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Universidad Autónoma de Sinaloa
    Escuela Superior de Enfermería Mochis
        Licenciatura en Enfermería

       Ética y legislación en enfermería

        Docente: Lic. Iriana Félix soto

ASPECTOS ÉTICOS DE LOS TRANSPLANTES DE
               ÓRGANOS

                 Integrantes
     Orduño Gastelúm Christian Enrique
      Ortega Meza Abraham Francisco
           Pacheco Castro lizbeth
      Pacheco Hernández José Gustavo
         Padilla Romo Edna Denisse

             Grado y grupo: 2-4

        Los Mochis Sinaloa a 9 de mayo del 2012
   Auto transplante (células del mismo individuo
    que se reproducen y se le trasplantan a él
    mismo)
   Homotransplantes (de vivos a vivos o de
    muertos a vivos)
   Xenotransplantes (animal a hombre)
   La Justificación del trasplante
   Diagnóstico de donante muerto
   Asignación equitativa de receptores
   Comercio Vs. Donación. La procura de
    órganos. la comercialización con órganos.
   La debida información y decisión válida de los
    donantes y sus familias. El consentimiento
    presunto
   Xenotrasplantes
CORRIENTES DE OPINIÓN         LA DOCTRINA BIOÉTICA DE
QUE NO JUSTIFICAN EL          LA IGLESIA CATÓLICA
TRASPLANTE                       "Existe cierta semejanza
                                  entre la unión de las
   consideran una                personas divinas y la
    mutilación del cuerpo         fraternidad que los
    humano, sea este vivo o       hombres deben
    difunto.                      instaurar entre ellos en
                                  la verdad y el amor El
                                  amor al prójimo es
                                  inseparable del amor a
                                  Dios”
CUMPLIDAS ESTAS
                               CONDICIONES
   Que el donante o sus          no solo tiene la fe nada
    familiares obren con           contra tal donación que
    total altruismo y no por       la Iglesia ve en ella una
    mercaderías                    preciosa forma de
   Exista una razonable           imitar a Jesús, que dio la
    expectativa de éxito en        vida por los demás.
    el receptor
   Que se compruebe que
    el donante está
    realmente muerto
   Cuando desde el punto de vista clínico hay
    muerte de los núcleos del tronco encefálico que
    controlan las funciones vitales de la respiración
    y de la integración de la conciencia.
considera que hay
  muerte de la
  persona, cuando
  desaparece la
  actividad cortical de
  forma irreversible. Tal
  sería el caso de los
  pacientes con estado
  vegetativo persistente
  prolongado después
  de 6 meses,
   Sólo criterio médico. Esto significa que el médico
    considera receptor a todo paciente que necesita
    suplir el órgano defectuoso por otro funcionante
   Sólo criterio procedimental . Tiene la ventaja de
    no tomar partido por preferencias de tipo
    social, sino solamente el orden de llegada en una
    lista de espera
   Criterio combinado o predeterminado:
    médico, procedimental y social. Según este criterio
    se debería incluir como receptor a quien haya sido
    seleccionado por un comité de Etica de
    transplantes
A FAVOR DE VENTA DE           EN CONTRA DE LA
ORGANOS                       COMERCIALIZACIÓN
   1. vender o comprar          1. puede ser altamente
    partes del cuerpo forma       coercitivo y puede
    parte de la privacidad        llevar a la explotación
    de cada uno                   de los más pobres
   2. el comercio libre         2. el trasplante debe ser
    incrementaría                 siempre un acto
    enormemente los               altruista por tratarse del
    trasplantes                   cuerpo del ser humano
   “En consecuencia, todo procedimiento
    encaminado a comercializar órganos humanos
    o a considerarlos como artículos de intercambio
    o de venta, resulta moralmente
    inaceptable, dado que usar el cuerpo „como un
    objeto‟ es violar la dignidad de la persona
    humana”
   El coordinador Nacional de Trasplantes de
    España ha manifestado que:
   "Está perfectamente demostrado que muchos
    enfermos renales de occidente han viajado a la
    India, Ibero América o a Extremo oriente para
    comprar un riñón. Es una práctica legal o, al
    menos, tolerada en muchos países del tercer
    mundo.
   Todo trasplante –para ser éticamente aceptable-
    requiere el consentimiento válido tanto del
    donante vivo como de sus familiares (si es
    donante muerto) y del receptor.
   Ventajas médicas y económicas del trasplante en
    relación al tratamiento supletorio común que haya
    disponible
   Riesgos de fracaso –en general- y en el paciente
    concreto
   Costos de la intervención y del seguimiento
    posterior
   Por ejemplo, se ha intentado comparar el costo del
    trasplante de riñón con relación a la diálisis.
    Resultando que: 1er año de trasplante: cuesta igual
    que la diálisis; 2º año: cuesta 50% menos que la
    diálisis; 3er año: cuesta 90% menos
   1. Consentimiento
    presunto (cuando se
    trata de donantes
    muertos)
   2. Incentivos              El consentimiento
    económicos, psicosoci       presunto se basa en
    ales o éticos de los        que todo ser
    posibles donantes           humano, lúcido y
    (esto puede ser             bien
    utilizado para              informado, donaría
    donantes vivos o            sus órganos si con
    muertos)                    ellos se salva la vida
                                de otros.
   Las posibilidades abiertas
    al ser humano con la
    tecnología genética abren
    nuevas puertas al
    trasplante. Eso es posible
    desde el momento que se
    podrían implantar en el
    genoma de ciertos
    animales (ej. Cerdos)
    fragmentos del ADN
    generador de ciertos
    tejidos humanos
    necesarios para reparar
    órganos o tejidos en
    pacientes afectados.
   En los alotrasplante es posible controlar
    satisfactoriamente los problemas de rechazo y
    la transmisión de enfermedades entre humanos
   los riesgos son hoy incontrolables respecto a los
    xenotrasplantes
    La transmisión de retrovirus y priones
    animales a los humanos a través del
    xenotrasplante puede causar enfermedades
    y, si éstas se trasmitiesen a otros
    humanos, pandemias graves.
   Es preciso, pues, calibrar los riesgos de salud
    pública frente a los beneficios que se espera
    arroje el xenotrasplante y se deben encontrar
    métodos para eliminar cualquier riesgo para la
    salud publica.
   Los códigos penales federal y local para el Distrito
    Federal también dedican sendos apartados para
    detallar aquellas conductas que tienen como resultado
    la muerte, bien sea en lo individual o en forma
    selectiva. Finalmente la Ley General de Salud 2en sus
    capítulos II y III (antes de la reciente reforma) y III, IV y
    V (con posterioridad a ella) se encarga de regular los
    temas relativos al trasplante de órganos, tejidos y sus
    componentes, señalando que ésos se extraerán
    preferentemente de cadáveres; así como un listado de
    prevenciones en torno a la
    disposición, trato, depósito, manipulación, utilización,
    salida, y destino final que deben brindarse tanto al
    cadáver como a sus partes (Art.322 y 336 a 350 de la
    multicitada Ley General de Salud)
    Artículo 4º. de la           Toda persona tiene derecho
    Constitución Política de       a la protección de la salud.
    los Estados Unidos             La Ley definirá las bases y
    Mexicanos:                     modalidades para el acceso
   El 3 de febrero de             a los servicios de salud y
    1983, se publicó en el         establecerá la concurrencia
    Diario Oficial de la           de la federación y las
    Federación , la adición        entidades federativas en
    al artículo 4º.                materia de salubridad
    Constitucional, en cuyo        general, conforme a lo que
    párrafo 3º se dispuso          dispone la fracción XVI
    que:                           del artículo 73 de esta
                                   constitución
   El artículo 314, nos define los siguientes términos:
    Células germinales, cadáver, componentes
    sanguíneos, destino
    final, disponente, donador, embrión, feto, órgano,
    producto, receptor, tejido y trasplante.
   El artículo 315, enumera los establecimientos de
    salud que requieren autorización
    sanitaria, relacionados con los trasplantes de
    órganos
   El artículo 316, se refiere a los requisitos que los
    establecimientos mencionados en el artículo
    anterior, deban reunir para realizar trasplantes de
    órganos.
   El artículo 317, regula los permisos para que los
    tejidos puedan salir del territorio nacional.
   Artículo 318, refiere al control sanitario de los
    productos, embriones y células germinales.
   Artículo 319, maneja la disposición ilícita de
    órganos, tejidos, células y cadáveres de seres
    humanos.
   El capítulo II , en sus artículos
    320, 321, 322, 323, 324, 325, 326, 327, 328, y
    329, se refieren a los requisitos para la donación
    de órganos, las diferentes formas de donación
    (tácita y expresa) y su regulación, la
    prohibición del comercio de órganos, tejidos, y
    células y la función del ministerio público en
    caso de extracción de órganos y tejidos.
   El capitulo III , en sus artículos
    330, 331, 332, 333, 334, 335, 336, y 337: Se
    refieren a la actividad de trasplantes, los
    requisitos para llevarlos a cabo, la obtención de
    órganos y tejidos para trasplante, las
    prohibiciones de trasplantar gónadas y el uso
    de tejidos embrionarios o fetales, los requisitos
    para ser donante de órganos, los profesionales
    que pueden realizar trasplantes y los requisitos
    para la asignación de órganos y tejidos.
   Los artículos 338 y 339 , establecen la estructura
    y funciones del Centro Nacional de
    Trasplantes.
   Los artículos 340 y 341 , regulan la disposición
    de sangre, componentes sanguíneos y células
    progenitoras hematopoyéticas con fines
    terapéuticos.
   Artículo 342, regula el destino final de órganos
    y tejidos considerados como deshechos.
   El capítulo IV , en los artículos 343, 344, y 345, se
    establecen los requisitos para declarar
    científicamente la pérdida de la vida de un ser
    humano.
   El capítulo V , en los artículos
    346, 347, 348, 349, 350, 350 bis 1-7: establecen la
    calidad de los cadáveres y su clasificación en
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    incineración de cadáveres y todo lo relacionado
    con el destino final de los mismos.
   El capítulo V , en los artículos 419, 420, 421, 462 y
    462 bis, establecen las multas por las violaciones a
    los ordenamientos contenidos en esta ley
   Reglamento de la Ley General de Salud, en
    Materia de Control Sanitario de la Disposición
    de Órganos, Tejidos, Células, Productos y
    Cadáveres de Seres Humanos. (D.O.F. 31 De
    Julio De 2000)
   En virtud de ésta se autoriza la extracción de
    órganos y tejidos de personas vivas para
    realizar trasplantes entre familias (excepto el de
    médula ósea, que podrá realizarse entre otras
    personas),así como de componentes de cadáver
    con las mismas finalidades en tres casos:
   1.- Cuando la persona fallecida hubiere expresado en
    vida y por escrito su conformidad.
   2.- Cuando a pesar de que no lo hubiere expresado, los
    familiares requeridos no manifiesten su oposición.
   3.- Cuando no siendo posible la práctica del
    requerimiento no constare su oposición.
   También se contempla la prohibición del comercio
    con órganos, tejidos y células humanas y se
    establecen sanciones de cuatro a seis años de
    prisión y multa de cuatro a diez mil días de salario
    mínimo general vigente en la zona de que se trate
   Al responsable o empleado de un establecimiento
    donde ocurra un deceso, o de locales destinados al
    depósito de cadáveres, que permita cualquier acto
    de comercialización en esta materia se le impondrá
    una sanción de tres a ocho años de prisión y de
    multa equivalente al salario mínimo general
    vigente en la zona de que se trate de cuatro mil a
    diez mil días (Artículo 327 y 421 de la Ley General
    de Salud)
   Sin embargo, la reforma de la Ley General de
    Salud establece aunque suene fuerte, así lo
    llamaremos un derecho de preferencia a favor
    del cónyuge supérstite, para optar sobre el
    destino del cadáver del fallecido, lo que se
    advierte en el texto del artículo 324, en
    consonancia con lo dispuesto en su reglamento
    en materia de control sanitario de la
    disposición de órganos, tejidos y cadáveres de
    seres humanos
     Según esta religión que una persona sea
    donante o no depende de la conciencia de cada
    uno, siempre y cuando el trasplante no lleve
    implícito transfusión de sangre. Debido a que
    según la interpretación que hacen ellos de la
    Biblia, Dios expreso que: “ La sangre es la vida y
    que los que respetan la vida como dádiva
    del Creador no tratan de mantenerse vivos
    mediante la sangre”
   Desde que se realizaron los primeros
    trasplantes y transfusiones, la Iglesia Católica
    nunca ha mostrado su oposición sino todo lo
    contrario. Consideran que esto es un gran acto
    de solidaridad hacia el prójimo.
    En teoría la ley judía permite todos los actos
    encaminados a salvar la vida. Por tanto
    permitiría la donación y el trasplante.
    En realidad esto no ocurre así, ya que los
    judíos ortodoxos radicales no aceptan ni el
    trasplante ni la transfusión. Aunque en algunos
    casos se han producido excepciones.
   En cambio los religiosos más tolerantes si lo
    aceptan.
   Su postura no difiere en lo en lo esencial de la
    mantenida por la Iglesia de Roma. Aunque no
    existen documentos oficiales ni a favor ni en
    contra de la donación; moralmente se entiende
    que es un acto de generosidad y de amor al prójimo
     La Iglesia Mormona ha estado y está a la
    vanguardia de los avances científicos que pueden
    mejorar la calidad de vida humana. Por tanto
    apoyan la donación y los trasplantes aunque esta
    decisión depende de las personas.
   En España la legislación prohibe el tráfico de
    órganos humanos. Las vísceras utilizadas
    para trasplantes proceden de donaciones
    voluntarias y desinteresadas previo
    consentimiento familiar.
   A pesar de esto se han producido noticias que
    hacen referencia a que existen asociaciones ilegales
    que trafican con los órganos; así como otras que
    mencionan la perdida de algún órgano
   www.ucu.edu.uy/Portals/0/.../Bioetica/BH4-
    TRASPLA-ETI.doc
   http://realidadjuridica.uabc.mx/realidad/con
    tenido-aspectosjuridicos.htm
   http://www.uclm.es/ab/enfermeria/revista/
    numero%2013/mar%EDa_montoya_trasp_org.
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2 4 aspectos eticos de los tranplantes de organos[1]

  • 1. Universidad Autónoma de Sinaloa Escuela Superior de Enfermería Mochis Licenciatura en Enfermería Ética y legislación en enfermería Docente: Lic. Iriana Félix soto ASPECTOS ÉTICOS DE LOS TRANSPLANTES DE ÓRGANOS Integrantes Orduño Gastelúm Christian Enrique Ortega Meza Abraham Francisco Pacheco Castro lizbeth Pacheco Hernández José Gustavo Padilla Romo Edna Denisse Grado y grupo: 2-4 Los Mochis Sinaloa a 9 de mayo del 2012
  • 2.
  • 3. Auto transplante (células del mismo individuo que se reproducen y se le trasplantan a él mismo)  Homotransplantes (de vivos a vivos o de muertos a vivos)  Xenotransplantes (animal a hombre)
  • 4. La Justificación del trasplante  Diagnóstico de donante muerto  Asignación equitativa de receptores  Comercio Vs. Donación. La procura de órganos. la comercialización con órganos.  La debida información y decisión válida de los donantes y sus familias. El consentimiento presunto  Xenotrasplantes
  • 5. CORRIENTES DE OPINIÓN LA DOCTRINA BIOÉTICA DE QUE NO JUSTIFICAN EL LA IGLESIA CATÓLICA TRASPLANTE  "Existe cierta semejanza entre la unión de las  consideran una personas divinas y la mutilación del cuerpo fraternidad que los humano, sea este vivo o hombres deben difunto. instaurar entre ellos en la verdad y el amor El amor al prójimo es inseparable del amor a Dios”
  • 6. CUMPLIDAS ESTAS CONDICIONES  Que el donante o sus  no solo tiene la fe nada familiares obren con contra tal donación que total altruismo y no por la Iglesia ve en ella una mercaderías preciosa forma de  Exista una razonable imitar a Jesús, que dio la expectativa de éxito en vida por los demás. el receptor  Que se compruebe que el donante está realmente muerto
  • 7. Cuando desde el punto de vista clínico hay muerte de los núcleos del tronco encefálico que controlan las funciones vitales de la respiración y de la integración de la conciencia.
  • 8. considera que hay muerte de la persona, cuando desaparece la actividad cortical de forma irreversible. Tal sería el caso de los pacientes con estado vegetativo persistente prolongado después de 6 meses,
  • 9. Sólo criterio médico. Esto significa que el médico considera receptor a todo paciente que necesita suplir el órgano defectuoso por otro funcionante  Sólo criterio procedimental . Tiene la ventaja de no tomar partido por preferencias de tipo social, sino solamente el orden de llegada en una lista de espera  Criterio combinado o predeterminado: médico, procedimental y social. Según este criterio se debería incluir como receptor a quien haya sido seleccionado por un comité de Etica de transplantes
  • 10. A FAVOR DE VENTA DE EN CONTRA DE LA ORGANOS COMERCIALIZACIÓN  1. vender o comprar  1. puede ser altamente partes del cuerpo forma coercitivo y puede parte de la privacidad llevar a la explotación de cada uno de los más pobres  2. el comercio libre  2. el trasplante debe ser incrementaría siempre un acto enormemente los altruista por tratarse del trasplantes cuerpo del ser humano
  • 11. “En consecuencia, todo procedimiento encaminado a comercializar órganos humanos o a considerarlos como artículos de intercambio o de venta, resulta moralmente inaceptable, dado que usar el cuerpo „como un objeto‟ es violar la dignidad de la persona humana”
  • 12. El coordinador Nacional de Trasplantes de España ha manifestado que:  "Está perfectamente demostrado que muchos enfermos renales de occidente han viajado a la India, Ibero América o a Extremo oriente para comprar un riñón. Es una práctica legal o, al menos, tolerada en muchos países del tercer mundo.
  • 13. Todo trasplante –para ser éticamente aceptable- requiere el consentimiento válido tanto del donante vivo como de sus familiares (si es donante muerto) y del receptor.
  • 14. Ventajas médicas y económicas del trasplante en relación al tratamiento supletorio común que haya disponible  Riesgos de fracaso –en general- y en el paciente concreto  Costos de la intervención y del seguimiento posterior  Por ejemplo, se ha intentado comparar el costo del trasplante de riñón con relación a la diálisis. Resultando que: 1er año de trasplante: cuesta igual que la diálisis; 2º año: cuesta 50% menos que la diálisis; 3er año: cuesta 90% menos
  • 15. 1. Consentimiento presunto (cuando se trata de donantes muertos)  2. Incentivos  El consentimiento económicos, psicosoci presunto se basa en ales o éticos de los que todo ser posibles donantes humano, lúcido y (esto puede ser bien utilizado para informado, donaría donantes vivos o sus órganos si con muertos) ellos se salva la vida de otros.
  • 16. Las posibilidades abiertas al ser humano con la tecnología genética abren nuevas puertas al trasplante. Eso es posible desde el momento que se podrían implantar en el genoma de ciertos animales (ej. Cerdos) fragmentos del ADN generador de ciertos tejidos humanos necesarios para reparar órganos o tejidos en pacientes afectados.
  • 17. En los alotrasplante es posible controlar satisfactoriamente los problemas de rechazo y la transmisión de enfermedades entre humanos  los riesgos son hoy incontrolables respecto a los xenotrasplantes
  • 18. La transmisión de retrovirus y priones animales a los humanos a través del xenotrasplante puede causar enfermedades y, si éstas se trasmitiesen a otros humanos, pandemias graves.  Es preciso, pues, calibrar los riesgos de salud pública frente a los beneficios que se espera arroje el xenotrasplante y se deben encontrar métodos para eliminar cualquier riesgo para la salud publica.
  • 19. Los códigos penales federal y local para el Distrito Federal también dedican sendos apartados para detallar aquellas conductas que tienen como resultado la muerte, bien sea en lo individual o en forma selectiva. Finalmente la Ley General de Salud 2en sus capítulos II y III (antes de la reciente reforma) y III, IV y V (con posterioridad a ella) se encarga de regular los temas relativos al trasplante de órganos, tejidos y sus componentes, señalando que ésos se extraerán preferentemente de cadáveres; así como un listado de prevenciones en torno a la disposición, trato, depósito, manipulación, utilización, salida, y destino final que deben brindarse tanto al cadáver como a sus partes (Art.322 y 336 a 350 de la multicitada Ley General de Salud)
  • 20. Artículo 4º. de la  Toda persona tiene derecho Constitución Política de a la protección de la salud. los Estados Unidos La Ley definirá las bases y Mexicanos: modalidades para el acceso  El 3 de febrero de a los servicios de salud y 1983, se publicó en el establecerá la concurrencia Diario Oficial de la de la federación y las Federación , la adición entidades federativas en al artículo 4º. materia de salubridad Constitucional, en cuyo general, conforme a lo que párrafo 3º se dispuso dispone la fracción XVI que: del artículo 73 de esta constitución
  • 21. El artículo 314, nos define los siguientes términos: Células germinales, cadáver, componentes sanguíneos, destino final, disponente, donador, embrión, feto, órgano, producto, receptor, tejido y trasplante.  El artículo 315, enumera los establecimientos de salud que requieren autorización sanitaria, relacionados con los trasplantes de órganos  El artículo 316, se refiere a los requisitos que los establecimientos mencionados en el artículo anterior, deban reunir para realizar trasplantes de órganos.
  • 22. El artículo 317, regula los permisos para que los tejidos puedan salir del territorio nacional.  Artículo 318, refiere al control sanitario de los productos, embriones y células germinales.  Artículo 319, maneja la disposición ilícita de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres humanos.
  • 23. El capítulo II , en sus artículos 320, 321, 322, 323, 324, 325, 326, 327, 328, y 329, se refieren a los requisitos para la donación de órganos, las diferentes formas de donación (tácita y expresa) y su regulación, la prohibición del comercio de órganos, tejidos, y células y la función del ministerio público en caso de extracción de órganos y tejidos.
  • 24. El capitulo III , en sus artículos 330, 331, 332, 333, 334, 335, 336, y 337: Se refieren a la actividad de trasplantes, los requisitos para llevarlos a cabo, la obtención de órganos y tejidos para trasplante, las prohibiciones de trasplantar gónadas y el uso de tejidos embrionarios o fetales, los requisitos para ser donante de órganos, los profesionales que pueden realizar trasplantes y los requisitos para la asignación de órganos y tejidos.
  • 25. Los artículos 338 y 339 , establecen la estructura y funciones del Centro Nacional de Trasplantes.  Los artículos 340 y 341 , regulan la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas con fines terapéuticos.  Artículo 342, regula el destino final de órganos y tejidos considerados como deshechos.
  • 26. El capítulo IV , en los artículos 343, 344, y 345, se establecen los requisitos para declarar científicamente la pérdida de la vida de un ser humano.  El capítulo V , en los artículos 346, 347, 348, 349, 350, 350 bis 1-7: establecen la calidad de los cadáveres y su clasificación en personas conocidas y personas desconocidas, regulan la inhumación o incineración de cadáveres y todo lo relacionado con el destino final de los mismos.  El capítulo V , en los artículos 419, 420, 421, 462 y 462 bis, establecen las multas por las violaciones a los ordenamientos contenidos en esta ley
  • 27. Reglamento de la Ley General de Salud, en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos, Células, Productos y Cadáveres de Seres Humanos. (D.O.F. 31 De Julio De 2000)
  • 28. En virtud de ésta se autoriza la extracción de órganos y tejidos de personas vivas para realizar trasplantes entre familias (excepto el de médula ósea, que podrá realizarse entre otras personas),así como de componentes de cadáver con las mismas finalidades en tres casos:  1.- Cuando la persona fallecida hubiere expresado en vida y por escrito su conformidad.  2.- Cuando a pesar de que no lo hubiere expresado, los familiares requeridos no manifiesten su oposición.  3.- Cuando no siendo posible la práctica del requerimiento no constare su oposición.
  • 29. También se contempla la prohibición del comercio con órganos, tejidos y células humanas y se establecen sanciones de cuatro a seis años de prisión y multa de cuatro a diez mil días de salario mínimo general vigente en la zona de que se trate  Al responsable o empleado de un establecimiento donde ocurra un deceso, o de locales destinados al depósito de cadáveres, que permita cualquier acto de comercialización en esta materia se le impondrá una sanción de tres a ocho años de prisión y de multa equivalente al salario mínimo general vigente en la zona de que se trate de cuatro mil a diez mil días (Artículo 327 y 421 de la Ley General de Salud)
  • 30. Sin embargo, la reforma de la Ley General de Salud establece aunque suene fuerte, así lo llamaremos un derecho de preferencia a favor del cónyuge supérstite, para optar sobre el destino del cadáver del fallecido, lo que se advierte en el texto del artículo 324, en consonancia con lo dispuesto en su reglamento en materia de control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos
  • 31. Según esta religión que una persona sea donante o no depende de la conciencia de cada uno, siempre y cuando el trasplante no lleve implícito transfusión de sangre. Debido a que según la interpretación que hacen ellos de la Biblia, Dios expreso que: “ La sangre es la vida y que los que respetan la vida como dádiva del Creador no tratan de mantenerse vivos mediante la sangre”
  • 32. Desde que se realizaron los primeros trasplantes y transfusiones, la Iglesia Católica nunca ha mostrado su oposición sino todo lo contrario. Consideran que esto es un gran acto de solidaridad hacia el prójimo.
  • 33. En teoría la ley judía permite todos los actos encaminados a salvar la vida. Por tanto permitiría la donación y el trasplante.  En realidad esto no ocurre así, ya que los judíos ortodoxos radicales no aceptan ni el trasplante ni la transfusión. Aunque en algunos casos se han producido excepciones.  En cambio los religiosos más tolerantes si lo aceptan.
  • 34. Su postura no difiere en lo en lo esencial de la mantenida por la Iglesia de Roma. Aunque no existen documentos oficiales ni a favor ni en contra de la donación; moralmente se entiende que es un acto de generosidad y de amor al prójimo
  • 35. La Iglesia Mormona ha estado y está a la vanguardia de los avances científicos que pueden mejorar la calidad de vida humana. Por tanto apoyan la donación y los trasplantes aunque esta decisión depende de las personas.  En España la legislación prohibe el tráfico de órganos humanos. Las vísceras utilizadas para trasplantes proceden de donaciones voluntarias y desinteresadas previo consentimiento familiar.  A pesar de esto se han producido noticias que hacen referencia a que existen asociaciones ilegales que trafican con los órganos; así como otras que mencionan la perdida de algún órgano
  • 36. www.ucu.edu.uy/Portals/0/.../Bioetica/BH4- TRASPLA-ETI.doc  http://realidadjuridica.uabc.mx/realidad/con tenido-aspectosjuridicos.htm  http://www.uclm.es/ab/enfermeria/revista/ numero%2013/mar%EDa_montoya_trasp_org. htm