1. El Grupo Sumar es un espacio para
pensar y proponer las políticas públicas de
la ciudad de Santa Fe que acompaña el
proyecto político que encabeza
Diego Degano. Está integrado por un
equipo de técnicos que tienen diferentes
orígenes partidarios y muchos ciudadanos
independientes. Creemos que los desafíos
que enfrenta la gestión pública necesitan
soluciones multidisciplinarias y por eso
formamos un equipo de personas que
pueda pensar las mejores soluciones para
los problemas de la ciudad.
Documento elaborado por el
Área Seguridad Ciudadana del
Grupo Sumar:
El Rol del Municipio
en la prevención del delito
2. Marzo 2013
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Introducción
La La inseguridad ciudadana en los últimos años se
convirtió en uno de los problemas más preocupan-
tes prácticamentente en todas las ciudadades del
mundo ya que afecta el bienestar, la tranquilidad y
la calidad de vida de sus ciudadanos.
Contrariammente a las políticas de seguridad que
predominaron durante las últimas décadas del si-
glo anterior, este problema debe ser abordado por
los gobiernos locales (Municipios), en coordinación
con el gobierno nacional y con políticas integrales
que deben ir desde los ámbitos preventivos hasta
los coercitivos.
Recordemos que la represión del delito es la inter-
vención ex – post, es decir, después que el delito se
produjo, para castigar a la persona que lo realizó; en
cambio, la prevención del delito consiste en la inter-
vención antes que el delito se produzca (ex – ante)
para evitar que éste suceda.
En este orden de ideas el Municipio, en tanto es
gobierno local, es el actor de prevención del delito
por excelencia.
La Prevención del delito
Por prevención del delito se entienden todas aque-
llas medidas tendientes a reducir la violencia, la
delincuencia y la inseguridad a través de una mo-
dificación de las causas que las originan o favore-
cen; su objetivo es evitar la comisión de conductas
delictivas o bien reducir las posibilidades de que se
repita. Según Van Dijk, la prevención puede definir-
se como las políticas, medidas y técnicas, fuera de
los límites de sistema de justicia penal, dirigidas a
la reducción de las diversas clases de daños produ-
cidos por actos definidos por el Estado.
Tradicionalmente se ha distinguido entre prevención
primaria, secuandaria y terciaria según esté dirigi-
da a la población en general, a grupos sociales en
Documento elaborado por la Comisión
de Seguridad del Grupo SUMAR en el que
se analiza el rol del gobierno local
(Municipio) en la prevención del delito.
riesgo de realizar delitos (potenciales delincuentes)
y a quienes ya cometieron delitos, respectivamente.
Pero en las últimas cinco décadas surgieron en dis-
tintos países estrategias para la prevención del de-
lito que expresadas en políticas de estado, planes
nacionales, regionales y/o locales han configurado
cuatro modelos distintos.
El primer modelo es la “Prevención Social Primaria”
que consiste en disminuir las tendencias delictivas
de la población en mayor riesgo, fundamentalmente
la población joven, con un Estado que interviene
mediante el diseño e implementación de programas
de desarrollo económico y social, de educación, sa-
lud pública, vivienda, empleo y de recreación para
el uso del tiempo libre; con estas intervenciones
pretende influir en sus actividades y comportamien-
tos (para que no delincan).
El segundo modelo corresponde al de “Prevención
Situacional del Delito” y busca reducir en el entor-
no las oportunidades para delinquir ya que supone
que el potencial delincuente actúa con una lógica de
costos y beneficios; éste el caso del viejo refrán “la
oportunidad hace al ladrón”. Incluye cuatro máxi-
mas: “1) medidas dirigidas hacia formas específicas
del delito, 2) que involucran diseños o intervencio-
nes sobre el entorno inmediato donde ocurren esos
delitos, 3) de un modo tan permanente y sistemá-
tico como sea posible, 4) como para reducir las
oportunidades de cometerlos”. (Clarke y Mathew,
1980:1). Se inscriben en este modelo las medidas
de instalación de cámaras y circuitos cerrados de
televisión, sistemas de alarmas y mayor alumbra-
miento en el espacio público.
El tercer modelo es el de la “Prevención Multiagen-
ciada del Delito” y destaca la participación de una
diversidad de actores planteando la necesaria aso-
ciación entre la sociedad civil, la policía y, especial-
mente, a las autoridades locales que “constituyen
el foco natural para la coordinación con las insti-
tuciones sectoriales del Estado y por cierto con los
organismos policiales, en un amplio abanico de ac-
tividades orientadas hacia el logro de la seguridad”
(De la Puente, Torres, 2000 : 32).
Y el cuarto modelo corresponde a la “Prevención
Comunitaria del Delito” que pone el énfasis en es-
trategias y medidas que fomenten y articulen la
participación activa de la ciudadanía en la preven-
ción del delito.
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¿Es necesario que los Municipios cuenten
con un Cuerpo de Policía propio (Local)
para prevenir el delito?
Cuando se analizan los casos de ciudades que in-
tervienen en la gestión de la seguridad pública y de
la prevención del delito, una primera diferenciación
que se advierte es si éstas cuentan o no con un Cuer-
po de Policía propio. Así, por ejemplo, en los Estados
Unidos las ciudades de Nueva York, Chicago y Los
Angeles cuentan con sus propios cuerpos de policía;
lo mismo sucede en España con la Policía Municipal
de Madrid y en la Argentina con la Policía Metropoli-
tana (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Pero si una ciudad cualquiera no cuenta con un
cuerpo de Policía propio, ésto no quiere decir que no
va a poder intervenir en la seguridad pública de su
localidad: concretamente, no va a poder intervenir
en la represión del delito pero sí en la prevención del
delito. Claros ejemplos son las ciudades (Alcaldías)
de Medellín y Bogotá en Colombia que intervienie-
ron exitósamente en la prevención del delito bajando
considerablemente los índices delictivos así como la
Municipalidad de Santiago, en Chile, y el Municipio
de Tigre en la Provincia de Buenos Aires (Argenti-
na): todos sus gobiernos locales aplicaron distintos
programas que se inscriben en la “Prevención Social
Primaria” y “Prevención Situacional del Delito”, en
forma coordinada con la Fuerza Policial, ciudadanía
y otras agencias estatales de distinto nivel de go-
bierno (“Prevención Multiagenciada del Delito”) y sin
dejar de promover y organizar la participación de los
vecinos (“Prevención Comunitaria del Delito”).
En otras palabras, un Municipio que no cuenta con
una Policía Municipal puede implementar cualquie-
ra de los cuatro modelos de prevención del delito
arriba señalados.
¿Por qué el Municipio se constituye en el
actor preventivo por excelencia?
La literatura internacional coincide en que es el go-
bierno local (Municipio) es el único que puede ar-
ticular las medidas orientadas a mejorar la calidad
de vida urbana (iluminación, espacios públicos) con
aquellas directamente vinculadas con la criminali-
dad. Sólo éste tiene un conocimiento directo de
los problemas y necesidades de la población lo que
constituye una condición necesaria para diseñar e
implementar planes de acción que buscan focalizar
las intervenciones en aquellos territorios o personas
que más lo necesitan.
Además, por su naturaleza local, el Municipio cuen-
ta con estructuras organizacionales que permiten
y favorecen la coordinación e integración entre ac-
tores y puede generar y mantener abiertos canales
permanentes y fluidos de información desde y hacia
la comunidad. En otras palabras, es su proximidad
lo que convierte al Municipio en un actor clave den-
tro de una estrategia de prevención del delito.
Necesidad de un diagnóstico local común
Todas las medidas, estrategias y capacidades que el
Municipio puede desplegar para prevenir el delito y me-
jorar la seguridad ciudadana y, en definitiva, más tran-
quilidad y seguridad en las actividades diarias de los
vecinos, deben comenzar con un diagnóstico compar-
tido entre autoridades municipales, vecinos y Policía.
El primer paso para llevar adelante una política de
prevención del delito eficaz es generar diagnóstico
compartido entre autoridades municipales, vecinos
y Policía, que sea común evitando así opiniones dis-
crepantes. Para ello el Municipio puede utilizar tres
herramientas:
1.- Encuenstas de victimización, que permiten ob-
tener información que las cifras oficiales no contem-
plan como la “cifra negra” (cantidad de delitos no
denunciados) o mayores detalles sobre la modali-
dad de la comisión de delitos.
2.- Mapas del Delito, que permiten conocer los fo-
cos de mayor delincuencia (mapa conductual), es
decir donde ocurren los delitos, pero también permi-
ten identificar aquellos lugares donde las personas
se sienten más atemorizadas o persiben mayores
niveles de desorden social (mapa cognitivo o con-
ductual). Y permiten identificar, además, dos facto-
res asociados: los situacionales y los sociales. Los
primeros, consisten en características del entorno
que facilitan la ocurrencia de delitos; por ejemplo:
falta de iluminación, falta de presencia policial, etc.
Los segundos aluden a la concentración de proble-
mas sociales como falta de empleo, pobreza, bajos
índices educacionales, etc.
3.- Análisis de las estadísticas oficiales en forma
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conjunta con los resultados de las otras dos herra-
mientas para tener una visión más completa del
área geográfica.
De esta manera, por ejemplo, si el Municipio preten-
diera llevar adelante un proceso de inversión para la
instalación de cámaras en la vía pública (“Preven-
ción Situacional del Delito”), primero debería haber-
se realizado un mapa del delito para conocer las
zonas críticas (“hot spots”) donde es más urgente
instalar las mismas.
El caso del Municipio de Santa Fe
El reclamo de mayor seguridad por parte de los ve-
cinos de Santa Fe es una de las demandas que tiene
mayor fuerza frente a las autoridades locales. Los
delitos considerados transnacionales como el narco-
tráfico, el tráfico ilegal de armas, la trata de perso-
nas y el hurto de automotores, entre otros, terminan
afectando a los vecinos en su vida cotidiana: así
sucede con la venta ilegal de estupefacientes para
consumo (microtráfico), comercio ilegal y uso de ar-
mas de fuego entre civiles y difusión de una cultura
mafiosa que se expresa en el uso de la violencia
para resolver cualquier conflicto.
Muchos delitos que afectan a los vecinos de Santa
Fe tienen particularidades locales y por este motivo
el Municipio debe participar en su solución sobre
todo porque es el organismo del Estado que mejor
conoce los problemas, las necesidades y las carac-
terísticas de su comunidad y territorio.
Ahora bien, en lo que a la normativa vigente respec-
ta, no se encuentra en la Constitución de la Provin-
cia de Santa Fe norma alguna que asigne en forma
expresa responsabilidad a los Municipios sobre la
seguridad ciudadana. Sin embargo, la reciente Ley
de Emergencia en materia de Seguridad Pública (N
13297) sí reconoce necesaria participación muni-
cipal en asuntos de seguridad pública.
El Municipio de Santa Fe cuenta con instrumentos
operativos que permitirían el diseño y la implemen-
tación de medidas de prevención del delito; a saber:
-Programa Municipal de Seguridad Urbana. Orde-
nanza 10.289/98
-Inversión para la prevención. Resolución 12.225/08
-Sistema Municipal de Alarmas Comunitarias. Orde-
nanza 11.053/04
-Corredores Seguros. Resolución 12.969/09
-Botones anti pánico para los comercios de la ciu-
dad. Resolución 14.146/12
-Gestión de patrullajes en vecinales donde no
hay comisarias o sub comisarías. Comunicación
5.036/09
-Programa de Relevamiento de sistemas de video
vigilancia privada. Ordenanza 11942/12
-Ampliación del Sistema de monitoreo por cámaras
de seguridad urbana municipal. Gestión del Mapa
del Delito. Resolución 14.444/12
Prácticamente la mayoría de estos instrumentos
operativos no han sido implementados por el Mu-
nicipio (o lo han sido parcialmente) lo que arroja
como resultado que la Municipalidad de Santa Fe
no cuente hoy en día con una clara y definida polí-
tica de prevención del delito y, lo que es más grave
aún, con estudios publicados que diagnostiquen la
inseguridad en la ciudad de Santa Fe.
Cabe aclarar que el Municipio de Santa Fe no puede
intervenir directamente en la represión del delito ya
que no cuenta con un Cuerpo Policial propio (hasta
la actualidad, no ha sido creada una Policía Muni-
cipal de Santa Fe), pero sí puede implementar una
activa política de prevención del delito diseñando y
ejecutando medidas que correspondan a los cua-
tro modelos de prevención arriba mencionados; y
todo ello, en forma coordinada (y no fragmentada)
con los demás actores que intervienen en la cons-
trucción de la seguridad ciudadana: la Policía de la
Provincia, la Justicia, comunidad y demás agencias
estatales.
Conclusión
La formación y consolidación de una Policía Mu-
nicipal puede demandar varios años y, sobre todo,
un gran presupuesto. Sin embargo, los Municipios,
aún cuando no cuenten con un Cuerpo de Policía
propio, pueden diseñar e implementar estrategias
de prevención del delito con éxito debido funda-
mentalmente a su proximidad: el punto de partida
necesariamente siempre debe ser un diagnóstico
local común (compartido entre autoridades muni-
cipales, vecinos y Policía). Y cualquier medida que
implemente será la materialización de alguno de los
cuatro modelos de prevención del delito descriptos.
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El Municipio es el actor de prevención del delito por
excelencia y todas las medidas que diseñe deberán
implementarse en forma coordinada con el accionar
de los demás actores que intervienen en la costruc-
ción de la seguridad ciudadana: la fórmula del éxito
contra la inseguridad parte de una eficaz coordina-
ción entre Municipio, Policía y comunidad.
La asuencia y la falta de participación del Munici-
pio de Santa Fe en la prevención del delito y en su
diagnóstico ha relegado el problema de la insegu-
ridad directamente en la Policía de la Provincia (e
indirectamente en la Justicia) tal como lo pone en
evidencia el reciente anuncio sobre la prueba piloto
de policía comunitaria (por parte de la Policía de la
Provincia) que se llevará a cabo en la Ciudad.