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EL DUMPING EN LAEL DUMPING EN LA
LEGISLACIONLEGISLACION
ARGENTINAARGENTINA
 Código Aduanero de 1981 como primerCódigo Aduanero de 1981 como primer
antecedente.antecedente.
 El Decreto Nº 2121/94 que legisla la RondaEl Decreto Nº 2121/94 que legisla la Ronda
Tokio.Tokio.
 El Decreto Nº 766/94.El Decreto Nº 766/94.
 El Decreto Nº 1059/96 sobre salvaguardias.El Decreto Nº 1059/96 sobre salvaguardias.
 El Decreto 1326/98 que reglamenta la RondaEl Decreto 1326/98 que reglamenta la Ronda
Uruguay.Uruguay.
 El actual Decreto Nº 1393/08 que acelera losEl actual Decreto Nº 1393/08 que acelera los
plazosplazos
EL SISTEMAEL SISTEMA
ARGENTINOARGENTINO
 El sistema argentino es uno de los tresEl sistema argentino es uno de los tres
que existen en el mundo que esque existen en el mundo que es
BIFURCADO. Dos organismos hacen elBIFURCADO. Dos organismos hacen el
trabajo que podría hacer uno.trabajo que podría hacer uno.
 Los dos organismos son: La Dirección deLos dos organismos son: La Dirección de
Competencia Desleal (DCD), yCompetencia Desleal (DCD), y
 La Comisión Nacional de ComercioLa Comisión Nacional de Comercio
Exterior (CNCE)Exterior (CNCE)
OTROS PAÍSES CONOTROS PAÍSES CON
SISTEMA BIFURCADO:SISTEMA BIFURCADO:
 Estados Unidos: Tiene al Department ofEstados Unidos: Tiene al Department of
Commerce (DOC) y la InternationalCommerce (DOC) y la International
Trade Commision (ITC)Trade Commision (ITC)
 Canada: Tiene al Revenue Canadá (RC)Canada: Tiene al Revenue Canadá (RC)
y al Tribunal Canadiense de Comercioy al Tribunal Canadiense de Comercio
Internacional (CITT).Internacional (CITT).
 Las demás naciones tienen unificado elLas demás naciones tienen unificado el
procedimiento.procedimiento.
FUNCIONES DE ESTOSFUNCIONES DE ESTOS
DOS ORGANISMOS EN LADOS ORGANISMOS EN LA
ARGENTINAARGENTINA
 LaLa DCDDCD, que depende de la Subsecretaría de Gestión, que depende de la Subsecretaría de Gestión
Comercial del Ministerio de Industria:Comercial del Ministerio de Industria:
 Recibe las solicitudes de los productores nacionales y evacuaRecibe las solicitudes de los productores nacionales y evacua
las consultas previas.las consultas previas.
 Establece la existencia o no de indicios de margen deEstablece la existencia o no de indicios de margen de
dumping en la etapa previa a la apertura, la existencia o no dedumping en la etapa previa a la apertura, la existencia o no de
margen de dumping preliminar antes de los derechosmargen de dumping preliminar antes de los derechos
preliminares y la existencia definitiva de margen de dumpingpreliminares y la existencia definitiva de margen de dumping
al finalizar la investigación a efectos de imponer o no medidasal finalizar la investigación a efectos de imponer o no medidas
finales.finales.
 En caso de aprobarse, monitorea el cumplimiento de losEn caso de aprobarse, monitorea el cumplimiento de los
compromisos de precios.compromisos de precios.
FUNCIONES DE ESTOSFUNCIONES DE ESTOS
DOS ORGANISMOS EN LADOS ORGANISMOS EN LA
ARGENTINAARGENTINA
 La CNCE, creada por Decreto Nº 766/96 tiene una estructuraLa CNCE, creada por Decreto Nº 766/96 tiene una estructura
colegiada, esta formada por vocales con estabilidad en suscolegiada, esta formada por vocales con estabilidad en sus
funciones, también depende del Ministerio de Industria y debefunciones, también depende del Ministerio de Industria y debe
determinar:determinar:
 La existencia o no de indicios de daño con carácter previo a laLa existencia o no de indicios de daño con carácter previo a la
apertura.apertura.
 La existencia o no de daño presunto antes de lasLa existencia o no de daño presunto antes de las
determinaciones preliminares.determinaciones preliminares.
 La existencia o no de daño definitivo con carácter previo a laLa existencia o no de daño definitivo con carácter previo a la
determinación final.determinación final.
 En cada uno de estas etapas tiene la obligación también deEn cada uno de estas etapas tiene la obligación también de
expedirse acerca de la existencia o no del nexo causal entreexpedirse acerca de la existencia o no del nexo causal entre
el dumping y el daño.el dumping y el daño.
 Se expide mediante actas que son elevadas al Secretario deSe expide mediante actas que son elevadas al Secretario de
Industria.Industria.
OTRAS FUNCIONES DEOTRAS FUNCIONES DE
LA CNCELA CNCE
 Debe emitir una determinación con carácterDebe emitir una determinación con carácter
previo a la apertura que establezca laprevio a la apertura que establezca la
existencia o no de representatividad de laexistencia o no de representatividad de la
rama de producción nacional peticionante.rama de producción nacional peticionante.
 También antes de la apertura debe determinarTambién antes de la apertura debe determinar
la existencia o no de producto similar.la existencia o no de producto similar.
 Finalmente también evalúa los compromisosFinalmente también evalúa los compromisos
de precios presentados y eleva sude precios presentados y eleva su
recomendación al Secretario.recomendación al Secretario.
El rol de los órganosEl rol de los órganos
políticospolíticos
 El Ministerio de Industria dictará las resoluciones que:El Ministerio de Industria dictará las resoluciones que:
 Establezcan derechos antidumping oEstablezcan derechos antidumping o
compensatorios, provisionales o definitivos.compensatorios, provisionales o definitivos.
 La Secretaría de Industria dictará las resoluciones queLa Secretaría de Industria dictará las resoluciones que
resuelvan la apertura de las investigaciones para laresuelvan la apertura de las investigaciones para la
aplicación de derechos antidumping o compensatoriosaplicación de derechos antidumping o compensatorios
yy
 La Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (aLa Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (a
través de la DCD) tendrá a cargo la instrucción deltravés de la DCD) tendrá a cargo la instrucción del
procedimiento y elevará a la Secretaría de Industria lasprocedimiento y elevará a la Secretaría de Industria las
recomendaciones a fin de ser adoptadas por la propiarecomendaciones a fin de ser adoptadas por la propia
Secretaría y por el Ministro.Secretaría y por el Ministro.
CLAUSULA DECLAUSULA DE
“ESCAPE”“ESCAPE”
 Si la DCD o la CNCE determinan que noSi la DCD o la CNCE determinan que no
existe daño o que no existe dumping oexiste daño o que no existe dumping o
ambos, o que existiendo ambos noambos, o que existiendo ambos no
existe relación de causalidad, laexiste relación de causalidad, la
Secretaría de Industria deberá disponerSecretaría de Industria deberá disponer
el cierre inmediato de la investigación sinel cierre inmediato de la investigación sin
aplicación de medidas definitivas.aplicación de medidas definitivas.
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“ESCAPE”“ESCAPE”
 Sin embargo si los dos organismos determinanSin embargo si los dos organismos determinan
la existencia de dumping, daño y relación dela existencia de dumping, daño y relación de
causalidad estas determinaciones no soncausalidad estas determinaciones no son
“mandatorias” u obligatorias para la autoridad“mandatorias” u obligatorias para la autoridad
política, pues el Ministerio de Industria,política, pues el Ministerio de Industria,
amparado en la cláusula de “Interés General”amparado en la cláusula de “Interés General”
podrá disponer el cierre de la investigación sinpodrá disponer el cierre de la investigación sin
medidas cuando tales medidas afectaren elmedidas cuando tales medidas afectaren el
interés general de usuarios o consumidores.interés general de usuarios o consumidores.
 Ej.: Jeringas descartables de China.Ej.: Jeringas descartables de China.
LA LEGISLACIÓNLA LEGISLACIÓN
INTERNACIONAL: LASINTERNACIONAL: LAS
DOS ESCUELASDOS ESCUELAS
 Existen en el mundo dos sistema para laExisten en el mundo dos sistema para la
investigación de estas prácticas: La escuelainvestigación de estas prácticas: La escuela
monista y la escuela dualista.monista y la escuela dualista.
 LA ESCUELA DUALISTALA ESCUELA DUALISTA: Sostiene que: Sostiene que
calcular el margen de dumping es sencillo perocalcular el margen de dumping es sencillo pero
para calcular la existencia de daño y relaciónpara calcular la existencia de daño y relación
de causalidad influyen tantos factores yde causalidad influyen tantos factores y
“lobbies” que es necesario crear un órgano“lobbies” que es necesario crear un órgano
colegiado independiente de los poderescolegiado independiente de los poderes
políticos.políticos.
LA ESCUELA DUALISTALA ESCUELA DUALISTA
 Los tres países en el mundo que investigan el dumpingLos tres países en el mundo que investigan el dumping
y los subsidios mediante la intervención de dosy los subsidios mediante la intervención de dos
órganos son Argentina, Estados Unidos y Canadá.órganos son Argentina, Estados Unidos y Canadá.
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Estado de Comercio, que calcula el dumping.Estado de Comercio, que calcula el dumping.
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determina el daño y la relación de causalidad.determina el daño y la relación de causalidad.
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 Las diferencias existentes entre ambasLas diferencias existentes entre ambas
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informes sectoriales sobre la marcha de lainformes sectoriales sobre la marcha de la
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de remoción anticipada.de remoción anticipada.
 Los vocales son nombrados directamente porLos vocales son nombrados directamente por
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 Además existe una fuerte injerencia del poderAdemás existe una fuerte injerencia del poder
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General (DG 10) dependiente de la ComisiónGeneral (DG 10) dependiente de la Comisión
de Comercio de la Unión.de Comercio de la Unión.
 El control que en la escuela dualista estáEl control que en la escuela dualista está
asegurado mediante la independencia de losasegurado mediante la independencia de los
vocales, en Europa está asegurado mediantevocales, en Europa está asegurado mediante
el control de la Comisión Europea y tambiénel control de la Comisión Europea y también
del Consejo de la Comunidad.del Consejo de la Comunidad.
LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN
EL MERCOSUREL MERCOSUR
 El MERCOSUR para ser una MercadoEl MERCOSUR para ser una Mercado
Común perfecto debería reemplazarComún perfecto debería reemplazar
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investigaciones por DA y DC “intra zona”investigaciones por DA y DC “intra zona”
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 Porque el MERCOSUR no adoptó estaPorque el MERCOSUR no adoptó esta
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(1)(1) Porque Brasil no desea desarmar suPorque Brasil no desea desarmar su
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DA como instrumentos de política comercial.DA como instrumentos de política comercial.
(2)(2) Porque legislar de esa manera implicaríaPorque legislar de esa manera implicaría
crear órganos con “poderes supranacionales”crear órganos con “poderes supranacionales”
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con las investigaciones.con las investigaciones.
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(1)(1) En materia de salvaguardias se eliminó laEn materia de salvaguardias se eliminó la
aplicación de las mismas a partir de 1995,aplicación de las mismas a partir de 1995,
salvo para las mercaderías procedentes desalvo para las mercaderías procedentes de
Manaos y Tierra del Fuego.Manaos y Tierra del Fuego.
(2)(2) En materia de antidumping, cada país aplicaEn materia de antidumping, cada país aplica
su legislación propia respecto de tercerossu legislación propia respecto de terceros
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LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN
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(1)(1) Intra zonaIntra zona el único instrumento legal con queel único instrumento legal con que
cuentan los países es la Dir. CCM N° 5/95 por la cualcuentan los países es la Dir. CCM N° 5/95 por la cual
cuando un país decida iniciar una investigación a uncuando un país decida iniciar una investigación a un
socio del Mercosur, debe comunicar con anterioridadsocio del Mercosur, debe comunicar con anterioridad
a la apertura de la misma su intención de hacerlo.a la apertura de la misma su intención de hacerlo.
También resulta de aplicación lo determinado por laTambién resulta de aplicación lo determinado por la
Dec. del CMC Nº 18/96, Arts. 2º y 3º.Dec. del CMC Nº 18/96, Arts. 2º y 3º.
(2)(2) Extra zonaExtra zona sólo cuenta con la Dec. CMC Nº 11/97sólo cuenta con la Dec. CMC Nº 11/97
que es solamente un “marco normativo”. Esta Dec.que es solamente un “marco normativo”. Esta Dec.
crea órganos supranacionales tanto técnicos comocrea órganos supranacionales tanto técnicos como
decisorios, pero al ser simplemente un “marcodecisorios, pero al ser simplemente un “marco
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© Dr. Carlos Alejandro Nahas - 2009© Dr. Carlos Alejandro Nahas - 2009
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  • 1. EL DUMPING EN LAEL DUMPING EN LA LEGISLACIONLEGISLACION ARGENTINAARGENTINA  Código Aduanero de 1981 como primerCódigo Aduanero de 1981 como primer antecedente.antecedente.  El Decreto Nº 2121/94 que legisla la RondaEl Decreto Nº 2121/94 que legisla la Ronda Tokio.Tokio.  El Decreto Nº 766/94.El Decreto Nº 766/94.  El Decreto Nº 1059/96 sobre salvaguardias.El Decreto Nº 1059/96 sobre salvaguardias.  El Decreto 1326/98 que reglamenta la RondaEl Decreto 1326/98 que reglamenta la Ronda Uruguay.Uruguay.  El actual Decreto Nº 1393/08 que acelera losEl actual Decreto Nº 1393/08 que acelera los plazosplazos
  • 2. EL SISTEMAEL SISTEMA ARGENTINOARGENTINO  El sistema argentino es uno de los tresEl sistema argentino es uno de los tres que existen en el mundo que esque existen en el mundo que es BIFURCADO. Dos organismos hacen elBIFURCADO. Dos organismos hacen el trabajo que podría hacer uno.trabajo que podría hacer uno.  Los dos organismos son: La Dirección deLos dos organismos son: La Dirección de Competencia Desleal (DCD), yCompetencia Desleal (DCD), y  La Comisión Nacional de ComercioLa Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE)Exterior (CNCE)
  • 3. OTROS PAÍSES CONOTROS PAÍSES CON SISTEMA BIFURCADO:SISTEMA BIFURCADO:  Estados Unidos: Tiene al Department ofEstados Unidos: Tiene al Department of Commerce (DOC) y la InternationalCommerce (DOC) y la International Trade Commision (ITC)Trade Commision (ITC)  Canada: Tiene al Revenue Canadá (RC)Canada: Tiene al Revenue Canadá (RC) y al Tribunal Canadiense de Comercioy al Tribunal Canadiense de Comercio Internacional (CITT).Internacional (CITT).  Las demás naciones tienen unificado elLas demás naciones tienen unificado el procedimiento.procedimiento.
  • 4. FUNCIONES DE ESTOSFUNCIONES DE ESTOS DOS ORGANISMOS EN LADOS ORGANISMOS EN LA ARGENTINAARGENTINA  LaLa DCDDCD, que depende de la Subsecretaría de Gestión, que depende de la Subsecretaría de Gestión Comercial del Ministerio de Industria:Comercial del Ministerio de Industria:  Recibe las solicitudes de los productores nacionales y evacuaRecibe las solicitudes de los productores nacionales y evacua las consultas previas.las consultas previas.  Establece la existencia o no de indicios de margen deEstablece la existencia o no de indicios de margen de dumping en la etapa previa a la apertura, la existencia o no dedumping en la etapa previa a la apertura, la existencia o no de margen de dumping preliminar antes de los derechosmargen de dumping preliminar antes de los derechos preliminares y la existencia definitiva de margen de dumpingpreliminares y la existencia definitiva de margen de dumping al finalizar la investigación a efectos de imponer o no medidasal finalizar la investigación a efectos de imponer o no medidas finales.finales.  En caso de aprobarse, monitorea el cumplimiento de losEn caso de aprobarse, monitorea el cumplimiento de los compromisos de precios.compromisos de precios.
  • 5. FUNCIONES DE ESTOSFUNCIONES DE ESTOS DOS ORGANISMOS EN LADOS ORGANISMOS EN LA ARGENTINAARGENTINA  La CNCE, creada por Decreto Nº 766/96 tiene una estructuraLa CNCE, creada por Decreto Nº 766/96 tiene una estructura colegiada, esta formada por vocales con estabilidad en suscolegiada, esta formada por vocales con estabilidad en sus funciones, también depende del Ministerio de Industria y debefunciones, también depende del Ministerio de Industria y debe determinar:determinar:  La existencia o no de indicios de daño con carácter previo a laLa existencia o no de indicios de daño con carácter previo a la apertura.apertura.  La existencia o no de daño presunto antes de lasLa existencia o no de daño presunto antes de las determinaciones preliminares.determinaciones preliminares.  La existencia o no de daño definitivo con carácter previo a laLa existencia o no de daño definitivo con carácter previo a la determinación final.determinación final.  En cada uno de estas etapas tiene la obligación también deEn cada uno de estas etapas tiene la obligación también de expedirse acerca de la existencia o no del nexo causal entreexpedirse acerca de la existencia o no del nexo causal entre el dumping y el daño.el dumping y el daño.  Se expide mediante actas que son elevadas al Secretario deSe expide mediante actas que son elevadas al Secretario de Industria.Industria.
  • 6. OTRAS FUNCIONES DEOTRAS FUNCIONES DE LA CNCELA CNCE  Debe emitir una determinación con carácterDebe emitir una determinación con carácter previo a la apertura que establezca laprevio a la apertura que establezca la existencia o no de representatividad de laexistencia o no de representatividad de la rama de producción nacional peticionante.rama de producción nacional peticionante.  También antes de la apertura debe determinarTambién antes de la apertura debe determinar la existencia o no de producto similar.la existencia o no de producto similar.  Finalmente también evalúa los compromisosFinalmente también evalúa los compromisos de precios presentados y eleva sude precios presentados y eleva su recomendación al Secretario.recomendación al Secretario.
  • 7. El rol de los órganosEl rol de los órganos políticospolíticos  El Ministerio de Industria dictará las resoluciones que:El Ministerio de Industria dictará las resoluciones que:  Establezcan derechos antidumping oEstablezcan derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos.compensatorios, provisionales o definitivos.  La Secretaría de Industria dictará las resoluciones queLa Secretaría de Industria dictará las resoluciones que resuelvan la apertura de las investigaciones para laresuelvan la apertura de las investigaciones para la aplicación de derechos antidumping o compensatoriosaplicación de derechos antidumping o compensatorios yy  La Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (aLa Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (a través de la DCD) tendrá a cargo la instrucción deltravés de la DCD) tendrá a cargo la instrucción del procedimiento y elevará a la Secretaría de Industria lasprocedimiento y elevará a la Secretaría de Industria las recomendaciones a fin de ser adoptadas por la propiarecomendaciones a fin de ser adoptadas por la propia Secretaría y por el Ministro.Secretaría y por el Ministro.
  • 8. CLAUSULA DECLAUSULA DE “ESCAPE”“ESCAPE”  Si la DCD o la CNCE determinan que noSi la DCD o la CNCE determinan que no existe daño o que no existe dumping oexiste daño o que no existe dumping o ambos, o que existiendo ambos noambos, o que existiendo ambos no existe relación de causalidad, laexiste relación de causalidad, la Secretaría de Industria deberá disponerSecretaría de Industria deberá disponer el cierre inmediato de la investigación sinel cierre inmediato de la investigación sin aplicación de medidas definitivas.aplicación de medidas definitivas.
  • 9. CLAUSULA DECLAUSULA DE “ESCAPE”“ESCAPE”  Sin embargo si los dos organismos determinanSin embargo si los dos organismos determinan la existencia de dumping, daño y relación dela existencia de dumping, daño y relación de causalidad estas determinaciones no soncausalidad estas determinaciones no son “mandatorias” u obligatorias para la autoridad“mandatorias” u obligatorias para la autoridad política, pues el Ministerio de Industria,política, pues el Ministerio de Industria, amparado en la cláusula de “Interés General”amparado en la cláusula de “Interés General” podrá disponer el cierre de la investigación sinpodrá disponer el cierre de la investigación sin medidas cuando tales medidas afectaren elmedidas cuando tales medidas afectaren el interés general de usuarios o consumidores.interés general de usuarios o consumidores.  Ej.: Jeringas descartables de China.Ej.: Jeringas descartables de China.
  • 10. LA LEGISLACIÓNLA LEGISLACIÓN INTERNACIONAL: LASINTERNACIONAL: LAS DOS ESCUELASDOS ESCUELAS  Existen en el mundo dos sistema para laExisten en el mundo dos sistema para la investigación de estas prácticas: La escuelainvestigación de estas prácticas: La escuela monista y la escuela dualista.monista y la escuela dualista.  LA ESCUELA DUALISTALA ESCUELA DUALISTA: Sostiene que: Sostiene que calcular el margen de dumping es sencillo perocalcular el margen de dumping es sencillo pero para calcular la existencia de daño y relaciónpara calcular la existencia de daño y relación de causalidad influyen tantos factores yde causalidad influyen tantos factores y “lobbies” que es necesario crear un órgano“lobbies” que es necesario crear un órgano colegiado independiente de los poderescolegiado independiente de los poderes políticos.políticos.
  • 11. LA ESCUELA DUALISTALA ESCUELA DUALISTA  Los tres países en el mundo que investigan el dumpingLos tres países en el mundo que investigan el dumping y los subsidios mediante la intervención de dosy los subsidios mediante la intervención de dos órganos son Argentina, Estados Unidos y Canadá.órganos son Argentina, Estados Unidos y Canadá.  Estados Unidos cuenta con el Department ofEstados Unidos cuenta con el Department of Commerce (DOC) dependiente de la Secretaría deCommerce (DOC) dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio, que calcula el dumping.Estado de Comercio, que calcula el dumping.  Por otro lado cuenta con la International TradePor otro lado cuenta con la International Trade Commission (ITC) que es un órgano colegiado queCommission (ITC) que es un órgano colegiado que determina el daño y la relación de causalidad.determina el daño y la relación de causalidad.  También Canadá cuenta con dos órganos similares: ElTambién Canadá cuenta con dos órganos similares: El Revenue Canadá (RC) y El Tribunal de ComercioRevenue Canadá (RC) y El Tribunal de Comercio Internacional (CITT).Internacional (CITT).
  • 12. LEGISLACIONLEGISLACION AMERICANA VS.AMERICANA VS. ARGENTINAARGENTINA  Las diferencias existentes entre ambasLas diferencias existentes entre ambas legislaciones son notorias:legislaciones son notorias:  El ITC fue creado por Ley del Congreso y dependeEl ITC fue creado por Ley del Congreso y depende del Congreso, a quién también remite otro tipo dedel Congreso, a quién también remite otro tipo de informes sectoriales sobre la marcha de lainformes sectoriales sobre la marcha de la economía.economía.  Sus miembros son nombrados por concurso deSus miembros son nombrados por concurso de oposición de antecedentes y tienen estabilidadoposición de antecedentes y tienen estabilidad absoluta en el cargo.absoluta en el cargo.  Además los Comisionados de la ITC (vocales) sonAdemás los Comisionados de la ITC (vocales) son considerados casi jueces para el sistema americanoconsiderados casi jueces para el sistema americano y votan en secreto.y votan en secreto.
  • 13. LEGISLACIONLEGISLACION AMERICANA VS.AMERICANA VS. ARGENTINAARGENTINA  En cambio, la CNCE fue creada por unEn cambio, la CNCE fue creada por un Decreto del PEN (Dto. 766/94), los vocalesDecreto del PEN (Dto. 766/94), los vocales gozan de estabilidad pero hay antecedentesgozan de estabilidad pero hay antecedentes de remoción anticipada.de remoción anticipada.  Los vocales son nombrados directamente porLos vocales son nombrados directamente por el Presidente de la Nación mediante Decretoel Presidente de la Nación mediante Decreto por 4 años y pueden ser reelegidos por otropor 4 años y pueden ser reelegidos por otro período.período.  Además existe una fuerte injerencia del poderAdemás existe una fuerte injerencia del poder político en la toma de decisiones de lospolítico en la toma de decisiones de los vocales de la CNCE.vocales de la CNCE.
  • 14. LA ESCUELA MONISTALA ESCUELA MONISTA  LA ESCUELA MONISTALA ESCUELA MONISTA: Sostiene que: Sostiene que para calcular la existencia de daño ypara calcular la existencia de daño y relación de causalidad bastan técnicosrelación de causalidad bastan técnicos idóneos con suficiente independencia deidóneos con suficiente independencia de criterio como para dejarse influenciar porcriterio como para dejarse influenciar por los sectores privados.los sectores privados.
  • 15. LA LEGISLACIÓNLA LEGISLACIÓN EUROPEAEUROPEA  Ejemplo de la escuela monista es la legislaciónEjemplo de la escuela monista es la legislación europea (europea (Regl. Nº 384/96Regl. Nº 384/96), que efectúa las), que efectúa las investigaciones a través de una Direccióninvestigaciones a través de una Dirección General (DG 10) dependiente de la ComisiónGeneral (DG 10) dependiente de la Comisión de Comercio de la Unión.de Comercio de la Unión.  El control que en la escuela dualista estáEl control que en la escuela dualista está asegurado mediante la independencia de losasegurado mediante la independencia de los vocales, en Europa está asegurado mediantevocales, en Europa está asegurado mediante el control de la Comisión Europea y tambiénel control de la Comisión Europea y también del Consejo de la Comunidad.del Consejo de la Comunidad.
  • 16. LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN EL MERCOSUREL MERCOSUR  El MERCOSUR para ser una MercadoEl MERCOSUR para ser una Mercado Común perfecto debería reemplazarComún perfecto debería reemplazar (como lo hizo Europa) las(como lo hizo Europa) las investigaciones por DA y DC “intra zona”investigaciones por DA y DC “intra zona” por derechos de defensa de lapor derechos de defensa de la competencia.competencia.  Extra zona debería tener un órganoExtra zona debería tener un órgano común a efectos de atacar a terceroscomún a efectos de atacar a terceros países en forma unida.países en forma unida.
  • 17. LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN EL MERCOSUREL MERCOSUR  Porque el MERCOSUR no adoptó estaPorque el MERCOSUR no adoptó esta política?política? (1)(1) Porque Brasil no desea desarmar suPorque Brasil no desea desarmar su estructura de subsidios y Argentina utiliza losestructura de subsidios y Argentina utiliza los DA como instrumentos de política comercial.DA como instrumentos de política comercial. (2)(2) Porque legislar de esa manera implicaríaPorque legislar de esa manera implicaría crear órganos con “poderes supranacionales”crear órganos con “poderes supranacionales” a efectos de que cumplan en tiempo y formaa efectos de que cumplan en tiempo y forma con las investigaciones.con las investigaciones.
  • 18. LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN EL MERCOSUREL MERCOSUR  ¿Cuál es la situación actual?¿Cuál es la situación actual? (1)(1) En materia de salvaguardias se eliminó laEn materia de salvaguardias se eliminó la aplicación de las mismas a partir de 1995,aplicación de las mismas a partir de 1995, salvo para las mercaderías procedentes desalvo para las mercaderías procedentes de Manaos y Tierra del Fuego.Manaos y Tierra del Fuego. (2)(2) En materia de antidumping, cada país aplicaEn materia de antidumping, cada país aplica su legislación propia respecto de tercerossu legislación propia respecto de terceros países.países.
  • 19. LA LEGISLACIÓN ENLA LEGISLACIÓN EN EL MERCOSUREL MERCOSUR (1)(1) Intra zonaIntra zona el único instrumento legal con queel único instrumento legal con que cuentan los países es la Dir. CCM N° 5/95 por la cualcuentan los países es la Dir. CCM N° 5/95 por la cual cuando un país decida iniciar una investigación a uncuando un país decida iniciar una investigación a un socio del Mercosur, debe comunicar con anterioridadsocio del Mercosur, debe comunicar con anterioridad a la apertura de la misma su intención de hacerlo.a la apertura de la misma su intención de hacerlo. También resulta de aplicación lo determinado por laTambién resulta de aplicación lo determinado por la Dec. del CMC Nº 18/96, Arts. 2º y 3º.Dec. del CMC Nº 18/96, Arts. 2º y 3º. (2)(2) Extra zonaExtra zona sólo cuenta con la Dec. CMC Nº 11/97sólo cuenta con la Dec. CMC Nº 11/97 que es solamente un “marco normativo”. Esta Dec.que es solamente un “marco normativo”. Esta Dec. crea órganos supranacionales tanto técnicos comocrea órganos supranacionales tanto técnicos como decisorios, pero al ser simplemente un “marcodecisorios, pero al ser simplemente un “marco normativo” aún se encuentra pendiente denormativo” aún se encuentra pendiente de reglamentación.reglamentación. © Dr. Carlos Alejandro Nahas - 2009© Dr. Carlos Alejandro Nahas - 2009