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REPUBLCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL OESTE “MARISCAL
SUCRE”.
PNF. INGENIERÍA EN INFORMÁTICA
PROYECTO SOCIO TECNOLÓGICO IV
Técnicas Para el Manejo de Desperdicios e Impactos
ambientales y de Salud
Tutora: Autores:
Carina Garcia Lugo Wilnor C.I: 25.258.151.
Perdomo Roger C.I:25.845.820.
Rosales Jorge C.I:22.026.498.
Yajure William C.I:23.947.693.
Caracas, Octubre de 2016
INDICE
Introducción……………………………………………………………………….......1
¿Qué es el RAEE?.........................................................................................................2
¿Cómo se gestionan los RAAE?..................................................................................3/4
¿Qué papel cumple el distribuidor?................................................................................5
¿Qué es un SIG o sistema Integrado de Gestión?..........................................................6
Marco Jurídico………………………………………………………………………6/8
Conclusión…………………………………………………………………………….9
Introducción
Este trabajo se realizara con la finalidad de conocer como en la actualidad
cuando se habla de RAEE, siempre se hace referencia a los residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos, así como a los distribuidores, ciudadanos y a las
administraciones públicas, es decir, se llaman así los residuos de los aparatos eléctricos
y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los
componen, procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales.
Siendo empleado o manejado por un distribuidor, que es cualquier persona que
suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra
persona que sea usuario final de dicho producto, es decir, el Distribuidor puede
convertirse en Productor, en caso de que el producto que venda o suministre, carezca
de identificación del Fabricante o en caso de que el Fabricante no esté inscrito en el
Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal. Por ello el Distribuidor
debería asegurarse de que cada Productor esté inscrito en el Registro, de que ha
declarado su condición de Productor ante la Comunidad Autónoma y de que pertenece
a un SIG Autorizado
¿Qué es el RAEE?
Se llaman así los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos, sus
materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, procedentes
tanto de hogares particulares como de usos profesionales, es decir, son aparatos que
necesitan para funcionar una corriente eléctrica o un campo electromagnético, con una
tensión nominal de funcionamiento inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V
en corriente continua. También se consideran los aparatos necesarios para generar,
transmitir y medir tales corrientes y campos.
Existen diferentes tipos de RAEE, De acuerdo con la legislación se distinguen
los siguientes:
- Grandes electrodomésticos
- Pequeños electrodomésticos
- Equipos de informática y telecomunicaciones
- Aparatos electrónicos de consumo
- Aparatos de alumbrado
- Herramientas eléctricas o electrónicas (excepto herramientas industriales fijas
permanentemente, de gran envergadura e instaladas por profesionales)
- Juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre
- Aparatos médicos (excepto los productos implantados e infectados)
- Instrumentos de vigilancia o control
- Máquinas expendedoras
Los AEE afectados por la normativa están debidamente identificados con un
símbolo establecido por la norma UNE-EN 50419.
¿Cómo se gestionan los RAAE?
Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se gestionan según lo
dispuesto en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero. Dicho Real Decreto impone
las obligaciones que competen en esta materia a los productores de estos aparatos, así
como a los distribuidores, ciudadanos y a las administraciones públicas.
¿Quiénes son considerados productores de aparatos eléctricos y electrónicos?
Son productores las personas físicas o jurídicas que, con independencia de la
técnica de venta utilizada, incluidas la venta a distancia o vía Internet:
- fabriquen y vendan aparatos electrónicos con sus marcas propias.
- vendan aparatos con su propia marca, aunque hayan sido manufacturados por
otros fabricantes.
- importen o exporten estos aparatos a terceros países.
¿Qué papel cumplen los productores en la gestión de los RAEE en la salud?
Los productores de aparatos eléctricos y electrónicos tienen las siguientes
obligaciones en cuanto a la gestión de los residuos
- Financiar los costes de la gestión de los aparatos eléctricos y electrónicos que
ellos fabrican cuando se convierten en residuos. Pueden hacerlo de forma individual o
a través de un Sistema Integrado de Gestión (S.I.G.).
- Inscribirse en el registro de establecimientos industriales de ámbito estatal,
dónde existe una sección especial para ellos.
- Declarar a la Comunidad Autónoma en la que esté ubicada su sede social la
condición de productor y el procedimiento elegido para el cumplimiento de sus
obligaciones (individual o SIG).
Por otro lado, los productores deben proporcionar también la información
necesaria al usuario de los aparatos eléctricos y electrónicos sobre los diversos
apartados relacionados con la correcta gestión de los RAEE, lo cual incluye:
- Información sobre los criterios para la correcta gestión ambiental de los RAEE
procedentes de hogares particulares, los sistemas de devolución y su gratuidad y
recogida selectiva.
- Información acerca de la repercusión que tienen los costes de gestión de los
residuos en el precio final de los aparatos. Estos costes deben venir reflejados en las
facturas.
- Información sobre los efectos sobre el medio ambiente o la salud humana de
las sustancias peligrosas que estos residuos pueden contener.
¿Quiénes son considerados distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos?
Un distribuidor es cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y
electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona que sea usuario final de dicho
producto.
El Distribuidor puede convertirse en Productor, en caso de que el producto que
venda o suministre, carezca de identificación del Fabricante o en caso de que el
Fabricante no esté inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito
estatal. Por ello el Distribuidor debería asegurarse de que cada Productor esté inscrito
en el Registro, de que ha declarado su condición de Productor ante la Comunidad
Autónoma y de que pertenece a un SIG Autorizado.
¿Qué papel cumple el distribuidor?
Su principal obligación consiste en decepcionar temporalmente el residuo, es
decir, en aceptar la entrega de un producto viejo cuando vende uno nuevo de tipo
equivalente o de igual función, sin coste para el último poseedor. El distribuidor los
entregará luego al gestor designado por el productor que le abastece.
Puesto que el distribuidor es el último eslabón que existe entre el productor y el
consumidor, es recomendable que facilite la información que proceda de los
productores sobre el reciclado y los sistemas de recogida y gestión.
¿Qué tiene que hacer un instalador con los residuos que genere al realizar su
actividad?
En el caso de que un instalador profesional realice la sustitución de un aparato
eléctrico o electrónico, podrá hacerse cargo de los residuos y entregarlos al mayorista
al cual compró el conjunto de aparatos nuevos que instaló, que adquiere aquí la figura
del vendedor, y por tanto debe recibirlos y proceder a su gestión.
¿Qué ha de hacer el consumidor o usuario?
Los usuarios de RAEE utilizados en sus hogares deberán entregarlos, cuando
se deshagan de ellos, para que sean gestionados correctamente. Los consumidores que
adquieran un nuevo AEE asumirán el coste de su gestión al final de su vida útil. Dicho
coste estará repercutido y reflejado en la factura del producto.
¿Dónde se han de llevar los RAEE?
Los de uso doméstico se pueden trasladar a un Punto limpio, o al distribuidor,
que tiene la obligación de recogerlo sin coste alguno, siempre que el cliente le compre
un aparato de similares funciones. Los de uso profesional serán retirados por un gestor
autorizado, o bien serán entregados a la casa donde se compre un aparato nuevo que
realice funciones similares.
¿Qué es un SIG o sistema Integrado de Gestión?
Las siglas SIG se refieren al concepto “Sistema Integrado de Gestión”. Se trata
de entidades constituidas sin fin de lucro, participadas por los productores de aparatos
electrónicos y cuyo objetivo principal es la creación de una estructura organizativa que
responda a las necesidades de gestión de los RAEE.
En la actualidad existen diversos SIG que están especializados en cada una de
las categorías de aparatos eléctricos y electrónicos que regula el R.D. 208/2005. Entre
ellos están: ECOLUM, AMBILAMP, ECOLEC y ECOTIC.
¿Cómo se financia el SIG?
Un SIG se financia a través de la ECORAEE, que es el "extra coste" que se
destina a financiar la gestión de los RAEE. Esta ECORAEE o “extra coste” debe
considerarse como una variable más que actúa sobre el precio global del producto, por
lo cual se le aplica el IVA correspondiente. La ECORAE no es negociable para ningún
producto, inclusive en pronto pago, y ninguna persona física o jurídica, empresa o
institución está exenta de su pago.
Marco Jurídico
Marco Legal Nacional
Como la problemática de los RAEE es un tema que sólo recién ha surgido en la
percepción de la sociedad, en Colombia – como en los demás países de la región
latinoamérica y caribe – una legislación específica sobre el manejo y la gestión de los
RAEE apenas está en preparación.
Proyectos de Ley
En agosto del 2009, en el congreso colombiano se ha radicado el proyecto de
ley n° 91 “mediante el cual se regula la política pública de residuos de aparatos
eléctricos y electrónicos – RAEE – en Colombia”. Dentro del proyecto de ley están
descritas en detalle las responsabilidades y obligaciones de los diferentes actores
involucrados en una futura gestión de los RAEE.
Además, los siguientes proyectos de ley, que posiblemente afectarán la gestión
de RAEE, han sido radicados en el 2009 en el congreso:
 Proyecto de Ley N°69 – 2009, por el cual se establece la recompra de pilas,
baterías eléctricas y basura electrónica por parte del fabricante y se dictan otras
disposiciones.
 Proyecto de Ley N°16 – 2009, Por el cual se formulan lineamientos y políticas
generales para la implementación de los planes de gestión integral de residuos
sólidos “PGIRS” y se establece el reciclaje como instrumento de recursos para
todos.
Proyecto de Resolución
Adicionalmente, a finales de septiembre, el ministerio de ambiente, vivienda y
desarrollo territorial (MAVDT) publicó el proyecto de resolución n° 4138 “por la cual
se establecen obligaciones para la recolección y gestión ambiental de residuos de
computadores y periféricos y se adoptan otras disposiciones”. Según el contenido
actual, la industria está obligada a implementar un sistema para el 1 de enero del 2011
que, en este primer año, asegura la recolección y gestión del 40% de los computadores
y periféricos que entren en desuso (sobre la base del promedio de los aparatos puestos
por el productor en el mercado en los últimos ocho años).
Una recopilación de la normatividad colombiana que afecta la gestión de
residuos sólidos en general se presenta en la tabla abajo.
Conclusión
Para finalizar se concluye que el RAEE son los residuos de los aparatos
eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos
que los componen, es decir, son aparatos que necesitan para funcionar una corriente
eléctrica o un campo electromagnético, con una tensión nominal de funcionamiento
inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua.
El cual existen diferentes tipos de RAEE, de acuerdo con la legislación se
distinguen los siguientes: Grandes electrodomésticos, Pequeños electrodomésticos.
Equipos de informática y telecomunicaciones, Aparatos electrónicos de consumo, entre
otros.
A su vez se destaca como la problemática de los RAEE es un tema que sólo
recién ha surgido en la percepción de la sociedad, en Colombia – como en los demás
países de la región latinoamérica y caribe – una legislación específica sobre el manejo
y la gestión de los RAEE apenas está en preparación, y se utilizan a su vez el SIG, que
se refieren al concepto “Sistema Integrado de Gestión”. Se trata de entidades
constituidas sin fin de lucro, participadas por los productores de aparatos electrónicos
y cuyo objetivo principal es la creación de una estructura organizativa que responda a
las necesidades de gestión de los RAEE.

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QUE ES EL RAEE

  • 1. REPUBLCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL OESTE “MARISCAL SUCRE”. PNF. INGENIERÍA EN INFORMÁTICA PROYECTO SOCIO TECNOLÓGICO IV Técnicas Para el Manejo de Desperdicios e Impactos ambientales y de Salud Tutora: Autores: Carina Garcia Lugo Wilnor C.I: 25.258.151. Perdomo Roger C.I:25.845.820. Rosales Jorge C.I:22.026.498. Yajure William C.I:23.947.693. Caracas, Octubre de 2016
  • 2. INDICE Introducción……………………………………………………………………….......1 ¿Qué es el RAEE?.........................................................................................................2 ¿Cómo se gestionan los RAAE?..................................................................................3/4 ¿Qué papel cumple el distribuidor?................................................................................5 ¿Qué es un SIG o sistema Integrado de Gestión?..........................................................6 Marco Jurídico………………………………………………………………………6/8 Conclusión…………………………………………………………………………….9
  • 3. Introducción Este trabajo se realizara con la finalidad de conocer como en la actualidad cuando se habla de RAEE, siempre se hace referencia a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como a los distribuidores, ciudadanos y a las administraciones públicas, es decir, se llaman así los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales. Siendo empleado o manejado por un distribuidor, que es cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona que sea usuario final de dicho producto, es decir, el Distribuidor puede convertirse en Productor, en caso de que el producto que venda o suministre, carezca de identificación del Fabricante o en caso de que el Fabricante no esté inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal. Por ello el Distribuidor debería asegurarse de que cada Productor esté inscrito en el Registro, de que ha declarado su condición de Productor ante la Comunidad Autónoma y de que pertenece a un SIG Autorizado
  • 4. ¿Qué es el RAEE? Se llaman así los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales, es decir, son aparatos que necesitan para funcionar una corriente eléctrica o un campo electromagnético, con una tensión nominal de funcionamiento inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua. También se consideran los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos. Existen diferentes tipos de RAEE, De acuerdo con la legislación se distinguen los siguientes: - Grandes electrodomésticos - Pequeños electrodomésticos - Equipos de informática y telecomunicaciones - Aparatos electrónicos de consumo - Aparatos de alumbrado - Herramientas eléctricas o electrónicas (excepto herramientas industriales fijas permanentemente, de gran envergadura e instaladas por profesionales) - Juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre - Aparatos médicos (excepto los productos implantados e infectados) - Instrumentos de vigilancia o control - Máquinas expendedoras
  • 5. Los AEE afectados por la normativa están debidamente identificados con un símbolo establecido por la norma UNE-EN 50419. ¿Cómo se gestionan los RAAE? Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se gestionan según lo dispuesto en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero. Dicho Real Decreto impone las obligaciones que competen en esta materia a los productores de estos aparatos, así como a los distribuidores, ciudadanos y a las administraciones públicas. ¿Quiénes son considerados productores de aparatos eléctricos y electrónicos? Son productores las personas físicas o jurídicas que, con independencia de la técnica de venta utilizada, incluidas la venta a distancia o vía Internet: - fabriquen y vendan aparatos electrónicos con sus marcas propias. - vendan aparatos con su propia marca, aunque hayan sido manufacturados por otros fabricantes. - importen o exporten estos aparatos a terceros países. ¿Qué papel cumplen los productores en la gestión de los RAEE en la salud? Los productores de aparatos eléctricos y electrónicos tienen las siguientes obligaciones en cuanto a la gestión de los residuos - Financiar los costes de la gestión de los aparatos eléctricos y electrónicos que ellos fabrican cuando se convierten en residuos. Pueden hacerlo de forma individual o a través de un Sistema Integrado de Gestión (S.I.G.). - Inscribirse en el registro de establecimientos industriales de ámbito estatal, dónde existe una sección especial para ellos.
  • 6. - Declarar a la Comunidad Autónoma en la que esté ubicada su sede social la condición de productor y el procedimiento elegido para el cumplimiento de sus obligaciones (individual o SIG). Por otro lado, los productores deben proporcionar también la información necesaria al usuario de los aparatos eléctricos y electrónicos sobre los diversos apartados relacionados con la correcta gestión de los RAEE, lo cual incluye: - Información sobre los criterios para la correcta gestión ambiental de los RAEE procedentes de hogares particulares, los sistemas de devolución y su gratuidad y recogida selectiva. - Información acerca de la repercusión que tienen los costes de gestión de los residuos en el precio final de los aparatos. Estos costes deben venir reflejados en las facturas. - Información sobre los efectos sobre el medio ambiente o la salud humana de las sustancias peligrosas que estos residuos pueden contener. ¿Quiénes son considerados distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos? Un distribuidor es cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona que sea usuario final de dicho producto. El Distribuidor puede convertirse en Productor, en caso de que el producto que venda o suministre, carezca de identificación del Fabricante o en caso de que el Fabricante no esté inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal. Por ello el Distribuidor debería asegurarse de que cada Productor esté inscrito en el Registro, de que ha declarado su condición de Productor ante la Comunidad Autónoma y de que pertenece a un SIG Autorizado.
  • 7. ¿Qué papel cumple el distribuidor? Su principal obligación consiste en decepcionar temporalmente el residuo, es decir, en aceptar la entrega de un producto viejo cuando vende uno nuevo de tipo equivalente o de igual función, sin coste para el último poseedor. El distribuidor los entregará luego al gestor designado por el productor que le abastece. Puesto que el distribuidor es el último eslabón que existe entre el productor y el consumidor, es recomendable que facilite la información que proceda de los productores sobre el reciclado y los sistemas de recogida y gestión. ¿Qué tiene que hacer un instalador con los residuos que genere al realizar su actividad? En el caso de que un instalador profesional realice la sustitución de un aparato eléctrico o electrónico, podrá hacerse cargo de los residuos y entregarlos al mayorista al cual compró el conjunto de aparatos nuevos que instaló, que adquiere aquí la figura del vendedor, y por tanto debe recibirlos y proceder a su gestión. ¿Qué ha de hacer el consumidor o usuario? Los usuarios de RAEE utilizados en sus hogares deberán entregarlos, cuando se deshagan de ellos, para que sean gestionados correctamente. Los consumidores que adquieran un nuevo AEE asumirán el coste de su gestión al final de su vida útil. Dicho coste estará repercutido y reflejado en la factura del producto. ¿Dónde se han de llevar los RAEE? Los de uso doméstico se pueden trasladar a un Punto limpio, o al distribuidor, que tiene la obligación de recogerlo sin coste alguno, siempre que el cliente le compre un aparato de similares funciones. Los de uso profesional serán retirados por un gestor autorizado, o bien serán entregados a la casa donde se compre un aparato nuevo que realice funciones similares.
  • 8. ¿Qué es un SIG o sistema Integrado de Gestión? Las siglas SIG se refieren al concepto “Sistema Integrado de Gestión”. Se trata de entidades constituidas sin fin de lucro, participadas por los productores de aparatos electrónicos y cuyo objetivo principal es la creación de una estructura organizativa que responda a las necesidades de gestión de los RAEE. En la actualidad existen diversos SIG que están especializados en cada una de las categorías de aparatos eléctricos y electrónicos que regula el R.D. 208/2005. Entre ellos están: ECOLUM, AMBILAMP, ECOLEC y ECOTIC. ¿Cómo se financia el SIG? Un SIG se financia a través de la ECORAEE, que es el "extra coste" que se destina a financiar la gestión de los RAEE. Esta ECORAEE o “extra coste” debe considerarse como una variable más que actúa sobre el precio global del producto, por lo cual se le aplica el IVA correspondiente. La ECORAE no es negociable para ningún producto, inclusive en pronto pago, y ninguna persona física o jurídica, empresa o institución está exenta de su pago. Marco Jurídico Marco Legal Nacional Como la problemática de los RAEE es un tema que sólo recién ha surgido en la percepción de la sociedad, en Colombia – como en los demás países de la región latinoamérica y caribe – una legislación específica sobre el manejo y la gestión de los RAEE apenas está en preparación. Proyectos de Ley En agosto del 2009, en el congreso colombiano se ha radicado el proyecto de ley n° 91 “mediante el cual se regula la política pública de residuos de aparatos
  • 9. eléctricos y electrónicos – RAEE – en Colombia”. Dentro del proyecto de ley están descritas en detalle las responsabilidades y obligaciones de los diferentes actores involucrados en una futura gestión de los RAEE. Además, los siguientes proyectos de ley, que posiblemente afectarán la gestión de RAEE, han sido radicados en el 2009 en el congreso:  Proyecto de Ley N°69 – 2009, por el cual se establece la recompra de pilas, baterías eléctricas y basura electrónica por parte del fabricante y se dictan otras disposiciones.  Proyecto de Ley N°16 – 2009, Por el cual se formulan lineamientos y políticas generales para la implementación de los planes de gestión integral de residuos sólidos “PGIRS” y se establece el reciclaje como instrumento de recursos para todos. Proyecto de Resolución Adicionalmente, a finales de septiembre, el ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial (MAVDT) publicó el proyecto de resolución n° 4138 “por la cual se establecen obligaciones para la recolección y gestión ambiental de residuos de computadores y periféricos y se adoptan otras disposiciones”. Según el contenido actual, la industria está obligada a implementar un sistema para el 1 de enero del 2011 que, en este primer año, asegura la recolección y gestión del 40% de los computadores y periféricos que entren en desuso (sobre la base del promedio de los aparatos puestos por el productor en el mercado en los últimos ocho años). Una recopilación de la normatividad colombiana que afecta la gestión de residuos sólidos en general se presenta en la tabla abajo.
  • 10.
  • 11. Conclusión Para finalizar se concluye que el RAEE son los residuos de los aparatos eléctricos y electrónicos, sus materiales, componentes, consumibles y subconjuntos que los componen, es decir, son aparatos que necesitan para funcionar una corriente eléctrica o un campo electromagnético, con una tensión nominal de funcionamiento inferior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua. El cual existen diferentes tipos de RAEE, de acuerdo con la legislación se distinguen los siguientes: Grandes electrodomésticos, Pequeños electrodomésticos. Equipos de informática y telecomunicaciones, Aparatos electrónicos de consumo, entre otros. A su vez se destaca como la problemática de los RAEE es un tema que sólo recién ha surgido en la percepción de la sociedad, en Colombia – como en los demás países de la región latinoamérica y caribe – una legislación específica sobre el manejo y la gestión de los RAEE apenas está en preparación, y se utilizan a su vez el SIG, que se refieren al concepto “Sistema Integrado de Gestión”. Se trata de entidades constituidas sin fin de lucro, participadas por los productores de aparatos electrónicos y cuyo objetivo principal es la creación de una estructura organizativa que responda a las necesidades de gestión de los RAEE.