Este documento describe las responsabilidades y requisitos para ser capitán de yate. Las responsabilidades básicas incluyen gobernar embarcaciones de recreo de motor o vela de hasta 24 metros. Los requisitos incluyen poseer el título de Patrón de Yate, aprobar un examen teórico de 40 preguntas en temas como navegación, meteorología e inglés, y completar cursos de seguridad y radiooperador. El examen se corrige globalmente o por módulos y las calificaciones aprobadas se mantien
Guía completa para obtener el título de Capitán de Yate
1. CAPITÁN DE YATE
PRESENTACIÓN.
Atribuciones básicas:
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta
para la navegación sin límites geográficos.
Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a
éstas, de acuerdo con sus características técnicas.
Atribuciones complementarias:
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta
para la navegación sin límites geográficos.
REQUISITOS
Poseer el título de Patrón de Yate.
Aprobar el examen teórico correspondiente.
Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto
875/2014.
Realizar el curso de radio-operador de corto alcance. Si este curso ya se ha realizado
anteriormente no será necesario realizarlo nuevamente.
ACREDITACIONES.
Al finalizar el curso, y una vez superados los exámenes, el Alumno obtiene:
Diploma y Certificado de Profesionalidad, expedidos por nuestro Centro, con el número de horas
lectivas y de prácticas cursadas, así como las calificaciones obtenidas.
Diploma / Certificado expedido por el Centro Colaborador que acreditan la especialidad cursada.
Homologado por la Dirección General de la Marina Mercante (Ministerio de Fomento).
CONTENIDO Y EXAMEN
El examen se compondrá de 40 preguntas tipo test de formulación independiente entre sí, con cuatro
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CAPITÁN DE YATE
posibles respuestas cada una. Siendo su duración máxima de 2 horas y media.
El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración:
a) Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 28 preguntas,
no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo de errores:
De teoría de navegación, máximo 5 errores permitidos.
De cálculos de navegación, máximo 4 errores permitidos.
b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los
criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los criterios de la
siguiente tabla.
El aprobado del módulo se conservará durante las dos siguientes convocatorias en las que la
administración competente realice exámenes de capitán de yate.
El aprobado por módulos solo será válido en el ámbito exclusivo de cada Administración con
competencias. La distribución de las preguntas de acuerdo a las materias de examen se hará según el
siguiente cuadro.
Materia
Módulos
temáticos
Número de
preguntas
de examen
Número
máximo de
errores
permitidos
Número
mínimo de
respuestas
correctas
1 Teoría de navegación Módulo de
navegación
(1hora y 30 Min)
10 5 5
2 Cálculo de navegación 10 4 6
3 Meteorología
Módulo genérico
(1hora)
10
5 (Solo en
caso de
corrección
por módulos)
5 (Solo en
caso de
corrección
por módulos)
4 Inglés 10
5 (Solo en
caso de
corrección
por módulos)
5 (Solo en
caso de
corrección
por módulos)
Total Examen 40 12 28
Se reconocerán las calificaciones obtenidas por aquellas personas que hubiesen aprobado alguna de las
asignaturas que conforman la totalidad de la prueba teórica correspondiente, según lo estipulado en la
Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, durante las tres convocatorias siguientes en las que se realicen
pruebas de la titulación a obtener, contadas desde la entrada en vigor del real decreto 875/2014.
Durante dicho plazo podrán examinarse única y exclusivamente de aquellas materias aún no aprobadas.
Superado este plazo deberán someterse de nuevo a la totalidad de la prueba teórica de acuerdo a lo
especificado en este real decreto. Aquellas personas que se encuentren en la situación descrita en el
párrafo anterior, con asignaturas aprobadas en una Comunidad Autónoma y se presenten a los exámenes
convocados por la Dirección General de la Marina Mercante, para acogerse a esta modalidad de examen
deberán, bien en el momento de formalizar la matrícula o a más tardar el día del examen, aportar
certificación original o fotocopia cotejada, de la Comunidad Autónoma en la que figuren las asignaturas
aprobadas.