SEMINARIO DE ÉTICA
La Ética Profesional del
Abogado
ISAE UNIVERSIDAD
JUSTIFICACIÓN
• La incorporación de un Curso denominado
Seminario de Ética Profesional conlleva el propósito
de perfilar el comportamiento profesional desde la
academia, así como reforzar el espíritu del Abogado
en cuanto al rol y las norman que han de guiar el
comportamiento y la inserción profesional.
• Todo esto ahora desde el marco de la nueva
normativa.
DESARROLLO DEL CURSO
Lección 1 Lección 2 Lección 3 Lección 4
Legislación que
regula el ejercicio de
la abogacía.
Modulo 1 Sobre la
ética.
Módulo 2 sobre la
Ética Jurídica
Módulo 3 sobre la
Ética jurídica
Módulo 4 sobre el
ejercicio de la
abogacía por medios
electrónicos
Módulo 5 ejercio de
la abogacía ante el
Derecho Financiero
y Tributario.
Módulo 6 el ejercicio
de la abogacía ante el
Derecho de
Contratos
Cumplimiento de las
normas para
prevención de lavado
de activos
Temas de actualidad
ÉXITO
IDONEIDADES EMITIDAS
Se puede ver una estadística en
https://www.organojudicial.gob.pa/apps
add/abogado/s4abestgen.php
DISCUSIÓN EN CLASES
• ANTE EL AUMENTO SIGNIFICATIVO DE LAS IDONEIDADES OTORGADAS, CÓMO SE PUEDE EJERCER
LA PROFESÍÓN EN UN MERCADO TAN SATURADO?
• Qué ideas innovadoras necesitaremos ?
REQUISITOS
Ley 350 de 2022
• 1. Ser nacional panameño;
2. Poseer título profesional en derecho expedido por
la Universidad de Panamá, la Universidad Santa
María La Antigua, o por cualquier otra institución
universitaria que se establezca en el futuro en la
República de Panamá y cuyos títulos la Ley
reconozca su valor oficial; y
3. Poseer título profesional de derecho obtenido en
Universidad de reconocido prestigio, el cual deberá
ser previamente revalidado en la Universidad de
Panamá, salvo en el caso de convenios
internacionales que en términos claros y precisos
eximan al interesado de la obligación de revalidar su
título profesional.
Acuerdo 684 de 21 dic. 2022
• 4. Aprobar el examen profesional de acceso
al ejercicio de la abogacía, basado
principalmente, en conocimientos éticos y
prácticos de la profesión de abogado.
TRIBUNAL COMPETENTE
SALA CUARTA DE NEGOCIOS
GENERALES (Artículo 100 CJ)
• Ordinal 4: Declarar quiénes reúnen las condiciones
necesarias para ejercer la abogacía.
• Ordinal 5: Revisar y aprobar las tarifas de
honorarios que establezcan los Colegios o
Asociaciones de abogados
• Ordinal 9: Aplicar a particulares, litigantes y
abogados, las sanciones correccionales y
disciplinarias que señale la Ley.
SOLICITUD DE
IDONEIDAD
Poder y solicitud mediante
abogado.
Se dirige al Magistrado Presidente de la CSJ y se
presenta en la Sala 4 de Negocios Generales.
(artículos 100 ord.4 y 101 CJ, artículo 6 de la Ley
9)
Documentos a aportar
Copia Cotejada del Diploma por notario
Certificación de CTDA del diploma
Certificado de nacimiento
Pago de B/.10.00 en la oficina de Tesorería del O. Judicial
Fijar la fecha del Seminario por
parte del ISUJ
Es de obligatorio cumplimiento su participación y
según el acuerdo 684, debe ser pasado el
examen.
EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
Cuándo se ejerce la abogacía
(art. 4)
• La representación judicial ante la jurisdicción civil,
penal, laboral, de menores, electoral, administrativa,
marítima y cualquiera otra jurisdicción que exista o que
se establezca en el futuro.
• La resolución de consultas jurídicas por escrito o
verbalmente.
• La redacción de alegatos, testamentos, minutas y
memoriales dirigidos a cualquier funcionario.
• La preparación de documentación jurídica relacionada
con la constitución, funcionamiento, disolución y
liquidación de sociedades.
• La redacción de toda clase de contratos.
• La gestión de negocios administrativos.
• La inscripción de documentos en el Registro Público o
en el Registro Civil, y las gestiones, recursos y
reclamaciones a que den motivo la descalificación y
reparo de esos documentos.
• El acompañamiento a cualquier persona en toda
gestión o diligencia en que sean solicitados sus
servicios.
• La calidad de Agente Residente para los efectos del
Artículo 1o. y 2 de la Ley 32 de 1927.
• Cualquier otra actividad o gestión no incluida
expresamente en este artículo para las cuales se
requiera la calidad de abogado.
Incompatibilidades
Artículo 12. El abogado que es servidor
público.
Ver el caso de los diputados que son
abogados. Fallo 29 de noviembre de
2017.
Ejercicio ilegal de la
Profesión
Artículos del 8 al 11.
Ver Código Penal ejercicio ilegal de
una profesión.
LEY 350 de 21 de diciembre de 2022
Condiciones para el
ejercicio de la Profesión
Artículos del 1 al 7 de la Ley
El ejercicio de la Profesión
Disposiciones finales
Artículo 38 y 40.
Día del abogado 9 de agosto
Derogación de la Ley 9 de 1984
Entrada en vigencia
Procedimientos y
Sanciones
Artículos 17 al 37.
Importante ver el Código de Ética
Protección al ejercicio de
la abogacía
Artículo 13 al 16
GO 29686-B 21/12/22
LA ÉTICA
• “Se puede pensar con toda razón que el porvenir
de la humanidad está en quienes sepan dar a las
generaciones venideras razones para vivir y
razones para esperar”.
• (Const. Gaudium et Spes, Nº 31)
SOBRE LA ÉTICA
1. Etimología
La Ética, como ciencia moral, puede considerarse
fundada por Sócrates en el s. V a.C. cuando se
despertó el interés filosófico por saber qué es el
ser humano y por la conducta moral humana.
Inclusive, desde entonces se han utilizado dos
términos para designar esta ciencia: ética y
moral.
2. La moral
El término moral procede del latín “mos, moris” que
significa costumbre. Se refiere a los usos y
costumbres, que son patrimonio de un grupo. Así, la
moral es la “ciencia de las costumbres”.
Posteriormente, ha ido desarrollándose el criterio
personal y se ha dado más importancia al ámbito de la
interioridad del ser humano. De esta manera la Moral
ya no estudia sólo las costumbres sociales sino
también los principios morales que rigen la conducta
de los individuos.
Ética y Moral
Relación entre la ética y la moral
El término ética procede del griego “ethos”,
que significa morada o domicilio. Luego pasó
a significar el carácter, los hábitos o las
disposiciones interiores del alma que
determinan la manera de ser de una persona.
La ética es considerada como parte de otra
ciencia más amplia que es la antropología
filosófica, y su objeto de estudio es la
moralidad del obrar humano; es decir, la ética
considera los actos humanos libres en cuanto
buenos o malos.
La ética en cambio, se ocupa de los actos
humanos libres, en cuanto buenos o malos.
Precisamente, la moralidad es una cualidad que
corresponde a los actos humanos exclusivamente
por el hecho de proceder de la libertad en orden a
un fin último, lo cual determina su bondad o
maldad.
• Como sabemos, los actos humanos
pueden ser estudiados desde
distintos puntos de vista, por ejemplo
la psicología estudia los actos
humanos en cuanto acciones que
proceden del alma humana según un
determinado proceso; la lógica
estudia los actos cognoscitivos en
tanto verdaderos o falsos, según
unas ciertas reglas.
Incompatibilidades
Artículo 12. El abogado que es servidor
público.
Ver el caso de los diputados que son
abogados. Fallo 29 de noviembre de
2017.
Ejercicio ilegal de la
Profesión
Artículos del 8 al 11.
Ver Código Penal ejercicio ilegal de
una profesión.
VEAMOS
Condiciones para el
ejercicio de la Profesión
Artículos del 1 al 7 de la Ley
El ejercicio de la Profesión
Disposiciones finales
Artículo 38 y 40.
Día del abogado 9 de agosto
Derogación de la Ley 9 de 1984
Entrada en vigencia
Procedimientos y
Sanciones
Artículos 17 al 37.
Importante ver el Código de Ética
Protección al ejercicio de
la abogacía
Artículo 13 al 16
Ética y Derecho
Las normas morales son unilaterales,
porque solo establece deberes para el
sujeto. No otorgan derecho, ni facultad a
otra persona para exigir el cumplimiento
del deber moral.
Las normas jurídicas son bilaterales porque no
solo imponen deberes, sino que
correlativamente otorgan derechos y facultad a
terceros para exigir a otro el cumplimiento el
deber jurídico.
La moral es autónoma en el sentido de que es
voluntaria su aceptación por el sujeto, quien
por su decisión voluntaria elige o se desvía.
El Derecho es heterónomo, ya que el sujeto
está obligado al cumplimiento de la norma, por
ello su característica coactiva, no así con la
moral.
SIN EMBARGO, VEREMOS QUE HAY UN
CAMBIO HOY EN DÍA EN LA EXIGENCIA DE
UNA ÉTICA CON CONSECUENCIAS
JURÍDICAS.
Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA-NC
Convencionalismos
sociales
• Los denominados usos, costumbres y
convencionalismos sociales, son un grupo de
normas éticas que comprende preceptos como
los del decoro, el honor, la moda, la cortesía, los
hábitos colectivos y las costumbres sociales que
se practican en una sociedad determinada.
VALORES UNIVERSALES
¿QUÉ SON?
• Los valores universales son el conjunto
de características y normas de
convivencia del ser humano
consideradas como cualidades
positivas y válidas en una época
determinada. Se suelen considerar
innatos a la naturaleza humana.
VALORES
• Respeto
• La libertad.
• La bondad,
• la justicia,
• la igualdad,
• el amor,
• la responsabilidad
• la honradez,
• la solidaridad,
• la verdad,
• la valentía,
• la amistad,
• el honor
• la paz.
FUNDAMENTOS DE LA ÉTICA
“La finalidad de la ética es el deber, el deber para consigo mismo o para con los
demás. Es primariamente individual o personal, aún cuando se refiere a los deberes y
obligaciones para con otros. La cualidad de la vida humana se relaciona tanto con la
soledad como con la sociabilidad” (Merril:1981)
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA APLICADA
• La ética aplicada es la rama de la ética que estudia
la aplicación de las teorías éticas a cuestiones
morales concretas y controvertidas.
• La deontología profesional busca justificar los
valores morales que deberían guiar a
los profesionales, y estudia los valores que de
hecho guían a los profesionales. En el primer
sentido la deontología profesional es una disciplina
normativa y filosófica.
• En el segundo sentido, se trata más bien de una
disciplina descriptiva y por lo tanto científica. La
deontología profesional también cuenta con
subdisciplinas como la ética médica, la ética militar,
la ética de los negocios, la ética computacional o
la ética de la ingeniería y el Derecho.
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA PROFESIONAL
• Es la rama de la ética aplicada cuyo propósito es
establecer los deberes de quienes ejercen una
profesión.
• La ética o deontología no impone sanciones legales
o normativas. Sin embargo, la ética profesional
puede estar, en cierta forma, en los códigos legales
que regulan una actividad profesional. La
deontología también forma parte de lo que se
conoce como ética normativa y presenta una serie
de principios y reglas de cumplimiento obligatorio.
• Por ello debemos revisar nuestro Código de Ética
del Abogado y el Código de Ética del Servidor
Público.
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA NORMATIVA
• La ética normativa es la rama de la ética que
estudia los posibles criterios para determinar
cuándo una acción es correcta y cuándo no lo es.
• Busca principios generales que justifiquen los
sistemas normativos y argumenta por qué se
deberían adoptar determinadas normas.
• Ejemplos: la regla de oro, los mandamientos del
abogado de Eduardo Couture.
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA AMBIENTAL
• La ética ambiental o ética del ambiente es la
parte de la filosofía y la ética aplicada que considera
las relaciones éticas entre los seres humanos y el
ambiente natural o medio ambiente.
• Las dos preguntas fundamentales de esta disciplina
sean: ¿qué deberes tienen los seres humanos hacia
el medio ambiente, y por qué?
• Ante esto, podemos concluir que las respuestas
podrán ser muy variadas, de allí que podamos tener
varias éticas.
• En el segundo sentido, se trata más bien de una
disciplina descriptiva y por lo tanto científica. La
deontología profesional también cuenta con
subdisciplinas como la ética médica, la ética militar,
la ética de los negocios, la ética computacional o
la ética de la ingeniería y el Derecho.
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA PROFESIONAL
• La ética empresarial es el conjunto de valores y
normas por los que una empresa se rige en sus
distintas actividades; también son los principios
que dirigen las acciones y toma de decisiones de
una organización o entidad.
• Su objetivo es crear una cultura profesional y ética
en la que los valores de la empresa estén alineados
con la manera de actuar en la misma, al tiempo que
se alcanza una mayor armonía con la sociedad.
• El término Business Ethics («Ética de los
negocios») surgió en Estados Unidos en la
década de 1970. Unos años después llegó a
Europa, donde en 1987 se creó la European
Business Ethics Network (EBEN), la Red Europea
de Ética Empresarial. Y es en la primera década del
siglo XXI cuando la ética de la empresa comienza a
adquirir gran relevancia.
• .
JUSTIFICACIÓN
• Sobre estos valores la empresa, en general, basa
sus acciones ya que se entiende hoy en día que la
empresa tiene además de un objetivo comercial,
tiene una función en la sociedad.
RAMAS DE LA ÉTICA
ÉTICA LAICA Y RELIGIOSA
• La Ética laica es una concepción de la filosofía
moral en la que la ética se basa únicamente en
facultades humanas como la lógica, la razón,
la empatía o la intuición
• Por lo tanto, no hay una relación directa con el
aspecto de un Ser superior o sobrenatural.
• Sin embargo, no signifique que está en contra de la
ética religiosa, ya que considera valores como el
respeto, la no violencia entre otros.
• La Ética religiosa es un tipo de ética que tiene
validez a partir de una autoridad eclesiástica o
religiosa.
• Por lo tanto, dependerá del tipo de religión.
• Tenemos por ejemplo, la ética cristiana, que
aglomera los valores de la enseñanzas de Cristo, sin
importar la denominación religiosa (catolicismo,
protestantismo, evangélicos, y otras)
¡GRACIAS!

SEMINARIO-DE-ETICA-LECCION-1.pptx

  • 1.
    SEMINARIO DE ÉTICA LaÉtica Profesional del Abogado ISAE UNIVERSIDAD
  • 2.
    JUSTIFICACIÓN • La incorporaciónde un Curso denominado Seminario de Ética Profesional conlleva el propósito de perfilar el comportamiento profesional desde la academia, así como reforzar el espíritu del Abogado en cuanto al rol y las norman que han de guiar el comportamiento y la inserción profesional. • Todo esto ahora desde el marco de la nueva normativa.
  • 3.
    DESARROLLO DEL CURSO Lección1 Lección 2 Lección 3 Lección 4 Legislación que regula el ejercicio de la abogacía. Modulo 1 Sobre la ética. Módulo 2 sobre la Ética Jurídica Módulo 3 sobre la Ética jurídica Módulo 4 sobre el ejercicio de la abogacía por medios electrónicos Módulo 5 ejercio de la abogacía ante el Derecho Financiero y Tributario. Módulo 6 el ejercicio de la abogacía ante el Derecho de Contratos Cumplimiento de las normas para prevención de lavado de activos Temas de actualidad ÉXITO
  • 4.
    IDONEIDADES EMITIDAS Se puedever una estadística en https://www.organojudicial.gob.pa/apps add/abogado/s4abestgen.php
  • 5.
    DISCUSIÓN EN CLASES •ANTE EL AUMENTO SIGNIFICATIVO DE LAS IDONEIDADES OTORGADAS, CÓMO SE PUEDE EJERCER LA PROFESÍÓN EN UN MERCADO TAN SATURADO? • Qué ideas innovadoras necesitaremos ?
  • 6.
    REQUISITOS Ley 350 de2022 • 1. Ser nacional panameño; 2. Poseer título profesional en derecho expedido por la Universidad de Panamá, la Universidad Santa María La Antigua, o por cualquier otra institución universitaria que se establezca en el futuro en la República de Panamá y cuyos títulos la Ley reconozca su valor oficial; y 3. Poseer título profesional de derecho obtenido en Universidad de reconocido prestigio, el cual deberá ser previamente revalidado en la Universidad de Panamá, salvo en el caso de convenios internacionales que en términos claros y precisos eximan al interesado de la obligación de revalidar su título profesional. Acuerdo 684 de 21 dic. 2022 • 4. Aprobar el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacía, basado principalmente, en conocimientos éticos y prácticos de la profesión de abogado.
  • 7.
    TRIBUNAL COMPETENTE SALA CUARTADE NEGOCIOS GENERALES (Artículo 100 CJ) • Ordinal 4: Declarar quiénes reúnen las condiciones necesarias para ejercer la abogacía. • Ordinal 5: Revisar y aprobar las tarifas de honorarios que establezcan los Colegios o Asociaciones de abogados • Ordinal 9: Aplicar a particulares, litigantes y abogados, las sanciones correccionales y disciplinarias que señale la Ley.
  • 8.
    SOLICITUD DE IDONEIDAD Poder ysolicitud mediante abogado. Se dirige al Magistrado Presidente de la CSJ y se presenta en la Sala 4 de Negocios Generales. (artículos 100 ord.4 y 101 CJ, artículo 6 de la Ley 9) Documentos a aportar Copia Cotejada del Diploma por notario Certificación de CTDA del diploma Certificado de nacimiento Pago de B/.10.00 en la oficina de Tesorería del O. Judicial Fijar la fecha del Seminario por parte del ISUJ Es de obligatorio cumplimiento su participación y según el acuerdo 684, debe ser pasado el examen.
  • 9.
    EL EJERCICIO DELA PROFESIÓN Cuándo se ejerce la abogacía (art. 4) • La representación judicial ante la jurisdicción civil, penal, laboral, de menores, electoral, administrativa, marítima y cualquiera otra jurisdicción que exista o que se establezca en el futuro. • La resolución de consultas jurídicas por escrito o verbalmente. • La redacción de alegatos, testamentos, minutas y memoriales dirigidos a cualquier funcionario. • La preparación de documentación jurídica relacionada con la constitución, funcionamiento, disolución y liquidación de sociedades. • La redacción de toda clase de contratos. • La gestión de negocios administrativos. • La inscripción de documentos en el Registro Público o en el Registro Civil, y las gestiones, recursos y reclamaciones a que den motivo la descalificación y reparo de esos documentos. • El acompañamiento a cualquier persona en toda gestión o diligencia en que sean solicitados sus servicios. • La calidad de Agente Residente para los efectos del Artículo 1o. y 2 de la Ley 32 de 1927. • Cualquier otra actividad o gestión no incluida expresamente en este artículo para las cuales se requiera la calidad de abogado.
  • 10.
    Incompatibilidades Artículo 12. Elabogado que es servidor público. Ver el caso de los diputados que son abogados. Fallo 29 de noviembre de 2017. Ejercicio ilegal de la Profesión Artículos del 8 al 11. Ver Código Penal ejercicio ilegal de una profesión. LEY 350 de 21 de diciembre de 2022 Condiciones para el ejercicio de la Profesión Artículos del 1 al 7 de la Ley El ejercicio de la Profesión Disposiciones finales Artículo 38 y 40. Día del abogado 9 de agosto Derogación de la Ley 9 de 1984 Entrada en vigencia Procedimientos y Sanciones Artículos 17 al 37. Importante ver el Código de Ética Protección al ejercicio de la abogacía Artículo 13 al 16 GO 29686-B 21/12/22
  • 11.
    LA ÉTICA • “Sepuede pensar con toda razón que el porvenir de la humanidad está en quienes sepan dar a las generaciones venideras razones para vivir y razones para esperar”. • (Const. Gaudium et Spes, Nº 31)
  • 12.
    SOBRE LA ÉTICA 1.Etimología La Ética, como ciencia moral, puede considerarse fundada por Sócrates en el s. V a.C. cuando se despertó el interés filosófico por saber qué es el ser humano y por la conducta moral humana. Inclusive, desde entonces se han utilizado dos términos para designar esta ciencia: ética y moral. 2. La moral El término moral procede del latín “mos, moris” que significa costumbre. Se refiere a los usos y costumbres, que son patrimonio de un grupo. Así, la moral es la “ciencia de las costumbres”. Posteriormente, ha ido desarrollándose el criterio personal y se ha dado más importancia al ámbito de la interioridad del ser humano. De esta manera la Moral ya no estudia sólo las costumbres sociales sino también los principios morales que rigen la conducta de los individuos.
  • 13.
    Ética y Moral Relaciónentre la ética y la moral El término ética procede del griego “ethos”, que significa morada o domicilio. Luego pasó a significar el carácter, los hábitos o las disposiciones interiores del alma que determinan la manera de ser de una persona. La ética es considerada como parte de otra ciencia más amplia que es la antropología filosófica, y su objeto de estudio es la moralidad del obrar humano; es decir, la ética considera los actos humanos libres en cuanto buenos o malos. La ética en cambio, se ocupa de los actos humanos libres, en cuanto buenos o malos. Precisamente, la moralidad es una cualidad que corresponde a los actos humanos exclusivamente por el hecho de proceder de la libertad en orden a un fin último, lo cual determina su bondad o maldad.
  • 14.
    • Como sabemos,los actos humanos pueden ser estudiados desde distintos puntos de vista, por ejemplo la psicología estudia los actos humanos en cuanto acciones que proceden del alma humana según un determinado proceso; la lógica estudia los actos cognoscitivos en tanto verdaderos o falsos, según unas ciertas reglas.
  • 15.
    Incompatibilidades Artículo 12. Elabogado que es servidor público. Ver el caso de los diputados que son abogados. Fallo 29 de noviembre de 2017. Ejercicio ilegal de la Profesión Artículos del 8 al 11. Ver Código Penal ejercicio ilegal de una profesión. VEAMOS Condiciones para el ejercicio de la Profesión Artículos del 1 al 7 de la Ley El ejercicio de la Profesión Disposiciones finales Artículo 38 y 40. Día del abogado 9 de agosto Derogación de la Ley 9 de 1984 Entrada en vigencia Procedimientos y Sanciones Artículos 17 al 37. Importante ver el Código de Ética Protección al ejercicio de la abogacía Artículo 13 al 16
  • 16.
    Ética y Derecho Lasnormas morales son unilaterales, porque solo establece deberes para el sujeto. No otorgan derecho, ni facultad a otra persona para exigir el cumplimiento del deber moral. Las normas jurídicas son bilaterales porque no solo imponen deberes, sino que correlativamente otorgan derechos y facultad a terceros para exigir a otro el cumplimiento el deber jurídico. La moral es autónoma en el sentido de que es voluntaria su aceptación por el sujeto, quien por su decisión voluntaria elige o se desvía. El Derecho es heterónomo, ya que el sujeto está obligado al cumplimiento de la norma, por ello su característica coactiva, no así con la moral. SIN EMBARGO, VEREMOS QUE HAY UN CAMBIO HOY EN DÍA EN LA EXIGENCIA DE UNA ÉTICA CON CONSECUENCIAS JURÍDICAS. Esta foto de Autor desconocido está bajo licencia CC BY-SA-NC
  • 17.
    Convencionalismos sociales • Los denominadosusos, costumbres y convencionalismos sociales, son un grupo de normas éticas que comprende preceptos como los del decoro, el honor, la moda, la cortesía, los hábitos colectivos y las costumbres sociales que se practican en una sociedad determinada.
  • 18.
    VALORES UNIVERSALES ¿QUÉ SON? •Los valores universales son el conjunto de características y normas de convivencia del ser humano consideradas como cualidades positivas y válidas en una época determinada. Se suelen considerar innatos a la naturaleza humana. VALORES • Respeto • La libertad. • La bondad, • la justicia, • la igualdad, • el amor, • la responsabilidad • la honradez, • la solidaridad, • la verdad, • la valentía, • la amistad, • el honor • la paz.
  • 19.
    FUNDAMENTOS DE LAÉTICA “La finalidad de la ética es el deber, el deber para consigo mismo o para con los demás. Es primariamente individual o personal, aún cuando se refiere a los deberes y obligaciones para con otros. La cualidad de la vida humana se relaciona tanto con la soledad como con la sociabilidad” (Merril:1981)
  • 20.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA APLICADA • La ética aplicada es la rama de la ética que estudia la aplicación de las teorías éticas a cuestiones morales concretas y controvertidas. • La deontología profesional busca justificar los valores morales que deberían guiar a los profesionales, y estudia los valores que de hecho guían a los profesionales. En el primer sentido la deontología profesional es una disciplina normativa y filosófica. • En el segundo sentido, se trata más bien de una disciplina descriptiva y por lo tanto científica. La deontología profesional también cuenta con subdisciplinas como la ética médica, la ética militar, la ética de los negocios, la ética computacional o la ética de la ingeniería y el Derecho.
  • 21.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA PROFESIONAL • Es la rama de la ética aplicada cuyo propósito es establecer los deberes de quienes ejercen una profesión. • La ética o deontología no impone sanciones legales o normativas. Sin embargo, la ética profesional puede estar, en cierta forma, en los códigos legales que regulan una actividad profesional. La deontología también forma parte de lo que se conoce como ética normativa y presenta una serie de principios y reglas de cumplimiento obligatorio. • Por ello debemos revisar nuestro Código de Ética del Abogado y el Código de Ética del Servidor Público.
  • 22.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA NORMATIVA • La ética normativa es la rama de la ética que estudia los posibles criterios para determinar cuándo una acción es correcta y cuándo no lo es. • Busca principios generales que justifiquen los sistemas normativos y argumenta por qué se deberían adoptar determinadas normas. • Ejemplos: la regla de oro, los mandamientos del abogado de Eduardo Couture.
  • 23.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA AMBIENTAL • La ética ambiental o ética del ambiente es la parte de la filosofía y la ética aplicada que considera las relaciones éticas entre los seres humanos y el ambiente natural o medio ambiente. • Las dos preguntas fundamentales de esta disciplina sean: ¿qué deberes tienen los seres humanos hacia el medio ambiente, y por qué? • Ante esto, podemos concluir que las respuestas podrán ser muy variadas, de allí que podamos tener varias éticas. • En el segundo sentido, se trata más bien de una disciplina descriptiva y por lo tanto científica. La deontología profesional también cuenta con subdisciplinas como la ética médica, la ética militar, la ética de los negocios, la ética computacional o la ética de la ingeniería y el Derecho.
  • 24.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA PROFESIONAL • La ética empresarial es el conjunto de valores y normas por los que una empresa se rige en sus distintas actividades; también son los principios que dirigen las acciones y toma de decisiones de una organización o entidad. • Su objetivo es crear una cultura profesional y ética en la que los valores de la empresa estén alineados con la manera de actuar en la misma, al tiempo que se alcanza una mayor armonía con la sociedad. • El término Business Ethics («Ética de los negocios») surgió en Estados Unidos en la década de 1970. Unos años después llegó a Europa, donde en 1987 se creó la European Business Ethics Network (EBEN), la Red Europea de Ética Empresarial. Y es en la primera década del siglo XXI cuando la ética de la empresa comienza a adquirir gran relevancia. • .
  • 25.
    JUSTIFICACIÓN • Sobre estosvalores la empresa, en general, basa sus acciones ya que se entiende hoy en día que la empresa tiene además de un objetivo comercial, tiene una función en la sociedad.
  • 26.
    RAMAS DE LAÉTICA ÉTICA LAICA Y RELIGIOSA • La Ética laica es una concepción de la filosofía moral en la que la ética se basa únicamente en facultades humanas como la lógica, la razón, la empatía o la intuición • Por lo tanto, no hay una relación directa con el aspecto de un Ser superior o sobrenatural. • Sin embargo, no signifique que está en contra de la ética religiosa, ya que considera valores como el respeto, la no violencia entre otros. • La Ética religiosa es un tipo de ética que tiene validez a partir de una autoridad eclesiástica o religiosa. • Por lo tanto, dependerá del tipo de religión. • Tenemos por ejemplo, la ética cristiana, que aglomera los valores de la enseñanzas de Cristo, sin importar la denominación religiosa (catolicismo, protestantismo, evangélicos, y otras)
  • 27.