SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 56
Descargar para leer sin conexión
PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
Secretario
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
www.boletinoficial.gob.ar
e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
Nº 4.995.241
Domicilio legal
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas
Precio $ 3,00
Buenos Aires,
viernes 30
de agosto de 2013
Año CXXI
Número 32.712
Pág.
Continúa en página 2
DECRETOS
COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL
Decreto 1228/2013
Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios
y procedentes de los países participantes en el evento “125° sesión del Comité Olímpico Inter-
nacional”..................................................................................................................................... 	 1
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1263/2013
Desígnase el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Río Gallegos de la Dirección Nacional
del Servicio Federal de Empleo de la Secretaría de Empleo.......................................................... 	 2
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1219/2013
Dase por prorrogada designación en la Dirección de Dictámenes de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable..................................... 	 2
Decreto 1220/2013
Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria de la
Subsecretaría de Evaluación del Presupuesto Nacional de la Secretaría de Evaluación Presu-
puestaria..................................................................................................................................... 	 3
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1217/2013
Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Comercio Exterior....................................... 	 3
MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 1218/2013
Dase por prorrogada designación en la Dirección de Acreditación de Carreras de la Comisión
Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria..................................................................... 	 3
FE DE ERRATAS
Decreto 1242/2013..................................................................................................................... 	 4
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 647/2013
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. 	 4
Decisión Administrativa 650/2013
Contratación en la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria..	 4
Decisión Administrativa 641/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y
Agricultura Familiar...................................................................................................................... 	 5
Decisión Administrativa 642/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y
Pesca........................................................................................................................................... 	 6
Decisión Administrativa 643/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería y Pesca..................................................................................................... 	 6
Decisión Administrativa 644/2013
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. 	 7
Primera Sección
Sumario DECRETOS
#I4473987I#
COMITE OLIMPICO
INTERNACIONAL
Decreto 1228/2013
Exímese del pago del derecho de importa-
ción y demás gravámenes a los productos
originarios y procedentes de los países
participantes en el evento “125° sesión del
Comité Olímpico Internacional”.
Bs. As., 26/8/2013
VISTO el Expediente Nº  S01:0125635/2013
del Registro del MINISTERIO DE ECO-
NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que el COMITE OLIMPICO ARGENTINO
(C.U.I.T. Nº  30-53776976-5), solicita la
exención del pago del derecho de im-
portación y demás tributos que gravan
la importación para consumo de los fo-
lletos impresos, material publicitario,
afiches, otras formas de propaganda,
regalos e indumentaria deportiva, origi-
narios y procedentes de los países parti-
cipantes en el evento “125° SESION DEL
COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL”, a
realizarse en las instalaciones del Hotel
Hilton de la Ciudad Autónoma de Bue-
nos Aires (REPUBLICA ARGENTINA), del
3 al 11 de septiembre de 2013.
Que la realización de esta muestra pro-
mueve el intercambio cultural de nuestro
país con los demás países participantes.
Que los folletos impresos, material publi-
citario, afiches, otras formas de propagan-
da, regalos e indumentaria deportiva que
ingresarán al país, se constituyen como
materiales de apoyo importantes para ser
utilizados durante el desarrollo del evento,
por lo que se considera oportuno autorizar
la importación de los mismos por un valor
FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES
DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIEN-
TOS TREINTA Y SEIS (U$S 217.236), con
carácter de excepción.
Que la Dirección General de Asuntos Ju-
rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la
intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso
de las facultades conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo
5°, inciso s) de la Ley Nº  20.545 incor-
porado por la Ley Nº 21.450 y mantenido
por el Artículo 4° de la Ley Nº 22.792.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exímese del pago de los de-
rechos de importación, del Impuesto al Valor
Agregado, de los impuestos internos, de tasas
por servicios portuarios, estadística y com-
probación de destino, que gravan la importa-
ción para consumo de los folletos impresos,
material publicitario, afiches, otras formas
de propaganda, regalos e indumentaria de-
portiva, originarios y procedentes de los paí-
ses participantes en el evento “125° SESION
DEL COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL”,
a realizarse en las instalaciones del Hotel
Hilton de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (REPUBLICA ARGENTINA), del 3 al 11
de septiembre de 2013, para su exhibición,
promoción y/u obsequio en la mencionada
sesión, por un monto máximo de DOLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS DIECI-
SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS
(U$S 217.236), con carácter de excepción,
tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2° — Instrúyese a la ADMINISTRA-
CION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTE-
RIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
a que practique los controles pertinentes en
el Comité referenciado, con el objeto de que
la mercadería ingresada con los beneficios
establecidos en el Artículo 1° del presente
decreto, sea destinada exclusivamente a los
fines propuestos por la Ley Nº 20.545.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino.
#F4473987F#
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 2
Pág.
MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 646/2013
Dase por autorizada contratación................................................................................................. 	 8
PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 645/2013
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos
Humanos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el Ejercicio 2013............................ 	 8
RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 850/2013-SG
Declárase de Interés Nacional al XX Congreso Crea “Tu ADN entra en Acción”............................. 	 10
Resolución 851/2013-SG
Declárase de Interés Nacional el “XI Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informá-
tica - CIITI 2013”......................................................................................................................... 	 10
SALUD PUBLICA
Resolución 1340/2013-MS
Recomendaciones para la implementación de Test rápidos en el diagnóstico de VIH y otras ITS... 	 10
IMPUESTOS
Resolución General 3525-AFIP
Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 1242/2013. Rentas del Trabajo Personal en relación de
dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General
Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias. Norma Complementaria................................... 	 11
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 	 12
AVISOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 	 17
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................. 	 17
Anteriores.................................................................................................................................... 	 50
	 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO	 51
#I4473990I#
MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1263/2013
Desígnase el Gerente de Empleo y Capa-
citación Laboral Río Gallegos de la Direc-
ción Nacional del Servicio Federal de Em-
pleo de la Secretaría de Empleo.
Bs. As., 28/8/2013
VISTO el Expediente Nº  1.559.033/13 del Re-
gistro del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley
Nº  26.784, los Decretos Nros. 491 del 12
de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de
2005 y sus modificatorios y 2.098 del 3 de
diciembre de 2008, la Decisión Administra-
tiva Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y
sus modificatorias, y las Resoluciones del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nros. 1.437 del 7 de
diciembre de 2007, 260 del 18 de marzo de
2011 y 100 del 27 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre-
supuesto General de la Administración Na-
cional para el Ejercicio 2013.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de
marzo de 2002 se estableció, entre otros
aspectos, que toda designación, asigna-
ción de funciones, promoción y reincor-
poración de personal, en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y des-
centralizada, en cargos de planta perma-
nente y no permanente será efectuada por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a pro-
puesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784,
se dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha
de sanción de la misma, en las Jurisdiccio-
nes y Entidades de la Administración Na-
cional y de los que queden vacantes con
posterioridad, salvo decisión fundada del
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.784,
se dispuso que las facultades otorgadas
por dicha ley al señor Jefe de Gabinete de
Ministros podrán ser asumidas por el PO-
DER EJECUTIVO NACIONAL, en su carác-
ter de responsable político de la Adminis-
tración General del país y en función de lo
dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de
la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio
de 2005 y sus modificatorios y la Decisión
Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre
de 2010 y sus modificatorias, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel ope-
rativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-
PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-
CIAL Nº 260 del 18 de marzo de 2011 se
aprobaron las aperturas inferiores al primer
nivel operativo de la estructura organizativa
de esa Cartera de Estado.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-
CIAL Nº  1.437/07, se aprobó la apertura
a nivel departamental de la SECRETARIA
DE EMPLEO de esa Cartera de Estado, de
conformidad con los Organigramas, Ac-
ciones y Dotaciones, que como Anexos
I, II y III, forman parte integrante de dicha
medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-
CIAL Nº 100 del 27 de enero de 2012, se
aprobaron las aperturas inferiores corres-
pondientes a los niveles de departamento
y división de la Dirección Nacional del Ser-
vicio Federal de Empleo dependiente de la
SECRETARIA DE EMPLEO de ese Ministe-
rio, de acuerdo al Organigrama, Acciones
y Dotación que como Anexos la, lb, II y III,
respectivamente forman parte integrante
de la misma; y se derogó la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-
GURIDAD SOCIAL Nº 1.437/07 en la parte
pertinente a la mencionada dirección.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRA-
BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
se encuentra vacante el cargo de Nivel B,
Grado 0, Gerente de Empleo y Capacita-
ción Laboral Río Gallegos de la Dirección
Nacional del Servicio Federal de Empleo
de la SECRETARIA DE EMPLEO.
Que por la particular naturaleza de las ta-
reas asignadas a la mencionada Unidad
Organizativa, resulta necesario proceder
a su inmediata cobertura y con carácter
transitorio, exceptuándola, a tal efecto,
de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley
Nº 26.784 y de lo establecido en los Títulos
II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO CO-
LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que el Sr. Alejandro Gabriel CAPPA (M.I.
Nº  13.713.385), reúne las condiciones de
experiencia e idoneidad necesarias para
desempeñar el cargo que se encuentra va-
cante.
Que por el Decreto Nº 2.098/08, se homo-
logó el CONVENIO COLECTIVO DE TRA-
BAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-
CO (SINEP), concertado entre el Estado
Empleador y los Sectores Gremiales me-
diante el Acta Acuerdo de fecha 5 de sep-
tiembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cu-
bierto de conformidad con los requisitos
y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente en los Títulos
II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO CO-
LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del pla-
zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente
medida.
Que el cargo aludido no constituye asigna-
ción de recurso extraordinario alguno para
el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurí-
dicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-
PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artícu-
lo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION
NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la
Ley Nº 26.784 y del artículo 1° del Decreto
Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a
partir del 2 de mayo de 2013 y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el
cargo de Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y
Capacitación Laboral Río Gallegos de la Direc-
ción Nacional del Servicio Federal de Empleo
dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-
GURIDAD SOCIAL, al Sr. Alejandro Gabriel CA-
PPA (M.I. Nº 13.713.385), con autorización ex-
cepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NA-
CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) apro-
bado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRA-
BAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto
Nº  2098/08 y con carácter de excepción a lo
dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto de conformidad con los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo es-
tablecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO COLEC-
TIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSO-
NAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) homologado por el Decre-
to Nº  2.098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cum-
plimiento del presente decreto será atendido
con cargo a las partidas específicas del presu-
puesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINIS-
TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. —
Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.
#F4473990F#
#I4472949I#
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1219/2013
Dase por prorrogada designación en la
Dirección de Dictámenes de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos de la Se-
cretaría de Ambiente y Desarrollo Sus-
tentable.
Bs. As., 26/8/2013
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM:
Nº 0014454/2013 del Registro de la JEFA-
TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la
Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de
fecha 12 de marzo de 2002 y 2047 de fecha
25 de octubre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre-
supuesto de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2013.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en
cargos de planta permanente y no perma-
nente, será efectuada por el PODER EJE-
CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-
risdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 2047 de fecha
25 de octubre de 2012 se dio por designada
transitoriamente por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles a la Doctora
Da. Luciana FERRARI (D.N.I. Nº 27.677.513)
como Coordinadora de Asesoramiento Le-
gal de la DIRECCION DE DICTAMENES de
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA DE AM-
BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS.
Que resulta necesario efectuar una prórro-
ga de la designación citada precedente-
mente, por el término de CIENTO OCHEN-
TA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asigna-
ción de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril
de 2002 y sus modificatorios, en su artícu-
lo 6°, establece que los proyectos de de-
creto que propicien designaciones, con-
trataciones que no impliquen renovación
o prórroga y reincorporación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 3
documentación detallada en la Circular de
la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fe-
cha 15 de marzo de 2002.
Que la agente involucrada en la presente
medida se encuentra exceptuada de lo es-
tablecido en el referido artículo 6° del De-
creto Nº 601/02 y sus modificatorios, regla-
mentario del Decreto Nº 491/02, por haber
dado cumplimiento oportunamente a tales
disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-
TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-
GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención co-
rrespondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artículo
99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIO-
NAL y a tenor de lo normado por el artículo
1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
a partir del 11 de abril de 2013, la designación
transitoria efectuada por el Decreto Nº 2047 de
fecha 25 de octubre de 2012, de la Doctora Da.
Luciana FERRARI (D.N.I. Nº  27.677.513) en un
cargo Nivel C - Grado 0, como Coordinadora
de Asesoramiento Legal de la DIRECCION DE
DICTAMENES de la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIO-
NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha
3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,
con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo
14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
Cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, res-
pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV
y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO homologado por De-
creto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del 11 de abril de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande el cum-
plimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas vigentes del
Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad
con la Ley de Presupuesto de la Administración
Nacional Nº  26.784 - Servicio Administrativo
Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AM-
BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER — Juan M. Abal Medina.
#F4472949F#
#I4472950I#
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1220/2013
Dase por prorrogada designación en la
Dirección Nacional de Evaluación Presu-
puestaria de la Subsecretaría de Evalua-
ción del Presupuesto Nacional de la Se-
cretaría de Evaluación Presupuestaria.
Bs. As., 26/8/2013
VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM
0005337/2013 del Registro de la JEFATU-
RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley
Nº  26.784, los Decretos Nros. 491 del 12
de marzo de 2002 y 1626 del 6 de septiem-
bre de 2012, y lo solicitado por la SUBSE-
CRETARIA DE EVALUACION DEL PRESU-
PUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE
EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JE-
FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre-
supuesto de la Administración Nacional
para el Ejercicio del año 2013.
Que mediante el Decreto Nº  1626 de fe-
cha 6 de septiembre de 2012 se dio por
designada transitoriamente por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a
la agente Da. Ivana Mariel ACOSTA en la
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION
PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETA-
RIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO
NACIONAL de la SECRETARIA DE EVA-
LUACION PRESUPUESTARIA de la JEFA-
TURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga
de la designación citada precedentemente,
por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asigna-
ción de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal, en el ámbito de la Administra-
ción Pública, centralizada y descentraliza-
da, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la
jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril
de 2002, y su modificatorio, en su artículo
6°, establece que los proyectos de decre-
to que propicien designaciones, contra-
taciones que no impliquen renovación o
prórroga, y reincorporación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la
documentación detallada en la Circular de
la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fe-
cha 15 de marzo de 2002.
Que la agente involucrada en la presente
medida, se encuentra exceptuada de lo es-
tablecido en el referido artículo 6° del De-
creto Nº 601/02, y su modificatorio, regla-
mentario del Decreto Nº 491/02, por haber
dado cumplimiento oportunamente a tales
disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-
TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-
GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención co-
rrespondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-
NAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo
1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-
les a partir del 6 de febrero de 2013, la desig-
nación transitoria efectuada mediante el Decreto
Nº 1626 del 6 de septiembre de 2012, de la agen-
te Da. Ivana Mariel ACOSTA (DNI Nº 34.137.445)
en un cargo Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NA-
CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aproba-
do por el Convenio Colectivo de Trabajo Secto-
rial homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y sus modificatorios, como
Analista Presupuestaria en la DIRECCION NA-
CIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL
PRESUPUESTO NACIONAL dependiente de la
SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUES-
TARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-
NISTROS, y con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del Título II, Capítulo III, del Convenio
citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-
bierto conforme los requisitos y sistemas de se-
lección vigentes según lo establecido, respec-
tivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV y IV
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto
Nº  2098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del 6 de febrero de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande el cum-
plimiento de lo dispuesto precedentemente se
imputará con cargo a los créditos de las parti-
das específicas del presupuesto vigente de la
Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.
#F4472950F#
#I4472650I#
MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1217/2013
Dase por prorrogada designación en la
Secretaría de Comercio Exterior.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0352289/2011 del
Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA y
los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de mar-
zo de 2002, 1.480 de fecha 19 de octubre
de 2006, 1.960 de fecha 13 de noviembre
de 2008 y 1.396 de fecha 29 de septiembre
de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentra-
lizada, en cargos de planta permanente y
no permanente será efectuada por el PO-
DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta
de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 1.480 de fecha 19 de
octubre de 2006, se designó con carácter
transitorio al Ingeniero Civil Don Claudio
Jorge LEVALLE (M.I. Nº  14.186.649) en el
cargo de Coordinador del Area de Origen de
Mercaderías de la ex SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la
ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMER-
CIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EM-
PRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, actual SECRETARIA DE
COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que por los Decretos Nros. 1.960 de fecha
13 de noviembre de 2008 y 1.396 de fecha
29 de septiembre de 2010, se prorrogó la
designación transitoria citada en el consi-
derando precedente.
Que en virtud de lo dispuesto por el Artícu-
lo 11 del Decreto Nº 2.085 de fecha 7 de
diciembre de 2011 se transfiere el Area de
Origen de Mercaderías entonces depen-
diente de la ex SUBSECRETARIA DE POLI-
TICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SE-
CRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
del MINISTERIO DE INDUSTRIA a la órbita
de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTE-
RIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Que encontrándose cumplido el plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no
habiéndose efectuado la correspondiente
convocatoria, conforme el proceso de se-
lección previsto en el SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homolo-
gado por el Decreto Nº  2.098 de fecha 3
de diciembre de 2008, razones operativas
hacen necesario prorrogar dicha designa-
ción transitoria.
Que el profesional al que se hace referen-
cia en el presente decreto se encuentra
actualmente desempeñándose en el cargo
que fue designado transitoriamente.
Que la Dirección General de Asuntos Ju-
rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter-
vención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por el Artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-
NAL, y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir
del día 23 de junio de 2011 fecha de su ven-
cimiento y por el término de CIENTO OCHEN-
TA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha del presente decreto, la designación
transitoria efectuada mediante el Decre-
to Nº  1.480 de fecha 19 de octubre de 2006
y cuya última prórroga operó por el Decreto
Nº 1.396 de fecha 29 de septiembre de 2010
del Ingeniero Civil Don Claudio Jorge LEVA-
LLE (M.I. Nº 14.186.649), en un cargo Nivel B,
Grado 0, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva IV del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Traba-
jo Sectorial del Personal del referido Sistema,
homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha
3 de diciembre de 2008, como Coordinador
del Area de Origen de Mercaderías dependien-
te de la ex SUBSECRETARIA DE POLITICA Y
GESTION COMERCIAL de la ex SECRETARIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO
DE INDUSTRIA, actual SECRETARIA DE CO-
MERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECO-
NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-
bierto conforme los requisitos y sistemas de se-
lección vigentes según lo establecido, respec-
tivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII
y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-
BLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cum-
plimiento del presente decreto se atenderá con
cargo a las partidas específicas de los créditos
presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINIS-
TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER —
Juan M. Abal Medina — Hernán G. Lorenzino.
#F4472650F#
#I4472651I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 1218/2013
Dase por prorrogada designación en la Di-
rección de Acreditación de Carreras de la
Comisión Nacional de Evaluación y Acre-
ditación Universitaria.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº 804-0929/10 del Regis-
tro de la COMISION NACIONAL DE EVA-
LUACION Y ACREDITACION UNIVERSITA-
RIA (CONEAU) organismo descentralizado
dependiente del MINISTERIO DE EDUCA-
CION y los Decretos Nros. 491 del 12 de
marzo de 2002, 2.314 del 30 de diciembre
de 2010, 1.713 del 24 de octubre de 2011 y
1.755 del 21 de septiembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº  491/02 estableció que
toda designación, asignación de funciones,
promoción y reincorporación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
centralizada y descentralizada, en cargos
de planta permanente y no permanente,
incluyendo en éstos últimos al personal
transitorio y contratado, cualquiera fuese
su modalidad y fuente de financiamiento,
será efectuada por el PODER EJECUTIVO
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 4
NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción
correspondiente.
Que por el Decreto Nº 2.314/10 se cubrió
el cargo de Coordinadora de Grado de la
Dirección de Acreditación de Carreras en
la COMISION NACIONAL DE EVALUACION
Y ACREDITACION UNIVERSITARIA depen-
diente del MINISTERIO DE EDUCACION.
Que en el artículo 2° del citado decreto se
estableció que el cargo involucrado debía
ser cubierto conforme los sistemas de se-
lección previstos en el SISTEMA NACIO-
NAL DE EMPLEO PUBLICO aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto Nº 2.098/08, en
el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del 1° de septiem-
bre de 2010.
Que por el Decreto Nº 1.713/11 se prorrogó
por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el
plazo mencionado precedentemente y por
el Decreto Nº 1.755/12, se hizo lo propio por
otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que por razones operativas no ha sido po-
sible cumplimentar la cobertura del cargo
en el plazo establecido.
Que el cargo citado no constituye asigna-
ción de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le
compete la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
EDUCACION.
Que la presente medida se dicta en uso de
las atribuciones conferidas por los artícu-
los 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NA-
CIONAL y 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir
del 6 de noviembre de 2012, fecha de su ven-
cimiento y por el término de CIENTO OCHEN-
TA (180) días hábiles, la designación transi-
toria efectuada en los términos del Decreto
Nº  2.314/10 y prorrogada por sus similares
Nros. 1.713/11 y 1.755/12, de la Magíster Ana
Gloria FILIPPA (D.N.I. Nº 17.648.660) en el car-
go de Coordinadora de Grado de la Dirección
de Acreditación de Carreras (Nivel A Grado 0)
en la COMISION NACIONAL DE EVALUACION
Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo
descentralizado en el ámbito del MINISTERIO
DE EDUCACION, autorizándose el corres-
pondiente pago de la Función Ejecutiva IV del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO,
aprobado por el Convenio Colectivo de Tra-
bajo Sectorial homologado por el Decreto
Nº 2.098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto de conformidad con los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo esta-
blecido respectivamente en los Títulos II, Capí-
tulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-
mologado por el Decreto Nº 2.098/08 dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha establecida en el
artículo 1°.
Art. 3° — El gasto que demande el cum-
plimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas del presu-
puesto de la COMISION NACIONAL DE EVA-
LUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER — Juan M. Abal Medina — Alberto
E. Sileoni.
#F4472651F#
#I4474032I#
— FE DE ERRATAS —
Decreto 1242/2013
En la edición del Boletín Oficial Nº 32.710 del
28 de agosto de 2013, en la que se publicó el
citado decreto, se deslizó el siguiente error:
DONDEDICE:“ARTICULO4°.-Increméntanse
las deducciones establecidas...”
DEBE DECIR: “ARTICULO 4°.- Las deduc-
ciones establecidas...”
#F4474032F#
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
#I4472641I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 647/2013
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0505511/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra-
tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regula-
ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de
la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su
labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-
ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-
quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. —Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA
Código de Control: 0000019519
Listado de Contrataciones
N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 LOPEZ OSORNIO MARIA EUGENIA D.N.I. 31351719 B0 01/02/2013 31/12/2013 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472641F#
#I4472945I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 650/2013
Contratación en la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia
Agropecuaria.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0365263/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 5
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra-
tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regula-
ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la
SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGRO-
PECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de
fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento
operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio-
nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo
que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto
II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar
su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-
quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del
Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su
contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS-
TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha
3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión
administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SE-
CRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001367 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA DE COORDINACION PO-
LITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA
Código de Control: 0000018082
Listado de Contrataciones
N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 GONZALEZ FARRONI CLAUDIO RODRIGO D.N.I. 27516181 B1 01/10/2012 31/12/2012 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472945F#
#I4472618I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 641/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo
Rural y Agricultura Familiar.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0501852/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con-
tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre-
sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO
RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su
eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Artículo 4°, inciso a) del Anexo de la citada Ley Nº 25.164 establece como requisito
para el ingreso a la Administración Pública Nacional la nacionalidad argentina.
Que el citado Artículo 4°, inciso a) dispone que el señor Jefe de Gabinete de Ministros
podrá exceptuar del cumplimiento del aludido requisito mediante fundamentación precisa
y circunstanciada de la jurisdicción solicitante.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que resulta necesario entonces, exceptuar a la persona detallada en el Anexo que forma
parte integrante de la presente medida, del aludido requisito de la nacionalidad.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que, asimismo, dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que
se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que
forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II)
del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar
su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces dar por exceptuada a la persona propuesta de lo estable-
cido en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel D.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100,
inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el Artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y por el último párrafo del
Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuado al agente Don Ilde Brando ZEPEDA (M.I. Nº 94.552.295),
del requisito de ser argentino nativo, por opción o naturalizado, establecido en el Artículo 4°, inciso
a) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y de las restric-
ciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha
8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colecti-
vo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el
Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del
Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 6
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRI-
CULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
FAMILIAR
Código de Control: 0000018713
Listado de Contrataciones
N° Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 ZEPEDA ILDE BRANDO D.N.I. 94552295 D0 01/12/2012 31/12/2012 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472618F#
#I4472619I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 642/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Gana-
dería y Pesca.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0367816/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con-
tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre-
sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco
de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al
ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTU-
RA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz
desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo l del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-
ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-
quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu-
los 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica-
ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución
Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado
contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus
modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo
de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del
Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001214 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
Código de Control: 0000018114
Listado de Contrataciones
Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 GROSSO LUCIANO D.N.I. 26686483 B1 01/10/2012 31/12/2012 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472619F#
#I4472620I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 643/2013
Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0381539/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros, 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra-
tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regula-
ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la
SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRE-
TARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y cumplimentar su labor, asegurando
de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002 establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-
ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 7
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-
quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto Nº 1421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001378 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE
VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS
Código de Control: 0000018090
Listado de Contrataciones
Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 HORN CARLOS FEDERICO DNI 23424796 B2 01/09/2012 31/12/2012 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472620F#
#I4472621I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 644/2013
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0505512/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con-
tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre-
sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su
labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-
ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-
quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-
CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu-
los 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica-
ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución
Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado
contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus
modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo
de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-
to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-
NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA
Código de Control: 0000019510
Listado de Contrataciones
Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.
1 ESQUIVEL SABRINA IVANNA D.N.I. 28077257 B0 01/02/2013 31/12/2013 1 1 100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52
#F4472621F#
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 8
#I4472623I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 646/2013
Dase por autorizada contratación.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº 1.591/13 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164,
los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003
y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa
Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº 48 de fecha 30
de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público
Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio
Civil de la Nación.
Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos
para el acceso al Nivel Escalafonario E.
Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso
de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir
funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual
se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará
la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación
fundada en la que se deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE EDUCACION, es de vital importancia la contratación de la agente
Sandra Elizabeth BLANCO para asegurar la consecución de los objetivos de la men-
cionada Jurisdicción.
Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada agente en los términos del artícu-
lo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164, corresponde exceptuarla de lo dispuesto por el punto
II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCA-
CION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo
100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9° del
Anexo I del Decreto Nº 1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional Nº 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el
período comprendido entre el 1° de febrero de 2013 y el 30 de abril de 2013, a la agente Sandra Eli-
zabeth BLANCO (DNI Nº 22.456.575) con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo
9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Ni-
vel Escalafonario E - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-
CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.
#F4472623F#
#I4472622I#
PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 645/2013
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el Ejercicio 2013.
Bs. As., 23/8/2013
VISTO el Expediente Nº S04:0005123/2013 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-
CHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.784 aprobatoria del Presupuesto de la Administración
Pública Nacional para el ejercicio 2013, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, el
Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Subsecretario de Coordinación del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-
CHOS HUMANOS solicita el traslado, a un cargo vacante financiado de igual nivel
escalafonario, de la señora Olga Griselda RAMOS (D.N.I. Nº 17.034.911), quien revista
en un cargo Nivel B - Grado 7, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-
BLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS dependien-
te de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que dicha solicitud se fundamenta en que la referida agente posee un perfil que responde
a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.
Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la señora
Olga Griselda RAMOS, quien ha prestado su conformidad al respecto.
Que asimismo, y a fin de posibilitar el traslado de la agente mencionada precedentemen-
te, resulta necesario efectuar una compensación de cargos, de acuerdo a lo establecido
por el artículo 6° de la Ley Nº 26.784.
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 se dispuso la prohibición de cubrir los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha ley y los que se produzcan
con posterioridad.
Que asimismo dicho artículo autoriza al suscripto a disponer excepciones cuando existan
razones fundadas para ello.
Que resulta necesario proceder al descongelamiento del cargo vacante financiado
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a ocupar por la agente en
cuestión.
Que la presente medida encuadra en las previsiones del artículo 15, inciso b), punto II) del
Anexo I al Decreto Nº 1421/02 -traslados de personal-, reglamentario de la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que han tomado intervención los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los
organismos involucrados.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6° y 7° de la Ley Nº 26.784.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 - MINISTE-
RIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle
obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2° — Trasládase a la agente la señora Olga Griselda RAMOS (D.N.I. Nº 17.034.911),
quien revista en un cargo Nivel B - Grado 7, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº  2098/08, de la planta permanente de la
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE
Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a un
cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario de la planta permanente de la SUBSE-
CRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 3° — Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibi-
ción contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, a los efectos de posibilitar el traslado dispuesto
por el artículo 2° de la presente.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente en la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-
vese. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak.
Planilla anexa al artículo 1°
PRESUPUESTO 2013
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS
PERSONAL PERMANENTE
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios
Nivel F -1
Nivel B +1
Subtotal Escalafón 0
TOTAL PROGRAMA 0
#F4472622F#
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 9
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 10
RESOLUCIONES
#I4473164I#
Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 850/2013
Declárase de Interés Nacional al XX Con-
greso Crea “Tu ADN entra en Acción”.
Bs. As., 26/8/2013
VISTO la Nota DPG Nº 1124/2013 de la SECRE-
TARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACION por la cual tramita la solicitud
de la ASOCIACION ARGENTINA DE CON-
SORCIOS REGIONALES DE EXPERIMEN-
TACION AGRICOLA para declarar de Inte-
rés Nacional el XX CONGRESO CREA “TU
ADN entra en Acción”, y
CONSIDERANDO:
Que la ASOCIACION ARGENTINA DE CON-
SORCIOS REGIONALES DE EXPERIMENTA-
CION AGRICOLA es una asociación civil sin
fines de lucro cuyo objeto es poner en común
las experiencias individuales y los factores
intelectuales de los productores agrícolas
asociados con el fin de conservar el suelo y
mejorar la calidad de la producción agrícola.
Que la institución organizadora fue funda-
da hace más de 50 años y organiza con-
gresos de similares características cada
3 años, alcanzando los mismos una gran
repercusión nacional.
Que el dictado de la presente medida es
impulsado por el MINISTERIO DE AGRI-
CULTURA, GANADERIA y PESCA.
Que por su trascendencia e importancia, el
evento en cuestión es meritorio de la decla-
ración de interés nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme
a las facultades conferidas por el artículo
2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modifi-
catorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de interés nacional al
XX CONGRESO CREA “TU ADN entra en Ac-
ción”, que se llevará a cabo del 4 al 6 de sep-
tiembre de 2013, en la Provincia de Córdoba.
Art. 2° — La declaración otorgada por el ar-
tículo 1° del presente acto administrativo no ge-
nerará ninguna erogación presupuestaria para
la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL
- PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuní-
quese, dése a la Dirección Nacional del Regis-
tro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
#F4473164F#
#I4473166I#
Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 851/2013
Declárase de Interés Nacional el “XI Con-
greso Internacional de Innovación Tecno-
lógica Informática - CIITI 2013”.
Bs. As., 26/8/2013
VISTO el Exp. Nº 164407-13-2 de la SECRE-
TARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACION por el cual tramita la solici-
tud de la UNIVERSIDAD ABIERTA INTE-
RAMERICANA, para declarar de Interés
Nacional el “XI Congreso Internacional
de Innovación Tecnológica Informática -
CIITI 2013”, y
CONSIDERANDO:
Que la UNIVERSIDAD ABIERTA INTERA-
MERICANA es una institución universita-
ria privada, persona jurídica de derecho
privado, sin fines de lucro, con perso-
nería jurídica vigente, de larga y vasta
trayectoria en la educación superior del
país.
Que el propósito del congreso es analizar y
reflexionar sobre “ser digital” y el trascen-
der en las acciones cotidianas a través del
uso de tecnologías emergentes en una so-
ciedad moderna e inclusiva.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNA-
CIONAL Y CULTO ha tomado la inter-
vención correspondiente, prestando
su conformidad al dictado del presente
acto administrativo.
Que por su trascendencia e importancia, el
evento en cuestión es meritorio de la decla-
ración de interés nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme
a las facultades conferidas por el artículo
2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modifi-
catorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de interés nacional
el “XI Congreso Internacional de Innovación
Tecnológica Informática - CIITI 2013”, que se
realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y en la Ciudad de Rosario, los días 27
de septiembre y 7 de noviembre, respecti-
vamente.
Art. 2° — La declaración otorgada por el ar-
tículo 1° del presente acto administrativo no ge-
nerará ninguna erogación presupuestaria para
la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL
- PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuní-
quese, dése a la Dirección Nacional del Regis-
tro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
#F4473166F#
Que a través del artículo 75 inc. 22 de la CONSTITUCION NACIONAL, la REPUBLICA AR-
GENTINA ha incorporado dentro de su plexo constitucional el derecho a la salud a través
de disposiciones tales como los artículos 25 de la Declaración Universal de Derechos Hu-
manos, 16 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, 12 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 23 incisos 3 y 4, 24, 25, 26,
27, 32 y 39 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 10 h), 11.1 e) y f), 11.2, 12, 14
b) y c), y 16 e) de la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, y 5 e.iv) de la Convención Internacional para la Eliminación
de Todas las Formas de Discriminación Racial.
Que a su vez la REPUBLICA ARGENTINA ha depositado el documentado de ratificación
del Protocolo de San Salvador el 23 de octubre de 2003 y con ello se ha obligado a ga-
rantizar a toda persona el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social.
Que las últimas estimaciones informan que en nuestro país viven 130.000 personas con
VIH de las cuales el 40% desconocen su serología. Las cifras de diagnósticos tardíos,
obtenidas de las notificaciones, reportan un 25,3 de diagnósticos tardíos en el año 2010,
correspondiendo un 29,5% a varones y un 17,3% a mujeres.
Que en función de ello nace la necesidad de crear alternativas para facilitar el acceso al
diagnóstico del VIH y otras ITS atendiendo al principio constitucional del derecho a la salud;
Que ONUSIDA/OMS propone como estrategia 2011-2015 “Llegar a 0”. La misma incluye
entre sus objetivos reducir a la mitad la transmisión sexual y acabar con la transmisión
vertical del VIH.
Que la estrategia “Tratamiento 2.0” promovida por OPS/OMS incluye como uno de sus
pilares fundamentales el acceso oportuno al diagnóstico debido al impacto, en términos in-
dividuales y comunitarios, en la disminución de la morbimortalidad y la transmisión del VIH.
Que las recomendaciones internacionales establecen que la información sobre la tasa de
infección por el VIH en pacientes con tuberculosis es esencial para responder al compro-
miso de prestar atención y apoyo integral a la infección por el VIH y al SIDA, incluido el tra-
tamiento antirretroviral (ARV), en los pacientes con tuberculosis y seropositivos para el VIH
y por ello que la prueba de detección del VIH que es el punto de acceso al tratamiento ARV.
Que el acceso al diagnóstico oportuno es un factor determinante para la mejor respuesta
al tratamiento de la infección por VIH, resultando en una mejoría en la sobrevida del pa-
ciente; y que el tratamiento antirretroviral con el objetivo de lograr carga viral indetectable,
disminuye la transmisión del virus.
Que es necesario crear alternativas para la ampliación del acceso al diagnóstico de la in-
fección por VIH y otras ITS en concordancia con los principios de universalidad, equidad
e integridad en el acceso a la salud integral de las personas.
Que el conocimiento del estado serológico de las personas infectadas por el VIH y otras
ITS es fundamental para el cuidado de su salud y para la prevención de nuevas infecciones.
Que la implementación del test rápido colabora en el proceso de descentralización nece-
sario para brindar una mejor respuesta a la epidemia de VIH/SIDA, ya que no requiere de
tecnología pesada o de alta complejidad y por ello puede ser realizado en espacios del
primer nivel de atención e incluso en espacios comunitarios.
Que la utilización de test rápidos para VIH y otras ITS es una oportunidad para mejorar el acce-
so, con gran rendimiento en cuanto a su costo/efectividad y menores oportunidades perdidas.
Que la expansión del acceso a las pruebas diagnósticas mejora el acceso universal a la
prevención y atención del VIH y otras ITS.
Que la estrategia 2.0, promovida por OPS/OMS, plantea el acceso oportuno al diagnósti-
co y tiene impacto en términos individuales y comunitarios por disminuir la morbimortali-
dad y la transmisión del VIH.
Que la utilización de test rápidos cuenta con una amplia experiencia en los hospitales
públicos del país, donde están siendo utilizados en parturientas sin controles prenatales,
en caso de accidentes ocupacionales y en situaciones de violencia sexual, entre otros.
Que la importancia del diagnostico oportuno de los individuos con la finalidad de comenzar
tempranamente el seguimiento y/o tratamiento que posibilite una mejor calidad de vida;
Que el conocimiento del diagnóstico de VIH y otras ITS por parte de la persona infectada,
es fundamental para su mejor protección y adopción de prácticas de cuidado, y para el
control de la infección y la diseminación del virus;
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS, la SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS avalan la aprobación de los algoritmos
para la realización del diagnóstico de VIH.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de
su competencia;
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 Ter. Inc. 12
y 37 de la Ley de Ministerios T.O. Dto. 438/92 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse las RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACION DE TEST
RAPIDOS EN EL DIAGNOSTICO DE VIH Y OTRAS ITS, de acuerdo al ANEXO I que forma parte
integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Promuévase el uso del test rápido para el diagnóstico de la infección de VIH y otras
ITS conforme lo dispuesto en el ANEXO I de esta resolución y según los algoritmos vigentes.
Art. 3° — Establécese que todos los reactivos utilizados para el diagnóstico de la infección de
VIH deben ser oportunamente aprobados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMEN-
TOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), dependiente de este Ministerio.
Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro
Oficial. Cumplido, archívese. — Juan L. Manzur.
#I4473296I#
Ministerio de Salud
SALUD PUBLICA
Resolución 1340/2013
Recomendaciones para la implementación de Test rápidos en el diagnóstico de VIH y
otras ITS.
Bs. As., 27/8/2013
VISTO, el expediente Nº 1-2002-8692/13-2 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que nuestro país ha sancionado la Ley Nº 26.529 de los derechos del paciente, que tiende
a garantizar entre otros derechos el derecho a una asistencia integral y digna de la salud.
Viernes 30 de agosto de 2013	 Primera Sección	 BOLETIN OFICIAL Nº 32.712	 11
ANEXO I
RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACION
DE TEST RAPIDOS EN EL DIAGNOSTICO DE VIH Y OTRAS ITS
En los últimos años, los tests rápidos (TR) han ganado importancia en el diagnóstico de la
infección por VIH y otras ITS. En el caso de los TR para VIH, su sensibilidad y especificidad es
comparable con las pruebas convencionales basadas en EIE y western blot. Estos ensayos están
basados en técnicas de inmunodot, aglutinación, inmunocromatografía. Dichos test pueden ser
utilizados en sangre entera, suero o plasma, mostrando igual sensibilidad y especificidad en cual-
quiera de los tres tipos de muestras. La mayoría de estos TR pueden ser realizados dentro de los
30 minutos.
Sobre el proceso diagnóstico
- Se deben utilizar tests rápidos validados por la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
- Las instituciones que utilicen test rápidos deberán desarrollar los procesos de capacitación
a los equipos de salud, necesarios y pertinentes para la correcta implementación de la técnica
rápida a ser utilizada, conforme las recomendaciones, que oportunamente emita el Ministerio de
Salud de la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y Hepatitis Virales.
- Los equipos de salud que utilicen test rápidos deberán desarrollar los controles de
calidad del proceso diagnóstico conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud de
la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y Hepatitis Virales, debiendo estar bajo la
supervisión de un profesional bioquímico todo el proceso de capacitación, monitoreo y con-
trol de calidad.
- Las muestras deberán ser recolectadas de acuerdo con las instrucciones del fabricante del
Kit diagnóstico.
- La persona que se realiza el test deberá recibir asesoramiento pre y post test conforme las
recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y
Hepatitis Virales, debiendo firmar el correspondiente consentimiento informado.
- El test rápido deberá realizarse en el marco y de manera integrada al circuito diagnóstico
y asistencial local de modo tal de garantizar, en caso de ser necesario, la solicitud de turnos, ex-
tracción de sangre, traslado de la muestra y la derivación a médico tratante para realizar la confir-
mación diagnóstica de acuerdo al algoritmo vigente al momento. Es necesario tener previamente
armado los sistemas de derivación pertinentes.
Sobre la realización del Test Rápido
El tamizaje debe ser realizado con tests rápidos capaces de detectar anticuerpos anti-HIV 1,
incluyendo el grupo O y anticuerpos anti-HIV 2.
ALGORITMO 1. TAMIZAJE CON UNICO TEST RAPIDO
La muestra con resultado NEGATIVO en TR será definida como “MUESTRA NEGATIVA PARA
VIH”.
Se emitirá un informe con el resultado que incluya la siguiente información: “En caso de identi-
ficar alguna situación de riesgo durante al menos los 30 días anteriores al momento de realización
de la prueba, o persistencia de sospecha de infección por VIH, un nuevo test deberá ser realizado
después de pasados 30 días de la fecha de realización del tests”.
La muestra con resultado POSITIVO será definida como “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR
PARA VIH” y se procederá a la recolección de una nueva muestra con punción venosa para la
realización de la confirmación diagnóstica de acuerdo al algoritmo vigente”.
Se emitirá un informe con el resultado, “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR PARA VIH “, des-
tacando su carácter preliminar e indicando la realización de nuevos estudios.
En el caso de que el resultado sea inválido, es necesario repetir el test con el mismo
Kit diagnóstico, si fuera posible con un lote distinto al utilizado inicialmente. De persistir el
resultado invalido se deberá recolectar una nueva muestra con punción venosa y someterla
a los procedimientos de tamizaje convencionales. En este caso no se emite informe con los
resultados.
ALGORITMO 2. TAMIZAJE CON DOS TESTS RAPIDOS COMBINADOS EN SERIE
La muestra con resultado NEGATIVO en Test Rápido será definida como “MUESTRA NEGA-
TIVA PARA VIH”
El informe de resultado deberá incluir, además del resultado, la siguiente información “En caso
de identificar alguna situación de riesgo durante al menos los 30 días anteriores al momento de
realización de la prueba, o persistencia de sospecha de infección por VIH, un nuevo test deberá
ser realizado después de pasados 30 días de la fecha de realización del tests”.
La muestra con resultado POSITIVO en el Test Rápido 1 deberá ser sometida al Test Rápido 2.
Las muestras con resultados POSITIVO para 1 y 2 tendrá un resultado definido como “MUESTRA
POSITIVA PRESUNTIVA PARA VIH” y se procederá a la recolección de una nueva muestra con pun-
ción venosa para la confirmación del diagnóstico conjuntamente con la derivación al médico tratante.
Se emitirá un informe con el resultado que informando “MUESTRA POSITIVA PRESUNTIVA
PARA VIH”, la necesidad de confirmación del resultado. Paralelamente se debe realizar la deriva-
ción al médico tratante.
Las muestras con resultados discordantes entre TR1 y TR2 no tendrán resultado definido. En
ese caso será necesaria la recolección de una nueva muestra con punción venosa y sometida a los
procedimientos diagnósticos confirmatorios. En este caso no se emite informe con los resultados.
En el caso de que el resultado de TR1 y/o TR2 sea inválido, es necesario repetir el test con el
mismo Kit diagnóstico, si fuera posible con un lote distinto al utilizado inicialmente. De persistir el
resultado invalido se deberá recolectar una nueva muestra con punción venosa y someterla a los
procedimientos de tamizaje convencionales. En este caso no se emite informe con los resultados.
Sobre el informe del resultado
En el informe de resultados realizado por un test rápido deberá constar:
1. Lugar y fecha de la realización del estudio
2. La interpretación final del resultado que podrá ser: “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR
PARA VIH” o “MUESTRA NEGATIVA PARA VIH”, “MUESTRA POSITIVA PRESUNTIVA PARA VIH” o
“MUESTRA NEGATIVA PARA VIH”.
3. El informe deberá estar en consonancia con las normativas vigentes al respecto.
#F4473296F#
#I4474033I#
Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3525
Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 1242/2013. Rentas del Trabajo Personal en relación
de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolu-
ción General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias. Norma Complementaria.
Bs. As., 29/8/2013
VISTO el Decreto Nº 1.242 de fecha 27 de agosto de 2013 y la Resolución General Nº 2.437, sus
modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el citado decreto dispuso el incremento de la deducción especial establecida en el
inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n
2013083001 n

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdf
Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdfCompendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdf
Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdfMaximoMiguelllanosBa
 
Ikuskerak 8 - Osagintza / Sanidad
Ikuskerak 8 -  Osagintza / SanidadIkuskerak 8 -  Osagintza / Sanidad
Ikuskerak 8 - Osagintza / SanidadIrekia - EJGV
 
Plan desarrollo-2012-2015
Plan desarrollo-2012-2015Plan desarrollo-2012-2015
Plan desarrollo-2012-2015deisy carvajal
 
La gaceta nº 102
La gaceta nº 102La gaceta nº 102
La gaceta nº 102Facebook
 
Informe 2011 defensor pueblo_andaluz
Informe 2011 defensor pueblo_andaluzInforme 2011 defensor pueblo_andaluz
Informe 2011 defensor pueblo_andaluzcosasdeandalucia
 
Baixo sul (versão book ag)
Baixo sul (versão book ag)Baixo sul (versão book ag)
Baixo sul (versão book ag)Agência Social
 
Dec1810 13
Dec1810 13Dec1810 13
Dec1810 13EPRE
 
Documento exclusivo
Documento exclusivoDocumento exclusivo
Documento exclusivokgorria
 
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisis
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisisIkuskerak 7 - Krisia / La crisis
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisisIrekia - EJGV
 
Resolución 3550
Resolución 3550 Resolución 3550
Resolución 3550 radiobrisas
 
Expresso cidadão resultado
Expresso cidadão resultadoExpresso cidadão resultado
Expresso cidadão resultadoemanuelomena
 
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutor
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutorActa de entrega de obra del núcleo ejecutor
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutorPAZESCARCENAESCOBAR
 
Nueva proposicion no de ley sobre la ttf
Nueva proposicion no de ley sobre la ttfNueva proposicion no de ley sobre la ttf
Nueva proposicion no de ley sobre la ttfManfredNolte
 

La actualidad más candente (19)

Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdf
Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdfCompendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdf
Compendio_Normativo_Minero_Metalurgico_SENARECOM.pdf
 
Ikuskerak 8 - Osagintza / Sanidad
Ikuskerak 8 -  Osagintza / SanidadIkuskerak 8 -  Osagintza / Sanidad
Ikuskerak 8 - Osagintza / Sanidad
 
Plan desarrollo-2012-2015
Plan desarrollo-2012-2015Plan desarrollo-2012-2015
Plan desarrollo-2012-2015
 
La gaceta nº 102
La gaceta nº 102La gaceta nº 102
La gaceta nº 102
 
Informe 2011 defensor pueblo_andaluz
Informe 2011 defensor pueblo_andaluzInforme 2011 defensor pueblo_andaluz
Informe 2011 defensor pueblo_andaluz
 
Pecuaria completa 2013
Pecuaria completa 2013Pecuaria completa 2013
Pecuaria completa 2013
 
Baixo sul (versão book ag)
Baixo sul (versão book ag)Baixo sul (versão book ag)
Baixo sul (versão book ag)
 
Dec1810 13
Dec1810 13Dec1810 13
Dec1810 13
 
Atlas del Municipio de La Paz
Atlas del Municipio de La PazAtlas del Municipio de La Paz
Atlas del Municipio de La Paz
 
1c3 indice general
1c3 indice general1c3 indice general
1c3 indice general
 
Documento exclusivo
Documento exclusivoDocumento exclusivo
Documento exclusivo
 
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisis
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisisIkuskerak 7 - Krisia / La crisis
Ikuskerak 7 - Krisia / La crisis
 
Resolución 3550
Resolución 3550 Resolución 3550
Resolución 3550
 
Expresso cidadão resultado
Expresso cidadão resultadoExpresso cidadão resultado
Expresso cidadão resultado
 
Chota
ChotaChota
Chota
 
Codigo de-trabajo y sus-reformas
Codigo de-trabajo y sus-reformasCodigo de-trabajo y sus-reformas
Codigo de-trabajo y sus-reformas
 
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutor
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutorActa de entrega de obra del núcleo ejecutor
Acta de entrega de obra del núcleo ejecutor
 
Nueva proposicion no de ley sobre la ttf
Nueva proposicion no de ley sobre la ttfNueva proposicion no de ley sobre la ttf
Nueva proposicion no de ley sobre la ttf
 
2150o
2150o2150o
2150o
 

Destacado

DOCE HOMBRES SIN PIEDAD
DOCE HOMBRES SIN PIEDADDOCE HOMBRES SIN PIEDAD
DOCE HOMBRES SIN PIEDADgalitodq
 
Seminario 16 controles y fracasos
Seminario 16 controles y fracasosSeminario 16 controles y fracasos
Seminario 16 controles y fracasosSebastián Meneses
 
Elverdadero Rostrode Dios
Elverdadero Rostrode DiosElverdadero Rostrode Dios
Elverdadero Rostrode Diosadonaldo
 
Redes MAN
Redes MANRedes MAN
Redes MANAmyPit
 
Seminario n° 8 Lesiones Cervicales
Seminario n° 8   Lesiones CervicalesSeminario n° 8   Lesiones Cervicales
Seminario n° 8 Lesiones CervicalesSebastián Meneses
 
Manual modulo de registro de fichas catastrales
Manual modulo de registro de fichas catastrales Manual modulo de registro de fichas catastrales
Manual modulo de registro de fichas catastrales Glenan Gora Porras
 
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und Achtsamkeit
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und AchtsamkeitEin Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und Achtsamkeit
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und AchtsamkeitWolfgang Lugmayr
 
Newsletter wipp aug13
Newsletter wipp aug13Newsletter wipp aug13
Newsletter wipp aug13StudioInhalte
 
Ejercicios 2 operadores
Ejercicios 2 operadoresEjercicios 2 operadores
Ejercicios 2 operadoresEdgar0622
 
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)PHINEO gemeinnützige AG
 
Clase de la segunda ley de newton.
Clase  de la segunda ley de newton.Clase  de la segunda ley de newton.
Clase de la segunda ley de newton.Jose Rueda
 
La transformación de una ciudad turismo
La transformación de una ciudad turismoLa transformación de una ciudad turismo
La transformación de una ciudad turismoPepe Sánchez Vigara
 

Destacado (20)

DOCE HOMBRES SIN PIEDAD
DOCE HOMBRES SIN PIEDADDOCE HOMBRES SIN PIEDAD
DOCE HOMBRES SIN PIEDAD
 
Seminario 16 controles y fracasos
Seminario 16 controles y fracasosSeminario 16 controles y fracasos
Seminario 16 controles y fracasos
 
Señales
SeñalesSeñales
Señales
 
Trabajo 5
Trabajo 5Trabajo 5
Trabajo 5
 
Resumen Mariela Gomez Urban
Resumen Mariela Gomez UrbanResumen Mariela Gomez Urban
Resumen Mariela Gomez Urban
 
Elverdadero Rostrode Dios
Elverdadero Rostrode DiosElverdadero Rostrode Dios
Elverdadero Rostrode Dios
 
Web quest grupo 6
Web quest grupo 6Web quest grupo 6
Web quest grupo 6
 
Redes MAN
Redes MANRedes MAN
Redes MAN
 
Estructuras
EstructurasEstructuras
Estructuras
 
Seminario n° 8 Lesiones Cervicales
Seminario n° 8   Lesiones CervicalesSeminario n° 8   Lesiones Cervicales
Seminario n° 8 Lesiones Cervicales
 
Sichere IT-Systeme
Sichere IT-SystemeSichere IT-Systeme
Sichere IT-Systeme
 
Manual modulo de registro de fichas catastrales
Manual modulo de registro de fichas catastrales Manual modulo de registro de fichas catastrales
Manual modulo de registro de fichas catastrales
 
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und Achtsamkeit
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und AchtsamkeitEin Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und Achtsamkeit
Ein Leben in Fülle - Workshops2016 - Meditation und Achtsamkeit
 
Newsletter wipp aug13
Newsletter wipp aug13Newsletter wipp aug13
Newsletter wipp aug13
 
Ejercicios 2 operadores
Ejercicios 2 operadoresEjercicios 2 operadores
Ejercicios 2 operadores
 
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)
Wirkungstransparenz bei Spendenorganisationen (2014)
 
Schweiz
SchweizSchweiz
Schweiz
 
Clase de la segunda ley de newton.
Clase  de la segunda ley de newton.Clase  de la segunda ley de newton.
Clase de la segunda ley de newton.
 
SCREENSHOTS
SCREENSHOTSSCREENSHOTS
SCREENSHOTS
 
La transformación de una ciudad turismo
La transformación de una ciudad turismoLa transformación de una ciudad turismo
La transformación de una ciudad turismo
 

Similar a 2013083001 n

106576 conceptos materia 32 0-0
106576 conceptos materia 32 0-0106576 conceptos materia 32 0-0
106576 conceptos materia 32 0-0Luis Villa
 
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP UBICIVIS
 
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdf
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdfDECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdf
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdfbaizan1961
 
Dec2017 13
Dec2017 13Dec2017 13
Dec2017 13EPRE
 
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdf
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdfBORA 28 Abril 2022 (primera).pdf
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdfJohnJames185802
 
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite no
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite noLey orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite no
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite noOjoAsambleaEc
 
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...TeresaMurillo3
 
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdfBoletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdfEnlaceswebs
 
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010Observacom
 
Boletin_Convocatorias Empleo público
Boletin_Convocatorias Empleo públicoBoletin_Convocatorias Empleo público
Boletin_Convocatorias Empleo públicoEnlaceswebs
 
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...Rocío Valarezo
 
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009 publ junio 2010 seg
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009  publ junio 2010 segManual de organizacion del sector publico de panama 2009  publ junio 2010 seg
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009 publ junio 2010 segnarcisa jaen
 
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdfBoletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdfEnlaceswebs
 
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la Renta
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la RentaDecreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la Renta
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la RentaMiguel A. C. Sánchez
 
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGR
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGRLey Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGR
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGRNelson Leiva®
 
Situación actual sector artesanal en Ecuador
Situación actual sector artesanal en EcuadorSituación actual sector artesanal en Ecuador
Situación actual sector artesanal en EcuadorPymenetwork
 

Similar a 2013083001 n (20)

106576 conceptos materia 32 0-0
106576 conceptos materia 32 0-0106576 conceptos materia 32 0-0
106576 conceptos materia 32 0-0
 
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP
Resumen Ejecutivo - Comisión Expertos Reforma AAPP
 
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdf
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdfDECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdf
DECLARACION-CONJUNTO-HISTORICO-ARNAO.pdf
 
Boletin chubut dec. 1805 14 convocatoria
Boletin chubut dec. 1805 14 convocatoriaBoletin chubut dec. 1805 14 convocatoria
Boletin chubut dec. 1805 14 convocatoria
 
Dec2017 13
Dec2017 13Dec2017 13
Dec2017 13
 
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdf
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdfBORA 28 Abril 2022 (primera).pdf
BORA 28 Abril 2022 (primera).pdf
 
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite no
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite noLey orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite no
Ley orgánica de incentivos para el sector productivo (trámite no
 
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...
Diario oficial 21-diciembre-2013-reg para el control de misiones oficiales re...
 
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdfBoletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_31Octubre.pdf
 
Blod idee
Blod ideeBlod idee
Blod idee
 
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010
ARGENTINA: Plataforma nacional de TDT - Decreto N°364 - 2010
 
Ley lepina
Ley lepinaLey lepina
Ley lepina
 
Boletin_Convocatorias Empleo público
Boletin_Convocatorias Empleo públicoBoletin_Convocatorias Empleo público
Boletin_Convocatorias Empleo público
 
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...
Ley reformatoria a la ley de legalización de terrenos a favor de los moradore...
 
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009 publ junio 2010 seg
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009  publ junio 2010 segManual de organizacion del sector publico de panama 2009  publ junio 2010 seg
Manual de organizacion del sector publico de panama 2009 publ junio 2010 seg
 
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdfBoletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdf
Boletin_Convocatorias_Empleo_03Enero.pdf
 
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la Renta
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la RentaDecreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la Renta
Decreto 216: Tabla de retención del Impuesto Sobre la Renta
 
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGR
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGRLey Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGR
Ley Nº 20.766 Autoriza Toma y Registro Electrónico CGR
 
Jubilados
JubiladosJubilados
Jubilados
 
Situación actual sector artesanal en Ecuador
Situación actual sector artesanal en EcuadorSituación actual sector artesanal en Ecuador
Situación actual sector artesanal en Ecuador
 

2013083001 n

  • 1. PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas Precio $ 3,00 Buenos Aires, viernes 30 de agosto de 2013 Año CXXI Número 32.712 Pág. Continúa en página 2 DECRETOS COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL Decreto 1228/2013 Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento “125° sesión del Comité Olímpico Inter- nacional”..................................................................................................................................... 1 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 1263/2013 Desígnase el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Río Gallegos de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la Secretaría de Empleo.......................................................... 2 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1219/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección de Dictámenes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable..................................... 2 Decreto 1220/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria de la Subsecretaría de Evaluación del Presupuesto Nacional de la Secretaría de Evaluación Presu- puestaria..................................................................................................................................... 3 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1217/2013 Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Comercio Exterior....................................... 3 MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 1218/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección de Acreditación de Carreras de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria..................................................................... 3 FE DE ERRATAS Decreto 1242/2013..................................................................................................................... 4 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 647/2013 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. 4 Decisión Administrativa 650/2013 Contratación en la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria.. 4 Decisión Administrativa 641/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar...................................................................................................................... 5 Decisión Administrativa 642/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca........................................................................................................................................... 6 Decisión Administrativa 643/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca..................................................................................................... 6 Decisión Administrativa 644/2013 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. 7 Primera Sección Sumario DECRETOS #I4473987I# COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL Decreto 1228/2013 Exímese del pago del derecho de importa- ción y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento “125° sesión del Comité Olímpico Internacional”. Bs. As., 26/8/2013 VISTO el Expediente Nº  S01:0125635/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECO- NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que el COMITE OLIMPICO ARGENTINO (C.U.I.T. Nº  30-53776976-5), solicita la exención del pago del derecho de im- portación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los fo- lletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos e indumentaria deportiva, origi- narios y procedentes de los países parti- cipantes en el evento “125° SESION DEL COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL”, a realizarse en las instalaciones del Hotel Hilton de la Ciudad Autónoma de Bue- nos Aires (REPUBLICA ARGENTINA), del 3 al 11 de septiembre de 2013. Que la realización de esta muestra pro- mueve el intercambio cultural de nuestro país con los demás países participantes. Que los folletos impresos, material publi- citario, afiches, otras formas de propagan- da, regalos e indumentaria deportiva que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera oportuno autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIEN- TOS TREINTA Y SEIS (U$S 217.236), con carácter de excepción. Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5°, inciso s) de la Ley Nº  20.545 incor- porado por la Ley Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4° de la Ley Nº 22.792. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Exímese del pago de los de- rechos de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y com- probación de destino, que gravan la importa- ción para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos e indumentaria de- portiva, originarios y procedentes de los paí- ses participantes en el evento “125° SESION DEL COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL”, a realizarse en las instalaciones del Hotel Hilton de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (REPUBLICA ARGENTINA), del 3 al 11 de septiembre de 2013, para su exhibición, promoción y/u obsequio en la mencionada sesión, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS DIECI- SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS (U$S 217.236), con carácter de excepción, tomando como base de cálculo valores FOB. Art. 2° — Instrúyese a la ADMINISTRA- CION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTE- RIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a que practique los controles pertinentes en el Comité referenciado, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1° del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley Nº 20.545. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. #F4473987F#
  • 2. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 2 Pág. MINISTERIO DE EDUCACION Decisión Administrativa 646/2013 Dase por autorizada contratación................................................................................................. 8 PRESUPUESTO Decisión Administrativa 645/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el Ejercicio 2013............................ 8 RESOLUCIONES ADHESIONES OFICIALES Resolución 850/2013-SG Declárase de Interés Nacional al XX Congreso Crea “Tu ADN entra en Acción”............................. 10 Resolución 851/2013-SG Declárase de Interés Nacional el “XI Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informá- tica - CIITI 2013”......................................................................................................................... 10 SALUD PUBLICA Resolución 1340/2013-MS Recomendaciones para la implementación de Test rápidos en el diagnóstico de VIH y otras ITS... 10 IMPUESTOS Resolución General 3525-AFIP Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 1242/2013. Rentas del Trabajo Personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias. Norma Complementaria................................... 11 CONCURSOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 12 AVISOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ 17 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................. 17 Anteriores.................................................................................................................................... 50 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 51 #I4473990I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 1263/2013 Desígnase el Gerente de Empleo y Capa- citación Laboral Río Gallegos de la Direc- ción Nacional del Servicio Federal de Em- pleo de la Secretaría de Empleo. Bs. As., 28/8/2013 VISTO el Expediente Nº  1.559.033/13 del Re- gistro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº  26.784, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administra- tiva Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 1.437 del 7 de diciembre de 2007, 260 del 18 de marzo de 2011 y 100 del 27 de enero de 2012, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre- supuesto General de la Administración Na- cional para el Ejercicio 2013. Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asigna- ción de funciones, promoción y reincor- poración de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des- centralizada, en cargos de planta perma- nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a pro- puesta de la Jurisdicción correspondiente. Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdiccio- nes y Entidades de la Administración Na- cional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.784, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PO- DER EJECUTIVO NACIONAL, en su carác- ter de responsable político de la Adminis- tración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL. Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel ope- rativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EM- PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO- CIAL Nº 260 del 18 de marzo de 2011 se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de esa Cartera de Estado. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO- CIAL Nº  1.437/07, se aprobó la apertura a nivel departamental de la SECRETARIA DE EMPLEO de esa Cartera de Estado, de conformidad con los Organigramas, Ac- ciones y Dotaciones, que como Anexos I, II y III, forman parte integrante de dicha medida. Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO- CIAL Nº 100 del 27 de enero de 2012, se aprobaron las aperturas inferiores corres- pondientes a los niveles de departamento y división de la Dirección Nacional del Ser- vicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO de ese Ministe- rio, de acuerdo al Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, lb, II y III, respectivamente forman parte integrante de la misma; y se derogó la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE- GURIDAD SOCIAL Nº 1.437/07 en la parte pertinente a la mencionada dirección. Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRA- BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante el cargo de Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y Capacita- ción Laboral Río Gallegos de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la SECRETARIA DE EMPLEO. Que por la particular naturaleza de las ta- reas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándola, a tal efecto, de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 y de lo establecido en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO CO- LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). Que el Sr. Alejandro Gabriel CAPPA (M.I. Nº  13.713.385), reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra va- cante. Que por el Decreto Nº 2.098/08, se homo- logó el CONVENIO COLECTIVO DE TRA- BAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI- CO (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales me- diante el Acta Acuerdo de fecha 5 de sep- tiembre de 2008. Que el cargo involucrado deberá ser cu- bierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO CO- LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del pla- zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que el cargo aludido no constituye asigna- ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL. Que la Dirección General de Asuntos Jurí- dicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EM- PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artícu- lo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 2 de mayo de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Río Gallegos de la Direc- ción Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE- GURIDAD SOCIAL, al Sr. Alejandro Gabriel CA- PPA (M.I. Nº 13.713.385), con autorización ex- cepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NA- CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) apro- bado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRA- BAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto Nº  2098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo es- tablecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO COLEC- TIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSO- NAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decre- to Nº  2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu- puesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINIS- TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada. #F4473990F# #I4472949I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1219/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección de Dictámenes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Se- cretaría de Ambiente y Desarrollo Sus- tentable. Bs. As., 26/8/2013 VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM: Nº 0014454/2013 del Registro de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2047 de fecha 25 de octubre de 2012, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre- supuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013. Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no perma- nente, será efectuada por el PODER EJE- CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju- risdicción correspondiente. Que mediante el Decreto Nº 2047 de fecha 25 de octubre de 2012 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a la Doctora Da. Luciana FERRARI (D.N.I. Nº 27.677.513) como Coordinadora de Asesoramiento Le- gal de la DIRECCION DE DICTAMENES de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE AM- BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- TROS. Que resulta necesario efectuar una prórro- ga de la designación citada precedente- mente, por el término de CIENTO OCHEN- TA (180) días hábiles. Que el cargo aludido no constituye asigna- ción de recurso extraordinario alguno. Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y sus modificatorios, en su artícu- lo 6°, establece que los proyectos de de- creto que propicien designaciones, con- trataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la
  • 3. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 3 documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fe- cha 15 de marzo de 2002. Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra exceptuada de lo es- tablecido en el referido artículo 6° del De- creto Nº 601/02 y sus modificatorios, regla- mentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE- GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co- rrespondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIO- NAL y a tenor de lo normado por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 11 de abril de 2013, la designación transitoria efectuada por el Decreto Nº 2047 de fecha 25 de octubre de 2012, de la Doctora Da. Luciana FERRARI (D.N.I. Nº  27.677.513) en un cargo Nivel C - Grado 0, como Coordinadora de Asesoramiento Legal de la DIRECCION DE DICTAMENES de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIO- NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser Cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res- pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por De- creto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 11 de abril de 2013. Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº  26.784 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AM- BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER — Juan M. Abal Medina. #F4472949F# #I4472950I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1220/2013 Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Evaluación Presu- puestaria de la Subsecretaría de Evalua- ción del Presupuesto Nacional de la Se- cretaría de Evaluación Presupuestaria. Bs. As., 26/8/2013 VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM 0005337/2013 del Registro de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº  26.784, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 1626 del 6 de septiem- bre de 2012, y lo solicitado por la SUBSE- CRETARIA DE EVALUACION DEL PRESU- PUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre- supuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2013. Que mediante el Decreto Nº  1626 de fe- cha 6 de septiembre de 2012 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a la agente Da. Ivana Mariel ACOSTA en la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETA- RIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVA- LUACION PRESUPUESTARIA de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que el cargo aludido no constituye asigna- ción de recurso extraordinario alguno. Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra- ción Pública, centralizada y descentraliza- da, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decre- to que propicien designaciones, contra- taciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fe- cha 15 de marzo de 2002. Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo es- tablecido en el referido artículo 6° del De- creto Nº 601/02, y su modificatorio, regla- mentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN- TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE- GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co- rrespondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO- NAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi- les a partir del 6 de febrero de 2013, la desig- nación transitoria efectuada mediante el Decreto Nº 1626 del 6 de septiembre de 2012, de la agen- te Da. Ivana Mariel ACOSTA (DNI Nº 34.137.445) en un cargo Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NA- CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aproba- do por el Convenio Colectivo de Trabajo Secto- rial homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y sus modificatorios, como Analista Presupuestaria en la DIRECCION NA- CIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUES- TARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI- NISTROS, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítulo III, del Convenio citado precedentemente. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu- bierto conforme los requisitos y sistemas de se- lección vigentes según lo establecido, respec- tivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº  2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 6 de febrero de 2013. Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti- das específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. #F4472950F# #I4472650I# MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1217/2013 Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Comercio Exterior. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0352289/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de mar- zo de 2002, 1.480 de fecha 19 de octubre de 2006, 1.960 de fecha 13 de noviembre de 2008 y 1.396 de fecha 29 de septiembre de 2010, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentra- lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PO- DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que por el Decreto Nº 1.480 de fecha 19 de octubre de 2006, se designó con carácter transitorio al Ingeniero Civil Don Claudio Jorge LEVALLE (M.I. Nº  14.186.649) en el cargo de Coordinador del Area de Origen de Mercaderías de la ex SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMER- CIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EM- PRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que por los Decretos Nros. 1.960 de fecha 13 de noviembre de 2008 y 1.396 de fecha 29 de septiembre de 2010, se prorrogó la designación transitoria citada en el consi- derando precedente. Que en virtud de lo dispuesto por el Artícu- lo 11 del Decreto Nº 2.085 de fecha 7 de diciembre de 2011 se transfiere el Area de Origen de Mercaderías entonces depen- diente de la ex SUBSECRETARIA DE POLI- TICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SE- CRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA a la órbita de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTE- RIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que encontrándose cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria, conforme el proceso de se- lección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homolo- gado por el Decreto Nº  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, razones operativas hacen necesario prorrogar dicha designa- ción transitoria. Que el profesional al que se hace referen- cia en el presente decreto se encuentra actualmente desempeñándose en el cargo que fue designado transitoriamente. Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter- vención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO- NAL, y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del día 23 de junio de 2011 fecha de su ven- cimiento y por el término de CIENTO OCHEN- TA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria efectuada mediante el Decre- to Nº  1.480 de fecha 19 de octubre de 2006 y cuya última prórroga operó por el Decreto Nº 1.396 de fecha 29 de septiembre de 2010 del Ingeniero Civil Don Claudio Jorge LEVA- LLE (M.I. Nº 14.186.649), en un cargo Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Traba- jo Sectorial del Personal del referido Sistema, homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, como Coordinador del Area de Origen de Mercaderías dependien- te de la ex SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, actual SECRETARIA DE CO- MERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECO- NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu- bierto conforme los requisitos y sistemas de se- lección vigentes según lo establecido, respec- tivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU- BLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto. Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINIS- TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER — Juan M. Abal Medina — Hernán G. Lorenzino. #F4472650F# #I4472651I# MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 1218/2013 Dase por prorrogada designación en la Di- rección de Acreditación de Carreras de la Comisión Nacional de Evaluación y Acre- ditación Universitaria. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº 804-0929/10 del Regis- tro de la COMISION NACIONAL DE EVA- LUACION Y ACREDITACION UNIVERSITA- RIA (CONEAU) organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCA- CION y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.314 del 30 de diciembre de 2010, 1.713 del 24 de octubre de 2011 y 1.755 del 21 de septiembre de 2012, y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº  491/02 estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en éstos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuese su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO
  • 4. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 4 NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente. Que por el Decreto Nº 2.314/10 se cubrió el cargo de Coordinadora de Grado de la Dirección de Acreditación de Carreras en la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA depen- diente del MINISTERIO DE EDUCACION. Que en el artículo 2° del citado decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de se- lección previstos en el SISTEMA NACIO- NAL DE EMPLEO PUBLICO aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de septiem- bre de 2010. Que por el Decreto Nº 1.713/11 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por el Decreto Nº 1.755/12, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles. Que por razones operativas no ha sido po- sible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido. Que el cargo citado no constituye asigna- ción de recurso extraordinario alguno. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NA- CIONAL y 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 6 de noviembre de 2012, fecha de su ven- cimiento y por el término de CIENTO OCHEN- TA (180) días hábiles, la designación transi- toria efectuada en los términos del Decreto Nº  2.314/10 y prorrogada por sus similares Nros. 1.713/11 y 1.755/12, de la Magíster Ana Gloria FILIPPA (D.N.I. Nº 17.648.660) en el car- go de Coordinadora de Grado de la Dirección de Acreditación de Carreras (Nivel A Grado 0) en la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el corres- pondiente pago de la Función Ejecutiva IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Tra- bajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08. Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta- blecido respectivamente en los Títulos II, Capí- tulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho- mologado por el Decreto Nº 2.098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha establecida en el artículo 1°. Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu- puesto de la COMISION NACIONAL DE EVA- LUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER — Juan M. Abal Medina — Alberto E. Sileoni. #F4472651F# #I4474032I# — FE DE ERRATAS — Decreto 1242/2013 En la edición del Boletín Oficial Nº 32.710 del 28 de agosto de 2013, en la que se publicó el citado decreto, se deslizó el siguiente error: DONDEDICE:“ARTICULO4°.-Increméntanse las deducciones establecidas...” DEBE DECIR: “ARTICULO 4°.- Las deduc- ciones establecidas...” #F4474032F# DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I4472641I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 647/2013 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S05:0505511/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra- tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regula- ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun- ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re- quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. —Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA Código de Control: 0000019519 Listado de Contrataciones N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 LOPEZ OSORNIO MARIA EUGENIA D.N.I. 31351719 B0 01/02/2013 31/12/2013 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472641F# #I4472945I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 650/2013 Contratación en la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0365263/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
  • 5. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 5 CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra- tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regula- ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGRO- PECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio- nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re- quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS- TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SE- CRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001367 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA DE COORDINACION PO- LITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA Código de Control: 0000018082 Listado de Contrataciones N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 GONZALEZ FARRONI CLAUDIO RODRIGO D.N.I. 27516181 B1 01/10/2012 31/12/2012 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472945F# #I4472618I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 641/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0501852/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con- tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre- sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Artículo 4°, inciso a) del Anexo de la citada Ley Nº 25.164 establece como requisito para el ingreso a la Administración Pública Nacional la nacionalidad argentina. Que el citado Artículo 4°, inciso a) dispone que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar del cumplimiento del aludido requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción solicitante. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que resulta necesario entonces, exceptuar a la persona detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, del aludido requisito de la nacionalidad. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que, asimismo, dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces dar por exceptuada a la persona propuesta de lo estable- cido en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel D. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el Artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuado al agente Don Ilde Brando ZEPEDA (M.I. Nº 94.552.295), del requisito de ser argentino nativo, por opción o naturalizado, establecido en el Artículo 4°, inciso a) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y de las restric- ciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colecti- vo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la
  • 6. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 6 SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRI- CULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001101 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR Código de Control: 0000018713 Listado de Contrataciones N° Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 ZEPEDA ILDE BRANDO D.N.I. 94552295 D0 01/12/2012 31/12/2012 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472618F# #I4472619I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 642/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agricultura de la Secretaría de Agricultura, Gana- dería y Pesca. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0367816/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con- tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre- sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTU- RA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo l del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun- ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re- quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu- los 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica- ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001214 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA Código de Control: 0000018114 Listado de Contrataciones Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 GROSSO LUCIANO D.N.I. 26686483 B1 01/10/2012 31/12/2012 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472619F# #I4472620I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 643/2013 Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0381539/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros, 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra- tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regula- ción de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRE- TARIA DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y cumplimentar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun- ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
  • 7. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 7 Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re- quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001378 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS Código de Control: 0000018090 Listado de Contrataciones Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 HORN CARLOS FEDERICO DNI 23424796 B2 01/09/2012 31/12/2012 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472620F# #I4472621I# MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decisión Administrativa 644/2013 Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S05:0505512/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con- tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre- sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo. Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios. Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral. Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto. Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun- ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al sólo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re- quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B. Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente. Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artícu- los 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplica- ción del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009. Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien- to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA- NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar. ANEXO Modalidad de Contratación: LEY 25.164 Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA Código de Control: 0000019510 Listado de Contrataciones Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic. 1 ESQUIVEL SABRINA IVANNA D.N.I. 28077257 B0 01/02/2013 31/12/2013 1 1 100% Cantidad de Contratos Listados: 1 Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52 #F4472621F#
  • 8. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 8 #I4472623I# MINISTERIO DE EDUCACION Decisión Administrativa 646/2013 Dase por autorizada contratación. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº 1.591/13 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación. Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario E. Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que se deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación. Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, es de vital importancia la contratación de la agente Sandra Elizabeth BLANCO para asegurar la consecución de los objetivos de la men- cionada Jurisdicción. Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada agente en los términos del artícu- lo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164, corresponde exceptuarla de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCA- CION ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el período comprendido entre el 1° de febrero de 2013 y el 30 de abril de 2013, a la agente Sandra Eli- zabeth BLANCO (DNI Nº 22.456.575) con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Ni- vel Escalafonario E - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni. #F4472623F# #I4472622I# PRESUPUESTO Decisión Administrativa 645/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el Ejercicio 2013. Bs. As., 23/8/2013 VISTO el Expediente Nº S04:0005123/2013 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE- CHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.784 aprobatoria del Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2013, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el señor Subsecretario de Coordinación del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE- CHOS HUMANOS solicita el traslado, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario, de la señora Olga Griselda RAMOS (D.N.I. Nº 17.034.911), quien revista en un cargo Nivel B - Grado 7, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU- BLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS dependien- te de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que dicha solicitud se fundamenta en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino. Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para la señora Olga Griselda RAMOS, quien ha prestado su conformidad al respecto. Que asimismo, y a fin de posibilitar el traslado de la agente mencionada precedentemen- te, resulta necesario efectuar una compensación de cargos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.784. Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 se dispuso la prohibición de cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha ley y los que se produzcan con posterioridad. Que asimismo dicho artículo autoriza al suscripto a disponer excepciones cuando existan razones fundadas para ello. Que resulta necesario proceder al descongelamiento del cargo vacante financiado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a ocupar por la agente en cuestión. Que la presente medida encuadra en las previsiones del artículo 15, inciso b), punto II) del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 -traslados de personal-, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164. Que han tomado intervención los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los organismos involucrados. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6° y 7° de la Ley Nº 26.784. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 - MINISTE- RIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo. Art. 2° — Trasládase a la agente la señora Olga Griselda RAMOS (D.N.I. Nº 17.034.911), quien revista en un cargo Nivel B - Grado 7, Agrupamiento General, Tramo Intermedio, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº  2098/08, de la planta permanente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario de la planta permanente de la SUBSE- CRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Art. 3° — Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibi- ción contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, a los efectos de posibilitar el traslado dispuesto por el artículo 2° de la presente. Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente en la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS. Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak. Planilla anexa al artículo 1° PRESUPUESTO 2013 RECURSOS HUMANOS JURISDICCION 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PROGRAMA: 01 - ACTIVIDADES CENTRALES CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS PERSONAL PERMANENTE PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios Nivel F -1 Nivel B +1 Subtotal Escalafón 0 TOTAL PROGRAMA 0 #F4472622F#
  • 9. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 9
  • 10. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 10 RESOLUCIONES #I4473164I# Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 850/2013 Declárase de Interés Nacional al XX Con- greso Crea “Tu ADN entra en Acción”. Bs. As., 26/8/2013 VISTO la Nota DPG Nº 1124/2013 de la SECRE- TARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION por la cual tramita la solicitud de la ASOCIACION ARGENTINA DE CON- SORCIOS REGIONALES DE EXPERIMEN- TACION AGRICOLA para declarar de Inte- rés Nacional el XX CONGRESO CREA “TU ADN entra en Acción”, y CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION ARGENTINA DE CON- SORCIOS REGIONALES DE EXPERIMENTA- CION AGRICOLA es una asociación civil sin fines de lucro cuyo objeto es poner en común las experiencias individuales y los factores intelectuales de los productores agrícolas asociados con el fin de conservar el suelo y mejorar la calidad de la producción agrícola. Que la institución organizadora fue funda- da hace más de 50 años y organiza con- gresos de similares características cada 3 años, alcanzando los mismos una gran repercusión nacional. Que el dictado de la presente medida es impulsado por el MINISTERIO DE AGRI- CULTURA, GANADERIA y PESCA. Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la decla- ración de interés nacional impulsada. Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modifi- catorio, Decreto 1517/94. Por ello, EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE: Artículo 1° — Declarar de interés nacional al XX CONGRESO CREA “TU ADN entra en Ac- ción”, que se llevará a cabo del 4 al 6 de sep- tiembre de 2013, en la Provincia de Córdoba. Art. 2° — La declaración otorgada por el ar- tículo 1° del presente acto administrativo no ge- nerará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION. Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuní- quese, dése a la Dirección Nacional del Regis- tro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli. #F4473164F# #I4473166I# Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 851/2013 Declárase de Interés Nacional el “XI Con- greso Internacional de Innovación Tecno- lógica Informática - CIITI 2013”. Bs. As., 26/8/2013 VISTO el Exp. Nº 164407-13-2 de la SECRE- TARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION por el cual tramita la solici- tud de la UNIVERSIDAD ABIERTA INTE- RAMERICANA, para declarar de Interés Nacional el “XI Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informática - CIITI 2013”, y CONSIDERANDO: Que la UNIVERSIDAD ABIERTA INTERA- MERICANA es una institución universita- ria privada, persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, con perso- nería jurídica vigente, de larga y vasta trayectoria en la educación superior del país. Que el propósito del congreso es analizar y reflexionar sobre “ser digital” y el trascen- der en las acciones cotidianas a través del uso de tecnologías emergentes en una so- ciedad moderna e inclusiva. Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNA- CIONAL Y CULTO ha tomado la inter- vención correspondiente, prestando su conformidad al dictado del presente acto administrativo. Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la decla- ración de interés nacional impulsada. Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modifi- catorio, Decreto 1517/94. Por ello, EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE: Artículo 1° — Declarar de interés nacional el “XI Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informática - CIITI 2013”, que se realizará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ciudad de Rosario, los días 27 de septiembre y 7 de noviembre, respecti- vamente. Art. 2° — La declaración otorgada por el ar- tículo 1° del presente acto administrativo no ge- nerará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION. Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuní- quese, dése a la Dirección Nacional del Regis- tro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli. #F4473166F# Que a través del artículo 75 inc. 22 de la CONSTITUCION NACIONAL, la REPUBLICA AR- GENTINA ha incorporado dentro de su plexo constitucional el derecho a la salud a través de disposiciones tales como los artículos 25 de la Declaración Universal de Derechos Hu- manos, 16 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 23 incisos 3 y 4, 24, 25, 26, 27, 32 y 39 de la Convención sobre los Derechos del Niño, 10 h), 11.1 e) y f), 11.2, 12, 14 b) y c), y 16 e) de la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, y 5 e.iv) de la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. Que a su vez la REPUBLICA ARGENTINA ha depositado el documentado de ratificación del Protocolo de San Salvador el 23 de octubre de 2003 y con ello se ha obligado a ga- rantizar a toda persona el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. Que las últimas estimaciones informan que en nuestro país viven 130.000 personas con VIH de las cuales el 40% desconocen su serología. Las cifras de diagnósticos tardíos, obtenidas de las notificaciones, reportan un 25,3 de diagnósticos tardíos en el año 2010, correspondiendo un 29,5% a varones y un 17,3% a mujeres. Que en función de ello nace la necesidad de crear alternativas para facilitar el acceso al diagnóstico del VIH y otras ITS atendiendo al principio constitucional del derecho a la salud; Que ONUSIDA/OMS propone como estrategia 2011-2015 “Llegar a 0”. La misma incluye entre sus objetivos reducir a la mitad la transmisión sexual y acabar con la transmisión vertical del VIH. Que la estrategia “Tratamiento 2.0” promovida por OPS/OMS incluye como uno de sus pilares fundamentales el acceso oportuno al diagnóstico debido al impacto, en términos in- dividuales y comunitarios, en la disminución de la morbimortalidad y la transmisión del VIH. Que las recomendaciones internacionales establecen que la información sobre la tasa de infección por el VIH en pacientes con tuberculosis es esencial para responder al compro- miso de prestar atención y apoyo integral a la infección por el VIH y al SIDA, incluido el tra- tamiento antirretroviral (ARV), en los pacientes con tuberculosis y seropositivos para el VIH y por ello que la prueba de detección del VIH que es el punto de acceso al tratamiento ARV. Que el acceso al diagnóstico oportuno es un factor determinante para la mejor respuesta al tratamiento de la infección por VIH, resultando en una mejoría en la sobrevida del pa- ciente; y que el tratamiento antirretroviral con el objetivo de lograr carga viral indetectable, disminuye la transmisión del virus. Que es necesario crear alternativas para la ampliación del acceso al diagnóstico de la in- fección por VIH y otras ITS en concordancia con los principios de universalidad, equidad e integridad en el acceso a la salud integral de las personas. Que el conocimiento del estado serológico de las personas infectadas por el VIH y otras ITS es fundamental para el cuidado de su salud y para la prevención de nuevas infecciones. Que la implementación del test rápido colabora en el proceso de descentralización nece- sario para brindar una mejor respuesta a la epidemia de VIH/SIDA, ya que no requiere de tecnología pesada o de alta complejidad y por ello puede ser realizado en espacios del primer nivel de atención e incluso en espacios comunitarios. Que la utilización de test rápidos para VIH y otras ITS es una oportunidad para mejorar el acce- so, con gran rendimiento en cuanto a su costo/efectividad y menores oportunidades perdidas. Que la expansión del acceso a las pruebas diagnósticas mejora el acceso universal a la prevención y atención del VIH y otras ITS. Que la estrategia 2.0, promovida por OPS/OMS, plantea el acceso oportuno al diagnósti- co y tiene impacto en términos individuales y comunitarios por disminuir la morbimortali- dad y la transmisión del VIH. Que la utilización de test rápidos cuenta con una amplia experiencia en los hospitales públicos del país, donde están siendo utilizados en parturientas sin controles prenatales, en caso de accidentes ocupacionales y en situaciones de violencia sexual, entre otros. Que la importancia del diagnostico oportuno de los individuos con la finalidad de comenzar tempranamente el seguimiento y/o tratamiento que posibilite una mejor calidad de vida; Que el conocimiento del diagnóstico de VIH y otras ITS por parte de la persona infectada, es fundamental para su mejor protección y adopción de prácticas de cuidado, y para el control de la infección y la diseminación del virus; Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS, la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS avalan la aprobación de los algoritmos para la realización del diagnóstico de VIH. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia; Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 Ter. Inc. 12 y 37 de la Ley de Ministerios T.O. Dto. 438/92 y sus modificatorias. Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: Artículo 1° — Apruébanse las RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACION DE TEST RAPIDOS EN EL DIAGNOSTICO DE VIH Y OTRAS ITS, de acuerdo al ANEXO I que forma parte integrante de la presente resolución. Art. 2° — Promuévase el uso del test rápido para el diagnóstico de la infección de VIH y otras ITS conforme lo dispuesto en el ANEXO I de esta resolución y según los algoritmos vigentes. Art. 3° — Establécese que todos los reactivos utilizados para el diagnóstico de la infección de VIH deben ser oportunamente aprobados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMEN- TOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), dependiente de este Ministerio. Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Juan L. Manzur. #I4473296I# Ministerio de Salud SALUD PUBLICA Resolución 1340/2013 Recomendaciones para la implementación de Test rápidos en el diagnóstico de VIH y otras ITS. Bs. As., 27/8/2013 VISTO, el expediente Nº 1-2002-8692/13-2 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO: Que nuestro país ha sancionado la Ley Nº 26.529 de los derechos del paciente, que tiende a garantizar entre otros derechos el derecho a una asistencia integral y digna de la salud.
  • 11. Viernes 30 de agosto de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.712 11 ANEXO I RECOMENDACIONES PARA LA IMPLEMENTACION DE TEST RAPIDOS EN EL DIAGNOSTICO DE VIH Y OTRAS ITS En los últimos años, los tests rápidos (TR) han ganado importancia en el diagnóstico de la infección por VIH y otras ITS. En el caso de los TR para VIH, su sensibilidad y especificidad es comparable con las pruebas convencionales basadas en EIE y western blot. Estos ensayos están basados en técnicas de inmunodot, aglutinación, inmunocromatografía. Dichos test pueden ser utilizados en sangre entera, suero o plasma, mostrando igual sensibilidad y especificidad en cual- quiera de los tres tipos de muestras. La mayoría de estos TR pueden ser realizados dentro de los 30 minutos. Sobre el proceso diagnóstico - Se deben utilizar tests rápidos validados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). - Las instituciones que utilicen test rápidos deberán desarrollar los procesos de capacitación a los equipos de salud, necesarios y pertinentes para la correcta implementación de la técnica rápida a ser utilizada, conforme las recomendaciones, que oportunamente emita el Ministerio de Salud de la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y Hepatitis Virales. - Los equipos de salud que utilicen test rápidos deberán desarrollar los controles de calidad del proceso diagnóstico conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y Hepatitis Virales, debiendo estar bajo la supervisión de un profesional bioquímico todo el proceso de capacitación, monitoreo y con- trol de calidad. - Las muestras deberán ser recolectadas de acuerdo con las instrucciones del fabricante del Kit diagnóstico. - La persona que se realiza el test deberá recibir asesoramiento pre y post test conforme las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación a través de la Dirección de Sida, ETS y Hepatitis Virales, debiendo firmar el correspondiente consentimiento informado. - El test rápido deberá realizarse en el marco y de manera integrada al circuito diagnóstico y asistencial local de modo tal de garantizar, en caso de ser necesario, la solicitud de turnos, ex- tracción de sangre, traslado de la muestra y la derivación a médico tratante para realizar la confir- mación diagnóstica de acuerdo al algoritmo vigente al momento. Es necesario tener previamente armado los sistemas de derivación pertinentes. Sobre la realización del Test Rápido El tamizaje debe ser realizado con tests rápidos capaces de detectar anticuerpos anti-HIV 1, incluyendo el grupo O y anticuerpos anti-HIV 2. ALGORITMO 1. TAMIZAJE CON UNICO TEST RAPIDO La muestra con resultado NEGATIVO en TR será definida como “MUESTRA NEGATIVA PARA VIH”. Se emitirá un informe con el resultado que incluya la siguiente información: “En caso de identi- ficar alguna situación de riesgo durante al menos los 30 días anteriores al momento de realización de la prueba, o persistencia de sospecha de infección por VIH, un nuevo test deberá ser realizado después de pasados 30 días de la fecha de realización del tests”. La muestra con resultado POSITIVO será definida como “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR PARA VIH” y se procederá a la recolección de una nueva muestra con punción venosa para la realización de la confirmación diagnóstica de acuerdo al algoritmo vigente”. Se emitirá un informe con el resultado, “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR PARA VIH “, des- tacando su carácter preliminar e indicando la realización de nuevos estudios. En el caso de que el resultado sea inválido, es necesario repetir el test con el mismo Kit diagnóstico, si fuera posible con un lote distinto al utilizado inicialmente. De persistir el resultado invalido se deberá recolectar una nueva muestra con punción venosa y someterla a los procedimientos de tamizaje convencionales. En este caso no se emite informe con los resultados. ALGORITMO 2. TAMIZAJE CON DOS TESTS RAPIDOS COMBINADOS EN SERIE La muestra con resultado NEGATIVO en Test Rápido será definida como “MUESTRA NEGA- TIVA PARA VIH” El informe de resultado deberá incluir, además del resultado, la siguiente información “En caso de identificar alguna situación de riesgo durante al menos los 30 días anteriores al momento de realización de la prueba, o persistencia de sospecha de infección por VIH, un nuevo test deberá ser realizado después de pasados 30 días de la fecha de realización del tests”. La muestra con resultado POSITIVO en el Test Rápido 1 deberá ser sometida al Test Rápido 2. Las muestras con resultados POSITIVO para 1 y 2 tendrá un resultado definido como “MUESTRA POSITIVA PRESUNTIVA PARA VIH” y se procederá a la recolección de una nueva muestra con pun- ción venosa para la confirmación del diagnóstico conjuntamente con la derivación al médico tratante. Se emitirá un informe con el resultado que informando “MUESTRA POSITIVA PRESUNTIVA PARA VIH”, la necesidad de confirmación del resultado. Paralelamente se debe realizar la deriva- ción al médico tratante. Las muestras con resultados discordantes entre TR1 y TR2 no tendrán resultado definido. En ese caso será necesaria la recolección de una nueva muestra con punción venosa y sometida a los procedimientos diagnósticos confirmatorios. En este caso no se emite informe con los resultados. En el caso de que el resultado de TR1 y/o TR2 sea inválido, es necesario repetir el test con el mismo Kit diagnóstico, si fuera posible con un lote distinto al utilizado inicialmente. De persistir el resultado invalido se deberá recolectar una nueva muestra con punción venosa y someterla a los procedimientos de tamizaje convencionales. En este caso no se emite informe con los resultados. Sobre el informe del resultado En el informe de resultados realizado por un test rápido deberá constar: 1. Lugar y fecha de la realización del estudio 2. La interpretación final del resultado que podrá ser: “MUESTRA POSITIVA PRELIMINAR PARA VIH” o “MUESTRA NEGATIVA PARA VIH”, “MUESTRA POSITIVA PRESUNTIVA PARA VIH” o “MUESTRA NEGATIVA PARA VIH”. 3. El informe deberá estar en consonancia con las normativas vigentes al respecto. #F4473296F# #I4474033I# Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3525 Impuesto a las Ganancias. Decreto Nº 1242/2013. Rentas del Trabajo Personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolu- ción General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias. Norma Complementaria. Bs. As., 29/8/2013 VISTO el Decreto Nº 1.242 de fecha 27 de agosto de 2013 y la Resolución General Nº 2.437, sus modificatorias y complementarias, y CONSIDERANDO: Que el citado decreto dispuso el incremento de la deducción especial establecida en el inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997