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  Defensorio   I rffil Pueblo ríf. fr.ui




                                                MEMORANDO No. 139-AS-DDP-2011


                   PARA:                   Dr. Fernando Gutiérrez Vera
                                           DEFENSOR DEL PUEBLO

                   ASUNTO:                 INFORME VISITAS SALAS DE NEONATOLOGIA


                   Quito D. M., 21 de Marzo de 2011



                   Para su conocimiento y fines pertinentes me permito adjuntar al presente el
                   primer Informe referente a las visitas a las Áreas de Neonatologia en
                   Hospitales Públicos que fueron realizadas por todas las Delegaciones
                   Provinciales de la Defensoría del Pueblo el pasado 09 de marzo de 2011.

                   Aprovecho la oportunidad para expresarle mis sentimientos de distinguida
                   consideración y estima.


                   Cordialmente,




                                                   amirez
                                           EGUNDO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO




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Quito-Ecuador                                                             tos derechos humanos y de la naturaleza
Defensorio    del Pueblo de Ecuador



                                         DEFENSORIA DEL PUEBLO

                                           PRIMER INFORME
                        Condiciones de las áreas de neonatología en hospitales
                                         públicos del Ecuador
                                       Quito, 22 de marzo de 2011

                 A.- Antecedentes

                 La Defensorio del Pueblo de Ecuador, en cumplimiento de su mandato
                 institucional, establecido en el artículo 215 de la Constitución de la
                 República y artículo 2 literal b) de lo Ley Orgánica de la Defensorio del
                 Pueblo que disponen:

                 "Art. 215.- (Funciones).- La Defensorio del Pueblo tendrá como funciones
                 la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la
                 defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que están
                 tuera del país..."

                 "Art. 2.- Corresponde a la Detensoría del Pueblo:
                 b) Defender y excitar, de oficio o a petición de parte, cuando fuere
                 procedente, la observancia de los derechos fundamentales individuales o
                 colectivos que la Constitución Política de la República, las leyes, los
                 convenios y tratados internacionales ratificados por el Ecuador
                 garanticen..."

                 La Defensoría del Pueblo del Ecuador conoció por denuncias de la
                 ciudadanía la muerte de varios neonatos en el Hospital Francisco Icaza
                 Bustamante de la ciudad de Guayaquil, por lo que inició una
                 investigación al respecto, a través de su Delegación Provincial en
                 Guayas.

                 A través de su titular, Doctor Fernando Gutiérrez Vera manifiesta: "nuestro
                 profunda preocupación que en un hospital público              Hospital Dr.
                 Francisco de Icaza Bustamante - que data de hace muchos años en la
                 atención de niños y niñas se produzca el fallecimiento seguido en una
                 sala de diez infantes, por causas desconocidas hasta el momento...y que




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Quito-Ecuador                                                    los derechos humanos y de la naturaleza
Defensorio •   del Pueblo do Ecuador


                 no se hayan adoptado medidas urgentes y eficaces para impedirlo a
                 partir de la ocurrencia del primer fallecimiento.. " ]

                 Posteriormente, se conoció sobre un caso similar de fallecimientos de
                 neonatos en el Hospital Isidro Ayora de la ciudad de Loja. Por lo que se
                 dio inicio a una nueva investigación defensorial.

                 Con estos antecedentes, el Defensor del Pueblo dispuso el inicio de una
                 investigación de carácter nacional dirigida a determinar de manera
                 preliminar y bajo los principios de informalidad, inmediatez y gratuidad las
                 condiciones en las que se encuentran las áreas de neonatología de los
                 hospitales públicos de las ciudades donde están las Delegaciones de la
                 Defensoría del Pueblo en el país; para lo cual:

                 1.- Mediante memorando No. 123-AS-DP de 2 de marzo de 2011, el
                 Abogado Telmo Jaramillo Ramírez - Adjunto Segundo del Defensor del
                 Pueblo dispone que: "Anfe los hechos suscitados en el Hospital Francisco
                 /caza Bustamante de la ciudad de Guayaquil...dispongo que en su
                 calidad de Director Nacional de Protección de Derechos Humanos y de
                 la Naturaleza, inicie una investigación defensorial sobre la muerte de
                 neonatos en el sistema de salud pública ecuatoriano, a fin de establecer
                 sí en el resto del país existen casos similares a los ocurridos en las ciudades
                 mencionadas e ímplementar las acciones y recomendaciones que el
                 caso amerite para la protección de derechos".

                  2.- Con fecha 2 de marzo de 2011, a las lóhOO, el Director Nacional de
                  Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza, Doctor Patricio
                  Benalcázar Alarcón dispone la apertura del expediente defensorial No.
                  51083-DNPrt-DESC-2011-WGM y en su primera providencia requiere:

                 3.1.- Al Ministerio de Salud: "... remita a esta Dirección Nacional un
                 informe estadístico de los niños que fallecieron en los hospitales públicos
                 en los últimos tres años (2008, 2009 y 20¡0), especificando su sexo / las
                 causas de los fallecimientos. La información solicitada deberá ser remitida
                 en el plazo de ocho días, a partir de la fecha de notificación, de
                 conformidad a lo dispuesto en el artículo 2} de la Ley Orgánica de la
                 Defensoría del Pueblo.

                  1 Oficio   No. 000561-D-dpe-2011, del 23 de febrero de 2011, dirigido por el señor Defensor del Pueblo de
                  Ecuador al Ministro de Salud, Doctor David Chiriboga.




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  www.defensordeipuebio.gov.ee                                                             jos derechos humanos y de la naturaleza
  Quilo-Ecuador
Defensorio M del Pueblo de Ecuador




                 3.2.- A las Delegaciones Provinciales de la Defensorio del Pueblo: para
                 que el día miércoles 9 de marzo de 201 / realicen una visita ¡n situ a los
                 centros hospitalarios de ¡as cabeceras provinciales, a fin de que,
                 conforme a la guía de visitas a áreas de neonatología en centros
                 hospitalarios públicos2..., realicen un informe detallado de dicha visita y
                 la remitan a esta Dirección Nacional de Protección en el plazo de 5 días.

                 A.- Mediante memorando No. 124-AS-DDP-2011 del 4 de marzo de 2011, el
                 Abg. Telmo Jaramillo - Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo, dispone
                 a los Delegados Provinciales y oficinas cantonales de la Defensoría del
                 Pueblo: "...la realización de una visita simultánea a las áreas de
                 Neonatología del sistema de salud pública ecuatoriano a nivel nacional".
                 Información que fue remitida por las Delegaciones provinciales.

                 B.- Respuesta a los requerimientos defensoriales

                 1.- Mediante Oficio No. SAJ-10-2011, ingresado a la Defensoría del Pueblo
                 el 10 de marzo de 2011, e! señor Doctor David Chiríboga - Ministro de
                 Salud-, da respuesta al requerimiento del señor Doctor Fernando Gutiérrez
                 Vera - Defensor del Pueblo, en relación al oficio No. 000561 -D-dpe-2011
                 del 23 de febrero de 2011, y en el mismo presenta:

                 1.1.- El Informe sobre "La situación actual del Hospital Francisco de Icaza
                 Bustamante" en la ciudad de Guayaquil, cuyo contenido se adjunta a
                 este informe preliminar. La Dirección Nacional de Protección de Derechos
                 Humanos y de la Naturaleza notifica con este informe a la Delegación de
                 la Defensoría del Pueblo de Guayas, a través del memorando No. 303-
                 DNPrt-pba-2011, del 19 de marzo de 2011; con la finalidad de que se
                 incorpore al expediente 7981-DPG-2011 y le permita dar seguimiento al
                 pronunciamiento defensorial emitido el 2 de marzo de 2011 por la
                 Delegación del Guayas.

                 2.- Con fecha 10 de marzo de 201 1, a las 13hOO, el señor Doctor David
                 Chiríboga, Ministro de Salud Pública, visita al Defensor del Pueblo del
                 Ecuador, Doctor Fernando Gutiérrez Vera en la sede de la Defensoría en
                 la ciudad de Quito, con la finalidad de expresar su total apertura para

                   Se adjunta al presente informe la Guía de visitas a áreas de neonatología en centroshospitalarios
                 públicos, marzo 2011.                                                                       XJ?       . • •. <?

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Quito-Ecuador                                                                          los derechos humanos y de la naturaleza
Defensorio •   del Pueblo de Ecuadoi



                 facilitar la información que permita desarrollar la investigación
                 defensorial. Adicionalmente, el señor Ministro de Salud informa sobre las
                 acciones impulsadas por su cartera de Estado, dirigidas a enfrentar la
                 situación relacionada con la muerte de neonatos en algunos hospitales
                 del país. Finalmente, se acuerda nombrar como puntos focales para
                 facilitar el flujo de información necesario dentro de éste expediente
                 defensorial a la Doctora Cristina Castrillón (Ministerio de Salud) y Doctor
                 Patricio Benalcázar Alarcón (Defensorio del Pueblo).

                 3.- Mediante escrito sin número, presentado por el Doctor Franklin Castillo
                 Gavilánez, Mat. No. 269 C.A.I. con fecha 16 de marzo de 2011; en
                 representación del Doctor David Chiriboga, quien "por no poder suscribir
                 en este momento, con oferta de poder o ratificación del señor Ministro de
                 Salud Pública", firma como su abogado patrocinador y en la parte
                 sustantiva señala:

                 "En vista que ¡a información solicitada por su autoridad es extensa, en lo
                 principal por su contingente, solicito muy comedidamente señor Defensor
                 del Pueblo, se extienda considerablemente el plazo que prevé el artículo
                 21 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo, por un plazo que no
                 sea menor a 20 días, toda vez que los documentos solicitados a esta
                 Cartera de Estado deben ser coordinados con las diferentes Direcciones
                 de los Hospitales del País, por lo que mediante oficio No. 003722 de /5 de
                 marzo de 201 1, he procedido disponer a cada una de las Direcciones
                 Provinciales de Salud del País, remitan a este Despacho Ministerial lo
                 solicitado por la Defensorio del Pueblo, con la finalidad de cumplir con lo
                 dispuesto mediante Providencia de 02 de marzo del presente año"

                  4.- Las Delegaciones Provinciales de la Defensorio del Pueblo en
                  cumplimiento de lo dispuesto en la providencia defensorial del 2 de
                  marzo de 2011, dentro del expediente No. 51083-DNPrt-DESC-2011-WGM,
                  reportan3 la visita a 28 hospitales públicos4 en 18 provincias del país.



                  3Este informe preliminar sistematizó información proveniente de las Delegaciones Provinciales de la
                  Defensoría del Pueblo que llegó hasta el 17 de marzo de 2011. La información que llegue con
                  posterioridad se sistematizará para el informe final.
                                                                                                                    /-""^vn ¿í ¿y ""x.
                  4No se realiza el análisis del informe de la Delegación de la Defensoría del Pueblo de Loja, debido a que
                  ésta Delegación realiza su propia investigación y dictaminará su propia resolución.



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Quiío-Ecuador                                                                          'os aeree/ios humanos y de la naturaleza
Defensorio •   del Pueblo CÍH Ecuador



                 4.1. Información recabada y sistematizada

                 a.- Se cuenta con reportes de 28 hospitales públicos de las ciudades de
                 Quito (4), Guayaquil (3), Santo Domingo de los Tsáchilas, Ambato,
                 Francisco de Orellana (3), Babahoyo, Quevedo, Portoviejo, Manta,
                 Chone, Máchala, Zamora, Cuenca, Macas, Guaranda, Ibarra,
                 Esmeraldas, Latacunga, Azogues, Tena y Loja; de un total de 18
                 provincias5.

                 b.- La información respecto a los hospitales públicos que se visitó en las
                 provincias de Chimborazo, Carchi, Sucumbías, Pastaza y Galápagos se
                 integrará en el informe final. La información y análisis de la provincia de
                 Loja no consta en este informe, debido a que la Delegación de esta
                 provincia lleva la investigación por cuerda separada.

                 c.- La información con la que se cuenta demanda de un proceso de
                 complementación y mejoramiento6; que permitirá contar con el informe
                 final posterior; sin embargo, nos permite realizar algunas apreciaciones
                 generales y recomendaciones emergentes.

                 4.2.- Metodología para sistematizar la información

                 El equipo de trabajo de la Defensorio del Pueblo procedió a sistematizar
                 la información bajo los siguientes criterios:

                 Primer filtro: Organización de la información en base a los requerimientos
                 establecidos en la Guía de visitas a áreas de neonatología en centros
                 hospitalarios públicos que incluyó:

                 Datos de la institución
                 Información general
                 Observaciones para el área de neonatología



                     Se adjunta el listado de hospitales visitados, marzo 2011.

                 6 En particular la Defensoría del Pueblo debe precisar la categoría de los hospitales públicos, ya que todos
                  brindan el servicio de neonatología y en muchas ocasiones con dificultades y condiciones adversas que l
                                                                                                                    xt
                  permita garantizar la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad mínimos para facilitar el
                  servicio.                                                                                      7v


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Defensorio



                Segundo filtro: Revisión de los estándares y recomendaciones para el
                diseño de una unidad de neonatología, elaborado por la Asociación
                Española de Pediatría7.

                Tercer filtro: Organización de la información en base a los estándares
                establecidos en la Observación General No. 14 (2000) del Comité de
                Derechos Económicos, Sociales y Culturales8 de Naciones Unidas. Estos
                estándares hacen relación a la disponibilidad, accesibilidad,
                aceptabilidad y calidad de los servicios de salud.

                 Cuarto filtro: Revisión y sistematización del marco jurídico y estándares
                 nacionales e internacionales en relación al derecho a la salud, su
                 disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad.

                 Quinto filtro: Elaboración de conclusiones generales y recomendaciones
                 emergentes de orden preliminar.

                 4.3.- Principales constataciones

                 A continuación destacamos los principales hechos y constataciones
                 recogidas en los informes reportados por las Delegaciones Provinciales de
                 la Defensorio del Pueblo:

                 a.- Disponibilidad

                 Alta demanda y dificultades para atender en hospitales provinciales

                        •   En el Hospital Gustavo Domínguez - Santo Domingo, existe sobre
                            población de neonatos, pues la capacidad del hospital es para
                            atender 8 niños, sin embargo, se ha atendido hasta 28 niños,
                            muchos provenientes de Esmeraldas, Manabíy Los Ríos.
                        •   Del Hospital Napoleón Dávila Córdova de Chone se derivan casos
                            a la ciudad de Guayaquil, al igual que del Teófilo Dávüa de
                            Máchala.


                 7   Información ubicada en la página web: www.dovma j e> / 5 de enero de 2008 - España.

                 BEl   Comité DESC es el órgano de vigilancia del cumplimiento del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y
                 Culturales de Naciones Unidas, firmado y ratificado por el Estado ecuatoriano. Se adjunta el texto de la
                 Observación 14 sobre el Derecho a la Salud del año 2000 y se sugiere la revisión de su numeral 12.




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                       •   En la Maternidad Isidro Ayora de Quito hay una capacidad en el
                           área provisional de neonatología, para 51 niños, sin embargo
                           atiende a un promedio de 65 niños provenientes de todo el país.
                       •   El Hospital General de Macas reporta que "ese centro hospitalario
                           es de nivel 2, por lo tanto no dispone una unidad de neonatología;
                           sin embargo, por la necesidad se ha adecuado un espacio en el
                           que da atención emergente a nacidos con problemas de salud, los
                           casos que no se pueden atender son derivados a los hospitales
                           Vicente Corral Moscoso de la ciudad de Cuenca o al Hospital Baca
                           Ortiz de la ciudad de Quito.
                       •   El Hospital Baca Ortiz al ser hospital de referencia recibe neonatos
                           de todo el país; para su Directora "para poder cumplir con los
                           requerimientos de la demanda ciudadana debería contar con 50
                           cunas en el área de neonatología".
                       •   Se reconoce que la mayoría de hospitales reciben y dan atención
                           a las personas que lo requieren, sin embargo, debemos observar
                           que en dos hospitales, Francisco de Orellana y Maternidad del
                       •   Patronato de Orellana se niega el ingreso por falta de camas, lo
                           cual constituye una limitación relacionada con la plena
                           disponibilidad y accesibilidad

                 Insuficiente personal de enfermería y auxiliares

                 La generalidad de los hospitales visitados reportan que cuentan con 1
                 enfermera y una auxiliar que exceden hasta en el doble de los pacientes
                 atendidos; así por ejemplo:

                       • El Hospital Martín Icaza - Babahoyo tiene 9 enfermeras y 5 auxiliares
                         para atender aun promedio de 3. 1 66 emergencias al año;
                       • En el Hospital Delfina Torres viuda de Concha - Esmeraldas, de una
                         a dos enfermeras por turno atienden a 20 niños aproximadamente
                         y los sábados y domingos solo atienden las auxiliares;
                       • En el Hospital Francisco de Orellana se cuenta 9 enfermeras para
                         un promedio de 2.300 partos al año.

                     b.- Accesibilidad

                     Dificultades para acceder física y económicamente al servicio

                           Los hechos relativos a la alta demanda y dificultades para atender
                           en los hospitales provinciales, mencionados dentro del ámbito cií


Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra                                                <?>
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                          disponibilidad tienen directa relación con las limitaciones para la
                          accesibilidad física y geográfica, así como económica.
                     •    Existen Hospitales como el General de Macas, Teófilo Dávila de
                          Máchala que derivan a los neonatos a Hospitales de Cuenca,
                          Quito, Guayaquil, ya que no cuentan con la capacidad física, ni
                          de personal para abastecer la demanda existente.
                     •    En los hospitales Baca Ortiz9 y Docente de Ambato se reportó que
                          los medicamentos e insumos son insuficientes, lo que obliga a las
                          usuarias y usuarios incurrir en gastos y comprar ¡nsumos y
                          medicamentos en farmacias privadas.

                c.- Aceptabilidad

                Trato humano y calidez

                     •    En Hospitales tales como el Docente de Ambato, Teófilo Dávila de
                          Máchala, José María Velasco Ibarra de Tena, Delfina Torres de
                          Esmeraldas, Baca Ortiz de Quito y Verdi Cevallos Balda de
                          Portoviejo las usuarias y usuarios mencionan no estar conformes con
                          el trato recibido por el personal de estas casas de salud.
                     •    En los Hospitales Verdi Cevallos Balda de Portoviejo, Alfredo Noboa
                          Montenegro de Guaranda, Hospital del IESS de Ibarra, General de
                          Macas, Delfina Torres de Esmeraldas, Rafael Rodríguez Zambrano
                          de Manta, Napoleón Dávila de Chone, Teófilo Dávila de Máchala,
                          Unidad Municipal de Salud - Sur de Quito, Gustavo Domínguez de
                          Santo Domingo, Provincial Docente de Ambato, Sagrado Corazón
                          de Jesús de Quevedo no se cuentan con alguno de los siguientes
                          elementos:
                          - Espacios adecuadamente cómodos que garanticen la
                              intimidad y privacidad que requieren los procesos que allí se
                              llevan a cabo
                          - Área de visitas, área para la lactancia materna o áreas para
                              vestidores y baños del personal médico, de enfermería y auxiliar.

                     •    En los Hospitales Delfina Torres Vda. de Concha •• Esmeraldas,
                          Alfredo Noboa Montenegro - Guaranda, Baca Ortiz - Quito, Teófilo
                          Dávila - Máchala, Francisco de Orellana, Maternidad Patronato -

                9A finales de año en este Hospital, los padres y madres deben adquirir los medicamentos fuera det centro*"/?
                desalud.


                                                                                                                   r

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Quilo Ecuador                                                                        'os derechos numonos y de la natura eza
Defensorio •   del Pueblo de Ecuador



                          Orellana, Provincial Docente - Ambato, Martín Icaza - Babahoyo,
                          Sagrado Corazón de Jesús          Quevedo, Mariana de Jesús -
                          Guayaquil, José María Velasco Ibarra - Tena, Gustavo Domínguez -
                          Santo Domingo, Napoleón Dávila Córdova             Chone, Rafael
                          Rodríguez - Manta, Vicente Corral Moscoso - Cuenca, la carga
                          laboral recaída sobre el personal médico y sobre todo de
                          enfermería, es excesiva, sea por la gran demanda de pacientes, o
                          por el poco personal con el que se cuenta; lo cual produce un
                          desmejoramiento en la calidad del trato y del servicio que reciben
                          las usuarias y usuarios.

                d.- Calidad

                Condiciones de área de neonatología

                     •    Los Hospitales Carlos Andrade Marín de Quito, Hornero Castanier
                          Crespo de Azogues, Abel Gilbert Pontón de Guayaquil y Materno
                          Infantil Matilde Hidalgo de Prócel de Guayaquil cumplen
                          razonablemente con el estándar de calidad establecido en la
                          Observación 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y
                          Cultuales de Naciones Unidas; constituyendo un referente en el
                          área de neonatología, sin embargo, los restantes 23 hospitales
                          realizan sus actividades con algunas de las siguientes limitaciones: -
                          Limitada infraestructura y espacios reducidos,
                          - Sin ventilación
                          - Sin luz natural
                              Escaso personal médico y en algunos casos no se cuenta con
                              neonatólogos en el área

                     •    En varios Hospitales como la Unidad Municipal del Sur-Quito, Baca
                          Ortíz-Quito, Delfina Torres Vda. De Concha-Esmeraldas y Dr.
                          Gustavo Domínguez- Santo Domingo, los equipos hospitalarios tales
                          como termocunas e incubadoras se encuentran dañados, siendo
                          el caso más alarmante el de Sto. Domingo, donde de sus
                          termocunas (4) sólo funcionan dos, las otras están inhabilitadas.
                     •    La ventilación y climatización es un punto crítico en hospitales
                          como Alfredo Noboa Montenegro-Guaranda, Delfina Torres Vda.
                          De Concha-Esmeraldas, Francisco de Orellana, General de Macas
                          y José María Velasco Ibarra-Tena, que no cuentan con un
                          adecuado sistema de climatización, que mantenga una
                          adecuada temperatura para el cuidado y desarrollo del neonato.


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Defensorio •   del Pueblo de Ecuador




                C.- Conclusiones preliminares

                     •    La Defensoría del Pueblo del Ecuador reconoce el importante
                          esfuerzo del Gobierno Nacional dirigido a destinar recursos
                          económicos para la inversión social, lo que se evidencia con el
                          incremento del presupuesto en éstas áreas de 1.934 millones de
                          dólares en el 2006 a 3.910 millones en el 2009 y a más de 4.700
                          millones en el 2010.

                          Reconoce así mismo, los ingentes esfuerzos económicos, técnicos y
                          humanos en el área de salud, que ha significado el aumento del
                          presupuesto en los últimos años; además, la declaratoria de
                          emergencia del sector ha permitió distribuir más de 400 millones de
                          dólares para hacer frente a las demandas requeridas por la
                          población.

                      •    Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos positivos se constata que
                           en el país existe una crisis en las áreas de neonatología en los
                           hospitales visitados, y también a revelado una crisis mayor en el
                           sistema hospitalario, que se expresa entre otras causas por una
                           indebida administración y gestión de dichos centros.

                 En tal razón, la presente investigación defensorial, nos ha permitido
                 acceder a información primaria y que es motivo de nuestra
                 preocupación preliminar en los siguientes términos:

                 a.- Disponibilidad

                 1.- La alta demanda de servicios de salud por personas de otras ciudades
                 diferentes a las ciudades de los Hospitales Alfredo Noboa Montenegro-
                 Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala, Francisco de
                 Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro Ayora-Quito,
                 Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyo, Sagrado
                 Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José María
                 Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo; y Abel Gilbert
                 Pontón - Guayaquil no puede ser abastecida razonable y
                 completamente; lo que evidencia que no se cuenta con un número
                 suficiente de establecimientos de salud con el servicio de neonatología
                 en las ciudades de origen de las usuarias y usuarios.



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Deten so ría



                2.- Los estándares internacionales en relación al personal de enfermería
                señalan que se debe contar en el área de cuidados básicos neonatales,
                con 1 auxiliar por cada 10 neonatos y con la supervisión de una
                enfermera por cada 10 neonatos. En cuidados especiales, se debe
                contar con 1 enfermera por 4-5 neonatos y con 1 auxiliar que podrá
                incrementarse en uno más. En cuidados intensivos, se debe contar tanto
                con una enfermera como un auxiliar por cada 2-3 neonatos. Estos
                estándares se cumplen exclusivamente en tres Hospitales: Carlos Andrade
                Marín - Quito; Hornero Castanier Crespo -- Azogues; Materno Infantil
                Matilde Hidalgo de Prócel - Guayaquil.

                3.- Existen hospitales que debido a las necesidades de prestación se han
                visto obligados a contar con una área de neonatología improvisada, lo
                cual limita una atención en condiciones adecuadas, tales como

                Hospital General de Macas; Teófila Dávila - Máchala o Delfina Torres
                viuda de Concha - Esmeraldas.
                                                           DISPONIBILIDAD
                Arts. 32, 358, 359, 360, 362 inc. II y 363 de la Constitución Política de la República (infraestructura
                y salud integral)
                Arts. 2,3,4 del Reglamento Orgánico de Hospitales del Ministerio de Salud Pública (definición,
                objetivo y funciones)
                Art. innumerado de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención Infantil
                Arts. 1 literales a y b del Reglamento a la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia
                (prestaciones y servicios)
                Art. 3 Ley Orgánica de la Salud (Derecho humano inalienable, indivisible, irrenunciable e
                ¡ntronsigible)
                Art. 28 numerales 1 y 2 Código de la Niñez y Adolescencia (políticas y planes de salud-
                cobertura y calidad)
                Art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
                Observación 14, punto 12 literal a (disponibilidad) y 14 (reducción mortalidad) (Comité DESC)
                Objetivo 4 de Declaración del Milenio ( reducción mortalidad infantil)
                Arts. 11 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (derecho salud)
                Art. 10 de! Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos, en materia
                de DESC (derecho a la salud)

                b.- Accesibilidad

                1.- La alta demanda de servicios de salud por personas de otras ciudades
                diferentes a aquellas donde se encuentran los Hospitales Alfredo Noboa
                Montenegro-Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala,
                Francisco de Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro
                Ayora-Quito, Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyojs
                Sagrado Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José
                                                                                                                          11

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                 María Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo; y Abel
                 Gilbert Pontón - Guayaquil no puede ser abastecida razonable y
                 completamente; lo que evidencia:

                    •     Limitaciones para el acceso de las usuarias o usuarios en sus propias
                          ciudades de origen (acceso físico);
                    •     Dificultades por los gastos de viaje, alimentación, hospedaje, etc.
                          (acceso económico)

                 2.- Los Hospitales provinciales, tales como el General de Macas, Teófilo
                 Dávila de Máchala al derivar o los neonatos a Hospitales de Cuenca,
                 Quito o Guayaquil dan lugar a que los familiares tengan que incurrir en
                 gastos para trasladarse a las ciudades donde envían a los neonatos, lo
                 que ocasiona dificultades en el acceso económico y físico al servicio.

                 3.- Las dificultades para acceder a los medicamentos e insumos
                 directamente en los hospitales públicos y sus farmacias, afecta las
                 posibilidades de acceso económico conforme lo estipulan los estándares
                 internacionales.
                                                            Accesibilidad
                  Observación. 14 punto 12 literal b (accesibilidad) Comité de Derechos Económicos, Sociales y
                  Culturales

                  Observación 14. punto 8 y 17 Comité DESC (Condiciones)
                  Art. 2 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (igualdad)
                  Art. 3 del Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de DESC (No
                  discriminación)

                  Accesibilidad física.- Art. 32 (atención integral salud), 363 numeral 3 CPR (infraestructura y
                  equipamiento) Constitución de la República.
                  Art. 27 numerales 2,3 y 4 del Código de la Niñez y Adolescencia. ( servicios salud-medicina
                  gratuita- servicios médicos)

                  Accesibilidad económica.- Arts. 43 numerales 2 y 3 (gratuidad- protección prioritaria parto-
                  postparto); Art 359 (recursos). 362 inciso 2 (gratuidad); Art. 363 numerales 5,7 (cuidado
                  especializado- disponibilidad y acceso inmediato) y 8 (desarrollo integral salud); Art. 366
                  (financiamiento) Constitución de la República.
                  Arts. 1 y 2 con numerales a y b de la Codificación de la Ley de Maternidad Gratuita y
                  Atención a la Infancia (financíamiento)
                  Art. 30 Código Niñez y Adolescencia. (No negar atención x falta recursos)
                  Art. 27 numeral 2, 3 y 4 de! Código de la Niñez y Adolescencia. ( servicios salud-medicina
                  gratuita- servicios médicos), Arí. 28 numeral 4 (medicina gratuita)
                  Observación. 14 punto 19 (medios suficientes - presupuesto equitativo) Comité DESC
                  Observación 14 punto 33 [ presupuesto equitativo- Obligación de cumplir) Comité DESC

                  Acceso a la Información.- Art. 18; 45;66 nurnera!23;Art. 91 Constitución de la Repúblicc
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                c.- Aceptabilidad

                1.- En 6 hospitales equivalente al 22% de la muestra, las usuarias y usuarios
                mencionan no estar conformes con el trato recibido por el personal de
                éstas casas de salud, lo que afecta una apropiada y respetuosa relación
                entre el servidor público y las personas usuarias y en particular el estándar
                constitucional relativo a la calidez en el servicio.

                2.- En 12 hospitales las instalaciones hospitalarias de neonatología, no
                cuentan de manera completa con algunos elementos para este tipo de
                unidades que garanticen la intimidad y privacidad que requieren los
                procesos que allí se llevan a cabo, pues en algunos casos no cuentan
                con el área de visitas, área para la lactancia materna o incluso áreas
                para vestidores y baños del personal médico, de enfermería y auxiliar.

                3.- Se ha observado que en la mayoría de hospitales ( 1 6 de 27) se reporta
                que la carga laboral recaída sobre el personal médico y sobre todo de
                enfermería, es excesiva, lo que redunda en un desmejoramiento en la
                calidad del trato y del servicio que reciben las usuarias y usuarios.

                                                         ACEPTABILIDAD

                Arts. 352 (diversidad); 362 (confidencialidad); 363 numeral 4 (garantías de las Practicas de salud
                ancestral) 358 (reconocer diversidad social y cultural) Constitución de la República
                Art. 7 Código de la Niñez y Adolescencia [Respeto e interculturalidad)
                Art. 7 literal d y 189 Ley Orgánica de Salud (Respeto privacidad)

                Observación No. 14, punto 12 literal c) Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y
                Culturales.

                 d.- Calidad

                 1.- La Defensorio del Pueblo de Ecuador reconoce positivamente que los
                 Hospitales Carlos Andrade Marín de Quito, Hornero Castanier Crespo de
                 Azogues, Abel Gilbert Pontón de Guayaquil y Materno Infantil Matilde
                 Hidalgo de Prócel de Guayaquil cumplen razonablemente con el
                 estándar de calidad establecido en la Observación 14 del Comité de
                 Derechos Económicos, Sociales y Cultuales de Naciones Unidas;
                 constituyendo un referente en el área de neonatología; así mismo,
                 reconoce el esfuerzo de los hospitales públicos que prestan el servicio de
                 neonatoloqía en condiciones difíciles; sin embargo manifestamos nuestra

                                                                                                                     13


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               preocupación              en   relación   a    los hallazgos         que     a    continuación
               planteamos:

               2.- Un alto porcentaje de hospitales no cumplen en su totalidad con el
               estándar de calidad, debido a las limitaciones en alguno de sus
               elementos, sea infraestructural, inadecuados y reducidos espacios, falta
               de ventilación, luz natural o escaso personal médico y en algunos casos
               no se cuenta con neonatólogos en el área.

                                                           CALIDAD
               Arts. 32; 359; 362; 363 numeral 2 y 8; Art. 366 inciso 2 Constitución de la República
               Arts. 43 numerales 2-3 y 4 de ia Constitución de la República
               Art. 1 Codificación. Ley Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.
               Art. 48 literal J, 83, 85, 118, 120, 130 y 132 Reglamento Orgánico de Hospitales del Ministerio de
               Salud Pública
               Art. 201 de la Ley Orgánica de la Salud (calidad, calidez, eficacia)
               Observación 14 punto 12 literal d: punto 15 y 19 Comité DESC

               D.- Recomendaciones

               l.-Que el Ministerio de Salud Pública reclasifique los hospitales previo a los
               criterios técnicos necesarios, a fin de que se cuente en cada provincia
               con al menos un hospital con el área de neonatología bajo los
               estándares mínimos requeridos para esta unidad hospitalaria, con la
               finalidad de garantizar a mediano plazo la disponibilidad y accesibilidad
               del servicio a nivel nacional.

               2.- Que el Ministerio de Salud Pública a través de sus Direcciones
               Provinciales elabore un diagnóstico rápido en los hospitales de provincia
               que deban garantizar e! servicio de neonatología, en relación a su
               espacio físico, ubicación, instalaciones eléctricas e iluminación, ruidos,
               ventilación y climatización, seguridad, equipamiento, personal y sistemas
               de comunicación; con la finalidad de tener un estado de situación global
               que facilite definir de manera razonable, planificada y priorizada la
               inversión pública necesaria en el área y que permita contar con un
               servicio aceptable y de calidad.

                3.- Que el Ministerio de Salud Pública en los casos de los Hospitales Alfredo
                Noboa Montenegro-Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala,
                Francisco de Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro
                Ayora-Quito, Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyo,                                Q
                Sagrado Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José



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               María Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo y Abel
               Gilbert Pontón - Guayaquil, provea recursos ya sea de la emergencia
               dispuesta por el Gobierno Nacional u otros necesarios que permitan en
               coordinación, cooperación o convenio con el sistema nacional de salud
               o el sistema privado, abastecer la demanda de los servicios, mientras se
               define una intervención global y planificada que garantice la
               disponibilidad y accesibilidad al servicio de neonatología a nivel
               nacional.

               4.- Que el Ministerio de Salud Pública, de manera urgente e
               impostergable disponga la reparación y compra de cunas, termocunas e
               incubadoras para los hospitales que reportan necesidad inmediata para
               disponer y facilitar el acceso y la calidad en el servicio de neonatología.

               5.- Que el Ministerio de Salud Pública, Consejo Nacional de la Niñez y
               Adolescencia y Ministerio de Inclusión Económica y Social de consuno
               con la Defensoría del Pueblo del Ecuador, promovamos de manera
               inmediata y activa el rol de los Comités de usuarias y usuarios en cada
               provincia, dirigido a fortalecer procesos de veeduría social y ciudadana
               que vigilen el respeto de los derechos humanos, la prestación de los
               servicios de salud con calidad y calidez; y promuevan el establecimiento
               de mecanismos que procesen los requerimientos de usuarias y usuarios

               6.- Que el Ministerio de Salud Pública, establezca un sistema de alertas
               tempranas en todos los hospitales públicos a nivel nacional, para que de
               manera inmediata, eficaz y eficiente se responda ante las emergencias
               médicas que pongan en riesgo inminente la vida, integridad y salud de
               las personas.

               Ir Que el Ministerio de Salud Pública, la Direcciones Provinciales de Salud
               y los Hospitales Públicos inviertan recursos económicos, humanos y
               técnicos dirigidos a mejorar la gestión administrativa que les permita de
               manera eficaz y eficiente promover, prevenir y atender de manera
               integral a la familia y a la comunidad, en particular en situaciones
               emergentes.

               8.- Que el Ministerio de Salud Publica, en el marco del Sistema Nacional
               de Salud cuente con un programa automatizado en el que se registre de
               manera periódica la gestión de salud de los hospitales públicos, sus
               unidades hospitalarias y en particular del área de neonatología, para que
               de manera inmediata y confiable cuente con información nacional y/o
                                                                                           15

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provincial, que le permita conocer el estado de la cuestión y definir
                políticas y acciones.

               La Defensorio del Pueblo del Ecuador solicita al Ministerio de Salud
               Pública, así como a otras instancias a las cuales van dirigidas las presentes
               recomendaciones, informen del cumplimiento de las mismas.

                                                Responsable




                                                       Caramillo
                                         ADJU      DEL DEFENSOR DEL PUEBLO




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  • 1. dcfé Defensorio I rffil Pueblo ríf. fr.ui MEMORANDO No. 139-AS-DDP-2011 PARA: Dr. Fernando Gutiérrez Vera DEFENSOR DEL PUEBLO ASUNTO: INFORME VISITAS SALAS DE NEONATOLOGIA Quito D. M., 21 de Marzo de 2011 Para su conocimiento y fines pertinentes me permito adjuntar al presente el primer Informe referente a las visitas a las Áreas de Neonatologia en Hospitales Públicos que fueron realizadas por todas las Delegaciones Provinciales de la Defensoría del Pueblo el pasado 09 de marzo de 2011. Aprovecho la oportunidad para expresarle mis sentimientos de distinguida consideración y estima. Cordialmente, amirez EGUNDO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO Av. De lo Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.18401330.3431 www.def ensordelpueblo.gov,ec Promovemos y defendemos Quito-Ecuador tos derechos humanos y de la naturaleza
  • 2. Defensorio del Pueblo de Ecuador DEFENSORIA DEL PUEBLO PRIMER INFORME Condiciones de las áreas de neonatología en hospitales públicos del Ecuador Quito, 22 de marzo de 2011 A.- Antecedentes La Defensorio del Pueblo de Ecuador, en cumplimiento de su mandato institucional, establecido en el artículo 215 de la Constitución de la República y artículo 2 literal b) de lo Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo que disponen: "Art. 215.- (Funciones).- La Defensorio del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que están tuera del país..." "Art. 2.- Corresponde a la Detensoría del Pueblo: b) Defender y excitar, de oficio o a petición de parte, cuando fuere procedente, la observancia de los derechos fundamentales individuales o colectivos que la Constitución Política de la República, las leyes, los convenios y tratados internacionales ratificados por el Ecuador garanticen..." La Defensoría del Pueblo del Ecuador conoció por denuncias de la ciudadanía la muerte de varios neonatos en el Hospital Francisco Icaza Bustamante de la ciudad de Guayaquil, por lo que inició una investigación al respecto, a través de su Delegación Provincial en Guayas. A través de su titular, Doctor Fernando Gutiérrez Vera manifiesta: "nuestro profunda preocupación que en un hospital público Hospital Dr. Francisco de Icaza Bustamante - que data de hace muchos años en la atención de niños y niñas se produzca el fallecimiento seguido en una sala de diez infantes, por causas desconocidas hasta el momento...y que Av. De la Prenso N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.18401 330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y. defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 3. Defensorio • del Pueblo do Ecuador no se hayan adoptado medidas urgentes y eficaces para impedirlo a partir de la ocurrencia del primer fallecimiento.. " ] Posteriormente, se conoció sobre un caso similar de fallecimientos de neonatos en el Hospital Isidro Ayora de la ciudad de Loja. Por lo que se dio inicio a una nueva investigación defensorial. Con estos antecedentes, el Defensor del Pueblo dispuso el inicio de una investigación de carácter nacional dirigida a determinar de manera preliminar y bajo los principios de informalidad, inmediatez y gratuidad las condiciones en las que se encuentran las áreas de neonatología de los hospitales públicos de las ciudades donde están las Delegaciones de la Defensoría del Pueblo en el país; para lo cual: 1.- Mediante memorando No. 123-AS-DP de 2 de marzo de 2011, el Abogado Telmo Jaramillo Ramírez - Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo dispone que: "Anfe los hechos suscitados en el Hospital Francisco /caza Bustamante de la ciudad de Guayaquil...dispongo que en su calidad de Director Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza, inicie una investigación defensorial sobre la muerte de neonatos en el sistema de salud pública ecuatoriano, a fin de establecer sí en el resto del país existen casos similares a los ocurridos en las ciudades mencionadas e ímplementar las acciones y recomendaciones que el caso amerite para la protección de derechos". 2.- Con fecha 2 de marzo de 2011, a las lóhOO, el Director Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza, Doctor Patricio Benalcázar Alarcón dispone la apertura del expediente defensorial No. 51083-DNPrt-DESC-2011-WGM y en su primera providencia requiere: 3.1.- Al Ministerio de Salud: "... remita a esta Dirección Nacional un informe estadístico de los niños que fallecieron en los hospitales públicos en los últimos tres años (2008, 2009 y 20¡0), especificando su sexo / las causas de los fallecimientos. La información solicitada deberá ser remitida en el plazo de ocho días, a partir de la fecha de notificación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2} de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. 1 Oficio No. 000561-D-dpe-2011, del 23 de febrero de 2011, dirigido por el señor Defensor del Pueblo de Ecuador al Ministro de Salud, Doctor David Chiriboga. Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Teiefax: (593.2) 330.i840| 330.3431 Promovemos y defendemos www.defensordeipuebio.gov.ee jos derechos humanos y de la naturaleza Quilo-Ecuador
  • 4. Defensorio M del Pueblo de Ecuador 3.2.- A las Delegaciones Provinciales de la Defensorio del Pueblo: para que el día miércoles 9 de marzo de 201 / realicen una visita ¡n situ a los centros hospitalarios de ¡as cabeceras provinciales, a fin de que, conforme a la guía de visitas a áreas de neonatología en centros hospitalarios públicos2..., realicen un informe detallado de dicha visita y la remitan a esta Dirección Nacional de Protección en el plazo de 5 días. A.- Mediante memorando No. 124-AS-DDP-2011 del 4 de marzo de 2011, el Abg. Telmo Jaramillo - Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo, dispone a los Delegados Provinciales y oficinas cantonales de la Defensoría del Pueblo: "...la realización de una visita simultánea a las áreas de Neonatología del sistema de salud pública ecuatoriano a nivel nacional". Información que fue remitida por las Delegaciones provinciales. B.- Respuesta a los requerimientos defensoriales 1.- Mediante Oficio No. SAJ-10-2011, ingresado a la Defensoría del Pueblo el 10 de marzo de 2011, e! señor Doctor David Chiríboga - Ministro de Salud-, da respuesta al requerimiento del señor Doctor Fernando Gutiérrez Vera - Defensor del Pueblo, en relación al oficio No. 000561 -D-dpe-2011 del 23 de febrero de 2011, y en el mismo presenta: 1.1.- El Informe sobre "La situación actual del Hospital Francisco de Icaza Bustamante" en la ciudad de Guayaquil, cuyo contenido se adjunta a este informe preliminar. La Dirección Nacional de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza notifica con este informe a la Delegación de la Defensoría del Pueblo de Guayas, a través del memorando No. 303- DNPrt-pba-2011, del 19 de marzo de 2011; con la finalidad de que se incorpore al expediente 7981-DPG-2011 y le permita dar seguimiento al pronunciamiento defensorial emitido el 2 de marzo de 2011 por la Delegación del Guayas. 2.- Con fecha 10 de marzo de 201 1, a las 13hOO, el señor Doctor David Chiríboga, Ministro de Salud Pública, visita al Defensor del Pueblo del Ecuador, Doctor Fernando Gutiérrez Vera en la sede de la Defensoría en la ciudad de Quito, con la finalidad de expresar su total apertura para Se adjunta al presente informe la Guía de visitas a áreas de neonatología en centroshospitalarios públicos, marzo 2011. XJ? . • •. <? Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: {593.2} 330.1840 1330.343i www.deferisordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 5. Defensorio • del Pueblo de Ecuadoi facilitar la información que permita desarrollar la investigación defensorial. Adicionalmente, el señor Ministro de Salud informa sobre las acciones impulsadas por su cartera de Estado, dirigidas a enfrentar la situación relacionada con la muerte de neonatos en algunos hospitales del país. Finalmente, se acuerda nombrar como puntos focales para facilitar el flujo de información necesario dentro de éste expediente defensorial a la Doctora Cristina Castrillón (Ministerio de Salud) y Doctor Patricio Benalcázar Alarcón (Defensorio del Pueblo). 3.- Mediante escrito sin número, presentado por el Doctor Franklin Castillo Gavilánez, Mat. No. 269 C.A.I. con fecha 16 de marzo de 2011; en representación del Doctor David Chiriboga, quien "por no poder suscribir en este momento, con oferta de poder o ratificación del señor Ministro de Salud Pública", firma como su abogado patrocinador y en la parte sustantiva señala: "En vista que ¡a información solicitada por su autoridad es extensa, en lo principal por su contingente, solicito muy comedidamente señor Defensor del Pueblo, se extienda considerablemente el plazo que prevé el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Defensorio del Pueblo, por un plazo que no sea menor a 20 días, toda vez que los documentos solicitados a esta Cartera de Estado deben ser coordinados con las diferentes Direcciones de los Hospitales del País, por lo que mediante oficio No. 003722 de /5 de marzo de 201 1, he procedido disponer a cada una de las Direcciones Provinciales de Salud del País, remitan a este Despacho Ministerial lo solicitado por la Defensorio del Pueblo, con la finalidad de cumplir con lo dispuesto mediante Providencia de 02 de marzo del presente año" 4.- Las Delegaciones Provinciales de la Defensorio del Pueblo en cumplimiento de lo dispuesto en la providencia defensorial del 2 de marzo de 2011, dentro del expediente No. 51083-DNPrt-DESC-2011-WGM, reportan3 la visita a 28 hospitales públicos4 en 18 provincias del país. 3Este informe preliminar sistematizó información proveniente de las Delegaciones Provinciales de la Defensoría del Pueblo que llegó hasta el 17 de marzo de 2011. La información que llegue con posterioridad se sistematizará para el informe final. /-""^vn ¿í ¿y ""x. 4No se realiza el análisis del informe de la Delegación de la Defensoría del Pueblo de Loja, debido a que ésta Delegación realiza su propia investigación y dictaminará su propia resolución. Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.1840| 330.3431 www.defensorde.pueb.Uov.ee Promovemos y defendemos Quiío-Ecuador 'os aeree/ios humanos y de la naturaleza
  • 6. Defensorio • del Pueblo CÍH Ecuador 4.1. Información recabada y sistematizada a.- Se cuenta con reportes de 28 hospitales públicos de las ciudades de Quito (4), Guayaquil (3), Santo Domingo de los Tsáchilas, Ambato, Francisco de Orellana (3), Babahoyo, Quevedo, Portoviejo, Manta, Chone, Máchala, Zamora, Cuenca, Macas, Guaranda, Ibarra, Esmeraldas, Latacunga, Azogues, Tena y Loja; de un total de 18 provincias5. b.- La información respecto a los hospitales públicos que se visitó en las provincias de Chimborazo, Carchi, Sucumbías, Pastaza y Galápagos se integrará en el informe final. La información y análisis de la provincia de Loja no consta en este informe, debido a que la Delegación de esta provincia lleva la investigación por cuerda separada. c.- La información con la que se cuenta demanda de un proceso de complementación y mejoramiento6; que permitirá contar con el informe final posterior; sin embargo, nos permite realizar algunas apreciaciones generales y recomendaciones emergentes. 4.2.- Metodología para sistematizar la información El equipo de trabajo de la Defensorio del Pueblo procedió a sistematizar la información bajo los siguientes criterios: Primer filtro: Organización de la información en base a los requerimientos establecidos en la Guía de visitas a áreas de neonatología en centros hospitalarios públicos que incluyó: Datos de la institución Información general Observaciones para el área de neonatología Se adjunta el listado de hospitales visitados, marzo 2011. 6 En particular la Defensoría del Pueblo debe precisar la categoría de los hospitales públicos, ya que todos brindan el servicio de neonatología y en muchas ocasiones con dificultades y condiciones adversas que l xt permita garantizar la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad mínimos para facilitar el servicio. 7v Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.1840 |330.3431 www.defemordeipuebio.gov.ee Promovemos y defendemos Quito Ecuador 'os derechos humanos y de la naturaleza
  • 7. Defensorio Segundo filtro: Revisión de los estándares y recomendaciones para el diseño de una unidad de neonatología, elaborado por la Asociación Española de Pediatría7. Tercer filtro: Organización de la información en base a los estándares establecidos en la Observación General No. 14 (2000) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales8 de Naciones Unidas. Estos estándares hacen relación a la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios de salud. Cuarto filtro: Revisión y sistematización del marco jurídico y estándares nacionales e internacionales en relación al derecho a la salud, su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. Quinto filtro: Elaboración de conclusiones generales y recomendaciones emergentes de orden preliminar. 4.3.- Principales constataciones A continuación destacamos los principales hechos y constataciones recogidas en los informes reportados por las Delegaciones Provinciales de la Defensorio del Pueblo: a.- Disponibilidad Alta demanda y dificultades para atender en hospitales provinciales • En el Hospital Gustavo Domínguez - Santo Domingo, existe sobre población de neonatos, pues la capacidad del hospital es para atender 8 niños, sin embargo, se ha atendido hasta 28 niños, muchos provenientes de Esmeraldas, Manabíy Los Ríos. • Del Hospital Napoleón Dávila Córdova de Chone se derivan casos a la ciudad de Guayaquil, al igual que del Teófilo Dávüa de Máchala. 7 Información ubicada en la página web: www.dovma j e> / 5 de enero de 2008 - España. BEl Comité DESC es el órgano de vigilancia del cumplimiento del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, firmado y ratificado por el Estado ecuatoriano. Se adjunta el texto de la Observación 14 sobre el Derecho a la Salud del año 2000 y se sugiere la revisión de su numeral 12. Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax; (5V3.2) 330.1840|330.3431 www.defensordelpueblo gov.ec Promovemos / defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 8. Defensorio • En la Maternidad Isidro Ayora de Quito hay una capacidad en el área provisional de neonatología, para 51 niños, sin embargo atiende a un promedio de 65 niños provenientes de todo el país. • El Hospital General de Macas reporta que "ese centro hospitalario es de nivel 2, por lo tanto no dispone una unidad de neonatología; sin embargo, por la necesidad se ha adecuado un espacio en el que da atención emergente a nacidos con problemas de salud, los casos que no se pueden atender son derivados a los hospitales Vicente Corral Moscoso de la ciudad de Cuenca o al Hospital Baca Ortiz de la ciudad de Quito. • El Hospital Baca Ortiz al ser hospital de referencia recibe neonatos de todo el país; para su Directora "para poder cumplir con los requerimientos de la demanda ciudadana debería contar con 50 cunas en el área de neonatología". • Se reconoce que la mayoría de hospitales reciben y dan atención a las personas que lo requieren, sin embargo, debemos observar que en dos hospitales, Francisco de Orellana y Maternidad del • Patronato de Orellana se niega el ingreso por falta de camas, lo cual constituye una limitación relacionada con la plena disponibilidad y accesibilidad Insuficiente personal de enfermería y auxiliares La generalidad de los hospitales visitados reportan que cuentan con 1 enfermera y una auxiliar que exceden hasta en el doble de los pacientes atendidos; así por ejemplo: • El Hospital Martín Icaza - Babahoyo tiene 9 enfermeras y 5 auxiliares para atender aun promedio de 3. 1 66 emergencias al año; • En el Hospital Delfina Torres viuda de Concha - Esmeraldas, de una a dos enfermeras por turno atienden a 20 niños aproximadamente y los sábados y domingos solo atienden las auxiliares; • En el Hospital Francisco de Orellana se cuenta 9 enfermeras para un promedio de 2.300 partos al año. b.- Accesibilidad Dificultades para acceder física y económicamente al servicio Los hechos relativos a la alta demanda y dificultades para atender en los hospitales provinciales, mencionados dentro del ámbito cií Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra <?> -^j*j/ . f*'.- Teleta* {593.2| 33 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 9. Defensorio disponibilidad tienen directa relación con las limitaciones para la accesibilidad física y geográfica, así como económica. • Existen Hospitales como el General de Macas, Teófilo Dávila de Máchala que derivan a los neonatos a Hospitales de Cuenca, Quito, Guayaquil, ya que no cuentan con la capacidad física, ni de personal para abastecer la demanda existente. • En los hospitales Baca Ortiz9 y Docente de Ambato se reportó que los medicamentos e insumos son insuficientes, lo que obliga a las usuarias y usuarios incurrir en gastos y comprar ¡nsumos y medicamentos en farmacias privadas. c.- Aceptabilidad Trato humano y calidez • En Hospitales tales como el Docente de Ambato, Teófilo Dávila de Máchala, José María Velasco Ibarra de Tena, Delfina Torres de Esmeraldas, Baca Ortiz de Quito y Verdi Cevallos Balda de Portoviejo las usuarias y usuarios mencionan no estar conformes con el trato recibido por el personal de estas casas de salud. • En los Hospitales Verdi Cevallos Balda de Portoviejo, Alfredo Noboa Montenegro de Guaranda, Hospital del IESS de Ibarra, General de Macas, Delfina Torres de Esmeraldas, Rafael Rodríguez Zambrano de Manta, Napoleón Dávila de Chone, Teófilo Dávila de Máchala, Unidad Municipal de Salud - Sur de Quito, Gustavo Domínguez de Santo Domingo, Provincial Docente de Ambato, Sagrado Corazón de Jesús de Quevedo no se cuentan con alguno de los siguientes elementos: - Espacios adecuadamente cómodos que garanticen la intimidad y privacidad que requieren los procesos que allí se llevan a cabo - Área de visitas, área para la lactancia materna o áreas para vestidores y baños del personal médico, de enfermería y auxiliar. • En los Hospitales Delfina Torres Vda. de Concha •• Esmeraldas, Alfredo Noboa Montenegro - Guaranda, Baca Ortiz - Quito, Teófilo Dávila - Máchala, Francisco de Orellana, Maternidad Patronato - 9A finales de año en este Hospital, los padres y madres deben adquirir los medicamentos fuera det centro*"/? desalud. r Av. De lo Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.18401 330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quilo Ecuador 'os derechos numonos y de la natura eza
  • 10. Defensorio • del Pueblo de Ecuador Orellana, Provincial Docente - Ambato, Martín Icaza - Babahoyo, Sagrado Corazón de Jesús Quevedo, Mariana de Jesús - Guayaquil, José María Velasco Ibarra - Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo, Napoleón Dávila Córdova Chone, Rafael Rodríguez - Manta, Vicente Corral Moscoso - Cuenca, la carga laboral recaída sobre el personal médico y sobre todo de enfermería, es excesiva, sea por la gran demanda de pacientes, o por el poco personal con el que se cuenta; lo cual produce un desmejoramiento en la calidad del trato y del servicio que reciben las usuarias y usuarios. d.- Calidad Condiciones de área de neonatología • Los Hospitales Carlos Andrade Marín de Quito, Hornero Castanier Crespo de Azogues, Abel Gilbert Pontón de Guayaquil y Materno Infantil Matilde Hidalgo de Prócel de Guayaquil cumplen razonablemente con el estándar de calidad establecido en la Observación 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Cultuales de Naciones Unidas; constituyendo un referente en el área de neonatología, sin embargo, los restantes 23 hospitales realizan sus actividades con algunas de las siguientes limitaciones: - Limitada infraestructura y espacios reducidos, - Sin ventilación - Sin luz natural Escaso personal médico y en algunos casos no se cuenta con neonatólogos en el área • En varios Hospitales como la Unidad Municipal del Sur-Quito, Baca Ortíz-Quito, Delfina Torres Vda. De Concha-Esmeraldas y Dr. Gustavo Domínguez- Santo Domingo, los equipos hospitalarios tales como termocunas e incubadoras se encuentran dañados, siendo el caso más alarmante el de Sto. Domingo, donde de sus termocunas (4) sólo funcionan dos, las otras están inhabilitadas. • La ventilación y climatización es un punto crítico en hospitales como Alfredo Noboa Montenegro-Guaranda, Delfina Torres Vda. De Concha-Esmeraldas, Francisco de Orellana, General de Macas y José María Velasco Ibarra-Tena, que no cuentan con un adecuado sistema de climatización, que mantenga una adecuada temperatura para el cuidado y desarrollo del neonato. Av. De la Prenso N54-97 y Jorge Piedra (593.2) 33o.i840|33o.343i Promovemos y defendemos defensordeipuebio.gov.ee Quito-Ecuodor derechos humanos y de la naturaleza
  • 11. Defensorio • del Pueblo de Ecuador C.- Conclusiones preliminares • La Defensoría del Pueblo del Ecuador reconoce el importante esfuerzo del Gobierno Nacional dirigido a destinar recursos económicos para la inversión social, lo que se evidencia con el incremento del presupuesto en éstas áreas de 1.934 millones de dólares en el 2006 a 3.910 millones en el 2009 y a más de 4.700 millones en el 2010. Reconoce así mismo, los ingentes esfuerzos económicos, técnicos y humanos en el área de salud, que ha significado el aumento del presupuesto en los últimos años; además, la declaratoria de emergencia del sector ha permitió distribuir más de 400 millones de dólares para hacer frente a las demandas requeridas por la población. • Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos positivos se constata que en el país existe una crisis en las áreas de neonatología en los hospitales visitados, y también a revelado una crisis mayor en el sistema hospitalario, que se expresa entre otras causas por una indebida administración y gestión de dichos centros. En tal razón, la presente investigación defensorial, nos ha permitido acceder a información primaria y que es motivo de nuestra preocupación preliminar en los siguientes términos: a.- Disponibilidad 1.- La alta demanda de servicios de salud por personas de otras ciudades diferentes a las ciudades de los Hospitales Alfredo Noboa Montenegro- Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala, Francisco de Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro Ayora-Quito, Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyo, Sagrado Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José María Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo; y Abel Gilbert Pontón - Guayaquil no puede ser abastecida razonable y completamente; lo que evidencia que no se cuenta con un número suficiente de establecimientos de salud con el servicio de neonatología en las ciudades de origen de las usuarias y usuarios. Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2} 330.1840 ¡330.3431 . www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 12. Deten so ría 2.- Los estándares internacionales en relación al personal de enfermería señalan que se debe contar en el área de cuidados básicos neonatales, con 1 auxiliar por cada 10 neonatos y con la supervisión de una enfermera por cada 10 neonatos. En cuidados especiales, se debe contar con 1 enfermera por 4-5 neonatos y con 1 auxiliar que podrá incrementarse en uno más. En cuidados intensivos, se debe contar tanto con una enfermera como un auxiliar por cada 2-3 neonatos. Estos estándares se cumplen exclusivamente en tres Hospitales: Carlos Andrade Marín - Quito; Hornero Castanier Crespo -- Azogues; Materno Infantil Matilde Hidalgo de Prócel - Guayaquil. 3.- Existen hospitales que debido a las necesidades de prestación se han visto obligados a contar con una área de neonatología improvisada, lo cual limita una atención en condiciones adecuadas, tales como Hospital General de Macas; Teófila Dávila - Máchala o Delfina Torres viuda de Concha - Esmeraldas. DISPONIBILIDAD Arts. 32, 358, 359, 360, 362 inc. II y 363 de la Constitución Política de la República (infraestructura y salud integral) Arts. 2,3,4 del Reglamento Orgánico de Hospitales del Ministerio de Salud Pública (definición, objetivo y funciones) Art. innumerado de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención Infantil Arts. 1 literales a y b del Reglamento a la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia (prestaciones y servicios) Art. 3 Ley Orgánica de la Salud (Derecho humano inalienable, indivisible, irrenunciable e ¡ntronsigible) Art. 28 numerales 1 y 2 Código de la Niñez y Adolescencia (políticas y planes de salud- cobertura y calidad) Art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación 14, punto 12 literal a (disponibilidad) y 14 (reducción mortalidad) (Comité DESC) Objetivo 4 de Declaración del Milenio ( reducción mortalidad infantil) Arts. 11 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (derecho salud) Art. 10 de! Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos, en materia de DESC (derecho a la salud) b.- Accesibilidad 1.- La alta demanda de servicios de salud por personas de otras ciudades diferentes a aquellas donde se encuentran los Hospitales Alfredo Noboa Montenegro-Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala, Francisco de Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro Ayora-Quito, Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyojs Sagrado Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José 11 Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.1840 1330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 13. Defensorio María Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo; y Abel Gilbert Pontón - Guayaquil no puede ser abastecida razonable y completamente; lo que evidencia: • Limitaciones para el acceso de las usuarias o usuarios en sus propias ciudades de origen (acceso físico); • Dificultades por los gastos de viaje, alimentación, hospedaje, etc. (acceso económico) 2.- Los Hospitales provinciales, tales como el General de Macas, Teófilo Dávila de Máchala al derivar o los neonatos a Hospitales de Cuenca, Quito o Guayaquil dan lugar a que los familiares tengan que incurrir en gastos para trasladarse a las ciudades donde envían a los neonatos, lo que ocasiona dificultades en el acceso económico y físico al servicio. 3.- Las dificultades para acceder a los medicamentos e insumos directamente en los hospitales públicos y sus farmacias, afecta las posibilidades de acceso económico conforme lo estipulan los estándares internacionales. Accesibilidad Observación. 14 punto 12 literal b (accesibilidad) Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación 14. punto 8 y 17 Comité DESC (Condiciones) Art. 2 Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (igualdad) Art. 3 del Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de DESC (No discriminación) Accesibilidad física.- Art. 32 (atención integral salud), 363 numeral 3 CPR (infraestructura y equipamiento) Constitución de la República. Art. 27 numerales 2,3 y 4 del Código de la Niñez y Adolescencia. ( servicios salud-medicina gratuita- servicios médicos) Accesibilidad económica.- Arts. 43 numerales 2 y 3 (gratuidad- protección prioritaria parto- postparto); Art 359 (recursos). 362 inciso 2 (gratuidad); Art. 363 numerales 5,7 (cuidado especializado- disponibilidad y acceso inmediato) y 8 (desarrollo integral salud); Art. 366 (financiamiento) Constitución de la República. Arts. 1 y 2 con numerales a y b de la Codificación de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia (financíamiento) Art. 30 Código Niñez y Adolescencia. (No negar atención x falta recursos) Art. 27 numeral 2, 3 y 4 de! Código de la Niñez y Adolescencia. ( servicios salud-medicina gratuita- servicios médicos), Arí. 28 numeral 4 (medicina gratuita) Observación. 14 punto 19 (medios suficientes - presupuesto equitativo) Comité DESC Observación 14 punto 33 [ presupuesto equitativo- Obligación de cumplir) Comité DESC Acceso a la Información.- Art. 18; 45;66 nurnera!23;Art. 91 Constitución de la Repúblicc Ob_serva_ción 14 punto M Corneo DLv Av. De la Prenso N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.1840|330.3431 Promovemos / defendemos www.defensordelpueblo.gov.ee /os derechos humanos y de la naturaleza Quito-Ecuador
  • 14. Defensorio • de! Pueblo de Ecuador c.- Aceptabilidad 1.- En 6 hospitales equivalente al 22% de la muestra, las usuarias y usuarios mencionan no estar conformes con el trato recibido por el personal de éstas casas de salud, lo que afecta una apropiada y respetuosa relación entre el servidor público y las personas usuarias y en particular el estándar constitucional relativo a la calidez en el servicio. 2.- En 12 hospitales las instalaciones hospitalarias de neonatología, no cuentan de manera completa con algunos elementos para este tipo de unidades que garanticen la intimidad y privacidad que requieren los procesos que allí se llevan a cabo, pues en algunos casos no cuentan con el área de visitas, área para la lactancia materna o incluso áreas para vestidores y baños del personal médico, de enfermería y auxiliar. 3.- Se ha observado que en la mayoría de hospitales ( 1 6 de 27) se reporta que la carga laboral recaída sobre el personal médico y sobre todo de enfermería, es excesiva, lo que redunda en un desmejoramiento en la calidad del trato y del servicio que reciben las usuarias y usuarios. ACEPTABILIDAD Arts. 352 (diversidad); 362 (confidencialidad); 363 numeral 4 (garantías de las Practicas de salud ancestral) 358 (reconocer diversidad social y cultural) Constitución de la República Art. 7 Código de la Niñez y Adolescencia [Respeto e interculturalidad) Art. 7 literal d y 189 Ley Orgánica de Salud (Respeto privacidad) Observación No. 14, punto 12 literal c) Comité del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. d.- Calidad 1.- La Defensorio del Pueblo de Ecuador reconoce positivamente que los Hospitales Carlos Andrade Marín de Quito, Hornero Castanier Crespo de Azogues, Abel Gilbert Pontón de Guayaquil y Materno Infantil Matilde Hidalgo de Prócel de Guayaquil cumplen razonablemente con el estándar de calidad establecido en la Observación 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Cultuales de Naciones Unidas; constituyendo un referente en el área de neonatología; así mismo, reconoce el esfuerzo de los hospitales públicos que prestan el servicio de neonatoloqía en condiciones difíciles; sin embargo manifestamos nuestra 13 Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.1840 |330.3431 www defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 15. Defensorio preocupación en relación a los hallazgos que a continuación planteamos: 2.- Un alto porcentaje de hospitales no cumplen en su totalidad con el estándar de calidad, debido a las limitaciones en alguno de sus elementos, sea infraestructural, inadecuados y reducidos espacios, falta de ventilación, luz natural o escaso personal médico y en algunos casos no se cuenta con neonatólogos en el área. CALIDAD Arts. 32; 359; 362; 363 numeral 2 y 8; Art. 366 inciso 2 Constitución de la República Arts. 43 numerales 2-3 y 4 de ia Constitución de la República Art. 1 Codificación. Ley Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia. Art. 48 literal J, 83, 85, 118, 120, 130 y 132 Reglamento Orgánico de Hospitales del Ministerio de Salud Pública Art. 201 de la Ley Orgánica de la Salud (calidad, calidez, eficacia) Observación 14 punto 12 literal d: punto 15 y 19 Comité DESC D.- Recomendaciones l.-Que el Ministerio de Salud Pública reclasifique los hospitales previo a los criterios técnicos necesarios, a fin de que se cuente en cada provincia con al menos un hospital con el área de neonatología bajo los estándares mínimos requeridos para esta unidad hospitalaria, con la finalidad de garantizar a mediano plazo la disponibilidad y accesibilidad del servicio a nivel nacional. 2.- Que el Ministerio de Salud Pública a través de sus Direcciones Provinciales elabore un diagnóstico rápido en los hospitales de provincia que deban garantizar e! servicio de neonatología, en relación a su espacio físico, ubicación, instalaciones eléctricas e iluminación, ruidos, ventilación y climatización, seguridad, equipamiento, personal y sistemas de comunicación; con la finalidad de tener un estado de situación global que facilite definir de manera razonable, planificada y priorizada la inversión pública necesaria en el área y que permita contar con un servicio aceptable y de calidad. 3.- Que el Ministerio de Salud Pública en los casos de los Hospitales Alfredo Noboa Montenegro-Guaranda, Baca Ortiz-Quito, Teófilo Dávila-Machala, Francisco de Orellana, Maternidad Patronato-Orellana, Maternidad Isidro Ayora-Quito, Provincial Docente de Ambato, Martín Icaza de Babahoyo, Q Sagrado Corazón de Jesús-Quevedo, Mariana de Jesús- Guayaquil, José Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.18401 330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador los derechos humanos y de la naturaleza
  • 16. Defensorio María Velasco Ibarra-Tena, Gustavo Domínguez - Santo Domingo y Abel Gilbert Pontón - Guayaquil, provea recursos ya sea de la emergencia dispuesta por el Gobierno Nacional u otros necesarios que permitan en coordinación, cooperación o convenio con el sistema nacional de salud o el sistema privado, abastecer la demanda de los servicios, mientras se define una intervención global y planificada que garantice la disponibilidad y accesibilidad al servicio de neonatología a nivel nacional. 4.- Que el Ministerio de Salud Pública, de manera urgente e impostergable disponga la reparación y compra de cunas, termocunas e incubadoras para los hospitales que reportan necesidad inmediata para disponer y facilitar el acceso y la calidad en el servicio de neonatología. 5.- Que el Ministerio de Salud Pública, Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia y Ministerio de Inclusión Económica y Social de consuno con la Defensoría del Pueblo del Ecuador, promovamos de manera inmediata y activa el rol de los Comités de usuarias y usuarios en cada provincia, dirigido a fortalecer procesos de veeduría social y ciudadana que vigilen el respeto de los derechos humanos, la prestación de los servicios de salud con calidad y calidez; y promuevan el establecimiento de mecanismos que procesen los requerimientos de usuarias y usuarios 6.- Que el Ministerio de Salud Pública, establezca un sistema de alertas tempranas en todos los hospitales públicos a nivel nacional, para que de manera inmediata, eficaz y eficiente se responda ante las emergencias médicas que pongan en riesgo inminente la vida, integridad y salud de las personas. Ir Que el Ministerio de Salud Pública, la Direcciones Provinciales de Salud y los Hospitales Públicos inviertan recursos económicos, humanos y técnicos dirigidos a mejorar la gestión administrativa que les permita de manera eficaz y eficiente promover, prevenir y atender de manera integral a la familia y a la comunidad, en particular en situaciones emergentes. 8.- Que el Ministerio de Salud Publica, en el marco del Sistema Nacional de Salud cuente con un programa automatizado en el que se registre de manera periódica la gestión de salud de los hospitales públicos, sus unidades hospitalarias y en particular del área de neonatología, para que de manera inmediata y confiable cuente con información nacional y/o 15 Av. De lo Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593.2) 330.18401330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador /os derechos humanos y de la naturaleza
  • 17. provincial, que le permita conocer el estado de la cuestión y definir políticas y acciones. La Defensorio del Pueblo del Ecuador solicita al Ministerio de Salud Pública, así como a otras instancias a las cuales van dirigidas las presentes recomendaciones, informen del cumplimiento de las mismas. Responsable Caramillo ADJU DEL DEFENSOR DEL PUEBLO Av. De la Prensa N54-97 y Jorge Piedra Telefax: (593-2) 330.?840|330.3431 www.defensordelpueblo.gov.ee Promovemos y defendemos Quito-Ecuador ios derechos humanos y de ¡a naturaleza