Los órganos administrativos son instrumentos del Estado para expresar su voluntad y prestar servicios públicos que beneficien el bien común. Tienen elementos personales como servidores públicos, elementos materiales como recursos y una competencia administrativa asignada por ley. La competencia administrativa son las atribuciones y facultades legales de cada órgano. La jerarquía es la relación entre órganos donde uno está subordinado al otro, otorgándole poderes de mando, revisión, revocación y delegación.
1. Tema VII ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
1. Definición:sonlosentesque sirvenal estado como un medio o instrumento para expresar su voluntad (autorizar,
denegar) y, a través de ellos, prestar servicios públicos que colaboren con la realización del bien común.
2. Elementos:
a. Personales:servidorespúblicos (funcionarioo empleadopúblico)
b. Materiales:recursosfísicosy económicosque el órganotiene (sede, edificio, mobiliario, equipo)
c. Formal: competenciaadministrativaque laleylesasigna.
d. Funcional:actividades que el órganorealiza(servicios públicos que el órganopresta).
Tema VIII COMPETENCIA ADMINISTRATIVA
1. Definición: es la serie de atribuciones y de facultades que la ley le asigna a cada órgano administrativo.
2. Atribuciones: son las obligaciones que la ley le asigna al órgano administrativo, lo que el órgano debe hacer.
3. Facultades: son las potestades, derechos o poderes que la ley le asigna al órgano administrativo.
4. Características:
a. Únicamente puede ser otorgada por la ley, porque los órganos administrativos no pueden hacer nada que la
ley no los autorice a hacer.
b. No se puede ampliar,si laleyasignaciertacompetenciael órganonopuede irmásallá,porque incurriría en un
abuso de poder.
c. Es irrenunciable,el servidorpúblico,desde el momento de tomar posesión del cargo, está obligado a cumplir
con las obligaciones del cargo.
d. No se puede cedera otro órgano de la administración pública cuando la ley regula que es una COMPETENCIA
EXCLUSIVA.
Excepciones:
1. Casos de delegación
2. Casos de avocación
Tema IX JERARQUÍA
1. Definición: es la relación que existe entre dos órganos administrativos, en la cual uno de ellos se encuentra
subordinado al otro.
2. Poderes o facultades que derivan de la jerarquía:
a. De Mando:
b. De Revisión: facultad que tiene el órgano superior de supervisar, controlar y vigilar que el órgano esté
realizando las actividades.
c. De Revocación: es el poder que tiene el órgano superior de dejar sin efecto las resoluciones emitidas por el
órgano inferior.
i. A petición de parte, por medio de un recurso administrativo planteado por el particular.
ii. De oficio, antes que las resoluciones hayan sido consentidas por el particular
d. Disciplinario: Ley de Servicio Civil
e. Delegación:esun podero facultadde lajerarquía administrativa, según el cual un órgano superior le traslada
parte de su competencia a un órgano inferior, conservando la facultad de revisar y revocar lo que el inferior
haga. En la ciudadde Guatemalalosmatrimonioslosautorizael Departamentode Matrimoniospordelegación
del Alcalde.
f. Avocación: es un poder o facultad derivado de la jerarquía, en el cual un órgano superior atrae para sí la
resolución o tramitación de un expediente que le corresponde al órgano inferior.
3. Clases de relaciones jerárquicas
a. De Grado: de superiora inferior,se le llama relación vertical. Ejemplo: Ministro con vice-ministros, mientras
más grados haya, mayor es la jerarquía.
2. b. En línea: mismo nivel jerárquico, se le llama relación horizontal. Solo funciona con iguales jerárquicos del
mismoórgano.Ejemplo:Ministrosentre ellosmismos,vice-ministrosentre ellosmismos,directores generales
entre ellos mismos.
Observaciones: Los tres órganos del estado (ejecutivo, legislativo y judicial) se rigen por el Principio de
independenciade losorganismosdel estadoyprincipio de no subordinación de los organismos del estado, que se
complementan con la teoría de los frenos y contrapesos CPRG 141