2. SECRETARIA DE HACIENDA Y
CREDITO PUBLICO (SHCP)
Es un organismo dependiente de gobierno federal encargado de regular,
coordinar y vigilar el Sistema Financiero e impulsar las políticas Monetarias y
crediticias, orientando la evolución del mercado financiero y versátil, así como
la actuación de su participantes.
3. FUNCIONES:
- Manejar la deuda pública federal
- Proyectar y calcular los ingresos de la Federación del Departamento del Distrito
Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto
público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de
la administración pública federal.
- Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y
aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y
asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
- Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de
Apoyo para la Inspección Fiscal y Aduanera.
- Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público.
4. LA BANCA CENTRAL MEXICANA
El banco central es la máxima autoridad monetaria de un país o territorio con
moneda común. Los Bancos Centrales son los organismos encargados de
desarrollar y llevar a cabo las Políticas Monetarias.
También, es el encargado de la emisión de billetes de curso legal, de custodiar
las reservas de oro y divisas de un Estado, así como de actuar de vigilante ante
los movimientos de las instituciones financieras.
5. En el caso de nuestro país, esta banca central es el Banco de México, que actúa
bajo su propia ley orgánica aprobada por el Congreso de la Unión en 1993.
El Banco de México nace en 1925, cuando se efectúa el mandato constitucional
de centralizar la emisión de billetes bajo el control del gobierno federal.
6. CAMBIOS
- Las reformas de 1932, proporcionan la consolidación del instituto emisor como
Banco Central del País.
- Las modificaciones de 1936 le permitieron un manejo mas flexible de las reservas
internacionales.
- La ley orgánica de 1941 cambio otra vez el orden normativo aplicable a las
operaciones de las institución para adecuarlo a la nueva estructura del sistema
bancario.
- En 1982 las reformas se orientaron a una nueva naturaleza jurídica a la institución,
que dejo de ser sociedad anónima para convertirse en un organismo público
descentralizado.
- En 1985 se le confiere la función de actuar como regulador de la emisión, del
crédito y del medio circulante.
7. INSTITUCION PARA LA PROTECCION
AL AHORRO BANCARIO (IPAB)
Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, creado con fundamento en la Ley de
Protección al Ahorro Bancario.
La cual tiene como objetivos principales, establecer un sistema de protección al
ahorro bancario, concluir los procesos de saneamiento de instituciones
bancarias, asi como, administrar y vender los bienes a cargo del IPAB para
obtener el máximo valor posible de recuperación.
8. FUNCIONES
1. Administra un sistema de protección al ahorro bancario que garantiza el pago
estas obligaciones garantizadas, hasta por una cantidad equivalente a 400 000
unidades de inversión (UDIs) por persona, física o moral, cualquiera que sea el
numero y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de un mismo banco.
2. El Instituto tiene una participación fundamental en la implementación de los
métodos de resoluciones que establece la LPAB así como la Ley de Instituciones
de Crédito (LIC) como mecanismos oportunos y adecuados para el saneamiento y
liquidación de Instituciones de Banca Múltiple con problemas financieros que
puedan afectar su solvencia.
9. 3. El instituto cuenta con facultades para efectuar la venta y administración de
bienes asociados a los programas de resoluciones bancarias y los asociados al
manejo de la deuda como: cartera, bienes muebles e inmuebles, y
participaciones sociales.
4. Administra una deuda conformada por los Programas de Saneamiento
Financiero y de Refinanciamiento.
10. COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE
VALORES (CNBV)
Es un órgano desconcetrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico (SHCP)
con autonomía técnica y facultades ejecutivas en los términos de la Ley de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores.
Tiene por objeto supervisar y regular ene l ámbito de su competencia, a las entidades
financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como
mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su
conjunto, en protección de los intereses del publico.
También será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y morales, cuando
realicen actividades previstas en las leyes relativas al citado sistema financiero.
11. COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y
FIANZAS (CNSF)
Es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
Cuyas funciones son: supervisar, de manera eficiente, que la operación de los
sectores asegurador y afianzador de las instituciones para garantizar los
intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos
sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor
parte posible de población.
Esta fue creada el 3 de enero de 1990, su misión es garantizar a los usuarios de
los seguros y las finanzas que los servicios y las actividades de las instituciones
autorizadas se apeguen a los establecido en la ley.
12. COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE
AHORRO PATA EL RETIRO (CONSAR)
Es un órgano administrativo desconcetrado de la Secretaria de Hacienda y
Crédito Público, que tiene por objeto proteger los ahorros para el retiro delos
trabajadores.
La CONSAR se rige bajo lo dispuesto en Ley de los Sistemas de Ahorró para el
Retiro.
Creada el 23 de julio de 1994 por la necesidad de concentrar en un solo órgano
especializado, todas las facultades de regulación, control y supervisión sobre el
sistema de ahorro para el retiro.
13. COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y
DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS
FINANCIEROS (CONDUSEF)
Organismo público decentralizado, cuya finalidad es promover, asesorar,
proteger y defender los derechos e intereses de las personas que utlizan o
contratan un producto o servicio financiero ofrecido por las instituciones
financieras, que operan dentro del territorio nacional.
La CONSUSEF se rige por el dispuesto en la Ley de Protección y Defensa al
Usuario de Servicios Financieros.
14. LA BOLSA MEXICANA DE VALORES
El origen de la Bolsa como institución data de finales del siglo XV en las ferias
medievales de la Europa Occidental.
El mercado de Dinero aparece en México durante la colonia, con los
prestamistas privados o eclesiásticos,
La Bolsas de Valores se pueden definir como mercados organizados y
especializados, en los que se realizan transacciones con títulos valores por
medio de intermediarios autorizados, conocidos como Casa de Bolsa.
15. FUNCIONES
- Establecer los locales, instalaciones y mecanismos que faciliten las relaciones y
operaciones entre la oferta y demanda de valores, títulos de crédito y demás
documentos inscritos en el Registro Nacional de Valores.
- Establecer las medidas necesarias para que las operaciones que se realicen en la
BMV por las casas de bolsa, se sujeten a las disposiciones que les sean aplicables.
- Proporcionar, mantener a disposición del publico y hacer publicaciones sobre la
información relativa a los valores inscritos en la BMV y los listados en el Sistema
Internacional de Cotizaciones de la propia Bolsa, sobre sus emisores y las
operaciones que ellas se realicen.
- Expedir normas que establezcan estándares y esquemas operativos y de conducta
que promuevan practicas justas y equitativas en el mercado de valores.
16. IMPOTANCIA DE LA BOLSA PARA UN PAIS
- Las bolsas de valores de todo el mundo son instituciones que las sociedades
establecen en su propio beneficio.
- Las bolsas de valores son mercados organizados que contribuyen a que esta
canalización de financiamiento se realice de manera libre, eficiente,
competitiva, equitativa y transparente, atendiendo a ciertas reglas acordadas
previamente por todos los participantes en el mercado.