1. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
La Propiedad Intelectual en el Programa Marco HORIZONTE 2020
Estrella Alcón
Servicio de Propiedad Industrial del IVACE
Servicio de Proyectos Europeos
2. Programa marco Horizonte 2020Horizonte 2020 fortalecimiento de la base científica y tecnológica europea ▪el fomento de beneficios para la sociedad ▪un mejor aprovechamiento del potencial económico e industrial de las políticas de innovación, investigación y desarrollo tecnológicoLos recursos públicos y los esfuerzos empleados en la investigación deben ser convertidos en beneficios socioeconómicos para la UE. Por esta razón Horizonte 2020 establece compromisos de los participantes en términos de difusión y explotación de los resultados de los proyectos, incluyendo su protección mediante la propiedad intelectual. Fuente: IPR-Helpdesk
4. Acuerdo de Subvención Relación entre el Consorcio y la Comisión EuropeaComisión EuropeaP1P2P3P5P4Acuerdo SubvenciónFuente: IPR-Helpdesk
5. Acuerdo de Subvención •Criterios de evaluación de la Comisión Europea ▪Excelencia (estado del arte) ▪Impacto (difusión y explotación) de los resultados
6. Acuerdo de ConsorcioRegula la relación entre los socios = beneficiariosAcuerdo de ConsorcioP1P2P3P5P4Fuente: IPR-Helpdesk
8. Comenzar el proyecto•Definir el background ▪PI que se aporta ▪Derechos de terceros Background (conocimientos previos) Los activos tangibles e intangibles (datos, know-how, información) que tienen los socios del proyecto antes del acuerdo. Incluye la propiedad intelectual como derechos de autor, patentes concedidas y/o solicitadas antes de acceder al acuerdo. Ejemplos: prototipos, líneas de células, bases de datos, licencias con derecho a sublicenciar•Establecer las condiciones de confidencialidad•Evaluar el estado del arte•Planificar la difusión y explotación de los resultados ▪Explotación:Uso (directo/indirecto) de los resultados de la actividad de investigación, que no es parte del proyecto, asícomo el uso para desarrollos posteriores, fabricación y comercialización de un producto o proceso ▪Difusión:Medios de la presentación de los resultados al público. Las publicaciones oficiales (p.ej. solicitudes de patentes) no se consideran difusión. •Nombre del proyecto •Costes de la protección de los DPIFuente: IPR-Helpdesk
9. Derechos de acceso al background/a los resultados ¿Cuándo es obligatorio conceder derechos de acceso? PropósitoAcceso al backgroundAcceso a los resultadosEjecución del proyecto Explotación de los resultados del proyectoGratuito, salvo acuerdo en contrario de los participantes antes de su adhesión al acuerdo de subvención GratuitoPrevio acuerdo, se concederán derechos de acceso en condiciones justas y razonables (que pueden incluir la gratuidad) Fuente: IPR-Helpdesk
10. Obligaciones Decisión de proteger la PI (patentar u otras formas de protección) Difusión: Publicación resultados investigaciónExplotación: Comercialización resultados investigaciónAcceso abiertoVía verdeVía doradaResultadosFuente: IPR-Helpdesk
12. Protección de los resultados I
Materia Patente
Modelo de
utilidad
Diseño
industrial
Derechos
de autor
Marca
Secreto
industrial
Invención (p.ej.
artilugio, proceso,
método1)
X X X
Software X2 X X X
Artículo científico X
Diseño de producto X X X
Nombre de una
tecnología/producto
X
Know How X X X
Página Web X X X X
[1]Excepto métodos excluidos de patentabilidad en virtud de los Articulos 52(2)(c) y (3) y 53(c) EPC. (european patent convention) [2]La patentabilidad del software estátodavía a debate debido a su exclusión por los Articulos 52(2)(c) y (3) EPC.
Fuente: IPR-Helpdesk
13. Protección de los resultados II
IPR ¿Para qué? ¿Registro?
Patente Nuevas invenciones Se requiere registro
Modelo de utilidad Nuevas invenciones
Se requiere registro pero las condiciones son
menos restrictivas que para la patente
Marcas Signos distintivos Se requiere registro
Diseño industrial
La apariencia de los
productos
Se requiere registro en general, pero es
posible tener un derecho de diseño no
registrado
Derechos de autor
Trabajos literarios,
científicos y técnicos
No se requiere pero se puede registrar en
algunos países
Secreto industrial
Información empresarial
confidencial/secreto
industrial
No se requiere pero se necesitan medidas internas de protección.
Fuente: IPR-Helpdesk
14. Obligaciones Decisión de proteger la PI (patentar u otras formas de protección) Difusión: Publicación resultados investigaciónExplotación: Comercialización resultados investigaciónAcceso abiertoVía verdeVía doradaResultadosFuente: IPR-Helpdesk
15. Difusión•Difusión de los resultados lo antes posible•Primero proteger los resultados•Tener en cuenta la confidencialidad establecida ▪Quées confidencial ▪Por cuánto tiempo•Consultar con los socios antes (copropiedad) •Establecer con los socios el acceso abierto
16. Obligaciones Decisión de proteger la PI (patentar u otras formas de protección) Difusión: Publicación resultados investigaciónExplotación: Comercialización resultados investigaciónAcceso abiertoVía verdeVía doradaResultadosFuente: IPR-Helpdesk
17. Explotación I•Cada beneficiario debe -hasta cuatro años después de concluido el proyecto -tomar medidas encaminadas a garantizar la "explotación" de sus resultados (ya sea directa o indirectamente): ▪usándolos en otras actividades de investigación; ▪en el desarrollo, la creación o la comercialización de un producto o servicio; ▪en el uso de ellos en las actividades de normalización. •La explotación comercial se puede llevar a cabo con: ▪Licencias ▪Cesión ▪Joint venture ▪Spin-off ▪franquiciasFuente: IPR-Helpdesk
18. Explotación II•Cada beneficiario podráconceder licencias de sus resultados. Las licencias exclusivas sólo podrán concederse si todos los demás beneficiarios afectados han renunciado a sus derechos de acceso. •Un beneficiario que tiene la intención de transferir la propiedad o la concesión de una licencia exclusiva debe notificar formalmente a la CE antes de la transferencia o concesión de licencias y: ▪identificar los resultados concretos de que se trate; ▪describir en detalle lo que el nuevo titular o licenciatario ha planificado para la explotación de los resultados, ▪incluir una evaluación razonada de la repercusión de la transferencia o licencia en la competitividad de la UE y su coherencia con losprincipios éticos, y las consideraciones de seguridad.Fuente: IPR-Helpdesk
20. IVACE –Servicio de Propiedad Industrial
•www.ivace.es–Patentes y marcas –European IPR-Helpdesk
21. IVACE –Servicio de Propiedad Industrial
•www.ivace.es–Patentes y marcas –European IPR-Helpdesk–Documentos relacionados
22. IVACE –Servicio de Propiedad Industrial
•Los Derechos de Propiedad Intelectual en los Encuentros Empresariales.
•Esquema-estructura de un contrato de licencia
Traducción del documento "SkeletonLicence"de la IntellectualPropertyOffice -Patent
Office de Gran Bretaña, en el que se muestra un resumen de las cláusulas que debería
recoger un acuerdo de licencia de propiedad industrial,centrado en los derechos de
propiedad industrial más comunes: patentes, marcas -registradas o no-y know-
how/información confidencial.
•Manual de negociación de Acuerdos de Licencia de Tecnología
Manual de la OMPI que se centra en la identificación y adquisición, o transferencia
mediante concesión de licencia, de una tecnología que pertenece a un tercero en virtud
de un derecho de propiedad intelectual.
El documento tiene como finalidad proporcionar orientación sobre la negociación de
acuerdos de licencia de tecnología, y no tanto sobre los aspectos jurídicos y normativos
de la concesión de licencias.
23. IVACEÁrea de Servicios y DifusiónServicio de Proyectos EuropeosCiutatAdministrativa 9 d'Octubre -Torre 2C/ Castán Tobeñas, 77 (acceso por C/ Noud'Octubre) 46018 -VALENCIATel.961 209 600info.ivace@gva.esGracias por vuestra atenciónalcon_est@gva.es