El documento resume conceptos básicos relacionados con la organización política y la democracia. En tres oraciones: Define conceptos como civismo, ciudadanía, constitucionalismo y división de poderes. Explica que la Constitución Política de Costa Rica establece los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Resume algunas funciones del Presidente de Costa Rica como jefe de estado y de gobierno según la constitución.
Características del sistema político costarricense
Conceptos políticos básicos
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Civismo: Es la
Ciudadanía: Este incorporación de Constitucionalismo:
concepto incluye las pautas de División de los
tres componentes: comportamiento poderes ejecutivo,
un mínimo, una social que permiten legislativo y
ampliación la convivencia judicial, plasmados
normativa y una respetuosa y en una
aspiración. solidaria en constitución.
colectividad
2. CONCEPTOS BÁSICOS
Cultura democrática:
Corrupción: práctica
Conjunto de valores,
indebida de utilización
Cultura de la legalidad: creencias y actitudes
de las funciones,
Aceptación y respeto políticas. No se trata
recursos y medios en
del cuerpo de leyes de de opiniones,
provecho económico
una sociedad por parte percepciones o de
propio o de intereses
de la ciudadanía. evaluaciones sobre la
particulares distintos a
democracia, sino de
los de la organización.
orientaciones .
3. CONCEPTOS BÁSICOS
Cultura política: Entre las
principales funciones de la Deliberación: Proceso
cultura política se colectivo que integra
encuentran: dar pautas y reflexión, discusión y toma
límites de conducta para la de decisiones. Supone que
ciudadanía y para líderes quienes participan se Discurso: Argumentación
de la política, proporcionar informan, consideran verbal o escrita sobre un
criterios de legitimidad del atenta y detenidamente las tema específico con el fin
desarrollo y el cambio razones a favor y en contra principal de persuadir.
institucional, generar el de una decisión sobre
contexto en el cual se asuntos
asientan y generan los públicos, orientados por la
pensamientos y búsqueda del bien común.
sentimientos políticos.
4. CONCEPTOS BÁSICOS
División de Poderes: Es la
separación entre
poderes, inspirada
esencialmente en los
planteamientos de Eficacia-Eficiencia: Eficacia es
Locke, Rousseau y Estado: Una sociedad la capacidad de lograr un
Montesquieu, que parte de la jurídicamente organizada, efecto deseado o esperado.
idea de que la mejor con un territorio, una Eficiencia es la capacidad de
prevención ante el abuso de población y un gobierno lograr el efecto en cuestión
poder es su distribución en determinados con el mínimo de recursos
tres órganos: el legislativo, el posibles.
ejecutivo y el judicial.
.
.
5. CONCEPTOS BÁSICOS
Gobernabilidad:
Generosidad:
Cualidad propia de
Pensar y actuar una comunidad Gobierno:
entendiendo y política según la cual Organización política
priorizando las sus instituciones de que comprende las
necesidades y gobierno actúan instituciones
preferencias de eficazmente dentro autorizadas para
aquellos con quienes de su espacio y de formular y ejecutar
se interactúa. un modo considerado las políticas públicas.
legítimo por la
.
ciudadanía
6. CONCEPTOS BÁSICOS
Ideología: Conjunto de
ideas y valores Igualdad política: Valor
Gradualismo: Se refiere concernientes al orden democrático
a una modalidad de político, económico y fundamental que
ejecutar cambios en la social, que guían los reconoce que todas las
que aquellos ocurren comportamientos personas, por ser seres
lentamente, siguiendo políticos colectivos. humanos tienen los
pasos progresivos. Pueden ser movilizadas mismos derechos y
por grupos de deberes ante la
.
interés, partidos sociedad en su conjunto
. políticos o por y ante las otras
movimientos sociales en personas.
su lucha por el poder
7. CONCEPTOS BÁSICOS
Institucionalidad
democrática: Conjunto de
normas, organizaciones y
procedimientos públicos Legitimidad: Atributo de
Legislación: Cuerpo de
que constituyen el Estado las instituciones o de los
leyes que regulan una
democrático. líderes, basado en el
determinada materia o
consenso sobre los
. conjunto de leyes de un
fundamentos de su
país.
. . autoridad.
.
.
8. CONCEPTOS BÁSICOS
Negociación
Mediación: Mecanismo
colaborativa: Proceso
de resolución alternativa
mediante el cual dos o Opinión pública: Es el
de conflictos, en el cual
más partes -que pueden conjunto de opiniones
un tercero imparcial
tener intereses de los miembros de una
busca facilitar la
comunes, diferentes u sociedad, pero es más
comunicación entre las
opuestos intercambian que la suma de las
partes en conflicto.
información a lo largo opiniones individuales. .
. de un período, con el fin
de lograr un acuerdo en . . ..
.
el que todas las partes
.
sean beneficiadas
9. CONCEPTOS BÁSICOS
Participación ciudadana: Es
sinónimo de participación
social o política para incidir
en el proceso de toma de
decisiones en forma directa
Partidos políticos: Se trata Poderes del Estado: Son los
o indirecta (por medio de
de agrupaciones de órganos que se derivan de
representantes)
ciudadanos y ciudadanas la división de poderes: el
. cuyo propósito es incidir en Poder Legislativo, el
. el sistema político Ejecutivo y el Judicial
.
.
.
10. CONCEPTOS BÁSICOS
Presidencialismo:
Forma de gobierno en
Política: Actividades Práctica institucional:
la que el Jefe del
individuales o grupales Conjunto de políticas,
Estado- a quien se
orientadas a incidir en procedimientos,
denomina Presidente-
la toma de decisiones metodologías y
, además de ostentar la
relacionadas con lo tecnologías que
representación formal
colectivo y en especial permiten la ejecución
del país, es también
con el sistema político. de una actividad de
parte activa del Poder
[] gestión institucional.
Ejecutivo, como Jefe
de Gobierno.
11. CONCEPTOS BÁSICOS
Rendición de cuentas:
Representación: Es el Obligación de los
Programa de gobierno: ejercicio del poder por representantes políticos y
Plan de trabajo delegación de los de las instituciones
estratégico presentado responsables de tomar públicas de someterse al
durante las campañas las decisiones principales escrutinio mediante
electorales para en nombre de la mecanismos de control
establecer las políticas comunidad política. La horizontal (institucional) y
públicas que dirigirán las delegación se hace vertical (ciudadano),
acciones de un posible mediante mecanismos preventivos o correctivos
Gobierno. electorales directos o del abuso del poder y de
indirectos. la corrupción. Es requisito
para la transparencia.
12. CONCEPTOS BÁSICOS
Régimen democrático:
Conjunto de
instituciones y normas
que regulan el Resolución de
gobierno y en conflictos: Metodología Régimen político: Respeto por la
general, la lucha por el para enfrentar los Conjunto de autoridad: Es una
poder político, en una conflictos mediante instituciones y normas actitud de respeto
sociedad democrática. vías pacíficas y de que regulan el particular hacia
Régimen político: encontrarles gobierno y la lucha por quienes desempeña
Conjunto de soluciones el poder. alguna función pública
instituciones y normas consensuadas.
que regulan el
gobierno y la lucha por
el poder.
13. CONCEPTOS BÁSICOS
Sistema Político: Se refiere al
Transparencia: Implica la
sistema de conducta más
práctica democrática de
inclusivo de una sociedad
colocar la información
para la asignación de valores.
gubernamental en la vitrina
Incluye instituciones y
pública, para que pueda ser
organizaciones, así como de
revisada, analizada y
las personas, con sus
juzgada. Es el opuesto a la
normas, prácticas, creencias,
corrupción.
actitudes y valores.
14. Organización Institucional de Costa Rica.
Constitucionalismo:
Constitución Política de Costa Rica:
TITULO I LA REPUBLICA
TITULO II LOS COSTARRICENSES.
TITULO III LOS EXTRANJEROS.
TITULO IV DERECHOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES.
TITULO V DERECHOS Y GARANTIAS SOCIALES.
TITULO VI LA RELIGION.
TITULO VII LA EDUCACION Y LA CULTURA.
TITULO VIII DERECHOS Y DEBERES POLITICOS.
TITULO IX. EL PODER LEGISLATIVO.
TITULO X EL PODER EJECUTIVO.
TITULO XI EL PODER JUDICIAL.
TITULO XII EL REGIMEN MUNICIPAL
TITULO XIII LA HACIENDA PUBLICA
TITULO XIV LAS INSTITUCIONES AUTONOMAS
TITULO XV EL SERVICIO CIVIL
TITULO XVI EL JURAMENTO CONSTITUCIONAL
TITULO XVII LAS REFORMAS DE LA CONSTITUCION
TITULO XVIII DISPOSICIONES FINALES
15.
16. En primer lugar, el Ejecutivo está formado por el
Presidente de la República, los Vicepresidentes y
los Ministros de Gobierno. Es decir, se consagra
constitucionalmente la pluripersonalidad de este
poder según la constitución política de 1949. art.
130. El presidente y los vicepresidentes son
elegidos simultáneamente y por una mayoría de
votos que exceda el 40% del número total de
sufragios válidamente emitidos. Si esto no
sucediera se hará otra votación el primer
domingo de abril del mismo año entre los dos
mayoritarios, quedando elegido en esta acción el
que tenga mayoría de votos.
17. Ejercer el veto, que es lo potestad de negarse
a sancionar o promulgar una ley.
Representar a la Nación en actos oficiales.
Sancionar o promulgar las leyes,
reglamentarlas, ejecutarlas y velar por su
cumplimiento.
Mantener el orden y la tranquilidad del país.
18. Para ser Presidente es necesario ser
costarricense por nacimiento y ciudadano en
ejercicio, ser del estado seglar (un sacerdote
o ministro religioso no puede aspirar a este
cargo) y ser mayor de 30 años.
19. Con el fin de evitar hechos lamentables como los
ocurridos entre 1940 y 1948 se estipularon en la
constitución de 1949 las siguientes prohibiciones
para los que pretendieran la presidencia de la
república o un ministerio:
El que hubiere ejercido la presidencia en cualquier
lapso dentro de los ocho años anteriores al periodo
para cuyo ejercicio se verificase la elección.
Los vicepresidentes que hubiesen conservado la
calidad de tales, en los doce meses anteriores a la
elección. Igual estipulación para los ministros.
Si fuera ascendiente, descendiente o hermano del
Presidente no podrá aspirar a elección.
20. Nombrar y remover libremente a los Ministros de
Gobierno.
Ejercer el mando supremo de la Fuerza Pública.
Presentar un informe sobre la administración y
las medidas que considere importantes para la
buena marcha del gobierno y bienestar del país.
Este informe lo presenta a la Asamblea
Legislativa al inicio de cada periodo anual de
sesiones.
Solicitar permiso a la Asamblea Legislativa para
salir del país.