Este documento trata sobre los derechos de autor. Explica que los derechos de autor protegen las creaciones intelectuales de los autores, editores y demás intermediarios, al tiempo que garantizan el acceso del público a estas obras. También describe el origen y evolución de los derechos de autor desde la Edad Media, así como las categorías de obras protegidas y las limitaciones y excepciones a estos derechos.
2. INTRODUCCIÓN
En el siguiente trabajo podemos entender
mejor los derechos de autores.
Los derechos de autor constituyen uno de los
principales derechos de propiedad intelectual,
cuyo objetivo es dar solución a una serie de
conflictos de intereses que nacen entre los
autores de las creaciones intelectuales, los
editores y demás intermediarios que las
distribuyen y el público que las consume
3. Derechos de autor
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violación a las normas de derechos de autor.
5. Origen y evolución del derecho de autor
En la transición de la edad media hacia los tiempos modernos se
presentaron en Europa
Nuevas invenciones y el perfeccionamiento de los medios de
comunicación. Es así como
Apareció la imprenta inventada por Gutenberg en el siglo quince, que
hizo posible
Alcanzar un mayor número de personas sin que estuvieran reunidas
en un mismo lugar, lo
que formó un mercado que fue desde un principio muy susceptible a
las imitaciones y a
Las falsificaciones.
6. Derecho de autor y derechos conexos
Tal como lo ha indicado la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI, la
Expresión “derecho de autor” se emplea con
dos significados. El primero es el significado
Básico y normalmente aceptado, que abarca
únicamente la protección de los derechos
sobre las obras literarias y artísticas.
7. Categorías de obras protegidas
La protección del derecho de autor a las obras del ingenio,
como se anotó atrás, se
Reconoce con independencia del género, la forma de
expresión, el mérito y el destino de la
Obra. En consecuencia, el ámbito de protección es muy
amplio, pues comprende todas las
Expresiones creativas, de carácter literario o artístico, y por
ello tanto los tratados
Internacionales como las legislaciones de los países incluyen
una relación o enumeración
De obras simplemente a manera de ejemplo (Art. 4, Decisión
351 de 1993), con el fin de
Dejar abierta la posibilidad de protección del derecho de
autor a nuevas modalidades
Creativas que pudieran reunir los elementos característicos
de las obras amparadas, ya
Que el talento e ingenio creativo del ser humano cada día
encuentra nuevas formas de
Expresión.
8. LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO DE
AUTOR
Es un principio generalmente aceptado el que la
actividad creativa de los autores debe ser
Protegida de manera suficiente y adecuada, para
fomentar esa manifestación personal del
Autor a través de las obras del ingenio y para
garantizarle que pueda percibir los frutos
Económicos producidos por la explotación y
comercialización de la obra.
También se acepta que en general el propósito del
autor es difundir y dar a conocer sus
Creaciones intelectuales de manera que el público
pueda acceder a ellas y disfrutarlas.
9. Concepto
El concepto de derechos de autor se aplica a las distintas
normativas que rigen sobre la acción creativa de cualquier
tipo que implica que alguien al crear o ser el autor de algo
(un libro, un aparato electrónico, una idea incluso) posee el
derecho a ser reconocido como el único autor de modo tal de
que nadie más pueda usurpar los beneficios económicos o
intelectuales que salgan de esa actividad.