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Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria
Intervención en la Mesa Redonda Impacto social de las
bibliotecas: utilidad y confianza en los servicios
bibliotecarios
H. Cámara de Senadores, 17 de julio de 2013
Distinguidos Senadores y Diputados que nos acompañan.
Maestra Helen Ladrón de Guevara Cox;
Doctora Guadalupe Patricia Ramos Fandiño;
Maestra Martha Delia Castro Montoya;
Señoras y señores:
Es para mí muy honroso estar presente esta mañana en el auditorio Octavio Paz
de la Honorable Cámara de Senadores, con el fin de participar en esta mesa que
aborda el tema de las bibliotecas públicas y su impacto social, en el marco del
Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria.
Agradezco al Senado de la República su hospitalidad y felicito calurosamente a las
autoridades de la Asociación Mexicana de Bibliotecarios, del Colegio Nacional de
Bibliotecarios y del Consejo Nacional para Asuntos Bibliotecarios de las
Instituciones de Educación Superior su amable invitación a este foro y por su
organización.
Quiero comenzar destacando algunos de los aspectos más importantes
establecidos en la Ley General de Bibliotecas, orientada desde su creación en
1988, a regular el quehacer de las bibliotecas públicas de México. En sus
disposiciones generales y en su objetivo de integrar una Red Nacional de
1
Bibliotecas Públicas, la Ley General de Bibliotecas fue concebida para su
aplicación esencialmente en el ámbito de las bibliotecas públicas.
De acuerdo con dicha ley, corresponde a la Secretaría de Educación Pública
coordinar la Red Nacional y distribuir colecciones de libros, la formación de los
bibliotecarios, establecer el marco normativo y definir un programa para promover
la lectura, siempre en el marco de las bibliotecas públicas. De igual manera,
corresponde a los estados y municipios, propietarios de los espacios
bibliotecarios, hacerse cargo de la operación y el mantenimiento de los mismos.
Cabe precisar que las bibliotecas públicas no pertenecen a la SEP ni al Conaculta.
Pertenecen a los estados, municipios o delegaciones políticas.
Con el objeto de responder a la finalidad para la que fueron creadas, las leyes
deben ser siempre adecuadas a la realidad en la que inciden. Atender a su
verdadera función social hace necesario modificarlas para que respondan a las
necesidades que exige el momento histórico en el que se aplican. Su vigencia es
condición sine qua non de su razón de ser. Adicionalmente, las leyes requieren de
reglamentos que las lleven a la práctica.
Fue en 2009 cuando se publicó la primera y única enmienda a la ley, que incluye
el uso de las tecnologías en las bibliotecas. Si, desde esa perspectiva, tomamos
en cuenta además los cambios ocurridos en las bibliotecas públicas durante las
últimas décadas y somos conscientes de las transformaciones a las que
inevitablemente debe conducir el camino hacia su modernización, debemos tener
clara la necesidad de promover reformas que consideren la situación actual de las
bibliotecas y la orientación que se les deberá dar ante los retos del presente y del
futuro.
Es evidente que son vocaciones muy distintas las que caracterizan a las
bibliotecas públicas respecto de las que conciernen a otros modelos de
bibliotecas. Desde mi punto de vista La creación de un Instituto Nacional para el
2
Desarrollo de las Bibliotecas, como se ha propuesto en la pasada reunión en la
Cámara de Diputados, que sería el órgano rector del Sistema Nacional de
Bibliotecas, se vislumbra como una institución que representaría un alto costo para
la administración pública federal y concretamente para la Secretaría de Educación
Pública que continuaría siendo la responsable de la Red Nacional de Bibliotecas
Públicas con las atribuciones que hasta ahora le confiere la ley y que en esencia
están consideradas en el artículo 7° de la misma. En ese sentido creemos que son
necesarias las reformas a la ley, pero no necesariamente la creación de un
instituto como el que se planteado. Es precisamente la creación de un sistema
nacional de bibliotecas (mencionado en la ley) lo que no se ha cumplido por su
propia naturaleza inoperante. Y se debe tomar en cuenta, además que las
bibliotecas pertenecen a los estados y municipios.
De ahí la importancia, desde mi punto de vista, que no sean regidas por la misma
legislación. Por esta razón se considera inviable una reforma a la ley que incluya a
bibliotecas universitarias, escolares, parlamentarias, especializadas y a la
Biblioteca Nacional de México. No es congruente concebir un organismo o sistema
que aglutine a todas las bibliotecas sin considerar sus diferencias a partir de su
naturaleza, vocación, servicios, acervos, colecciones y usuarios.
[ Como se expresa en la información presupuestal que se presentó
recientemente en la Cámara de Diputados con base en un estudio elaborado
por el Centro de Estudios de Finanzas Públicas, el Instituto Nacional para el
Desarrollo de las Bibliotecas requeriría de un presupuesto inicial de 216
millones de pesos si se considera la compra de un edificio para su
operación, o de 244 millones de pesos si se considera un edificio en
arrendamiento. La estructura orgánica comprende una dirección general de
la que se desprenden tres direcciones generales adjuntas y 25 direcciones
de área, con una erogación presupuestal que ascendería anualmente a casi
60 millones de pesos sólo por ese concepto. A lo anterior habría que agregar
el concepto de “mobiliario y equipo” y el de los “espacios digitales”.
3
En el presupuesto presentado no se consideran costos para la adquisición y
catalogación de los contenidos en formatos impresos y digitales, la
capacitación, entrega de acervos a las bibliotecas que se encuentran
distribuidas en el país, la nómina del personal operativo, elementos todos
indispensables para la operación del sistema. ]
La Dirección General de Bibliotecas se ha pronunciado en diversas ocasiones por
una actualización de la Ley General de Bibliotecas, orientada a dar una mayor
atención a las necesidades de la sociedad actual tomando en cuenta tanto a los
usuarios como a las grandes transformaciones ocurridas en los últimos años
principalmente en el ámbito del uso de las tecnologías. Sin perder de vista que la
tecnología es una herramienta más y no un fin en sí mismo.
Para la modernización de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, la más grande
de América Latina, y la infraestructura cultural más grande del País, la DGB
considera pertinentes algunas reformas que incluyan temas como la digitalización,
el fortalecimiento de los acervos impresos y electrónicos, el descarte de material
bibliográfico, la centralización de plazas y la profesionalización de los
bibliotecarios. Cabe señalar que desde el 2010 existe la Red Virtual de Bibliotecas
Públicas a la cual se han sumado más de 5 mil bibliotecas, y que permite
mantener intercambios de información bibliotecaria como novedades impresas y
digitales, servicios de capacitación y sugerencias bibliográficas, entre muchos
otros servicios.
En ese sentido, proponemos incluir en las Disposiciones Generales de la ley, que
corresponda a los gobiernos de los estados:
- Establecer un programa de Protección Civil obligatorio para todas sus
bibliotecas públicas.
- Impulsar un programa de Inclusión Social en todas sus bibliotecas.
4
- Vigilar el cumplimiento de la Ley General de Personas con Discapacidad.
- Promover desde la biblioteca actividades de integración de las personas
con discapacidad, minorías lingüísticas y grupos vulnerables.
- Brindar equipos de cómputo, tecnologías afines y conectividad en sus
bibliotecas.
- Distribuir acervos actualizados impresos y digitales en sus bibliotecas.
- Impulsar programas de fomento a la lectura y de intercambio
interinstitucional que propicien una mayor vinculación con la sociedad.
- Promover en los congresos locales la elaboración y publicación de leyes de
bibliotecas estatales y sus respectivos reglamentos.
- Centralizar las plazas de los bibliotecarios en la administración estatal y no
municipal.
- Reconocer la capacitación bibliotecaria certificada como instrumento de
continuidad laboral para los bibliotecarios.
- Apoyar a las entidades estatales para establecer mecanismos de
desincorporación de acervo.
- Dotar al bibliotecario de mayor autonomía y de las herramientas necesarias
para desempeñar cabalmente sus nobles funciones.
Cabe mencionar que en el año 2010, como resultado de la iniciativa del Conaculta,
las coordinaciones estatales de bibliotecas públicas y con la asesoría de diversos
especialistas del ámbito bibliotecológico, se crearon las Directrices para la
elaboración de leyes estatales de bibliotecas públicas, que constituyen el esfuerzo
más reciente emprendido a nivel nacional para generar un nuevo marco normativo
que rija el funcionamiento y los servicios bibliotecarios del país.
El objetivo de las directrices es transformar la realidad de las bibliotecas públicas
de cada entidad, sobre la base de su fortalecimiento como centros culturales,
como espacios de acceso ilimitado a la lectura y al conocimiento en general, con
el apoyo de las nuevas tecnologías y con servicios cada vez más amplios que
respondan a las crecientes necesidades de los usuarios.
5
Actualmente diez estados cuentan ya con leyes locales de bibliotecas públicas,
con las que se ha buscado ampliar y regular las atribuciones de las entidades en
temas tan relevantes como los servicios, infraestructura, colecciones, programas
de fomento a la lectura, accesibilidad e inclusión, tecnología, derecho y acceso a
servicios digitales, formación y capacitación del personal bibliotecario, entre otros.
En el artículo 2° de la ley, en el que se define el concepto de biblioteca pública,
una de las reformas propuestas por la DGB sería definir la vocación de las
bibliotecas como un centro de información, un lugar de estudio e investigación, un
centro cultural para el fomento de la lectura, un centro social con funciones
plurales y motor clave de actividades creativas y de recreación, así como punto de
encuentro y reunión de la comunidad; un espacio seguro que promueve el
desarrollo integral de los individuos sin distinciones de ninguna índole y con
atención específica a grupos vulnerables, un centro de integración, acceso y
formación en el uso de las tecnologías; un espacio fundamental para preservar,
apoyar, promover y difundir la cultura y la identidad, además de ser agente de
cambio del desarrollo social y educativo de las personas. Sería conveniente
también incluir una definición de biblioteca digital, su alcance y características.
En el artículo 4°, en el que se menciona la responsabilidad de los gobiernos
(federal, estatales y municipales) de promover el establecimiento, organización y
sostenimiento de bibliotecas públicas, la DGB considera que la Red Nacional de
Bibliotecas carece de una asignación presupuestal específica y directa, situación
que históricamente la ha sumido en condiciones de rezago en todos los renglones
de su funcionamiento integral. Un apoyo complementario para contribuir a
subsanar estas carencias se podría obtener de la Secretaría de Hacienda si las
donaciones (financieras o en especie) que se realicen a las bibliotecas públicas
sean deducibles de impuestos. Por ello, se considera conveniente impulsar una
reforma de fondo, con el compromiso de los tres órdenes de gobierno, que permita
etiquetar un presupuesto específico en materia de bibliotecas públicas destinado a
6
las redes estatales. De esta manera, se podría garantizar el cumplimiento del
objetivo de la presente Ley, mismo que tendrá que ser acorde tanto a las
necesidades básicas como a las de consolidación que cada red estatal de
bibliotecas públicas requiera para su óptimo funcionamiento y la mejora continua
en la prestación y ampliación de sus servicios. Se entiende como necesidades
básicas y de consolidación, el financiamiento de aspectos tales como:
- Ampliación e instalación de nuevas bibliotecas.
- Mantenimiento del inmueble.
- Pago de servicios de luz, telefonía y conectividad con ancho de banda
mínimo de 10 mb.
- Equipamiento y nuevas tecnologías.
- Mobiliario.
- Salarios e incentivos del personal bibliotecario.
- Capacitación de los bibliotecarios.
- Adquisición de acervo impreso y digital.
- Conservación y digitalización de acervos.
- Servicios digitales.
- Promoción y difusión de la biblioteca.
En este sentido, dicho presupuesto deberá ser asignado y manejado para y por las
instancias coordinadoras de cada red local, tomando en cuenta el perfil de las
bibliotecas que integran cada red, considerando principalmente el número y el tipo
de bibliotecas que la componen (regional, municipal, delegacional). Es decir, tener
en cuenta: dimensiones físicas de cada espacio, población de usuarios
beneficiados y potenciales, volumen de acervo existente, capacidad de servicios,
plantilla de personal bibliotecario y, en general, las necesidades de infraestructura
y funcionamiento de cada una de ellas. Ello supone que ningún presupuesto
autorizado para bibliotecas públicas sea disminuido durante el ejercicio fiscal y
que, por el contrario, sea revisado e incrementado al amparo de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en cada nuevo ejercicio, en
7
correlación a las necesidades antes descritas y a las condiciones de inflación
económica.
Por lo anterior, la inversión presupuestal asignada en esta materia debe contribuir
a hacer valer el derecho constitucional de toda persona a la educación y a la
cultura, mediante el acceso libre a las bibliotecas públicas del país, garantizando
la responsabilidad del Estado en la tarea de conservarlas, fomentar su uso y
difundir su riqueza.
Finalmente, es importante considerar que cualquier iniciativa de reforma a la Ley
General de Bibliotecas debe partir de las reformas que se lleven a cabo en el
marco de la modernización del sector educativo.
La Actual administración del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes está
ampliamente comprometida con la modernización del sistema bibliotecario
nacional, en particular en lo que concierne a su misión institucional de generar las
políticas y establecer los procedimientos para facilitar el acceso equitativo, libre y
gratuito de los mexicanos al conocimiento y la cultura, fomentar la lectura en las
bibliotecas públicas de la Red Nacional y aprovechar los espacios bibliotecarios
nobles y seguros para la reconstrucción del tejido social.
Modernizar la Red Nacional de Bibliotecas Públicas mediante la ampliación de sus
servicios, el uso de las nuevas tecnologías, la capacitación de sus bibliotecarios y
la actualización de la normatividad, con el fin de que las bibliotecas públicas del
país se conviertan en centros culturales de lectura educativa y recreativa, -con el
usuario como eje- es la visión institucional de la Dirección General de Bibliotecas.
Es nuestra convicción que sobre estas bases debe sustentarse el futuro de las
bibliotecas públicas de México. Un foro como el que hoy nos reúne es sin duda un
escenario idóneo para debatir en torno a este tema y una oportunidad muy valiosa
de realizar un análisis profundo sobre la situación actual de estos espacios
8
fundamentales para la educación y la cultura de nuestro país. Recordemos que las
bibliotecas son el hospital del alma.
Muchas gracias.
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Ponencia de Fernando Álvarez del Castillo

  • 1. Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria Intervención en la Mesa Redonda Impacto social de las bibliotecas: utilidad y confianza en los servicios bibliotecarios H. Cámara de Senadores, 17 de julio de 2013 Distinguidos Senadores y Diputados que nos acompañan. Maestra Helen Ladrón de Guevara Cox; Doctora Guadalupe Patricia Ramos Fandiño; Maestra Martha Delia Castro Montoya; Señoras y señores: Es para mí muy honroso estar presente esta mañana en el auditorio Octavio Paz de la Honorable Cámara de Senadores, con el fin de participar en esta mesa que aborda el tema de las bibliotecas públicas y su impacto social, en el marco del Foro Nacional de Armonización Legislativa Bibliotecaria. Agradezco al Senado de la República su hospitalidad y felicito calurosamente a las autoridades de la Asociación Mexicana de Bibliotecarios, del Colegio Nacional de Bibliotecarios y del Consejo Nacional para Asuntos Bibliotecarios de las Instituciones de Educación Superior su amable invitación a este foro y por su organización. Quiero comenzar destacando algunos de los aspectos más importantes establecidos en la Ley General de Bibliotecas, orientada desde su creación en 1988, a regular el quehacer de las bibliotecas públicas de México. En sus disposiciones generales y en su objetivo de integrar una Red Nacional de 1
  • 2. Bibliotecas Públicas, la Ley General de Bibliotecas fue concebida para su aplicación esencialmente en el ámbito de las bibliotecas públicas. De acuerdo con dicha ley, corresponde a la Secretaría de Educación Pública coordinar la Red Nacional y distribuir colecciones de libros, la formación de los bibliotecarios, establecer el marco normativo y definir un programa para promover la lectura, siempre en el marco de las bibliotecas públicas. De igual manera, corresponde a los estados y municipios, propietarios de los espacios bibliotecarios, hacerse cargo de la operación y el mantenimiento de los mismos. Cabe precisar que las bibliotecas públicas no pertenecen a la SEP ni al Conaculta. Pertenecen a los estados, municipios o delegaciones políticas. Con el objeto de responder a la finalidad para la que fueron creadas, las leyes deben ser siempre adecuadas a la realidad en la que inciden. Atender a su verdadera función social hace necesario modificarlas para que respondan a las necesidades que exige el momento histórico en el que se aplican. Su vigencia es condición sine qua non de su razón de ser. Adicionalmente, las leyes requieren de reglamentos que las lleven a la práctica. Fue en 2009 cuando se publicó la primera y única enmienda a la ley, que incluye el uso de las tecnologías en las bibliotecas. Si, desde esa perspectiva, tomamos en cuenta además los cambios ocurridos en las bibliotecas públicas durante las últimas décadas y somos conscientes de las transformaciones a las que inevitablemente debe conducir el camino hacia su modernización, debemos tener clara la necesidad de promover reformas que consideren la situación actual de las bibliotecas y la orientación que se les deberá dar ante los retos del presente y del futuro. Es evidente que son vocaciones muy distintas las que caracterizan a las bibliotecas públicas respecto de las que conciernen a otros modelos de bibliotecas. Desde mi punto de vista La creación de un Instituto Nacional para el 2
  • 3. Desarrollo de las Bibliotecas, como se ha propuesto en la pasada reunión en la Cámara de Diputados, que sería el órgano rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, se vislumbra como una institución que representaría un alto costo para la administración pública federal y concretamente para la Secretaría de Educación Pública que continuaría siendo la responsable de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas con las atribuciones que hasta ahora le confiere la ley y que en esencia están consideradas en el artículo 7° de la misma. En ese sentido creemos que son necesarias las reformas a la ley, pero no necesariamente la creación de un instituto como el que se planteado. Es precisamente la creación de un sistema nacional de bibliotecas (mencionado en la ley) lo que no se ha cumplido por su propia naturaleza inoperante. Y se debe tomar en cuenta, además que las bibliotecas pertenecen a los estados y municipios. De ahí la importancia, desde mi punto de vista, que no sean regidas por la misma legislación. Por esta razón se considera inviable una reforma a la ley que incluya a bibliotecas universitarias, escolares, parlamentarias, especializadas y a la Biblioteca Nacional de México. No es congruente concebir un organismo o sistema que aglutine a todas las bibliotecas sin considerar sus diferencias a partir de su naturaleza, vocación, servicios, acervos, colecciones y usuarios. [ Como se expresa en la información presupuestal que se presentó recientemente en la Cámara de Diputados con base en un estudio elaborado por el Centro de Estudios de Finanzas Públicas, el Instituto Nacional para el Desarrollo de las Bibliotecas requeriría de un presupuesto inicial de 216 millones de pesos si se considera la compra de un edificio para su operación, o de 244 millones de pesos si se considera un edificio en arrendamiento. La estructura orgánica comprende una dirección general de la que se desprenden tres direcciones generales adjuntas y 25 direcciones de área, con una erogación presupuestal que ascendería anualmente a casi 60 millones de pesos sólo por ese concepto. A lo anterior habría que agregar el concepto de “mobiliario y equipo” y el de los “espacios digitales”. 3
  • 4. En el presupuesto presentado no se consideran costos para la adquisición y catalogación de los contenidos en formatos impresos y digitales, la capacitación, entrega de acervos a las bibliotecas que se encuentran distribuidas en el país, la nómina del personal operativo, elementos todos indispensables para la operación del sistema. ] La Dirección General de Bibliotecas se ha pronunciado en diversas ocasiones por una actualización de la Ley General de Bibliotecas, orientada a dar una mayor atención a las necesidades de la sociedad actual tomando en cuenta tanto a los usuarios como a las grandes transformaciones ocurridas en los últimos años principalmente en el ámbito del uso de las tecnologías. Sin perder de vista que la tecnología es una herramienta más y no un fin en sí mismo. Para la modernización de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, la más grande de América Latina, y la infraestructura cultural más grande del País, la DGB considera pertinentes algunas reformas que incluyan temas como la digitalización, el fortalecimiento de los acervos impresos y electrónicos, el descarte de material bibliográfico, la centralización de plazas y la profesionalización de los bibliotecarios. Cabe señalar que desde el 2010 existe la Red Virtual de Bibliotecas Públicas a la cual se han sumado más de 5 mil bibliotecas, y que permite mantener intercambios de información bibliotecaria como novedades impresas y digitales, servicios de capacitación y sugerencias bibliográficas, entre muchos otros servicios. En ese sentido, proponemos incluir en las Disposiciones Generales de la ley, que corresponda a los gobiernos de los estados: - Establecer un programa de Protección Civil obligatorio para todas sus bibliotecas públicas. - Impulsar un programa de Inclusión Social en todas sus bibliotecas. 4
  • 5. - Vigilar el cumplimiento de la Ley General de Personas con Discapacidad. - Promover desde la biblioteca actividades de integración de las personas con discapacidad, minorías lingüísticas y grupos vulnerables. - Brindar equipos de cómputo, tecnologías afines y conectividad en sus bibliotecas. - Distribuir acervos actualizados impresos y digitales en sus bibliotecas. - Impulsar programas de fomento a la lectura y de intercambio interinstitucional que propicien una mayor vinculación con la sociedad. - Promover en los congresos locales la elaboración y publicación de leyes de bibliotecas estatales y sus respectivos reglamentos. - Centralizar las plazas de los bibliotecarios en la administración estatal y no municipal. - Reconocer la capacitación bibliotecaria certificada como instrumento de continuidad laboral para los bibliotecarios. - Apoyar a las entidades estatales para establecer mecanismos de desincorporación de acervo. - Dotar al bibliotecario de mayor autonomía y de las herramientas necesarias para desempeñar cabalmente sus nobles funciones. Cabe mencionar que en el año 2010, como resultado de la iniciativa del Conaculta, las coordinaciones estatales de bibliotecas públicas y con la asesoría de diversos especialistas del ámbito bibliotecológico, se crearon las Directrices para la elaboración de leyes estatales de bibliotecas públicas, que constituyen el esfuerzo más reciente emprendido a nivel nacional para generar un nuevo marco normativo que rija el funcionamiento y los servicios bibliotecarios del país. El objetivo de las directrices es transformar la realidad de las bibliotecas públicas de cada entidad, sobre la base de su fortalecimiento como centros culturales, como espacios de acceso ilimitado a la lectura y al conocimiento en general, con el apoyo de las nuevas tecnologías y con servicios cada vez más amplios que respondan a las crecientes necesidades de los usuarios. 5
  • 6. Actualmente diez estados cuentan ya con leyes locales de bibliotecas públicas, con las que se ha buscado ampliar y regular las atribuciones de las entidades en temas tan relevantes como los servicios, infraestructura, colecciones, programas de fomento a la lectura, accesibilidad e inclusión, tecnología, derecho y acceso a servicios digitales, formación y capacitación del personal bibliotecario, entre otros. En el artículo 2° de la ley, en el que se define el concepto de biblioteca pública, una de las reformas propuestas por la DGB sería definir la vocación de las bibliotecas como un centro de información, un lugar de estudio e investigación, un centro cultural para el fomento de la lectura, un centro social con funciones plurales y motor clave de actividades creativas y de recreación, así como punto de encuentro y reunión de la comunidad; un espacio seguro que promueve el desarrollo integral de los individuos sin distinciones de ninguna índole y con atención específica a grupos vulnerables, un centro de integración, acceso y formación en el uso de las tecnologías; un espacio fundamental para preservar, apoyar, promover y difundir la cultura y la identidad, además de ser agente de cambio del desarrollo social y educativo de las personas. Sería conveniente también incluir una definición de biblioteca digital, su alcance y características. En el artículo 4°, en el que se menciona la responsabilidad de los gobiernos (federal, estatales y municipales) de promover el establecimiento, organización y sostenimiento de bibliotecas públicas, la DGB considera que la Red Nacional de Bibliotecas carece de una asignación presupuestal específica y directa, situación que históricamente la ha sumido en condiciones de rezago en todos los renglones de su funcionamiento integral. Un apoyo complementario para contribuir a subsanar estas carencias se podría obtener de la Secretaría de Hacienda si las donaciones (financieras o en especie) que se realicen a las bibliotecas públicas sean deducibles de impuestos. Por ello, se considera conveniente impulsar una reforma de fondo, con el compromiso de los tres órdenes de gobierno, que permita etiquetar un presupuesto específico en materia de bibliotecas públicas destinado a 6
  • 7. las redes estatales. De esta manera, se podría garantizar el cumplimiento del objetivo de la presente Ley, mismo que tendrá que ser acorde tanto a las necesidades básicas como a las de consolidación que cada red estatal de bibliotecas públicas requiera para su óptimo funcionamiento y la mejora continua en la prestación y ampliación de sus servicios. Se entiende como necesidades básicas y de consolidación, el financiamiento de aspectos tales como: - Ampliación e instalación de nuevas bibliotecas. - Mantenimiento del inmueble. - Pago de servicios de luz, telefonía y conectividad con ancho de banda mínimo de 10 mb. - Equipamiento y nuevas tecnologías. - Mobiliario. - Salarios e incentivos del personal bibliotecario. - Capacitación de los bibliotecarios. - Adquisición de acervo impreso y digital. - Conservación y digitalización de acervos. - Servicios digitales. - Promoción y difusión de la biblioteca. En este sentido, dicho presupuesto deberá ser asignado y manejado para y por las instancias coordinadoras de cada red local, tomando en cuenta el perfil de las bibliotecas que integran cada red, considerando principalmente el número y el tipo de bibliotecas que la componen (regional, municipal, delegacional). Es decir, tener en cuenta: dimensiones físicas de cada espacio, población de usuarios beneficiados y potenciales, volumen de acervo existente, capacidad de servicios, plantilla de personal bibliotecario y, en general, las necesidades de infraestructura y funcionamiento de cada una de ellas. Ello supone que ningún presupuesto autorizado para bibliotecas públicas sea disminuido durante el ejercicio fiscal y que, por el contrario, sea revisado e incrementado al amparo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en cada nuevo ejercicio, en 7
  • 8. correlación a las necesidades antes descritas y a las condiciones de inflación económica. Por lo anterior, la inversión presupuestal asignada en esta materia debe contribuir a hacer valer el derecho constitucional de toda persona a la educación y a la cultura, mediante el acceso libre a las bibliotecas públicas del país, garantizando la responsabilidad del Estado en la tarea de conservarlas, fomentar su uso y difundir su riqueza. Finalmente, es importante considerar que cualquier iniciativa de reforma a la Ley General de Bibliotecas debe partir de las reformas que se lleven a cabo en el marco de la modernización del sector educativo. La Actual administración del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes está ampliamente comprometida con la modernización del sistema bibliotecario nacional, en particular en lo que concierne a su misión institucional de generar las políticas y establecer los procedimientos para facilitar el acceso equitativo, libre y gratuito de los mexicanos al conocimiento y la cultura, fomentar la lectura en las bibliotecas públicas de la Red Nacional y aprovechar los espacios bibliotecarios nobles y seguros para la reconstrucción del tejido social. Modernizar la Red Nacional de Bibliotecas Públicas mediante la ampliación de sus servicios, el uso de las nuevas tecnologías, la capacitación de sus bibliotecarios y la actualización de la normatividad, con el fin de que las bibliotecas públicas del país se conviertan en centros culturales de lectura educativa y recreativa, -con el usuario como eje- es la visión institucional de la Dirección General de Bibliotecas. Es nuestra convicción que sobre estas bases debe sustentarse el futuro de las bibliotecas públicas de México. Un foro como el que hoy nos reúne es sin duda un escenario idóneo para debatir en torno a este tema y una oportunidad muy valiosa de realizar un análisis profundo sobre la situación actual de estos espacios 8
  • 9. fundamentales para la educación y la cultura de nuestro país. Recordemos que las bibliotecas son el hospital del alma. Muchas gracias. 9
  • 10. fundamentales para la educación y la cultura de nuestro país. Recordemos que las bibliotecas son el hospital del alma. Muchas gracias. 9