4. La protección de datos tiene como
objetivo garantizar y proteger el derecho
al honor e intimidad de los ciudadanos
en el uso que hacemos de sus datos de
carácter personal
5. La responsabilidad de garantizar la protección de datos es de todos
los que trabajamos con la información personal.
Si pertenecemos a un centro educativo debemos tener especial
consideración con los aspectos que se resaltan en cada apartado
para nuestro ámbito.
7. La legislación que regula la protección de datos
en el ámbito de la Consejería de Educación en
Andalucía es el Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD) que comenzó a
aplicarse el 25 de mayo de 2018,
que va a sustituir a la Ley Orgánica de Protección
de Datos de Carácter Personal (LOPD) , aunque
esta se mantendrá en vigor en todo lo que no
contradiga al nuevo Reglamento hasta que no se
apruebe la normativa que la sustituya.
9. Hay que identificar los tratamientos que realizamos en
nuestro trabajo así como su finalidad, nivel de seguridad,
responsable y las medidas de seguridad que deben aplicarse
en función de su nivel.
Hay tres de especial relevancia para los centros y servicios educativos
11. Hay actividades en las que se recaban datos de carácter personal y
que son de especial consideración por las acciones a realizar para el
cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos de
carácter personal, Como por ejemplo:
Tratamiento de datos de carácter personal en papel
12. Cuando los documentos
con los que trabajamos
contienen datos sensibles
(salud, NEE, religión......)
debemos observar un
conjunto de medidas para
dar cumplimiento a la
LOPD