1 
PORTE ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO EN COLOMBIA 
ILEGALIDAD DE ARMAS DE FUEGO 
SOFÍA CAROLINA JURADO 
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES 
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA 
SEDE - VALLEDUPAR 
2014
2 
INTRODUCCIÓN. 
Colombia es uno de los países que más ha sobrelleva el problema del porte ilegal de armas de fuego, tema que durante muchos años atrás ha traído problemas sociales, en cuanto a la seguridad del ser humano y su integridad. Pero cuando se habla de porte ilegal de armas de fuego siempre lo enfocamos en la delincuencia común o bandas criminales, que después de todo se han ganado ese nombre por las acciones vergonzosas que cometen para delinquir en contra del individuo, hoy en día existen ciudadanos armados por la peligrosidad que se ve en nuestro país, con la función de defenderse cuando exista algún ataque por parte del delincuente que quiera atrofiar la vida del individuo por algo insignificante como el celular. 
Uno de los ejemplos de organizaciones al margen de la ley se encuentra el ELN y las FRAC, quienes hacen compras millonarias de armas de fuego para combatir el Ejército Nacional Colombiano, que muchas de esas armas son repartidas para algunas bandas delincuenciales con el fin de atracar o quitarle la vida a un ser viviente, creando una cultura de temor en los ciudadanos, y que cada vez va haciendo popular nuestro país por la cantidad de crímenes y homicidios que presentan según las estadísticas. 
En nuestro país existe este problema de violencia por la falta de seriedad que no toma la iniciativa de presionar la aplicabilidad de las leyes y no deja que las normas regulen por encima de la libertad, una persona que comete un homicidio con cualquier clase de arma no es justo que sea sometido a prisión por pocos años, como también una persona que tenga un arma de fuego o cualquier otra puede ser vulnerable a esta, porque por tranquilidad la puede tener pero si ocasiona un perjuicio como la muerte de un pariente o por defenderse cometa un homicidio a otro este puede caer el en error de hacer parte de una cultura violenta que genera miedo e inestabilidad emocional. 
Falta mano dura para acabar con el porte ilegal de armas de fuego, que esto generalmente no trae paz. En la constitución política de Colombia en su artículo 115; el Presidente dice que “al jurar el cumplimiento de la constitución y de las leyes, está en la obligación de garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”. 
Aunque no solo el Presidente se debe encargar de la seguridad de los colombianos, sino también los Ministros, la Policía nacional, el Ejército Nacional y otras entidades que busca la seguridad colombiana y la paz de todos.
3 
ILEGALIDAD DE ARMAS DE FUEGO EN COLOMBIA. 
Empezamos con la ley 55 del 2000, “fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas”. Y la ley 1453 de 2011; “El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique repare, almacene, conserve, adquiera, suministre o porte armas o municiones de uso privativo de las fuerzas armadas, incurrirá en prisión de (3) a (10) años”. 
Lamentablemente en Colombia no se aplica expresamente la ley, como lo dije anterior mente por falta de seriedad y mano dura en el sistema penal. 
Se cree, que el estado tiene el control y el monopolio de las armas, que están seguras y que tienen la potestad absoluta de mantenerlas y fabricarlas como lo estipula el artículo 233 de nuestra Constitución “solo el gobierno puede introducir armas y fabricar municiones de guerra y explosivos, nadie podrá poseerlos ni portarlos sin permiso de la autoridad competente, este permiso no podrá extenderse a los casos de congruencias a reuniones políticas, a elecciones o a secciones de corporaciones públicas o asambleas y asea para actuar en ellas o para presenciarlas”, pero resulta que de allí salen las pequeñas alimañas, es decir que cuando encuentran a un delincuente cometiendo un crimen y pasa a la investigación se encuentran con la sorpresa de que esa arma de fuego proviene de los altos rangos de la fuerza pública. 
El al artículo 365 del código penal y procedimiento penal, se ha reformado haciendo cambios con relación al delito de porte ilegal de arma de fuego, se ha incorporado nuevos verbos rectores en el tipo penal como por ejemplo; el que tenga un arma de fuego o armas de fabricación artesanal o hechizas, en su casa o donde quiera que se encuentre la penalización será la misma. 
Según Martínez Caballero 1995, “la penalización de la fabricación, comercio y porte de armas sin permiso de autoridad competente corresponde a una política de estado adecuada para proteger la vida de los ciudadanos, la cual encuentra perfecto sustento constitucional. En el caso colombiano por las condiciones que atraviesa nuestra sociedad, el control a la tenencia de armas resulta indispensable para el sometimiento de la seguridad pública y la realización efectiva de los derechos de las personas” 
Romero Soto 1982, “esta materia de los delitos de peligro es campo de controversias que no parecen llevar vía de solución. Fruto de ellas son las diversas clasificaciones que de tales delitos se han hecho y que reflejan las perplejidades que sobre su naturaleza y manifestaciones se presentan en la doctrina. Y la imposibilidad o por lo menos, la dificultad de recibir la cuestión o regalas o preceptos que la informen.”
4 
En periódicos, la radio, revistas y la web, publica informaciones acerca del porte ilegal de armas de fuego que ya sea convertido en el pan de cada día. Todos los días hay homicidio en Colombia, violencia común y aun familiar, en otros países el porte de armas de fuego es normal, pero mirando las estadísticas los homicidios son más rápidos y comunes que un rayo. No se debe adaptarse esas normas extranjeras a nuestro país ya que no está preparado para el porte de armas, más que todo se debe concientizar a los ciudadanos a ser pasivos y tolerantes para llegar a la paz social, y aquellos que se dedican a la delincuencia que se concienticen en trabajar, en ganar el dinero honradamente sin hacerle daño a los demás siendo digno de un buen trato y solidaridad. 
Recientemente cayó el jefe de una banda criminal que por muchos años controlo gran parte del cesar y la guajira, Marcos Figueroa alias “Marquito” un delincuente que ha cometido docenas de homicidios agravados y que tiene cargos como el porte ilegal de armas de fuego, concierto para delinquir agravado y narcotráfico. 
Marquitos es responsable por los homicidios de Elkin Becerra Ramírez quien era asesor jurídico del Ministerio de Transporte, Iván Martínez Aroca, Alejandro Bonivento Barros, Yandra Brito, e innumerables victimas del cesar y la guajira y aun fuera de estos departamentos. 
El presidente de la republica Juan Manuel Santos, el director de la policía nacional Rodolfo Palomino y el ministro de defensa Juan Carlos Pinzón y junto a las ciudadanos celebraron la captura de este peligro delincuente, que había huido a Brasil para refugiarse. Esta noticia es de gran importancia para nuestro país sumándose la noticia donde dieron de baja al Jefe de la guerrilla Alfonso Cano. 
El Decreto 2535 de 1993 anuncia que “un objeto que sirva para que una persona se defienda pero que no le permite, herir o matar al agresor no es, en sentido estricto, un arma y que “si un arma de defensa no fuere susceptible de herir o matar a otra persona dejaría de ser un arma”. Está claro que a la hora de que el juez tome una decisión en cuanto a la aplicabilidad de la norma tiene que ser muy detallista, ya que en defensa propia también se cometen crímenes evitando una cultura pacífica. 
Según, Espinosa Pérez 1995, “habida cuenta que el combatiente mundo de las interferencias comunicativas, de las que se ha hablado hace vivencialmente, en un momento socio histórico determinado, ciertos actos tengan una específica social que los hacen dañinos por la potencialidad que tienen de afectar un ámbito de interrelación, como la convivencia pacífica en este caso, o que el mismo comportamiento no tenga la virtualidad de impresionar las condiciones que la permiten en un ámbito temporoespecial diferente.” Normalmente un arma de fuego es vista como un peligro latente y consecuencia del bien jurídico que protege la seguridad social del individuo.
5 
CONCLUSIÓN. 
Como resumen a este ensayo las normas cuidan y protegen la vida de los ciudadanos colombianos, atreves de anunciar y prevenir el uso de armas de fuego que son impredecibles a la hora de hacer cualquier actividad, hoy en día las armas de fuego son muy comunes en nuestra realidad social, menores de edad salen a las calles con armas de toda clase sin impórtale a quien se van a enfrentar, este problema de armas es muy serio y hay que tomar cartas sobre el asunto, cualquiera puede disponer de un arma de fuego, no necesita ser mayor de edad o trabajar para el Estado, esto es tan grave que se está vendiendo como pan caliente. 
El Estado debe tener una política que se encargue de controlar el tema de tráfico y porte de armas de fuego, para que se solucione un poco la criminalidad, el hurto, la extorsión, homicidios y suicidios. Hay que acabar con el luto de las familias inocentes que son masacradas por un individuo que sin justa causa acaba con la vida de un inocente o porque quiso defenderse muere en el intento. 
Se debe tomar la iniciativa por parte de los jueces a la hora de juzgar y sancionar al delincuente, duplicándole la pena dependiendo de su comportamiento para que sea ejemplo a los demás y así exista una Colombia sana libre de delincuencia y llena de paz integral.
6 
BIBLIOGRAFÍAS. 
 Constitución política de Colombia. 
 Código penal y procedimiento penal - ley 55 del 2000. 
 ley 1453 de 2011. 
 Romero Soto 1982. 
 Martínez Caballero 1995. 
 Espinosa Pérez 1995. 
 Decreto 2535 de 1993.

Sofiaaaaa

  • 1.
    1 PORTE ILEGALDE ARMAS DE FUEGO EN COLOMBIA ILEGALIDAD DE ARMAS DE FUEGO SOFÍA CAROLINA JURADO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA SEDE - VALLEDUPAR 2014
  • 2.
    2 INTRODUCCIÓN. Colombiaes uno de los países que más ha sobrelleva el problema del porte ilegal de armas de fuego, tema que durante muchos años atrás ha traído problemas sociales, en cuanto a la seguridad del ser humano y su integridad. Pero cuando se habla de porte ilegal de armas de fuego siempre lo enfocamos en la delincuencia común o bandas criminales, que después de todo se han ganado ese nombre por las acciones vergonzosas que cometen para delinquir en contra del individuo, hoy en día existen ciudadanos armados por la peligrosidad que se ve en nuestro país, con la función de defenderse cuando exista algún ataque por parte del delincuente que quiera atrofiar la vida del individuo por algo insignificante como el celular. Uno de los ejemplos de organizaciones al margen de la ley se encuentra el ELN y las FRAC, quienes hacen compras millonarias de armas de fuego para combatir el Ejército Nacional Colombiano, que muchas de esas armas son repartidas para algunas bandas delincuenciales con el fin de atracar o quitarle la vida a un ser viviente, creando una cultura de temor en los ciudadanos, y que cada vez va haciendo popular nuestro país por la cantidad de crímenes y homicidios que presentan según las estadísticas. En nuestro país existe este problema de violencia por la falta de seriedad que no toma la iniciativa de presionar la aplicabilidad de las leyes y no deja que las normas regulen por encima de la libertad, una persona que comete un homicidio con cualquier clase de arma no es justo que sea sometido a prisión por pocos años, como también una persona que tenga un arma de fuego o cualquier otra puede ser vulnerable a esta, porque por tranquilidad la puede tener pero si ocasiona un perjuicio como la muerte de un pariente o por defenderse cometa un homicidio a otro este puede caer el en error de hacer parte de una cultura violenta que genera miedo e inestabilidad emocional. Falta mano dura para acabar con el porte ilegal de armas de fuego, que esto generalmente no trae paz. En la constitución política de Colombia en su artículo 115; el Presidente dice que “al jurar el cumplimiento de la constitución y de las leyes, está en la obligación de garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos”. Aunque no solo el Presidente se debe encargar de la seguridad de los colombianos, sino también los Ministros, la Policía nacional, el Ejército Nacional y otras entidades que busca la seguridad colombiana y la paz de todos.
  • 3.
    3 ILEGALIDAD DEARMAS DE FUEGO EN COLOMBIA. Empezamos con la ley 55 del 2000, “fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas”. Y la ley 1453 de 2011; “El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique repare, almacene, conserve, adquiera, suministre o porte armas o municiones de uso privativo de las fuerzas armadas, incurrirá en prisión de (3) a (10) años”. Lamentablemente en Colombia no se aplica expresamente la ley, como lo dije anterior mente por falta de seriedad y mano dura en el sistema penal. Se cree, que el estado tiene el control y el monopolio de las armas, que están seguras y que tienen la potestad absoluta de mantenerlas y fabricarlas como lo estipula el artículo 233 de nuestra Constitución “solo el gobierno puede introducir armas y fabricar municiones de guerra y explosivos, nadie podrá poseerlos ni portarlos sin permiso de la autoridad competente, este permiso no podrá extenderse a los casos de congruencias a reuniones políticas, a elecciones o a secciones de corporaciones públicas o asambleas y asea para actuar en ellas o para presenciarlas”, pero resulta que de allí salen las pequeñas alimañas, es decir que cuando encuentran a un delincuente cometiendo un crimen y pasa a la investigación se encuentran con la sorpresa de que esa arma de fuego proviene de los altos rangos de la fuerza pública. El al artículo 365 del código penal y procedimiento penal, se ha reformado haciendo cambios con relación al delito de porte ilegal de arma de fuego, se ha incorporado nuevos verbos rectores en el tipo penal como por ejemplo; el que tenga un arma de fuego o armas de fabricación artesanal o hechizas, en su casa o donde quiera que se encuentre la penalización será la misma. Según Martínez Caballero 1995, “la penalización de la fabricación, comercio y porte de armas sin permiso de autoridad competente corresponde a una política de estado adecuada para proteger la vida de los ciudadanos, la cual encuentra perfecto sustento constitucional. En el caso colombiano por las condiciones que atraviesa nuestra sociedad, el control a la tenencia de armas resulta indispensable para el sometimiento de la seguridad pública y la realización efectiva de los derechos de las personas” Romero Soto 1982, “esta materia de los delitos de peligro es campo de controversias que no parecen llevar vía de solución. Fruto de ellas son las diversas clasificaciones que de tales delitos se han hecho y que reflejan las perplejidades que sobre su naturaleza y manifestaciones se presentan en la doctrina. Y la imposibilidad o por lo menos, la dificultad de recibir la cuestión o regalas o preceptos que la informen.”
  • 4.
    4 En periódicos,la radio, revistas y la web, publica informaciones acerca del porte ilegal de armas de fuego que ya sea convertido en el pan de cada día. Todos los días hay homicidio en Colombia, violencia común y aun familiar, en otros países el porte de armas de fuego es normal, pero mirando las estadísticas los homicidios son más rápidos y comunes que un rayo. No se debe adaptarse esas normas extranjeras a nuestro país ya que no está preparado para el porte de armas, más que todo se debe concientizar a los ciudadanos a ser pasivos y tolerantes para llegar a la paz social, y aquellos que se dedican a la delincuencia que se concienticen en trabajar, en ganar el dinero honradamente sin hacerle daño a los demás siendo digno de un buen trato y solidaridad. Recientemente cayó el jefe de una banda criminal que por muchos años controlo gran parte del cesar y la guajira, Marcos Figueroa alias “Marquito” un delincuente que ha cometido docenas de homicidios agravados y que tiene cargos como el porte ilegal de armas de fuego, concierto para delinquir agravado y narcotráfico. Marquitos es responsable por los homicidios de Elkin Becerra Ramírez quien era asesor jurídico del Ministerio de Transporte, Iván Martínez Aroca, Alejandro Bonivento Barros, Yandra Brito, e innumerables victimas del cesar y la guajira y aun fuera de estos departamentos. El presidente de la republica Juan Manuel Santos, el director de la policía nacional Rodolfo Palomino y el ministro de defensa Juan Carlos Pinzón y junto a las ciudadanos celebraron la captura de este peligro delincuente, que había huido a Brasil para refugiarse. Esta noticia es de gran importancia para nuestro país sumándose la noticia donde dieron de baja al Jefe de la guerrilla Alfonso Cano. El Decreto 2535 de 1993 anuncia que “un objeto que sirva para que una persona se defienda pero que no le permite, herir o matar al agresor no es, en sentido estricto, un arma y que “si un arma de defensa no fuere susceptible de herir o matar a otra persona dejaría de ser un arma”. Está claro que a la hora de que el juez tome una decisión en cuanto a la aplicabilidad de la norma tiene que ser muy detallista, ya que en defensa propia también se cometen crímenes evitando una cultura pacífica. Según, Espinosa Pérez 1995, “habida cuenta que el combatiente mundo de las interferencias comunicativas, de las que se ha hablado hace vivencialmente, en un momento socio histórico determinado, ciertos actos tengan una específica social que los hacen dañinos por la potencialidad que tienen de afectar un ámbito de interrelación, como la convivencia pacífica en este caso, o que el mismo comportamiento no tenga la virtualidad de impresionar las condiciones que la permiten en un ámbito temporoespecial diferente.” Normalmente un arma de fuego es vista como un peligro latente y consecuencia del bien jurídico que protege la seguridad social del individuo.
  • 5.
    5 CONCLUSIÓN. Comoresumen a este ensayo las normas cuidan y protegen la vida de los ciudadanos colombianos, atreves de anunciar y prevenir el uso de armas de fuego que son impredecibles a la hora de hacer cualquier actividad, hoy en día las armas de fuego son muy comunes en nuestra realidad social, menores de edad salen a las calles con armas de toda clase sin impórtale a quien se van a enfrentar, este problema de armas es muy serio y hay que tomar cartas sobre el asunto, cualquiera puede disponer de un arma de fuego, no necesita ser mayor de edad o trabajar para el Estado, esto es tan grave que se está vendiendo como pan caliente. El Estado debe tener una política que se encargue de controlar el tema de tráfico y porte de armas de fuego, para que se solucione un poco la criminalidad, el hurto, la extorsión, homicidios y suicidios. Hay que acabar con el luto de las familias inocentes que son masacradas por un individuo que sin justa causa acaba con la vida de un inocente o porque quiso defenderse muere en el intento. Se debe tomar la iniciativa por parte de los jueces a la hora de juzgar y sancionar al delincuente, duplicándole la pena dependiendo de su comportamiento para que sea ejemplo a los demás y así exista una Colombia sana libre de delincuencia y llena de paz integral.
  • 6.
    6 BIBLIOGRAFÍAS. Constitución política de Colombia.  Código penal y procedimiento penal - ley 55 del 2000.  ley 1453 de 2011.  Romero Soto 1982.  Martínez Caballero 1995.  Espinosa Pérez 1995.  Decreto 2535 de 1993.