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ARTICULAN DENUNCIA PENAL
SEÑOR AGENTE FISCAL EN TURNO:
JUAN NICOLAS AMADO FILIPPES, D.N.I. N°
20.613.329, argentino, casado, con domicilio real en calle Chacho Peñaloza s/n,
de la localidad de Villa Unión; MARIO GUSTAVO GALVAN, D.N.I. N°
20.253.951, argentino, casado, con domicilio real en calle Adolfo E. Dávila N°
151, de la ciudad de La Rioja; JAIME ROBERTO KLOR, D.N.I. N° 14.567.482,
argentino, casado, con domicilio real en calle Santa Fe N° 221, de la localidad
de Chilecito; y ALFREDO EDUARDO BRIGIDO, D.N.I. N° 12.851.120,
argentino, casado, con domicilio real en calle Jauretche N° 320 de la ciudad de
La Rioja; todos Diputados Provinciales, constituyendo domicilio a los efectos
procesales en calle Corriente N° 912 -Planta Alta- de la ciudad de La Rioja, ante
USTED nos presentamos y respetuosamente DECIMOS:
I- OBJETO:
Que, de conformidad a lo establecido en los artículos
183, 186 y concordantes del C.P.P., venimos por la presente a articular formal
DENUNCIA PENAL, en contra de autores a determinar, por la posible comisión
de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES
DE FUNCIONARIO PÚBLICO, art. 248 del C.P., MALVERSACIÓN DE BIENES
PUBLICOS, art. 260 del C.P., y VIOLACION DE MEDIDAS ANTI EPIDÉMICAS,
2
art. 205 del C.P., todo en base a las consideraciones de hecho y derecho que
pasamos a exponer:
II- ANTECEDENTES:
Que, el mundo se encuentra atravesando una
situación de pandemia a causa del virus conocido como Covid-19. Nuestro país,
nuestra provincia y nuestra ciudad no se encuentran exentas de esa situación,
sufriendo la Argentina hasta la fecha 2.060.625 contagios y 51.122 muertes. -
Ante esta realidad surgió en el mundo la necesidad de
contar con una vacuna que prevenga las formas graves de la enfermedad,
reduzca su circulación y, como consecuencia, las hospitalizaciones y las
muertes, siendo la vacunación una recomendación de la Organización Mundial
de la Salud como herramienta de prevención primaria fundamental para limitar
las consecuencias sanitarias y económicas devenidas de la pandemia. Esa
vacuna en nuestro país es hoy una realidad, existiendo diversos laboratorios a
nivel mundial que la producen y proveen. -
Según lo que se ha informado públicamente, la
Argentina ha recibido desde diciembre a la fecha 1.220.000 dosis de la vacuna
denominada Sputnik V, desarrollada en Rusia por el Centro Nacional de
Investigación de Epidemiología y Microbiología Nikolay Gamaleya, y en los
últimos días ha recibido 580.000 dosis de la vacuna denominada Covishield,
fabricada en la India con tecnología del laboratorio AstraZeneca y la Universidad
de Oxford. En estos tipos de vacunas es necesario administrar dos dosis por
persona para alcanzar un 91% de efectividad.-
3
Que, la forma de administrar estas dosis está
contemplada en el plan oficial de vacunación, lo que no resulta una facultad
discrecional de cada gobierno provincial, sino que por el contrario establece
distintas etapas y prioridades, siendo una exigencia legal a raíz de la Resolución
N° 2883/2020 del Ministerio De Salud de la Nación, que establece el Plan
Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina, y
que en su artículo 2° establece: “El objetivo del Plan es disminuir la morbilidad,
mortalidad y el impacto socio-económico causados por la pandemia de COVID-
19 en Argentina, a partir de la vacunación de la totalidad de la población objetivo
en forma escalonada y progresiva, de acuerdo con la priorización de riesgo
y la disponibilidad de dosis de vacunas”, desarrollando dichas prioridades en
su Anexo I.-
Que, según estableció el Ministerio de Salud de
Nación, el grupo prioritario que comenzó a recibir la vacuna es el conformado
por el personal de establecimientos de salud públicos y privados, de manera
escalonada según el riesgo de su actividad, comenzando por los que están más
expuestos, médicos y personal de terapia intensiva y de las guardias. El segundo
grupo a vacunar es el de los adultos mayores de 60 años, incluidos los que viven
en geriátricos. Luego, recibiría la vacuna el personal de las Fuerzas Armadas,
de Seguridad y de servicios penitenciarios. A continuación, los adultos de entre
18 y 59 años que presentan factores de riesgo, como ser diabéticos, obesos
grado 2 y grado 3, con enfermedades cardiovasculares, renales o respiratorias
crónicas. El plan contempla luego al personal docente y no docente de los niveles
4
educativos inicial, primaria y secundaria. Por último, le siguen en el cronograma
otras poblaciones estratégicas que definan las jurisdicciones.-
Que, en La Rioja hemos sufrido hasta la fecha 10.082
contagios y 451 muertes, existiendo actualmente 315 casos activos. Sin
embargo, no existe información certera sobre la cantidad de dosis que han
arribado a nuestra provincia, habiendo informado el Gobernador de la Provincia
y el Ministro de Salud a través de sus cuentas de la red social Twitter que se
recibieron 1.350 dosis el 28 de diciembre de 2020, otras 1.350 el 07 de enero y
4.000 el 17 de febrero del corriente año. Conforme la página web del Ministerio
de Salud de la Provincia1, han sido vacunadas hasta el momento 4.560
personas, sin aclarar si recibieron sólo la primera dosis o también la segunda.
Por otro lado, el sitio web de Infobae2
expresa que en La Rioja han sido aplicadas
4.400 primeras dosis, y 2.658 segundas dosis, es decir, que posiblemente sea
éste último el número real y la cantidad verdadera de personas que hoy se
encuentran inmunizadas gracias a la vacuna.-
Como se advierte, no existe información clara, precisa
y fidedigna sobre estos temas, sumado a la discordancia que se evidencia en lo
informado por el Gobierno Provincial entre la cantidad de dosis recibidas con la
cantidad de personas vacunadas, y la diferencia con lo dado a conocer por
Infobae. No podemos tolerar una situación como ésta, máxime cuando se trata
1 https://salud.larioja.gob.ar/web/
2 https://www.infobae.com/politica/2021/02/15/coronavirus-cuantas-vacunas-aplico-hasta-ahora-la-
argentina-y-como-se-encuentra-con-respecto-a-otros-paises/
5
de las acciones llevadas adelante por un gobierno para enfrentar la pandemia,
donde debe primar la transparencia y la publicidad de sus actos.-
Que, el día 19 del corriente surge un escándalo a nivel
nacional a partir de un audio del periodista Horacio Verbitsky, que cuenta a la
emisora de radio “El Destape” que el Ministerio de Salud de la Nación le ofreció
la aplicación de la vacuna directamente en el edificio de esa cartera. También
dijo haberse enterado que se lo habían ofrecido al número dos del Grupo Clarín,
José Antonio Aranda. Esto despertó indignación por la posibilidad de algunas
personas de evitar pasar por los trámites requeridos para acceder a la vacuna y
la violación del plan oficial de prioridades, existiendo una especie de
“Vacunatorio VIP” para amigos, familiares y allegados al poder. Esto desemboca
en el pedido de renuncia, realizado ese mismo día, por parte del Presidente de
la Nación Alberto Fernández al Ministro de Salud Ginés González García, quien
lo concreta y divulga públicamente a las pocas horas.-
Que, de forma similar, en La Rioja han circulado por
las redes sociales audios que ilustran una situación similar a la nacional, como
por ejemplo aquel en que se escucharía al periodista Carlos Scagnolari
expresando: “yo sé que por ejemplo en la residencia -oficial- se vacunó Ramón
Vera -actual Administrador de la Administración Provincial de Juegos de Azar-
se vacunó Ártico -actual Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados de la
Provincia- se vacunó Scaglioni -actual Ministro de Agua y Energía- , se
vacunaron familiares de Armando Molina -actual Secretario de la Gobernación y
mano derecha del Gobernador- pero eso en la casa de Gobierno, Armando no
se vacunó porque ya tuvo Covid”.-
6
Asimismo, como es de público conocimiento, en los
últimos días han surgido distintas versiones a través de los medios locales de
comunicación y redes sociales, que sostienen principalmente que una gran
cantidad de funcionarios del gobierno, como también sus amigos y familiares, se
han vacunado sin estar en los grupos de prioridad, existiendo una supuesta lista
que los detalla, lo que ha generado aún más impacto y descontento en la opinión
pública, cubriendo con un manto de duda la administración de las vacunas por
parte del Gobierno Provincial y produciendo gran sospecha de la comisión de
estos actos.-
Los hechos mencionados demuestran un desprecio
total por la vida y la salud de la comunidad, dando lugar a que algunos gocen de
un acto de privilegio absolutamente condenable, repudiable y corrupto, mientras
otros mueren en la primera línea de fuego luchando contra este virus.-
Que, de existir estos hechos, constituyen una clara
violación a la Resolución N° 2883/2020 del Ministerio De Salud de la Nación, al
no respetar las prioridades exigidas en ese esquema, conformando no sólo un
acto de ilegalidad y corrupción, sino también un acto grave de inmoralidad,
constituyendo el delito de violación de medidas anti epidémicas, de conformidad
al art. 205 del C.P., por lo que se deberá investigar y determinar responsables. -
Asimismo, especialmente en el caso de los
funcionarios públicos que hayan intervenido en estos actos, constituye también
un abuso de autoridad y violación a sus deberes legales, delito tipificado en el
art. 248 del C.P., como también así la comisión del delito de malversación de
7
bienes públicos por parte de quienes administraban las vacunas, al aplicarles un
destino diferente al legalmente establecido, de conformidad al art. 260 del C.P.-
Por lo expuesto, resulta imprescindible el
esclarecimiento de los hechos, principalmente a través del requerimiento de la
información oficial necesaria para establecer si se han cometido estos delitos y,
en consecuencia, determinar o no responsabilidades.-
III- PRUEBA:
Se ofrecen los siguientes medios de prueba:
1) MAGNETOFÓNICA:
Se acompaña con la presente CD-ROOM, que
contiene un (1) archivo de audio cuya voz correspondería al periodista Carlos
Scagnolari, en el que expresa que funcionarios del gobierno y sus familiares han
sido vacunados en la Residencia de la Gobernación y en Casa de Gobierno, sin
pertenecer a los grupos de prioridad. Para el eventual caso que se desconozca
la autoría indicada, solicitamos que se realice una pericia sobre el audio a los
fines de determinar si la voz pertenece al señor Carlos Scagnolari.-
2) DOCUMENTAL:
Se acompaña con la presente:
a- Impresión de captura de pantalla de publicación
realizada en la plataforma de la red social Twitter, por el Presidente de la Nación
Alberto Fernández, a través de su cuenta oficial; b- Impresión de captura de
pantalla de publicación realizada en la plataforma de la red social Twitter por el
Gobernador de la Provincia Ricardo Quintela, a través de su cuenta oficial.-
8
3) INFORMATIVA:
Se libren los siguientes Oficio:
a- Al Ministerio de Salud de la Nación para que informe cuántas dosis en
total de la vacuna contra el Covid-19 han sido enviadas en la Provincia de
La Rioja;
b- Al Ministerio de Salud de la Provincia, para que informe el número total de
dosis recibidas hasta el día 19 de febrero del corriente año.-
c- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe normativa o
protocolo adoptado por la autoridad provincial para el cumplimiento de la
Resolución N° 2883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación;
d- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe sobre quiénes son
los responsables (personal médico, enfermeros, ayudantes, personal de
salud en general) en las distintas etapas de la cadena de custodia de las
vacunas, conforme el protocolo de vacunación establecido, como son la
recepción, distribución y aplicación, y todo otro dato que sirva de interés
a los fines de esclarecer los hechos denunciados;
e- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de
personas que han recibido la vacuna hasta el día 19 de febrero del
corriente año;
f- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de
personas que han recibido la primera dosis de la vacuna, indicando a qué
grupo de prioridad pertenecen;
9
g- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de
personas que han recibido la segunda dosis de la vacuna, indicando a
qué grupo de prioridad pertenecen;
h- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe la cantidad de
personas que integran el sistema de salud provincial, tanto del sector
público como privado.-
4) TESTIMONIAL:
Solicitamos que se citen a declarar a las siguientes
personas: a- Eduardo Carlos Scagnolari, DNI N° 10.476.441, periodista local.-
IV- DERECHO:
Son de aplicación en el presente caso los arts. 183,
184 185 y concordantes del C.P.P., y arts. 248, 260 y 205 del C.P.-
V- PETITORIO:
Por lo expuesto requerimos a USTED:
1) Nos tenga por presentados, por denunciantes y con
domicilio a los efectos procesales constituido;
2) Por formulada denuncia penal en contra de autores
a determinar por la supuesta comisión de los delitos de ABUSO DE
AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERESDEFUNCIONARIO PÚBLICO,
art. 248 del C.P., MALVERSACIÓN DE BIENES PUBLICOS, art. 260 del C.P.,
y VIOLACION DE MEDIDAS ANTI EPIDÉMICAS, art. 205 del C.P., debiéndose
investigar y determinar los responsables de estos hechos;
10
3) Tenga por acompañada y ofrecida la prueba, y
referido el derecho;
4) Promueva la acción penal correspondiente,
solicitando la instrucción conforme la tipificación que considere aplicable a las
conductas descripta.-
PROVEA DE CONFORMIDAD,
SERÁ JUSTICIA.-
…………………………………………. ………………………………………….
JUAN NICOLAS AMADO FILIPPES MARIO GUSTAVO GALVAN
D.N.I. N° 20.613.329 D.N.I. N° 20.253.951
…………………………………………. ………………………………………….
JAIME ROBERTO KLOR ALFREDO EDUARDO BRIGIDO
D.N.I. N° 14.567.482 D.N.I. N° 12.851.120

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Juntos por La Rioja denunció un vacunatorio VIP

  • 1. 1 ARTICULAN DENUNCIA PENAL SEÑOR AGENTE FISCAL EN TURNO: JUAN NICOLAS AMADO FILIPPES, D.N.I. N° 20.613.329, argentino, casado, con domicilio real en calle Chacho Peñaloza s/n, de la localidad de Villa Unión; MARIO GUSTAVO GALVAN, D.N.I. N° 20.253.951, argentino, casado, con domicilio real en calle Adolfo E. Dávila N° 151, de la ciudad de La Rioja; JAIME ROBERTO KLOR, D.N.I. N° 14.567.482, argentino, casado, con domicilio real en calle Santa Fe N° 221, de la localidad de Chilecito; y ALFREDO EDUARDO BRIGIDO, D.N.I. N° 12.851.120, argentino, casado, con domicilio real en calle Jauretche N° 320 de la ciudad de La Rioja; todos Diputados Provinciales, constituyendo domicilio a los efectos procesales en calle Corriente N° 912 -Planta Alta- de la ciudad de La Rioja, ante USTED nos presentamos y respetuosamente DECIMOS: I- OBJETO: Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 183, 186 y concordantes del C.P.P., venimos por la presente a articular formal DENUNCIA PENAL, en contra de autores a determinar, por la posible comisión de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, art. 248 del C.P., MALVERSACIÓN DE BIENES PUBLICOS, art. 260 del C.P., y VIOLACION DE MEDIDAS ANTI EPIDÉMICAS,
  • 2. 2 art. 205 del C.P., todo en base a las consideraciones de hecho y derecho que pasamos a exponer: II- ANTECEDENTES: Que, el mundo se encuentra atravesando una situación de pandemia a causa del virus conocido como Covid-19. Nuestro país, nuestra provincia y nuestra ciudad no se encuentran exentas de esa situación, sufriendo la Argentina hasta la fecha 2.060.625 contagios y 51.122 muertes. - Ante esta realidad surgió en el mundo la necesidad de contar con una vacuna que prevenga las formas graves de la enfermedad, reduzca su circulación y, como consecuencia, las hospitalizaciones y las muertes, siendo la vacunación una recomendación de la Organización Mundial de la Salud como herramienta de prevención primaria fundamental para limitar las consecuencias sanitarias y económicas devenidas de la pandemia. Esa vacuna en nuestro país es hoy una realidad, existiendo diversos laboratorios a nivel mundial que la producen y proveen. - Según lo que se ha informado públicamente, la Argentina ha recibido desde diciembre a la fecha 1.220.000 dosis de la vacuna denominada Sputnik V, desarrollada en Rusia por el Centro Nacional de Investigación de Epidemiología y Microbiología Nikolay Gamaleya, y en los últimos días ha recibido 580.000 dosis de la vacuna denominada Covishield, fabricada en la India con tecnología del laboratorio AstraZeneca y la Universidad de Oxford. En estos tipos de vacunas es necesario administrar dos dosis por persona para alcanzar un 91% de efectividad.-
  • 3. 3 Que, la forma de administrar estas dosis está contemplada en el plan oficial de vacunación, lo que no resulta una facultad discrecional de cada gobierno provincial, sino que por el contrario establece distintas etapas y prioridades, siendo una exigencia legal a raíz de la Resolución N° 2883/2020 del Ministerio De Salud de la Nación, que establece el Plan Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina, y que en su artículo 2° establece: “El objetivo del Plan es disminuir la morbilidad, mortalidad y el impacto socio-económico causados por la pandemia de COVID- 19 en Argentina, a partir de la vacunación de la totalidad de la población objetivo en forma escalonada y progresiva, de acuerdo con la priorización de riesgo y la disponibilidad de dosis de vacunas”, desarrollando dichas prioridades en su Anexo I.- Que, según estableció el Ministerio de Salud de Nación, el grupo prioritario que comenzó a recibir la vacuna es el conformado por el personal de establecimientos de salud públicos y privados, de manera escalonada según el riesgo de su actividad, comenzando por los que están más expuestos, médicos y personal de terapia intensiva y de las guardias. El segundo grupo a vacunar es el de los adultos mayores de 60 años, incluidos los que viven en geriátricos. Luego, recibiría la vacuna el personal de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de servicios penitenciarios. A continuación, los adultos de entre 18 y 59 años que presentan factores de riesgo, como ser diabéticos, obesos grado 2 y grado 3, con enfermedades cardiovasculares, renales o respiratorias crónicas. El plan contempla luego al personal docente y no docente de los niveles
  • 4. 4 educativos inicial, primaria y secundaria. Por último, le siguen en el cronograma otras poblaciones estratégicas que definan las jurisdicciones.- Que, en La Rioja hemos sufrido hasta la fecha 10.082 contagios y 451 muertes, existiendo actualmente 315 casos activos. Sin embargo, no existe información certera sobre la cantidad de dosis que han arribado a nuestra provincia, habiendo informado el Gobernador de la Provincia y el Ministro de Salud a través de sus cuentas de la red social Twitter que se recibieron 1.350 dosis el 28 de diciembre de 2020, otras 1.350 el 07 de enero y 4.000 el 17 de febrero del corriente año. Conforme la página web del Ministerio de Salud de la Provincia1, han sido vacunadas hasta el momento 4.560 personas, sin aclarar si recibieron sólo la primera dosis o también la segunda. Por otro lado, el sitio web de Infobae2 expresa que en La Rioja han sido aplicadas 4.400 primeras dosis, y 2.658 segundas dosis, es decir, que posiblemente sea éste último el número real y la cantidad verdadera de personas que hoy se encuentran inmunizadas gracias a la vacuna.- Como se advierte, no existe información clara, precisa y fidedigna sobre estos temas, sumado a la discordancia que se evidencia en lo informado por el Gobierno Provincial entre la cantidad de dosis recibidas con la cantidad de personas vacunadas, y la diferencia con lo dado a conocer por Infobae. No podemos tolerar una situación como ésta, máxime cuando se trata 1 https://salud.larioja.gob.ar/web/ 2 https://www.infobae.com/politica/2021/02/15/coronavirus-cuantas-vacunas-aplico-hasta-ahora-la- argentina-y-como-se-encuentra-con-respecto-a-otros-paises/
  • 5. 5 de las acciones llevadas adelante por un gobierno para enfrentar la pandemia, donde debe primar la transparencia y la publicidad de sus actos.- Que, el día 19 del corriente surge un escándalo a nivel nacional a partir de un audio del periodista Horacio Verbitsky, que cuenta a la emisora de radio “El Destape” que el Ministerio de Salud de la Nación le ofreció la aplicación de la vacuna directamente en el edificio de esa cartera. También dijo haberse enterado que se lo habían ofrecido al número dos del Grupo Clarín, José Antonio Aranda. Esto despertó indignación por la posibilidad de algunas personas de evitar pasar por los trámites requeridos para acceder a la vacuna y la violación del plan oficial de prioridades, existiendo una especie de “Vacunatorio VIP” para amigos, familiares y allegados al poder. Esto desemboca en el pedido de renuncia, realizado ese mismo día, por parte del Presidente de la Nación Alberto Fernández al Ministro de Salud Ginés González García, quien lo concreta y divulga públicamente a las pocas horas.- Que, de forma similar, en La Rioja han circulado por las redes sociales audios que ilustran una situación similar a la nacional, como por ejemplo aquel en que se escucharía al periodista Carlos Scagnolari expresando: “yo sé que por ejemplo en la residencia -oficial- se vacunó Ramón Vera -actual Administrador de la Administración Provincial de Juegos de Azar- se vacunó Ártico -actual Secretario Legislativo de la Cámara de Diputados de la Provincia- se vacunó Scaglioni -actual Ministro de Agua y Energía- , se vacunaron familiares de Armando Molina -actual Secretario de la Gobernación y mano derecha del Gobernador- pero eso en la casa de Gobierno, Armando no se vacunó porque ya tuvo Covid”.-
  • 6. 6 Asimismo, como es de público conocimiento, en los últimos días han surgido distintas versiones a través de los medios locales de comunicación y redes sociales, que sostienen principalmente que una gran cantidad de funcionarios del gobierno, como también sus amigos y familiares, se han vacunado sin estar en los grupos de prioridad, existiendo una supuesta lista que los detalla, lo que ha generado aún más impacto y descontento en la opinión pública, cubriendo con un manto de duda la administración de las vacunas por parte del Gobierno Provincial y produciendo gran sospecha de la comisión de estos actos.- Los hechos mencionados demuestran un desprecio total por la vida y la salud de la comunidad, dando lugar a que algunos gocen de un acto de privilegio absolutamente condenable, repudiable y corrupto, mientras otros mueren en la primera línea de fuego luchando contra este virus.- Que, de existir estos hechos, constituyen una clara violación a la Resolución N° 2883/2020 del Ministerio De Salud de la Nación, al no respetar las prioridades exigidas en ese esquema, conformando no sólo un acto de ilegalidad y corrupción, sino también un acto grave de inmoralidad, constituyendo el delito de violación de medidas anti epidémicas, de conformidad al art. 205 del C.P., por lo que se deberá investigar y determinar responsables. - Asimismo, especialmente en el caso de los funcionarios públicos que hayan intervenido en estos actos, constituye también un abuso de autoridad y violación a sus deberes legales, delito tipificado en el art. 248 del C.P., como también así la comisión del delito de malversación de
  • 7. 7 bienes públicos por parte de quienes administraban las vacunas, al aplicarles un destino diferente al legalmente establecido, de conformidad al art. 260 del C.P.- Por lo expuesto, resulta imprescindible el esclarecimiento de los hechos, principalmente a través del requerimiento de la información oficial necesaria para establecer si se han cometido estos delitos y, en consecuencia, determinar o no responsabilidades.- III- PRUEBA: Se ofrecen los siguientes medios de prueba: 1) MAGNETOFÓNICA: Se acompaña con la presente CD-ROOM, que contiene un (1) archivo de audio cuya voz correspondería al periodista Carlos Scagnolari, en el que expresa que funcionarios del gobierno y sus familiares han sido vacunados en la Residencia de la Gobernación y en Casa de Gobierno, sin pertenecer a los grupos de prioridad. Para el eventual caso que se desconozca la autoría indicada, solicitamos que se realice una pericia sobre el audio a los fines de determinar si la voz pertenece al señor Carlos Scagnolari.- 2) DOCUMENTAL: Se acompaña con la presente: a- Impresión de captura de pantalla de publicación realizada en la plataforma de la red social Twitter, por el Presidente de la Nación Alberto Fernández, a través de su cuenta oficial; b- Impresión de captura de pantalla de publicación realizada en la plataforma de la red social Twitter por el Gobernador de la Provincia Ricardo Quintela, a través de su cuenta oficial.-
  • 8. 8 3) INFORMATIVA: Se libren los siguientes Oficio: a- Al Ministerio de Salud de la Nación para que informe cuántas dosis en total de la vacuna contra el Covid-19 han sido enviadas en la Provincia de La Rioja; b- Al Ministerio de Salud de la Provincia, para que informe el número total de dosis recibidas hasta el día 19 de febrero del corriente año.- c- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe normativa o protocolo adoptado por la autoridad provincial para el cumplimiento de la Resolución N° 2883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación; d- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe sobre quiénes son los responsables (personal médico, enfermeros, ayudantes, personal de salud en general) en las distintas etapas de la cadena de custodia de las vacunas, conforme el protocolo de vacunación establecido, como son la recepción, distribución y aplicación, y todo otro dato que sirva de interés a los fines de esclarecer los hechos denunciados; e- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de personas que han recibido la vacuna hasta el día 19 de febrero del corriente año; f- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de personas que han recibido la primera dosis de la vacuna, indicando a qué grupo de prioridad pertenecen;
  • 9. 9 g- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe el listado de personas que han recibido la segunda dosis de la vacuna, indicando a qué grupo de prioridad pertenecen; h- Al Ministerio de Salud de la Provincia para que informe la cantidad de personas que integran el sistema de salud provincial, tanto del sector público como privado.- 4) TESTIMONIAL: Solicitamos que se citen a declarar a las siguientes personas: a- Eduardo Carlos Scagnolari, DNI N° 10.476.441, periodista local.- IV- DERECHO: Son de aplicación en el presente caso los arts. 183, 184 185 y concordantes del C.P.P., y arts. 248, 260 y 205 del C.P.- V- PETITORIO: Por lo expuesto requerimos a USTED: 1) Nos tenga por presentados, por denunciantes y con domicilio a los efectos procesales constituido; 2) Por formulada denuncia penal en contra de autores a determinar por la supuesta comisión de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERESDEFUNCIONARIO PÚBLICO, art. 248 del C.P., MALVERSACIÓN DE BIENES PUBLICOS, art. 260 del C.P., y VIOLACION DE MEDIDAS ANTI EPIDÉMICAS, art. 205 del C.P., debiéndose investigar y determinar los responsables de estos hechos;
  • 10. 10 3) Tenga por acompañada y ofrecida la prueba, y referido el derecho; 4) Promueva la acción penal correspondiente, solicitando la instrucción conforme la tipificación que considere aplicable a las conductas descripta.- PROVEA DE CONFORMIDAD, SERÁ JUSTICIA.- …………………………………………. …………………………………………. JUAN NICOLAS AMADO FILIPPES MARIO GUSTAVO GALVAN D.N.I. N° 20.613.329 D.N.I. N° 20.253.951 …………………………………………. …………………………………………. JAIME ROBERTO KLOR ALFREDO EDUARDO BRIGIDO D.N.I. N° 14.567.482 D.N.I. N° 12.851.120