SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
Descargar para leer sin conexión
DECRETO SUPREMO Nº 4078
JEANINE AÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Art. 172.?Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del
Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
2. Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.
8. Dictar decretos supremos y resoluciones.
16. Preservar la seguridad y la defensa del Estado.
25. Ejercer el mando de Capitana o Capitán General de las Fuerzas Armadas, y disponer de ellas para la defensa del
Estado, su independencia y la integridad del territorio?.
Que, el Art. 244 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia señala que:?Las Fuerzas Armadas tienen
por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía
del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar
en el desarrollo integral del país?.
Que, el Art. 245 refiere: ?La organización de las Fuerzas Armadas descansa en su jerarquía y disciplina. Es esencialmente
obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares. Como organismo institucional no realiza
acción política; individualmente, sus miembros gozan y ejercen los derechos de ciudadanía en las condiciones establecidas
por la ley?.
Que, la norma constitucional, en su Art. 246 parágrafo I precisa que: ?Las Fuerzas Armadas dependen de la Presidenta o
del Presidente del Estado y reciben sus órdenes, en lo administrativo, por intermedio de la Ministra o del Ministro de
Defensa y en lo té cnico, del Comandante en Jefe?.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas del Estado, en su Art. 1 señala: ?LAS FUERZAS ARMADAS DE LA
NACION, son la Institución Armada Fundamental y permanente del Estado Boliviano, y sustentan como principios
doctrinarios.
a) Preservar el Mandato Constitucional, la paz y la Unidad Nacional y la estabilidad de las instituciones democráticas
del Estado.
d) Constituir el baluarte de la Seguridad Nacional y de la Defensa soberana de la Patria, contribuyen al bienestar general
del pueblo boliviano, son el sostén de la vigencia de la Constitución Política del Estado, de la democracia y de los derechos
y garantías ciudadanas?.
Que, el Art. 6 de misma ley Orgánica precisa: ?Las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar
la independencia nacional, la seguridad y estabilidad de la República, el honor y soberanía nacional, asegurar el Imperio
de la Constitución Política del Estado, garantizar la estabilidad del gobierno legalmente constituido y cooperar en el
desarrollo integral del país.
Para el cumplimiento de su misión las Fuerzas Armadas tienen las siguientes atribuciones y responsabilidades:
a) Garantizar el imperio de la Constitución Política del Estado y la estabilidad del Gobierno legalmente constituido.
b) Precautelar la seguridad, soberanía y honor nacionales.
d) Defender y garantizar el legal desenvolvimiento de las instituciones nacionales.
g) Coadyuvar, en caso necesario, a la conservación del orden público, a requerimiento del Poder Ejecutivo y de acuerdo a
la Constitución Política del Estado?.
Que, el Art.7 de la citada ley señala: ?La Seguridad y Defensa Nacional son deberes inexcusables de todos los bolivianos,
con sujeción a las disposiciones militares en tiempo de guerra y de emergencia nacional. Ningún ciudadano podrá
rehusar sus servicios profesionales, té cnico o científicos a la Institución Armada, cuando por razones especiales calificadas
por Decreto del Poder Ejecutivo, y en cumplimiento su misión constitucional, sean requeridos para preservar la seguridad,
la integridad y la soberanía de la Nación?.
Que, el Art. 8 de la referida ley orgánica señala: ?El Presidente de la República y Capitán General de las Fuerzas
Armadas, en uso de la facultad que le confiere la Constitución Política del Estado dispondrá el empleo de las fuerzas
militares para:
b) En lo interno, mantener el orden público, cuando las instituciones legalmente constituidas para este fin, resultaren
insuficientes?.
Que, el Art. 40 de la ley en consideración señala:?El Comandante en Jefe tiene las siguientes atribuciones y
responsabilidades principales:
g) Disponer la participación de las Fuerzas Armadas para el mantenimiento del Orden Público, a requerimiento del Poder
Ejecutivo?.
Que, de acuerdo al DS. 27977 de fecha 14 de enero de 2005, se dispone en su Artículo Único que:?l. Las Fuerzas Armadas
de la Nación en el uso de la fuerza en el orden interno, para asegurar la Constitución Política del Estado y garantizar la
estabilidad del Gobierno legalmente constituido, se sujetarán a la Constitución Política del Estado, a los Convenios y
Tratados vigentes, a las Leyes de la República y al Manual del Uso de la Fuerza en Conflictos Internos.?
Que, Bolivia vive un estado de caos y convulsión social, debido a la manipulación del voto popular en las elecciones del 20
de octubre de 2019, situación que tiende a agravarse, incluso de llegar a una guerra civil, situación que debe ser evitada por
todos los medios legales y legítimos, en la búsqueda definitiva de la pacificación de la sociedad boliviana.
DECRETA:
Artículo 1. La participación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia, en la defensa de la sociedad y la
conservación del orden público, en apoyo a las fuerzas de la Policía Boliviana a fin de reafirmar y consolidar la unidad y la
pacificación del país.
Artículo 2.
I. La participación de las Fuerzas Armadas, será a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto Supremo, hasta
se haya restablecido el orden y la estabilidad pública.
II. Esta participación se realizará en todo el territorio del Estado, conforme a las órdenes y planes Militares en coordinac
con las Fuerzas de la Policía Boliviana.
III. Todas las organizaciones e instituciones públicas y privadas del Estado, de acuerdo a las necesidades, deben prestar e
apoyo requerido a las fuerzas Militares y Policiales, en el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
IV. Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, las FF.AA. emplearán todos sus medios disponibles y los que
puedan ser adquiridos, de acuerdo a las necesidades a fin garantizar el bienestar, la seguridad, y la protección del pueblo
boliviano.
Artículo 3. El personal de las FF.AA., que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y
estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales,
actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y
proporcionalidad, de conformidad con el Art. 11 y 12 del Cód. Penal. Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal.
Artículo 4. Las Fuerzas Armadas deberán enmarcar sus actuaciones conforme lo establece el Manual del Uso de la Fuerza
aprobado mediante DS. 27977 de fecha 14 de enero de 2005, pudiendo hacer uso de todos los medios disponibles, que sean
proporcionales al riesgo de los operativos, conforme a los presupuestos de la Ley 400 de 18 de septiembre de 2013 de
Control de Armas de Fuego, municiones, explosivos y otros materiales.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la paz, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil
diecinueve.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHAVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Jerjes Enrique Justiniano Atalá, Arturo Carlos Murillo
Prijic, Luis Fernando López Julio, José Luis Parada Rivero, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Yerko Núñez Negrete, Álvaro
Eduardo Coímbra Cornejo, María Elva Pinckert de Paz, Mauricio Samuel Ordoñez Castillo, Roxana Lizarraga Vega

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presidencia De La RepúBlica
Presidencia De La RepúBlicaPresidencia De La RepúBlica
Presidencia De La RepúBlicaale
 
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999egvalverde
 
Constitución política del estado de quintana roo
Constitución política del estado de quintana rooConstitución política del estado de quintana roo
Constitución política del estado de quintana rooEsther Ramos
 
La fuerza armada y la seguridad del estado
La fuerza armada y la seguridad del estadoLa fuerza armada y la seguridad del estado
La fuerza armada y la seguridad del estadonerioblasco
 
Constitución política del perú
Constitución política del perúConstitución política del perú
Constitución política del perúmariomerchan
 
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameña
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameñaAnalisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameña
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameñaEpimenides Pineda Donoso-MULTIS
 
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...jochefer
 
Const politica del edo de veracruz
Const politica del edo de veracruzConst politica del edo de veracruz
Const politica del edo de veracruzdelhos13
 
Poderes de la Union
Poderes de la UnionPoderes de la Union
Poderes de la Unioncastroregina
 
Punto de acuerdo ddhh vivienda
Punto de acuerdo ddhh viviendaPunto de acuerdo ddhh vivienda
Punto de acuerdo ddhh viviendaLaura Ballesteros
 
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIAORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIAAlcira Cabrera Dorado
 
Constitucion
ConstitucionConstitucion
Constitucionesfany
 

La actualidad más candente (17)

Presidencia De La RepúBlica
Presidencia De La RepúBlicaPresidencia De La RepúBlica
Presidencia De La RepúBlica
 
Taller internet
Taller internetTaller internet
Taller internet
 
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999
Constitucion peruana 1993 comentad edic. 1999
 
Constitución política del estado de quintana roo
Constitución política del estado de quintana rooConstitución política del estado de quintana roo
Constitución política del estado de quintana roo
 
Unidad 2. Población del Estado Mexicano.
Unidad 2. Población del Estado Mexicano. Unidad 2. Población del Estado Mexicano.
Unidad 2. Población del Estado Mexicano.
 
La fuerza armada y la seguridad del estado
La fuerza armada y la seguridad del estadoLa fuerza armada y la seguridad del estado
La fuerza armada y la seguridad del estado
 
Constitución política del perú
Constitución política del perúConstitución política del perú
Constitución política del perú
 
Caso rodrigo granda
Caso rodrigo grandaCaso rodrigo granda
Caso rodrigo granda
 
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameña
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameñaAnalisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameña
Analisis juridico del artículo 17 de la constitucion panameña
 
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Constitución de la Repú...
 
Const politica del edo de veracruz
Const politica del edo de veracruzConst politica del edo de veracruz
Const politica del edo de veracruz
 
Poderes de la Union
Poderes de la UnionPoderes de la Union
Poderes de la Union
 
Punto de acuerdo ddhh vivienda
Punto de acuerdo ddhh viviendaPunto de acuerdo ddhh vivienda
Punto de acuerdo ddhh vivienda
 
Derecho constitucional- Francia
Derecho constitucional- FranciaDerecho constitucional- Francia
Derecho constitucional- Francia
 
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIAORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ORGANO EJECUTIVO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
 
Constitucion
ConstitucionConstitucion
Constitucion
 
Constituciòn
ConstituciònConstituciòn
Constituciòn
 

Similar a Decreto supremo no. 4078 ffaa

1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx
1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx
1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptxWalterHugoBurgaUrvio
 
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptx
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptxSEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptx
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptxJoseEduardoGuerreroA1
 
artículos institucionales216 217 218.ppt
artículos institucionales216 217 218.pptartículos institucionales216 217 218.ppt
artículos institucionales216 217 218.pptENRIQUEMARTINEZ31399
 
exposicion defensa nirmativa legal consagrada
exposicion defensa nirmativa legal consagradaexposicion defensa nirmativa legal consagrada
exposicion defensa nirmativa legal consagradaFelixMantenimiento1
 
LA RAMA EJECUTIVA
LA RAMA EJECUTIVA LA RAMA EJECUTIVA
LA RAMA EJECUTIVA Deisy Burgos
 
Constitución política de CHILE
Constitución política de CHILEConstitución política de CHILE
Constitución política de CHILEClaudia Tejías
 
Exposición de normas_jurídicas_establecidas
Exposición de normas_jurídicas_establecidasExposición de normas_jurídicas_establecidas
Exposición de normas_jurídicas_establecidasJc Sv
 
2. ley de personal ff.aa.
2.  ley de personal ff.aa.2.  ley de personal ff.aa.
2. ley de personal ff.aa.carlosfiallosc
 
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)Helvia
 
Cuadro explicativo administracion estadal
Cuadro explicativo administracion estadalCuadro explicativo administracion estadal
Cuadro explicativo administracion estadalRICHARDTORRES81
 
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgo
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgoA. constitucion politica_del_estado_de_hidalgo
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgolusarin
 
Ley organica de_seguridad_de_la_nacion
Ley organica de_seguridad_de_la_nacionLey organica de_seguridad_de_la_nacion
Ley organica de_seguridad_de_la_nacionSorelis Mora
 

Similar a Decreto supremo no. 4078 ffaa (20)

Seguridad ciudadana
Seguridad ciudadanaSeguridad ciudadana
Seguridad ciudadana
 
venezuela-lofan.pdf
venezuela-lofan.pdfvenezuela-lofan.pdf
venezuela-lofan.pdf
 
1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx
1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx
1.1.ROLES EJERCITO ACTUALIZADO PARA EL 2002.pptx
 
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptx
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptxSEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptx
SEGUNDA CLASE - CODIGO PROCESAL PENAL.pptx
 
artículos institucionales216 217 218.ppt
artículos institucionales216 217 218.pptartículos institucionales216 217 218.ppt
artículos institucionales216 217 218.ppt
 
L ey del servicio miilitar
L ey del servicio miilitarL ey del servicio miilitar
L ey del servicio miilitar
 
exposicion defensa nirmativa legal consagrada
exposicion defensa nirmativa legal consagradaexposicion defensa nirmativa legal consagrada
exposicion defensa nirmativa legal consagrada
 
LA RAMA EJECUTIVA
LA RAMA EJECUTIVA LA RAMA EJECUTIVA
LA RAMA EJECUTIVA
 
Constitución política de CHILE
Constitución política de CHILEConstitución política de CHILE
Constitución política de CHILE
 
Exposición de normas_jurídicas_establecidas
Exposición de normas_jurídicas_establecidasExposición de normas_jurídicas_establecidas
Exposición de normas_jurídicas_establecidas
 
2. ley de personal ff.aa.
2.  ley de personal ff.aa.2.  ley de personal ff.aa.
2. ley de personal ff.aa.
 
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)
Análisis del Proyecto De Constitucion Del Mas Bolivia(1)
 
Constitucion japon
Constitucion japonConstitucion japon
Constitucion japon
 
Historia de chile nº 3
Historia de chile nº 3Historia de chile nº 3
Historia de chile nº 3
 
Fuerzas armadas de venezuela
Fuerzas armadas de venezuelaFuerzas armadas de venezuela
Fuerzas armadas de venezuela
 
Cuadro explicativo administracion estadal
Cuadro explicativo administracion estadalCuadro explicativo administracion estadal
Cuadro explicativo administracion estadal
 
Constitución progresista
Constitución progresistaConstitución progresista
Constitución progresista
 
La constitución de Japón
La constitución de Japón La constitución de Japón
La constitución de Japón
 
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgo
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgoA. constitucion politica_del_estado_de_hidalgo
A. constitucion politica_del_estado_de_hidalgo
 
Ley organica de_seguridad_de_la_nacion
Ley organica de_seguridad_de_la_nacionLey organica de_seguridad_de_la_nacion
Ley organica de_seguridad_de_la_nacion
 

Más de ComunicadorBolivia

Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...
Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...
Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...ComunicadorBolivia
 
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320ComunicadorBolivia
 
Medios habilitados elecciones_primarias_2019
Medios habilitados elecciones_primarias_2019Medios habilitados elecciones_primarias_2019
Medios habilitados elecciones_primarias_2019ComunicadorBolivia
 
Ley 482 ley de_gobiernos_municipales
Ley 482 ley de_gobiernos_municipalesLey 482 ley de_gobiernos_municipales
Ley 482 ley de_gobiernos_municipalesComunicadorBolivia
 

Más de ComunicadorBolivia (7)

Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...
Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...
Ley de regimen excepcional y transitorio para la realizacion de elecciones ge...
 
Decreto supremo 4078
Decreto supremo 4078Decreto supremo 4078
Decreto supremo 4078
 
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320
Auto de buen gobierno La Paz 2019 R.A._no.-320
 
Medios habilitados elecciones_primarias_2019
Medios habilitados elecciones_primarias_2019Medios habilitados elecciones_primarias_2019
Medios habilitados elecciones_primarias_2019
 
Ley 482 ley de_gobiernos_municipales
Ley 482 ley de_gobiernos_municipalesLey 482 ley de_gobiernos_municipales
Ley 482 ley de_gobiernos_municipales
 
Ley municipal 736462
Ley municipal 736462Ley municipal 736462
Ley municipal 736462
 
18746 fallo haya
18746 fallo haya18746 fallo haya
18746 fallo haya
 

Último

maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfredaccionxalapa
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Nueva Canarias-BC
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaLauraCardenas882684
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Erbol Digital
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"Ilfattoquotidianoit
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfmerca6
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...Eduardo Nelson German
 
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELHorarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELRobertoEspinozaMogro
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEduardo Nelson German
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfAndySalgado7
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaEduardo Nelson German
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaEduardo Nelson German
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfredaccionxalapa
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...20minutos
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaEduardo Nelson German
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosEduardo Nelson German
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Eduardo Nelson German
 
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalProyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalEduardo Nelson German
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfLorenzo Lemes
 

Último (20)

LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
 
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
 
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNELHorarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
Horarios de cortes de luz en Los Ríos para este lunes, 22 de abril, según CNEL
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
 
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función MunicipalProyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
 

Decreto supremo no. 4078 ffaa

  • 1. DECRETO SUPREMO Nº 4078 JEANINE AÑEZ CHÁVEZ PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Art. 172.?Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. 2. Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano. 8. Dictar decretos supremos y resoluciones. 16. Preservar la seguridad y la defensa del Estado. 25. Ejercer el mando de Capitana o Capitán General de las Fuerzas Armadas, y disponer de ellas para la defensa del Estado, su independencia y la integridad del territorio?. Que, el Art. 244 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia señala que:?Las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar en el desarrollo integral del país?. Que, el Art. 245 refiere: ?La organización de las Fuerzas Armadas descansa en su jerarquía y disciplina. Es esencialmente obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares. Como organismo institucional no realiza acción política; individualmente, sus miembros gozan y ejercen los derechos de ciudadanía en las condiciones establecidas por la ley?. Que, la norma constitucional, en su Art. 246 parágrafo I precisa que: ?Las Fuerzas Armadas dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado y reciben sus órdenes, en lo administrativo, por intermedio de la Ministra o del Ministro de Defensa y en lo té cnico, del Comandante en Jefe?. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas del Estado, en su Art. 1 señala: ?LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION, son la Institución Armada Fundamental y permanente del Estado Boliviano, y sustentan como principios doctrinarios. a) Preservar el Mandato Constitucional, la paz y la Unidad Nacional y la estabilidad de las instituciones democráticas del Estado. d) Constituir el baluarte de la Seguridad Nacional y de la Defensa soberana de la Patria, contribuyen al bienestar general del pueblo boliviano, son el sostén de la vigencia de la Constitución Política del Estado, de la democracia y de los derechos y garantías ciudadanas?. Que, el Art. 6 de misma ley Orgánica precisa: ?Las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia nacional, la seguridad y estabilidad de la República, el honor y soberanía nacional, asegurar el Imperio de la Constitución Política del Estado, garantizar la estabilidad del gobierno legalmente constituido y cooperar en el desarrollo integral del país. Para el cumplimiento de su misión las Fuerzas Armadas tienen las siguientes atribuciones y responsabilidades: a) Garantizar el imperio de la Constitución Política del Estado y la estabilidad del Gobierno legalmente constituido. b) Precautelar la seguridad, soberanía y honor nacionales. d) Defender y garantizar el legal desenvolvimiento de las instituciones nacionales. g) Coadyuvar, en caso necesario, a la conservación del orden público, a requerimiento del Poder Ejecutivo y de acuerdo a la Constitución Política del Estado?.
  • 2. Que, el Art.7 de la citada ley señala: ?La Seguridad y Defensa Nacional son deberes inexcusables de todos los bolivianos, con sujeción a las disposiciones militares en tiempo de guerra y de emergencia nacional. Ningún ciudadano podrá rehusar sus servicios profesionales, té cnico o científicos a la Institución Armada, cuando por razones especiales calificadas por Decreto del Poder Ejecutivo, y en cumplimiento su misión constitucional, sean requeridos para preservar la seguridad, la integridad y la soberanía de la Nación?. Que, el Art. 8 de la referida ley orgánica señala: ?El Presidente de la República y Capitán General de las Fuerzas Armadas, en uso de la facultad que le confiere la Constitución Política del Estado dispondrá el empleo de las fuerzas militares para: b) En lo interno, mantener el orden público, cuando las instituciones legalmente constituidas para este fin, resultaren insuficientes?. Que, el Art. 40 de la ley en consideración señala:?El Comandante en Jefe tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades principales: g) Disponer la participación de las Fuerzas Armadas para el mantenimiento del Orden Público, a requerimiento del Poder Ejecutivo?. Que, de acuerdo al DS. 27977 de fecha 14 de enero de 2005, se dispone en su Artículo Único que:?l. Las Fuerzas Armadas de la Nación en el uso de la fuerza en el orden interno, para asegurar la Constitución Política del Estado y garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, se sujetarán a la Constitución Política del Estado, a los Convenios y Tratados vigentes, a las Leyes de la República y al Manual del Uso de la Fuerza en Conflictos Internos.? Que, Bolivia vive un estado de caos y convulsión social, debido a la manipulación del voto popular en las elecciones del 20 de octubre de 2019, situación que tiende a agravarse, incluso de llegar a una guerra civil, situación que debe ser evitada por todos los medios legales y legítimos, en la búsqueda definitiva de la pacificación de la sociedad boliviana. DECRETA: Artículo 1. La participación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia, en la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, en apoyo a las fuerzas de la Policía Boliviana a fin de reafirmar y consolidar la unidad y la pacificación del país. Artículo 2. I. La participación de las Fuerzas Armadas, será a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto Supremo, hasta se haya restablecido el orden y la estabilidad pública. II. Esta participación se realizará en todo el territorio del Estado, conforme a las órdenes y planes Militares en coordinac con las Fuerzas de la Policía Boliviana. III. Todas las organizaciones e instituciones públicas y privadas del Estado, de acuerdo a las necesidades, deben prestar e apoyo requerido a las fuerzas Militares y Policiales, en el cumplimiento del presente Decreto Supremo. IV. Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, las FF.AA. emplearán todos sus medios disponibles y los que puedan ser adquiridos, de acuerdo a las necesidades a fin garantizar el bienestar, la seguridad, y la protección del pueblo boliviano. Artículo 3. El personal de las FF.AA., que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, de conformidad con el Art. 11 y 12 del Cód. Penal. Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal. Artículo 4. Las Fuerzas Armadas deberán enmarcar sus actuaciones conforme lo establece el Manual del Uso de la Fuerza aprobado mediante DS. 27977 de fecha 14 de enero de 2005, pudiendo hacer uso de todos los medios disponibles, que sean proporcionales al riesgo de los operativos, conforme a los presupuestos de la Ley 400 de 18 de septiembre de 2013 de Control de Armas de Fuego, municiones, explosivos y otros materiales. Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la paz, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.
  • 3. FDO. JEANINE ÁÑEZ CHAVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Jerjes Enrique Justiniano Atalá, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, José Luis Parada Rivero, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Yerko Núñez Negrete, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, María Elva Pinckert de Paz, Mauricio Samuel Ordoñez Castillo, Roxana Lizarraga Vega