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I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
C. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
INSTITUTO DE LA JUVENTUD
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, del Instituto de la Juventud de Castilla y
León, por la que se convoca el Programa «International Training Working» en Castilla y
León, en colaboración con el Carné Joven Europeo.
La Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León establece entre las
funciones transversales de la Consejería competente en materia de juventud la de planificar
y ejecutar medidas destinadas específicamente a los jóvenes, complementarias a las que
sean puestas en funcionamiento por otros órganos de la Administración de la Comunidad.
Al mismo tiempo, el artículo 13 de esta ley dispone que en materia de empleo, la Junta de
Castilla y León desarrollará acciones encaminadas a favorecer el acceso de los jóvenes
al mercado laboral, ejecutando acciones que contribuyan a mejorar la experiencia laboral
de éstos y a cubrir otras necesidades que pudieran encontrar en su itinerario de inserción
laboral.
El Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene experiencia en la gestión de
programas de movilidad internacional para jóvenes, así ha gestionado actuaciones de
movilidad como el Programa Eurodysea, el Programa Leonardo da Vinci, el Programa de
Cooperación Transfronteriza España-Portugal o acciones específicas de movilidad como
el servicio voluntario europeo del Programa Juventud en Acción.
El presente programa tiene como objetivo principal la mejora de la empleabilidad de
los jóvenes de Castilla y León mediante la realización de experiencias técnicas y formativas
en el mundo empresarial en algunas de las Federaciones Sectoriales y Empresariales
Europeas más importantes por un periodo de cuatro meses y, a su finalización un período
de prácticas no laborales en empresas y/o Asociaciones Empresariales Sectoriales de
Castilla y León por un período de cuatro meses, con lo que el presente programa tiene una
duración total de ocho meses para los jóvenes participantes.
En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de
julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como por
la Ley 3/2006, de 25 de mayo, de creación del Instituto de la Juventud de Castilla y León,
RESUELVO
Primero.– Objeto.
1.– La presente resolución tiene por objeto convocar y establecer las condiciones
de participación en el programa: «INTERNATIONAL TRAINING WORKING» en Castilla y
León.

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2.– El programa tiene como finalidad facilitar a los jóvenes participantes, la realización
de experiencias técnicas y formativas en Federaciones Sectoriales o Empresariales
Europeas con sede en Bruselas (Bélgica), así como la realización de prácticas no laborales
en empresas y asociaciones empresariales territoriales y sectoriales de Castilla y León.
3.– El programa objeto de esta convocatoria cuenta con 12 plazas.
Segundo.– Contenido del programa.
1.– Los jóvenes seleccionados para participar en el programa recibirán las siguientes
prestaciones:
a)	 Preparación de los participantes en origen. Apoyo en la gestión de documentación
requerida para la estancia.
b)	 Realización de experiencias técnicas y formativas en Bruselas, seguimiento y
tutorización de los participantes durante su estancia en el extranjero.
c)	 Seguro de atención médica y responsabilidad civil durante la estancia en
Europa.
d)	 Aportación económica para alojamiento y manutención durante la estancia en
Bruselas (Bélgica).
e)	 Prácticas no laborales en empresas y/o asociaciones empresariales de Castilla y
León, retribuidas y con cobertura de seguros sociales durante este período.
f)	 Durante el período de prácticas no laborales en Castilla y León se facilitará el
alojamiento a los jóvenes que desarrollen las prácticas en una provincia distinta a
la de su residencia, en el caso de aquellas provincias que cuente con instalaciones
juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León y existan
plazas disponibles para dicho período.
g)	 Certificación de la participación en el programa.
h)	 Los participantes, perceptores de Renta Garantizada de Ciudadanía, tendrán
cubiertos los gastos de desplazamiento de ida y vuelta al lugar de realización de
las prácticas en Bruselas (Bélgica).
2.– El programa tendrá una duración máxima de 8 meses, divididos en dos
períodos.
El primer período de 4 meses, que consiste en la realización de experiencias técnicas
y formativas, se desarrollará en las Federaciones Sectoriales o Empresariales Europeas
con sede en Bruselas (Bélgica).
El segundo período de 4 meses, que consiste en la realización de prácticas no
laborales, se desarrollará en empresas y/o asociaciones empresariales territoriales o
sectoriales de Castilla y León, que asumirán los correspondientes costes salariales y
seguros sociales.
3.– Los participantes seleccionados iniciarán su formación durante el primer trimestre
de 2014.

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Tercero.– Destinatarios del programa.
Podrán participar en el programa los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:
a)	 Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, con al
menos seis meses de antigüedad a la publicación de la presente convocatoria.
b)	 Tener una edad comprendida entre los 18 y los 25 años.
c)	 Estar inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo en el Servicio
Público de Empleo.
d)	 Poseer un conocimiento suficiente del idioma inglés (mínimo título de nivel B2
según el Marco Común Europeo de Referencia MCE).
e)	 Poseer un título de formación de ciclo formativo de grado superior y/o titulación
universitaria.
f)	 Tener un compromiso de motivación suficiente para desarrollar el programa hasta
su finalización, así como disponibilidad, flexibilidad y capacidad de adaptación
para disfrutar de la estancia dentro de las fechas previstas de desarrollo.
g)	 No deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional
superior a 3 meses en la misma actividad empresarial en la que van a realizar
sus prácticas en Castilla y León.
Cuarto.– Incompatibilidad.
La participación en el programa será incompatible con cualquier actividad remunerada
y con el disfrute de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad que la que
ahora se convoca, concedida por ésta u otra Administración o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Quinto.– Presentación de solicitudes.
1.– Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I de la presente
resolución y se acompañarán de los documentos requeridos en el apartado 5. El modelo
normalizado también está a disposición de los interesados en la sede electrónica de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
y en el portal Web del Instituto de la Juventud, http:// www.juventud.jcyl.es.
2.– Las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Registro del Departamento
Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades de las distintas provincias, o en cualquiera
de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León o por cualquiera de los medios previstos
en el Decreto 2/2003, de 2 de enero por el que se regulan los servicios de información y
atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de
Castilla y León.
3.– Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en
el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax
para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración

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de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y se declaran los números telefónicos
oficiales, siendo el n.º oficial a estos efectos el 983. 41 09 55.
4.– Asimismo podrán presentarse de forma telemática, a cuyos efectos, los
solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de un certificado digital de clase 2CA
de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos
otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y
sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas
corporativas.
Las entidades prestadoras del servicio de certificación a que se refiere el apartado
anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada
publicada en la sede electrónica, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes,
junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos
anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad
de Castilla y León.
Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las
formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo
Común.
El Registro Telemático emitirá un recibo de confirmación de la recepción, consistente
en una copia autenticada de la solicitud, escrito o comunicación que incluye la fecha,
hora y número de registro. Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa
o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor
de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su
caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no
se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro
momento o utilizando otros medios disponibles.
5.– Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a)	 Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, salvo que se autorice a la
Administración a acceder al mismo mediante medios telemáticos.
b)	 Fotocopia del Carné Joven Europeo.
c)	 Certificado de empadronamiento, salvo que se autorice a la Administración a
acceder al mismo mediante medios telemáticos.
d)	 Carta de presentación en castellano e inglés, en un máximo de un folio.
e)	 Currículum Vitae Europass, ver http://www.europass.cedefop.europa.eu, en un
máximo de dos folios en castellano e inglés.
f)	 Documento informativo sobre el nivel de conocimiento lingüístico en formato
pasaporte europeo de las lenguas, ver http://www.europass.cedefop.europa.eu.
6.– Con la presentación de la solicitud se podrá autorizar al órgano administrativo
encargado de la verificación de los datos para que éste pueda obtener directamente y/o por

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medios telemáticos la información correspondiente al Documento Nacional de Identidad
y empadronamiento. En caso de no otorgarse dicha autorización se deberá aportar junto
con la solicitud la documentación acreditativa de dichos datos.
7.– Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, podrá requerirse al solicitante
y éste podrá presentar cualquier otro documento necesario para aclarar el cumplimiento
de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
Sexto.– Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el
día siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Castilla
y León».
Séptimo.– Instrucción del procedimiento y Comisión de Valoración.
1.– La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Emancipación,
Transversalidad y Participación juvenil, realizando de oficio cuantas actuaciones estime
necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente
resolución, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta
o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se
le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará al efecto en los
términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.– Las solicitudes serán examinadas y valoradas por una Comisión de Valoración,
presidida por el Director Técnico del Instituto de la Juventud de Castilla y León o persona
en quien delegue e integrada además por dos funcionarios del Instituto de la Juventud,
uno de los cuales actuará como Secretario, un representante de la Confederación de
Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CECALE) y un representante de las
entidades financieras adheridas al programa Carné Joven Europeo de Castilla y León.
3.– La Comisión realizará una propuesta de preselección con el fin de constituir una
lista de candidatos conforme a los criterios recogidos en la base siguiente. La Comisión de
Valoración podrá ser asistida por expertos en movilidad juvenil e idiomas.
Octavo.– Criterios para la preselección de candidatos.
Para la preselección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios
de valoración:
a)	 Adecuación de los perfiles personales y profesionales a los objetivos del
programa.
b)	 Motivación y aptitudes del candidato para participar en el programa.
c)	 Antigüedad de la inscripción en el Servicio Público de Empleo.
d)	 Tendrán preferencia los jóvenes perceptores de renta garantizada de
ciudadanía.

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Noveno.– Selección de candidatos y resolución de la convocatoria.
1.– La Comisión de Valoración podrá convocar a los candidatos preseleccionados a
una entrevista para la selección definitiva de los mismos en función de su adecuación a las
ofertas de experiencias formativas disponibles en Bruselas, del nivel de idioma requerido
para cada práctica, así como de sus motivaciones y aptitudes.
2.– Corresponde al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León,
a propuesta de la Comisión de Valoración realizar la selección de candidatos, siempre y
cuando se mantengan las condiciones necesarias para ser beneficiario del programa.
3.– La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal Web del Instituto de la Juventud,
http://www.juventud.jcyl.es.
4.– El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses a
contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín
Oficial de Castilla y León». El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la
resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo
la solicitud presentada.
Décimo.– Obligaciones de los beneficiarios.
Los candidatos finalmente seleccionados tendrán las siguientes obligaciones:
a)	 Aceptación expresa de las condiciones de la estancia de formación práctica
en el país de acogida. El incumplimiento de estas condiciones determinará su
exclusión del presente programa.
b)	 Reunir los requisitos legales de entrada y/o residencia en el país de acogida.
c)	 Respetar el reglamento de la entidad europea de acogida así como de la empresa
de Castilla y León donde realizara su práctica, sus horarios de trabajo, los códigos
de buena conducta y las reglas de confidencialidad.
d)	 En caso de abandono voluntario del programa, por causas no debidamente
justificadas o supuestos de causa mayor, el seleccionado podrá ser requerido
para la devolución de aquellas cantidades invertidas en su formación.
e)	 Comunicar al Instituto de la Juventud de Castilla y León aquellas incidencias y/o
modificaciones relativas a la estancia en el país de acogida o la práctica en la
empresa de Castilla y León o que pudieran influir en su participación durante el
desarrollo del programa.
f)	 Tener una dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil y notificar si
se produce algún cambio del domicilio comunicado, a los efectos de permanecer
en contacto continuo con los socios del programa.
g)	 Redactar un informe detallado sobre la estancia y remitirlo al Instituto de la
Juventud de Castilla y León en el plazo de dos semanas desde la finalización de
su estancia en el extranjero.

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Martes, 22 de octubre de 2013

Pág. 68428

h)	 Participar en las actividades de difusión del programa para las que sean
requeridos.
i)	 Cualquier otra que pudiera establecerse.
Undécimo.– Régimen de impugnación.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la Presidencia del Instituto de la Juventud de Castilla
y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 21 de octubre de 2013.
El Director General,
Fdo.: César Burón Álvarez

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Núm. 204

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Martes, 22 de octubre de 2013

INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON

ANEXO I: DOSSIER DE CANDIDATURA

DATOS
PERSONALES

(Rellenar en mayúsculas)
Primer Apellido

Segundo Apellido

Domicilio de contacto
Teléfono/s

Nombre

Localidad
Correo electrónico

D.N.I.

Provincia
Lugar y fecha de nacimiento

C.P.
Eda
d

ESTUDIOS ACADÉMICOS (Ciclo formativo de grado superior / Título Universitario)

ESTUDIOS Y FORMACIÓN

Código IAPA: n.º 1036

Centro

Fecha fin

AUTOEVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD LINGÜÍSTICA

(Especificar nivel según Marco Común Europeo de Referencia: A1, A2, B1, B2, C1, C2)

Idioma

Comprender

Objetivos que pretendes alcanzar con la participación en el Programa

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Hablar

Escribir

INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Modelo: n.º 547

Título
Boletín Oficial de Castilla y León
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Martes, 22 de octubre de 2013

Pág. 68430

INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON

OTRAS INFORMACIONES

Código IAPA: n.º 1036

Haz referencia a tus cualidades y habilidades personales como por ejemplo nivel de responsabilidad, madurez, capacidad de adaptación, flexibilidad
y/u otras que consideres necesarias para participar en el programa:

Situación laboral
Demandante de empleo

En mejora de empleo por no adecuarse el actual a mi perfil formativo

Antigüedad como demandante
0-1 Año

1-2 Años

2-3 Años

3-4 Años

más de 4 años

Sectores de actividad solicitados para la práctica (incluir varias posibilidades)
-

¿Has participado en algún programa de movilidad en el extranjero?
En caso afirmativo, describe tu experiencia de movilidad

Documentos que se adjuntan
Curriculum Vitae Europass en español e inglés
Pasaporte de lenguas Europass en español e inglés

Carta de presentación en español e inglés.

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Sí

No

INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Modelo: n.º 547

Explica las razones por las que deseas participar en el programa
Boletín Oficial de Castilla y León
Núm. 204

Martes, 22 de octubre de 2013

Pág. 68431

INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON
El interesado SOLICITA participar en el programa convocado y DECLARA RESPONSABLEMENTE:
1.- Que conoce y acepta las condiciones de participación en la convocatoria del programa international Training Working en
Castilla y León.
2.- Que los datos que figuran en la solicitud y en los documentos que la acompañan son ciertos.
3.- Que está empadronado en un municipio de Castilla y León
AUTORIZO a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para obtener directamente y/o por
medios telemáticos, los datos de identidad (dni) y el servicio de verificación de datos de residencia (empadronamiento),
debiendo en caso contrario presentar fotocopia de la citada documentación.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos,
el Instituto de la Juventud de Castilla y León le informa que los datos aportados en este formulario serán incorporados a un
fichero de datos de carácter personal, constituido con la finalidad de gestionar los datos de los participantes en los
programas de emancipación juvenil. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los
términos establecidos en la citada Ley, mediante escrito, según modelos normalizados por la Orden PAT/175/2003, de 20
de febrero, dirigido al Instituto de la Juventud de Castilla y León, Calle Mieses, nº 26, 47009, Valladolid.

Código IAPA: n.º 1036

Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento o para sugerencias de mejora de este impreso, puede
dirigirse al teléfono de información administrativa 012.

En …………………………….. a ………… de ………………..……. de ………….

INSTITUTO DE LA JUVENTUD

Modelo: n.º 547

AUTORIZO la remisión de información de las distintas acciones y programas realizados desde el Instituto de la Juventud
de Castilla y León a través de la dirección de correo electrónico facilitada en la presente solicitud, así como para que los
datos e informaciones aportados puedan ser utilizados en otros procedimientos administrativos en los que fueran
requeridos o cedidos a entidades colaboradoras en la gestión de programas, todo ello de conformidad con lo establecido en
el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en
los artículos 11.1 y 41.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

(Firma del solicitante)

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEÓN

http://bocyl.jcyl.es

CV: BOCYL-D-22102013-17

D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959

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Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración con el Carné Joven Europeo.

  • 1. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68422 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES INSTITUTO DE LA JUVENTUD RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2013, del Instituto de la Juventud de Castilla y León, por la que se convoca el Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración con el Carné Joven Europeo. La Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León establece entre las funciones transversales de la Consejería competente en materia de juventud la de planificar y ejecutar medidas destinadas específicamente a los jóvenes, complementarias a las que sean puestas en funcionamiento por otros órganos de la Administración de la Comunidad. Al mismo tiempo, el artículo 13 de esta ley dispone que en materia de empleo, la Junta de Castilla y León desarrollará acciones encaminadas a favorecer el acceso de los jóvenes al mercado laboral, ejecutando acciones que contribuyan a mejorar la experiencia laboral de éstos y a cubrir otras necesidades que pudieran encontrar en su itinerario de inserción laboral. El Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene experiencia en la gestión de programas de movilidad internacional para jóvenes, así ha gestionado actuaciones de movilidad como el Programa Eurodysea, el Programa Leonardo da Vinci, el Programa de Cooperación Transfronteriza España-Portugal o acciones específicas de movilidad como el servicio voluntario europeo del Programa Juventud en Acción. El presente programa tiene como objetivo principal la mejora de la empleabilidad de los jóvenes de Castilla y León mediante la realización de experiencias técnicas y formativas en el mundo empresarial en algunas de las Federaciones Sectoriales y Empresariales Europeas más importantes por un periodo de cuatro meses y, a su finalización un período de prácticas no laborales en empresas y/o Asociaciones Empresariales Sectoriales de Castilla y León por un período de cuatro meses, con lo que el presente programa tiene una duración total de ocho meses para los jóvenes participantes. En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como por la Ley 3/2006, de 25 de mayo, de creación del Instituto de la Juventud de Castilla y León, RESUELVO Primero.– Objeto. 1.– La presente resolución tiene por objeto convocar y establecer las condiciones de participación en el programa: «INTERNATIONAL TRAINING WORKING» en Castilla y León. CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 2. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68423 2.– El programa tiene como finalidad facilitar a los jóvenes participantes, la realización de experiencias técnicas y formativas en Federaciones Sectoriales o Empresariales Europeas con sede en Bruselas (Bélgica), así como la realización de prácticas no laborales en empresas y asociaciones empresariales territoriales y sectoriales de Castilla y León. 3.– El programa objeto de esta convocatoria cuenta con 12 plazas. Segundo.– Contenido del programa. 1.– Los jóvenes seleccionados para participar en el programa recibirán las siguientes prestaciones: a) Preparación de los participantes en origen. Apoyo en la gestión de documentación requerida para la estancia. b) Realización de experiencias técnicas y formativas en Bruselas, seguimiento y tutorización de los participantes durante su estancia en el extranjero. c) Seguro de atención médica y responsabilidad civil durante la estancia en Europa. d) Aportación económica para alojamiento y manutención durante la estancia en Bruselas (Bélgica). e) Prácticas no laborales en empresas y/o asociaciones empresariales de Castilla y León, retribuidas y con cobertura de seguros sociales durante este período. f) Durante el período de prácticas no laborales en Castilla y León se facilitará el alojamiento a los jóvenes que desarrollen las prácticas en una provincia distinta a la de su residencia, en el caso de aquellas provincias que cuente con instalaciones juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León y existan plazas disponibles para dicho período. g) Certificación de la participación en el programa. h) Los participantes, perceptores de Renta Garantizada de Ciudadanía, tendrán cubiertos los gastos de desplazamiento de ida y vuelta al lugar de realización de las prácticas en Bruselas (Bélgica). 2.– El programa tendrá una duración máxima de 8 meses, divididos en dos períodos. El primer período de 4 meses, que consiste en la realización de experiencias técnicas y formativas, se desarrollará en las Federaciones Sectoriales o Empresariales Europeas con sede en Bruselas (Bélgica). El segundo período de 4 meses, que consiste en la realización de prácticas no laborales, se desarrollará en empresas y/o asociaciones empresariales territoriales o sectoriales de Castilla y León, que asumirán los correspondientes costes salariales y seguros sociales. 3.– Los participantes seleccionados iniciarán su formación durante el primer trimestre de 2014. CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 3. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68424 Tercero.– Destinatarios del programa. Podrán participar en el programa los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos: a) Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, con al menos seis meses de antigüedad a la publicación de la presente convocatoria. b) Tener una edad comprendida entre los 18 y los 25 años. c) Estar inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo en el Servicio Público de Empleo. d) Poseer un conocimiento suficiente del idioma inglés (mínimo título de nivel B2 según el Marco Común Europeo de Referencia MCE). e) Poseer un título de formación de ciclo formativo de grado superior y/o titulación universitaria. f) Tener un compromiso de motivación suficiente para desarrollar el programa hasta su finalización, así como disponibilidad, flexibilidad y capacidad de adaptación para disfrutar de la estancia dentro de las fechas previstas de desarrollo. g) No deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a 3 meses en la misma actividad empresarial en la que van a realizar sus prácticas en Castilla y León. Cuarto.– Incompatibilidad. La participación en el programa será incompatible con cualquier actividad remunerada y con el disfrute de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad que la que ahora se convoca, concedida por ésta u otra Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Quinto.– Presentación de solicitudes. 1.– Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I de la presente resolución y se acompañarán de los documentos requeridos en el apartado 5. El modelo normalizado también está a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal Web del Instituto de la Juventud, http:// www.juventud.jcyl.es. 2.– Las solicitudes se presentarán en las Oficinas de Registro del Departamento Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades de las distintas provincias, o en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por cualquiera de los medios previstos en el Decreto 2/2003, de 2 de enero por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. 3.– Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 4. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68425 de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el n.º oficial a estos efectos el 983. 41 09 55. 4.– Asimismo podrán presentarse de forma telemática, a cuyos efectos, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio de certificación a que se refiere el apartado anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es. Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. El Registro Telemático emitirá un recibo de confirmación de la recepción, consistente en una copia autenticada de la solicitud, escrito o comunicación que incluye la fecha, hora y número de registro. Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles. 5.– Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, salvo que se autorice a la Administración a acceder al mismo mediante medios telemáticos. b) Fotocopia del Carné Joven Europeo. c) Certificado de empadronamiento, salvo que se autorice a la Administración a acceder al mismo mediante medios telemáticos. d) Carta de presentación en castellano e inglés, en un máximo de un folio. e) Currículum Vitae Europass, ver http://www.europass.cedefop.europa.eu, en un máximo de dos folios en castellano e inglés. f) Documento informativo sobre el nivel de conocimiento lingüístico en formato pasaporte europeo de las lenguas, ver http://www.europass.cedefop.europa.eu. 6.– Con la presentación de la solicitud se podrá autorizar al órgano administrativo encargado de la verificación de los datos para que éste pueda obtener directamente y/o por CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 5. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68426 medios telemáticos la información correspondiente al Documento Nacional de Identidad y empadronamiento. En caso de no otorgarse dicha autorización se deberá aportar junto con la solicitud la documentación acreditativa de dichos datos. 7.– Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, podrá requerirse al solicitante y éste podrá presentar cualquier otro documento necesario para aclarar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Sexto.– Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Séptimo.– Instrucción del procedimiento y Comisión de Valoración. 1.– La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Emancipación, Transversalidad y Participación juvenil, realizando de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. Si la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente resolución, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará al efecto en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.– Las solicitudes serán examinadas y valoradas por una Comisión de Valoración, presidida por el Director Técnico del Instituto de la Juventud de Castilla y León o persona en quien delegue e integrada además por dos funcionarios del Instituto de la Juventud, uno de los cuales actuará como Secretario, un representante de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CECALE) y un representante de las entidades financieras adheridas al programa Carné Joven Europeo de Castilla y León. 3.– La Comisión realizará una propuesta de preselección con el fin de constituir una lista de candidatos conforme a los criterios recogidos en la base siguiente. La Comisión de Valoración podrá ser asistida por expertos en movilidad juvenil e idiomas. Octavo.– Criterios para la preselección de candidatos. Para la preselección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración: a) Adecuación de los perfiles personales y profesionales a los objetivos del programa. b) Motivación y aptitudes del candidato para participar en el programa. c) Antigüedad de la inscripción en el Servicio Público de Empleo. d) Tendrán preferencia los jóvenes perceptores de renta garantizada de ciudadanía. CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 6. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68427 Noveno.– Selección de candidatos y resolución de la convocatoria. 1.– La Comisión de Valoración podrá convocar a los candidatos preseleccionados a una entrevista para la selección definitiva de los mismos en función de su adecuación a las ofertas de experiencias formativas disponibles en Bruselas, del nivel de idioma requerido para cada práctica, así como de sus motivaciones y aptitudes. 2.– Corresponde al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León, a propuesta de la Comisión de Valoración realizar la selección de candidatos, siempre y cuando se mantengan las condiciones necesarias para ser beneficiario del programa. 3.– La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal Web del Instituto de la Juventud, http://www.juventud.jcyl.es. 4.– El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León». El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud presentada. Décimo.– Obligaciones de los beneficiarios. Los candidatos finalmente seleccionados tendrán las siguientes obligaciones: a) Aceptación expresa de las condiciones de la estancia de formación práctica en el país de acogida. El incumplimiento de estas condiciones determinará su exclusión del presente programa. b) Reunir los requisitos legales de entrada y/o residencia en el país de acogida. c) Respetar el reglamento de la entidad europea de acogida así como de la empresa de Castilla y León donde realizara su práctica, sus horarios de trabajo, los códigos de buena conducta y las reglas de confidencialidad. d) En caso de abandono voluntario del programa, por causas no debidamente justificadas o supuestos de causa mayor, el seleccionado podrá ser requerido para la devolución de aquellas cantidades invertidas en su formación. e) Comunicar al Instituto de la Juventud de Castilla y León aquellas incidencias y/o modificaciones relativas a la estancia en el país de acogida o la práctica en la empresa de Castilla y León o que pudieran influir en su participación durante el desarrollo del programa. f) Tener una dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil y notificar si se produce algún cambio del domicilio comunicado, a los efectos de permanecer en contacto continuo con los socios del programa. g) Redactar un informe detallado sobre la estancia y remitirlo al Instituto de la Juventud de Castilla y León en el plazo de dos semanas desde la finalización de su estancia en el extranjero. CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 7. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68428 h) Participar en las actividades de difusión del programa para las que sean requeridos. i) Cualquier otra que pudiera establecerse. Undécimo.– Régimen de impugnación. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Valladolid, 21 de octubre de 2013. El Director General, Fdo.: César Burón Álvarez CV: BOCYL-D-22102013-17
  • 8. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Pág. 68429 Martes, 22 de octubre de 2013 INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON ANEXO I: DOSSIER DE CANDIDATURA DATOS PERSONALES (Rellenar en mayúsculas) Primer Apellido Segundo Apellido Domicilio de contacto Teléfono/s Nombre Localidad Correo electrónico D.N.I. Provincia Lugar y fecha de nacimiento C.P. Eda d ESTUDIOS ACADÉMICOS (Ciclo formativo de grado superior / Título Universitario) ESTUDIOS Y FORMACIÓN Código IAPA: n.º 1036 Centro Fecha fin AUTOEVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD LINGÜÍSTICA (Especificar nivel según Marco Común Europeo de Referencia: A1, A2, B1, B2, C1, C2) Idioma Comprender Objetivos que pretendes alcanzar con la participación en el Programa CV: BOCYL-D-22102013-17 Hablar Escribir INSTITUTO DE LA JUVENTUD Modelo: n.º 547 Título
  • 9. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68430 INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON OTRAS INFORMACIONES Código IAPA: n.º 1036 Haz referencia a tus cualidades y habilidades personales como por ejemplo nivel de responsabilidad, madurez, capacidad de adaptación, flexibilidad y/u otras que consideres necesarias para participar en el programa: Situación laboral Demandante de empleo En mejora de empleo por no adecuarse el actual a mi perfil formativo Antigüedad como demandante 0-1 Año 1-2 Años 2-3 Años 3-4 Años más de 4 años Sectores de actividad solicitados para la práctica (incluir varias posibilidades) - ¿Has participado en algún programa de movilidad en el extranjero? En caso afirmativo, describe tu experiencia de movilidad Documentos que se adjuntan Curriculum Vitae Europass en español e inglés Pasaporte de lenguas Europass en español e inglés Carta de presentación en español e inglés. CV: BOCYL-D-22102013-17 Sí No INSTITUTO DE LA JUVENTUD Modelo: n.º 547 Explica las razones por las que deseas participar en el programa
  • 10. Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 204 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 68431 INTERNATIONAL TRAINING WORKING EN CASTILLA Y LEON El interesado SOLICITA participar en el programa convocado y DECLARA RESPONSABLEMENTE: 1.- Que conoce y acepta las condiciones de participación en la convocatoria del programa international Training Working en Castilla y León. 2.- Que los datos que figuran en la solicitud y en los documentos que la acompañan son ciertos. 3.- Que está empadronado en un municipio de Castilla y León AUTORIZO a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos, los datos de identidad (dni) y el servicio de verificación de datos de residencia (empadronamiento), debiendo en caso contrario presentar fotocopia de la citada documentación. De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos, el Instituto de la Juventud de Castilla y León le informa que los datos aportados en este formulario serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal, constituido con la finalidad de gestionar los datos de los participantes en los programas de emancipación juvenil. Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos en la citada Ley, mediante escrito, según modelos normalizados por la Orden PAT/175/2003, de 20 de febrero, dirigido al Instituto de la Juventud de Castilla y León, Calle Mieses, nº 26, 47009, Valladolid. Código IAPA: n.º 1036 Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento o para sugerencias de mejora de este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012. En …………………………….. a ………… de ………………..……. de …………. INSTITUTO DE LA JUVENTUD Modelo: n.º 547 AUTORIZO la remisión de información de las distintas acciones y programas realizados desde el Instituto de la Juventud de Castilla y León a través de la dirección de correo electrónico facilitada en la presente solicitud, así como para que los datos e informaciones aportados puedan ser utilizados en otros procedimientos administrativos en los que fueran requeridos o cedidos a entidades colaboradoras en la gestión de programas, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en los artículos 11.1 y 41.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. (Firma del solicitante) ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEÓN http://bocyl.jcyl.es CV: BOCYL-D-22102013-17 D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959