1. TEMA 2: LA
CONSTRUCCIÓN
DEL ESTADO
LIBERAL
Federico Madrazo:
Retrato de Isabel II
(Museo del
Romanticismo, Madrid)
Carmen Tejera
Escuela de Arte de Algeciras
2. Esquema
1. Características del Estado liberal
1.1. Separación de poderes
1.2. Administración
1.3. Partidos políticos
2. Reinado de Isabel II (1833-1868)
2.1. Regencias (1833-1843)
2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
2.1.2. Regencia de Espartero (1840-1843)
2.2. Reinado en propiedad (1843-1868)
2.2.1. Década moderada (1843-1854)
2.2.2. Bienio progresista (1854-1856)
2.2.3. Unión liberal (1856-1868)
3. 3. La desamortización
3.1. Contexto
3.2. Precedentes
3.3. Medidas
3.4. Etapas
3.4.1. Reformismo ilustrado (2ª ½ XVIII)
3.4.2. Reinado de Carlos IV (1788-1808)
3.4.3. Guerra de la Independencia (1808-1814)
3.4.4. Trienio liberal (1820-1823)
3.4.5. Regencias (1833-1843)
3.4.6. Bienio progresista (1854-1856)
3.5. Consecuencias
4. 1. Características del Estado liberal
Guerra de la
Trienio liberal Reinado de Isabel
Independencia
(1820-1823) II (1833-1868)
(1808-1814)
5. ABSOLUTISMO LIBERALISMO DEMOCRACIA
• S. XVI-XVIII • S. XIX • S. XX-XXI
Imperio
de la ley
Partidos
políticos
Libertad de
prensa
Constitución
Parlamento
División de poderes
Sufragio censitario burguesía
Soberanía nacional
6. 1.1. Separación de poderes
PODERES
EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL
Presidente Congreso Senado
Consejo de
Ministros
Gracia y
Estado Hacienda Fomento Guerra Marina Ultramar Gobernación
justicia
7. 1.1. Separación de poderes
Pronunciamiento
Regente/ reina
Lectura de un
manifiesto
Revueltas
Gobierno populares Juntas
Gobierno
Elecciones
Elecciones
8. ESPADONES
1.1. Separación de poderes
PROGRESISTAS MODERADOS
Elecciones
Retraimiento
amañadas
General Narváez
General Espartero
Pronunciamientos Designación real
General
General Prim Serrano
9. 1.2. Administración
Progresistas
ADMINISTRACIÓN ORGANISMO
descentralización
• Gobernador civil
menos dependencia
Gobierno del gobierno
Central • Elección de alcaldes
ministros
y concejales
Provincial Gobernador civil
Local/ municipal Ayuntamiento Moderados
centralismo
• Gobernador civil
representante del
gobierno
• Designación de
alcaldes
• Elección de
concejales
13. 1.3. Partidos políticos
PARTIDOS
Demócrata Unión Liberal
Progresista Moderado
(1849) (1854)
Coalición
Soberanía nacional
Sufragio universal Soberanía nacional moderados-
(+ restringida)
progresistas
Monárquico Desamortización Concordato
Republicano (1868) Descentralización Centralismo
Pronunciamientos/
Apoyo real
retraimiento
14. 1.3. Partidos políticos
UNIÓN
PROGRESISTAS MODERADOS
LIBERAL
Mendizábal Espartero O`Donnell Cea Martínez de la
Bermúdez Rosa
Madoz Prim Serrano Narváez Bravo Murillo
PROGRESISTAS MODERADOS
UNIÓN LIBERAL
16. 2.1. Regencias (1833-1843)
Cuestión sucesoria
Isabel II Mª Luisa Fernanda
Esposas de
Fernando VII
Fernando VII
17. 2.1. Regencias (1833-1843)
Reinado de Isabel II (1833-1868)
Regencias Reinado en propiedad
(1833-1843) (1843-1868)
Década Bienio Unión
Mª Cristina Espartero
moderada progresista liberal
(1833-1840) (1840-1843)
(1843-1854) (1854-1856) (1856-1868)
18. Pragmática
sanción
2.1. Regencias (1833-1843)
Cuestión sucesoria Liberales/ Absolutistas/
cristinos carlistas
Esquivel: Retrato de Isabel II Vicente López: Retrato de Vicente López: Retrato de
María Cristina de Borbón Carlos María Isidro de Borbón
19. Oriamendi
Por Dios, por la Patria y el Rey
lucharon nuestros padres.
Por Dios, por la Patria y el Rey
lucharemos nosotros también.
Lucharemos todos juntos, Gora Jainko maite maitea
todos juntos en unión, zagun denon jabe.
defendiendo la bandera Gora España ta Euskalerria
de la Santa Tradición. ta bidezko errege.
Cueste lo que cueste, Maite degu Euskalerria,
se ha de conseguir maite bere Fuero zarrak,
que los boinas rojas asmo ontara jarriz daude
entren en Madrid. beti Karlista indarrak.
Por Dios, por la Patria y el Rey Gora Jaungoiko illezkor!!!
lucharon nuestros padres. Gora euskalduna,
Por Dios, por la Patria y el Rey audo ondo Españia-ko
lucharemos nosotros también. errege bera duna!!!
http://www.guerracivil1936.galeon.com/canciones3.htm
20. 2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
Guerra carlista (1833-1840)
1ª etapa
• General carlista Zumalacárregui
(1833- • Sitio de Bilbao
1835)
2ª etapa
• Expediciones carlistas
(1835- • Expedición real Madrid
1837)
• General liberal Espartero
3ª etapa • Convenio/ abrazo de Vergara
Espartero y Maroto
(1837- • Resistencia en el Maestrazgo
1840) general Cabrera, el Tigre del
Maestrazgo
21. 2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
Guerra carlista (1833-1840)
Vídeo: La primera guerra carlista
http://www.youtube.com/watch?v=R4TvNwGvwZw
22. MODERADOS
2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
Cea Bermúdez Martínez de la Rosa
Málaga, 1779 - París, 1850 Granada, 1787- Madrid, 1862
23. PROCURA-
PRÓCERES CORTES
DORES
Estatuto Real de 1834
Art. 2º. Las Cortes generales se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de
Procuradores del Reino.
Art. 3º. El Estamento de Próceres del Reino se compondrá: 1. De muy reverendos arzobispos y
reverendos obispos. 2. De Grandes de España. 3. De Títulos de Castilla. 4. De un número
indeterminado de españoles [...] que sean o hayan sido secretarios del Despacho, procuradores del
Reino, consejeros de Estado, embajadores o ministros plenipotenciarios, generales de mar o de
tierra o ministros de los tribunales supremos. 5. De los propietarios territoriales o dueños de
fábricas, manufacturas o establecimientos mercantiles que reúnan a su mérito personal y a sus
circunstancias relevantes, el poseer una renta anual de sesenta mil reales, y el haber sido
anteriormente procuradores del Reino.
Art. 14º. Para ser Procurador del Reino se requiere: […] 3. Estar en posesión de una renta propia
anual de doce mil reales.
Art. 16º. Los procuradores del Reino obrarán con sujeción a los poderes que se les hayan expedido
al tiempo de su nombramiento, en los términos que prefije la Real Convocatoria.
Art. 17º. La duración de los poderes de los procuradores del Reino será de tres años, a menos que
antes de este plazo haya el Rey disuelto las Cortes.
Art. 24º. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes.
Art. 31º. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido
expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real.
Art. 33º. Para la formación de las leyes se requiere la aprobación de uno y otro Estamento y la
sanción del Rey.
24. PROGRESISTAS
2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
Conde de Toreno Mendizábal Calatrava
Oviedo, 1786- París, 1843 Cádiz,1790 – Madrid, 1853 Mérida, 1781 – Madrid, 1846
25. 2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
La Sargentada
Palacio de
La Granja
(Segovia)
26. Progresista en el fondo
y moderada en la forma
Constitución de 1837
Siendo la voluntad de la nación revisar, en uso de su soberanía, la Constitución política promulgada en
Cádiz el 19 de marzo de 1812, las Cortes Generales, congregadas a este fin, decretan y sancionan la
siguiente Constitución de la Monarquía Española:
Título I. De los españoles.
(...) Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar sus ideas sin previa censura con sujeción a las
leyes. La calificación de los delitos de imprenta corresponde exclusivamente a los jurados.
Art. 4. Unos mismos Códigos regirán en toda la monarquía y en ellos no se establecerá más que un solo
fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad.
Art. 6. Todo español está obligado a defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley (...).
Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa,
sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 9. Ningún español puede ser procesado, ni sentenciado sino por el juez o tribunal competente, en
virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que estas prescriban.
Art. 10. No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y ningún español será privado de su
propiedad sino por causa justificada de utilidad común, previa la correspondiente indemnización.
Art. 11. La nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica que profesan los
españoles.
Título II. De las Cortes.
Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 13. Las Cortes se componen de dos cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el
Congreso de los Diputados”.
27. 2.1.1. Regencia de María Cristina (1833-1840)
Mariano Fortuny: María Cristina e Isabel (II) pasando revista a las tropas en 1837
28. Ley de
2.1.1. Regencia de María Ayuntamientos
Cristina (1833-1840)
María Cristina
Casada en secreto y
públicamente
embarazada
María Cristina y
María Cristina de Borbón Agustín Muñoz Agustín tuvieron 7 hijos
29. 2.1.2. Regencia de
Espartero (1840-1843)
Espartero
Montjuich
Esquivel:
Retrato de
Espartero
30. 2.2. Reinado en
propiedad (1843-1868)
Isabel II (Madrid, 10 octubre
1830 – París, 9 abril 1904)
Federico de Madrazo: Gutiérrez de la Vega: Vicente López:
Retrato de Isabel II Retrato de Isabel II Retrato de Isabel II
31. 2.2. Reinado en propiedad (1843-1868)
Mayoría de edad de Isabel II
José Castelaro:
Isabel II jura la
Constitución de
1837 (Museo
Municipal de
Madrid, 1844)
32. 2.2. Reinado en propiedad (1843-1868)
Mayoría de edad
de Isabel II
Porriot: Isabel II
pasando revista a
sus tropas
33. 2.2. Reinado en propiedad (1843-1868)
Narváez moderado Espartero progresista
Loja, Granada, 1800 – Granátula de Calatrava, Ciudad
Madrid, 1868 Real, 1793 – Logroño, 1879
34. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Gobiernos (1843-1844) Creación de la Guardia Civil
González Bravo
Joaquín Mª
transición
López
progresista-
progresista
moderado
Duque de Ahumada
35. “Dictadura de Narváez”
2.2.1. Década
moderada (1843-1854)
Vicente López: Retrato de
Ramón María Narváez
(Museo de Bellas Artes,
Valencia, 1849)
Museo de Bellas Artes (Valencia)
http://museobellasartesvalencia.gva.es/
36. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Matrimonio de la reina
La cuestión de
palacio
Isabel II Francisco de Asís
Villaamil: Matrimonio de Isabel II
con Francisco de Asís
37. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Matrimonio de la reina
Isabel II con su marido, El príncipe Alfonso (XII) y
Francisco de Asís sus hermanas
Isabel II junto a su hija Isabel
39. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Constitución de 1845
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española,
Reina de las Españas (…) hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes
actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente Constitución.
Art.2, 4, 5, 7, 9, 12, 13. Idénticos a la Constitución de 1837.
Art.11. La religión de la Nación española es la Católica, Apostólica, Romana. El Estado
se obliga a mantener el culto y sus ministros.
Art.14. El número de senadores es limitado; su nombramiento pertenece al Rey.
Art.15. Sólo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener
treinta años cumplidos pertenezcan a las clases siguientes: Presidentes de alguno de los
Cuerpos Colegisladores (…), Ministros de la Corona, Consejeros de Estado, Arzobispos,
Obispos, Grandes de España, Capitanes Generales (…) Embajadores (…). Los
comprendidos en las categorías anteriores deberán además de disfrutar 30.000 reales de
renta, procedentes de bienes propios o de sueldos (…), jubilación, retiro o cesantía.
Art.45. Además de las prerrogativas que la Constitución señala al Rey, le corresponde
(…) nombrar y separar libremente a los ministros.
40. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Gobierno de Bravo Murillo Concordato con la iglesia
Bravo Murillo
moderado
San Pedro del Vaticano
Pío IX
Pionono
41. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
O’Donnell Vicalvarada
O´Donnell y Espartero
proclaman la llegada
al poder en Madrid
Santa Cruz de Tenerife, 1809 –
Biarritz (Francia), 1867
42. 2.2.1. Década moderada (1843-1854)
Manifiesto de Manzanares
Cánovas del O’Donnell
Castillo
43. 2.2.2. Bienio progresista (1854-1856)
Espartero progresista O´Donnell Unión Liberal
Casado del Alisal: Retrato
de Espartero
44. 2.2.2. Bienio progresista (1854-1856)
Madoz desamortización civil Ley General de Ferrocarriles
Vídeo: La llegada del ferrocarril
http://www.youtube.com/watch?v=sZYnULMY8-U&feature=fvst
45. Gobierno largo de
2.2.3. Unión Liberal (1856-1868) O’Donnell
Narváez moderado O´Donnell Unión Liberal
47. 2.2.3. Unión Liberal (1856-1868)
Guerras coloniales guerra de Marruecos
F. Sanz: Prim en la batalla
de Tetuán
48. La plaza de Tetuán
Del día 6 de febrero
nos tenemos que acordar La plaza de Tánger la van a tomar
que entraron los españoles también han tomado la de Tetuán.
en la plaza de Tetuán.
¡Centinela, centinela
La plaza de Tánger la van a tomar centinela del serrallo!
también han tomado la de Tetuán. ¡Alerta, alerta que vienen
los moritos a caballo!
En la plaza de Tetuán
hay un caballo de caña La plaza de Tánger la van a tomar
cuando el caballo relinche también han tomado la de Tetuán.
entrará el moro en España.
La plaza de Tetuán
http://www.altavozdelfrente.org/index.php?option=com_content&task=vie
w&id=194&Itemid=41
49. 2.2.3. Unión Liberal (1856-1868)
Guerras coloniales guerra de Marruecos
Batalla de
Tetuán
Batalla de
Wad-Ras
50. 2.2.3. Unión Liberal (1856-1868)
Prim Levantamiento de
los sargentos del
cuartel de San Gil
(1866)
51. 2.2.3. Unión Liberal (1856-1868)
Pacto de Ostende (1866)
Demócratas
Progresistas Unionistas
Pacto de
Ostende
Prim
Serrano
52. Manifiesto de Ostende (1866)
« [...] Después de una breve discusión, porque la armonía de miras que se manifestó no
daba lugar a otra cosa, se acordó por unanimidad lo siguiente:
1. Que el objeto, y bandera de la revolución en España, es la caída de los Borbones.
2. Que siendo para los demócratas un principio esencial de su dogma político el sufragio
universal, y admitiendo los progresistas el derecho moderno constituyente del plebiscito, la
base para la inteligencia de los dos partidos fuera que por un plebiscito, si las circunstancias
no se oponían a ello, o por unas Cortes Constituyentes elegidas por el sufragio universal, se
decidiría la forma de gobierno que se había de establecer en España, y siendo la monarquía,
la dinastía que debía reemplazar a la actual; en la inteligencia de que, hasta que así se
decidiese, había de ser absoluta la libertad de imprentas, y sin ninguna limitación el derecho
de reunión, para que la opinión nacional pudiese ilustrarse y organizarse convenientemente;
sin que el gobierno provisional, que saliera de la revolución, pudiera influir como tal en la
resolución de la cuestión fundamental; sin perjuicio de que las personas que lo compusieran
pudieran sostener privada y públicamente sus opiniones individuales.
3. Que se reconocía como jefe y director militar del movimiento al general Prim, que podría
emplear en lo que juzgara conveniente, a los presentes y sus amigos [...].»
Manifiesto de don Carlos María de la Torre desde Bruselas, 4 de noviembre de 1866
53. 2.2.3. Unión Liberal (1856-1868)
La Gloriosa (1868) Batalla de
Alcolea
Sigüenza: Desfile militar ante el
Congreso de los diputados con motivo
del triunfo de la Gloriosa
55. Pregunta 2: Revolución liberal en el reinado de Isabel II
1. Introducción
1.1. Contexto: 1833-1868. Regencias y
reinado en propiedad.
1.2. Antecedentes:
A. Reinado de Fernando VII
B. Cuestión sucesoria
1.3. Documento 1: clasificación
1.4. Documento 2: clasificación
56. 2. Desarrollo
2.1. Apartados del tema
2.1.1. Características del Estado liberal
A. División de poderes
B. Administración
C. Partidos políticos
2.1.2. Regencias (1833-1843)
A. Mª Cristina (1833-1840)
B. Espartero (1840-1843)
2.1.3. Reinado en propiedad (1843-1868)
A. Década moderada (1843-1854)
B. Bienio progresista (1854-1856)
C. Unión liberal (1856-1868)
2.2. Documento 1: análisis y comentario
2.3. Documento 2: análisis y comentario
57. 3. Conclusión
3.1. Consecuencias: Pacto de Ostende. La
Gloriosa. Derrocamiento de Isabel II y
ensayo de nuevos sistemas políticos:
monarquía democrática y república.
3.2. Recapitulación: 3ª fase de la revolución
liberal. Implantación del liberalismo en
España.
59. Rivelles y
Helip:
Alegoría de
España con la
reina Mª
Cristina e
Isabel II
Museo del Romanticismo
http://museoromanticismo.mcu.es/
Vídeo: Mujeres en la historia : Isabel II (RTVE)
http://www.rtve.es/alacarta/videos/television/mujeres-historia-isabel/526273/
60. Estas presentaciones se han elaborado con una finalidad
exclusivamente didáctica, para ser utilizadas como apoyo
visual en las materias de Historia del Arte y de Historia de
España de 2º de Bachillerato de Artes de la Escuela de Arte
de Algeciras (Cádiz).
Si por error u omisión se ha incluido algún texto, imagen o
audiovisual con derechos de autor y su propietario no está
de acuerdo con su difusión en este contexto, le ruego que
se ponga en contacto conmigo para retirarla.
carmentejera@gmail.com