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REAL DECRETO‐LEY DE MEDIDAS 
DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y 
DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO 
 Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO
                      Consejo de Ministros
                        22 de febrero 2013
Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento 
                                                                            y Empleo Joven
Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social 
     Para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los 
     primeros 6 meses. 
     Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción en la base mínima de 
     cotización del 50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3 meses) y una bonificación (15 
     meses) de un 30% de la cuota. (Total: 2 años y medio con incentivos)
     Aplicación en los 12 primeros meses de cotización como autónomos de tarifa plana de 50€ a personas 
     con  discapacidad.  Los  cuatro  años  siguientes,  se  le  aplicará una  bonificación  del  50%  de  la  cuota. 
     (Total: 5 años con incentivos)
Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia
     Para  menores  de  30  años  la  percepción  de  la  prestación  por  desempleo  será compatible  con  la 
     situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, durante un máximo de 9 meses.
     Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad 
     emprendedora  
     Los  beneficiarios  de  prestaciones  por  desempleo  menores  de  30  años  podrán  capitalizar  hasta  el 
     100%  de  su  prestación  para  realizar  una  aportación  al  capital  social  de  una  sociedad  mercantil, 
     siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido. 
     Igualmente  se  abre  la  posibilidad  de  que  la  capitalización  de  la  prestación  por  desempleo  pueda 
     utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los 
     gastos de constitución de una nueva sociedad.
     Reanudación del cobro de la prestación por desempleo
     Para menores de 30 años se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta 
                                                                                                                         2
     propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo. 
Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento 
                                                                             y Empleo Joven
Mejora de la intermediación laboral
Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público‐privada para la intermediación en el ámbito de 
los servicios públicos de empleo. 
Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para 
orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de 
una actividad empresarial.
Habilitación  a  las  Empresas  de  Trabajo  Temporal  para  la  celebración  de  contratos  de  formación  y 
aprendizaje
Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y 
del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin 
experiencia  laboral  previa,  que  provengan  de  sectores  donde  no  haya  demanda  de  empleo  o  que  se  encuentren 
desempleados desde hace más de 12 meses.
Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la 
empresa  a  la  Seguridad  Social  por  contingencias  comunes  durante  el  primer  año  cuando  contraten  de  forma 
indefinida a un desempleado menor de  30 años  (incentivo por  el primer contrato  que  realicen  tras la entrada en 
vigor de la norma).  
Contrato “primer empleo joven”:  Modificación del actual contrato eventual para contratar a menores de 30 años 
desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 
500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres).
Incentivos al contrato en prácticas, para que aquellos jóvenes de  hasta  30 años  que hayan terminado  su periodo 
formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de 
la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.
                                                                                                                             3
Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento 
                                                                            y Empleo Joven

   Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven hasta que la tasa de paro se 
   sitúe por debajo del 15%
Contrato “GENERACIONES”: Incentivo a la contratación de personas con experiencia para su incorporación a 
   nuevos proyectos de emprendimiento joven

        Incentivo a la contratación indefinida cuyo objetivo es estimular a los jóvenes autónomos menores de 
        30 años a contratar a un desempleado  de  larga  duración  mayor  de  45  años  que  pueda  ofrecer  a  la 
        actividad la experiencia necesaria. El incentivo consiste en una reducción de la cuota de la empresa a 
        la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante el primer año de contrato.

   Incentivos a la contratación en entidades de la Economía Social

        Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la incorporación de menores de 
        30 años a las cooperativas y a las sociedades laborales en calidad de socios trabajadores.
        Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la contratación de desempleados 
        jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción.




                                                                                                                      4
Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora


Tributación reducida de sociedades de nueva creación  y autónomos durante los dos primeros ejercicios 
de actividad
     Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (base comprendida entre 0 y 
     300.000  €)  y  del  20%  (resto  de  la  base)  durante  los  dos  primeros  ejercicios  en  que  se  obtengan 
     resultados positivos.
     Los  autónomos  que  inicien  actividades  económicas  podrán  aplicar  una  reducción  del  20%  en  los 
     rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados 
     positivos.

Fomento del autoempleo en régimen de autónomos
    Los  desempleados  que  decidan  establecerse  como  autónomos  podrán  beneficiarse  de  la  exención 
    completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma 
    de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€).




                                                                                                                        5
Apoyo a la financiación 


Facilitación del acceso a los mercados de capitales
      Facilitación a los seguros privados y fondos de pensiones para que inviertan en valores negociados en 
      el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo. 
      Supresión de límites a las emisiones de valores, como alternativa para la financiación no bancaria de 
      las empresas.

Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
    Se  establece  un  plazo  de  pago  de  30  días  para  todas  las  operaciones  privadas,  ampliables  como 
    mucho a 60.
    Mayor penalización de la mora, aumentando los intereses y obligando al pago de una cantidad fija.

Ampliación del Plan de Pago a Proveedores
   Con una dotación de más de 2.600 millones de euros, para facturas anteriores a 1/1/2012.
   Como  novedad,  se  podrán  adherir  las  Entidades  Locales  de  País  Vasco  y  Navarra  incluidas  en  el 
   modelo de participación en tributos del Estado y las mancomunidades de municipios.
   Municipios de la 1ª fase y CC.AA. con nuevos contratos incluidos en esta nueva fase: 
        Concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de 
        inmuebles,  contratos  relacionados  con  los  sectores  del  agua,  la  energía,  los  transportes  y  los 
        servicios  postales,  determinados  contratos  de  concesión  de  obras  públicas,  determinados 
        contratos de gestión de servicios públicos, contratos de colaboración público‐privada.
   2ª oportunidad a proveedores de EELL y CCAA.
                                                                                                                       6
Medidas en el sector ferroviario 


Se sientan las bases para la liberalización  del transporte ferroviario de viajeros

     Transporte con finalidad prioritariamente turística: libre competencia a partir del 31 de julio de 2013.

     Establece  un  proceso  de  implantación  de  manera  análoga  a  la  liberalización  realizada  en  otros 
     sectores.

     Servicios  comerciales:  Se  licitará un  número  determinado  de  títulos  habilitantes  a  través  de  un 
     proceso  público  y  competitivo.  El  Gobierno  determinará el  número  de  títulos  habilitantes  en  cada 
     momento y su período de vigencia, tras el cual los servicios se prestarán en libre competencia.

     Los otros servicios los continuará prestando Renfe hasta que el Gobierno determine sus condiciones
     de licitación o asignación directa, de acuerdo con la Reglamentación europea.  




                                                                                                                     7
Sector energético


Se adoptan medidas para fomentar la competencia en el sector de los hidrocarburos líquidos

    Para incrementar la competencia en el mercado mayorista, se refuerza la supervisión y transparencia 
    de acceso a las instalaciones logísticas, y se garantiza que los titulares de estas instalaciones permitan 
    el acceso de terceros en condiciones no discriminatorias, transparentes y objetivas.
    Para incrementar la competencia en mercado minorista: 
         Se eliminan barreras administrativas y se simplifican trámites a la apertura de nuevas estaciones 
         de servicios.
                Se  eliminan  obstáculos  y  se  agiliza  el  procedimiento  para  que  los  centros  comerciales  y 
                zonas    o  polígonos  industriales  incorporen,  entre  sus  equipamientos,  una  estación  de 
                servicio.
                Se  establece  un  procedimiento  único  en  todas  las  CCAA  para  la  apertura  de  nuevas 
                estaciones de servicios.
                Se agiliza  la tramitación en el otorgamiento de las licencias.
         Se  fomenta  la  entrada  de  nuevos  operadores  y  se  limita  el  crecimiento  en  número  de 
         instalaciones de los principales operadores, lo que incrementará la competencia entre diferentes 
         marcas.
         Se  limita  la  duración  de  los  contratos  de  suministro  en  exclusiva  a  1  año.  Se  prohíben  las 
         recomendaciones de precio de venta al público, lo que incrementará la competencia  intramarca.
    Se revisan los objetivos anuales de consumo y venta de biocarburantes para minimizar los precios de 
    venta y favorecer la estabilidad en el sector, para alcanzar los objetivos comunitarios previstos para el 
    año 2020.
                                                                                                                        8

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Apoyo emprendimiento joven empleo

  • 2. Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento  y Empleo Joven Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social  Para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los  primeros 6 meses.  Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción en la base mínima de  cotización del 50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3 meses) y una bonificación (15  meses) de un 30% de la cuota. (Total: 2 años y medio con incentivos) Aplicación en los 12 primeros meses de cotización como autónomos de tarifa plana de 50€ a personas  con  discapacidad.  Los  cuatro  años  siguientes,  se  le  aplicará una  bonificación  del  50%  de  la  cuota.  (Total: 5 años con incentivos) Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia Para  menores  de  30  años  la  percepción  de  la  prestación  por  desempleo  será compatible  con  la  situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, durante un máximo de 9 meses. Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad  emprendedora   Los  beneficiarios  de  prestaciones  por  desempleo  menores  de  30  años  podrán  capitalizar  hasta  el  100%  de  su  prestación  para  realizar  una  aportación  al  capital  social  de  una  sociedad  mercantil,  siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.  Igualmente  se  abre  la  posibilidad  de  que  la  capitalización  de  la  prestación  por  desempleo  pueda  utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los  gastos de constitución de una nueva sociedad. Reanudación del cobro de la prestación por desempleo Para menores de 30 años se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta  2 propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo. 
  • 3. Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento  y Empleo Joven Mejora de la intermediación laboral Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público‐privada para la intermediación en el ámbito de  los servicios públicos de empleo.  Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para  orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de  una actividad empresarial. Habilitación  a  las  Empresas  de  Trabajo  Temporal  para  la  celebración  de  contratos  de  formación  y  aprendizaje Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15% Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y  del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin  experiencia  laboral  previa,  que  provengan  de  sectores  donde  no  haya  demanda  de  empleo  o  que  se  encuentren  desempleados desde hace más de 12 meses. Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la  empresa  a  la  Seguridad  Social  por  contingencias  comunes  durante  el  primer  año  cuando  contraten  de  forma  indefinida a un desempleado menor de  30 años  (incentivo por  el primer contrato  que  realicen  tras la entrada en  vigor de la norma).   Contrato “primer empleo joven”:  Modificación del actual contrato eventual para contratar a menores de 30 años  desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de  500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres). Incentivos al contrato en prácticas, para que aquellos jóvenes de  hasta  30 años  que hayan terminado  su periodo  formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de  la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%. 3
  • 4. Desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento  y Empleo Joven Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven hasta que la tasa de paro se  sitúe por debajo del 15% Contrato “GENERACIONES”: Incentivo a la contratación de personas con experiencia para su incorporación a  nuevos proyectos de emprendimiento joven Incentivo a la contratación indefinida cuyo objetivo es estimular a los jóvenes autónomos menores de  30 años a contratar a un desempleado  de  larga  duración  mayor  de  45  años  que  pueda  ofrecer  a  la  actividad la experiencia necesaria. El incentivo consiste en una reducción de la cuota de la empresa a  la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante el primer año de contrato. Incentivos a la contratación en entidades de la Economía Social Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la incorporación de menores de  30 años a las cooperativas y a las sociedades laborales en calidad de socios trabajadores. Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la contratación de desempleados  jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción. 4
  • 5. Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora Tributación reducida de sociedades de nueva creación  y autónomos durante los dos primeros ejercicios  de actividad Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (base comprendida entre 0 y  300.000  €)  y  del  20%  (resto  de  la  base)  durante  los  dos  primeros  ejercicios  en  que  se  obtengan  resultados positivos. Los  autónomos  que  inicien  actividades  económicas  podrán  aplicar  una  reducción  del  20%  en  los  rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados  positivos. Fomento del autoempleo en régimen de autónomos Los  desempleados  que  decidan  establecerse  como  autónomos  podrán  beneficiarse  de  la  exención  completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma  de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€). 5
  • 6. Apoyo a la financiación  Facilitación del acceso a los mercados de capitales Facilitación a los seguros privados y fondos de pensiones para que inviertan en valores negociados en  el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo.  Supresión de límites a las emisiones de valores, como alternativa para la financiación no bancaria de  las empresas. Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales Se  establece  un  plazo  de  pago  de  30  días  para  todas  las  operaciones  privadas,  ampliables  como  mucho a 60. Mayor penalización de la mora, aumentando los intereses y obligando al pago de una cantidad fija. Ampliación del Plan de Pago a Proveedores Con una dotación de más de 2.600 millones de euros, para facturas anteriores a 1/1/2012. Como  novedad,  se  podrán  adherir  las  Entidades  Locales  de  País  Vasco  y  Navarra  incluidas  en  el  modelo de participación en tributos del Estado y las mancomunidades de municipios. Municipios de la 1ª fase y CC.AA. con nuevos contratos incluidos en esta nueva fase:  Concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de  inmuebles,  contratos  relacionados  con  los  sectores  del  agua,  la  energía,  los  transportes  y  los  servicios  postales,  determinados  contratos  de  concesión  de  obras  públicas,  determinados  contratos de gestión de servicios públicos, contratos de colaboración público‐privada. 2ª oportunidad a proveedores de EELL y CCAA. 6
  • 7. Medidas en el sector ferroviario  Se sientan las bases para la liberalización  del transporte ferroviario de viajeros Transporte con finalidad prioritariamente turística: libre competencia a partir del 31 de julio de 2013. Establece  un  proceso  de  implantación  de  manera  análoga  a  la  liberalización  realizada  en  otros  sectores. Servicios  comerciales:  Se  licitará un  número  determinado  de  títulos  habilitantes  a  través  de  un  proceso  público  y  competitivo.  El  Gobierno  determinará el  número  de  títulos  habilitantes  en  cada  momento y su período de vigencia, tras el cual los servicios se prestarán en libre competencia. Los otros servicios los continuará prestando Renfe hasta que el Gobierno determine sus condiciones de licitación o asignación directa, de acuerdo con la Reglamentación europea.   7
  • 8. Sector energético Se adoptan medidas para fomentar la competencia en el sector de los hidrocarburos líquidos Para incrementar la competencia en el mercado mayorista, se refuerza la supervisión y transparencia  de acceso a las instalaciones logísticas, y se garantiza que los titulares de estas instalaciones permitan  el acceso de terceros en condiciones no discriminatorias, transparentes y objetivas. Para incrementar la competencia en mercado minorista:  Se eliminan barreras administrativas y se simplifican trámites a la apertura de nuevas estaciones  de servicios. Se  eliminan  obstáculos  y  se  agiliza  el  procedimiento  para  que  los  centros  comerciales  y  zonas    o  polígonos  industriales  incorporen,  entre  sus  equipamientos,  una  estación  de  servicio. Se  establece  un  procedimiento  único  en  todas  las  CCAA  para  la  apertura  de  nuevas  estaciones de servicios. Se agiliza  la tramitación en el otorgamiento de las licencias. Se  fomenta  la  entrada  de  nuevos  operadores  y  se  limita  el  crecimiento  en  número  de  instalaciones de los principales operadores, lo que incrementará la competencia entre diferentes  marcas. Se  limita  la  duración  de  los  contratos  de  suministro  en  exclusiva  a  1  año.  Se  prohíben  las  recomendaciones de precio de venta al público, lo que incrementará la competencia  intramarca. Se revisan los objetivos anuales de consumo y venta de biocarburantes para minimizar los precios de  venta y favorecer la estabilidad en el sector, para alcanzar los objetivos comunitarios previstos para el  año 2020. 8