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¿COMO HACER TU
EMPRENDIMIENTO
LEGAL?
PERSONAS JURÍDICAS
FIGURA LEGAL PARA EMPRENDIMIENTOS
Persona natural.- el
emprendedor ejerce
derechos y contrae
obligaciones por sus
propios derechos, es
decir que asume directa y
personalmente la
responsabilidad sobre
las obligaciones y
deudas que genere la
empresa.
Persona jurídica.- es la
nueva sociedad la que
asume los derechos y
obligaciones generados
en la operación de la
empresa, quedando a
salvo la responsabilidad
personal de los socios o
accionistas.
PERSONAS VENTAJAS DESVENTAJAS
NATURALES
La Constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores
trámites, la documentación requerida es mínima.
Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda
la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa,
lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su
patrimonio o bienes personales.
La Constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay
necesidad de hacer mayores pagos legales.
Capital limitado sólo a lo que pueda aportar el dueño.
Pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos. Presenta menos posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos
o entidades financieras se muestran menos dispuestos a conceder préstamos a
Personas Naturales.
Si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio
puede ser replanteado sin ningún inconveniente.
Es difícil que los clientes acepten que se delegue los servicios en otras personas.
Las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser
liquidadas o vendidas fácilmente.
Limita el tipo de clientes que se puedan atender.
Se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna
restricción.
Resta credibilidad antes algunos clientes y/o proveedores.
PÚBLICAS
Tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la
empresa, asumen sólo de forma limitada la responsabilidad por las deudas
u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se
garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.
Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de
trámites y requisitos.
Mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios
socios
Requiere de una mayor inversión para su constitución.
Mayores posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos o
entidades financieras se muestran más dispuestos a conceder préstamos a
Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales
Se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables.
Posibilidad de acceder sin mayores restricciones a concursos públicos. Presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.
PASOS PARA CREAR UN NEGOCIO COMO
PERSONA JURÍDICA
Las personas que deseen crear sus negocios como persona jurídica, pueden hacerlo a través de dos tipos de
compañías mercantiles:
Compañía anónima (S.A.)
Sociedad cuyo capital,
dividido en acciones
negociables, está formado
por la aportación de los
accionistas que responden
únicamente por el monto
de sus acciones; exige un
mínimo de capital de
ochocientos ($ 800.00)
dólares.
Compañía de responsabilidad
limitada (Cía. Ltda.)
Aquella que se contrae entre
dos o más personas, que
solamente responden por las
obligaciones sociales hasta el
monto de sus aportaciones
individuales y requiere un
capital mínimo de
cuatrocientos ($ 400.00)
dólares.
Para los extranjeros que tengan interés en constituir cualquiera de las dos opciones de compañías mercantiles, deberán tener
pasaporte vigente y encontrarse en situación legal en el Ecuador.
PASOS PARA COSNTITUIR UNA EMPRESA
1. Reserva de la
denominación en el portal
web de la Superintendencia
de Compañías, Valores y
Seguros.
www.supercias.gob.ec
2. Elevar a escritura pública
la constitución de la
compañía, en cualquier
notaria y con patrocinio de
un abogado.
3. Inscribir la escritura en el
Registro Mercantil del cantón
en el que tenga su domicilio
principal de la compañía.
4. Inscribir los
nombramientos del
Representante Legal y
Administrador de la
empresa en el Registro
Mercantil.
5. Inscribir la dirección domiciliaria
de la compañía en la
Superintendencia de Compañías,
Valores y Seguros, mediante
formulario obtenido en el portal web
www.supercias.gob.ec
6. Obtención del RUC
7. Inscribir la patente municipal de
la compañía en el Municipio
Metropolitano de Quito
Formulario 01-A debidamente
lleno y suscrito por el
representante legal de la
compañía contribuyente.
Original y copia de la
escritura de constitución de
la compañía, inscrita en el
Registro Mercantil.
Original y copia del
nombramiento del
representante legal de la
compañía, inscrito en el
Registro Mercantil.
REQUISITOS PARA OBTENER EL RUC
Copia de cédula y
certificado de votación
del representante
legal de la compañía.
Planilla de Servicio
Público de los últimos 3
meses, del lugar donde
operará el
establecimiento, a
nombre de la compañía
Contrato del
arrendamiento
inscrito, o carta de
uso gratuito de
inmueble, en caso de
que el local este a
nombre de terceros.
Copia de cédula y
certificado de votación
del propietario del
inmueble.
Si el proceso es realizado por una tercera persona, debe presentarse además una carta de autorización extendida por el representante legal de la
compañía, y la cédula original de la persona que realiza el trámite.
El trámite se lo puede realizar de manera presencial en cualquier dependencia del SRI o en línea a través del siguiente enlace:
https://www.gob.ec/sri/tramites/inscripcion-registro-unico-contribuyente-ruc-regimen-impositivo-simplificado-ecuatoriano-rise-persona-natural-ecuatoriana-
extranjera-residente
Requisitos para obtener el registro de patente, mediante la inscripción del Registro de Actividades Económicas Tributarias (RAET), para
efectos de cumplir con las declaraciones del sistema impositivo municipal:
Si el trámite es realizado por una tercera persona deberá adjuntarse también, una carta simple de autorización, así como original y copia de
la cédula del autorizado.
El siguiente paso, una vez inscrita la patente, es efectuar la solicitud de clave electrónica vía internet, a través de la página web
https://pam.quito.gob.ec del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.
Finalmente, procede la declaración vía web del impuesto de patente y 1.5 por mil, y el correspondiente pago del mismo en las instituciones
financieras que mantienen convenio con el Municipio.
REQUISITOS MUNICIPALES
Formulario de
declaración de
patente para
persona natural,
debidamente lleno
y firmado
Copia del RUC
Original y copia o copia
del documento que
sustente la creación de
la sociedad de acuerdo
a cada tipo de
sociedad
Copia del
nombramiento del
representante
legal
Copia de cédula y
certificado de
votación del
representante
legal
Acuerdo de
responsabilidad
de uso de medios
electrónicos
PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO
Obtener la LUAE, Licencia Metropolitana Única para el ejercicio de Actividades Económicas en el Distrito Metropolitano de Quito, es una
licencia que debe ser obtenida por el Emprendedor de forma anual, a través de las Administraciones Zonales del Municipio de Quito, según
la categoría de la actividad económica:
a) Simplificado (bajo riesgo)
b) Ordinario (mediano riesgo)
c) Especial (alto riesgo)
Sirve para el desarrollo de actividades económicas dentro del Distrito Metropolitano de Quito, así como, integra las diferentes
autorizaciones administrativas tales como:
Uso y Ocupación de
Suelo (ICUS)
Sanidad Prevención de Incendios
Publicidad exterior
(Rótulo)
Ambiental
Turismo
Ministerio del Interior
(Intendencia de Policía),
por convenio de
cooperación
REQUISITOS PARA LA EMISIÓN LICENCIA LUAE
Formulario único
de solicitud de
Licencia
Metropolitana
Única para el
Ejercicio de
Actividades
Económicas -
LUAE,
debidamente lleno
y suscrito por el
representante legal
Copia del RUC
Copia de cédula
o pasaporte y
certificado de
votación del
representante
legal de la
persona jurídica
Copia del
nombramiento
del
representante
legal
Copia de los
estatutos
debidamente
inscritos en el
Registro
Mercantil
Copia de la resolución
emitida por la Dirección
Metropolitana Financiera
Tributaria del Municipio,
aprobando la
exoneración del
impuesto de patente
municipal para las
organizaciones sin fin de
lucro.
Si el establecimiento no es propio, es necesario presentar una autorización del propietario del predio para colocar la publicidad.
Si el local estuviera declarado en propiedad horizontal, se requiere una autorización de la asamblea de copropietarios o del
administrador, en calidad de representante legal.
Enlace para trámite en línea:
https://www.gob.ec/gaddmq/tramites/licencia-metropolitana-unica-ejercicio-actividades-economicas-luae
PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE
REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA
El permiso de funcionamiento es el documento otorgado por la ARCSA a los establecimientos sujetos a control y vigilancia sanitaria que
cumplen con todos los requisitos para su funcionamiento, establecidos en la normativa vigente, a excepción de los establecimientos de
servicios de salud.
Procedimiento para la obtención de permisos de Funcionamiento:
1. Ingresar al sistema informático de la
ARCSA
http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.
gob.ec/, con su usuario y contraseña; en caso
de no contar con el usuario, deberá registrarse
en el siguiente enlace:
http://permisosfuncionamiento.controlsanitario.
gob.ec/registrar_usuario.
2. Llenar el formulario (adjuntar los
requisitos de acuerdo a la actividad del
establecimiento).
3. Emitida la orden de pago, usted podrá
imprimir y después de 24 horas de haberse
generado la orden de pago proceder a
cancelar su valor.
4. Validado el pago (72 horas), usted podrá
imprimir su permiso de funcionamiento y
factura.
Usted puede cancelar el valor del permiso de funcionamiento en
las siguientes entidades financieras BANCO DEL PACÍFICO o
BANECUADOR:
 Número de Cuenta del ARCSA: 07465068.
 RUC del ARCSA: 1768169530001.
*El banco del Pacifico remitirá la información de pago a la
agencia, por lo que la orden de pago Generada y pagada, NO
tendrá que ser escaneada ni cargada en la página de permisos.
*Si su pago fue realizado en BANECUADOR B.P. donde no exista
una agencia del Banco Pacifico, usted deberá escanear la
papeleta del depósito y subir la información de su pago al
Sistema Automatizado de Permisos de Funcionamiento.
PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE
REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA
 Cédula de ciudadanía o de identidad del
propietario o representante legal del
establecimiento.
 Registro Único de Contribuyentes.
 Categorización del Ministerio de Industrias y
Productividad, si fuera el caso.
 Categorización del Ministerio de Turismo, si
fuera el caso.
 Número de cédula y datos del responsable
técnico de los establecimientos que lo
requieren (Perfil representantes técnicos de
plantas procesadoras de alimentos).
Los siguientes requisitos serán verificados en línea con
las instituciones pertinentes, por lo que, no son
necesarios que sean adjuntados:
“Si alguno de los requisitos mencionados no se encuentre
registrados en el sistema, el usuario debe acercarse a las
oficinas de la ARCSA o enviar al correo
atencionalusuario@controlsanitario.gob, la documentación que
lo habilite.
Hay que recordar que a partir del 21 de mayo de 2015, existen
establecimientos específicos que no requieren permiso de
funcionamiento pero están sujetos a control y vigilancia
sanitaria. Para revisar este listado ingrese a la web
http://www.controlsanitario.gob.ec/emision-de-permisos-de-
funcionamiento/ o en su defecto, si prefiere consultar si debe o
no obtener permiso de funcionamiento, debe presentar la
solicitud al Director Técnico Buenas Prácticas y Permisos y
adjuntar una copia del RUC del establecimiento.
Esta documentación será entregada en la Secretaría General de
la matriz o Coordinaciones Zonales del ARCSA, y en el lapso de
diez días laborales, retirar el documento con la respectiva
contestación.”
El Ministerio del Interior, mediante las intendencias de la Policía Nacional, otorgaran a los locales comerciales de alimentos, bebidas y
servicio de alojamiento, el permiso de funcionamiento anual, siempre y cuando, estos no se encuentren bajo la jurisdicción del
Ministerio de Turismo, para el efecto deberá presentar los siguientes requisitos:
“Para obtener este permiso de funcionamiento es necesario ingresar y registrarse en la web www.mdi.gob.ec/permiso-funcionamiento,
registrar la información en el sistema, anexar y cargar todos los requisitos asociados al trámite y cancelar la tasa correspondiente en el
Banco del Pacífico. El sistema habilita automáticamente el documento para que el usuario imprima su permiso de funcionamiento.”
PERMISO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Cópia de la cédula y
certificado de votación. Copia del RUC
Cartilla de pago de la
patente municipal
El Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI), es la Institución encargada de aceptar o rechazar el registro de la marca del
producto o servicio de su emprendimiento, para lo cual es necesario realizar el siguiente procedimiento.
REGISTRO DE MARCA INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL (IEPI)
Realizar búsqueda
Fonética a través
del formulario: Le
permite conocer si
en el mercado
existen signos
similares al de su
marca. Costo tasa
$16.00 (Banco del
Pacífico)
Ingresar solicitud
mediante la página
https://registro.propie
dadintelectual.gob.ec
/solicitudes/, creando
un casillero virtual
(que requiere el
patrocinio de un
abogado)
Cargar la
documentación
requerida en el
sistema para el
registro de la
marca. Costo tasa
$208.00 (Banco
del Pacífico)
IEPI: Emitir resolución
de aceptación o
rechazo del registro.
BIBLIOGRAFÍA
https://ccq.ec/wp-content/uploads/2019/01/Instructivo-legal-pra%CC%81ctico-para-emprendedores-DEF..pdf
https://www.controlsanitario.gob.ec/emision-de-permisos-de-funcionamiento/

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  • 2. FIGURA LEGAL PARA EMPRENDIMIENTOS Persona natural.- el emprendedor ejerce derechos y contrae obligaciones por sus propios derechos, es decir que asume directa y personalmente la responsabilidad sobre las obligaciones y deudas que genere la empresa. Persona jurídica.- es la nueva sociedad la que asume los derechos y obligaciones generados en la operación de la empresa, quedando a salvo la responsabilidad personal de los socios o accionistas. PERSONAS VENTAJAS DESVENTAJAS NATURALES La Constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima. Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales. La Constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales. Capital limitado sólo a lo que pueda aportar el dueño. Pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos. Presenta menos posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos o entidades financieras se muestran menos dispuestos a conceder préstamos a Personas Naturales. Si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente. Es difícil que los clientes acepten que se delegue los servicios en otras personas. Las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente. Limita el tipo de clientes que se puedan atender. Se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción. Resta credibilidad antes algunos clientes y/o proveedores. PÚBLICAS Tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa, asumen sólo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa. Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos. Mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios Requiere de una mayor inversión para su constitución. Mayores posibilidades de poder acceder a créditos financieros, los bancos o entidades financieras se muestran más dispuestos a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales Se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables. Posibilidad de acceder sin mayores restricciones a concursos públicos. Presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.
  • 3. PASOS PARA CREAR UN NEGOCIO COMO PERSONA JURÍDICA Las personas que deseen crear sus negocios como persona jurídica, pueden hacerlo a través de dos tipos de compañías mercantiles: Compañía anónima (S.A.) Sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones; exige un mínimo de capital de ochocientos ($ 800.00) dólares. Compañía de responsabilidad limitada (Cía. Ltda.) Aquella que se contrae entre dos o más personas, que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales y requiere un capital mínimo de cuatrocientos ($ 400.00) dólares. Para los extranjeros que tengan interés en constituir cualquiera de las dos opciones de compañías mercantiles, deberán tener pasaporte vigente y encontrarse en situación legal en el Ecuador.
  • 4. PASOS PARA COSNTITUIR UNA EMPRESA 1. Reserva de la denominación en el portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. www.supercias.gob.ec 2. Elevar a escritura pública la constitución de la compañía, en cualquier notaria y con patrocinio de un abogado. 3. Inscribir la escritura en el Registro Mercantil del cantón en el que tenga su domicilio principal de la compañía. 4. Inscribir los nombramientos del Representante Legal y Administrador de la empresa en el Registro Mercantil. 5. Inscribir la dirección domiciliaria de la compañía en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mediante formulario obtenido en el portal web www.supercias.gob.ec 6. Obtención del RUC 7. Inscribir la patente municipal de la compañía en el Municipio Metropolitano de Quito
  • 5. Formulario 01-A debidamente lleno y suscrito por el representante legal de la compañía contribuyente. Original y copia de la escritura de constitución de la compañía, inscrita en el Registro Mercantil. Original y copia del nombramiento del representante legal de la compañía, inscrito en el Registro Mercantil. REQUISITOS PARA OBTENER EL RUC Copia de cédula y certificado de votación del representante legal de la compañía. Planilla de Servicio Público de los últimos 3 meses, del lugar donde operará el establecimiento, a nombre de la compañía Contrato del arrendamiento inscrito, o carta de uso gratuito de inmueble, en caso de que el local este a nombre de terceros. Copia de cédula y certificado de votación del propietario del inmueble. Si el proceso es realizado por una tercera persona, debe presentarse además una carta de autorización extendida por el representante legal de la compañía, y la cédula original de la persona que realiza el trámite. El trámite se lo puede realizar de manera presencial en cualquier dependencia del SRI o en línea a través del siguiente enlace: https://www.gob.ec/sri/tramites/inscripcion-registro-unico-contribuyente-ruc-regimen-impositivo-simplificado-ecuatoriano-rise-persona-natural-ecuatoriana- extranjera-residente
  • 6. Requisitos para obtener el registro de patente, mediante la inscripción del Registro de Actividades Económicas Tributarias (RAET), para efectos de cumplir con las declaraciones del sistema impositivo municipal: Si el trámite es realizado por una tercera persona deberá adjuntarse también, una carta simple de autorización, así como original y copia de la cédula del autorizado. El siguiente paso, una vez inscrita la patente, es efectuar la solicitud de clave electrónica vía internet, a través de la página web https://pam.quito.gob.ec del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Finalmente, procede la declaración vía web del impuesto de patente y 1.5 por mil, y el correspondiente pago del mismo en las instituciones financieras que mantienen convenio con el Municipio. REQUISITOS MUNICIPALES Formulario de declaración de patente para persona natural, debidamente lleno y firmado Copia del RUC Original y copia o copia del documento que sustente la creación de la sociedad de acuerdo a cada tipo de sociedad Copia del nombramiento del representante legal Copia de cédula y certificado de votación del representante legal Acuerdo de responsabilidad de uso de medios electrónicos
  • 7. PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO Obtener la LUAE, Licencia Metropolitana Única para el ejercicio de Actividades Económicas en el Distrito Metropolitano de Quito, es una licencia que debe ser obtenida por el Emprendedor de forma anual, a través de las Administraciones Zonales del Municipio de Quito, según la categoría de la actividad económica: a) Simplificado (bajo riesgo) b) Ordinario (mediano riesgo) c) Especial (alto riesgo) Sirve para el desarrollo de actividades económicas dentro del Distrito Metropolitano de Quito, así como, integra las diferentes autorizaciones administrativas tales como: Uso y Ocupación de Suelo (ICUS) Sanidad Prevención de Incendios Publicidad exterior (Rótulo) Ambiental Turismo Ministerio del Interior (Intendencia de Policía), por convenio de cooperación
  • 8. REQUISITOS PARA LA EMISIÓN LICENCIA LUAE Formulario único de solicitud de Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas - LUAE, debidamente lleno y suscrito por el representante legal Copia del RUC Copia de cédula o pasaporte y certificado de votación del representante legal de la persona jurídica Copia del nombramiento del representante legal Copia de los estatutos debidamente inscritos en el Registro Mercantil Copia de la resolución emitida por la Dirección Metropolitana Financiera Tributaria del Municipio, aprobando la exoneración del impuesto de patente municipal para las organizaciones sin fin de lucro. Si el establecimiento no es propio, es necesario presentar una autorización del propietario del predio para colocar la publicidad. Si el local estuviera declarado en propiedad horizontal, se requiere una autorización de la asamblea de copropietarios o del administrador, en calidad de representante legal. Enlace para trámite en línea: https://www.gob.ec/gaddmq/tramites/licencia-metropolitana-unica-ejercicio-actividades-economicas-luae
  • 9. PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA El permiso de funcionamiento es el documento otorgado por la ARCSA a los establecimientos sujetos a control y vigilancia sanitaria que cumplen con todos los requisitos para su funcionamiento, establecidos en la normativa vigente, a excepción de los establecimientos de servicios de salud. Procedimiento para la obtención de permisos de Funcionamiento: 1. Ingresar al sistema informático de la ARCSA http://permisosfuncionamiento.controlsanitario. gob.ec/, con su usuario y contraseña; en caso de no contar con el usuario, deberá registrarse en el siguiente enlace: http://permisosfuncionamiento.controlsanitario. gob.ec/registrar_usuario. 2. Llenar el formulario (adjuntar los requisitos de acuerdo a la actividad del establecimiento). 3. Emitida la orden de pago, usted podrá imprimir y después de 24 horas de haberse generado la orden de pago proceder a cancelar su valor. 4. Validado el pago (72 horas), usted podrá imprimir su permiso de funcionamiento y factura. Usted puede cancelar el valor del permiso de funcionamiento en las siguientes entidades financieras BANCO DEL PACÍFICO o BANECUADOR:  Número de Cuenta del ARCSA: 07465068.  RUC del ARCSA: 1768169530001. *El banco del Pacifico remitirá la información de pago a la agencia, por lo que la orden de pago Generada y pagada, NO tendrá que ser escaneada ni cargada en la página de permisos. *Si su pago fue realizado en BANECUADOR B.P. donde no exista una agencia del Banco Pacifico, usted deberá escanear la papeleta del depósito y subir la información de su pago al Sistema Automatizado de Permisos de Funcionamiento.
  • 10. PERMISO DE FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA  Cédula de ciudadanía o de identidad del propietario o representante legal del establecimiento.  Registro Único de Contribuyentes.  Categorización del Ministerio de Industrias y Productividad, si fuera el caso.  Categorización del Ministerio de Turismo, si fuera el caso.  Número de cédula y datos del responsable técnico de los establecimientos que lo requieren (Perfil representantes técnicos de plantas procesadoras de alimentos). Los siguientes requisitos serán verificados en línea con las instituciones pertinentes, por lo que, no son necesarios que sean adjuntados: “Si alguno de los requisitos mencionados no se encuentre registrados en el sistema, el usuario debe acercarse a las oficinas de la ARCSA o enviar al correo atencionalusuario@controlsanitario.gob, la documentación que lo habilite. Hay que recordar que a partir del 21 de mayo de 2015, existen establecimientos específicos que no requieren permiso de funcionamiento pero están sujetos a control y vigilancia sanitaria. Para revisar este listado ingrese a la web http://www.controlsanitario.gob.ec/emision-de-permisos-de- funcionamiento/ o en su defecto, si prefiere consultar si debe o no obtener permiso de funcionamiento, debe presentar la solicitud al Director Técnico Buenas Prácticas y Permisos y adjuntar una copia del RUC del establecimiento. Esta documentación será entregada en la Secretaría General de la matriz o Coordinaciones Zonales del ARCSA, y en el lapso de diez días laborales, retirar el documento con la respectiva contestación.”
  • 11. El Ministerio del Interior, mediante las intendencias de la Policía Nacional, otorgaran a los locales comerciales de alimentos, bebidas y servicio de alojamiento, el permiso de funcionamiento anual, siempre y cuando, estos no se encuentren bajo la jurisdicción del Ministerio de Turismo, para el efecto deberá presentar los siguientes requisitos: “Para obtener este permiso de funcionamiento es necesario ingresar y registrarse en la web www.mdi.gob.ec/permiso-funcionamiento, registrar la información en el sistema, anexar y cargar todos los requisitos asociados al trámite y cancelar la tasa correspondiente en el Banco del Pacífico. El sistema habilita automáticamente el documento para que el usuario imprima su permiso de funcionamiento.” PERMISO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Cópia de la cédula y certificado de votación. Copia del RUC Cartilla de pago de la patente municipal
  • 12. El Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI), es la Institución encargada de aceptar o rechazar el registro de la marca del producto o servicio de su emprendimiento, para lo cual es necesario realizar el siguiente procedimiento. REGISTRO DE MARCA INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (IEPI) Realizar búsqueda Fonética a través del formulario: Le permite conocer si en el mercado existen signos similares al de su marca. Costo tasa $16.00 (Banco del Pacífico) Ingresar solicitud mediante la página https://registro.propie dadintelectual.gob.ec /solicitudes/, creando un casillero virtual (que requiere el patrocinio de un abogado) Cargar la documentación requerida en el sistema para el registro de la marca. Costo tasa $208.00 (Banco del Pacífico) IEPI: Emitir resolución de aceptación o rechazo del registro.