Mediante la implantación de un sistema de fianzas, la administración vasca quiere asegurar que los residuos de construcción y demolición tienen el destino final especificado en el Plan de Gestión de Residuos.
(VIII) Fianza provisional para acreditar la correcta gestión de RCDs
1. Gestión de Residuos de
Construcción y Demolición a
través del Decreto 112/2012
Análisis teórico-practico de la aplicación del Decreto 112/2012 de
producción y gestión de residuos de construcción y demolición en el
ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco
3. (VIII) Fianza provisional para garantizar una
adecuada gestión de RCDsv
Una de las novedades que comprende el Decreto 112/2012 es la obligatoriedad de establecer una fianza provisional,
con el objetivo de garantizar una adecuada gestión de los RCDs, y condición para obtener la licencia urbanística
correspondiente:
4. Desde que entro el vigor el Decreto 112/2012 se supone que las obras sometidas a licencia urbanística deben constituir
una fianza provisional para garantizar que los residuos de construcción y demolición se gestionan de una forma
adecuada.
El importe de la Fianza
El importe se basará en el coste estimado en el estudio de gestión de residuos, de ahí la importancia que le dimos en su
momento a elaborar un correcto EGR. La cuantía será la siguiente:
• el 120% del presupuesto estimado en el EGR, en general.
• el 60% del presupuesto estimado en el EGR, para los casos en que utilicen materiales que generen menos residuos o
bien se trate de una edificación sostenible.
- Esta, podrá constituirse en efectivo, en valores de deuda pública, mediante aval, mediante contrato de seguro de
caución o cualquier otra forma válida en derecho.
- Una vez obtenida, se pondrá a disposición del órgano municipal encargado de la concesión de la licencia urbanística.
Hasta aquí bien, la idea es que para obtener la licencia urbanística se constituya una fianza provisional por el importe
bien de 120% o del 60% del estudio de gestión de residuos, según las características del proyecto.
(VIII) Fianza provisional para garantizar una adecuada gestión de RCDs
5. La implantación de este sistema supone un trabajo adicional por parte de los ayuntamientos que necesitan adaptar
su trabajo a este nuevo Decreto, con lo que la solicitud de fianzas provisionales se ha retrasado considerablemente, y
no son todos los municipios los que en la actualidad solicitan la constitución de una fianza. Con el fin de solucionar
este problema hace unos meses se puso en marcha un grupo de trabajo dentro de la Red Udalsarea 21 junto al
Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.
http://www.ihobe.net/Noticias/Ficha.aspx?IdMenu=c7a02482-9afb-4d77-9e2e-91b31d95d6c9&Cod=67955646-
dea7-4ba4-a08e-e6c04eeadc36
Esperemos que este trabajo consiga que los Ayuntamientos avancen en la misma dirección y nos facilite a todos los
trámites relacionados con los residuos de construcción y demolición.
Para la devolución de la fianza se deberá acreditar la correcta gestión de los residuos generados a lo largo de la obra
mediante la presentación de una serie de documentación, que detallaremos la semana que viene.
Apuntar, el hecho de que las empresas que estén inscritas en el Registro EMAS están exentas de prestar esta fianza.
Así que si alguno de vosotros se plantea certificar la empresa en algún Sistema de Gestión Ambiental y vuestra
principal actividad es la construcción es probable que os interese elegir esta certificación, ya que ahorraréis costes de
Gestión de Residuos.