2. Normatividad
• Decreto 614 de 1984 art. 25.
• Resolución 2013 de 1986
• Ley 1562 de 2012 y Decreto
1072 de 2015
3. Qué es el COPASST?
El Copasst nació con el propósito de
promocionar la SST, en todos los
niveles de la empresa, promulgar y
sustentar prácticas saludables,
motivar a los trabajadores en
adquisición de hábitos seguros y
trabajar junto con las directivas y el
área de SST para lograr los objetivos
y metas propuestas.
4. Quiénes lo conforman?
No. De trabajadores
en la Empresa
Representantes y
suplentes
Trabajadores
Representantes y
suplentes Empleador
10 - 49 1 1
50 - 499 2 2
500 - 999 3 3
1000 ó más 4 4
6. Obligaciones del Empleador
• Proporcionar y garantizar la elección
de los representantes de los
trabajadores ante el Comité.
• Designar los representantes por
parte del empleador y al Presidente
del Comité.
• Estudiar las recomendaciones
recibidas en cuanto a SST y adoptar
las medidas que se puedan ejecutar.
7. Responsabilidades del COPASST
Proponer las medidas que
prevean la salud en los centros
de trabajo.
Colaborar con el análisis de
causas de AL-EL, y proponer las
medidas correctivas para evitar
su ocurrencia (en caso que se requiera).
Apoyar las inspecciones de
seguridad industrial con el área
de SST.
8. Estudiar las sugerencias de los
trabajadores en materia de
SST.
Servir como organismo
coordinador entre empleador y
trabajadores en la solución de
conflictos relacionados a SST.
Responsabilidades del COPASST
9. • Participar en las actividades de
Promoción, divulgación e
información SST.
• Elegir el secretario del COPASST.
• Vigilar el cumplimiento del SST.
Responsabilidades del COPASST
10. Funciones del Presidente del COPASST
• Presidir y orientar las reuniones.
• Convocar a las reuniones 1 vez al mes,
determinando hora y lugar.
• Preparar los temas a tratar.
• Dar a conocer las recomendaciones y
actividades aprobadas en comité.
• Coordinar la buena marcha del comité, e
informar a los trabajadores sobre las
actividades del mismo.
11. Funciones del Secretario del COPASST
• Verificar asistencia de las reuniones.
• Tomar apuntes de temas tratados,
elaborar acta y someterla a discusión
ante el comité.
• Llevar archivo de las actividades
desarrolladas.
• Suministrar acta original, debidamente
suscrito, al Grupo de Talento Humano –
área de SST.
12. Obligaciones de los trabajadores
• Elegir libremente a sus
representantes.
• Hacer sugerencias e informar
situaciones de riesgo.
• Cumplir con las normas de SST de la
empresa.
• Participar en los programas de
Promoción y Prevención que
desarrolle SST.
13. COMITÉ DE CONVIVENCIA
LABORAL
Es un órgano de control
que todo empleador
esta obligado a crear al
interior de cada
organización
empresarial.
15. ¿Qué es?
Conducta persistente y demostrable, ejercida sobre
un empleado por parte de un empleador, jefe o superior
jerárquico inmediato o mediato, un compañero de
trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo,
intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio
laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la
renuncia del mismo. (Ley 1010/06 - Art. 2)
16. Conductas que se consideran acoso laboral
Gritar, avasallar o insultar a la victima cuando esta sola o en
presencia de otras personas.
Asignarles objetivos o proyectos con plazos inalcanzables o
imposibles de cumplir.
Sobrecargar selectivamente a la victima con mucho trabajo.
Las injustificadas amenazas de despido expresadas en
presencia de los compañeros de trabajo.
Ignorarle o excluirle, hablando solo a una tercera persona
presente, simulando su no existencia, o su no presencia física
en la oficina o en las reuniones a las que se asiste.
Retener información crucial para su trabajo o manipularla para
inducirle al error en su desempeño laboral, y después acusarle
de negligencia o faltas profesionales.
17. Las burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir,
formularlas en publico o en privado.
La alusión púbicas a hechos pertenecientes a la intimidad de la
persona.
La exigencia de labor en horarios excesivos respecto a la
jornada laboral legalmente establecida, los cambios
sorpresivos del turno sin ningún fundamento referente a la
necesidad de la empresa.
Las expresiones ultrajantes sobre la persona con utilización de
palabras soeces o con alusión a la raza, el genero, la religión o
el estatus social.
La agresión física, independientemente de las consecuencias.
El envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes
virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio.
Conductas que se consideran acoso laboral
18. Qué hacer en un caso de acoso laboral?
Tener claro que es acoso laboral.
Presentar la queja ante un
integrante del comité de
convivencia con soportes físicos.
Reunir a las partes involucradas
para establecer compromisos
que den lugar a una solución
efectiva.
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