUELA 2.1 ANTECEDENTES GENERALES Nuestro establecimiento está ubicado en la comuna de Pozo Almonte, es de dependencia municipal, ubicada en el sur poniente de la localidad. Atiende a una población de 921 estudiantes, repartidos en 28 cursos de Educación Parvularia a Octavo Año. Tiene un alto índice de vulnerabilidad el cual asciende a un 85,38%, atiende a 171 estudiantes que pertenecen a PIE y en la medición SIMCE 2017 ha experimentado un repunte de 5% en los IDPS logrando llegar a un 85% de logros. Establecimiento Escuela Básica Estrella del Sur RBD 12617-9 Dirección Estación # 551 Tipo de Enseñanza Educación Parvularia y Enseñanza Básica Comuna Pozo Almonte Dependencia Municipal Teléfono +56971355422 Correo Electrónico escuela.estrelladelsur@cormudespa.cl
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    221 2.2. HISTORIA La Escuela“Estrella del Sur” se funda 4 de abril del año 2000, como anexo de la Escuela Básica Pozo Almonte. Situada en la parte sur de la comuna, su creación surge de la necesidad de dar respuesta al crecimiento poblacional de ese sector, por la construcción de la Villa 2000 y Santa Ana. 2.3. NIVEL DE ENSEÑANZA • Educación Parvularia (NT1 – NT2) • Educación General Básica. • Jornada Escolar Completa (JEC). 2.4 ASISTENCIA ESCOLAR • Programa de Alimentación Escolar (PAE JUNAEB). • Programa Salud Escolar. • Becas de vestuario y útiles escolares. • Programa mejoramiento para Subvención Escolar Preferencial (SEP). • Textos escolares. • Redes de apoyo externas. 2.5 APOYO Y FORMACIÓN • Programa de Integración Escolar (PIE). • Apoyo de diversos especialistas. • Programas de estudio del MINEDUC. 2.6. INFRAESTRUCTURA Las dependencias del sector parvulario están construidas en su totalidad de material sólido contando con: • 06 salas de clases • SSHH estudiantes • Espacio Multiuso • Patio central techado. 3. JORNADA ESCOLAR ED. PARVULARIA HORARIO JORNADA Entrada Salida 08.00 hrs. 14.30 hrs.
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    222 HORARIO ALIMENTACIÓN DESDEHASTA Desayuno 08.45 hrs. 09.00 hrs. Almuerzo 11.45 hrs. 12.00 hrs. *3° colación 13.00 hrs. 14.00 hrs. * El horario de 3° colación es más extenso dado que se realiza por turnos en el sector de educación parvularia. 4. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL 4.1. VISIÓN La escuela básica Estrella del Sur, quiere posicionarse como un centro educativo que basa su quehacer en el respeto a la diversidad y la sana convivencia, potenciando las habilidades y competencias individuales, formando personas integrales en lo cultural, artístico, científico- tecnológico y/o deportivo, que le permita enfrentar futuros desafíos. 4.2. MISIÓN La escuela básica Estrella del Sur entrega educación integral de NT1 a octavo año básico, a estudiantes de la provincia del Tamarugal, fomentando la sana convivencia en un ambiente de actitud inclusiva potenciando el desarrollo de habilidades y adquisición de conocimiento s para generar competencias en las áreas científica-tecnológica, deportiva, artística y/o cultural, respetando la diversidad, formando personas que valoren su entorno, con identidad cultural y desarrollando herramientas que contribuyan a la continuación de sus estudios. 4.3. SELLOS 5. La diversidad para el aprendizaje integral de toda la comunidad educativa. 6. Desarrollo de habilidades por medio de la exploración que promuevan el área artística, deportiva, cultural y científica-tecnológica. 7. La sana convivencia y el buen trato de la comunidad educativa. 8. La valoración del entorno natural y cultural. 4.4. VALORES
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    223 RESPETO – DIVERSIDAD– HONESTIDAD – EMPATÍA – DISCIPLINA 5. ORGANIZACIÓN 5.1. Estructura La organización de nuestra Escuela, tanto en su ámbito de funcionamiento como de Convivencia, se estructura en base a los siguientes organismos: • Equipo Directivo • Equipo de Gestión • Equipo PIE • Equipo de Convivencia Escolar. • Consejo Escolar • Consejo de Profesores 5.2. Actores Escolares. • Estudiantes • Apoderados • Asistentes de la educación • Docentes y Educadoras • Directivos • Sostenedor 5.3. Participación de los actores escolares Art2. La comunidad educativa se compone de seis actores escolares: estudiantes, docentes, directivos/as, apoderadas/os, asistentes de la educación y sostenedor. Junto a sus respectivos derechos y deberes explicitados en los puntos 9 y 10 de este documento, existen instancias formales de participación para cada uno de ellos. Las instancias de participación son relevantes para desarrollar una comunidad escolar que promueva la democracia y una ciudadanía activa. Este manual de convivencia reconoce y norma las instancias formales de participación en la escuela, pero también da cabida y fomenta otras instancias de participación u organización autónoma de cada uno de los actores escolares, las cuales podrán funcionar en el establecimiento, siempre y cuando no violenten el desarrollo de los aprendizajes y el sentido de la normativa escolar. 6. FUNDAMENTOS
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    224 El presente documentotiene como fundamento los elementos establecidos en: 6.1. Normativa Internacional 6.1.1. Declaración Universal de los Derechos Humanos: reconoce expresamente los derechos de niños y niñas, mandatando a los Estados parte a asegurar bienestar y protección social. También promueve como pilares de la educación el respeto, la tolerancia, la comprensión y la amistad. 6.1.2. Convención Internacional de los Derechos del Niño: es el texto jurídico más relevante en cuanto a reconocimiento de niños y niñas como sujetos de derecho, ratificada por Chile en el año 1990, se rige por 4 principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección y su participación en las decisiones que los afecten. 6.2. Normativa Nacional Las fuentes de normas legales, reglamentarias y administrativas que se consideraron para la elaboración del presente reglamento interno y que fueron utilizadas como referente para este proceso, son las siguientes: a) Constitución Política de la República: establece que la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, debiendo el Estado promover la Educación Parvularia. b) Código Procesal Penal: su aplicación es relevante en materias de reglamentos internos, puesto que establece la denuncia obligatoria de directores, inspectores y docentes de establecimientos educacionales ante delitos que afecten a niños y niñas, y que hubieran tenido lugar, o no, en dicho establecimiento. c) Código Penal: contempla figuras específicas en relación con la vulneración de la integridad física o psíquica de niños y niñas que son constitutivas de delitos, y por tanto obliga a la comunidad educativa a denunciarlas cuando se presentan. Cabe destacar que recientemente se creó una nueva figura penal que castiga el menoscabo físico o el trato degradante que se ejecute en contra de un niño o niña. Se considera una figura agravada, cuando el adulto que cometiera el delito tiene un deber de cuidado, es decir, esta figura se aplica para los contextos de las comunidades educativas, lo cual se relaciona directamente con el contenido de los Reglamentos Internos. d) Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 11 de diciembre de 1967, del Ministerio de Salud, que fija el Código Sanitario. Debe tenerse presente sus normas especialmente en lo relativo a la higiene en los lugares de trabajo, elaboración y manipulación de alimentos, y de higiene y seguridad del ambiente. e) Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: sostiene que todos los niños y las niñas que asisten a los establecimientos de Educación Parvularia que Manual de Convivencia Escolar – Educación Parvularia cuenten con RO, estarán
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    225 protegidos por unseguro del Estado, en el caso de accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios. f) Decreto Supremo N° 156, de 12 de marzo de 2002, del Ministerio del Interior, que aprueba el plan nacional de protección civil, respecto a protocolos de accidentes y prevención de los mismos: Esta norma otorga definiciones, protocolos y procedimientos frente a un accidente o una emergencia dentro de los establecimientos educacionales. g) Resolución Exenta N° 51, de 2001, Ministerio de Educación que aprueba el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE), desarrollado por la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública: este es el instrumento articulador de las acciones institucionales e intersectoriales y tiene como propósito reforzar las acciones y condiciones de seguridad en las comunidades educativas. h) Ley N° 20.609, que Establece Medidas Contra la Discriminación: establece una tutela especial de protección frente a vulneraciones de derechos generadas por discriminación arbitraria. Esto es de vital importancia para los reglamentos internos, puesto que no pueden contener normas que arbitrariamente priven, perturben o amenacen el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales de niños y niñas, u otro miembro de la comunidad educativa. i) DFL N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370, Ley General de Educación: consagra derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa y, en específico, el artículo 46 exige para obtener RO un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. j) Decreto Supremo N°315, Educación, que reglamenta los requisitos de adquisición, mantención y pérdida del RO del Estado a los establecimientos educacionales de educación Parvularia, Básica y Media: establece que el reglamento interno debe regular las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad educativa, garantizando un justo procedimiento, en el caso que se contemplen sanciones. 7. PRINCIPIOS INSPIRADORES 7.1. Dignidad del Ser Humano La dignidad humana es un atributo que no hace distinciones y se aplica a todos los seres humanos, más allá de sus características o creencias, es decir, la dignidad no se otorga ni se quita puesto que es propia de cada hombre y mujer, sin embargo, puede ser vulnerada. Todo reglamento interno, tanto en su forma como en su contenido, debe resguardar el respeto de la dignidad de toda la comunidad educativa, y especialmente la dignidad de los párvulos puesto que, por sus características etarias y el desarrollo progresivo de la autonomía, se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad. 7.2. Niños y Niñas Sujetos de Derecho Históricamente niños y niñas fueron considerados como objetos de protección y se les señalaba como pasivos receptores de decisiones tomadas por adultos en función de lo que esos adultos consideraban. Hoy, y de la mano de Convención de los Derechos de Niño, se asume que niños y niñas son sujetos de derecho, es decir, que sus necesidades deben ser satisfechas no por
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    226 beneficencia sino porquees un derecho que debe ser garantizado por los adultos y las instituciones, así como ejercido por niños y niñas. Dado lo anterior, los párvulos son titulares de derechos, con capacidad de ejercerlos progresivamente de manera autónoma. Niños y niñas, tienen intereses, necesidades, opiniones y motivaciones particulares, las que deben ser respetadas y consideradas en la gestión del establecimiento educativo, en su diversidad, tanto a nivel de grupo como en su individualidad. 7.2.1. Interés Superior del Niño El interés superior del niño es un principio orientador que ordena las decisiones de la comunidad educativa. Nos referimos a que en cualquier decisión que pudiere afectar a los niños y niñas debe tenerse como objetivo principal garantizar el ejercicio de sus derechos. Este principio debe enfocar y circunscribir todo el quehacer de la comunidad educativa, posicionando a los párvulos como sujetos de derecho. Su puesta en práctica se da a través de acciones orientadas al desarrollo integral y bienestar de los párvulos. 7.2.2. Autonomía Progresiva de Niños y Niñas El principio de autonomía progresiva releva que niños y niñas ejercerán sus derechos de acuerdos a la evolución de sus facultades. Esto quiere decir que las y los adultos a cargo de ellos y ellas deben orientar y acompañar la toma de decisiones, considerando “los intereses y deseos del niño, así como la capacidad del niño para la toma de decisiones autónomas y la compresión de lo que constituye su interés superior”7 El rol e injerencia de los adultos en la toma de decisiones sobre la vida de los párvulos irá variando gradualmente de acuerdo con la evolución de sus facultades. 7.2.3. No Discriminación Arbitraria Tanto las normas de convivencia como los procedimientos de los reglamentos internos y las posibles sanciones deben aplicarse respetando los derechos fundamentales y sin distinciones arbitrarias fundadas en diferencias de género, raza, religión, nacionalidad, edad, orientación u otra. Siempre se debe considerar que todas las personas que componen la comunidad educativa son diversas en sus características e iguales en sus derechos. 7.2.4. Equidad de Género Tal como lo señala la Política Nacional de Convivencia Escolar, los reglamentos internos deben resguardar a todas las personas, independiente de su género u orientación sexual. Todos los niños y niñas tienen el derecho a ser tratados y protegidos con el mismo respeto y valoración, reconociendo que todos y todas son distintos, únicos y tienen iguales derechos. 7.2.5. Participación El reglamento interno es un instrumento de gestión que regula la forma de operar de los establecimientos, así como las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, por lo Manual de Convivencia Escolar – Educación Parvularia tanto, en su elaboración, implementación y modificación se debe considerar la participación de ellos y ellas. Esto se debe resguardar especialmente con niños y niñas, quienes tienen derecho a expresar su opinión y a que esta sea considerada en los asuntos que les afectan. 7.2.6. Interculturalidad Tanto el proceso educativo como el contenido del reglamento interno deben reconocer y respetar a cada niño, niña y sus familias en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión, tradiciones e historia. Esto implica que los establecimientos deben ampliar su mirada al definir normas, respetando la idiosincrasia de cada familia, en la medida que esta no vulnere los derechos de toda la comunidad. Se
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    227 espera que lacomunidad educativa potencie la construcción de un PEI inclusivo, en el que se avance desde la folklorización al real diálogo de las culturas. 8. OBJETIVO El presente Manual de Convivencia Escolar de Educación Parvularia tiene como objetivo establecer los principios, normas y procedimientos mediante los cuales se establecerá la sana convivencia como un derecho y un deber de todos los miembros de la comunidad educativa, teniendo especial relevancia la etapa de desarrollo en la que se encuentran las y los estudiantes de NT1 y NT2 respectivamente. De acuerdo al Artículo 16 A de la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, “Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. “La convivencia escolar se entiende, por tanto, como un fenómeno social cotidiano, dinámico y complejo, que se expresa y construye en y desde la interacción que se vive entre distintos actores de la comunidad educativa, que comparten un espacio social que va creando y recreando la cultura escolar propia de ese establecimiento”23 La convivencia escolar es el conjunto de relaciones sociales que se desarrollan al interior de la comunidad educativa, es decir, es la forma de tratarse que mantienen estudiantes, docentes, directivos, apoderadas/os y asistentes de la educación. La función social de la escuela es generar aprendizajes considerando los intereses, necesidades y expectativas de las y los estudiantes y sus familias. Por lo que debe orientar su estructura interna, metodologías de trabajo y toda su cotidianeidad en función de dicho objetivo. El establecimiento debe orientar su quehacer a la entrega de valores como el respeto, la participación, la tolerancia, la colaboración, espíritu crítico y constructivo. En la unidad educativa se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y democrática, con una visión multicultural, laica, considerando la distinción y relaciones de género, la identidad local y respeto al medio ambiente. 9. CONCEPTOS 9.1. SANA CONVIVENCIA La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. 23 Ministerio de Educación. (2015). Política Nacional de Convivencia Escolar, 2015/2018 (p. 25). Santiago: Gobierno de Chile.
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    228 9.2. COMUNIDAD EDUCATIVA Porcomunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. 9.3. CONVIVENCIA Por Convivencia se entiende la potencialidad que tiene las personas para vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa de un establecimiento educacional que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes. Esta concepción no se limita sólo a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos quienes participan del proceso educativo. 10.DERECHOS DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA. ACTOR DERECHOS Derecho a recibir educación íntegramente como persona. de calidad que le permita desarrollarse Derecho a utilizar la infraestructura y recursos del establecimiento. Derecho a no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico, político, cultural, religioso, físico u otro. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la escuela, así como también de sus pares. Derecho a un procedimiento justo y racional en la evaluación de núcleos de aprendizaje y en la aplicación de medidas formativas. Derecho a ser escuchado/a por las autoridades en todo procedimiento formativo. Derecho a desarrollar actividades culturales, científicas, deportivas, artísticas y/o recreativas extracurriculares de acuerdo a sus intereses e inquietudes. Derecho de las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) a ser evaluados diferenciadamente, de acuerdo a instrucción de profesional PIE con instrumentos adecuados y de forma diversificada. Derechos de los y las estudiantes a ser acompañados y evaluados de acuerdo a sus propios progresos. Decreto 67/2018. 10.1. Del niño y de la niña Se hacen parte del presente Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y Niña y la Constitución Política de la República de Chile. “Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. (Ley Nº 20.370, Art. 10) Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de
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    229 conciencia, sus conviccionesreligiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos”. (Ley Nº 20.370, Art. 10) ACTOR DERECHOS 10.2. Apoderados/as Derecho a participar activamente en el proceso de aprendizaje de su pupilo/a. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a organizarse autónomamente con otros apoderados/as. Derecho a conocer periódicamente los resultados académicos y los registros formativos de su pupilo/a Derecho a ser recibido y atendido oportunamente por las autoridades del establecimiento, según lo amerite el horario de atención y previa citación. Derecho a recibir oportunamente la documentación de su pupilo/la para los fines que estime conveniente. “Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados”. Derechos de los Padres, Apoderados(as) o Tutores (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370). 10.3. Educadoras de Párvulos Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento. Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el ejercicio docente. Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa. A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento. Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo. Derecho a capacitarse y reflexionar activamente con otras educadoras Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laborar de las y los docentes. Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su gestión directiva.
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    230 10.4. Director/a Derecho a recibirun trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa su establecimiento. Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de los directivos/as. 10.5. Técnico en párvulos Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su labor. Recibir seguridad, protección laboral y confidencialidad frente a cualquier caso de maltrato ejercido por cualquier miembro de la comunidad educativa. Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Acceder a medidas de seguridad para llevar a cabo sus labores. A que se respete su integridad física y moral Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. Derecho a participar activamente en la toma de decisiones del establecimiento. Disponer de útiles de trabajo y materiales necesarios para cumplir sus funciones. Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional. Derecho a organizarse autónomamente con otros/as. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los derechos consagrados en el Código del Trabajo y demás leyes vigentes. 10.6. Sostenedor Derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. Derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, Derecho a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente. 11.DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES ACTOR DEBERES 11.1. Del niño y la niña Los párvulos no tienen obligaciones ni deberes 11.2. Apoderados Los padres o apoderado que representan al estudiante, durante el año escolar, contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento, de responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el Manual de Convivencia. Ante la eventualidad de agresión física, verbal o amenaza por parte del apoderado contra un funcionario del establecimiento, se tomará la medida de la prohibición de ingreso a la escuela. Ante este evento, pasa a cumplir el rol el apoderado el suplente u otra persona. Cumplir con los horarios de ingreso y retiro del estudiante a la jornada escolar establecida o según corresponda. Los padres o apoderados que representan al estudiante, durante el año escolar, contraen un compromiso indelegable con la Dirección del establecimiento de responder por el estudiante dentro y fuera del establecimiento y respetar el Manual de Convivencia. Acompañar el proceso educativo de su pupilo/a.
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    231 Acercarse periódicamente alestablecimiento y conocer los resultados académicos y registros formativos de su pupilo/a. Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de apoderados/as y demás citaciones que realicen las autoridades del establecimiento. El apoderado que presente dos incumplimientos a reunión o citación quedará inhabilitado de ejercer su rol de apoderado, pasando el apoderado suplente a asumir el rol de titular, y deberá nombrar un nuevo apoderado suplente. Responder por los daños, no intencionales, que su pupilo pueda ocasionar a la infraestructura y que puedan dificultar el desarrollo normal de las clases. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370). 11.3. Director/a Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento. Estar informado de los cambios curriculares y normativas vigentes. Monitorear y corregir constantemente el funcionamiento del establecimiento, en sus ámbitos pedagógicos, administrativos y de convivencia escolar. Convocar e incluir a todas y todos los miembros de la comunidad escolar en diferentes instancias de reflexión y toma de decisiones del establecimiento. Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en el mismo. Mantener el manual de convivencia actualizado e informar de los cambios a toda la comunidad educativa. Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros del establecimiento. Sistematizar los resultados académicos y elaborar participativamente programas de mejora en el establecimiento. Evaluar al término del año escolar al personal de acuerdo a los perfiles de cargo, previamente conocidos por todos los funcionarios. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Orientar al personal de educación parvularia en estrategias y metodologías a utilizar en beneficio de los párvulos. Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento. Establecer vínculos y alianzas de cooperación con redes de apoyo institucional y organizaciones sociales del entorno. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de las y los directivos. También las orientaciones presentes en el Marco para la Buena Dirección del MINEDUC. Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes. Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los estudiantes. Tomar conocimiento de los cambios curriculares y Manuales vigentes para los niveles a su cargo Velar por la integridad física y psicológica de los párvulos a su cargo, dentro del establecimiento.
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    232 11.4. Educadoras Comprometer su desempeñocon el proceso educativo y cultura de altas expectativas del establecimiento. Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en el mismo. Conocer e intentar comprender técnicamente las características sociales, económicas y culturales de sus estudiantes. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio Planificar sistemáticamente su actividad docente. Realizar proceso de evaluación continuo, personalizado y acorde al decreto 67/2018. Desarrollar metodologías y dinámicas de clases atractivas para las o los estudiantes. Adecuar los contenidos y la metodología de clase a la realidad de las y los estudiantes, considerando sus necesidades, intereses y experiencias de vida como elementos fundamentales del proceso pedagógico. Adecuar estrategias y metodologías según el nivel que atiende y los diferentes ritmos de aprendizaje. Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un criterio centrado en lo pedagógico. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Entregar un trato respetuoso a los alumnos(as), compañeros(as) de trabajo, padres y apoderados. Mantener cuidados en la presentación personal en horarios de trabajo, tales como vestimenta, cabello, uñas, accesorios (aros, pulseras, cadenas) o cualquier elemento que pueda afectar el aprendizaje o seguridad de los párvulos. Capacitarse constantemente, actualizando sus conocimientos y habilidades pedagógicas. Recibir y atender personalmente a las y los apoderados/as que lo soliciten. Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas Evaluar diferenciadamente en el aula a las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) con el instrumento adecuado con el especialista PIE. Se hacen parte de este Reglamento Interno y Manual de Convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código Laboral de acuerdo a la relación laboral de las y los docentes. También las orientaciones presentes en el Marco para la Buena Enseñanza del MINEDUC. 11.5. Técnico en Párvulos Comprometer discreción y confidencialidad ante problemáticas de complejidad. Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un criterio centrado en lo pedagógico. Reconocer que su principal función es apoyar a la Educadora de Párvulos en el desarrollo de las actividades curriculares Cuidar el buen desarrollo de la clase, atendiendo a las necesidades de los educandos. Cuidar el orden y limpieza dentro de la sala de clases. Ejercer su función en forma idónea y responsable Mantener cuidados en la presentación personal en horarios de trabajo, tales como vestimenta, cabello, uñas, accesorios (aros, pulseras, cadenas) o
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    233 cualquier elemento quepueda afectar el aprendizaje o seguridad de los párvulos. Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. Difundir, respetar y otorgar cumplimiento a la normativa institucional contenida en el presente documento y los distintos protocolos de actuación contenidos en el mismo. Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. Se hacen parte de esta Reglamento Interno y Manual de Convivencia, los deberes consagrados en el Código del Trabajo para los trabajadores y trabajadoras. 11.6. Sostenedor Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia Esa información será pública Obligatoriedad a entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley. 12.NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO. 12.1. Tramos curriculares Nuestro establecimiento educacional imparte los niveles de NT1 y NT2 con 3 cursos por cada nivel respectivamente. 12.2. Horarios de funcionamiento El horario de Ingreso para todos los párvulos de lunes a viernes es a las 08:00 horas y los horarios de salida de lunes a jueves a las 14.30 horas y el día viernes a las 12.30 horas en jornada ordinaria. Dichos horarios son informados al momento de la matrícula y reforzados en el mes de marzo a la comunidad educativa. Para cambios de actividades en la jornada donde se altere el horario normal de término, se informa con anterioridad a los padres y apoderados para que no presenten dificultades en el recojo de sus hijos e hijas. 12.3. Atrasos/ Inasistencias (Horario, puntualidad y asistencia) a) Atrasos al inicio de la jornada escolar La puntualidad es un hábito que todos los y las estudiantes deben formar y adquirir para toda la vida desde temprana edad. El hábito de la puntualidad es necesario para la formación de la eficacia, la responsabilidad y el orden y es deber de los padres educar en este valor.
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    234 12.3.1. Nuestro establecimientotiene un horario determinado para su funcionamiento y atención. Estos horarios permiten tener un orden, además que ayudan a la coordinación de las clases y descansos de los miembros de la comunidad educativa. Ningún estudiante atrasado/a será devuelto a su hogar y es deber de los padres, apoderados y/o tutores de los estudiantes velar por el cumplimiento de la puntualidad al ingreso de cada jornada escolar. • Si la conducta se repite por parte del apoderado, será citado en primera instancia por Inspector/a General para entrevista en donde se le llame a la reflexión. • Si la conducta es reiterativa por el apoderado, será citado por el/la directora/a. b) Asistencia La asistencia a clases es obligatoria, como también a todas las actividades lectivas o funciones del establecimiento para las cuales fuesen citados. • Para educación parvularia la asistencia no tiene incidencia en su promoción, pues es automática. c) Inasistencias Las inasistencias de los y las estudiantes a los establecimientos educacionales con o sin justificación, afectan su aprendizaje • Toda inasistencia a clases debe ser notificada previamente o justificada posteriormente en la libreta de comunicaciones o cuaderno del estudiante por el apoderado, y cuando sea requerido en forma personal (inasistencias reiteradas sin aviso). • En caso de enfermedad, el apoderado debe presentar certificado médico, en un plazo no mayor a 48 horas. • De presentarse ausencias reiteradas se procederá a citar al apoderado vía telefónica por un funcionario/a de inspectoría para hacer firma del compromiso de asistencia en Conv. Escolar. (Ver anexo DOCUMENTO COMPROMISO POR INASISTENCIAS) • Si las llamadas telefónicas no tienen efecto positivo, se procederá a visita domiciliaria por la dupla psicosocial del nivel respectivo. • Si todos los pasos anteriores son infructuosos se procederá a realizar la denuncia correspondiente por vulneración de derechos. d) Retiro de Estudiantes desde el establecimiento Al finalizar la jornada escolar los y las estudiantes de educación parvularia, deberán ser retirados por su apoderada/o o un adulto/a responsable, previamente acreditado para esta función (registrados en inspectoría).
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    235 Será deber delas y los apoderados, retirar puntualmente a sus estudiantes, al término de la jornada escolar. Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento que justifique dicho retiro. Los retiros durante la jornada de clase se realizarán por el apoderado(a) durante la mañana hasta las 13:00 horas. 12.4. Registro de Matrícula Para el proceso de matrícula, los padres, apoderados y/o adultos responsables, deberán completar la ficha destinada para estos efectos en las fechas indicadas por MINEDUC, la cual puede obtener en las dependencias de nuestro establecimiento con personal de inspectoría que se encontrará asistiendo en el proceso. 12.5. Organigrama del establecimiento (ver página siguiente)
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  • 243.
    237 12.6. Roles yfunciones de los directivos, educadoras, docentes y asistentes de la educación. 12.6.1. Director/a b) Cargo Director/a. c) Cargo (s) que los supervisa Director de Educación. d) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo de Gestión, Docentes, Educadoras, Administrativos, Auxiliares. Asistentes de Educación, d) Misión del Cargo Administrar y gestionar los recursos humanos, financieros y pedagógicos de los Establecimientos Educacionales, con el objetivo de alcanzar estándares educativos de alto rendimiento, cautelando el cumplimiento de los lineamientos establecidos desde la Corporación. • Funciones del cargo • El/La Director(a) de la escuela debe ser un profesional capaz de liderar los procesos y desafíos que exigen los procesos educativos actuales, entre ellos están definir y difundir el PEI y la Planificación Estratégica del Establecimiento, liderar los procesos de gestión pedagógica, proveer de apoyo técnico a docentes. monitorear la implementación curricular, las prácticas pedagógicas y la evaluación de los logros del aprendizaje, de manera de mantener el foco en los procesos de enseñanza aprendizaje, además de promover el trabajo colaborativo de y entre los docentes y el equipo directivo • El Director(a) debe gestionar la convivencia y la participación de la comunidad escolar, propiciar un clima de trabajo que favorezca las relaciones humanas con el fin de generar un clima escolar basado en relaciones de confianza y respeto, la habilidad de comunicarse de manera efectiva, abierta, clara y congruente. • El director debe promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva, equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes y desempeño de todos los miembros del establecimiento. • Debe tener capacidad de generar condiciones institucionales que permitan realizar en forma adecuada los procesos de selección, evaluación y desarrollo del personal del establecimiento, establecer condiciones de trabajo que permitan a los docentes y asistentes de la educación desarrollar todas sus motivaciones y capacidades, gestionando los recursos de forma eficaz, con el fin de potenciar las condiciones de calidad de vida dentro del establecimiento, el director debe hacer frente a situaciones complejas resolviendo conflictos con estrategia, método y decisión. • Ser capaz de organizar los recursos físicos y financieros y apoyar el logro de las metas y prioridades del establecimiento asegurando que la administración y control financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento. • Debe ser un líder que muestre empatía frente a sus dirigidos, rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus dirigidos. 12.6.2. Inspector/a General
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    238 a) Cargo Inspector/aGeneral. b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento. b) Cargo (s) a los cuales supervisa Educadoras, Docentes, Equipo PIE, Equipo Conv. Es, Técnicos en Párvulos, Administrativos, Auxiliares. d) Misión del Cargo Generar las condiciones para el óptimo desarrollo de las actividades administrativas y curriculares, además de velar por el cumplimiento 68 del Reglamento Interno dl establecimiento, generando así un ambiente de sana convivencia. • Funciones del cargo • El Inspector general es la persona que tiene la capacidad de influir en la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente. • Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas. • Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo. • Es asertivo para expresarse eficazmente. Su comunicación persuasiva incide directamente en la disciplina y orden del estudiantado. Es capaz de adaptar el nivel comunicativo a las diferentes edades de sus interlocutores. Es un canal de comunicación válido entre el director (a) y los profesores y estudiantes. • Es capaz de poner en práctica un sistema de control del comportamiento que permita promover un buen clima de convivencia escolar, desde una perspectiva operativa • Puede manejar situaciones riesgosas (Control de riegos y manejo de accidentes) y anticiparse a situaciones que conlleven riesgo de accidentes y/o conflictos en el estudiantado, ocurrencia de accidentes. • Aplica un correcto criterio al momento de intervenir en la resolución de conflictos. 12.6.3. Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica a) Cargo Jefe/a Unidad Técnica Pedagógica b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes, Educadoras, Equipo PIE, Asistentes de la educación, Personal Administrativo d) Misión del Cargo Brindar asesoría a la Dirección del establecimiento, así como gestionar la programación, supervisión y seguimiento de las actividades curriculares. Todo esto, con el fin de entregar una educación de calidad. • Funciones del cargo • El (la) jefe de UTP, es el profesional que lidera junto al director(a) el proceso académico del establecimiento, enfrentando los desafíos que demandan los actuales procesos, educativos, debe ejercer un liderazgo con foco pedagógico, y demostrar capacidad para organizar las actividades técnico-pedagógicas, determinando objetivos y metas claras alineadas con las de la institución. • El jefe(a) técnico, debe tener competencias para brindar apoyo técnico e interactuar con los Coordinadores y movilizar a los profesores en el
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    239 proceso de aprendera mejorar su práctica la cual debe estar vinculada a los objetivos del proceso técnico pedagógico del Establecimiento • Debe ser capaz de organizar los recursos didácticos y asignarles el uso adecuado, implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje. 12.6.4. Coordinador/a Pedagógico a) Cargo Coordinador/a Pedagógico Educación Parvularia b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Educadoras, Docentes del nivel, Técnico de párvulos d) Misión del Cargo Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares afines que están a su cargo, promover y acompañar el fortalecimiento de las capacidades de desempeño pedagógico en los docentes a fin de contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados educativos. • Funciones del cargo • El Coordinador Pedagógico es quien acompaña y orienta a las educadoras para fortalecer su desempeño y mejorar su práctica en el aula, la educadora que por su trayectoria está validada para ejercer liderazgo educativo de gestión junto al equipo pedagógico, acompaña, retroalimenta, promueve el diálogo y la reflexión entre pares para mejorar la práctica individual y colectiva, motiva a los docentes y reconoce sus logros comparte sus conocimiento, es empático, responsable, disciplinado en su trabajo vive y promueve los principios declarados en el Proyecto Educativo Institucional, para lograr avances y mejoras en el aprendizaje de los estudiantes. 12.6.5. Coordinador/a Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA) a) Cargo Coordinador/a CRA b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Docentes - Educadoras d) Misión del Cargo Promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones curriculares y pedagógicas de la escuela, junto con motivar a los estudiantes a la lectura e investigación, ayudando a ubicar el material buscado y manteniendo un ambiente adecuado para la lectura. Además, trabaja para que la circulación del material sea expedita y mantiene la colección bien clasificada y en buen estado. • Funciones del cargo • PENDIENTE 12.6.6. Encargado/a de Convivencia Escolar a) Cargo Coordinador de Convivencia Escolar
  • 246.
    240 b) Cargo (s)que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Área de Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte c) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo Psicosocial, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos. d) Misión del Cargo Promover el enfoque formativo, inclusivo y participativo de la convivencia escolar implementando acciones, iniciativas, programas y proyectos que fomenten el desarrollo de una convivencia escolar positiva. Considerando el contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la comunidad educativa. Aportando en la generación de una cultura de buen trato de manera multidireccional y fortaleciendo el vínculo de trabajo colaborativo entre las redes internas y externas • Funciones del cargo • El Coordinador de Convivencia es el profesional cuya responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje, es una persona que genera actitudes de escucha, respeto y tolerancia, acompaña constantemente en la resolución de conflictos, crea conciencia en los estudiantes, docentes asistentes y padres de familia, los valores institucionales. Es empático (a), respetuoso (a) y vela además por el manejo de estrategias adecuadas para lograr mejores aprendizajes en los estudiantes. • Es un profesional que maneja competencias para articular las acciones de convivencia con el currículo para desarrollar en forma natural y sistemática las habilidades sociales afectivas y cognitivas en los estudiantes y comunidad escolar. 12.6.7. Coordinador/a Programa de Integración Escolar (PIE) a) Cargo Coordinador/a PIE b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal PIE., Área de Educación y Corporación Municipal de Pozo Almonte c) Cargo (s) a los cuales supervisa Equipo profesionales PIE, Docentes, Asistentes de Educación y Administrativos. d) Misión del Cargo Liderar un equipo multidisciplinario que, en conjunto, aporten al desarrollo de prácticas pedagógicas de atención a la diversidad que favorezcan la instalación de una cultura inclusiva dentro del establecimiento • Funciones del cargo • El Coordinador(a) PIE es el profesional que deberá velar porque la normativa vigente (Decreto Nº170/2009, Decreto Nº83/2015, Ley de Inclusión, Ley 20.422, entre otras) se cumpla dentro del establecimiento educacional en el cual se desempeña, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias que favorezca la equidad de oportunidades en todos los estudiantes y erradique las barreras del establecimiento. 12.6.8. Docente / Educadora de Párvulos a) Cargo Docente / Educadora de Párvulos b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a Pedagógica, Coordinador/a de Convivencia Escolar, Coordinador/a PIE
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    241 c) Cargo (s)a los cuales supervisa Asistentes de Aula d) Misión del Cargo Entregar una educación integral, llevando a cabo los procesos sistemáticos de enseñanza y formación, favoreciendo el desarrollo intelectual y emocional de los alumnos, para así poder brindar mayores oportunidades futuras. • Funciones del cargo • El docente de aula / Educadora es el profesional capaz de ejercer un liderazgo pedagógico que comprometa activamente a sus estudiantes con su proceso de aprendizaje. El/La docente / Educadora debe mostrar un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencia y calidad, mostrar habilidad para buscar, trabajar colaborativamente y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo personal y profesional, • Debe tener capacidad de influir en la cultura del establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional y como con los principios declarados en el Estatuto Docente. Debe ser respetuoso (a), empático (a), tener disposición para acceder al perfeccionamiento y a nuevos aprendizajes, y de esta forma adquirir las competencias para desarrollar en sus estudiantes destrezas y habilidades de orden superior, para el logro de mejores aprendizajes. Profesionales Programa de Integración 12.6.9. Docente Diferencial a) Cargo Docente Diferencial b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General y Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Asistentes de Aula (Tutoras/es) d) Misión del Cargo Diseñar y planificar procesos educativos que atiendan a la diversidad, para favorecer los aprendizajes de los estudiantes, principalmente a aquellos que presentan NEE. • Funciones del cargo • El profesor/a Diferencial del programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 12.6.10. Kinesiólogo/a a) Cargo Kinesiólogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Evaluar de manera funcional y psicomotriz a los y las estudiantes, siendo una base para orientar a los docentes sobre el refuerzo y adquisición de
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    242 nuevos conocimientos, paraque logren de mejor manera, su inserción al sistema escolar regular. • Funciones del cargo • El Kinesiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 12.6.11. Fonoaudiólogo/a a) Cargo Fonoaudiólogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Facilitar la participación de todos los estudiantes dentro de la comunidad educativa, especialmente de aquellos que presentan NEE asociadas a lenguaje y comunicación. • Funciones del cargo • El Fonoaudiólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá detectar, diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales a nivel de sus competencias comunicativas y de lenguaje, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con Profesores de aula, Asistentes de la Educación, equipo Directivo y Apoderados. 12.6.12. Psicopedagogo/a a) Cargo Psicopedagogo/a b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Asistentes de Aula (Tutoras/es) d) Misión del Cargo Diagnosticar y mejorar el sistema educativo de los y las estudiantes del PIE, aportando ajustes en los métodos didácticos como en los pedagógicos que intervienen en el desarrollo de su educación. • Funciones del cargo • El Psicopedagogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 12.6.13. Psicólogo/a a) Cargo Psicólogo/a Programa de Integración Escolar
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    243 b) Cargo (s)que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Formar parte del equipo de aula, desarrollando un trabajo colaborativo con los profesores, participando en la planificación de los planes educativos individuales PAI, proveyendo de acuerdo a sus competencias profesionales, mejores respuestas educativas a los estudiantes con NEE y el grupo curso en general. • Funciones del cargo • El Psicólogo/a del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados. 12.6.14. Terapeuta Ocupacional a) Cargo Terapeuta Ocupacional b) Cargo (s) que los supervisa Director del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General, Coordinador/a PIE, Coordinación Comunal PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Facilitar los procesos e interacciones de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE), con la finalidad de favorecer su Desempeño Ocupacional en el contexto educativo y Transición hacia una Vida Activa (TVA). • Funciones del cargo El/La profesional Terapeuta Ocuacional del Programa de Integración Escolar deberá diagnosticar y atender a los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales, favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, asistentes de la educación, equipo directivo y apoderados Profesionales Departamento de Convivencia Escolar 12.6.15. Psicólogo/a a) Cargo Psicólogo/a Convivencia Escolar b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord. Departamento Conv.Es. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Favorecer oportunamente el proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes, por medio del desarrollo de capacidades y habilidades educativas a nivel personal, grupal, institucional y comunidad, considerando su contexto emocional, social, económico y cultural de cada miembro de la comunidad educativa, con intervenciones eficientes y cariñosas.
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    244 • Funciones delcargo • El Psicólogo que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del trabajo con los estudiantes que presenten esta necesidad, derivada de su desarrollo emocional o social, procurando en su salud mental. 12.6.16. Trabajador/a Social a) Cargo Trabajador/a Social b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Coordinación Comunal Conv.Es., Coord. Departamento Conv.Es. c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Apoyar el proceso escolar de los y las estudiantes que presenten dificultades en el ámbito social, especialmente a aquellos que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, con el fin de favorecer su permanencia en el sistema escolar. • Funciones del cargo • El trabajador Social que trabaja en Convivencia Escolar es responsable de contribuir al proceso de enseñanza aprendizaje, ya sea este individual o grupal, a través del trabajo con os estudiantes que presenten la necesidad de ser asistidos en el área social, procurando propiciar un clima organizacional de aprendizaje seguro, adecuado y socialmente equitativo en su desarrollo como persona. 12.6.17. Apoyo informático a) Cargo Encargado/a de Apoyo Informático - REDES b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Vigilar la mantención y correcto funcionamiento de redes de internet y material tecnológico para el correcto uso de ellos en el proceso educativo de todos los miembros de la comunidad educativa. • Funciones del cargo • El encargado de Apoyo Informático o Encargado de Enlaces, es el Profesional que deberá velar por el normal funcionamiento de las redes de internet en las distintas dependencias del establecimiento, además de mantener en óptimas condiciones el material tecnológico utilizado tanto por los docentes, estudiantes y demás funcionarios del área administrativa, en el quehacer diario de la escuela, mantiene una actitud atenta al requerimiento de los estudiantes, docentes, asistentes de la educación y Equipo Directivo y apoderados, es apoyo constante en el área de Unidad Técnica en el ámbito tecnológico en el desarrollo de distintas tareas que se le asignan mantiene una rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes. Asistentes de la Educación
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    245 12.6.18. Secretaria a) CargoSecretaria / Administrativo b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Ejecutar las labores de apoyo administrativo designadas según su función, en forma ordenada y de acuerdo a los plazos y normas establecidas, para cumplir de forma correcta y oportuna los objetivos de su área. • Funciones del cargo • Las habilidades y competencias que debe poseer la secretaria o el secretario para desarrollar de manera eficiente su labor profesional en la oficina, esencialmente, son el buen trato, brindar un servicio de calidad y calidez humana a los jefes, compañeros de trabajo, docentes y estudiantes, en sus labores cotidianas, es la imagen primera que tiene la comunidad para cuando ingresa a la escuela, recibe a los visitantes. • Es disciplinada y discreta con los documentos que emite o recibe tiene habilidades de comunicación, es muy proactiva, tiene iniciativa y es autónoma, es consciente de su rol y los lineamientos del PEI, con los cuales se logra un alto rendimiento institucional para conseguir mejores aprendizajes en los estudiantes. 12.6.19. Técnico en Párvulos a) Cargo Asistente de Aula b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Coordinador/a pedagógico, Educadoras, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Asistir a los y las educadoras y docentes, complementando y apoyando las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas y asistenciales de la educación parvularia. • Funciones del cargo • La Técnico en párvulos es la persona que acompaña en la labor educativa a la Educadora, para propiciar un ambiente grato de trabajo, cálido y agradable para establecer una relación de confianza entre el adulto y el párvulo, debe ser proactiva en todos los espacios educativos en que se desenvuelve, debe mantener una actitud atenta y afable al requerimiento de los niños, atenta y cordial con los apoderados, muestra empatía frente a sus pares y estudiantes, rigurosidad y disciplina en su trabajo y un trato afable y respetuoso hacia sus superiores. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes 12.6.20. Tutor/a a) Cargo Tutor/a b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Jefe Unidad Técnico Pedagógica, Inspector/a General, Coord. PIE c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes NEEP
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    246 d) Misión delCargo Asistir a los y las docentes, complementando y apoyando las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas cognitivas, recreativas y asistenciales de la educación de los y las estudiantes con NEEP. • Funciones del cargo • El tutor/a del Programa de Integración Escolar deberá atender a uno o más estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales Permanentes (NEEP), favoreciendo un clima escolar inclusivo y de respeto hacia la diversidad, permitiendo a su vez, formar integralmente a los estudiantes a través de la implementación de estrategias diversificadas creadas colaborativamente con profesores de aula, profesionales PIE, equipo directivo y apoderados. Es responsable en el cumplimiento de sus deberes, respetuoso y empático. 12.6.21. TENS a) Cargo Técnico en Enfermería b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Encargada/o de dirigir, supervisar y mantener activa una unidad de atención de Primeros Auxilios y velar por el bienestar físico de los miembros de la comunidad escolar a través de la resolución rápida y oportuna de acciones asistenciales y educativas contribuyendo de esta forma, a mantenerles en óptimas condiciones de salud. • Funciones del cargo • La o él TENS es la persona encargada de la Enfermería del establecimiento, por lo tanto, es quién realiza las prestaciones de Primeros Auxilios a los estudiantes luego de ocurrido un accidente escolar o por complicaciones por alguna patología o enfermedad que los estudiantes padezcan, mantiene un ambiente grato y cordial. • La o él TENS es empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo. 12.6.22. Inspectores de Patio a) Cargo Inspectores/as b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Estudiantes d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del establecimiento. • Funciones del cargo • Es la persona que apoya la labor del Inspector general, es quien colabora en la orientación de los estudiantes en su conducta y actitud, buenos hábitos y costumbres, es la persona que controla las inasistencias atrasos presentación personal, lo cual incide en los índices de eficiencia interna. Presta primeros auxilios y vela por que el entorno estudiantil se mantenga aseado.
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    247 • La personaque cumple el rol debe ser empática, acogedora, proactiva y responsable en el cumplimiento de sus deberes, y disciplinada en su trabajo. 12.6.23. Apoyo Inspectoría a) Cargo Apoyo Inspectoría b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso atención y funcionamiento de Inspectoría General. • Funciones del cargo • Quienes cumplan labores de apoyo a inspectoría, deben cautelar en todo momento actuar en forma coherente tanto con los valores del Proyecto Educativo Institucional, como con los principios éticos de la profesión docente. • Es responsable y se compromete con el cumplimiento de las tareas encomendadas. • Es capaz de generar relaciones interpersonales que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo. 12.6.24. Portero/a a) Cargo Inspector/a portería b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General c) Cargo (s) a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Realizar actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor, con el objetivo de apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de las diversas áreas del establecimiento. • Funciones del cargo • El portero o portera es la persona que debe favorecer la buena conducta de estudiantes a la entrada y salida del establecimiento, estimular las habilidades sociales de los estudiantes mediante el saludo correcto. Mostrar un trato cordial frente a sus superiores, docentes, padres y apoderados y sus pares. • Favorece las relaciones de respeto y cordialidad entre todos los integrantes, mediante la recepción empático y acogedora. • Es responsable en el cumplimiento de sus deberes. 12.6.25. Personal de Servicios a) Cargo Auxiliar de servicios menores de aseo y servicios menores de mantenimiento. b) Cargo (s) que los supervisa Director/a del Establecimiento, Inspector/a General
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    248 c) Cargo (s)a los cuales supervisa Ninguno d) Misión del Cargo Brindar apoyo en las labores de cuidado, protección, mantención y limpieza del establecimiento. • Funciones del cargo • El auxiliar de aseo es el funcionario que cumple una muy importante función en las dependencias interiores y exteriores de la escuela, son quienes exteriorizan con su ejemplo y sencillez un clima de respeto hacia las personas con quienes comparten el día a día, deben ser honestos, responsables y disciplinados al momento de acatar las normas de la institución, trasmitir hábitos y buenas costumbres en especial a los estudiantes colaborando en inculcar el cuidado del entorno, contribuyendo desde su rol, al logro de los objetivos del proyecto educativo Institucional. 12.7. Los mecanismos de comunicación i. Para efectos formales de comunicación con madres, padres y/o apoderados se utilizará la libreta o cuaderno de comunicaciones para contacto directo de las educadoras o docentes del nivel. Adicionalmente están las instancias de reuniones. ii. Como medio informal no oficial, puede considerarse los llamados telefónicos y/o mensajería vía plataformas de contacto telefónico. iii. Para información institucional, se utilizarán diversos medios como: ➢ comunicaciones impresas y plataforma de gestión escolar (LIRMI) ➢ publicación en paneles en espacios comunes del establecimiento. ➢ Publicación en página web institucional ➢ Publicaciones en RRSS (FanPage Facebook, Instagram) 12.7.1. Comunicación Familia-escuela Todo estudiante debe contar con una apoderada/o titular y otro suplente, debidamente oficializados al momento de la matrícula. El o la apoderada entregará al establecimiento datos de contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico, entre otros. El/la inspector(a) general será responsable de mantener actualizado y operativo dicho registro para su oportuna utilización en los casos pertinentes. La vía oficial de comunicación entre el establecimiento y la familia, es la libreta de comunicaciones, la que él o la estudiante deberá traer al establecimiento todos los días.
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    249 a) Reuniones deApoderados Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los aprendizajes de las y los estudiantes, abarcando tanto lo académico como la convivencia escolar. i. Cada curso realizará al menos 01 reunión bi mensual, las que se deben desarrollar en un horario establecido, potenciando la participación activa de la mayoría de lasy los apoderados. ii. Las reuniones de apoderadas/os deberán ser planificadas y calendarizadas al comienzo del año escolar, siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la apoderada/o con una semana de anticipación a su fecha de realización. iii. En cada reunión, las apoderadas/os recibirán información general de los avances pedagógicos y formativos de su pupilo/a. Las apoderadas/os que no pudiesen asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en horarios de atención de apoderadas/os establecidos por la educadora correspondiente, en la semana siguiente a la fecha en que se efectuó la reunión. *No podrán ser sancionados las/os estudiantes cuyos apoderados/as no asistan a reunión, ya que no es pertinente sancionar a un actor por el incumplimiento de un deber de otro. b) Entrevista con un/a Educadora/Docente Para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia, el/la apoderado/a, educadora/profesoras/es u otra/o profesional del establecimiento, podrán solicitar una entrevista, en un horario prefijado en la unidad educativa. i. Cada educadora/docente o profesional de apoyo del establecimiento, deberá fijar un horario de atención de apoderadas/os, el cual será debidamente informado a las familias de los/as estudiantes que atiende. ii. Será un deber de las educadoras/docentes y profesionales de apoyo del establecimiento que citen apoderadas/os, atenderles personalmente y no podrán delegar esta función en otra persona o funcionario de la unidad educativa la citación a un/a apoderado/a o la solicitud de reunión con un Docente o Directivo, por parte de este, deberá ser informada al establecimiento con un mínimo de tres días de anticipación y explicitando claramente su objetivo y tema a tratar. 13. REGULACIONES REFERIDAS A LOS PROCESOS DE ADMISIÓN “Los procesos de admisión de estudiantes a los establecimientos educacionales se realizarán por medio de un sistema que garantice la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades, y que vele por el
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    250 derecho preferente delos padres, madres o apoderados de elegir el establecimiento educacional para sus hijos”24 Para el proceso de matrículas da conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley General de Educación y según se indica en el Sistema de Admisión Escolar para educación parvularia a lo consignado en el Decreto N°152 el cual aprueba Reglamento del proceso de admisión de los y las estudiantes de establecimientos educaciones que reciben subvención a la educación gratuita o aportes del estado. Las edades correspondientes cada nivel corresponden a: • Para Nivel de Transición 1 (NT1), los estudiantes inscritos deben tener 4 años al 31 de marzo. • Para Nivel de Transición 2 (NT2), los estudiantes inscritos deben tener 5 años al 31 de marzo. “Los procesos de admisión de alumnos y alumnas deberán ser objetivos y transparentes, publicados en medios electrónicos, en folletos o murales públicos. En ningún caso se podrán implementar procesos que impliquen discriminaciones arbitrarias, debiendo asegurarse el respeto a la dignidad de los alumnos, alumnas y sus familias, de conformidad con las garantías reconocidas en la Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile, en especial aquellos que versen sobre derechos de los niños y que se encuentren vigentes.”25 1) Se publicará en todos los medios de comunicación, detallados en 11.7 de este documento, y que sean de uso de nuestro establecimiento las fechas de postulación y vacantes disponibles para cada nivel, así como también las fechas de los resultados. 2) En la misma publicación se indicará los antecedentes y/o documentación a presentar. 14. COBROS El establecimiento no solicita pago alguno por concepto de matrícula, mensualidad o para insumos propios del quehacer educativo. Por tal razón, cualquier aporte que se realice para actividades, será de carácter voluntario. 15. REGULACIONES UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL 15.1. Uniforme Escolar El Decreto Supremo Nº 215 del Ministerio de Educación del año 2009, establece que los directores de los establecimientos educacionales que cuenten con reconocimiento oficial, podrán con acuerdo del respectivo Centro de padres y Apoderados, Consejo de Profesores, y previa 24 (DFL 2 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005, 2010) 25 (DFL 2 FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº20.370 CON LAS NORMAS NO DEROGADAS DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, 2010)
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    251 consulta al Comitéde Seguridad Escolar, establecer el uso obligatorio del uniforme escolar. Se deberá procurar que éste sea económico y no ostentoso de manera que no sea un impedimento para que los niños, niñas y jóvenes puedan asistir a sus instituciones educativas. En caso que el uso del uniforme sea obligatorio, los directores de los establecimientos educacionales por razones de excepción y debidamente justificada por los padres o apoderados, podrán eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o parcial del uniforme. En ningún caso, el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de ingresar o permanecer en el establecimiento educacional. Sin embargo, los estudiantes deben presentarse y retirarse diariamente con uniforme institucional del colegio completo y bien presentado (limpio, ordenado, correspondiendo a la talla del estudiante) Uniforme para niñas Uniforme Formal Oficial Uniforme Deportivo / Diario • Buzo deportivo institucional • Polera institucional c/ cuello de piqué • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado y tomado concollet color azul, gris, blanco o negro. • Buzo deportivo institucional • Polera institucional deportiva(cuello redondo) • Calzas azules deportivas / Short azul deportivo • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado y tomado con collet color azul, gris, blanco o negro. Uniforme para niños Uniforme Formal Oficial Uniforme Deportivo / Diario • Buzo deportivo institucional • Polera institucional c/ cuello de piqué • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado • Buzo deportivo institucional • Polera institucional deportiva (cuello redondo) • Short azul deportivo • Zapatillas deportivas color blanco • Cabello peinado *NOTA: EL USO DEL UNIFORME OFICIAL FORMAL SERÁ UTILIZADO PARA CEREMONIAS O ACTOS DE PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL, PREVIAMENTE SEÑALADOS Y/O PARA CADA DÍA LUNES SEGÚN SEA INDICADO POR INSPECTORÍA GENERAL. El uso inadecuado o el no uso del uniforme institucional como la presentación personal, no es sancionado para educación parvularia, pero cuando ocurra debe ser informado por el/la apoderado/a a la educadora para exponer la razón. Los y las estudiantes pueden participar en las actividades del colegio sin su uniforme, debiendo ser autorizados y como caso excepcional por motivos justificados por el padre, apoderado o adulto responsable.
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    252 15.2. Higiene Personal Elcuidado e higiene personal es un área formativa y abordable en todos los y las estudiantes y es deber de los padres y apoderados junto con todos los agentes educativos velar por su cumplimiento. 15.2.1. Corte de cabello • Varones: Cabello ordenado, evitando un largo excesivo que entorpezca su desempeño. • Damas: Color de cabello natural, sin tinturar. Amarrado, tomado a elección, dejando el rostro despejado. Se sugiere el uso de collets de colores institucionales. 15.2.2. Limpieza de uñas Las uñas deben estar cortas y limpias tanto en niñas como niños, evitado así que mientras juegan puedan arañarse accidentalmente. 15.3. Regulaciones sobre uso de uniforme, ropa de cambio y pañales a) El uniforme podrá ser adquirido en el lugar que mejor se ajuste al presupuesto familiar. b) Su utilización es obligatoria, pero pudiendo eximirse de forma total o parcial de su uso para los párvulos, en formas excepcionales, debiendo previamente justificar el padre, la madre o el apoderado. c) De ser necesario el padre, la madre o el apoderado deberá enviar ropa de recambio, considerando las necesidades particulares del niño/niña. d) Cada apoderado deberá firmar al momento de la matrícula, una autorización para realizar una muda de emergencia y/o el traslado del/la estudiante a su hogar ante una situación excepcional, en la cual no haya podido ser contactado vía telefónica ni tampoco el apoderado suplente, fundamentado en el bienestar e interés superior del niño y la niña. (ver anexo) e) Ante una situación de emergencia, que amerite el cambio de ropa de el/la estudiante, se comunicará vía telefónica con el apoderado, solicitando su presencia en la inmediatez presentándose con un cambio de vestimenta, para realizar la muda correspondiente. f) Si el paso anterior fracasa, se procederá a comunicar al apoderado suplente para realizar la misma acción. g) De no tener éxito en los pasos anteriores, se procederá a facilitar alguna ropa limpia/seca, que se disponga en ese momento, la cual será mudada por la educadora/técnico respectivo del grupo curso al cual pertenezca el/la estudiante, que será acompañada y/o asistida por la inspectora del nivel. Posteriormente se procederá a trasladar a el/la estudiante a su hogar, considerando el interés superior del niño y la niña.
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    253 (Ver Anexo DOCUMENTOS,AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARA REALIZAR MUDA DE ROPA A PÁRVULO, EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU HOGAR) 16. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD, LA HIGIENE Y LA SALUD 16.1. Plan Integral de Seguridad Escolar. (Ver anexo PISE) 16.2. Medidas orientadas a garantizar la higiene y resguardar la salud en el establecimiento El Reglamento Interno debe determinar las medidas necesarias para garantizar la higiene de los espacios que habitan los párvulos, de los elementos de uso cotidiano y también de las condiciones referidas a su cuidado, con el propósito de resguardar la salud e higiene de éstos y toda la comunidad educativa. Adicionalmente, en el nivel parvulario, la implementación de dichas medidas contribuye con el desarrollo de los niños y las niñas, y la construcción de sus aprendizajes.26 16.2.1. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento a) Medidas de higiene del personal que atiende a los párvulos. Los y las funcionarios/as que atiendan a los párvulos ya sea al interior del espacio áulico o en el comedor deberán mantener una higiene constante de manos. Especialmente al momento de asistir en la muda de ropa o en la distribución de los alimentos. b) Consideraciones generales sobre higiene en momento de uso de baños. • Limpieza diaria y constante de los espacios de SSHH, a lo menos cada vez que se utilicen. • Se utilizarán diversos productos de limpieza, desinfección y químicos que permitan garantizar una adecuada higienización de todos los elementos y espacios (lavamanos, wc, pisos, espejos, papeleros, etc.) Los párvulos son acompañados hasta la puerta, en donde se les proporciona papel higiénico y jabón para que en forma autónoma ocupen los servicios higiénicos, siempre con la supervisión de la técnico y/o Educadora. c) Consideraciones generales sobre higiene en el momento de alimentación. • El personal de servicios es el encargado de mantener la limpieza y ventilación de los comedores. • La limpieza del comedor para uso de párvulos se realiza diariamente limpiando las mesas, sillas y sus pisos. La limpieza se realiza antes y después que los párvulos consuman sus alimentos. Los pisos del comedor son limpiados diariamente, optimizando así los estándares de higiene de éstos. 26 Superintendencia de Educación. (2019). Circular de Reglamentos Internos para establecimientos de Educación Parvularia (p. 22). Santiago.
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    254 • El personalde servicios deberá ejecutar todas las acciones necesarias para mantener el recinto en condiciones higiénicas óptimas. • Se evaluará semestralmente el estado de la infraestructura, del espacio físico interno tales como iluminarias, techos, murallas, sillas y mesas entre otros. d) Consideraciones generales sobre higiene en aula • El aseo de las aulas será diario, al finalizar cada jornada por el personal de servicios. • Durante la jornada de clases, las aulas deberán permanecer ventiladas a través de puertas o ventanas que deben estar abiertas de forma permanente, siempre y cuando la temperatura ambiente lo permita. • El material didáctico de uso comunitario debe ser desinfectado cada vez que finalice su uso por el personal en sala. • A su vez colchonetas y mobiliario de forma diaria. • Para evitar la presencia de plagas, se realizará fumigación de espacios según calendario de CORMUDESPA, la cual será su responsabilidad. 16.2.2. Medidas orientadas a resguardar la salud en el establecimiento Todas las medidas dispuestas, deben tener como finalidad disminuir los contagios que puedan afectar la continuidad del servicio educativo y, por ende, las oportunidades de aprendizaje de las niñas y niños. Lo anterior, con el objetivo de resguardar el interés superior del niño y la niña directamente afectado o afectada y de sus pares. (Superintendencia de Educación, 2019) a) La promoción de acciones preventivas Se dará especial énfasis en la información al hogar en tales como adhesión a campañas de vacunación, informativos de prevención de enfermedades estacionales, recomendaciones de autocuidado, diagnósticos tempranos y control de Niño Sano. b) Acciones frente a enfermedades transmisibles más comunes y de alto contagio i. En el caso de que un/una estudiante presente alguna sintomatología de una enfermedad transmisible o de alto contagio, se informará a la familia a fin de que tome las medidas que sean necesarias. ii. Ventilar los espacios y/o ambientes donde hubo presencia de el/la estudiante con sintomatología. iii. Desinfección de espacios con aerosol, toallitas desinfectantes u otro elemento que se indique. iv. Indicación de acciones de autocuidado orientado al resto del grupo curso y adultos a cargo. v. Se informará a la familia del resto de las y los estudiantes a fin de que observen si se generó algún contagio
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    255 c) Procedimiento parael suministro de medicamentos a niños y niñas por parte del personal del establecimiento. Las educadoras y sus asistentes no podrán administrar ningún medicamento a las y los estudiantes. Salvo autorización escrita del padre, madre o apoderado y con el debido respaldo médico que señale medicamentos a administrar, dosis, duración del tratamiento y frecuencia podrá realizar la acción en su defecto el/la profesional TENS. d) Procedimiento para el traslado de los párvulos a un centro de salud i. Si el/la estudiante repentinamente empeora su condición y existe riesgo vital, es necesario tomar la decisión correcta y así favorecer la atención oportuna, se realizará el traslado de el/la estudiante al centro asistencial más cercano. ii. La persona responsable de su ejecución será el profesional TENS, en compañía de Inspector/a General. iii. Paralelamente, un funcionario/a de inspectoría se encargará de dar aviso a la madre, padre o apoderado vía telefónica. e) Requerimientos para el reingreso de un párvulo Para que un/una estudiante de párvulos se reintegre al establecimiento luego de inasistencia pro enfermedad, el/la apoderado/a deberán presentar en inspectoría un documento emitido por el médico tratante que certifique que el o la estudiante se encuentra de alta. 17. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA Es obligatorio que todo Reglamento Interno contemple los siguientes contenidos: 17.1. Regulaciones técnico-pedagógicas La organización pedagógica del equipo educativo de educación parvularia de la escuela Básica Estrella del Sur, está conformado por: a) Jefa/e de Unidad Técnica b) Coordinador/a de Ciclo, quienes tienen la responsabilidad de gestionar la organización curricular, la evaluación del aprendizaje, la supervisión de tareas pedagógicas y la coordinación de perfeccionamiento docente. A su vez, el equipo educativo del nivel está conformado por el/la Jefe/a de Unidad Técnica, Coordinador/a de ciclo y educadoras, quienes tienen la responsabilidad de la toma de decisiones respecto a las materias que se enuncian anteriormente a través de reuniones de coordinación. El Plan de Estudio de Educación Parvularia será en los siguientes ámbitos: Desarrollo Personal y Social, Comunicación Integral, Interacción y Comprensión. Para su evaluación ver (art. 10° REGLAMENTO DE EVALUACIÓN) En relación a la escala de calificación en Educación Parvularia ver (art 16° REGLAMENTO DE EVALUACIÓN)
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    256 17.2. Regulaciones sobreestructuración de los niveles educativos y la trayectoria de los párvulos • Primer Nivel Transición: 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente. • Segundo Nivel de Transición: 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente. 17.3. Regulaciones sobre salidas pedagógicas Cada curso podrá organizar paseos y/o salidas pedagógicas del establecimiento, las que consisten en: • Salidas Pedagógicas: Actividades de aprendizaje organizadas y desarrolladas fuera del establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de uno o varios de los subsectores y complementarias al proceso de enseñanza. Se desarrollan en horario de clases y deben contar siempre con la supervisión del docente del subsector respectivo. Por ejemplo, salidas a museos, zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, etc. Se requerirá solicitar la autorización a la Dirección del establecimiento al menos con 15 días de anticipación, adjuntando la autorización escrita de todos/as las y los apoderadas/os de las y los estudiantes participantes y el patrocinio Núcleo de Educación. a) Responsabilidad Escuela: 1) Entrega por escrito del o los objetivos pedagógicos que se tratarán en la salida pedagógica a Dirección. A los estudiantes y apoderados se les informará por medio de una reunión los detalles de salida, retorno y horarios de la actividad, lugar a visitar y medio de trasporte a utilizar. 2) Entregar con tiempo prudente, las autorizaciones respectivas para ser firmadas por el padre/madre, apoderado y/o tutor. 3) La educadora/el docente a cargo deberá llevar un listado de los estudiantes autorizados para la salida, en que se registrará la asistencia, que incluya números de teléfonos de apoderados en caso de emergencias, e incluso situaciones especiales. 4) En caso de que un/una estudiante se encuentre bajo algún tratamiento médico o sufra alguna condición de salud específica, deberá estar respaldado por su certificado médico (plazo final de entrega de papel médico, 4 días antes de la salida a terreno) 5) La educadora/docente responsable de la salida pedagógica, deberá portar 03 formularios de accidente escolar. (por precaución) 6) De sufrir algún accidente, el estudiante será trasladado al Servicio de salud más cercano, informando inmediatamente al apoderado y Dirección. 7) Las educadoras/docentes y técnicos de párvulos responsables acompañaran en todo momento a los estudiantes, procurando el reguardo físico y emocional de los mismos. b) Responsabilidad Estudiantes: 1) Seguir las instrucciones del personal a cargo, el cuidado del transporte, el respeto por el entorno físico a visitar (por ejemplo, el de no caminar a lugares no permitidos.) 2) Intencionar el autocuidado, generando un clima de sana convivencia, procurando el buen trato, un vocabulario respetuoso, aprovechando al máximo el carácter pedagógico de la salida. (En caso de que se genere una alteración grave a la sana convivencia, la educadora/docente responsable, tendrán la facultad para decidir el retorno inmediato de la delegación completa)
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    257 3) Evitar todaacción temeraria que ponga en riesgo a cualquier integrante de la delegación con acciones como: a) Separarse del grupo. b) Atravesar barreras de prohibición c) Se debe utilizar el cinturón de seguridad en todo el viaje, tanto de ida, como de retorno 4) Colaborar y acatar las normas de la Escuela en todo momento, esto implica que no pueden tomar sus propias determinaciones, tener una actitud proactiva, apoyando el orden del grupo. c) Responsabilidad de la madre, padre, apoderado y/o tutor: 1) Cada apoderado deberá firmar con anticipación la autorización de la salida pedagógica, en el tiempo estipulado, en caso de no cumplir con las fechas pactadas, el estudiante no podrá asistir a la actividad. Sólo se aceptará la autorización por escrito y bajo firma. 2) Es su responsabilidad, entregar en un plazo máximo de 04 días antes de la actividad, el/los certificados médicos que respalden algún tratamiento médico o condición de salud específica del párvulo, dicha situación debe ser presentada en Inspectoría, quien a su vez lo informará a la educadora/docente encargado de la actividad y a UTP. 3) Enviar a su pupilo/a con la presentación personal acorde al clima y circunstancia de la salida, según corresponda (uniforme oficial, ropa deportiva, zapatillas, gorro para evitar el sol, ropa de recambio, botellas con agua, bloqueador solar) 4) Apoyar, aprovisionando los recursos necesarios requeridos (ej: botella de agua, bloqueador solar, colaciones, ropa deportiva para la caminata, papel higiénico, etc.) 5) Promover el autocuidado de su pupilo/a, respeto del entorno y seguir las instrucciones y normas establecidas por la escuela y el adulto responsable, para mantener la seguridad. * Procedimiento detallado se encuentra en Protocolo para Salidas Pedagógicas 18. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO La normativa educacional define la buena convivencia como “La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos, en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”27 Contemplar la política de buen trato hacia los educandos para brindar una educación de calidad es un desafío que se orienta a concebir a los niños y niñas como sujetos de derecho. Estas son las definiciones respecto a los términos que convocan la elaboración de este documento respecto a una política de buen trato: a) Definición de buen trato Forma de relación que se caracteriza, por reconocer y valorar al otro con empatía, comunicación efectiva y la resolución de conflictos. Estas relaciones generan un ambiente favorable para el bien estar y el óptimo desarrollo de los educandos. 27 Artículo 16 A de la Ley General de Educación.
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    258 b) Promoción debuen trato en Educación Parvularia Para promoción del Buen Trato en Educación Parvularia, se realiza un plan de intervención standard (para intervención de nivel) y específico (casos especiales) elaborado por la dupla psicosociales del Dpto. de Convivencia Escolar, el cual consta de diversas actividades que fomentan: i. Promoción de valores de buena convivencia ii. Confianza entre el educador y los estudiantes iii. Modelamiento de conductas iv. Uso de refuerzos positivos los cuales asegurarán que en un futuro próximo las habilidades sociales de los estudiantes de educación parvularia, se vean enriquecidas. 18.1. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar El Consejo Escolar tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo. En todo caso el carácter resolutivo del Consejo Escolar podrá revocarse por parte del sostenedor al inicio de cada año escolar.28 De acuerdo a la Ley 19.979, el consejo escolar es una instancia colegiada en la que participan representantes de cada estamento de la comunidad escolar. Posee un carácter consultivo y debe ser informado oportunamente sobre todos los ámbitos de funcionamiento del establecimiento educacional. Los integrantes del consejo escolar son: • Director/a • Sostenedor/a o su representante. • Un/a representante de las y los docentes. • Una representante de la educadoras • Coordinador/a de Convivencia Escolar • Un/a representante de las y los estudiantes. • Un/a representante de las y los apoderadas/os. • Un/a representante de las y los asistentes de la educación El consejo escolar debe sesionar al menos dos veces por semestre y su oportuna convocatoria será responsabilidad de la dirección del establecimiento. Los aspectos mínimos que deben ser presentados y trabajos por el consejo escolar son: • Proyecto Educativo Institucional. • Manual de Convivencia. • Programación anual y actividades extracurriculares. 28 (LEY 19979, MODIFICA EL REGIMEN DE JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA Y OTROS CUERPOS LEGALES, 2004)
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    259 • Planes demejoramiento. • Cuenta anual. • Metas de gestión • Fiscalizaciones 18.2. Del encargado de convivencia Nuestro establecimiento cuenta con un Coordinador/a de convivencia escolar, cuyo nombramiento y definición de funciones deben constar por escrito. De acuerdo a la Ley Sobre Violencia Escolar, se establece que sus principales funciones son: ➢ Participar activamente del equipo de gestión en la implementación del Proyecto Educativo Institucional. ➢ Promover la creación y funcionalidad de un Equipo de Convivencia Escolar en el establecimiento. ➢ Promover, monitorear y evaluar la ejecución del Plan de Gestión de Convivencia Escolar, aprobado por el Consejo Escolar, generando estadísticas e indicadores de logro, asociadas a las acciones implementadas. ➢ Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la Comunidad Educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena Convivencia Escolar. ➢ Participar, coordinar y liderar un trabajo colaborativo entre el Consejo Escolar, Equipo de Convivencia y su cargo en materias de gestión y educación de la convivencia escolar. ➢ Potenciar el trabajo en red con organismos e instituciones de la comuna y otros establecimientos educacionales en materias de convivencia escolar. 18.3. Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de participación y los mecanismos de coordinación entre éstas y los establecimientos 18.3.1. Centro de General de Padres y Apoderadas/os. Las y los apoderadas/os podrán organizarse voluntariamente en un centro general de apoderadas/os. Con esta organización las y los apoderadas/os podrán involucrarse y aportar significativamente en los procesos de aprendizaje y el quehacer institucional de la unidad educativa. El centro general de apoderadas/o tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de apoderadas/os será dirigido por una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos: d. Presidenta/e. e. Secretaria/o. f. Tesorera/o.
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    260 El centro generalde apoderadas/os es una organización autónoma, que puede optar incluso a la obtención de una personalidad jurídica, por lo que su funcionamiento no debe ser tutelado o condicionado por el equipo directivo del establecimiento. Constituye una instancia formal de participación y representación de un estamento escolar, por lo que debe ser considerada, invitada y consultada frente a ámbitos como: • Proyecto educativo institucional. • Manual de convivencia. • Actividades extracurriculares. • Planes de mejoramiento. 18.3.2. Consejo de Profesores/as. El consejo de profesores/as es conformada por todas y todos los docentes del establecimiento, así como por las y los asistentes de la educación de acuerdo a los requerimientos de los temas a tratar. Su realización debe ser periódica, sistemática y planificada. Los consejos de profesores/as serán dirigidos por un/a directivo/a y tendrán los siguientes objetivos: • Evaluación académica trimestral, semestral y anual según corresponda. • Evaluación disciplinaria ya sea para casos particulares o colectivos (curso). • Diseño, planificación y coordinación de aspectos técnico pedagógico. • Promover e incentivar el perfeccionamiento vinculado a innovaciones curriculares. • Planificar, coordinar y evaluar el abordaje pedagógico de aspectos relacionados con la convivencia escolar. • Planificar y evaluar ceremonias y actos cívicos, actividades extracurriculares y paseos y salidas pedagógicas del establecimiento. Durante el desarrollo de los consejos de profesores/as la actitud de las y los participantes debe ser atenta, participativa y profesional. El Consejo de Profesores podrá tener carácter resolutivo en materias técnico pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del establecimiento. Queda estrictamente prohibido utilizar dicha instancia para la venta de productos o servicios, la revisión de pruebas o trabajos o cualquier actividad que no corresponda al sentido del consejo. 18.4. Plan de Gestión de Convivencia (Ver Anexo) 18.5. Restricciones en la aplicación de medidas disciplinarias en el nivel de Educación Parvularia En el nivel de Educación Parvularia, la alteración de la sana convivencia entre niños y niñas, como asimismo entre un párvulo y un integrante de la comunidad educativa, no da lugar a la aplicación de ningún tipo de medida disciplinaria en contra del niño o la niña que presenta dicho comportamiento, por cuanto, éste se encuentra en pleno proceso de formación de su personalidad, de autorregulación y de aprendizaje de las normas que regulan su relación con otros.
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    261 En esta etapa,es clave el aprendizaje de la resolución pacífica de conflictos, lo que implica aprender a compartir, a jugar y relacionarse con el entorno social y cultural.
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    263 1. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS PÁRVULOS NO CONSTITUTIVAS DE DELITO Son situaciones de riesgo de vulneración de derechos de los párvulos aquellas en que se atenta contra los derechos de los niños y niñas que son parte de la comunidad educativa, que no se configuran como delitos o hechos de connotación sexual. Este protocolo contempla, procedimientos específicos para abordar las situaciones de vulneración de derechos, tales como descuido o trato negligente. Son ejemplos de vulneración de derechos de los párvulos: 1) Cuando no se atienden sus necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario, vivienda y protección. 2) Cuando no se les proporciona atención médica básica, o no se les brinda protección y/o se les expone ante situaciones de peligro. 3) Cuando no se atienden sus necesidades psicológicas o emocionales. 4) Cuando existe abandono, y/o cuando se les expone como espectadores a hechos de violencia o de uso de drogas ilícitas. ACCIONES Y/O PASOS A SEGUIR Detección 1) De visualizar conductas negligentes por parte del adulto responsable del estudiante, la educadora o técnico correspondiente, deberán informar por escrito a la brevedad al departamento de convivencia escolar. 2) Si existe la sospecha de vulneración de derechos, las educadoras del nivel o la técnico correspondiente, deberán informar a la brevedad al departamento de convivencia escolar, para ser atendido por la dupla psicosocial respectiva. Indagación 3) Una vez recibido el caso, la dupla psicosocial referirá acta de entrevista con la educadora, técnico o inspectora del nivel para complementar información obtenida del primer relato. 4) Si se detecta que el estudiante es usuario de la red de protección de SENAME, se deberá solicitar la triangulación de la información con la finalidad de que la dupla interviniente desde el programa base, tome conocimiento de los nuevos hechos. 5) Si el estudiante no es usuario de la red de protección SENAME, se requerirá de forma inmediata al adulto responsable para conocer contexto de la situación detectada. Información 6) Se procederá a informar a Inspectoría General y Dirección sobre situación detectada y proceso indagatorio, según levantamiento de información. Denuncia 7) De no presentarse el apoderado, se procederá a realizar la denuncia correspondiente a OPD, Carabineros de Chile o en su defecto a los organismos competentes de la comuna.
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    264 Acción Descripción Responsables Plazo pronunciamiento Detección Siexiste la sospecha de vulneración de derechos, las educadoras del nivel o la técnica correspondiente, deberán informar a la brevedad al coordinador de convivencia escolar, quien derivará a dupla psicosocial del nivel. • Educadora • Técnico Asistente • Inspectora de patio • Coord. Convivencia Escolar Inmediato (apenas sea detectado el hecho) Indagación Una vez recibido el caso, la dupla psicosocial referirá acta de entrevista con la educadora, técnico o inspectora del nivel para complementar información obtenida del primer relato. Dupla psicosocial Paralelamente, requerirá de forma inmediata, vía telefónica, a entrevista al apoderado del estudiante para conocer contexto de la situación detectada. En las primeras 24 horas de detección del hecho. Información Se procederá a informar a Inspectoría General y Dirección sobre situación detectada y proceso indagatorio. • Coord. Convivencia Escolar Denuncia De no presentarse el apoderado, se procederá a realizar la denuncia correspondiente a OPD o en su defecto a Carabineros de Chile • Coord. Convivencia. Escolar • Dupla psicosocial
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    265 2. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL ANTE SITUACIONES DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL El primer paso previo ante cualquier intervención protectora, consiste en identificar aquellos signos, señales y/o indicadores que dan cuenta que un niño, niña o adolescente puede ser víctima de alguna situación maltratante. Esto es considerado la primera condición para intervenir en casos de maltrato infantil y posibilitar así la ayuda necesaria. Cuando se habla de responsables de la detección de situaciones de desprotección infantil se plantean dos fuentes (Junji,2009): • La primera dirigida a los ciudadanos en general (vecinos, familiares, conocidos, etc.). • La segunda, todos aquellos profesionales en contacto con la infancia (personal sanitario, profesorado, servicios de salud, entre otros). Para los profesionales en contacto con la infancia, la labor de detección debe estar orientada a conocer factores de riesgos, señales de alerta o indicadores de maltrato y/o abuso sexual infantil entre los que destacan: La detección de factores de riesgo Son factores personales y/o socio familiares que pueden precipitar la situación de maltrato. Estos pueden asociarse a la condición del niño, la niña, la familia, contexto social o ambiental. La detección de las señales de alerta Corresponden a signos o síntomas que indican algún desajuste en el desarrollo físico o emocional de un niño y que parece poco acorde a la etapa evolutiva en la que se encuentra. Acá es importante valorar si los síntomas son resultados de una situación de maltrato o alguna otra situación de origen diferente que está afectando al niño, niña o adolescente La detección de indicadores de maltrato infantil. Se trata de signos objetivos que estarían asociados a una manifestación concreta del maltrato infantil. En términos generales, la labor debe centrarse en poner atención a cualquier cambio brusco en el comportamiento, signos, señales e indicadores de maltrato infantil que pueda presentar un niño. Acoger, sin interrogar, el relato de este o algún adulto significativo acerca de situaciones que hacen pensar en maltrato o agresión sexual infantil. En particular, la determinación de un caso de maltrato infantil es conveniente efectuarla de acuerdo con los cuatro elementos centrales que se describen en el siguiente cuadro (Observatorio de la Infancia (2006): Historia Son datos aportados por el propio niño, otros profesionales (educador, docentes, médicos, trabajadores sociales, psicólogos etc.,) y/o personas cercanas al niño o a su grupo familiar, como vecinos o amigos. Observación, indicadores comportamentales y/o físicos. Consiste en visibilizar indicadores físicos y/o comportamentales tanto en el niño, como en la figura del acompañante y/o supuesto agresor. Atender al aspecto externo que presenta el niño, sus relaciones
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    266 con sus paresu otros adultos (por ejemplo: asistencia al colegio, contacto con la familia, etc., ) Datos sociales Se trata de identificar los factores de riesgos como los de protección que cuenta el niño, niña o el adolescente, y que permiten una mejor comprensión de la situación, así como también una adecuada toma de decisiones, Además, es clave informarse sobre la situación que atraviesa el niño a nivel familiar. Por ejemplo, si vive con su familia de origen u otra sustituta. Antecedentes complementarios Es relevante contar con los antecedentes médicos (lesiones, anamnesis en casos de negligencia), escolares, informes de derivación, informes de rehabilitación en caso de contar con alguna discapacidad que merme su autonomía, psicológicos, interconsultas, etc.). 24.1. INDICADORES DE NEGLIGENCIA Comprende la falta de cuidados necesarios e indispensables para garantizar la conservación de la salud en las distintas áreas requeridas por un niño, niña o adolescente: física, mental y social. Indicadores físicos asociados al niño • Alimentación inadecuada a las necesidades que posee el niño. • Vestuario inadecuado a la época y a las condiciones climáticas. • Presencia de suciedad y falta de higiene en la presentación personal del niño. • Retraso en crecimiento talla y peso. • Por largos períodos de tiempo se encuentra sin supervisión. • Condiciones domésticas peligrosas para el niño. Indicadores comportamentales y sociales asociados al niño • El niño pide o roba comida. • Suele quedarse dormido y no asiste a clases. • Manifiesta verbalmente ausencia de una persona que le cuide. • Se ausenta del hogar por períodos largos. • • Socialización de calle. • Mantiene vinculación con grupos de pares o mayores a su edad en contextos delictivos Indicadores emocionales, comportamentales y sociales de los padres o cuidadores • Abuso de alcohol o drogas. • Apatía o indiferencia hacia el hijo o la hija. • Bajo nivel intelectual o mentalmente enfermo. Exploración de datos de anamnesis Observación física y/o antecedentes entregados por examen de salud general del niño o niña Observación directa de conductas y actitudes del niño como del adulto a cargo de su cuidado
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    267 • Despreocupación porenfermedades del hijo sin dar cumplimiento a las indicaciones dadas por los especialistas. • Adultos con exceso de actividades sociales o laborales. • Conductas de compensación material hacia el hijo. • Se delega el cuidado en terceros con dudosa capacidad. • Permisividad en el ausentismo escolar. • Aislamiento social progresivo con la consiguiente reducción del espacio vital y red social. 24.2. INDICADORES DE MALTRATO FÍSICO Todo maltrato físico comprende un acto no accidental que provoca un daño o situación de sufrimiento para un niño, niña o adolescente. En este contexto se debe atender a algunos de los siguientes indicadores, según el MINSAL y MINEDUC (2013). A continuación, se describen los indicadores físicos más frecuentemente observados en niños, niñas o adolescentes que han sufrido algún tipo de maltrato físico (MINSAL, 2013). Lesiones cutáneo- mucosas (hematomas y contusiones, equimosis, heridas incisas o contusas, erosiones, pinchazos) • Magulladuras. • Moretones en forma de mano, palo, marca de apretón. • Contusión en el cuello que pueden tener como causa intento de estrangulamiento. •Moretones en tobillos y muñecas que pudieran dar cuenta de haber estado amarrado. •Pérdida de piezas dentales. • Cortes o pinchazos de objetos punzantes. • Hemorragias oculares. •Fracturas en huesos largos, cráneo, costillas, vertebras, etc. • Lesiones viscerales expresadas por medio de síntomas como: hinchazón, dolor abdominal, dificultad respiratoria, vómitos, hemorragias. Quemaduras • De cigarros en manos, pies, brazos, piernas o cuello. • Con líquidos u objetos calientes. • Que reproducen el objeto que las provocó: plancha, fierros, etc. • En lugares donde no se espera que exista contacto con un objeto caliente, por ejemplo, planta de los pies, dorso de la mano. Alopecias traumáticas • Se entenderá en estos casos, aquellas zonas con presencia de arrancamiento de cabello, que no respondan a una condición médica. Mordeduras • Estas pueden ser un indicador de sospecha en tanto reproducen la arcada dentaria humana. Lesiones oculares • Este tipo de lesiones producidas por el impacto directo en la zona del ojo y que, entre otras
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    268 • Uso dedisciplina en forma severa e impropia, y la validación de este como forma de crianza, en cualquiera de sus modalidades. Los golpes se presentarían como un derecho a corregir al hijo. • Uso de alcohol y drogas. • Despreocupación por las necesidades del niño. • Descripción negativa del niño. • Desinterés por proporcionar ayuda al hijo por alguna condición especial que este posea (minusvalía, déficit cognitivo, necesidad educativa especial, etc.). • Impiden que el niño relate lo sucedido o niegan lo que este cuenta. • Los padres se perciben a sí mismos como víctimas, adquiriendo la creencia de que sus hijos son una amenaza para su integridad. • El niño es concebido como un objeto de venganza por lo que ellos sufrieron en manos de sus propios padres. manifestaciones, puede producir hemorragias a nivel ocular. Signos de intoxicación o envenenamiento • Pudiera hacerse uso para aquello: jarabes, psicofármacos, bebidas alcohólicas, drogas. 6) Frente al uso de fuerza física por parte del cuidador es posible detectar algunas señales comportamentales y emocionales en el niño o la niña, entre las cuales destacan (MINSAL, 2013): 7) Por su parte, en la conducta que presentan los adultos cuidadores con relación al niño, niña o adolescente, también se observan conductas o señales que se deben tener presente. De acuerdo con Larraín y Bascuñán (2012), entre ellas se encuentran: 24.3. INDICADORES DE ABUSO PSICOLÓGICO O EMOCIONAL El abuso psicológico o emocional comprende todos aquellos actos realizados por acción directa o la ausencia de situaciones de maltrato, que están dirigidas a degradar al niño, niña o adolescente para ejercer un control sobre él. Respecto de este tipo de maltrato, el Minsal (2013) destaca los siguientes indicadores. 24.3.1. INDICADORES EMOCIONALES EN EL NIÑO • Parece excesivamente complaciente, pasivo o, al contrario, es muy exigente o rabioso. • Muestra conductas extremadamente adaptativas, pudiendo abarcar desde conductas adultas, hasta otras regresivas. • El niño, niña o adolescente se observa con miedo o temor a la figura cuidadora. • El relato espontáneo del niño o niña reporta que algunos de sus padres o cuidadores le castigan físicamente de manera habitual y, además, refiere que es a causa suya. • Existe inhibición en el contacto físico con adultos. • Tendencia a mostrarse retraído, temeroso, aislado, triste y deprimido. • Manifiesta incomodidad y un estado hiper alerta al escuchar a otros niños llorando. • El niño o la niña refiere no querer volver o estar en su hogar. • Su conducta se polariza en los extremos: es de fácil adaptación o bien de fácil rechazo, mostrando una respuesta agresiva con otros. • Trastornos del sueño o de tipo alimentario. • Presenta estados de agitación y/o excitación.
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    269 24.3.2. INDICADORES COMPORTAMENTALESEN EL ADULTO CUIDADOR 24.4. INDICADORES DE MALTRATO PSICOLÓGICO El maltrato psicológico es una de las tipologías que presenta mayores dificultades para ser identificada y, por lo mismo, abordada. Por esto, no hay consenso sobre su definición, pues se le ha llegado a definir como sinónimo de maltrato emocional. En este sentido, es importante tener presente los aportes de Baker (2009) que hacen referencia al maltrato psicológico desde una mirada más amplia, involucrando los aspectos afectivos como cognitivos del maltrato, en tanto el emocional, está dirigido básicamente a incluir componentes afectivos. De lo anterior, se pueden destacar los siguientes indicadores, según lo planteado por el Minsal (2013). Indicadores emocionales, cognitivos, sociales y de conducta en la primera infancia (0 a 6 años) • Niños no fijan la mirada existiendo una sensación de mirada perdida. • No hay respuesta del niño: no responde a un abrazo o no distingue a la madre, a partir del quinto mes de nacido. • No logra coger objetos a partir del séptimo mes. • A partir de los 12 meses no presenta llanto al ser dejado con extraños. • A partir de los 10 meses no balbucea. • A partir de los 18 meses, no reconoce el llamado del padre, madre o figura de cuidado. • A partir del año no reconoce su nombre al ser llamado, ni imita gestos simples. • A partir de los 4 años de edad, no es capaz de ejecutar un juego que permita interacción con otro. • A partir de los 2 años de vida no identifica algunas partes del cuerpo (boca, nariz, ojos, etc.). • En etapa preescolar presenta conductas parentalizadas, asumiendo roles de adultos. • Irritabilidad en la conducta y excesiva ansiedad. • Los adultos a cargo del cuidado transmiten una valoración negativa del niño, lo que los lleva a mostrar rechazo, indiferencia y desprecio constante. • Existe la tendencia a someter al hijo a humillaciones y críticas con uso de sobrenombres que menoscaban su autoimagen. • Los padres o cuidadores presentan conductas generadoras de miedo o amenazas de castigar. • Se realizan acciones dirigidas a aislar al hijo del contacto social. • Existe rechazo a las iniciativas que pudiera realizar el niño, niña o adolescente. • El adulto teje una barrera de silencio con el niño o la niña. • Se presenta desinterés por áreas relevantes para el hijo (escolar, recreacional, etc.). • Intentos de suicidio. • Extrema falta de confianza en sí mismo. • Exagerada necesidad de ganar o sobresalir. • Demandas excesivas de atención. • Se relaciona con otros niños de manera agresiva o, por el contrario, pasiva y de aislamiento. • Desde el propio diálogo del niño, su forma de describirse es por medio de frases como: “soy tonto”, “no sé dibujar”, “todo lo hago mal”. • Constante necesidad de reafirmación de las propias capacidades ¿Cómo me quedó esto? ¿Usted cree que lo hice bien?
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    270 Indicadores emocionales, cognitivos,sociales y de conducta entre los 6 y 12 años • Presencia de enfermedades, trastornos psicosomáticos, dolores de cabeza, abdomen, trastornos de la alimentación. • Baja la capacidad de atención, concentración y rendimiento. Existencia de retraso a nivel de áreas madurativas y del desarrollo. • Temor, inquietud y ansiedad. • Baja autoestima. • Presenta conductas que pudieran poner en riesgo su propia integridad o seguridad. (iniciación de conducta sexual promiscua, consumo de drogas, socialización callejera, actos delictuales). • Aislamiento social o relaciones conflictivas con el entorno. • Deserción escolar y/o rechazo a mantenerse ligado al contexto escolar. • Realización de conductas auto lesivas o intentos de suicidio. • Irritabilidad o apatía. Indicadores emocionales, de conducta y sociales de los progenitores o cuidadores • Menosprecio o rechazo hacia el hijo o niño cuidado. • Transmisión de un auto concepto devaluado. • Escasa presencia del hijo en el relato del padre, esto define, invisibilidad del hijo en la relación. • Existencia de expectativas no alcanzables o irreales en torno del niño. • Prohibición para participar de actividades recreacionales. • Abuso de poder sobre el hijo, no permitiendo opinión, decisión frente a intereses, explotándolo o corrompiéndolo. • No prestar atención a los requerimientos del hijo, en especial, se observa en materia de cuidados médicos. • No inscripción del niño en programas de salud, sociales y/o educacionales que estén dirigidos a apoyarle en necesidades del hijo. • Manipulación del niño para intereses propios del adulto o bien para enfrentar conflictos con otro. 8) Considerando lo señalado, es posible afirmar que la detección de situaciones de malos tratos infantiles puede generarse a través de las siguientes modalidades: c) La observación. Esto significa que el profesional por medio de la inspección visual, observa signos, síntomas o indicadores que potencialmente son un factor de riesgo en situaciones de maltrato infantil. Puede observar una apariencia o condiciones generales de salud en el niño, niña o adolescente que impliquen algún tipo de descuido. Y, también, puede observar interacción entre el cuidador y el niño o niña que signifique algún tipo de maltrato en cualquiera de sus formas (verbal, físico, etc.). d) El relato directo. Esta modalidad implica la verbalización directa que revela o señala la existencia de algún tipo de conducta maltratante. Es importante indicar que el relato puede ser entregado espontáneamente desde un niño, niña o adolescente; puede darse a través de una tercera persona (familiar o no familiar, conocido, vecino, etc.) o bien puede manifestarse desde uno de los cuidadores directos (Minsal, 2013).
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    271 Establecida la sospechase debe profundizar en los antecedentes y actuar de manera coherente con lo que se va obteniendo, a fin de favorecer el diálogo y conseguir más claridad, para ello se debe tener en cuenta que: • Las preguntas deben ser claras, directas y no inductivas o sugestivas. Esto último significa que las preguntas deben evitar que contengan implícitas respuestas. • No se deben emitir juicios de valor ni descalificaciones hacia quien se está entrevistando o los supuestos involucrados. • La actitud debe ser de acogida y nunca enjuiciadora con todos quienes se tenga algún tipo de contacto. •Debe existir en forma explícita verbalización de querer apoyar a la familia. • La actitud debe transmitir señales verbales y no verbales de contención y escucha con el fin de que exista concordancia entre el lenguaje verbal y corporal. En términos de contenido, el diálogo y preguntas deben estar dirigidas a: • Indagar las explicaciones que dan los adultos para la condición de salud observada en el niño, niña o adolescente. • Analizar aquellas inconsistencias que se aprecian entre los signos y síntomas observados y la explicación entregada. • Indagar sobre las características de alerta de maltrato y que pudieran darse del contexto familiar o social en que se encuentra el niño. • Indagar los factores de riesgo y protectores 9) Cuando la detección es por relato directo o espontáneo del niño, niña o adolescente es muy importante tener las siguientes consideraciones: iv. Proporcionarle un espacio de contención, en el que se sienta atendido, acogido y comprendido en su relato espontáneo. Nunca se le puede forzar a hablar o amenazar de eventuales sanciones o castigo si no lo hace. Tampoco se le debe condicionar a que hable prometiéndole a cambio algún tipo de regalía, obsequio, premio o refuerzo por hacerlo. v. Acoger lo que el niño siente, percibe o desea desde una actitud de escucha, sin interrogatorios ni cuestionamientos o devaluación de lo que está expresando. vi. Dado el conflicto de lealtades que surge cuando existen dinámicas familiares maltratantes, es muy probable que el niño se retracte y/o minimice los hechos. Hay que considerar que para el niño, niña o adolescente no siempre es fácil aceptar que lo que vive y menos el que a quienes él quiere (padres o cuidadores) son las figuras maltratantes. 10) Cuando la detección se produce por relato espontáneo del niño, las preguntas deben estar siempre dirigidas a obtener una mirada general de lo acontecido, tal como se ejemplifica a continuación.
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    272 Ejemplos de preguntasadecuadas Ejemplos de preguntas que no deben efectuarse ¿Quieres contarme lo que te sucedió? ¿Hay algo que quisieras decirme en relación con lo que te sucedió? ¿Hay alguna persona que pueda ayudarte frente a lo sucedido? ¿Cuéntame lo que te pasó y te regalaré un helado? ¿Estás seguro que me estás diciendo la verdad? Me imagino que nadie en tu familia puede ayudarte. Es importante recordar que en el proceso de detección la labor debe ser de acogida y escucha activa hacia el niño o niña. Esto puede involucrar lenguaje verbal, pero también el no verbal por medio de la actitud de escucha, atención, entrega de confianza, seguridad y acogida a su sufrimiento. En este sentido, hay que tener presente que, en ningún caso, es tarea del profesional que realiza la detección interrogar a un niño, niña o adolescente sobre lo sucedido, pues esto lo realiza un profesional especializado y en las instancias correspondientes. Así, se busca resguardar que no exista revictimizaciones futuras en las cuales el niño se vea expuesto a una y otra entrevista, debiendo repetir cada vez lo vivenciado.
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    273 En relación ala información otorgada en el presente protocolo y ante la sospecha o relato del niño/a de hechos actuales o pasados relacionados a maltrato y/o abuso sexual infantil, se debe: • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General del establecimiento, debe denunciar los hechos en forma personal en la PDI, fiscalía o en Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo no mayor a 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • El establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado del niño/a al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el funcionario policial de turno. • Paralelamente el establecimiento debe informar al apoderado de la situación y de la colocación de la denuncia. No se requiere autorización de la familia para la denuncia, ya que el agresor puede pertenecer al grupo primario. El conocimiento de ésta información debe quedar registrada. • El Director del establecimiento debe informar de manera presencial y vía oficio, al Jefe del Departamento de Educación de la situación. • El establecimiento mediante el área de Convivencia Escolar debe realizar seguimiento y acompañamiento al menor. Se debe entregar apoyo, protección y contención, al interior de la comunidad educativa. • El Director por medio de su encargado de Convivencia Escolar, deberá brindar las condiciones necesarias para dar cumplimiento desde el establecimiento, a las medidas de protección, de las que fuera informado por tribunales. De la misma forma, garantizar el desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del estudiante, mediante la implementación de diferentes estrategias pedagógicas de ser necesario. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    274 El maltrato infantilse entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas, de manera habitual u ocasional. Las acciones u omisiones que constituyen maltrato infantil privan a los niños, niñas del ejercicio de sus derechos y su bienestar. El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendido como falta de atención y apoyo de parte de una persona adulta a las necesidades y requerimientos del niño o niña, sea en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión (que son las diversas formas en que se le niega al niño o niña el ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos/as, no enviarlo a la escuela, etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño o niña, tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos, e incluye el abandono completo y parcial. Dentro del concepto maltrato infantil se establecen distintas categorías, en función de diversas variables: a) Maltrato Físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoque daño físico o enfermedad en el niño/a, o signifique un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable (grave, menos grave o leve). Tanto las características de las personas como las circunstancias del hecho son criterios que permiten establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones, considerando, por ejemplo, la edad de los involucrados, la existencia de vínculo de parentesco o subordinación entre víctima y agresor, así como si la agresión ocurrió como defensa propia, o fue cometida en complicidad con más agresores, etc. b) Maltrato Emocional o Psicológico: Se trata del hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño/a. Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo. Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico. c) Negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de los niños y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales d) Abandono emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa), expresiones emocionales y/o conductas de los/as niños/as y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta estable. El abuso sexual o la agresión sexual es una forma grave de maltrato infantil. Implica la imposición a un niño/a de una actividad sexualizada en que el/la ofensor/a obtiene una gratificación, es decir, es una imposición intencional basada en una relación de poder. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica.
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    275 Es importante prestaratención a las siguientes señales: a) Cambios bruscos de conducta: aislamiento, baja de ánimo, tristeza, llanto, agresividad. b) Repentina desmotivación por los estudios y/o actividades de su interés (deporte, juegos, paseos). c) Lesiones físicas reiteradas y/o que no sean comúnmente atribuibles a actividades habituales a su edad y etapa de desarrollo. d) Miedo o rechazo a volver a su hogar. e) Miedo o rechazo a asistir a la escuela o a estar en lugares específicos de este. Resulta fundamental que la persona adulta que recibe la información no asuma el compromiso de guardarla en secreto, dado que necesariamente deberá actuar para detener, derivar y/o denunciar el caso, aunque sí debe asumir el compromiso de manejarla con reserva y con criterio, compartiéndola sólo con la o las personas que podrán colaborar para resolver la situación. Es común que la información le sea entregada bajo compromiso de no compartirla, en cuyo caso debe señalar con claridad que el maltrato y el abuso sexual no son situaciones que deban mantenerse en secreto, dado que el silencio permite mantener y agravar el daño y nos hace cómplices de posibles delitos. Plazos • Los funcionarios del establecimiento educacional de todo nivel, están obligados a denunciar los delitos que afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el establecimiento (Artículo 175, letra E, Código Procesal Penal). Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal (Artículo 176, Código Procesal Penal). Si algún miembro de la comunidad educativa detecta o sospecha que un estudiante está siendo víctima de maltrato, el procedimiento es el siguiente: (ver FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL)
  • 282.
    276 3. PROTOCOLO DEDERIVACIÓN A LA UNIDAD DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y APOYO PSICOSOCIAL Si una educadora, técnico en párvulo o docente detecta que un estudiante está presentando dificultades emocionales, sociales y/o conductuales que estén afectando en su proceso de aprendizaje, puede solicitar la presencia de Psicóloga del nivel para colaborar en la contención. Si es una actitud reiterativa, la educadora o docente deberá completar la Ficha de Derivación con los antecedentes del estudiante y entregarla por los canales dispuestos para ello. De acuerdo a los antecedentes entregados, recibirá mail de confirmación de la misma, por parte del Coordinador de Convivencia Escolar, cuando haya sido entregada al profesional que corresponda. Se realizará seguimiento, retroalimentación y cierre de acuerdo a necesidades del caso. (Ver anexo DOCUMENTOS, FICHA DEL DOCENTE PARA DERIVACION INTERNA EQUIPO PSICOSOCIAL) Una vez recepcionada la derivación por el Dpto. de Convivencia Escolar, éste procederá a citar al padre, madre, apoderado o tutor de/la estudiante a la brevedad, a una entrevista personal para retroalimentar con la información obtenida hasta el momento y recabar nueva que pueda ayudar en el proceso al/la estudiante afectada. Adicionalmente el profesional de Convivencia Escolar, puede solicitar al apoderado firmar la Autorización de Atención Estudiante, para poder intervenirlo desde el área psicosocial. (Ver anexo DOCUMENTOS, AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓN ESTUDIANTE)
  • 283.
    277 4. *MEDIDA EXCEPCIONALDE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA ESCOLAR (Adecuación de la jornada escolar, dificultades socio- adaptativas y/o académicas). PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDA REPARATORIA / FORMATIVA DE ADECUACIÓN TRANSITORIA DE LA JORNADA ESCOLAR • La reducción de la jornada escolar de un estudiante se encuentra prohibida, y sólo se podrá aplicar de manera excepcional si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá estar debidamente acreditado por un profesional competente. • Una vez acreditado bajo evidencias que las acciones de el/la estudiante, representan un peligro real para la integridad física o psicológica de si mismo/a o de algún miembro de la comunidad educativa, se podría generar una adecuación de la jornada escolar. • Para la aplicación de la medida de adecuación de la jornada se debe realizar una reunión de coordinación con la educadora, UTP, Inspectoría general y Dpto. Convivencia Escolar, con la finalidad de desarrollar un plan de apoyo formativo pedagógico (adecuación de jornada) que se ajuste a las necesidades y dificultades que presenta el/la estudiante. Si el estudiante forma parte de PIE de nuestro establecimiento, deberá contar con las sugerencias y apoyo de los profesionales que le atienden. • Desarrollado el plan, se deberá presentar a Dirección del establecimiento para contar con su aprobación. Una vez aprobado se citará al apoderado para entregar detalles de la medida formativa excepcional. • El apoderado deberá firmar un compromiso en donde se debe indicar específicamente que esta medida excepcional y transitoria, es adoptada con el fin de resguardar y proteger el interés superior de niño (derecho a recibir educación) a través de la adecuación de jornada. 1) Si es reducida la jornada del estudiante, las horas pedagógicas que no reciba, deberán cubrirse a través de actividades que generen cumplimiento mínimo del currículo académico, 2) Las actividades y/o acciones realizadas deben quedar registradas bajo criterios de logro académicos y conductual-social, monitoreadas por Inspectoría General, Convivencia Escolar, UTP y Dirección según corresponda, entregando el posterior reporte de los avances de su pupilo al apoderado.
  • 284.
    278 3) Si el/laestudiante presenta mecanismos desorganizados en la expresión de su conducta, lo cual trae consigo modos de interacción social inadecuados con sus pares, el/la estudiante podría (según disponibilidad de docentes y/o profesionales del establecimiento) recibir apoyo individual por parte de un/a educadora/docente asignado con apoyos de profesionales pertinentes (casos excepcionales, documentados bajo criterio y analizados por profesionales pertinentes).
  • 285.
    279 Detección o sospechade una situación de maltrato infantil, connotación sexual o agresión sexual. Reúne generales los antecedentes que permiten contextualizar la situación. Si la situación lo requiere, realiza una entrevista preliminar con el párvulo. Informar a Inspector General o Coord. Con. Escolar El caso está judicializado Existe una denuncia o requerimiento de protección efectuado por una familia u otra institución. Se trata de una sospecha Observación de cambios significativos en el niño/a, rumores o comentarios sin certeza acerca de una situación de maltrato, acoso, abuso sexual. Se trata de una certeza El niño/a llegó con lesiones atribuibles a una agresión o relata que ha sido agredido/a, o la agresión fue presenciada por un tercero, etc. FLUJOGRAMA DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL, CONNOTACIÓN SEXUAL O AGRESIÓN SEXUAL Si existen lesiones encargado traslada forma niño/a inmediata el en al al centro asistencial más cercano para que sea examinado. Importante: actuar como si se tratara de accidente escolar, requiere de autorización de familia, aunque un no la la esta debe ser informada. Comunicación con Centros Especializados Red de apoyo local, comunal, nacional: SENAME, Centros de Salud etc. Derivación externa Red de apoyo local, comunal, nacional: Red SENAME, Centros de Salud, etc. Seguimiento y acompañamiento El/la encargado/a debe mantenerse informado de los avances de la situación, conocer el estado de la investigación si esta se hubiera iniciado, de las eventuales medidas de protección que se aplicaron y del tratamiento reparatorio si existiera. Además, debe estar dispuesto a colaborar con la justicia durante el proceso, facilitando información, declarando en calidad de testigo, etc Comunicación con Redes de apoyo Red de apoyo local, comunal, nacional: SENAME, CESFAM, OPD, PIE, CENIN, etc. Poner antecedentes a disposición de la justicia “Requerimiento de Protección” Efectuado dentro de las 48 horas siguiente en Tribunal de Familia, siempre y cuando la familia no garantice la protección y cuidado del niño/a. *Denuncia Efectuada obligatoriamente dentro de las primeras 24 horas ante Carabineros, PDI o Fiscalía.
  • 286.
    280 5. PROTOCOLO DEACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTE ESCOLAR Definición Accidente Escolar • Se consideran accidentes escolares, los que ocurran con causa u ocasión de las actividades escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional, o el lugar donde realice su práctica educacional. • También aquellos que afecten a las y los estudiantes que, con motivo de la realización de actividades educativas, alojen fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de las autoridades educacionales. • En caso de accidente escolar, la denuncia debe realizarse ante el Servicio de Salud que corresponda al domicilio del establecimiento, a través del formulario disponible para ello. La denuncia del accidente escolar debe ser realizada por el o la directora/a del establecimiento en un plazo de veinticuatro horas de ocurrido el accidente, de lo contrario esta denuncia puede ser realizada por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos o un familiar del afectado tal como lo establece la ley. • Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley 16.440. PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTES ESCOLARES Cuando se produzca un accidente Frente a la ocurrencia de cualquier tipo de accidente escolar, (lesión de cualquier tipo, al interior del establecimiento o en el trayecto a su hogar desde o hacia el colegio, enfermedad desmayo u otros casos donde la salud o integridad de nuestros alumnos se vea afectada), el establecimiento deberá responder siempre siguiendo el mismo protocolo de actuación. Todo funcionario del establecimiento será responsable de seguir los pasos que a continuación se detallan en el momento de presenciar o acompañar a un alumno en su dificultad. 1)Asistir: Frente a cualquier accidente o problema de salud será el adulto más cercano quien primero asista a constatar lo ocurrido y verificar la necesidad de atención, si cuenta con curso de primeros auxilios y se siente capacitado, deberá entregar los cuidados necesarios. 2)Notificar: El funcionario(a) deberá informar inmediatamente lo que acontece a encargada de enfermería, inspector de patio, al Inspector General o secretaria (en ese orden). No podrá volver a sus funciones hasta no asegurarse que la situación está en manos de los responsables. 3)No será atribución de ningún funcionario evaluar la gravedad de la lesión o problema de salud. Por esta razón, toda situación deberá ser notificada y evaluada por los profesionales correspondientes.
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    281 Procedimiento (Responsabilidad de Enfermeríae Inspectoría) a)Asistir al alumno: Se procederá a entregar primeros auxilios de carácter básico al afectado(a), inmovilización, frío local, etc. b)Informar al apoderado: Al mismo tiempo Inspectoría efectuará el llamado telefónico al apoderado o familiar designado para solicitar su presencia. c)Seguro escolar: Se entregan 3 copias del formulario con firma y timbre del colegio (Uno para el centro asistencial, otro para el apoderado y otro para el colegio) que contempla la posibilidad de recibir atención solo en servicio de urgencia público, la primera atención se realizará en CESFAM DE POZO ALMONTE cuando sea necesario estos organismos derivarán a centro asistencial especializado otorgando de forma gratuita al alumno exámenes y procedimientos. d)Traslado al centro asistencial: • Por el apoderado: El apoderado retira al/la estudiante para llevarle al centro asistencial, (en caso de extrema gravedad, se solicitará la presencia de ambulancia para que realice el procedimiento y traslado del menor) • Por un funcionario: El alumno será acompañado por un funcionario del colegio quién será responsable hasta que se presente el apoderado.
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    282 6. PROTOCOLO PARASITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor es funcionario del establecimiento: • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • La dirección del establecimiento, debe informar en caso de recibir una denuncia, al funcionario denunciado, entregando claridad y transparencia en la descripción del proceso. Lo anterior, debe quedar registrado. • El Director debe separar al funcionario implicado de sus funciones, señalando que debe presentarse en el Departamento de Educación y colocarse a la disposición de éste. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo del procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación. • El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    283 7. PROTOCOLO PARASITUACIONES DE VIOLENCIA Y MALTRATO ENTRE ADULTOS Cuando la situación de violencia ocurre al interior del establecimiento, y el agresor no es funcionario del establecimiento: • Informar al Director del establecimiento. • El Director y/o Inspector y/o encargado Convivencia Escolar del establecimiento, debe realizar la denuncia correspondiente en la PDI, fiscalía o Carabineros de Chile. • La denuncia debe realizarse en un plazo de 24 horas desde que se tomó conocimiento de los hechos. • La dirección del establecimiento, debe informar al Jefe del Departamento de Educación de manera presencial de la situación desarrollada. Además del informe respectivo. • Paralelamente, el establecimiento debe solicitar a la institución a cargo de procedimiento, el traslado de la víctima involucrada, al servicio de salud más cercano para su revisión. Posteriormente, de constatar lesiones, se debe efectuar la denuncia con el carabinero de turno. • El establecimiento de forma muy cuidadosa debe informar a los apoderados, evitando un ambiente de secretismo y recelo. • Toda información pública, será realizada por el Departamento de Educación. • El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes. El esclarecimiento de los hechos y la aplicación de sanciones penales son funciones del Ministerio Público e instituciones pertinentes.
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    284 8. PROTOCOLO CAMBIODE APODERADO Los apoderados son la instancia inicial y primeros responsables de la educación de sus hijos e hijas. La escuela y sus educadores son colaboradores que entregan su respaldo y cooperación a los procesos de enseñanza-aprendizaje, a la formación de hábitos y de valores exigidos por la sociedad. III. De la solicitud de cambio voluntario Si el/la apoderado/a TITULAR no puede continuar cumpliendo su labor, deberá realizar los siguientes pasos: vii. El apoderado debe presentarse en forma personal en el establecimiento educativo y solicitar el cambio de apoderado en Inspectoría. viii. El funcionario deberá registrar la solicitud y causal del cambio, solicitando autorización a Inspectora General respecto de la factibilidad. ix. Una vez autorizado, el funcionario deberá señalar las modalidades establecidas para un cambio de apoderado. • De forma presencial: ambos apoderados TITULAR y NUEVO con su Cédula de identidad formalizan el proceso en Inspectoría. • De forma remota: Si el apoderado TITULAR no se encuentra en la región o no pudiese concurrir, el apoderado NUEVO debe presentarse con su cédula de identidad y acompañado de una DECLARACIÓN SIMPLE del apoderado TITULAR. • Casos no contemplados: Dirección en consulta con Inspectoría General y Convivencia Escolar resolverá procedimientos ajustados a derecho. x. Se establece como motivo y/o justificación de fuerza mayor. xi. El establecimiento se encargará de realizar el cambio de apoderado en el sistema interno de administración de datos. xii. Una vez efectuado el cambio apoderado se deberá anular la antigua FICHA DE MATRÍCULA y emitir una nueva con la finalidad de que el nuevo apoderado asuma las obligaciones pedagógicas y administrativas, al momento de la firma respectiva. IV. De la solicitud de cambio por incumplimiento de deberes La escuela se reserva el derecho de solicitar y/o exigir el cambio de apoderado de manera arbitraria, si este incumple de forma reiterada sus DEBERES como lo estipula este documento, menoscabando el proceso educativo, la salud mental, emocional o física del/la estudiante. El cambio le será notificado por escrito, una vez agotadas todas las instancias de colaboración. El nuevo apoderado queda en la obligación de cumplir con las normativas exigidas por el establecimiento y explicitadas en este manual. Se considerarán como atenuantes las siguientes conductas:
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    285 i. No cumplecon los DEBERES establecidos en este Reglamento Interno de Convivencia Escolar (ver DEBERES DE LOS ACTORES ESCOLARES, pág. 34 – Regl. Educación Parvularia pág. 230/231) ii. Adicionalmente, puede llegar a prohibirse su ingreso al establecimiento de forma transitoria o permanente. iii. El apoderado SUPLENTE oficialmente inscrito deberá suplir al titular. De no existir ésta situación, se procederá a inscribir al adulto responsable que cumple dicha labor. • Situaciones no previstas o indicadas anteriormente serán resueltas desde Dirección. “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa”. (Art. 10 letra b Ley General de Educación Nº 20.370).
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    286 CARTA PARA REALIZARCAMBIO DE APODERADO Estimad(a) Apoderado: Nos dirigimos a usted respetuosamente para informar que según la información recopilada por los distintos estamentos a la fecha y bajo los argumentos estipulados en nuestro REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, se puede determinar que: Apoderado solicita cambio de FORMA VOLUNTARIA b) Revisar conducto según protocolo Se determina cambio por INCUMPLIMIENTO REITERADO DE DEBERES adquiridos y estipulados en RICE. c) Revisar conducto según protocolo d) Le será confirmado vía CARTA CERTIFICADA DEL CAMBIO Yo, ___________________________________________________ RUT _________________ apoderado de ____________________________________________ que cursa ______________ ACEPTO realizar el cambio de apoderado de forma voluntaria en favor del/la estudiante anteriormente mencionado/a por motivo de fuerza mayor. Asume el compromiso de apoderado TITULAR en adelante don(ña) ________________________________________________________ RUT ___________________ quien acepta las obligaciones adquiridas y será quien asumirá la responsabilidad ante los compromisos escolares como: asistir a entrevistas, citaciones, y todos los deberes estipulados en el REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR de ESCUELA BÁSICA ESTRELLA DEL SUR, de los cuales declara estar en conocimiento. ______________________ _____________________ ____________________ Pozo Almonte, _______ de _________________ del año 202__ (Nombre completo apoderado RENUNCIANTE) (Nombre completo estudiante) (Curso) (Nombre completo apoderado NUEVO) (Nombre y firma apoderado RENUNCIANTE) (Nombre y firma apoderado NUEVO) Nombre y Firma INSPECTOR/A GENERAL
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    287 COMPROMISO POR INASISTENCIAS DEPARTAMENTODE CONVIVENCIA ESCOLAR 20 YO , RUT: apoderado del estudiante , del curso “ ” de la Escuela Estrella del Sur, Pozo Almonte. He sido informado/a de las inasistencias de mi hijo/a y tomo conocimiento que se está vulnerando los siguientes derechos del niño: N° Días ausente % de asistencia* *porcentaje de asistencia se aplica a periodos semestrales o anuales a) Artículo 4º.- La educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado, el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. b) Art.10 letra b, párrafo 2 “Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.” Me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados establecidos en el Manual de Convivencia Escolar y estoy en conocimiento de que, si no los cumplo, la escuela procederá a aplicar Protocolo de Cambio de Apoderado y/o denunciar por vulneración de derechos del menor a las instituciones correspondientes. Nombre y Firma Profesional Convivencia Escolar Nombre y Firma Apoderado Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20
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    288 AUTORIZACIÓN DE ATENCIÓNESTUDIANTE DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR YO , RUT en mi calidad de apoderado, padre, tutor y/o adulto responsable de el/la estudiante , del curso “ ” de la Escuela Básica Estrella del Sur, autorizo a los profesionales del Departamento de Convivencia Escolar, tanto Trabajador(a) Social como Psicólogo(a) para que puedan realizar intervenciones que apoyen los procesos a los cuales mi hijo(a) se encuentra enfrentando. Por lo que permito que se realicen evaluaciones, intervenciones, acciones de monitoreo, seguimiento y todo aquello que se requiera para apoyar a mi hijo(a). Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20 Nombre y Firma Profesional Convivencia Escolar Nombre y Firma Apoderado, Tutor(a) y/o Adulto responsable
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    289 AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL PARAREALIZAR MUDA DE ROPA A PÁRVULO, EN CASO DE EMERGENCIA Y/O TRASLADO DEL ESTUDIANTE A SU HOGAR YO , RUT: apoderado del/la estudiante __________________________________, del curso____ “__ ” de la Escuela Básica Estrella del Sur, PozoAlmonte, autorizo a la educadora o en su defecto técnico del nivel al cual mi pupilo/a pertenece, para realizar muda de ropa de forma extraordinaria, ante situación de emergencia y/o el traslado del/la estudiante a su hogar ante una situación excepcional, en la cual no he podido ser contactado/a vía telefónica ni tampoco el apoderadosuplente, fundamentado en el bienestar e interés superior del niño y la niña. Adicionalmente, me comprometo a cumplir los Deberes de los padres y apoderados establecidos en el Manual deConvivencia Escolar y estoy en conocimiento de que, si no los cumplo, la escuela procederá a aplicar Protocolo de Cambio de Apoderado y/o denunciar por vulneración de derechos del menor a las instituciones correspondientes. Nombre y Firma Inspectoría Nombre y Firma Apoderado Por lo tanto, en Pozo Almonte con fecha del mes del año 20
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    ESPECÍFICASQUEFORTALECENLACONVIVENCIAESCOLAR DIMENSIÓN ESTRATEGIA ACCIONESRESPONSABLE AUTOESTIMA ACADÉMICA Y MOTIVACIÓN ESCOLAR Generan instancias de reconocimiento académico y de desarrollo en áreas extracurriculares. Realizar FESTIVAL DE TALENTOS 2020 con orientación y participación familiar, entregando el reconocimiento respectivo. Celebración del DÍA DE LAS ESTRELLAS, actividad realizada para fortalecer la autoestima de los estudiantes a través de mensajes y cartas redactadas por familiares e integrantes de la comunidad de EBES Reconocimiento de los estudiantes con logros académicos destacados al final del año escolar Departamento de Convivencia Escolar Unidad Técnica Pedagógica CLIMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR Crean estrategias que promuevan un ambiente de respeto, organizado y seguro. Celebración de la Semana de prevención y seguridad escolar Celebración del DIA DE LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR con la participación de todo el estudiantado. Celebración de jornada institucional PIDE UN DESEO, organizado para que los estudiantes y funcionarios de EBES puedan generar buenos deseos a los integrantes de la comunidad educativa. Departamento de Convivencia Escolar 288
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    Conmemoración del Díacontra el ciberacoso, fortaleciendo el uso responsable de las redes sociales. HÁBITOS DE VIDA SALUDABLE Integran estrategias que potencien hábitos alimenticios, actividad física y hábitos de autocuidado. Desarrollar actividades para fomentar el consumo diario de agua. Vinculación a través de OAT con asignaturas afines Departamento de Convivencia Escolar Unidad Técnica Pedagógica PARTICIPACIÓN Y FORMACIÓN CIUDADANA Integran al plan de formación ciudadana acciones que promuevan una identidad positiva del establecimiento y promuevan la participación Colaboración proceso eleccionario CeES, y apoyo en su gestión en el proceso escolar. Conmemoración Día de la Igualdad de Género Conmemoración Día de la Diversidad Implementación de actividades/concurso de debate estudiantil, en donde puedan expresar sus ideas y opiniones. Departamento de Convivencia Escolar / Inspectoría General Unidad Técnica Pedagógica 289