Este documento define el plagio y explica cómo evitarlo, resumiendo las regulaciones sobre citas de autor establecidas por la ley dominicana de derechos de autor. También proporciona ejemplos de cómo citar y parafrasear textos de forma adecuada en trabajos académicos.
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CONCEPTO DE PLAGIO
Desde el punto de vista legal es una infracción al derecho de
autor acerca de una obra artística o intelectual de cualquier tipo,
en la que se incurre cuando se presenta una obra ajena como
propia u original.
Así pues, una persona comete plagio si copia o imita algo que no
le pertenece y se hace pasar por el autor de ello sin su
autorización. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se
tipifica este delito cuando, sin uso de comillas o sin indicar
explícitamente el origen, ni citar la fuente original de la
información, se incluye una idea, un párrafo, una frase ajena, una
fotografía o la obra completa.
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PASOS PARA EVITAR EL PLAGIO,
1. Tomar siempre los datos de la fuente de la que se obtiene la información
El plagio se debe muchas veces a una mala organización de la bibliografía que hemos
recogido para un trabajo; siempre debemos tomar los datos de la fuente de manera clara
y con cuidado de transcribirlos bien.
2. Citar la frase o el párrafo directamente del original y acreditar la autoridad y fuente
mediante una cita o referencia bibliográfica
Se trata de utilizar las palabras del autor. Pero las citas:
. tienen que estar justificadas
. de una extensión razonable, más bien cortas
. siempre entre comillas
. deben distinguirse perfectamente del resto del texto (cursiva, párrafos independientes,
tabulación...)
. deben ir acompañadas por una explicación o interpretación propia de dicha cita
. se debe acreditar al autor mediante una referencia bibliográfica
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3. Parafrasear las palabras originales del autor y acreditar la
autoridad mediante una cita o referencia bibliográfica.
Parafrasear es utilizar las ideas de otra persona, pero poniéndolas con
tus propias palabras. No es simplemente cambiar superficialmente el
texto, ni redisponer o reemplazar unas cuantas palabras; es leer el
original, comprender lo que el autor dice, sintetizar la información y
escribirla con nuestras propias palabras. El texto resultante tiene la
participación activa del estudiante, evidenciando que tiene conocimiento
del tema.
Parafrasear incorrectamente es uno de los errores incoscientes más
frecuentes, junto a la ausencia de citas o referencias bibliográficas a la
autoridad original; aunque usemos nuestras propias palabras, la idea
original no es nuestra y debemos, por tanto, citar al autor de la misma y
reconocer siempre la fuente de información.
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Para parafrasear se debe hacer un esfuerzo para transformar
la oración en otra que conserve el significado original, pero
tan diferente de ésta como sea posible:
. Usa sinónimos para todas las palabras que no sean
genéricas
. Cambia la voz pasiva por activa o viceversa
. Cambia la estructura de las palabras, oraciones o párrafos
. Resume frases y párrafos
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Miremos esta frase original:
“A medida que los Estados Unidos se ha movido de una economía basada en
la industria a una que tiene como base los servicios y la información, se
hapresentado una caída en el nivel de los salarios de los trabajadores
industriales”
(Crandall, Joann,Maryanne Kearny Datesman y Edward N. Kearny, The
American Ways. Upper Saddle River: Prentice Hall Regents, 1997).
Formas aceptables de parafrasear:
El número de trabajos bien remunerados en las fabricas ha disminuido desde
que la economía americana se ha desplazado de la industria hacia el
suministro de servicios e información. (se cambió la estructura de la frase y
se usaron sinónimos)
Con la economía americana basada más información y servicios, existen cada
vez menos trabajos industriales bien pagados. (Párrafo reducido a frase, uso
de sinónimos)
(Ejemplo tomado del documento “Plagiarism: What it Is and How to avoid it"
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE MASSACHUSSETS.Biblioteca)
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Formas para integrar los textos de
otros autores en nuestros trabajos
académicos,
Es posible afirmar que todo lo que pensamos y decimos está influenciado por los
discursos o textos que hemos escuchado o leído a lo largo de nuestras vidas.
Muchas veces de manera inconsciente repetimos ideas que nos han parecido
buenas o nos han hecho sentido. En el ámbito académico esto también sucede:
los textos académicos se caracterizan por siempre hacer referencia a otros textos
ya existentes.
Esto se explica, en gran medida, porque el conocimiento especializado se
construye acumulativamente, es decir, sobre la base de lo que otros han dicho
antes. Ahora bien, la intertextualidad en el mundo académico tiene una
particularidad: debe ser explícita. Por esta razón, se utilizan mecanismos de
citación. Estos son distintos modos de incorporar las ideas de otros –conocidas
como “citas”- y de explicitar de dónde provienen.
9. REGULACIONES ESTIPULADAS SOBRE LAS CITAS DE AUTOR POR
LA LEY 65-00 DE DERECHO DE AUTOR DE LA REPÚBLICA
DOMINICANA.
Que la Constitución de la República establece en su artículo 8,
numeral 14, que son derechos de la persona humana la propiedad
exclusiva por el tiempo y la forma que determine la ley, de los
inventos y descubrimientos, así como de las producciones
científicas, artísticas y literarias;
Que los derechos de autor están regulados mediante la ley No.32-
86, del 4 de julio de 1986, la cual, en la época en que fue
promulgada, constituyó un instrumento jurídico moderno y eficaz
para la protección de todas las obras comprendidas bajo el derecho
autoral;
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Que mediante la resolución No.2-95, del 20 de enero de 1995, la
República Dominicana ratificó el Acuerdo de Marrakech, por el cual se
establece la Organización Mundial del Comercio;
Que el acuerdo sobre “Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual Relacionados con el Comercio” (ADPIC) forma parte integral
del Acuerdo de Marrakech;
Que la adecuación institucional y legislativa del régimen de derecho de
autor, en consonancia con el ADPIC, requiere de una nueva ley sobre
derecho de autor y de la institucionalidad que garantice el respeto de los
derechos de sus legítimos detentores, teniendo en cuenta el mejor
interés nacional.
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Las disposiciones de la presente ley se reputan de interés público y social. Los
autores y los titulares de obras literarias, artísticas y de la forma literaria o
artística de las obras científicas, gozarán de protección para sus obras de la
manera prescrita por la presente ley. También quedan protegidos los derechos
afines de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas y
organismos de radiodifusión.
El derecho de autor comprende la protección de las obras literarias y artísticas,
así como la forma literaria o artística de las obras científicas, incluyendo todas
las creaciones del espíritu en los campos indicados, cualquiera que sea el modo
o forma de expresión, divulgación, reproducción o comunicación, o el género,
mérito o destino, incluyendo pero no limitadas a:
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MIRANDA MONTECINOS, Alejandro (2013). Plagio y ética de la
investigación científica. Revista Chilena de Derecho, v. 40, n. 2,
pp. 715.
http://eprints.rclis.org/24910/2/citas_referencias_apa.pdf