3. BOLILLA 4 “Hechos y Actos Jurídicos”
HECHOS JURIDICOS
Concepto: Dentro del sin numero de hechos que
aparecen constantemente en el mundo externo, hay
algunos que tienen la propiedad de producir efectos
jurídicos. A estos se los llama hechos jurídicos.
4. CLASIFICACION
La naturaleza de los hechos jurídicos es tan variada y
multiforme que conviene clasificarlos a fin de introducir
un orden en su estudio.
Pueden clasificarse en naturales y humanos. Los naturales
son todos aquellos que acaecen sin intervención del
hombre; ejemplo (un granizo que destruye una cosecha
puede hacer nacer el derecho a una indemnización si la
cosecha hubiera estado asegurada contra ese riesgo).
Los hechos humanos son aquellos realizados por el
hombre y que producen efectos jurídicos ejemplo (un
contrato, un delito, etc).
5. HECHOS VOLUNTARIOS
Condición Interna Concepto: Son el discernimiento y la
libertad. Se llama discernimiento a una aptitud elemental
para comprender el significado del acto.
Afectan este requisito y por tanto son causa de nulidad de los
actos la inmadurez. La demencia y cualquier accidente que
prive a una persona del uso de su razón.
6. Condición Externa Concepto: “Ningún hecho tendrá el carácter
de voluntario sin un hecho exterior por el cual la voluntad se manifieste”. Se
llama la manifestación declaración de la voluntad.
a) DECLARACION FORMAL Y NO FORMAL: Aquellas cuya eficacia
depende de la observación de las formas exclusivamente admitidas
como expresión de la voluntad.
b) DECLARACION EXPRESA Y TACITAS: Son aquellas en que la
voluntad se manifiesta verbalmente, o por escrito o por signos
inequívocos.
c) DECLARACION PRESUMIDA POR LA LEY: La declaración de la
voluntad resulta de una presunción legal. Victima de un delito, hace con
el autor un convenio sobre el pago de los daños y perjuicios. La ley
presume que se renuncia a la acción criminal.
d) EL SILENCIO COMO MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD:
Debe entenderse no solo el abstenerse de pronunciar o escribir
palabras.
7. ACTOS JURIDICOS: “Son actos jurídicos los actos
voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato entre
las personas relaciones jurídicas, crear modificar,
transferir, conservar o aniquilar derechos”.
•Los elementos del acto jurídico son el sujeto, el objeto,
la causa y la manifestación de la voluntad hecha en
forma legal. El sujeto es la persona (humana o jurídica)
que hace la declaración de voluntad, debe ser capaz sin
lo cual el cato seria ineficaz.
a) Voluntarios.
b) Son Lícitos.
c) Fin inmediato la producción de efectos jurídicos.
8. CLASIFICACION
ACTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS: El nacimiento,
modifico, extinción, etc. De un derecho depende de la
realización del acto; por ejemplo (la firma de un pagare, el
pago de una suma de dinero) en cambio la conducta
jurídica consiste en una omisión o abstención, como en el
caso de las obligaciones de no hacer.
ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES: Son unilaterales
cuando basta para formarlos la voluntad de una sola
persona, como el testamento. Sn bilaterales cuando
requieren el conocimiento unánime de dos o más
personas, como los contratos.
9. ACTOS ENTRE VIVOS Y DE ULTIMA VOLUNTAD: No
dependen del fallecimiento de aquellos de cuya voluntad
emanan, se llama en este código actos entre vivos, como son los
contratos. Cuando no deben producir efectos sino después del
fallecimiento de aquellos cuya voluntad emanan, se denominan
disposiciones de última voluntad, como son los testamentos.
ACTOS GRATUITOS Y ONEROSOS: Son aquellas que la
obligación está a cargo de una sola de las partes y responden a
un propósito de libertad; los testamentos la donación, la
renuncia sin cargo a un derecho.
En cambio los actos onerosos las obligaciones son reciprocas y
contratante, las contrae en una vista de que la otra parte se
obliga a su vez; así ocurre en la compraventa, la permuta, etc.
10. ACTOS FORMALES Y NO FORMALES: Son aquellos cuya
eficacia depende de la observación de las formas ordenadas por la ley, y
no formales aquellos cuya validez no depende del cumplimiento de
solemnidad alguna.
ACTOS ADMINISTRATIVOS: Mantiene la integridad de
su patrimonio o aumento de explotación.
ACTOS DISPOSICION: Manifiesta en egreso de la
composición del patrimonio.