Mensaje sobre proyecto de estatuto jurídico de los indígenas. 17 de noviembre de 1981
1. Mensaje sobre proyecto de Estatuto Jurídico de los
Indígenas
Los Obispos del Paraguay, reunidos en Asamblea Plenaria, han tomado
conocimiento del estudio en el Congreso Nacional de un Proyecto de
Ley sobre Estatuto Jurídico de los Indígenas. Conscientes de la
importancia de dicho instrumento legal dirigen este mensaje a todos
los fieles y hombres de buena voluntad.
Es antigua la preocupación de la Iglesia por los indígenas. Desde los
albores de nuestra nacionalidad la Iglesia procuró condiciones de vida
dignas pata todos ellos. No le movió la exclusiva preocupación de su
conversión al cristianismo sino también el respeto a sus derechos, la
satisfacción de sus legítimas necesidades, su promoción humana. Así
se fundaron pueblos y reducciones que aún hoy son recordados. Nos
place mencionar todo esto en el día en que la Iglesia celebra el martirio
de Roque González de Santa Cruz, el hijo más ilustre de esta tierra y
verdadero modelo de dedicación a la promoción de los indígenas.
El Proyecto de Ley presenta aspectos muy positivos en favor del
indígena. Los siguientes nos parecen los principales:
1. Consagra el derecho de los Indígenas a su propia existencia como
pueblos, siendo su principal objetivo la preservación de cada una de
las etnias con todo su acervo cultural y su original forma de vida.
2. Reconoce como base imprescindible para esta preservación la
tenencia de tierras, en especial, de aquellas que han constituido su
3. Formula en términos de Ley este derecho y abre caminos para las
adquisiciones, creando los fondos necesarios.
4. Reconoce la Personería Jurídica que será un aglutinante de gran
valor para restablecer y hacer florecer las comunidades indígenas y
situarlas ante la sociedad nacional con posibilidades de una integración activa
bilateral.
Y del espiritu del Proyecto se deduce que todas estas vindicaciones
no constituyen un don gratuito sino una devolución que la sociedad
debe realizar en virtud de una revision de nuestra propia historia.
Junto a estos aspectos positivos no podemos dejar de expresar nuestra
preocupación ante aspectos que consideramos menos positivos. En
efecto, el Título II del Proyecto, que trata de la creación y
estructuración del organismo (INDI) cuyo objetivo es, en síntesis, la
realización y promoción de los derechos de los pueblos indígenas
2. formulados en el Título I, deja abierta una serie de dudas y
ambigüedades:
1. El Ente autárquico INDI tienen carácter de autoridad absoluta frente
a todo el quehacer indigenista y ante las instituciones privadas
comprometidas en él. No se expresa, ni se insinúa, la condición de
"subsidiaridad" que debe regir toda institución estatal. Al contrario,
las atribuciones detalladas efatizan el carácter omnipotente del
organismo gubernamental (V. art. 32)
2. Las estructuras administrativas consagran la presencia mayoritaria
de funcionarios gubernamentales en los cuerpos de decisión y de
consulta, mientras se reducen a una minoría a los indígenas e
instituciones indigenistas, a pesar de constituir el sector que tiene las
mayores experiencias y conocimientos necesarios del area indígena.
Sin duda estos aspectos pueden ser mejorados. Y así lo esperamos,
para que la confianza puesta en este instrumento legal no quede defraudada.
Por último la Conferencia Episcopal Paraguaya expresa su
reconocimiento a su Equipo Nacional de Misiones y a las otras
Instituciones y Personas, por el trabajo realizado. El espíritu eclesial
y la indudable capacidad puestas de manifiesto en su labor, merecen
la gratitud de los Obispos, de la Iglesia y del país. Hacemos nuestros
todos sus esfuerzos y los apoyamos enfáticamente. Confiamos en la
bendición de Dios sobre quienes abnegadamente trabajan en favor
de los indígenas. Nuestras palabras de felicitación y aliento es también
oración y augurio en favor de un Paraguay que a todos sus hijos ampare
y cobije. A la sombra acogedora de la Cruz queremos encontrarnos
los que por ser hijos de Dios somos hermanos y queremos vivir como tales.
Asunción, 17 de Noviembre de 1981
Por los Obispos del Paraguay
+ Mons. Jorge Livieres Banks
Obispo Auxiliar de Asunción y Secretario Gral. de la CEP