2. ¿Cuál es el plazo?
● El plazo empieza el 23 de abril de 2014. Podemos solicitar nuestro
borrador desde el 1 de abril.
● Finaliza el 30 de junio de 2014 (el 25 en caso de resultado a
ingresar con domiciliación).
3. ¿En qué consiste?
● Consiste en declarar la renta obtenida en un año natural por las
personas que residen en España.
● Si durante el año hemos pagado impuestos de más, hacienda nos
devolverá dinero.
● Si hemos pagado menos, debemos abonar una cuota extra a la
Agencia tributaria.
4. ¿Quién tiene que presentarla?
Está obligado todo aquel que en 2013 haya cumplido alguno de los
siguientes requisitos:
● Rendimientos del trabajo, iguales o superiores a 22.000 euros.
● Rendimientos del trabajo iguales o superiores a 11.200 euros si ha
habido más de un pagador, pensión de alimentos, etc.
● Rendimientos del capital, a consultar.
5. Recomendaciones renta
Aunque no se cumplan los requisitos de obligación de hacer la
declaración, es conveniente revisarla en todo caso porque:
● Existe la posibilidad que salga a devolver, es decir, que durante el
2013 nos hayan retenido más IRPF del que nos corresponde.
● Una manera de recuperar esa diferencia es presentando nuestra
declaración.
6. Recomendaciones borrador
Por diferentes motivos existe la posibilidad de que hacienda nos envíe
un borrador con errores o simplemente con falta de datos.
● Es nuestra obligación revisar la veracidad de los datos del borrador y
en su caso corregirlos para no presentar una declaración errónea.
● Para evitar errores y sus posibles futuras consecuencias en nuestra
contra, siempre es recomendable pedir asesoramiento profesional.
7. Novedades deducciones 2013
Son muchas y muy diversas las deducciones disponibles pero algunas
novedades de este año son:
● Los familiares y amigos que hayan apoyado un negocio (“business
angels”), podrán deducirse la aportación en un 20%.
● No se permiten las declaraciones hechas a mano.
● Ya no desgrava la compra de vivienda habitual si ésta se adquirió
en 2013.
8. ¿Qué documentación necesito?
Estos documentos dependerán de nuestras características como
contribuyentes. Los principales son los siguientes:
● Datos personales: DNI, datos unidad familiar, circunstancias
personales.
● Datos fiscales: ingresos de trabajo, cotizaciones de autónomos.
● Certificados: prestaciones y retenciones, cuentas bancarias,
hipotecas, fondos, planes, seguros de vida.
● Bienes muebles o inmuebles, consultar.