El documento define el derecho como el conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y establecer sanciones en caso de incumplimiento. Presenta definiciones de derecho de autores como Kant, Hegel, Stammler y Radbruch, quienes lo consideran como el arbitrio libre, una categoría trascendental que permite las relaciones sociales y económicas, y algo que debe apuntar a la justicia respectivamente.
1. Un¡vers¡dad ReE¡onal ftttónoma de los AndGs
UNI,ANDES
Facultad de Jurisprudencia
GARRERA DE DERECHO
DEONÍOLOGI,A JURIDICA
ENSAYO:
EL DERECHO
Nombre: Grace V. Achit¡ Hcrrora
Curso: Hmcro "B "
SEiiESTRE ABRIL - SEPÍIEMBRE IIEL 2O14
2. ú
DtrROCgO
CONCEPTO I)E ¡)ERECHO
La pahbra pmlichc dclvoc¡blo larino-¿t¿.1,u -, que sie¡ifidano aparl¡$e del buen ca;ino.
seguir el sende.o señal!'io por la ley, lo que se dirige o es bien di¡igido.
En Ce¡eml se entiende por De¡ech., conjunb de ¡omas ju¡idic,sj c¡edas por el cstado p¡ra
ftgul¿r l! coDducta extema de los hombres y en cso de incumplimiento csla prcvisla dc una
"El Derecho es el conjunto de nomas quc impo¡cn debcrcs y norm6 que conlie¡en 1¡cultadcs.
que csr¡blcccn l¡s bascs dc conlivcncia ecial y cüyo fin es dotar ¡ ródos los miembros de la
sociedad dc los ñiniños de seguridad, cerez, igualdad, liberl¡d y justicia".,
DEFINICIONES DEL DERXCIIO DE DISTINTOS AUTORf,S.
MANUEL KANT
"El dcrccho es elcoijunlo decondiciones bajo ls cuales eLa¡birrio de unopuedcconcili¡¡secon
elarbit odeloúoseeúnunaleyunivcsaLdclalibcrad
CUILLERMO FEDERICO HBCF]I,
En cambio, so$iene quc cldc¡ccho es l¿ erist¿ñci¡ delquerer librc cs decirqúe es ld nism!
Lberad .on u .¡l r .rb i' e en .L rrlirelu.rcn e^.e¡n¿
RODOLFOSTAMMLER
Considcra aL derecho cono um ro.ma, un! catego¡ia tmsccndcnt,l, absolur4 de malcr !
enor.c¿. rl¿'.!r ¿ i ,l . prJNrc:oToa por .a 'cLc'on^. . "."..¡ rl .o..m o o¡
mñismo, ¡lmile que la eonomia no cóñdicion¡ la lo¡ma idcal, pcro que la rom!juridica es Ia
conducción lógic! dc rod: s.ti!idad económic¡, no sicndo posible h exhtcncia de retaciones
económic¡s que no tüvicscn ¡na lomaju¡idicr que de su sentido a er.s rclxcioies. Sólo a l¡avés
de deElho c pod d t"'.J' e1 ó relrio'es so-€pq
GUSTAVO RADRRUCI{
El Derecho Deúeneca ai rcino dc l¡ culrL¡¡. De¡echo es todo aqucllo q0c pRde sc¡ ol¡ero de
üna api.di¿ción dejusliciao de injuslicia. Derccho cs aqrcllo que debienser'lcrcchojuro, sóalo
o noi dcrcchoes loque púsigúc por fin lajusticia,4nquepa¡aserlono nccesihdeningún modo
I-o que detemina el comepto dcldÚccho es, pftcis¡nenre, no l¡ esencia dcl valorjurici¡, sino