2. POLITICA PROVINCIAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
¿POR QUÉ UNA POLITICA DE CONVIVENCIA?
Los nuevos escenarios sociales.
La obligatoriedad en el nivel secundario.
El pasaje de una escuela selectiva a una escuela
inclusiva.
3. ASPECTOS CENTRALES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA
Anexo 1 MARCO POLITICO
Anexo 2 ESTRATEGIAS PARA LA GESTION DE LA
CONVIVENCIA ESCOLAR
Anexo 3 CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Anexo 4 NORMAS GENERALES PARA LA
CONVIVENCIA ESCOLAR
Anexo 5 ESTRATEGIAS DE APOYO PARA LA
CALIDAD DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
1 Anexo 1 MARCO POLITICO
Promueve un Marco Político al conjunto de normas generales de convivencia escolar para el Nivel Secundario, basado en principios y valores que orientan el des
4. CONSEJOS DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
Es un órgano colegiado, deliberativo, de consulta y
resolución. No es un tribunal de disciplina.
El CCE es representativo de todos los actores de la escuela y
tiene como fin garantizar en forma democrática el
desarrollo de una micro política de convivencia escolar
5. ORGANIZACIÓN DE LOS CONSEJOS DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
•Convoca el directivo al inicio de cada ciclo lectivo (no exceder los
30 días) y lo preside el mismo.
•Resoluciones del CCE son vinculantes para la escuela y pueden
ser apelables.
•Constitución del CCE según la matricula de la escuela.
•Todos los actores institucionales tienen derecho a ser
representantes y representados, siempre que hayan sido votados
democráticamente por sus pares.
•Los procesos de elección deben ser públicos e informados
fehacientemente a toda la comunidad escolar.
6. ORGANIZACION DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
• La elección de los alumnos la realizan sus pares.
• No establecer requisitos de rendimiento académico para
la representación.
• Debe haber cumplido los 14 años al inicio del ciclo lectivo
que desempeñará la representación.
• Es condición para ser elegido, no poseer faltas
intermedias, graves o extremadamente graves.
• Si incurre en algunas de estas faltas, pierde la condición
de representante.
7. ORGANIZACION DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
• La duración de los mandatos no podrá ser superior a
dos años, ni podrán ser reelegidos los miembros del
Consejo de Convivencia Escolar, salvo fundadas
excepciones.
• Los miembros titulares tendrán voz y voto. También
se elegirán suplentes.
8. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
• Elabora el Acuerdo de Convivencia Institucional, incorporando
los aportes de todos los actores de la escuela.
• El Acuerdo de Convivencia Escolar posee la especificación de
las conductas posibles (según la clasificación de las faltas que
forma parte de la presente Resolución) y las acciones
reparadoras potenciales para las mismas.
• Elabora la Resolución en la que estipula las sanciones
correspondientes según la falta cometida y las acciones
reparatorias propuestas por el Consejo. Es el director quien
aplica la sanción.
• Acuerda mecanismos permanentes de comunicación e
información de todas las acciones del Consejo de Convivencia
Escolar a la comunidad
9. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
• Identifica los factores que puedan prevenir situaciones
problemáticas y propone su abordaje.
• Cumple un rol proactivo ofreciendo a las autoridades
sugerencias y propuestas para la creación de un buen clima en
la escuela.
• Emite opinión y asesora, con carácter consultivo, a la
conducción del establecimiento cuando lo requiera.
• Interpreta lo sucedido a través del análisis de la
documentación elaborada por Equipos Directivos, de
Orientación, preceptores y/o profesores.
• Define la aplicación o no de sanciones a los actores
involucrados en el marco de los contratos vigentes.
10. FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE
CONVIVENCIA.
• Elabora y difunde un cronograma anual de actividades.
• Se reúne con una periodicidad no inferior a cuatro
encuentros por ciclo lectivo.
• Debe sesionar con la mitad mas uno de sus miembros.
• Las decisiones, para ser válidas, deberán tomarse por
mayoría simple de votos. En caso de existir empate, el
voto del Director se considera doble.
• Registra las sesiones en un libro de actas: convocatoria a
reuniones, participantes y temas abordados.
• Los miembros del Consejo de Convivencia Escolar firman
un convenio de confidencialidad respecto de los temas o
asuntos que se debaten y tratan en las reuniones.
11. NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
CONCEPTOS CLAVE:
Sanción reparación recuperación
Escuela espacio de construcción de ciudadanía
espacio para la convivencia democrática
12. CRITERIOS DE CATEGORIZACION Y
GRADUACION DE LAS FALTAS
Por la forma de comisión: por acción o por omisión.
Por el daño ocasionado:
Por el riesgo generado:
Por el destinatario de la falta:
Si mismo
Terceros: pares, adultos de la escuela, otros
Escuela: edificio escolar, mobiliario escolar; identidad institucional
13. CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN Y
GRADUACION DE LAS FALTAS
Factores agravantes o atenuantes :edad, contexto,
intereses, motivos, reiteración, pluralidad de
actores, magnitud, capacidad de comprensión
de la conducta transgresora, madurez, actitud
del alumno/a posterior a la transgresión.
15. LIMITES INNEGOCIABLES
•Cuando la trasgresión implique un atentado contra la vida
•Cuando la conducta sancionada produzca una lesión gravísima
•Cuando la conducta sancionada estuviese tipificada en las
resoluciones vigentes sobre uso de armas.
•Cuando la conducta trasgresora implicare un delito contra la
integridad sexual.
Se convoca al Consejo de Convivencia Escolar en forma extraordinaria
a fin de tomar medidas que resguarden el derecho de la persona
agredida y se tomen sanciones al agresor, tal como lo indica el ICE de 9
a 0 puntos; además de formalizar las acciones legales
correspondientes.
16. INDICE DE CONVIVENCIA ESCOLAR
(ICE)
• Trayectoria de convivencia.
• Trabajo en la prevención y promoción de buenas
practicas y en la aplicación de sanciones a
conductas transgresoras.
• Responsabilidad del estudiante en la reparación de
su conducta.
17. INDICE DE CONVIVENCIA ESCOLAR
ICE
Puntaje inicial para cada estudiante: 25 puntos por ciclo lectivo.
Duración: un ciclo lectivo, se renueva anualmente.
Los 25 puntos se restan en forma proporcional a las faltas
cometidas.
Falta Leve: Se resta 1 punto del ICE
Falta Moderada: Se restan entre 2 y 3 puntos del ICE
Falta Intermedia: Se restan entre 4 y 6 puntos del ICE
Falta Grave: Se restan entre 7 y 9 puntos del ICE
Falta Extremadamente Grave: Se restan entre 10 o 12 puntos del ICE
18. •Frente a la falta cometida por el estudiante, la quita de puntos
viene a representar el carácter sancionatorio y la realización de
las actividades reparatorias, el carácter constructivo y de toma
de conciencia sobre la norma vulnerada.
• Los puntos del ICE que se restan pueden ser recuperados,
mediante la elaboración y realización de acciones reparatorias.
•La acción reparadora se realiza en relación a la falta cometida,
se recupera el puntaje restado por esa falta.
•Las actividades reparadoras tienen un tiempo de realización
de no más de un mes calendario.
•Las acciones reparadoras son consensuadas entre estudiantes
y escuela (Equipo de Orientación y/o Consejo de Convivencia
Escolar) e informadas a los padres.