2. Coberturas Básicas
Cobertura A. Responsabilidad Civil
Extracontractual:
a. Cubre lesión y/o muerte de una o varias
personas ocurrido como resultado de un accidente
automovilístico. Sin deducible.
b. Cubre Daño Moral, hasta por un 25% de la
suma asegurada.
c. Daños a la propiedad de terceras personas.
d. Defensa Legal en hechos que involucren
responsabilidad civil por lesión y/o muerte de
personas.
3. Coberturas Básicas
Cobertura B. Gastos Médios:
a. Gastos de Hospitalización. Cuarto,
alimentos fisioterapia, medicinas, honorarios médicos
y enfermeros
b. Servicios de Ambulancia.
c. Lentes. Gastos por consecuencia del
accidente. 60 días siguientes al mismo.
4. Coberturas Básicas
Cobertura B. Gastos Médios:
d. Aparatos Ortopédicos y/o prótesis
ortopédicas por pérdida parcial o total de una de las
extremidades.
e. Prótesis Dentales. Prescritas 30 días del
accidente.
f. Gastos Funerarios. Con límite 20% del límite
de responsabilidad.
5.
6.
7.
8.
9. Coberturas Básicas
Cobertura E. Colisión y/o Vuelco:
a.Cubre la colisión del vehículo asegurado
con otro vehículo o cualquier objeto erigido o que
se levante sobre la superficie.
b.Por vuelco o salida accidental del
vehículo asegurado de la vía de circulación.
c.Por el atropello a personas y/o animales.
10. Coberturas Básicas
Cobertura F. Riesgos Adicionales:
Se indemnizará por la pérdida o daño directo en el Vehículo
Asegurado, únicamente cuando es sufrido a consecuencia
directa. El daño puede ser parcial o total.
Se cubren los siguientes acontecimientos:
a. Inundación, ciclón, huracán, granizada, y tornado.
b. Temblor, terremoto, erupción volcánica, caída de
cenizas y/o arena volcánica.
c. Deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Explosión externa – se excluye la provocada por
terrorismo.
11. Coberturas Básicas
Riesgos Adicionales – Continuación
e.El daño malintencionado, siempre que se compruebe
en forma fehaciente e inequívoca por parte del Asegurado, los
hechos que produzcan tales daños.
f. Daños provocados por animales, en la parte externa
del automóvil distintos a colisión y vuelco.
g. Daños que se produzcan a consecuencia de su
transporte terrestre o acuático, así como las maniobras de carga
o descarga.
h. Aterrizaje forzoso de aviones, su caída, la caída de
sus partes o su equipo.
i. Rayo o incendio por cualquier causa.
Levantamiento súbito de la tapa del motor.
12. Coberturas Básicas
Cobertura G. Robo y/o Hurto
(Total o parcial del vehículo)
Se indemnizará por la pérdida o daño directo de la
integridad del Vehículo Asegurado cuando es
sufrido a consecuencia del robo o el hurto del
mismo. También se cubrirán aquellos daños que
resultaren a consecuencia de la tentativa de
producir dichos delitos. Está amparado bajo esta
cobertura el Uso indebido, Hurto de Uso o la
retención indebida. Reclamo se ampara con copia
de la denuncia del OIJ.