ODI Instalacion y mantencion de equipos electricos..docx
1. OBLIGACIÓN DE INFORMAR
PREVENCIÓN DE
RIESGOS
2022
Instalación y mantención de equipos eléctricos.
NOMBRE:
RUT:
DOMICILIO:
FONO CONTACTO:
CARGO: FIRMA: HUELLA:
El Decreto Supremo N° 40, “Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales” dispone que:
“Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos
que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a
la actividad de cada empresa.
Especialmente se deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que se deben utilizar en
los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre
los límites de exposición permisibles de estos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control,
de prevención y protección que deben adoptar para evitar tales riesgos”.
Es obligatoria la participación activa de todos los trabajadores en charlas de inducción en terreno, complementarias a este
documento.
Tareas que realiza:
Realizar instalaciones eléctricas provisorias y definitivas.
Ejecutar instalación de alumbrado
Instalar botonera de comandos de equipos
Trazar y ejecutar canalización aéreas y subterráneas
Picar todo tipo de materiales para embutir canalizaciones
Preparar tuberías plásticas o PVC, cortar pulir o plegar con calor estas mismas.
Alambra canaliza y conecta tableros de control
Suelda todo tipo de terminales para conductores
Levanta y transportar elementos pesados
Riesgos Asociados
Riesgos Consecuencias Medidas preventivas Método de trabajo seguro.
Movimientos
repetitivos.
-Lesiones en
extremidades superiores
e inferiores.
-Lesiones lumbares.
Realizar pausas de 5 minutos en
las labores cada 30 minutos de
trabajo.
-Complementar ambas extremidades
en las labores.
Caída del mismo y
distinto nivel en
superficies de trabajo,
tales como:
-Escalas móviles o fijas
-Andamios
-Rampas
-Escaleras
-Pisos y pasillos
-Torceduras
-Esguinces.
-Heridas.
-Fracturas.
-Contusiones.
-Lesiones múltiples.
-Parálisis
-Muerte
Para evitar la ocurrencia de este
tipo de accidentes, es preciso
adoptar las siguientes medidas:
-Utilizar superficies de trabajo
construidas de acuerdo a las
normas de seguridad vigentes.
-No usar andamios para
almacenamiento de materiales.
-No usar andamios cubiertos de
nieve o escarcha, las que se
deben eliminar antes de trabajar.
-Los andamios deben contar con
estructura y plataforma de trabajo
completa. Se debe colocar
barandas y rodapié.
-No correr dentro del
establecimiento, oficina y escalas.
-No se deberán atravesar cordones
eléctricos y/o telefónicos a ras de piso,
en medio de los pasillos.
-No utilizar escalas metálicas en
trabajos eléctricos.
- Se deberá utilizar una escala en vez de
un piso, sillas o muebles para alcanzar
objetos distantes. Jamás utilizar cajones
abiertos de un archivador para este fin.
-Al bajar por una escala deberá utilizar
siempre los pasamanos.
Mantener las zonas de tránsito libres de
obstáculo, derrames de líquidos u otro
elemento que pueda producir tropiezo o
resbalones.
-Usar zapatos con suela antideslizante.
- 1
2. OBLIGACIÓN DE INFORMAR
PREVENCIÓN DE
RIESGOS
2022
-Mantener superficies de trabajo
en buenas condiciones y limpias.
Caídas y golpes. -Heridas.
-Contusiones.
-Lesiones múltiples
En labores de pintura exteriores,
uso obligatorio de arnés de
seguridad, si se hace en altura
sobre 1,8 metros.
-Mantener el orden y aseo.
-Señalizar las zonas donde exista
peligro de golpes por caídas de
material o herramientas.
-Uso de elementos de protección
personal, calzado, guantes, casco
con barbiquejo.
-El o los trabajadores que usen escalas
deberán cerciorarse de que estén en
buenas condiciones.
-Las escalas no deberán colocarse en
ángulos peligrosos, ni afirmarse en
suelos resbaladizos, cajones o tablones
sueltos. Si no es posible afirmar una
escala de forma segura, deberá
colaborar otro trabajador en sujetar la
base.
Atrapamiento, caídas
de distinto nivel y
golpes.
-Contusiones.
-Heridas.
-Lesiones traumáticas.
-Parálisis.
-Muerte.
-Delimitar el perímetro de trabajo.
-Señalizar debidamente el sector
donde se realizarán los trabajos.
-Planificar todos los trabajos y
materiales a utilizar.
- Verificar las superficies de trabajo,
evitando dejar materiales que
obstaculicen el paso.
Manejo de materiales.
Sobreesfuerzos y
posturas inadecuadas.
-Lesiones
lumbares.(Lumbagos)
-Para el control de los riesgos, en
la actividad de manejo de
materiales, es fundamental que
los supervisores y trabajadores
conozcan las características de
los materiales y los riesgos que
éstos presentan.
-Al levantar materiales, el
trabajador deberá doblar las
rodillas y mantener la espalda lo
más recta posible.
-Utilice técnicas adecuadas de
elevación de cargas para evitar daños
innecesarios en la columna.
-No abusar del peso máximo de levante
según ley N°20.001.
-Si es necesario se deberá
complementar los métodos manuales
de trabajo con el uso de elementos
auxiliares.
Contacto con energía
eléctrica.
Cuando se entra en
contacto con el
conductor energizado
(polo positivo) en un
área donde no existe
aislación.
Cuando se entra en
contacto con los
conductores, positivo y
negativo (hacer
puente).
Cuando toma contacto
con partes metálicas,
carcaza o chasis de
equipos, maquinarias,
herramientas que se
encuentren
energizadas, debido a
fallas de aislación.
-Quemadura por
proyección de materiales
fundidos.
-Incendio debido a
causas eléctricas.
-Asfixia por paro
respiratorio.
-Fibrilación ventricular.
-Tetanización muscular.
-Quemaduras internas y
externas.
-Lesiones traumáticas
por caídas.
-Electrocución
-Muerte
No efectuar uniones defectuosas,
sin aislación.
-No usar enchufes deteriorados,
ni sobrecargar circuitos.
-No usar equipos o maquinarias
defectuosos y/o sin conexión a
tierra.
-No usar conexiones defectuosas
y/o fraudulentas o instalaciones
fuera de norma.
-Realizar mantención periódica a
equipos e instalaciones.
-No intervenir en trabajos
eléctricos sin contar con
autorización ni herramientas
adecuadas.
No tomar cables pelados.
-No manipular equipos que
tengan electricidad con las manos
mojadas.
-Desconectar inmediatamente el
suministro de energía en caso de
cortocircuito.
-No cometer actos temerarios (trabajar
con circuitos vivos).
-No reforzar fusibles.
-Normalizar tanto el diseño de la
instalación, como la ejecución de los
trabajos (deben ceñirse a la legislación
vigente de servicios eléctricos).
-El personal debe ser capacitado en su
labor específica, y en prevención de
riesgos, y debe estar dotado de
herramientas, materiales y elementos
apropiados.
-Se deben supervisar los trabajos
eléctricos, para verificar si se cumplen
las normas y procedimientos
establecidos.
-Se deben informar los trabajos y
señalizar (en los tableros) con tarjetas
de seguridad, a fin de evitar la acción
de terceros que pudieran energizar
sectores intervenidos.
Proyección de
partículas
-Lesiones como:
-Cuerpos extraños
-Conjuntivitis
-Erosiones
-Quemaduras
-Lesiones múltiples.
-Pérdida de visión.
En las actividades que exista
riesgo de proyección de
partículas, los supervisores
deberán asegurarse que las
máquinas y equipos cuenten con
protecciones y que éstas
permanezcan en su lugar y en
óptimas condiciones.
- A su vez, los trabajadores deberán
utilizar en forma permanente equipos
protectores visuales y faciales que
indique la supervisión, tales como gafas,
lentes con vidrio endurecidos y
protección lateral, caretas, protector
facial, etc.
Exposición a ruido Disminución de la
capacidad auditiva.
-Hipoacusia
El uso de protección auditiva es
obligatoria cuando los decibeles
superen el LPP
En aquellos lugares, donde no ha sido
posible eliminar o controlar el riesgo, los
trabajadores deberán utilizar
protectores auditivos.
Accidentes en
operación de
-Heridas cortantes.
-Heridas punzantes.
Al operar las máquinas,
herramientas o equipos de
-Mantención periódica de máquinas,
herramientas y equipos. - 2
3. OBLIGACIÓN DE INFORMAR
PREVENCIÓN DE
RIESGOS
2022
herramientas y equipos
eléctricos.
- taladro
-Contusiones.
-Fracturas.
-Proyección de
partículas.
-Lumbago.
-Atrapamiento.
-Amputaciones.
-Ruido.
trabajo, deberán preocuparse del
correcto funcionamiento de éstas.
-Mantener ordenado y aseado su
lugar de trabajo.
-Poner los dispositivos de
seguridad adecuados en partes
en movimiento, puntos de
operación y transmisiones.
-Utilizar los elementos de protección
personal correspondientes.
-Reparación, limpieza o recarga de
combustible debe hacerse con
maquinaria detenida o desconectada.
-No operar equipos o máquinas sin estar
capacitados.
-No quitar las protecciones a las
máquinas o equipos.
Accidentes en
operación de
herramientas de mano
-Golpes.
-Heridas.
-Atrapamientos.
-Proyección de
partículas.
-Lesiones múltiples
-Mantención de lugar de trabajo
en orden y aseado.
-Seleccionar la herramienta
adecuada.
Herramientas en buen estado y
guardadas en lugares seguros,
que no ocasionen peligro para los
trabajadores.
-Utilizar las herramientas sólo para lo
que fue diseñada.
Contacto con
elementos cortantes
-Punciones en
extremidades superiores
Uso obligatorio de guantes de
palma látex o cabritilla.
-Estar atento y concentrado en los
trabajos donde se encuentren
objetos cortantes.
-Realizar debidamente la manipulación
de los elementos (tijeras, cuchillo
cartonero).
Contacto con fuego u
objetos calientes.
-Quemaduras.
-Asfixias.
-Fuego descontrolado.
-Explosión.
-Muerte
No fumar en áreas donde esté
prohibido.
-Verificar que las conexiones
eléctricas se encuentren en buen
estado y con su conexión a tierra.
-Evitar el almacenamiento de materiales
combustibles,
especialmente si éstos son inflamables.
-Evitar derrames de aceite,
combustibles y otros que puedan
generar incendios y/o explosiones.
Incendios -Lesiones de
quemaduras en el
cuerpo.
-Asfixia.
-Desmayos.
Conocer y tener al día el plan de
emergencia y evacuación de su
establecimiento.
-Tenga precaución con los
artefactos de calefacción, revise
todos los años el equipo y las
instalaciones eléctricas, aleje todo
lo que sea inflamable de estos
artefactos.
-Use correctamente la
electricidad. Nunca sobrecargue
el sistema eléctrico.
-Enchufe cada aparato eléctrico
directamente en el enchufe de la pared
y evite usar cables alargadores o
extensiones.
- Revise como mínimo cada dos años
las conexiones eléctricas que tiene su
establecimiento. (eléctrico profesional).
-Mantenga los equipos contra incendio
de su establecimiento (extintores, red
humedad) en buen estado y
debidamente señalizado.
Exposición a Radiación
UV.
-Daños en la piel
(diversos grados).
-Cáncer.
- Mayor precaución entre las
11Hrs A.M. y 16Hrs P.M.
-Utilizar vestimenta apropiada que
cubra la mayor parte de la piel.
-Uso constante de Protector solar, en
especial cuando se efectúen trabajos en
terreno, con exposición solar.
Riesgos en la vía
pública:
-Accidente de trayecto
-Heridas.
-Contusiones.
-Hematomas.
-Fracturas.
-Lesiones múltiples.
-Muerte
Respetar la señalización del
tránsito.
-Cruzar la calzada sólo por el
paso para peatones, nunca
cruzar entre dos vehículos
detenidos o en movimiento.
-No viajar en la pisadera de los
vehículos de éstos cuando están
en movimiento.
-Al conducir un vehículo o como
acompañante, usar siempre el
cinturón de seguridad, respetando
la reglamentación de tránsito y
aplicando técnicas de conducción
defensiva.
-No corra en la vía pública.
-Utilice calzado apropiado.
-Tómese de los pasamanos cuando
suba o baje escaleras.
-Esté atento a las condiciones del lugar
donde transita, evite caminar por zonas
de riesgos como aquellas que presentan
pavimentos irregulares, hoyos, piedras,
piso resbaladizo, grasa, derrames de
aceite, etc.
4. OBLIGACIÓN DE INFORMAR
PREVENCIÓN DE
RIESGOS
2022
ASPECTOS NORMATIVOS
Ley N°16.744”Establece Normas Sobre
Accidentes del Trabajo Y Enfermedades
Profesionales
Art. 5° Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le
produzca incapacidad o muerte.
Art. 7° Es enfermedad Profesional la causada de manera directa por el ejercicio de la
profesión o el trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Decreto Supremo N°40”prevención de Riesgos
Profesionales”
Art. 21° Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a
todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas
preventivas y de los métodos de trabajo correcto.
Decreto Supremo N°54 Comité Paritario de Higiene y Seguridad, en los lugares de trabajo que cuenten con más
de 25 trabajadores.
Decreto Supremo N°101 Aprueba reglamento sobre prevención de riesgos profesionales para la aplicación de la
Ley N°16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales.
Decreto Supremo N°109 Aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°16.744, de 1° de
Febrero de 1968, que estableció el Seguro Social contra los riesgos por Accidentes del
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Decreto Supremo N°594”Condiciones Sanitarias
y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
Art. 53° El empleador deberá proporcionar a sus trabajadores, libre de costo, los elementos
de protección adecuados al riesgo a cubrir y el adiestramiento necesario para su correcto
empleo, debiendo, además, mantenerlos en perfecto estado de
funcionamiento. Por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras
se encuentre expuesto al riesgo.
Norma Chilena N°2245. Refiere a hojas de datos
de seguridad
Parte 6.- Deberá encontrarse Impresa en cada bodega y/o en un lugar visible para el
trabajador.
Norma Chilena N° 1411. Identificación del Riesgo Parte 4.- Deberá existir un registro con el detalle de los productos químicos que se
utilizan en cada instalación.
Decreto Supremo N° 78. Aprueba reglamento
Almacenamiento de Químicos.
Las bodegas deberán ser exclusivas para químicos y deberán almacenarse con sus
respectivos rótulos.
Ley N°20.096. Radiación Ultravioleta de Origen
Solar
Art. 19° Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en los artículos 184 del código del
trabajo y Art 67° de la Ley 16.744, los empleadores deberán adoptar las medidas
necesarias para proteger eficazmente la vida de los trabajadores cuando puedan estar
expuestos a radiación ultravioleta.
PROTOCOLO Y GUÍAS TÉCNICAS DE VIGILANCIA MÉDICA ASOCIADA A RIESGO ESPECÍFICOS
Riesgos Normativa Descripción Medidas correctivas
Radiación Guía Técnica
Radiación ultravioleta
origen solar
Esta guía técnica se aplica a todos los
trabajadores expuestos
ocupacionalmente a radiación UV de
origen solar, quienes debido a la
actividad que desempeñan, pueden
desarrollar lesiones o alteraciones,
principalmente en ojos y piel, que van
desde quemaduras solares, queratitis
actínica y alteraciones de la respuesta
inmune hasta foto envejecimiento,
tumores malignos de piel y cataratas a
nivel ocular.
Para evitar quemaduras en la piel, usar
protector solar, de amplio espectro, UVA y UVB
con un factor mínimo de 30, con registro del
Instituto de Salud Pública.
El protector solar debe ser aplicado ½ hora
antes de la exposición y cada 2 horas como
mínimo. Recuerde cubrirse especialmente la
nariz y las orejas. Si usted tiene piel sensible,
consulte a un médico antes de iniciar el uso de
estos productos.
Musculo
esquelético
TMERT Es una herramienta reglamentaria y
unificadora de criterios en el proceso de
identificación y evaluación de factores de
riesgo de trastornos músculo
esqueléticos de extremidades superiores
en las tareas laborales y puestos de
trabajo, como también su control y
seguimiento.
Se realizarán las evaluaciones a las tareas que
tienen riesgo presunto a través del filtro de
tareas, lista de peligros y lista de chequeo
inicial MINSAL, a fin de generar un resultado
de evaluación en donde a través de la
plataforma de Mutual Generar la medida
correctiva correspondiente a la tarea evaluada
y así generar a la brevedad la medida
correctiva correspondiente.
Sobre
esfuerzo
Manejo Manual de
carga
Carga: Es cualquier objeto o ser vivo que
se requiere mover utilizando la fuerza
humana; cuyo peso supera los 3
kilogramos.
La manipulación comprende toda la
operación de transporte o sostén de
carga cuyo levantamiento, colocación,
empuje, tracción, porte o desplazamiento
exija esfuerza físico de uno o varios
trabajadores.
Como medida preventiva se realizarán las
evaluaciones correspondientes al puesto de
trabajo y se generaran las medidas
correspondientes según indicaciones de la
plataforma Mutual de Seguridad, además de
los siguientes cuerpos legales que se detallan
a continuación.
Artículo 211-G. “El empleador velará para que
en la organización de la faena se utilicen los
medios adecuados, especialmente mecánicos,
a fin de evitar la manipulación manual habitual
de las cargas. Asimismo, el empleador- 4
5. OBLIGACIÓN DE INFORMAR
PREVENCIÓN DE
RIESGOS
2022
procurará que el trabajador que se ocupe en la
manipulación manual de las cargas reciba una
formación satisfactoria, respecto de los
métodos de trabajo que debe utilizar, a fin de
proteger su salud”. Artículo 211-H.-“Si la
manipulación manual es inevitable y las ayudas
mecánicas no pueden usarse, no se permitirá
que se opere con cargas superiores a 25
Kilogramos.” Artículo 211-I. “Se prohíbe las
operaciones de carga y descarga manual para
la mujer embarazada”. Artículo 211-J. “Los
menores de 18 años y mujeres no podrán
llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar
manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas
superiores a los 20 Kilogramos”.
Accidentes del
trabajo y
enfermedades
profesional
es
Psicosocial Condiciones relacionadas con la
organización, el contenido del trabajo y la
realización de la tarea, que tiene
capacidad de afectar en la salud del
trabajador, psíquica, física y psicosocial.
Según el Informe emitido por plataforma mutual
se tomarán las medidas correspondientes
según la dimensión que se encuentre en
riesgo. (Previa aplicación de metodología del
protocolo y la encuesta al personal de forma
anónima y todos los pasos correspondientes
para llegar a la generación del informe
Exposición
a riesgos
biológicos
COVID 19
LEY 21.432 Protocolo Covid 19 en empresas Se deberá implementar protocolo y capacitar a
todo el personal para su cumplimiento.
Declaro que he sido informado acerca de los riesgos que entrañan o son inherentes a las labores que desempeñaré en
la empresa y de las actividades propias del trabajo, sobre las medidas preventivas que deberé aplicar en el desempeño
de mis labores, y también acerca de los riesgos de exposición a los contaminantes existentes en las áreas de trabajo y
los límites de exposición permisibles, los peligros y riesgos acerca de los elementos, productos y sustancias que deba
utilizar en los procesos de trabajo, he sido informado sobre las medidas de prevención y protección que debo adoptar
para evitar tales riesgos, como de igual forma sobre los métodos de trabajo correctos.
Nombre: Rut:
Cargo: Firma y huella:
Nombre Instructor: Rut:
Cargo Instructor: Firma Instructor:
Fecha: