La Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela tiene como funciones principales garantizar la independencia y soberanía de la nación, asegurar la integridad territorial mediante la defensa militar, y participar en el mantenimiento del orden interno y el desarrollo nacional. Está organizada en una línea de mando que va desde el Presidente de Venezuela como Comandante en Jefe hasta los diferentes componentes militares como el Ejército, Armada, Aviación y Guardia Nacional. El Comandante Estratégico Operacional depende directamente del Presidente para asuntos operacionales y
2. FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA
FUNCIONES
Artículo 4: La Fuerza Armada Nacional
Bolivariana tiene como misión
fundamental, garantizar la independencia
y soberanía de la Nación y asegurar la
integridad del espacio geográfico,
mediante la defensa militar, la
cooperación en el mantenimiento del
orden interno y la participación activa en
el desarrollo nacional.
Artículo 6: Son funciones de
la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana…
4. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
FUNCIONES
Artículo 30: El Ministerio del Poder Popular para la Defensa, es
el máximo órgano administrativo en materia de defensa militar
de la Nación, encargado de la formulación, adopción,
seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, planes,
programas y proyectos del Sector Defensa, integrado por los
Viceministerios, entes y demás órganos de apoyo, el cual
contará con una unidad estratégica de seguimiento y evaluación
de políticas públicas adscrita al despacho del Ministro o Ministra,
sobre los cuales ejerce su rectoría de acuerdo con lo
establecidoen el decreto con Rango Valor y fuerza de la Ley
Orgánica de la Administración Pública; y su estructura interna
será establecida en el Reglamento respectivo
Artículo 31: Corresponde a la Ministra o Ministro del
Poder Popular para la Defensa, además de las
atribuciones comunes que le confiere la Ley Orgánica de
la Administración Pública a todos los Ministros, ejercer
también las siguientes
6. COMANDO ESTRATEGICO OPERACIONAL
Artículo 48. El o la Comandante
Estratégico Operacional depende
directamente del Presidente o
Presidenta de la República Bolivariana de
Venezuela y Comandante en Jefe de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en
todo lo relativo a los aspectos
operacionales y para los asuntos
administrativos dependerá del Ministro o
Ministra del Poder popular para la
Defensa. El Presidente o Presidenta de la
República Bolivariana de Venezuela y
Comandante en Jefe de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana, podrá
transmitir órdenes de carácter
operacional por intermedio del Ministro
o Ministra del Poder Popular para la
Defensa.
DEPENDENCIA FUNCIONAL
Artículo 49. El o la Comandante Estratégico Operacional tiene las
siguientes atribuciones:
1. Asesorar al Comandante en Jefe y a la Ministra o Ministro del
Poder Popular para la Defensa sobre el empleo operacional de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
2. . Asistir al Consejo de Defensa de la Nación, cuando sea
convocado; 3. Ejercer el mando sobre las actividades de su
Estado Mayor Conjunto; 4. Dirigir y controlar las actividades de
Defensa Aeroespacial Integral utilizando los medios asignados a
la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; 5. Ejercer el mando
operacional del Sistema Defensivo Territorial y los Componentes,
de conformidad con las Normas que regulan el Ejercicio del
Mando Operacional; 6. Autorizar el empleo progresivo de las
unidades en resguardo del orden público, conforme a los planes
previstos en cada caso…
ATRIBUCIONES DEL COMANDANTE ESTRATÉGICO OPERACIONAL