EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
G 8 equidad y solidaridad social y financiera 2015-3
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental
"Simón Rodríguez"
Núcleo: Caricuao
EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL Y
FINANCIERA
Participantes Grupo Nº 8
Yelitza Pérez C. I. 17.058.760
Sergio De Quesada C. I. 17.560.257
Kevin Lugo C. I. 23.947.845
Kareni Ochoa C. I. 25.751.456Facilitadora:
Oneida Marcano
Caracas, Septiembre 2015
4. 1. RELACIÓN ENTRE LAS
NECESIDADES
FINANCIERA DEL ESTADO
Y LA JUSTICIA
ECONÓMICA.
2. CULTURA TRIBUTARIA.
3. RESPONSABILIDAD
TRIBUTARIA.
5. Se refiere a la igualdad y justicia
social que debe existir por ley
en todas las naciones. La
equidad debe alcanzarse en
diversos ámbitos de la vida
EQUIDAD
Es la garantía de protección a los
menos favorecidos en base a la
participación de todos los
contribuyente al sistema.
Es de vital importancia para el
buen desarrollo de una colectividad.
SOLIDARIDAD
6. NECESIDADES FINANCIERA DEL ESTADO
Estado Gastos
Salud
Construcción
Educativo
Seguridad
Alimentación
Sector
Son aquellas actividades
financieras que desarrolla el
Estado con el objeto de procurarse
los medios y recursos para los
gastos destinados a satisfacer la
necesidad social general
7. JUSTICIA ECONÓMICA
De la justicia económica nacen
los derechos y obligaciones
relacionado con la economía.
En el aspecto económico o
financiero, se conoce como
equidad a la distribución justa
de la riqueza entre los
miembros de una sociedad.
8. RELACIÓN ENTRE
LAS NECESIDADES FINANCIERAS
DEL ESTADO
Y LA
JUSTICIA ECONÓMICA
AlimentaciónColectividad
Educación
Justicia
Salud
Trabajo
Vivienda
9. CULTURA TRIBUTARIA
Consiste en el nivel de conocimiento
que tienen los individuos de una
sociedad acerca del sistema
tributario y sus funciones.
10. RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA
Ha de establecerse por
ley, quién responde del
pago del tributo, en qué
situaciones, hasta y dónde.
El Código Orgánico Tributario
establece quienes son los
responsables de una deuda
tributaria, junto a los sujetos
pasivos que son los deudores
principales, a otras personas o
entidades a los que la ley
extiende la responsabilidad del
pago del tributo.
11.
12. 1. JUSTA DISTRIBUCIÓN DE
LOS INGRESOS PÚBLICOS
Y PRIVADOS.
2. INTERESES PRIVADOS Y
BENEFICIOS COLECTIVOS.
3. DESARROLLO SOCIAL Y
PARTICIPACIÓN
FINANCIERA.
13. JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS
PÚBLICOS Y PRIVADOS
La importancia de los ingresos
públicos es evidente, sin ingresos
no es imposible efectuar gastos.
El control de los distintos tipos
de ingresos públicos es un
asunto sumamente importante
para todas las entidades
fiscalizadoras superiores.
14. INTERESES PRIVADOS
La tributación es el pilar
económico de los entes
gubernamentales, esto nos
conduce a la necesidad de
comprender la
correspondencia entre los
derechos y las
responsabilidades cívicas.
BENEFICIOS COLECTIVOS
Podemos definirlo como el
resultado de los ingresos o
ganancias obtenidas de
alguna actividad económica.
15. DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN
FINANCIERA
Es un esquema a seguir á fin de promover el
progreso y desarrollo de un pueblo, es un
marco de referencia para los encargados de
elaborar las políticas públicas de un país. O
sea que el gobierno tiene como objetivo
mejorar la situación económica y laboral de la
población, garantizar el acceso a la salud,
educación y brindar seguridad entre otras
prioridades.
16. La participación financiera en el
desarrollo social de Venezuela es
fundamental ya que por medio de los
recursos que aporta la banca pública
y privada crea beneficios sociales a
la comunidad, dándoles a sus
habitantes oportunidades de
desarrollo tanto personal, como
desarrollo al país.
DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN
FINANCIERA
18. CONTRALORÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA
En el año 1938 se creó la
Contraloría General de la
Nación por la ley Orgánica de la
Hacienda Nacional. Con la
reforma constitucional de 1947
adquirió rango constitucional,
con la Constitución de 1961,
pasó a denominarse Contraloría
General de la República.
Es un órgano que tiene
autonomía funcional,
administrativa y organizativa
que pertenece al Poder
Ciudadano. Se encarga de
velar por la transparente
administración del patrimonio
público del Estado venezolano
19. CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
El Contralor General de la República
es el encargado de vigilar y fiscalizar
todas las cuentas del Ejecutivo
Nacional, con las más amplias
facultades posibles pues en su labor
es totalmente autónomo. Lo nombra
la Asamblea y su período es de siete
años.
20. CONSEJOS COMUNALES
Es una forma de organización de la comunidad, donde
el "pueblo organizado" es quien fórmula, ejecuta, controla
y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio
del "poder popular", es decir, poniendo en práctica las
decisiones adoptadas por la comunidad.
En líneas generales los
consejos comunales tienen
como objetivos
fundamentales articular
organizaciones presentes en
la comunidad, para diversos
propósitos.
21. CONTRALORÍA SOCIAL
Es la participación de los ciudadanos y
beneficiarios para vigilar, cuidar y
verificar que las obras, apoyos y
servicios que se reciben a través de un
programa de desarrollo social se
proporcionen con oportunidad y calidad.
22. 1. RESPONSABILIDAD SOCIAL
EMPRESARIAL.
2. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL
EMPRESARIAL
• LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
• REGLAMENTO DE LA LEY DE
CONTRATACIONES
• PÚBLICAS.
• LEY PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.
• LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO Y
CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES.
• LEY DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA.
3. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
23. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Responsabilidad social empresarial RSE o responsabilidad
social corporativa (RSC), se puede definir como el conjunto
de obligaciones y compromisos, legales y éticos, nacionales
e internacionales, con los grupos de interés, que se derivan
de los impactos que la actividad y operaciones de las
organizaciones producen en el ámbito social, laboral,
medioambiental y de los derechos humanos.
MARTA DE LA CUESTA GONZÁLEZ , CARMEN VALOR MARTÍNEZ
BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2755 DEL 20 AL 26 DE ENERO DE 2003
24. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Contrataciones Públicas. Art. 6:
1. Ejecución de Proyectos Socio comunitario
2. La creación de nuevos empleos permanentes
3. Formación socio productiva de integrantes de la
comunidad
4. Venta de bienes a precios solidarios o al costo
25. REGLAMENTO DE LA LEY DE
CONTRATACIONES PÚBLICAS
*Compromiso de responsabilidad Social Capítulo V
Art. 34.
*Naturaleza del Compromiso de Responsabilidad
Social. Art. 39.
*Modalidades del Compromiso de Responsabilidad
Social Art. 41
*Programas Sociales Art. 43
26. CUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Contrataciones Públicas
*Art. 19
*Art. 71
*Art. 95
27. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley para Personas con Discapacidad. Art. 28
Los órgano y entes de la Administración Pública
nacional, Estadal y Municipal, así como las
empresas públicas, privadas o mixtas, deberán
incorporar a sus planteles de trabajo no menos de
un cinco por ciento (5%) de personas con
discapacidad permanente, de su nomina total,
sean ellos ejecutivos (as), empleados(as),
obreros(as).
28. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Ley de Ciencias y Tecnología.
Impuesto para empresas con ingresos
brutos por encima de 100.000 UT hasta el
2% de sus ganancias brutas anuales para
hacer un fondo dedicado a financiar el
desarrollo de investigaciones científicas.
29. NORMATIVAS QUE ESTABLECEN LA
RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Sanciones por incumplimiento
En estos instrumentos legales se
establecen sanciones por incumplimiento con
multas desde 60 hasta las 50.000 Unidades
Tributarias (UT)
En líneas generales los consejos comunales tienen como objetivos fundamentales: Articular organizaciones presentes en la comunidad, para diversos propósitos.