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“Impacto de las novedades
normativas en materia de e-Firma
(ámbito estatal)”
Rubén Martínez Gutiérrez
Profesor de Derecho Administrativo
SUMARIO
1. Valoración general del marco normativo
estatal sobre e-Administración y e-Firma
2. Principales novedades (algunas
novedades):
A) Interoperabilidad de los Sistemas de FE y
Sistema Nacional de Verificación
B) Universalización del e-DNI como instrumento
de e-Firma
Valoración general del marco normativo
estatal sobre e-Administración y e-Firma
- MARCO LEGAL:
- LAECSP: Arts. 13 a 23 (regulación legal específica)
- LFE (regulación legal general)
- MARCO REGLAMENTARIO:
- RDLAECSP: Arts. 10 a 25 (sin carácter básico,
regulación intensa: de 53 artículos del reglamento,
16 se dedican a la e-Firma)
- RDENS: Art. 33 + Anexo II (carácter básico)
- RDENI: Arts. 18 a 20 + DT 2ª (carácter básico)
Principales novedades:
A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de
Verificación
- Los sistemas de FE basados en certificados reconocidos emitidos por
PSC serán admitidos por las AAPP siempre que se cumpla un triple
requisito (21.1 LAECSP – carácter básico):
1. El PSC ponga a disposición de las AAPP la información que sea
precisa
2. Que las condiciones de compatibilidad del sistema de FER sean
tecnológicamente viables
3. Que no suponga coste alguno para las AAPP acceder a la
información o conseguir la compatibilidad
- El resto de sistemas de FE, podrán ser admitidos conforme a los
principios de reconocimiento mutuo y reciprocidad (21.2 LAECSP)
A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de
Verificación...
- Plataforma de Validación de Firma de la AGE: @firma
(21.3 LAECSP – sin carácter básico):
“la Administración General del Estado dispondrá, al menos, de una
plataforma de verificación del estado de revocación de todos los
certificados admitidos en el ámbito de las Administraciones Públicas que
será de libre acceso por parte de todos los Departamentos y
Administraciones. Cada Administración Pública podrá disponer de los
mecanismos necesarios para la verificación del estado de revocación y la
firma con los certificados electrónicos admitidos en su ámbito de
competencia”
- Las Administraciones Autonómicas y Locales podrán
hacer uso de @firma como Plataforma de Verficicación:
convenio
A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de
Verificación...
- Las AAPP que no utilicen @firma: creación del “Sistema
Nacional de Verificación” (25 RDLAECSP)
- Sentido y alcance: compuesto por la Plataforma de Validación de Firma
@firma y aquellas otras que se adhieran al mismo. Las plataformas
adheridas al sistema nacional podrán delegar operaciones concretas de
verificación en cualquiera de ellas. En particular, la operada por el Ministerio
de la Presidencia (@firma) proporcionará servicios de validación de
certificados del ámbito europeo al resto de plataformas”
- Para la adhesión de las Plataformas que no sean @firma al
sistema nacional de verificación de certificados se deberán
cumplir los requisitos del artículo 25.4 del RDLAECSP y los
determinados en los artículos 18 a 20 RDENI (especialmente
art. 20)
Principales novedades:
B) Universalización de la e-firma del DNI
electrónico
- La normativa de e-Administración está promoviendo
entre los administrados la utilización del e-DNI como
instrumento de firma electrónica
- Problemática:
1. Libre competencia? Nuevos e-Monopolios?
2. Uso del e-DNI como instrumento de firma del
personal al servicio de las AAPP?
3. Uso del e-DNI como sistema de firma en gestiones
privadas de los ciudadanos (p. Ej.- Gerente de
empresa)?
B) Universalización de la e-firma del DNI
electrónico (razones)
1) Carácter gratuito del DNI y de la firma electrónica
reconocida que incorpora
2) Fácil utilización y hábito de uso de los ciudadanos
3) Máxima seguridad: el DNI-e incorpora un sistema
de firma electrónica reconocida
4) Interoperabilidad plena con la Plataforma de
Verificación de Firma @firma y con las
Plataformas adheridas al sistema nacional de
verificación de certificados (artículo 25 del RDLAE)
¡Gracias por su atención!
Rubén Martínez Gutiérrez
Ruben.martinez@ua.es

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  • 1. “Impacto de las novedades normativas en materia de e-Firma (ámbito estatal)” Rubén Martínez Gutiérrez Profesor de Derecho Administrativo
  • 2. SUMARIO 1. Valoración general del marco normativo estatal sobre e-Administración y e-Firma 2. Principales novedades (algunas novedades): A) Interoperabilidad de los Sistemas de FE y Sistema Nacional de Verificación B) Universalización del e-DNI como instrumento de e-Firma
  • 3. Valoración general del marco normativo estatal sobre e-Administración y e-Firma - MARCO LEGAL: - LAECSP: Arts. 13 a 23 (regulación legal específica) - LFE (regulación legal general) - MARCO REGLAMENTARIO: - RDLAECSP: Arts. 10 a 25 (sin carácter básico, regulación intensa: de 53 artículos del reglamento, 16 se dedican a la e-Firma) - RDENS: Art. 33 + Anexo II (carácter básico) - RDENI: Arts. 18 a 20 + DT 2ª (carácter básico)
  • 4. Principales novedades: A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de Verificación - Los sistemas de FE basados en certificados reconocidos emitidos por PSC serán admitidos por las AAPP siempre que se cumpla un triple requisito (21.1 LAECSP – carácter básico): 1. El PSC ponga a disposición de las AAPP la información que sea precisa 2. Que las condiciones de compatibilidad del sistema de FER sean tecnológicamente viables 3. Que no suponga coste alguno para las AAPP acceder a la información o conseguir la compatibilidad - El resto de sistemas de FE, podrán ser admitidos conforme a los principios de reconocimiento mutuo y reciprocidad (21.2 LAECSP)
  • 5. A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de Verificación... - Plataforma de Validación de Firma de la AGE: @firma (21.3 LAECSP – sin carácter básico): “la Administración General del Estado dispondrá, al menos, de una plataforma de verificación del estado de revocación de todos los certificados admitidos en el ámbito de las Administraciones Públicas que será de libre acceso por parte de todos los Departamentos y Administraciones. Cada Administración Pública podrá disponer de los mecanismos necesarios para la verificación del estado de revocación y la firma con los certificados electrónicos admitidos en su ámbito de competencia” - Las Administraciones Autonómicas y Locales podrán hacer uso de @firma como Plataforma de Verficicación: convenio
  • 6. A) Interoperabilidad... Sistema Estatal de Verificación... - Las AAPP que no utilicen @firma: creación del “Sistema Nacional de Verificación” (25 RDLAECSP) - Sentido y alcance: compuesto por la Plataforma de Validación de Firma @firma y aquellas otras que se adhieran al mismo. Las plataformas adheridas al sistema nacional podrán delegar operaciones concretas de verificación en cualquiera de ellas. En particular, la operada por el Ministerio de la Presidencia (@firma) proporcionará servicios de validación de certificados del ámbito europeo al resto de plataformas” - Para la adhesión de las Plataformas que no sean @firma al sistema nacional de verificación de certificados se deberán cumplir los requisitos del artículo 25.4 del RDLAECSP y los determinados en los artículos 18 a 20 RDENI (especialmente art. 20)
  • 7. Principales novedades: B) Universalización de la e-firma del DNI electrónico - La normativa de e-Administración está promoviendo entre los administrados la utilización del e-DNI como instrumento de firma electrónica - Problemática: 1. Libre competencia? Nuevos e-Monopolios? 2. Uso del e-DNI como instrumento de firma del personal al servicio de las AAPP? 3. Uso del e-DNI como sistema de firma en gestiones privadas de los ciudadanos (p. Ej.- Gerente de empresa)?
  • 8. B) Universalización de la e-firma del DNI electrónico (razones) 1) Carácter gratuito del DNI y de la firma electrónica reconocida que incorpora 2) Fácil utilización y hábito de uso de los ciudadanos 3) Máxima seguridad: el DNI-e incorpora un sistema de firma electrónica reconocida 4) Interoperabilidad plena con la Plataforma de Verificación de Firma @firma y con las Plataformas adheridas al sistema nacional de verificación de certificados (artículo 25 del RDLAE)
  • 9. ¡Gracias por su atención! Rubén Martínez Gutiérrez Ruben.martinez@ua.es