1. IESEN Gral. Lázaro Cárdenas Del Rio
“Aspectos éticos y legales de la información digital”
Judith Vanessa Sánchez Uribe
Las Tic en la educación
Profesor: Eddy Alejandro Pedroza Sierra
Licenciatura en educación preescolar
2. Introducción
En este tema se hablara acerca de la ética de la información digital cómo es que
debemos utilizarla de la mejor manera y respetando los derechos de autor así
como las dimensiones morales que abarca el navegar por cierta información y en
la tecnología.
Sabremos qué aspectos son necesarios para poder sacar información digital, sin
hacer cosas ilegales y respetando ciertas normas.
La tecnología ha ido avanzando continuamente y con ello las normas que trae
consigo la información digital y las formas en que tenemos que utilizarla o buscar
en ella lo que necesitamos encontrar.
Ética
La ética es una disciplina filosófica que se define como "principios directivos que
orientan a las personas en cuanto a la concepción de la vida, el hombre, los
juicios, los hechos, y la moral.". La tecnología informática plantea nuevas
situaciones y nuevos problemas y gran parte de estas nuevas situaciones y
problemas son de una naturaleza ética; obviamente existen intentos de resolver
estos problemas aplicando las actuales reglas y soluciones éticas
de carácter general.
Tenemos que tener bien definida la palabra ética para poder tenerla como
personas y así utilizarla al momento de sacar información digital.
Ética informática
Son normas o reglas que debe tener la información digital para poder ingresar a
ella y sacar provecho, utilizándola legalmente.
Es la disciplina que analiza problemas éticos que son creados por la tecnología de
los ordenadores o también los que son transformados o agravados por la misma,
es decir, por las personas que utilizan los avances de las tecnologías de la
información.
Se enfatiza la importancia de los valores aplicados en la informática, presentando
los delitos más frecuentes que se presentan en el tercer entorno: el entorno digital.
El origen remoto de la EI está en la introducción cada vez más masiva de los
ordenadores en muchos ámbitos de la vida social, cada vez más computarizada.
3. El internet ha sido de gran ayuda para nosotros sacando variada información pero
se deben respetar ciertas normas.
La ética informática es también la disciplina que identifica y analiza los impactos
de las tecnologías de la información en los valores humanos y sociales. Estos
valores afectados son la salud, la riqueza, el trabajo, la libertad, la democracia,
el conocimiento, la privacidad, la seguridad o la autorrealización personal. En
este concepto de EI se quieren incluir términos, teorías y métodos de disciplinas
como la ética aplicada, la sociología de los ordenadores, la evaluación social de
las tecnologías o el derecho informático.
Toda información encontrada en internet debe estar asegurada por la persona que
la publico.
Aspectos éticos y legales asociados a la información digital
Derechos de autor: Son un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan
los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo
hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté
publicada.
Los derechos de autor deben ser respetados porque el simple hecho de hacer una
creación no es fácil y se deben dar créditos ya que la persona que lo hizo batallo
en hacerlo o simplemente fueron sus ideas plasmadas, si podemos utilizar
información publicada por otra persona pero poniendo referencias.
Se analizan los aspectos éticos presentes en la profesión de la información, tanto
los relacionados con el uso y difusión de la información (propiedad intelectual,
acceso a la información, libertad intelectual, censura, etc.) como los más genéricos
concernientes a la práctica profesional en general (negligencia, responsabilidad).
Se examinan todos estos problemas a la luz de las nuevas posibilidades y retos
planteados por el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación. Con ese punto de partida, se elabora una propuesta con los
elementos y aspectos fundamentales que deberían incluirse en la formación de los
profesionales de la información.
Así como hay información publicada por diferentes autores también hay
información libre que podemos encontrar en internet, para esto tenemos que
proponer que aspectos deben incluirse en dicha información.
También hay problemas éticos con respecto al acceso público y gratuito a la
información. Estos problemas son especialmente importantes en las bibliotecas
públicas, en las académicas o en servicios de información de carácter público, en
tanto que tienen menor importancia en bibliotecas o centros de información
4. especializados o corporativos. Con respecto al acceso público y gratuito a la
información por parte de cualquier persona, hay muchas declaraciones públicas y
profesionales que lo incluyen de forma inequívoca.
Por ejemplo se dice que la información debería ser de acceso libre para todos
aquellos que navegan por la tecnología, pero este acceso gratuito no puede ser
entendido de manera totalmente absoluta.
Hay el riesgo de que si los profesionales ponen todo su interés en la gratuidad
haya problemas graves de supervivencia para el centro de información: falta de
fondos para mantener el servicio. Por otro lado, la gratuidad total provoca una
disminución de la valoración del servicio que se ofrece, lo que también amenaza la
viabilidad y prestigio de la profesión. Por tanto, este problema tiene dos caras bien
definidas. Por un lado, nos encontramos con el principio de responsabilidad social,
según el cual el acceso a la información debe ser público y gratuito, siempre que
aquélla sea "relevante para los objetivos legítimos de la vida del ciudadano". Por
otro lado, nos encontramos con los que distinguen entre información que debería
ser gratuita y aquélla por la que se debe cobrar, basándose en el argumento de
que la viabilidad de la organización exige tal cobro, además de que proporciona
ingresos adicionales a la biblioteca, evita el uso frívolo y aumenta la valoración y
respeto por la biblioteca y sus profesionales. Hay otra perspectiva desde la que
puede verse el problema del acceso a la información: la referida específicamente a
la información pública, la perteneciente a la administración pública.
Referencias bibliográficas
http://www.monografias.com/trabajos56/etica-informatica/etica-informatica.shtml
http://pendientedemigracion.ucm.es/info/multidoc/publicaciones/journal/pdf/aspect
os-eticos.pdf
http://creandowikis.wikispaces.com/Aspectos+%C3%A9ticos+y+legales+asociados+a+la
+informaci%C3%B3n+digital
5. ¿Qué es lo que podemos hacer y lo que no podemos hacer con la
información digital?
R= Tomar en cuenta que la información que necesitemos tiene derechos de autor
y se debe respetar, y lo que no debemos hacer es no agregar el nombre del autor
en nuestra recopilación de información.
¿Qué es la ética?
R= Disciplina filosófica que estudia el bien y el mal y sus relaciones con la moral y
el comportamiento humano.
¿Qué es un Autor?
R= Persona que ha realizado una obra científica, literaria o artística.
¿Qué es derechos morales y derechos patrimoniales?
R= Los derechos morales en el campo del derecho de autor incluyen dos aspectos
específicos, e derecho al reconocimiento de la paternidad de la obra y el derecho
de un autor a preservar la integridad de la obra, es decir, a negarse a la
realización de modificaciones u obras derivadas de la misma, los derechos
patrimoniales son una clasificación dentro de los derechos subjetivos. Son
susceptibles de tener un valor económico y se contraponen a los derechos
extrapatrimoniales.
¿Se pueden ceder los derechos patrimoniales y los derechos morales?
R= Por ser la obra producto y creación de su autor, los derechos morales no son
transferibles, son inembargables e irrenunciables y no tienen limitación en el
tiempo. Los derechos patrimoniales de autor pueden ser transferidos, ya sea
mediante venta, donación o cualquier otra figura
¿Qué son los derechos de autor?
R= Es el reconocimiento que otorga el estado a todo creador de obras literarias y
artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos de tipo personal, llamado
derecho moral y económico llamado derecho patrimonial.
¿Qué Tipos de obras que se pueden proteger?
R= novelas, poemas obras de teatro, periódicos, programas informáticos, bases
de datos, películas, composiciones musicales, coreografías, pinturas, dibujos,
fotografías, obras escultóricas, obras arquitectónico, publicidad, mapas, dibujos
técnicos, obras de arte aplicadas a la industria.
¿Qué es una obra?
R= Es una cosa producida o hecha por una persona o un grupo de personas.
¿Cuáles son las marcas o símbolos que podemos identificar para saber si
está o no está protegido la obra?
6. R=aspectos confidenciales, símbolos gráficos, el contenido creativo del sitio Web,
las bases de datos
¿Cuáles son las sanciones de utilizar obras protegidas por derechos de
autor?
R= Multa de cinco mil hasta quince mil días de salario mínimo vigente en el DF
¿Cómo debemos citar una fuente digital?
R= En primer lugar, debe ponerse el nombre del autor del texto que citamos. Se
coloca en primer lugar su apellido y después el nombre. Si no figurase ninguno
como creador de la obra, nos saltaremos este paso. A continuación, se sitúa el
título del artículo. No se trata de poner el nombre de la página web, sino el título
que encabeza la obra concreta que citamos.
Seguidamente, entonces sí- se pone el nombre completo de la página web donde
hemos visto el texto. Y, después, la fecha de la obra. Puede darse el caso de que
no la encontremos pero casi todos los artículos o webs presentan una ‘fecha de
última actualización’ que nos servirá si no hallamos la otra. A continuación,
incluiremos la fecha en que nosotros hemos accedido al artículo.
El último paso es poner la dirección URL, es decir, la dirección web, de forma
completa, de tal modo que, haciendo clic sobre ella, el lector pueda acceder a la
página del artículo.
¿Formas de citar las fuentes de información Digital?
R= En cualquier referencia bibliográfica de alguno de estos trabajos los datos que
nunca deben faltar son el nombre de su autor o autores, el título del trabajo, el
asunto del mensaje (en los casos de correo electrónico o mensajes a grupos de
noticias), el tipo de soporte (en línea, cd-rom, cinta magnética, disco, disquete), el
nº de volumen y las páginas (siempre que sea posible), el lugar de publicación, la
fecha de publicación o de actualización (esto último sobre todo en páginas web),
disponibilidad y acceso (la dirección URL) y la fecha de consulta (también en
recursos con soporte en Internet).
¿Casos que han violado los derechos de autor?
R= El caso más reciente es el de la dupla Robin Thicke y Pharrell Williams, quienes
fueron encontrados culpables de plagio tras una demanda en la que se les acuso de
copiar al cantante Marvin Gaye en el éxito “Blurred Lines”
¿Fecha que otorga la primera protección formal al derecho de autor?
7. R= En 1886, se formalizo una reunión de intelectuales con el fin de crear un
instrumento legal para proteger las obras literarias y artísticas.