Los trasplantes de órganos y tejidos permiten salvar vidas al reemplazar órganos o tejidos dañados. Existen diferentes tipos de trasplantes dependiendo del órgano o tejido trasplantado. Los trasplantes plantean dilemas éticos que deben regularse para proteger a donantes y receptores. En México, el CENATRA y la Ley General de Salud regulan los procedimientos de donación y trasplante de órganos.
2. • Según el CENATRA (Centro Nacional de
Trasplantes):
• Consiste en transferir un órgano o un tejido de
un individuo a otro para reemplazar su función.
3. Se denomina trasplante, a la transferencia de
un órgano, tejido o células de una parte del
cuerpo a otra, o de un individuo a otro y que se
integren al organismo
4. Procedimiento por el cual se implanta un
órgano o tejido procedente de un donante a un
receptor. Existen dos grandes grupos: los
trasplantes de órganos (riñón, hígado,
pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso,
tubo digestivo, etc.) y los de tejidos (médula
ósea, células endocrinas).
5. De acuerdo con la relación genética entre el
donador y el receptor los trasplantes pueden
ser:
Autotrasplantes o autoinjertos: en los cuales se
utiliza un tejido del propio individuo, es decir,
donador y receptor son la misma persona.
Isotrasplantes: entre gemelos idénticos o
univitelinos, es decir, cuando donador y receptor
son genéticamente idénticos.
6. Homotrasplantes o alotrasplantes: en el que el
donador y el receptor pertenecen a la misma
especie, pero genéticamente son diferentes.
Heterotrasplantes o xenotrasplantes: entre sujetos
de diferentes especies.
• Trasplantes artificiales:
• Tejidos y órganos
diseñados mediante la
ingeniería genética.
7. La persona que recibe los beneficios del
trasplante, se denomina receptor.
La persona de la cual procede el órgano o tejido
se denomina donante (cuando ha perdido la
vida)
O donador (cuando dona en vida).
Donador o disponente, al que tácita o
expresamente consiente la disposición en vida o
para después de su muerte, de su cuerpo, o de sus
órganos, tejidos y células, conforme a lo dispuesto
por esta Ley y demás disposiciones jurídicas
aplicables. [ley general de salud]
8. 1933: primer trasplante renal, muerte a los dos
días, donador.
1947: Boston, primer trasplante renal, con
supervivencia, donante.
1954: primer trasplante renal con éxito total en
gemelos univitelinos.
1963: trasplante renal de donante con muerte
cerebral y “corazón latente”.
1964: segundo trasplante con las características
del anterior, supervivencia de más de 6 años.
9. 1967: Ciudad del Cabo, primer trasplante
cardiaco, donante politraumatizada. El receptor
muere a los 4 días por neumonía.
Un mes más tarde, se da el segundo trasplante
de corazón con supervivencia del receptor de 19
años.
1987: la OMS reconoció la necesidad de
desarrollar pautas para el trasplante de órganos
y la Asamblea Mundial de la Salud aprobó la
resolución 40.13.
10. Donación de vida:
En algunos casos una persona puede donar una
porción de órgano sin que afecte su salud.
Riñones
Hígado
Pulmón
De acuerdo con el art. 333 de la Ley General de
Salud, para un trasplante vivo se deben
cumplirse los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus
facultades mentales.
11. Donar un órgano o una parte de él siempre que su
función pueda ser compensada por el organismo de
forma adecuada y suficientemente segura.
Tener compatibilidad aceptable con el receptor.
Recibir la información completa sobre los riesgos de
la operación y las consecuencias de la extracción
del órgano, de parte de un médico distinto de los
que intervendrán en el trasplante.
Otorgar su consentimiento de forma expresa, es
decir, en un documento.
12. Cuando el donador no esté relacionado por
algún parentesco se deberá cumplir con los
siguientes requisitos establecidos en la Ley
General de Salud:
Obtener la resolución favorable del comité de
trasplantes del hospital, previa evaluación médica,
clínica y psicológica.
El interesado en donar debe otorgar su
consentimiento expreso ante un notario público y
manifestar que recibió información completa sobre
el carácter altruista, libre y consciente de la
donación, sin que medie remuneración alguna.
13. Donación de personas fallecidas
Cuando una persona fallece por paro cardio-
respiratorio o muerte encefálica y se cuenta con el
consentimiento de su familia para la donación, se
trata de una donación cadavérica.
14. ¿Cuantas personas requieren recibir un
trasplante?
Al día de hoy existen 20,168.
12,212 riñón.
7,462 cornea.
421 hígado.
50 corazón
10 páncreas
9 riñón-páncreas
2 riñón-hígado
1 pulmón
1 corazón-pulmón.
Se distribuyen de la siguiente manera: fuente: Registro Nacional de Trasplantes
15. 987 Trasplantes de Cornea
795 Trasplantes de Riñón
50 Trasplantes de Hígado
12 Trasplantes de Corazón
2 Trasplantes de Páncreas
A la fecha se han reportado en el Sistema Informático
del Registro Nacional de Trasplantes (SIRNT):
16. Principio 1
Los órganos de personas fallecidas pueden ser
retirados con el propósito de trasplante si:
(a) Se obtiene cualquier consentimiento
requerido por la ley; y
(b) No hay ninguna razón para creer que la
persona fallecida se opuso a tal retiro, en la
ausencia de cualquier consentimiento formal
expresado durante toda la vida de la persona.
17. Principio 2
Los médicos que determinan que se ha
producido la muerte de un donador potencial
no deben estar directamente implicados en el
retiro de órganos de los donadores y los
procedimientos de trasplante subsecuente, o
ser responsables del cuidado de los
destinatarios potenciales de esos órganos.
18. Principio 3
Los órganos para el trasplante deben tomarse
preferentemente de personas fallecidas. Sin
embargo, personas adultas vivas pueden donar
órganos, pero en general esos donadores deben
estar genéticamente relacionados a los
receptores. Puede haber excepciones en el caso
de trasplante de médula ósea y otros tejidos
con capacidad de regeneración aceptable.
19. Un órgano puede tomarse de un donador
adulto con el fin de trasplante, si éste da su libre
consentimiento. El donador debe estar libre de
cualquier influencia y presión indebidas, y
suficientemente informado para poder
comprender y sopesar los riesgos, beneficios y
consecuencias del consentimiento.
20. Principio 4
Ningún órgano debe extraerse del cuerpo de un
menor en vida con el fin de trasplante. Puede
haber excepciones en la legislación nacional en
el caso de tejidos con capacidad de
regeneración.
21. Principio 5
El cuerpo humano y sus partes no pueden ser
objeto de transacciones comerciales. Por
consiguiente, dar o recibir el pago (incluyendo
cualquier otra compensación o recompensa) de
órganos debe prohibirse.
22. Principio 6
Debe prohibirse el publicitar la necesidad o la
disponibilidad de órganos, con el fin de ofrecer
o buscar pago por ellos.
23. Principio 7
Debe prohibirse a los médicos y otros
profesionales de la salud a participar en los
procedimientos de trasplante de órganos si
tienen razones para creer que los órganos han
sido objeto de transacciones comerciales.
24. Principio 8
Debe prohibirse a cualquier persona o
institución involucradas en procedimientos de
trasplante de órgano el recibir cualquier pago
que exceda una cuota justificable por los
servicios prestados.
25. Principio 9
A la luz de los principios de justicia y equidad,
los órganos donados deben hacerse disponibles
para pacientes sobre la base de su necesidad
médica, y nunca sobre otras consideraciones,
como las financieras.
26. Principio de autonomía o de autoderminación.
Tiene que ver con el respeto por las decisiones
tomadas por los individuos competentes con
información objetiva y sin controles externos.
Durante el proceso de donación-trasplante, debe
tenerse muy presente en la autorización de la
extracción de órganos del donante o de los
familiares y en la aceptación del injerto por el
receptor.
27. Principio de beneficencia.
consiste en la obligación de ayudar y cuidar a otros
en sus necesidades. Es el principio ético central en
la relación médico-paciente.
Cuando esta relación no es de beneficio para el
paciente, caso de beneficio para un tercero
(donante vivo de órganos o tratamientos
innovadores con riesgos elevados (xenotrasplante)
o investigaciones (embriones, fetos etc.)), los
profesionales deben establecer unos riesgos
mínimos por encima de los cuales no es posible
actuar aun con el consentimiento del sujeto.
28. La No-maleficencia.
Tiene que ver con el principio general de no
infringir daño intencionalmente, que obliga
independientemente de la voluntad de las
personas.
29. La Justicia.
El principio de justicia o imparcialidad en la
distribución de los riesgos y los beneficios. Presente
en la selección del receptor, pero también en las
aceptaciones por parte de los médicos y pacientes
de normas y leyes justas promulgadas por
autoridades sanitarias que respeten los derechos
de los individuos.
30. Estos principios no pueden ser aplicados de
forma individual, sino considerados como un
todo cuando nos enfrentamos a la toma de
decisiones sobre un determinado problema
ético planteado (p. Ej. Decidir entre dos
receptores). Cada principio acota el marco de
aplicación del otro y, siempre que no entren en
conflictos, existe obligación moral de cumplir
con todos.
31. 27 de febrero: Día mundial del trasplante.
26 de septiembre: día nacional de la donación y
trasplante de órganos.
26 de octubre: día nacional por la donación y el
trasplante de órganos.
32. Conclusión
Los trasplantes de órganos son procedimientos
de tipo quirúrgicos recientes.
Un trasplante permite salvar vidas cuando no
queda otro tratamiento medico.
Sin embargo los trasplantes implican dilemas
bioéticos.
En México el CENATRA (Centro Nacional de
Trasplantes) y la Ley General de Salud regulan
los procedimientos de donación-trasplante.