El documento anuncia la convocatoria de subvenciones por parte del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para fomentar el autoempleo de jóvenes en la región. Los beneficiarios son jóvenes que hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia entre noviembre de 2016 y septiembre de 2017. La cuantía máxima de la subvención es de 4.000 euros para quienes acrediten el inicio de la actividad, y hasta 3.000 euros para quienes contraten servicios de apo
1. Boletín Oficial de Castilla y León
Núm. 136 Pág. 29523Martes, 18 de julio de 2017
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
D. ANUNCIOS
D.3. Otros Anuncios Oficiales
CONSEJERÍA DE EMPLEO
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (ECYL)
EXTRACTO de la Resolución de 11 de julio de 2017, del Servicio Público de Empleo
de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo
Social Europeo, destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes incluidos en el Sistema
Nacional de Garantía Juvenil, en la Comunidad de Castilla y León para el año 2017.
BDNS (Identif.): 355523
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria citada
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es) y en la Sede electrónica de la Administración de la
Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el
identificador BDNS.
Primero.– Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas incluidas aquellas
que formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil, que se establezcan por
cuenta propia y hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia, entre el 1 de
noviembre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017.
Segundo.– Objeto.
Promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia de jóvenes
inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el territorio de la
Comunidad de Castilla y León.
Tercero.– Bases Reguladoras.
Orden EMP/457/2017, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar
el autoempleo de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la
Comunidad de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 114 de 16 de junio de 2017).
CV: BOCYL-D-18072017-20
2. Boletín Oficial de Castilla y León
Núm. 136
http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959
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Cuarto.– Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante
acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:
1.– Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe
de la subvención será de 4.000 €. Dicho importe podrá ser incrementado si
concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de
estas subvenciones.
2.– En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios
para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el
75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de
3.000 €.
3.– La acreditación de cursos de formación, se subvencionará con el 75% del coste
real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
Quinto.– Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha en que se haya
iniciado la actividad económica:
a) Si el inicio de actividad hubiera tenido lugar entre el día 1 de noviembre de 2016
y el día de publicación de este extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
ambos inclusive: Dos meses computados desde el día siguiente al de dicha
publicación.
b) Si el inicio de actividad tiene lugar a partir del día siguiente a la publicación de
este extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León»: Dos meses contados
desde la fecha de inicio de la actividad económica, con el límite establecido en el
párrafo siguiente.
En ningún caso se admitirán a trámite más solicitudes que las presentadas entre el
día siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y
el 15 de octubre de 2017.
Arroyo de la Encomienda (Valladolid), 11 de julio de 2017.
El Presidente del Servicio Público
de Empleo de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
CV: BOCYL-D-18072017-20