Derechos de autor: Fundamentos y tipos de protección
1.
2. El derecho de autor se basa en la idea de un derecho
personal del autor fundado en una forma de identidad
entre el autor y su creación. El derecho moral está
constituido como emanación de la persona del autor:
reconoce que la obra es expresión de la persona del
autor y así se le protege.
La protección del copyright se limita estrictamente a la
obra, sin considerar atributos morales del autor en
relación con su obra, excepto la paternidad; no lo
considera como un autor propiamente tal, pero tiene
derechos que determinan las modalidades de utilización
de una obra.
3. introducción
En mayor o menor grado todos los
seres humanos tienen la capacidad
de crear, la creación intelectual es, en
algunos casos innata y en otros
adquirida. Todo creador de una obra
intelectual, sea ésta artística -pintura,
escultura, danza, arquitectónica, etc.-
, literaria, musical o de cómputo, es un
autor
4. es aquella rama
del derecho privado que
regula el conjunto
de normas relativas a
los comerciantes en el
ejercicio de su profesión, a
los actos de
comercio legalmente
calificados como tales y a
las relaciones jurídicas
derivadas de la realización
de estos.
5.
6. Son los derechos
que posee el autor
o el titular del
derecho el cual se
caracteriza por ser
transferible,
temporal e
irrenunciable
7. Limitaciones y excepciones al
derecho de autor
El artículo ochenta de la Ley de Propiedad
Intelectual vigente en el país, señala que el
Derecho de Autor durará toda la vida del autor y
setenta años después de su fallecimiento,
cualquiera que sea el país de origen de la
obra. Por supuesto, nos referimos al derecho
patrimonial del autor, ya que sus derechos
morales no se extinguen y pueden ser sucedidos
a sus herederos.
8. Junto a los derechos de autor se encuentran los
denominados derechos afines, conexos o vecinos,
entre los que podemos mencionar los de los artistas
intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o
ejecuciones, los derechos de los productores de
fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de
los organismos de radiodifusión sobre sus programas
de radio y de televisión.
9. Tipos de Derechos del Autor
•Derechos Morales: Son los derechos de autor de
naturaleza inalienables, inembargable,
irrenunciable e imprescriptible.
•Derechos Patrimoniales: Son los derechos que
posee el autor o el titular del derecho el cual se
caracteriza por ser transferible, temporal e
irrenunciable.
10. Acciones Administrativas y Derecho sobre la
Defensa de Autor.
El titular de cualquiera de los derechos de
explotación previstos en esta Ley, que tuvieren razón
para temer el desconocimiento de sus derechos o
que se continúe o se reincida en una violación ya
realizada, podrá pedir al Juez que declare su derecho
y prohíba a la otra persona su violación, sin perjuicio
de la acción por resarcimiento de daños morales y
materiales que pueda intentar contra el infractor. Para
la efectividad de la prohibición el Juez conminará en
la sentencia con multa al ocurrir una contravención.
El Juez impondrá la sanción a solicitud de la parte
agraviada.
11. Para conocer de los asuntos judiciales relativos al
Derecho de Autor y demás Derechos protegidos
son competentes los Juzgados de Primera
Instancia en lo Civil y de Primera Instancia en lo
Penal, la Ley sobre el Derecho de Autor atribuye
competencia a los Juzgados de Parroquia o
Municipios, el Concejo de la Judicatura queda
facultado para atribuir a uno o varios de los
Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y a uno
o varios de los Juzgados de Primera Instancia en
lo Penal del Distrito Federal, respectivamente,
jurisdicción en todo el territorio de la República
para conocer de los asuntos relativos al derecho
de autor y demás protegidos por la Ley, que no
sean de la competencia de los Juzgados de
Parroquia o de Municipio.