El documento define los sistemas de protección contra incendios requeridos para edificios clasificados en el grupo de uso I-Institucional según la NSR10. Estos incluyen sistemas de detección y alarma de incendios, rociadores automáticos, tomas fijas de agua para bomberos y extintores portátiles. Los requisitos específicos varían según el subgrupo de ocupación, como detección automática en zonas de hospitalización para I-2 salud e incapacidad.
3. OBJETIVO GENERAL
Definir los tipos de sistemas de protección contra incendios que
debe tener el establecimiento comercial que represento según
la NSR10.
1. Determinar los sistemas de protección contra incendios que requiere el
grupo de uso de I- Institucional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
4. J.4.3 SISTEMAS Y EQUIPOS
PARA EXTINCIÓN DE INCENDIOS
Toda edificación debe disponer
de recursos para la extinción del
fuego cuyas características
dependen del grupo de uso en
que se clasifique. Los sistemas y
equipos deben diseñarse e
instalarse de acuerdo con los
requisitos mínimos especificados
en el presente Capítulo.
5. J.4.3 SISTEMAS Y EQUIPOS
PARA EXTINCIÓN DE INCENDIOS
Luego de instalados, deben
mantenerse periódicamente
para garantizar su adecuada
funcionalidad en cualquier
momento. Los sistemas
hidráulicos deben tener
inspección, prueba y
mantenimiento, las cuales
se realizan de acuerdo con la
norma NFPA 25.
6. J.4 DETECCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS
J.4.1.1 En este Capítulo se establecen las
dotaciones de instalaciones de protección
contra incendio con las que deben contar los
edificios.
La instalación de dispositivos de detección
hace posible la transmisión de una señal,
automática mediante detectores o manual
mediante pulsadores, desde el lugar en que
se produce el incendio hasta una central, así
como la posterior transmisión de la alarma
desde dicha central hasta los ocupantes,
pudiendo activarse dicha alarma automática
y manualmente.
J.4.1 ALCANCE
7. J.4.2 — SISTEMAS Y EQUIPOS PARA DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS
DETECCIÓN Y ALARMA CONTRA INCENDIOS
J.4.2.1 AIRE ACONDICIONADO
En los edificios que cuenten con sistema
central de aire acondicionado, se deberá
disponer de detectores de humo en los ductos
principales, que actúen desconectando
automáticamente el sistema.
Adicionalmente se dispondrá de un tablero de
desconexión del sistema central de aire
acondicionado, ubicado adyacente al tablero
general eléctrico y para el uso exclusivo del
cuerpo de bomberos.
https://www.eselco.com.pe/instalaciones-de-presurizacion-de-escaleras/
8. DETECCIÓN Y ALARMA CONTRA INCENDIOS
J.4.2.2 DISPOSITIVOS PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE INCENDIOS
Deberán instalarse equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se listan en la tabla
J.4.2-1.
INSTITUCIONAL RECLUSIÓN
NO EXIGE
I-1
9. DETECCIÓN Y ALARMA CONTRA INCENDIOS
J.4.2.2 DISPOSITIVOS PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE INCENDIOS
Deberán instalarse equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se listan en la tabla
J.4.2-1.
SUBGRUPO CONDICIÓN TIPO DE DETECTOR UBICACIÓN
I-2 En cualquier
caso
Automáticos de humo y
alarma sonora
Se ubicará pulsadores manuales de alarma
de incendio en los pasillos, zonas de
circulación y en las diferentes
dependencias del hospital.
En las zonas de hospitalización
10. DETECCIÓN Y ALARMA CONTRA INCENDIOS
J.4.2.2 DISPOSITIVOS PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE INCENDIOS
Deberán instalarse equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se listan en la tabla
J.4.2-1.
SUBGRUPO CONDICIÓN TIPO DE DETECTOR UBICACIÓN
I-3
Si la superficie
total construida
es mayor de
5.000 m2 ó más
de tres (3) pisos
Térmicos y/o de
humo y alarma
sonora
Se dispondrán pulsadores manuales en el
interior de los locales de edificaciones
clasificadas en las categorías de riesgo I y II.
No será necesario la utilización de
detectores térmicos o de humo cuando
exista una instalación de rociadores
automáticos de agua.
Tabla J.4.2-1 Instalación de detectores de acuerdo con el grupo de ocupación
11. DETECCIÓN Y ALARMA CONTRA INCENDIOS
J.4.2.2 DISPOSITIVOS PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE INCENDIOS
Deberán instalarse equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se listan en la tabla
J.4.2-1.
Tabla J.4.2-1 Instalación de detectores de acuerdo con el grupo de ocupación
SUBGRUPO CONDICIÓN TIPO DE DETECTOR UBICACIÓN
I-4
I-5
Zonas de
alto riesgo
Térmicos y/o de humo y
alarma sonora
Se ubicarán pulsadores manuales
de alarma de incendios y
repartidos adecuadamente.
12. J.4.3.4.1 ROCIADORES AUTOMÁTICOS
Toda edificación clasificada en el grupo de ocupación I (Institucional) debe estar protegida por un
sistema, aprobado y eléctricamente supervisado, de rociadores automáticos de acuerdo con la última
versión del Código para suministro y distribución de agua para extinción de incendios en edificios,
NTC2301 y con la Norma para Instalación de Sistemas de Rociadores, NFPA 13, así:
INSTITUCIONAL
• En la totalidad de edificios con
confinamiento o restricción de
movimiento, clasificados en el subgrupo
de ocupación de reclusión (I-1).
• En la totalidad de edificios, clasificados
en el subgrupo de ocupación de salud o
incapacidad (I-2).
Jesus Nieto, Ediciones Paraninfo, S.A., 1/01/2015
13. J.4.3.1.1 ROCIADORES AUTOMÁTICOS
• En la totalidad de edificios con
área total de construcción de 2
000 m² o mayor, clasificados en
el subgrupo de ocupación de
educación (I-3).
• En la totalidad de edificios con
más de cuatro pisos o 12 m de
altura, lo que sea mayor,
clasificados en el subgrupo de
ocupación de educación (I-3).
https://www.ajcproyectos.com/wp/wp-content/uploads/2018/05/rociadores-incendios.jpg
GRUPO I-1 INSTITUCIONAL RECLUSIÓN
14. J.4.3.1.1 ROCIADORES AUTOMÁTICOS
• En la totalidad de edificios con uno o más
pisos bajo el nivel del suelo, clasificados
en el subgrupo de ocupación de
educación (I-3).
https://www.ajcproyectos.com/wp/wp-content/uploads/2018/05/rociadores-incendios.jpg
• En edificios clasificados en los subgrupos
de ocupación de seguridad y servicio
públicos (I-4 e I-5), de acuerdo con su
uso; por ejemplo, edificios para oficinas
se protegerán con las condiciones listadas
para el grupo de ocupación comercial de
servicios (C-1) y las áreas para asambleas
con las condiciones del grupo de
ocupación de lugares de reunión (L), etc.
GRUPO I-1 INSTITUCIONAL RECLUSIÓN
15. J.4.3.4.2 TOMAS FIJAS DE AGUA PARA BOMBEROS.
Toda edificación clasificada en el grupo
de ocupación I (Institucional) debe
estar protegida por un sistema de
tomas fijas para bomberos y
mangueras para extinción de incendios
diseñados de acuerdo con la última
versión del Código para suministro y
distribución de agua para extinción de
incendios en edificaciones, NTC 1669,
y con el Código para Instalación de
Sistemas de Tuberías Verticales y
Mangueras, NFPA 14, así:
GABINETES
DEPÓSITO
ENTRADA
EXTERNA
BOMBA
DIAGRAMA BÁSICO DE UN SISTEMA DE MANGUERAS
GRUPO I-1 INSTITUCIONAL RECLUSIÓN
16. J.4.3.4.2 TOMAS FIJAS DE AGUA PARA BOMBEROS.
• En edificios de más de tres pisos o 9 m de altura, lo
que sea mayor, sobre el nivel de la calle.
• En edificios con un piso bajo nivel de la calle.
• En edificios donde, en uno de sus pisos, la distancia a
cualquier punto desde el acceso más cercano para el
Cuerpo de Bomberos es mayor de 30 m.
• Cuando el edificio esté protegido con un sistema de
rociadores, las tomas fijas para bomberos se diseñarán
teniendo en cuenta lo recomendado por la última
versión del Código para suministro y distribución de
agua para extinción de incendios en edificios, NTC2301
y con la Norma para Instalación de Sistemas de
Rociadores, NFPA 13.
GRUPO I-1 INSTITUCIONAL RECLUSIÓN
17. J.4.3.4.3 – EXTINTORES DE FUEGO PORTÁTILES.
Toda edificación clasificada en el grupo de
ocupación I (Institucional) debe estar
protegida por un sistema de extintores
portátiles de fuego, diseñados de acuerdo
con la última versión de la norma
Extintores de fuego portátiles, NTC 2885 y
con la Norma de Extintores de fuego
Portátiles , NFPA 10.
GRUPO I-1 INSTITUCIONAL RECLUSIÓN